Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) Mauricio León Millar Profesional Sección Evaluación Ambiental Servicio de Evaluación Ambiental, Región Metropolitana 1 Temas 1. Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). 2. Marco legal de la evaluación ambiental de proyectos o actividades. 3. Los proyectos o actividades que deben someterse al SEIA. 4. Instrumento de evaluación: DIA o EIA. 5. Diferencias del procedimiento entre una DIA y un EIA. 6. Contenidos comunes de una DIA y un EIA. 7. Contenidos mínimos de una DIA y un EIA. 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS). 9. Resolución de Calificación Ambiental (RCA). 10. Fiscalización y Sanción. 1. Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA) de Impacto El SEIA es un instrumento de gestión ambiental preventivo que permite a la autoridad determinar, antes de la ejecución de un proyecto, si éste: cumple con la legislación ambiental vigente se hace cargo de los potenciales impactos ambientales significativos. El proceso de evaluación culmina con una resolución que califica ambientalmente el proyecto evaluado, aprobándolo o rechazándolo (RCA). La función principal del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) es administrar el SEIA. Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 3 2. Marco legal de la evaluación ambiental de proyectos o actividades • Ley N°19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Ley) y sus modificaciones. Modificación principal: Ley N°20.417 de 2010. • Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente (modificado por Decretos N°8 y 63 de 2014) Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 4 3. Los proyectos o someterse al SEIA actividades que deben • Los que están listados en: Art. 10 de la Ley Art. 3 del RSEIA • Lista según tipología de proyectos, de acuerdo a magnitudes o naturaleza. Ejemplos: - Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW (literal c) - Proyectos de saneamiento ambiental: redes de agua potable y alcantarillado, PTAS, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, disposición de residuos industriales líquidos o sólidos, (literal o) • Téngase presente que existe el sometimiento voluntario del proyecto al SEIA. Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 5 3. Los proyectos o someterse al SEIA actividades que deben De las tipologías listadas en el literal o) del artículo 3 del RSEIA, relacionados con residuos líquidos son: o.4. Plantas de tratamiento de aguas de origen domiciliario, que atiendan a una población igual o mayor a dos mil quinientos (2.500) habitantes. o.6. Emisarios submarinos. o.7. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que cumplan al menos alguna de las siguientes condiciones: o.7.1 Contemplen dentro de sus instalaciones lagunas de estabilización; o.7.2 Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y humectación de terrenos o caminos; o.7.3 Que den servicio de tratamiento a residuos provenientes de terceros, u o.7.4 Traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descargas de residuos líquidos. Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 6 4. Instrumento de evaluación: DIA o EIA • Estudio de Impacto Ambiental (EIA): si el proyecto genera o presenta a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias establecidos en el art. 11 de la Ley. • Declaración de Impacto Ambiental (DIA): si el proyecto no generan ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidos en el art. 11 de la Ley. • Artículo 11 de la Ley: a) Riesgo para la salud de la población. b) Efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables. c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. e) Alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona. f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En el Título II del RSEIA se establecen criterios y consideraciones respecto a dichos efectos, características o circunstancias. Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 7 4. Instrumento de evaluación: DIA o EIA ¿somete Voluntariamente el proyecto al SEIA? No ¿El proyecto debe someterse al SEIA? Respuesta: Art. 10 Ley 19.300 Art. 3º del RSEIA Sí No Sí Procedimiento sectorial vigente ¿Con qué instrumento de evaluación se somete? No genera efectos art. 11 DIA Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental Respuesta: Art. 11 Ley Nº 19.300 Título II del RSEIA Sí genera efectos art. 11 EIA 8 5. Diferencias del procedimiento de evaluación entre una DIA y un EIA Materia DIA Plazo de evaluación 60 días Ampliación del plazo de 30 días evaluación Participación (PAC) EIA 120 días 60 días ciudadana Sólo si el proyecto genera Siempre cargas ambientales* y la PAC es solicitada Consulta indígena No aplica Podría aplicar Recurso de reclamación Ante Director Ejecutivo del Ante Comité de Ministros SEA * Artículo 94 RSEIA (…) Se considera que generan cargas ambientales los proyectos o actividades cuyas tipologías correspondan a las letras a.1, b), c), d), e), f), j) y o) del artículo 3 de este Reglamento (…) Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 9 6. Contenidos comunes de una DIA y un EIA Referencia en el RSEIA DIA y EIA Artículo 12 Indicación si se trata de una modificación de proyecto, si corresponde Artículo 13 Indicación de la relación del proyecto con políticas, planes y programas de desarrollo Artículo 14 Indicación de la ejecución del proyecto por etapas, si corresponde Artículo 15 Indicación de la relación del proyecto con políticas y planes evaluados estratégicamente Artículo 16 Indicación de la gestión, acto o faena mínima que de cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente Artículo 17 Información de negociaciones del titular con interesados, realizadas antes o durante la evaluación del proyecto Artículo 87* Información sobre el anuncio de la presentación de la DIA o EIA mediante radiodifusión * Este artículo no forma parte del párrafo 1º del Título III sobre Contenidos Comunes. Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 10 7. Contenidos mínimos de una DIA y un EIA EIA (Referencia art. 18 del RSEIA) DIA (Referencia art. 19 del RSEIA) Descripción del proyecto Descripción del proyecto Determinación y justificación del área de influencia (AI) y su descripción general Determinación y justificación del AI y su descripción general Descripción detallada del AI -línea de basePredicción y evaluación de impactos ambientales Antecedentes que justifiquen la inexistencia de efectos art. 11 Ley Antecedentes que justifiquen la inexistencia de efectos art. 11 Ley Descripción de los efectos del art. 11 Ley que dan origen al EIA Plan de medidas de mitigación, reparación o compensación Plan de prevención de contingencias y Plan de emergencias Plan de prevención de contingencias y Plan de emergencias, cuando corresponda Plan de seguimiento de las variables ambientales Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable: normativa y permisos ambientales sectoriales Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable: normativa y permisos ambientales sectoriales Descripción de compromisos ambientales voluntarios, si se contemplan Descripción de compromisos ambientales 11 voluntarios, si se contemplan 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS) • Los PAS son aquellos permisos o autorizaciones sectoriales que otorgan los órganos de la administración del Estado y que tienen un objeto de protección ambiental. • En el Título VII del RSEIA se establecen 50 PAS, señalando sus requisitos de otorgamiento y los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento. • Los permisos se clasifican en: PAS de contenidos únicamente ambientales PAS mixtos, de contenidos ambientales y no ambientales • Pronunciamiento (art.161 del RSEIA) Guías PAS 12 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS) Lista de PAS de contenidos únicamente ambientales Art. del RSEIA 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 Nombre del PAS Permiso para el vertimiento en las aguas (…) Permiso para emplazar instalaciones terrestres (…) Permiso para la instalación de plantas de tratamiento de (…) Permiso para la instalación de un terminal marítimo (…) Permiso para introducir o descargar materias (...) a las aguas (…) Permiso para realizar actividades de acuicultura. Autorización para repoblación y siembra de esp. hidrobiológicas (…) Permiso para actividades acuicultura en áreas de manejo y (…) Permiso para realizar pesca de investigación Permiso para iniciar trabajos (… ) Santuario de la Naturaleza Permiso para ejecutar labores mineras en parques nacionales (…) Permiso para ejecutar labores mineras en covaderas o en (…) Permiso para la introducción en el medio natural de fauna silvestre (...) Permiso para caza o captura de animales de especies protegidas (…) Permiso para ejecución lab. mineras donde se han alumbrado aguas (…) OAECA* Autoridad Marítima Subpesca CMN Minminería SAG SAG Minsal *En esta diapositiva se indica el OAECA que se pronuncia sobre el PAS, sin perjuicio que no se especifican los organismos que lo conforman tales como las respectivas seremis, direcciones regionales, gobernadores marítimos y dirección ejecutiva. Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 13 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS) Lista de PAS de contenidos únicamente ambientales Art. del RSEIA 126 127 128 129 130 Nombre del PAS Permiso para (…) de lodos de plantas de tratamiento de aguas servidas Permiso para la corta y destrucción del Alerce Permiso para la corta o explotación de araucarias vivas Permiso para la corta o explotación de Queule (...) Belloto del Norte Permiso para (…) aguas subterráneas alimentan vegas y bofedales (…) OAECA* Minsal Conaf Conaf Conaf DGA Lista de PAS mixtos de contenidos ambientales y no ambientales Art. del RSEIA 131 132 133 134 135 136 137 Nombre del PAS Permiso para realizar trabajos (…) Monumento Histórico Permiso para (…) arqueológico, antropológico y paleontológico Permiso para(…) en una zona declarada típica o pintoresca Permiso para el emplazamiento de instalaciones nucleares y radiactivas Permiso para construcción y operación de depósitos de relaves Permiso para establecer botadero estériles o acumulación minerales Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera OAECA CMN CCHEN Sernageomin *En esta diapositiva se indica el OAECA que se pronuncia sobre el PAS, sin perjuicio que no se especifican los organismos que lo conforman tales como las respectivas seremis, direcciones regionales, gobernadores marítimos y dirección ejecutiva. 14 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS) Lista de PAS mixtos de contenidos ambientales y no ambientales Art. del RSEIA 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 Nombre del PAS OAECA* Permiso para la construcción (…) aguas servidas de cualquier naturaleza Minsal Permiso para la construcción (….) de residuos industriales o mineros Permiso para construcción (...) basuras y desperdicios de cualquier clase Permiso para la construcción (…) relleno sanitario Permiso para (…) almacenamiento de residuos peligrosos Permiso para el transporte e instalaciones (…) de residuos peligrosos Permiso para instalaciones de eliminación de residuos peligrosos Permiso para el sitio de reciclaje de residuos peligrosos Permiso para caza/captura animales esp. protegidas fines investigación (…) SAG Permiso para recolección huevos y crías con fines científicos/reproducción *En esta diapositiva se indica el OAECA que se pronuncia sobre el PAS, sin perjuicio que no se especifican los organismos que lo conforman tales como las respectivas seremis, direcciones regionales, gobernadores marítimos y dirección ejecutiva. Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 15 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS) Lista de PAS mixtos de contenidos ambientales y no ambientales Art. del RSEIA 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 Nombre del PAS OAECA* Permiso para la corta de bosque nativo Permiso para corta de plantaciones en APF. Permiso para intervención especies vegetales nativas clasificadas (…) Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas Permiso para el manejo de bosque nativo de preservación (…) Permiso para corta de árboles (…) ubicados en áreas declaradas de protección Permiso para realizar exploraciones (…) que alimenten vegas o bofedales (…) Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas Permiso para realizar modificación de cauces Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales Permiso para ejecutar obras para la recarga artificial de acuíferos Permiso para extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esteros Permiso para subdividir (…) fuera de los límites urbanos Conaf Pronunciamiento calificación de establecimientos industriales Minsal DGA DGA / DOH DGA DOH Minagri SAG** Minvu** *En esta diapositiva se indica el OAECA que se pronuncia sobre el PAS, sin perjuicio que no se especifican los organismos que lo conforman tales como las respectivas seremis, direcciones regionales, gobernadores marítimos y dirección ejecutiva. 16 **OAECA correspondiente emite informe habilitante para el otorgamiento o no del PAS. 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS) Lista de PAS mixtos de contenidos ambientales y no ambientales Art. del RSEIA 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 Nombre del PAS OAECA* Permiso para la corta de bosque nativo Permiso para corta de plantaciones en APF. Permiso para intervención especies vegetales nativas clasificadas (…) Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas Permiso para el manejo de bosque nativo de preservación (…) Permiso para corta de árboles (…) ubicados en áreas declaradas de protección Permiso para realizar exploraciones (…) que alimenten vegas o bofedales (…) Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas Permiso para realizar modificación de cauces Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales Permiso para ejecutar obras para la recarga artificial de acuíferos Permiso para extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esteros Permiso para subdividir (…) fuera de los límites urbanos CONAF Pronunciamiento calificación de establecimientos industriales Minsal DGA DGA / DOH DGA DOH Minagri SAG** Minvu** *En esta diapositiva se indica el OAECA que se pronuncia sobre el PAS, sin perjuicio que no se especifican los organismos que lo conforman tales como las respectivas seremis, direcciones regionales, gobernadores marítimos y dirección ejecutiva. 17 **OAECA correspondiente emite informe habilitante para el otorgamiento o no del PAS. 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS) Contenidos Técnico y Formales PAS 138. Permiso para la construcción (…) aguas servidas de cualquier naturaleza. a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. c) Generación de aguas servidas. d) Características físico - químicas de las aguas servidas. e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. g) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. j) Programa de monitoreo. k) Plan de contingencias. l) Plan de emergencia. 18 Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 8. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales (PAS) Contenidos Técnico y Formales PAS 139. Permiso para la construcción (….) de residuos industriales o mineros. a) Descripción de los procesos en los que se generan los residuos líquidos industriales o mineros, estimación de sus caudales y caracterización. b) Plano de emplazamiento del sistema de tratamiento. c) Diseño del sistema de tratamiento que incluya diagrama de flujo y de las unidades y equipamiento necesario para conducir, tratar y descargar el efluente. d) Programa de monitoreo y control de parámetros operacionales, incluyendo parámetros críticos. e) Descripción y georreferenciación de las obras o infraestructura de descarga de los residuos tratados, si corresponde. f) Descripción y caracterización del cuerpo receptor superficial y/o subterráneo, identificando sus usos actuales y previstos. g) Efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o cursoreceptor, considerando los usos identificados. h) Plan de manejo de lodos y de cualquier otro residuo generado. i) Plan de contingencias. j) Plan de emergencia. 19 Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 9. Resolución de Calificación Ambiental (RCA) • La RCA es el acto administrativo final del procedimiento de evaluación ambiental mediante el cual se califica ambientalmente el proyecto o actividad sometido al SEIA. • La Comisión de Evaluación califica los proyectos de carácter regional y el Director Ejecutivo califica los proyectos interregionales. Causales de rechazo de un proyecto o actividad En el caso de un EIA En el caso de una DIA Referencia art. 16 inciso cuarto de la Ley 19.300 Referencia art. 19 inciso tercero de la Ley 19.300 No se acredita el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, incluyendo algún requisito para el otorgamiento de un PAS. No se proponen medidas de mitigación, compensación o reparación adecuadas para hacerse cargo de los efectos del art. 11 de la Ley. Se requiere presentar un EIA debido a que el proyecto genera o presenta algún efecto establecido en el art. 11 de la Ley. No se subsanaron errores, omisiones o inexactitudes. Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 20 10. Fiscalización y Sanción Superintendencia del Medio Ambiente. • Función principal: Ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de: (i) Las Resoluciones de Calificación Ambiental; (ii) De las medidas de los Planes de Prevención y/o Descontaminación Ambiental; (iii) Del contenido de las Normas de Calidad Ambiental y de Emisión, y de los Planes de Manejo cuando corresponda; (iv) De todos aquellos otros instrumentos de carácter ambiental que establezca la ley. 10. Fiscalización y Sanción Otras funciones: • Suspender transitoriamente las Resoluciones de Calificación Ambiental para el resguardo del medio ambiente; • Requerir a los titulares que no se sometieron al SEIA para que lo hagan; • Obligar a los proponentes a ingresar adecuadamente al SEIA en caso de fraccionamiento con el propósito de eludir o variar a sabiendas el ingreso al mismo; • Requerir al SEA la caducidad de una RCA, cuando hubieren transcurrido más de cinco años sin que se haya iniciado la ejecución del proyecto; • Imponer sanciones. Gracias… Gobierno de Chile | Servicio de Evaluación Ambiental 23
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