Región de Murcia Consejería de Presidencia y Empleo Dirección General de Participación Ciudadana, Unión Europea y Acción Exterior 1 De.' MiJR'CIA /K'egirjln.! A: b C/\Kn« /CONSEJERÍA DE Pfí£fJÍD£NCiA YEIviPj ED/D.G. PARTICIPACIÓN CIUDADANA; üHi OH EURfjPEA Y ACCÍDN EXTHüíSi N*. 201500453863 Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales Gran Vía 32, Edificio Galerías, 3" Escalera, 6' planta 30071-Murcia Telef.: 968 368492/968 366017 www.carm.es/cpres UNIDAD: REGISTRO DE ASOCIACIONES. REF: ams D.G. DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, U.E. YACC. EXT. CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y EMPLEO N° REGISTRO: 12.517/1" ASUNTO: Notif. 1a Inscripción de Asociación DESTINATARIO/A: SR/SRA. D./D." .Eugenia Mateo Torres. ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS DE CONDADO DE ALHAMA 22/útí/.2ü1S 1S.u7.1ii Con esta misma fecha, el Director General de Participación Ciudadana, Unión Europea y Acción Exterior de la Consejería de Presidencia y Empleo ha dictado !a siguiente Resolución: "Vista la solicitud y documentación presentada por la entidad denominada ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS DE CONDADO DE ALHAMA, con domicilio en Urbanización Condado de Alhama, Los Jardines. Jardín I. n° 101 ALHAMA DE MURCIA (MURCIA), para su inscripción en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia. RESULTANDO: Que sus fines vienen determinados en el art. 2° de los Estatutos y su ámbito territorial de acción no supera los límites de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. - Fines: - Asumir la representación y agrupar a los socios vecinos y propietarios de la demarcación ciudadana que se especifica en el ámbito territorial, adoptando aquellas resoluciones que afecten los intereses de los mismos y actuando en bien de las mejoras de la comunidad y su desarrollo humano y ciudadano, en busca de una mejora de la vida comunitaria del complejo. - Promocionar, asumir, gestionar, patrocinar y desarrollar por sí o por terceros, aunque en dicho caso bajo su vigilancia y responsabilidad, cuantas iniciativas se consideren de interés y conforme a su actuación para la mejora y desarrollo de la comunidad ciudadana. - Será particularmente la Asociación, cauce de las reivindicaciones comunitarias de sus socios y gestionará frente a terceros los intereses comunes, defendiendo los mismos con la máxima posibilidad que permita la normativa legal vigente. - La Asociación podrá realizar aquellas actividades que le sean propias, promoviendo o participando conjuntamente con otras similares cuando sea preciso para el cumplimiento de los antedichos fines, pero no podrá constituir Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales Gran Vía 32, Edificio Galerías, 3a Escalera, 6a planta 30071-Murcia Telef.: 968 368492/968 366017 www.carm.es/cpres Región de Murcia Consejería de Presidencia y Empleo Dirección General de Participación Ciudadana, Unión Europea y Acción Exterior fusión alguna independiente. que implique la pérdida de su personalidad jurídica - Actividades: Celebración y promoción de actividades culturales, deportivas, divulgativas o festivas. Programar, gestionar y fomentar acciones educativas y de formación. Celebración de actividades sociales que presten atención a la infancia, la juventud y a las personas mayores. Organización de actos públicos sobre aspectos que tengan incidencia en la vida comunitaria de la urbanización. Participar en los órganos municipales de representación vecinal y cuantos organismos o entidades tengan relación con el complejo. Denunciar las carencias y problemas que afecten a la vida comunitaria de la urbanización. Participar en cuantos foros, comisiones, grupos de trabajo o plataformas que trabajen en mejorar la urbanización. Fomentar la educación, información y defensa de los derechos de los consumidores y usuarios en general y en particular de sus asociados. Cualquier otra actividad relacionada con los fines de esta asociación CONSIDERANDO: Que en sus Estatutos y el resto de documentación presentada no se aprecia que concurran los supuestos de los números 2 y 5 del art. 22 de la Constitución, y que en los mismos se da cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. CONSIDERANDO: Que mediante Real Decreto 1276/1994, de 10 de junio, se traspasaron las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de Asociaciones, cuya competencia corresponde a la Consejería de Presidencia y Empleo en virtud de los dispuesto en el art. 1.2 del Decreto 53/2.001, de 15 de Junio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Presidencia; dicha competencia la ejerce el Director General de Participación Ciudadana, Unión Europea y Acción Exterior, según establece el Decreto de Consejo de Gobierno n° 40/2014, de 14 de abril, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y Empleo, tras la modificación efectuada por el Decreto n° 248/2014, de 19 de diciembre. REALIZADA por el Registro de Asociaciones la verificación del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para la inscripción de la constitución de la mencionada Asociación, según lo dispuesto en el art. 30 en relación con los arts. 5, 6 y 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Región de Murcia Consejería de Presidencia y Empleo Dirección General de Participación Ciudadana, Unión Europea y Acción Exterior Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales Gran Vía 32, Edificio Galerías, 3a Escalera, 6a planta 30071-Murcia Telef.: 968 368492/968 366017 www.carm.es/cpres Asociación, y visto el informe-propuesta de la Sección de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales, en uso de las atribuciones que me vienen conferidas RESUELVO 1°.- Acordar la inscripción de la constitución de la entidad solicitante ASOCIACIÓN DE VECINOS Y PROPIETARIOS DE CONDADO DE ALHAMA, bajo el n° 12.517/1a y el depósito del Acta de Constitución de la Asociación y sus Estatutos, a los solos efectos de publicidad previsto en el artículo 22 de la Constitución Española. 2°.- Comunicar la inscripción en el Registro de Asociaciones a la Asociación interesada y a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior. El contenido de esta Resolución se notificará a la entidad interesada, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de alzada que podrá interponerse ante el Consejero de Presidencia y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución. Murcia, 16 de junio de 2015.- EL DIRECTOR GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, UNIÓN EUROPEA Y ACCIÓN EXTERIOR- Fdo.: Manuel Pleguezuelo Alonso". Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos. M 16 de junio de 2015 5OR FACULTATIVO
© Copyright 2024