Base Concurso - Carolan Tenerife

BASES LEGALES “JINGLE NAVIDAD NI 1 PELO DE TONTO Y CAROLAN”
1. Objeto
CAROLAN TENERIFE SL (en adelante, el “Organizador”), con domicilio en Polígono Los
Majuelos, nave 9, autopista Santa Cruz La Laguna, 38108 La Laguna, y C.I.F.: B-38096988 ,
organiza y gestiona la iniciativa denominada “JINGLE NAVIDAD NI 1 PELO DE TONTO Y
CAROLAN” (en adelante, la “Iniciativa”), que se publicita en la página web
www.carolantenerife.es (en adelante, la “Web”), y a través de las redes sociales de Carolan
Tenerife.
2. Participación
Para poder participar en la presente Iniciativa se requiere lo siguiente:
• Ser mayor de edad..
• Ser residente en el territorio español a efectos legales en el momento de haber
participado en la presente Iniciativa (DNI o Tarjeta de residencia).
• Tener hijos/as que quieran participar
• Firmar las bases legales como autorización y enviar junto con el vídeo.
• Realizar un video (cámara, móvil), donde el niño/a interprete como mínimo, 30 segundos de
alguna de estas conocidas canciones de Ni 1 Pelo de Tonto: "Hoy no perderé", "Qué malito
estoy" ó "Melodías del Ayer"
• Enviarlo por email a [email protected].
El participante garantiza al Organizador la veracidad de los datos suministrados respondiendo
de cualquier reclamación que reciba en caso de incumplimiento de tal garantía.
Tendrán la condición de participantes los usuarios que cumplan los requisitos anteriores y
participen en la Iniciativa de acuerdo con los términos especificados en el apartado siguiente
para el desarrollo de la misma (en adelante, los “Participantes”).
3. Mecánica
La Productora Arena Digital y Ni 1 Pelo de Tontos, elegirán al ganador entre todos los vídeos
enviados al concurso.
El Organizador se pondrá en contacto directamente con los Participantes seleccionados para
comunicar que sus hijos han sido elegidos para participar en la grabación del JINGLE.
Para poder participar en la grabación del JINGLE será indispensable la aceptación plena del
Participante de la bases del concurso.
El ganador además de tener la oportunidad de grabar el jingle con Ni 1 Pelo de Tonto,
recibirá una tarjeta regalo por valor de 100€ para canjear en cualquiera de las tiendas
de Carolan en Tenerife.
En ningún caso, el premio podrá ser objeto de cambio, transmisión o alteración a
petición del ganador.
4. Duración
El plazo de participación en el concurso comienza el 15 de octubre de 2015 y finalizará el 31
de octubre de 2015.
5. Garantías
5.1 Los Participantes ceden en exclusiva al Organizador, sin contraprestación
alguna, sin límite temporal ni territorial alguno la totalidad de los derechos de propiedad
intelectual, industrial y de imagen que pudieran corresponderles sobre el contenido puesto a
disposición (fotos y videos de sus hijos) mediante correo electrónico, respondiendo de su
autoría, titularidad y originalidad y garantizando el pacífico ejercicio de los derechos cedidos.
De este modo, el Organizador podrán utilizar como considere oportuno el
material recibido, para la difusión en los medios de comunicación que libremente determinen,
así como los vídeos y fotografías que se realicen en la grabación del jingle de Navidad.
6. Prohibición de participación
La participación de los menores estará supeditada a la autorización y acreditación de la misma,
por parte de sus representantes legales. Queda terminantemente prohibida la participación sin
las autorizaciones señaladas.
7. Supervisión
Cualquier Participante que manipule los procedimientos de participación y/o que incumpla las
bases contenidas en el presente documento será descalificado. También queda reservado el
derecho de verificar por cualquier procedimiento que el Organizador estime apropiado que los
ganadores cumplen con todos los requisitos de este documento.
8. Modificaciones de las Bases y/o anexos
El Organizador se reserva el derecho a realizar modificaciones – incluyendo la cancelación o
suspensión anticipada de la Iniciativa.
9. Protección de Datos de carácter personal
En cumplimiento de lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de
la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, el envoi voluntario de los datos
personales (incluido el correo electrónico) para participar en el concuros, supone el
consentimiento expreso del participante para que la Organización, por sí misma o a través de
otras entidades que lleven la gestión o tramitación de los datos, los traten de forma
automatizada con la finalidad del seguimiento, gestión y entrega de premios de la presente
promoción.
Asimismo, los participantes otorgan su consentimiento expreso por el mero hecho de su
participación en la promoción, para recibir comunicaciones informativas y/o promocionales de
la Organización por medios electrónicos y/o postales.
Los participantes de la promoción podrán, de manera gratuita y en cualquier momento,
solicitar el ejercicio del derecho de acceso, la modificación, rectificación, cancelación (total o
parcial) y la oposición al tratamiento de sus datos personales, en la dirección postal de la
Organización indicada en la base primera, adjuntando fotocopia del Documento Nacional de
Identidad o Pasaporte.
10. Conflictos y Ley Aplicable.
En caso de divergencia entre los usuarios y la interpretación de las presentes bases por parte
del Organizador, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los
Juzgados y Tribunales de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, renunciando expresamente los
Participantes al fuero que pudiera corresponderles.
La participación en esta Iniciativa supone la aceptación expresa de las presentes bases y la
sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Organizador.
FIRMADO
D............................................................................................... con DNI.................................
con domicilio en............................................................................. y teléfono..........................
como representante legal del niño,................................
En Santa Cruz de Tenerife, a
de
de 2015