Con esta misma fecha, el Director General de Participación

Región de Murcia
Consejería de Presidencia y Empleo
Dirección General de Participación Ciudadana,
Unión Europea y Acción Exterior
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YEIviPj ED/D.G. PARTICIPACIÓN
CIUDADANA; üHi OH
EURfjPEA Y ACCÍDN EXTHüíSi
N*. 201500453863
Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
Gran Vía 32, Edificio Galerías, 3" Escalera, 6' planta
30071-Murcia
Telef.: 968 368492/968 366017
www.carm.es/cpres
UNIDAD: REGISTRO DE ASOCIACIONES. REF: ams
D.G. DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, U.E. YACC. EXT.
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y EMPLEO
N° REGISTRO: 12.517/1"
ASUNTO: Notif. 1a Inscripción de Asociación
DESTINATARIO/A:
SR/SRA. D./D." .Eugenia Mateo Torres.
ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS DE
CONDADO DE ALHAMA
22/útí/.2ü1S 1S.u7.1ii
Con esta misma fecha, el Director General de Participación Ciudadana, Unión
Europea y Acción Exterior de la Consejería de Presidencia y Empleo ha dictado !a
siguiente Resolución:
"Vista la solicitud y documentación presentada por la entidad denominada
ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS DE CONDADO DE ALHAMA, con
domicilio en Urbanización Condado de Alhama, Los Jardines. Jardín I. n° 101
ALHAMA DE MURCIA
(MURCIA), para su inscripción en el Registro de
Asociaciones de la Región de Murcia.
RESULTANDO: Que sus fines vienen determinados en el art. 2° de los
Estatutos y su ámbito territorial de acción no supera los límites de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia.
- Fines:
- Asumir la representación y agrupar a los socios vecinos y propietarios
de la demarcación ciudadana que se especifica en el ámbito territorial,
adoptando aquellas resoluciones que afecten los intereses de los mismos y
actuando en bien de las mejoras de la comunidad y su desarrollo humano y
ciudadano, en busca de una mejora de la vida comunitaria del complejo.
- Promocionar, asumir, gestionar, patrocinar y desarrollar por sí o por
terceros, aunque en dicho caso bajo su vigilancia y responsabilidad, cuantas
iniciativas se consideren de interés y conforme a su actuación para la mejora y
desarrollo de la comunidad ciudadana.
- Será particularmente la Asociación, cauce de las reivindicaciones
comunitarias de sus socios y gestionará frente a terceros los intereses
comunes, defendiendo los mismos con la máxima posibilidad que permita la
normativa legal vigente.
- La Asociación podrá realizar aquellas actividades que le sean propias,
promoviendo o participando conjuntamente con otras similares cuando sea
preciso para el cumplimiento de los antedichos fines, pero no podrá constituir
Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
Gran Vía 32, Edificio Galerías, 3a Escalera, 6a planta
30071-Murcia
Telef.: 968 368492/968 366017
www.carm.es/cpres
Región de Murcia
Consejería de Presidencia y Empleo
Dirección General de Participación Ciudadana,
Unión Europea y Acción Exterior
fusión alguna
independiente.
que
implique
la
pérdida
de
su
personalidad
jurídica
- Actividades:
Celebración y promoción de actividades culturales, deportivas,
divulgativas o festivas.
Programar, gestionar y fomentar acciones educativas y de
formación.
Celebración de actividades sociales que presten atención a la
infancia, la juventud y a las personas mayores.
Organización de actos públicos sobre aspectos que tengan
incidencia en la vida comunitaria de la urbanización.
Participar en los órganos municipales de representación vecinal y
cuantos organismos o entidades tengan relación con el complejo.
Denunciar las carencias y problemas que afecten a la vida
comunitaria de la urbanización.
Participar en cuantos foros, comisiones, grupos de trabajo o
plataformas que trabajen en mejorar la urbanización.
Fomentar la educación, información y defensa de los derechos de
los consumidores y usuarios en general y en particular de sus asociados.
Cualquier otra actividad relacionada con los fines de esta
asociación
CONSIDERANDO: Que en sus Estatutos y el resto de documentación
presentada no se aprecia que concurran los supuestos de los números 2 y 5 del art.
22 de la Constitución, y que en los mismos se da cumplimiento a lo dispuesto en la
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
CONSIDERANDO: Que mediante Real Decreto 1276/1994, de 10 de junio, se
traspasaron las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia en materia de Asociaciones, cuya competencia
corresponde a la Consejería de Presidencia y Empleo en virtud de los dispuesto en
el art. 1.2 del Decreto 53/2.001, de 15 de Junio, por el que se establece la Estructura
Orgánica de la Consejería de Presidencia; dicha competencia la ejerce el Director
General de Participación Ciudadana, Unión Europea y Acción Exterior, según
establece el Decreto de Consejo de Gobierno n° 40/2014, de 14 de abril, por el que
se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y Empleo, tras
la modificación efectuada por el Decreto n° 248/2014, de 19 de diciembre.
REALIZADA por el Registro de Asociaciones la verificación del cumplimiento
de los requisitos legales exigidos para la inscripción de la constitución de la
mencionada Asociación, según lo dispuesto en el art. 30 en relación con los arts. 5, 6
y 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de
Región de Murcia
Consejería de Presidencia y Empleo
Dirección General de Participación Ciudadana,
Unión Europea y Acción Exterior
Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
Gran Vía 32, Edificio Galerías, 3a Escalera, 6a planta
30071-Murcia
Telef.: 968 368492/968 366017
www.carm.es/cpres
Asociación, y visto el informe-propuesta de la Sección de Asociaciones, Fundaciones
y Colegios Profesionales, en uso de las atribuciones que me vienen conferidas
RESUELVO
1°.- Acordar la inscripción de la constitución de la entidad solicitante
ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS DE CONDADO DE ALHAMA, bajo
el n° 12.517/1a y el depósito del Acta de Constitución de la Asociación y sus
Estatutos, a los solos efectos de publicidad previsto en el artículo 22 de la
Constitución Española.
2°.- Comunicar la inscripción en el Registro de Asociaciones a la Asociación
interesada y a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.
El contenido de esta Resolución se notificará a la entidad interesada,
haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de alzada que podrá
interponerse ante el Consejero de Presidencia y Empleo, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución. Murcia,
16 de junio de 2015.- EL DIRECTOR GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA,
UNIÓN EUROPEA Y ACCIÓN EXTERIOR- Fdo.: Manuel Pleguezuelo Alonso".
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
M
16 de junio de 2015
5OR FACULTATIVO