Términos de referencia Invitación Pública No. 7. INVITACIÓN A

FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,
FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
REPUBLICA DE COLOMBIA
LIBERTAD Y ORDEN
FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL
INVITACIÓN PÚBLICA No. 7
TÉRMINOS DE REFERENCIA
OBJETO: INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTAS PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA,
ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA, HSE Y SOCIAL DE LAS OBRAS
DE PROTECCIÓN MARÍTIMA DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE –BATERÍA DE SAN
JOSÉ - CARTAGENA, BOLÍVAR”.
Bogotá, MARZO DE 2015
INTRODUCCIÓN
De conformidad con los principios de la función administrativa consagrados en el artículo 209 de la Constitución
Política de Colombia, y conforme con las reglas establecidas en el Manual de Contratación del Contrato de
Fiducia Mercantil No. 001-2013, del cual la Financiera de Desarrollo Nacional S.A., (en adelante la “Financiera”
o la “Entidad”) actúa como vocera y administradora, esta Entidad se permite presentar a continuación el
Borrador de los Términos de Referencia para la “Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera, Ambiental,
Contable, Jurídica, HSE y Social (la “Interventoría”) de las obras de Protección Marítima del Fuerte de San
Fernando y el Fuerte –Batería de San José - Cartagena, Bolívar (el “Proyecto”)”.
Los Interesados deberán leer completamente los presentes Términos de Referencia, toda vez que al participar
en el proceso de selección, se presume que tienen conocimiento de los mismos, las reglas que los gobiernan,
de las modificaciones introducidas, así como de la legislación colombiana vigente.
Las propuestas, comunicaciones, aclaraciones, modificaciones y todo lo referente al desarrollo del presente
proceso de selección, se harán únicamente en idioma castellano.
Los anexos y documentos técnicos para este proceso se pueden consultar en la página web de la Financiera
www.fdn.com.co y en el data room del proceso http://proteccionfuertes.fdn.com.co.
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FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
ANTECEDENTES
1.
Que el 2 de febrero de 2011, se constituyó la Entidad Privada sin Ánimo de Lucro denominada
actualmente CORPORACIÓN PROMOTORA CANAL DE ACCESO –PROCANAL (en adelante
“PROCANAL”), la cual tiene por objeto principal, entre otros: “…Promover en todos los niveles la
creación de políticas e iniciativas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, destinadas a
reacondicionar, optimizar, administrar y controlar el canal marítimo navegable de acceso a la bahía de
Cartagena de Indias…”, e “… iniciar directamente o en o asocio con otras entidades públicas o
privadas, nacionales o extranjeras, los trabajos de diseño, acondicionamiento, permisos, planes de
manejo ambiental, licencias, procesos constructivos y demás obras, procesos y acciones
indispensables para habilitar un canal de acceso alternativo a la bahía de Cartagena…”.
2.
Que en su momento, PROCANAL inició los estudios para estructurar la construcción y entrada en
operación de un canal de acceso alterno, de conformidad con las condiciones de amplitud y
profundidad que requieren los buques NewPanamax y Suezmax para acceder a la Bahía de
Cartagena.
3.
Que el Ministerio de Transporte y el Instituto Nacional de Vías – INVIAS, al conocer el interés de
PROCANAL y las actividades ejecutadas por éste hasta ese momento para la construcción y entrada
en operación de un canal de acceso alterno, resolvieron, junto con PROCANAL, suscribir el 25 de
enero de 2013, un Memorando de Intención con el propósito de delimitar a cargo de cada institución,
el desarrollo de diversas actividades preliminares para poder iniciar el desarrollo del mencionado
Proyecto.
4.
Que atendiendo los resultados arrojados por los estudios técnicos contratados por PROCANAL, se
decidió por parte de los signatarios del Memorando de Intención, priorizar la formulación de un nuevo
Proyecto para optimizar la capacidad navegable y operativa del canal de acceso actual, llevando su
profundidad a 20.5 metros y una ampliación de 140 metros, aproximadamente, incluyendo la
protección perimetral de los fuertes de San Fernando y San José, los cuales se encuentran ubicados
en la zona de influencia del corredor marítimo.
Antecedentes en relación con los Fuertes de San José y San Fernando
5.
La bahía de Cartagena alberga el mayor puerto de la costa norte de Colombia. Su principal
característica es que su frente marítimo se encuentra protegido por dos islas, la isla Tierra Bomba y la
isla de Barú, separada del continente en la antigüedad únicamente por un estrecho canal que en su
desembocadura en la bahía no alcanzaba un metro de calado, denominado canal de Boca Grande.
Entre el extremo sur de Tierra Bomba y la punta norte de la isla de Barú se encuentra el denominado
canal de Bocachica. Este canal se encuentra flanqueado en su parte sur por dos islas (Draga y
Abanico), rodeadas de arrecifes coralinos, de forma que el acceso navegable se queda reducido a un
paso de 190 metros. Se trata de un canal profundo, con fondos que oscilan entre los 13 y 20 metros y
con un reflujo de corriente que presenta un nuevo obstáculo nada más pasar el norte de la isla Draga.
6.
A un extremo del canal de Bocachica, sobre la isla de Tierra Bomba, se encuentra el fuerte de San
Fernando; y en el extremo opuesto, en la isla Abanico, el fuerte de San José. Ambos construidos en
el siglo XVIII con la finalidad de proteger el paso por el canal de Bocachica y constituyen dos elementos
singulares de la bahía de Cartagena.
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7.
La continua acción erosiva del oleaje ha supuesto un problema para la integridad de ambos fuertes.
De modo que para su conservación, se prevé disponer defensas marítimas sumergidas que reduzcan
la energía del oleaje que llega al pie de los fuertes, sin suponer una barrera visual ni modificar la
estética del paisaje. Dicha actuación contempló, además los efectos de una nueva ampliación y
dragado del canal de Bocachica hasta profundidades de 20.5 m con taludes laterales estables 1/3.
Obras de Protección de los Fuertes de San José y San Fernando
8.
Para el proyecto del dragado para la profundización y ampliación del canal de acceso a la bahía de
Cartagena, sectores Bocachica y Manzanillo, el Ministerio de Cultura y la Financiera suscribieron el
Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 2492 de 2013, mediante el cual el Ministerio de
Cultura permitió a la Financiera la implementación y uso de los estudios realizados por el CONSORCIO
A&A BOCACHICA.
9.
Mediante resoluciones No. 1385 del 22 de mayo de 2014 y 1435 del 28 de mayo de 2014, el Ministerio
de Cultura autorizó los estudios, diseños y proyectos de intervención para la ampliación y
profundización del canal de acceso a la Bahía de Cartagena, sectores de Bocachica y Manzanillo;
obras que se están ejecutando en la zona de influencia de los fuertes de San José, San Fernando y
Manzanillo.
10.
De conformidad con los diseños mencionados, la Financiera contrató a la Universidad Politécnica de
Valencia (El “Técnico para la Protección”), a efectos que esa institución se encargará de “LA
ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS INTEGRALES A FASE III PARA LA EJECUCIÓN DE
LAS OBRAS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y PROTECCIÓN PERIMETRAL DEL FUERTE
SAN FERNANDO Y EL FUERTE BATERÍA SAN JOSÉ EN BOCACHICA, EN LA CIUDAD DE
CARTAGENA, DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR EN EL ESCENARIO DE DRAGADO DEL CANAL
DE ACCESO A CARTAGENA A 20.5 METROS DE PROFUNDIDAD”, (en adelante los “Diseños
Definitivos para la Protección”) que el contratista que resulte adjudicatario para el Proyecto deberá
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ejecutar siguiendo los parámetros allí establecidos, las especificaciones de construcción, y asumiendo
los riesgos propios de este tipo de obras.
11.
Las actuaciones a desarrollar para la protección de los Fuertes San Fernando y Batería San José en
Bocachica, según vienen definidas en el “Documento No. 2 – Planos” de los Estudios Previos
realizados por el Técnico para la Protección, son las que allí se describen, y que son referidas en el
numeral 3º de estos Términos de Referencia.
12.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA expidió la Resolución 0868 del 1 de Agosto
de 2014 “Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución 0783 del 25
de Agosto de 1997 modificada por las Resoluciones 1254 del 18 de diciembre de 1998, 250 del 10 de
Marzo de 2004, 1590 del 26 de Octubre de 2005 y 752 del 28 de Abril de 2006 y se toman otras
determinaciones” modificada mediante el Resolución 967 del 25 de Agosto de 2014 “Por la cual se
resuelve un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 868 del 1 de Agosto de 2014” y
señaló en el Artículo Décimo Tercero lo siguiente:
“El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, deberá una vez ejecutadas las obras de protección
de los Fuertes de San Fernando y San José, definidas en el Convenio 2492 del 21 de Octubre
de 2013 entre el Ministerio de Cultura y la Financiera de Desarrollo Nacional, entregar un
documento que contenga la descripción y características de las obras de protección que se
implementaron en dichos fuertes, así como su metodología, método constructivo, planos
georeferenciados; estas obras deberán contar con el aval del Ministerio de Cultura”
13.
Que con ocasión de las Obras de Profundización, el Ministerio de Cultura expidió la Resolución No.
2831 del 15 de septiembre de 2014 mediante la cual resolvió “Autorizar el proyecto de intervención
para la protección marítima de los Fuertes de San Fernando y San José de Bocachica, localizados en
el Distrito de Cartagena, Bolivar, declarados bienes de interés cultura del ámbito Nacional e inscritos
en la Lista de Patrimonio Mundial de Unesco, de conformidad con los estudios técnicos realizados por
el Técnico para la Protección, y la documentación aportada por la Financiera al Ministerio de Cultura,
en adelante las “Obras de Protección”.
14.
Mediante Resolución 163 del 29 de enero de 2015, el Ministerio de Cultura modificó la Resolución No.
2831 del 15 de septiembre de 2014, y autorizó la modificación del proyecto de intervención para la
protección marítima de los Fuertes de San Fernando y San José, en Bocachica., de acuerdo con los
estudios y diseños integrales fase III para la ejecución de las obras de protección perimetral
presentados.
15. Se encuentra pendiente de aprobación el trámite de autorización de construcción de obras de
ingeniería oceánica por parte de la Dirección General Marítima. Las disposiciones contenidas en ese
acto administrativo serán de obligatorio cumplimiento para el contratista seleccionado.
16.
Que cualquier condición prevista para realizar las actividades de dragado y profundización de la Bahía
de Cartagena, incluidas en los Diseños Definitivos para la Protección, son de estricto cumplimiento
para el Contratista que resulte adjudicatario, toda vez que el Ministerio de Cultura autorizó las Obras
de Profundización y Protección única y exclusivamente bajo la alternativa de diseño definitiva
elaborada por el Técnico para la Protección.
Participación de la Financiera de Desarrollo Nacional
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17.
Que para el desarrollo del Proyecto, las Sociedades Integrantes de PROCANAL, El Ministerio de
Transporte y el INVIAS, consideran indispensable contar con la participación de una entidad que
cuente con la capacidad suficiente para adelantar la Gerencia Integral que demanda la ejecución del
mismo, de tal manera que en un solo vehículo financiero se canalicen los aportes privados requeridos
para tal fin, motivo por el cual identifican en La Financiera, Entidad Pública instituida como Sociedad
de Economía Mixta, la idoneidad necesaria para contratar la gestión.
18.
Que en desarrollo de lo anterior, entre el Ministerio de Transporte, el Instituto Nacional de Vías,
PROCANAL, y la Financiera de Desarrollo Nacional S.A., el pasado 12 de agosto de 2013 se suscribió
un Memorando de Intención con el propósito de manifestar la voluntad de aunar esfuerzos para
adelantar las actividades necesarias con el propósito de configurar el desarrollo del Proyecto.
Aporte de Recursos al Proyecto
19.
Que el cien por ciento (100%) de los recursos que la Financiera usará para la contratación de las Obras
de Protección provienen de recursos privados aportados por las Sociedades Portuarias a través del
Contrato de Fiducia Mercantil que más adelante se define.
20.
Que el 24 de octubre de 2014 fueron recibidos por la Financiera los Diseños Definitivos para la
Protección de los Fuertes de San José y San Fernando elaborados por el Contratista Técnico para la
Protección.
21.
Que los Diseños Definitivos para la Protección son de estricto cumplimiento por parte del Contratista
que resulte adjudicatario, toda vez que con base en dichos diseños el Ministerio de Cultura autorizó
las Obras de Protección.
Proceso de Selección
22.
Que de conformidad con las anteriores consideraciones y antecedentes la Financiera seleccionará
mediante el procedimiento establecido en los presentes Términos de Referencia a un consultor
para que individualmente, mediante consorcio o unión temporal, realice la Interventoría Técnica,
Administrativa, Financiera, Ambiental, Contable, Jurídica, HSE y Social (la “Interventoría”) de las
obras de Protección del Fuerte de San Fernando y el Fuerte –Batería de San José - Cartagena,
Bolívar, teniendo presente que:
i.
ii.
La Financiera de Desarrollo Nacional es una sociedad de economía mixta, vinculada al
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que gestiona, apoya e incentiva la financiación
y estructuración de proyectos de infraestructura de Colombia. Como Corporación
Financiera, y de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993,
modificado por el artículo 15 de la Ley 1150 de 2007, la Financiera no se encuentra sujeta
a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, y
se rige por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a las entidades
financieras.
Las Obras de Protección se encuentran financiadas con recursos cien por ciento (100%)
privados provenientes de las Sociedades Portuarias, y que,
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iii.
23.
Que el Comité del Proyecto aprobó el 24 de Octubre de 2013 el Manual de Contratación
del Proyecto, en el cual se establecen la reglas de contratación respectivas para el
presente Proyecto.
iv.
El artículo Décimo Primero del Manual de Contratación del Proyecto, establece la
obligación de la Financiera de realizar un proceso de selección mediante Invitación
Abierta cuando el valor estimado de los bienes o servicios a negociar sea superior o igual
a mil (1.000) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
Que la apertura del presente proceso de selección ha sido debidamente aprobada por el Comité
de Proyecto del Contrato de Fiducia Mercantil No. 001-2013 en sesión No. 31 del 02 de febrero
de 2015.
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.
DISEÑOS DEFINITIVOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS FUERTES DE SAN FERNANDO Y SAN
JOSÉ EN BOCACHICA, CARTAGENA.
Los Diseños Definitivos para la Protección hacen parte integral de la presente Invitación Pública y son diseños
definitivos, sin lugar a modificación por parte del Contratista seleccionado para la realización de las actividades
relacionadas con las Obras de Protección (el “Contratista”), que será objeto de la Interventoría que se contratará
a partir del presente documento.
Es obligación principal de los Interesados y Proponentes, conocer a profundidad los Diseños Definitivos para la
Protección, los documentos del proceso de selección para la realización de las Obras de Protección, y realizar
sus propios estudios para verificar aquellos riesgos, costos y gastos inherentes al desarrollo de las actividades
de Interventoría. Lo anterior teniendo en cuenta que la propuesta económica que realicen los Proponentes a la
Financiera deberá ser una Suma Global Fija que cubra todos y cada uno de los costos e imprevistos directa y/o
indirectamente relacionados con el Proyecto, para lo cual será responsabilidad única y exclusiva de cada
proponente prever todos aquellos costos y gastos de la ejecución de la Interventoría del Proyecto.
Igualmente, forman parte de los Términos de Referencia, la matriz de estimación, tipificación y asignación de
los riesgos previsibles, luego de que en la etapa de publicación del proyecto de los Términos de referencia, se
hayan sometido a la revisión correspondiente por parte de la Financiera y los Interesados.
1.2.
DEFINICIONES
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
Adenda(s): Documentos que se expedirán con el fin de explicar, aclarar, agregar o modificar los
Términos de Referencia, sus Anexos con posterioridad a la apertura de la presente Invitación Pública,
e integran con éste una totalidad y por ende, tienen igual validez y el mismo carácter vinculante.
Adjudicación: Decisión emanada de la Financiera que determina el Adjudicatario del presente
proceso de selección.
Adjudicatario: Proponente al cual se le adjudicará la Interventoría por haber presentado una
Propuesta que cumple con lo requerido por los Términos de Referencia y se considera la propuesta
más conveniente en el proceso de selección.
Aportes Parafiscales: Con excepción de aquellos casos exentos por la Ley 1607 de 2012, son
contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que
afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio
sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma
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dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella, lo mismo que los
rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable.
Anejo o Anexo: Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan a los presentes Términos
de Referencia y que hacen parte integral de los mismos.
Comité Evaluador: Funcionarios o contratistas de la Financiera de Desarrollo Nacional – Financiera,
que serán las encargadas de evaluar las propuestas recibidas, conforme a los Términos de Referencia
de la presente invitación. Este comité contará con la participación de asesores con especialidades en
el ámbito Jurídico, Financiero y Técnico.
Contratista: Es la persona natural o jurídica que, por su competencia técnica, jurídica y financiera
será contratada por la Financiera para desarrollar las Obras de Protección.
Contratista Técnico para la Protección: Es la Universidad Politécnica de Valencia contratada por
la Financiera para “LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS INTEGRALES A FASE III PARA
LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y PROTECCIÓN
PERIMETRAL DEL FUERTE SAN FERNANDO Y EL FUERTE BATERIA SAN JOSÉ EN
BOCACHICA, EN LA CIUDAD DE CARTAGENA, DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR EN EL
ESCENARIO DE DRAGADO DEL CANAL DE ACCESO A CARTAGENA A 20.5 METROS DE
PROFUNDIDAD”.
Contrato: Negocio jurídico que se suscribirá entre la Financiera y el Adjudicatario, por medio del cual
se imponen a las partes las obligaciones recíprocas y se le conceden los derechos correlativos que
instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través de la presente Invitación
Pública.
Consorcio: De conformidad con el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, es una modalidad de asociación
que permite que dos o más personas naturales o jurídicas, en forma conjunta, presenten una misma
Propuesta en la presente Invitación Pública para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato,
respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, y por los
efectos que generen o lleguen a generar las actuaciones, hechos u omisiones de todos o cualquiera
de los participantes en estos actos.
Día(s) Calendario: Es cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o
Inhábil.
Día(s) Hábil(es): Cualquier día comprendido entre los lunes y los viernes (ambos inclusive) de cada
semana, excluyendo de éstos los días feriados determinados por ley en la República de Colombia.
Día(s) Inhábil(es): Se entenderán de conformidad con el Código de Régimen Político y Municipal.
Diseños Definitivos para la Protección: Diseños definitivos desarrollados por el Contratista Técnico
para la Protección, con el fin de definir las actividades necesarias para la protección de los Fuertes
de San José y San Fernando.
Dólares de los Estados Unidos de América, o Dólares, o US$: Es la moneda de curso legal en los
Estados Unidos de América, la que, para todos los efectos se tomará por su valor equivalente respecto
de la moneda de origen del proponente, según la tasa de cambio oficial o, en defecto de aquella,
según la tasa de cambio certificada por la autoridad competente del país de origen.
Financiera de Desarrollo Nacional: Es la entidad encargada de la Gerencia Técnica, Ambiental,
Administrativa y Financiera del Proyecto y su Interventoría en calidad de fiduciaria y gestora del
fideicomiso de Administración y Pagos denominado Patrimonio Autónomo Canal de Acceso Bahía de
Cartagena.
Interesado(s): Personas naturales o jurídicas o el grupo de personas jurídicas y/o naturales
asociadas entre sí mediante las figuras legales permitidas en estos Términos de referencia que tienen
interés en la presente Invitación a Contratar pero aún no han presentado Propuesta.
Interventor: Es la persona natural o jurídica que, por su competencia técnica, jurídica y financiera
será contratada para desarrollar la Interventoría Integral del Proyecto.
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FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
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Interventoría Integral: Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera, Ambiental, Contable,
Jurídica, HSE y Social de la Protección del Fuerte De San Fernando El Fuerte –Batería De San José
- Cartagena, Bolívar.
INVIAS: De conformidad con el Decreto 2618 de 2013, el INVIAS tienen como objeto la ejecución de
las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la
Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y de la infraestructura marítima, de
acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.
Invitación Pública: Es el proceso de selección objetiva que se reglamenta en los presentes Términos
de Referencia con el propósito de seleccionar mediante invitación abierta las Propuestas que,
conforme a los términos establecidos en los Términos de Referencia y el Manual de Contratación,
resulten más favorables a los intereses de la Financiera para la celebración del Contrato.
Manual de Contratación: Son las reglas generales y objetivas de contratación que rigen la presente
Invitación Pública, los Términos de Referencia y que han sido debidamente aprobados por el Comité
del Proyecto del Contrato de Fiducia Mercantil No. 001 aprobado el 24 de octubre de 2013 para la
adquisición de bienes y servicios que se financien con los recursos transferidos por PROCANAL y los
asociados a dicha entidad para desarrollar las Obras de Protección de los Fuertes de San José y San
Fernando y las Obras de Profundización del Canal de Acceso a la Bahía de Cartagena, Sectores
Bocachica y Manzanillo - Cartagena, Bolívar
Obras de Profundización: Son las actividades requeridas para llevar a cabo el proyecto del dragado
para la profundización y ampliación del canal de acceso a la bahía de Cartagena, sectores Bocachica
y Manzanillo
Obras de Protección u Obras de Protección Marítima: Son las actividades requeridas para llevar
a cabo el Fortalecimiento Estructural del Fuerte de San Fernando y el Fuerte –batería de San José Cartagena, Bolívar
Proponente: Es la persona jurídica o natural, consorcio o unión temporal, que presenta una
Propuesta para participar en la Invitación Pública que se rige a través de los presentes Términos de
Referencia.
Proponente Plural: Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en los Términos de
Condiciones (Consorcio o Unión Temporal).
Propuesta: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los
requisitos establecidos en los presentes Términos de Referencia, debidamente suscrita por quien
goza de la representación del proponente y acompañada de una póliza que garantice la seriedad de
la misma.
Propuesta Admisible: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que además de cumplir
con los requisitos legales, técnicos y financieros señalados en los presentes Términos de Referencia,
cumple con los criterios de evaluación señalados en los mismos.
Propuesta rechazada: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que no cumpla con todos
los requisitos legales, técnicos, operacionales y financieros señalados en estos Términos de
Referencia y en la ley.
Proyecto: Son las actividades requeridas para llevar a cabo las Obras de Protección del Fuerte de
San Fernando y el Fuerte –batería de San José - Cartagena, Bolívar
SMMLV: Se entenderá como salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Términos de Referencia: Conjunto de normas que a partir de las reglas establecidas en el Manual
de Contratación, rigen la Invitación a Contratar y el futuro Contrato de Interventoría, en los que se
señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes
deben formular su Propuesta para participar en el proceso de selección del Interventor y tener la
posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario de la Invitación Pública.
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FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”

1.3.
Unión Temporal: De conformidad con el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 es una modalidad de
asociación, que permite que dos o más personas naturales o jurídicas, en forma conjunta, presenten
una misma Propuesta para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo
solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato, pero no por las
sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, por las cuales responde
cada uno de los miembros de la Unión Temporal de acuerdo con su participación en la ejecución.
OBLIGACIONES ESENCIALES DE LOS PROPONENTES
A fin de participar en la presente invitación, los Proponentes deberán verificar el cabal cumplimiento de las
siguientes obligaciones:
1.3.1.
Leer diligentemente el contenido de los Términos de Referencia, sus anexos, formatos y archivos
proporcionados por parte de la Financiera.
1.3.2.
Verificar que el Proponente y/o los integrantes del Proponente Plural NO se encuentran incursos en
ninguna de las causales de inhabilidades, incompatibilidades, conflicto de interés y prohibiciones para
contratar con entidades estatales, y en especial pero no exclusivamente aquellas previstas en la Ley
80 de 1993, en la Ley 1150 de 2007, y la Ley 1474 de 2011.
1.3.3.
Cumplir las condiciones y reunir los requisitos señalados en los Términos de Referencia y la Ley.
1.3.4.
Reunir la información y la documentación exigida y verificar la vigencia de tales documentos en los
casos en que sea requerido.
1.3.5.
Aportar el recibo de pago original de la póliza cumpliendo estrictamente con los requisitos de los
presentes Términos de Referencia y verificar que la póliza:
•
Sea otorgada a favor de los siguientes Asegurados/Beneficiarios: El INVIAS y la Financiera
de Desarrollo Nacional
•
Tenga por Cuantía aquella definida en los Términos de Referencia.
•
Tenga por Vigencia el plazo determinado en los Términos de Referencia, contados a partir de
la fecha de cierre de la presente Invitación. En caso de prorrogarse el plazo de la Invitación
el Proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su
propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale
la Financiera.
•
Con respecto al Tomador / Afianzado: Si el proponente es una persona jurídica, la póliza o
garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de
Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo
con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá
denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión
temporal, la póliza deberá tomarse a nombre de todos y cada uno sus integrantes, y no a
nombre de los representantes legales, ni a nombre del consorcio o unión temporal.
•
En todo caso, la fecha de expedición de la póliza será igual o anterior a la fecha señalada
para el cierre del proceso de selección. En consecuencia solo se aceptará la fecha de
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FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,
FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
expedición plasmada en el cuerpo de la póliza y no en sus anexos o adiciones, de lo contrario
la propuesta será rechazada.
•
El objeto coincida con el de la propuesta que es la Realización de las Obras de Protección
del Fuerte de San Fernando y el Fuerte –batería de San José - Cartagena, Bolívar – a cargo
de la Financiera de Desarrollo Nacional y el INVIAS.
•
Esté suscrita por el Tomador / Proponente / Afianzado.
•
Se debe solicitar y adjuntar a la propuesta el recibo de pago original de la póliza.
1.3.6.
Una vez entregada la Propuesta prevista para la presente Invitación Pública, no habrá lugar a
reemplazos parciales o totales de la misma. Las subsanaciones o correcciones que solicite la
Financiera durante el proceso de revisión de documentación o de evaluación, no podrán ir
encaminadas a mejorar la propuesta.
1.3.7.
Tener presente el lugar, fecha y hora de entrega de la Propuesta prevista para la presente Invitación
Pública, en ningún caso se recibirán propuestas fuera del término previsto.
1.3.8.
Toda consulta deberá formularse por escrito a la dirección Carrera 7 No. 71 – 52, Torre B, Piso 6 o al
correo electrónico [email protected]. No se atenderán consultas personales, ni
telefónicas. Ningún convenio verbal con el personal de la Financiera, antes o después de la firma del
Contrato, podrá afectar o modificar alguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
1.3.9.
Cuando se presente inexactitud en la información suministrada por el Proponente o en la de uno de
los miembros del Proponente Plural, la Financiera podrá rechazar la propuesta.
1.4.
INTERPRETACIÓN DE LA INVITACIÓN PÚBLICA Y LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Todos los Interesados en participar en este proceso de selección deberán examinar cuidadosamente los
Términos de Referencia de la presente Invitación Pública y sus Anexos.
Será de exclusiva responsabilidad de los Interesados las interpretaciones y deducciones que ellos hagan de
las estipulaciones contenidas en el presente documento y de los Diseños Definitivos para la Protección, así
como de las respuestas o comentarios a los Términos de Referencia que respecto de los mismos haga la
Financiera.
Los Proponentes aceptan que los Términos de Referencia están completos, son suficientes y adecuados para
la selección de la Interventoría, y que una vez elegido, podrá cumplir cabal y oportunamente todas las
obligaciones que emanarían del Contrato a suscribir con la Financiera. Toda la información que suministren los
Interesados, se entiende rendida bajo la gravedad de juramento.
1.5.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS PROPONENTES
Los Proponentes con la sola presentación de su propuesta, autorizan a la Financiera para verificar la veracidad
de toda la información que en ella suministren.
1.6.
ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES
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La matriz en la cual se tipifican los riegos previsibles, preparada por la Financiera, se publicará en el anexo
respectivo con los estudios y documentos previos y los Términos de Referencia, para que sean revisados por
los interesados, quienes podrán presentar sus observaciones en desarrollo de la etapa para recibir
observaciones frente al contenido de los Términos de Referencia.
Como consecuencia de las observaciones realizadas por los interesados, la Financiera se pronunciará sobre la
pertinencia o no de las mismas y establecerá la estimación, tipificación y asignación definitiva de los riesgos
involucrados en la contratación.
Con base en lo discutido y si a criterio de la Financiera resulta conveniente, se procederá a la modificación de
los Términos de Referencia y los documentos a ella anexos.
Vencido el plazo para discutir y revisar los riesgos previsibles identificados, si se presentare alguna observación
adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta por parte de la Financiera, únicamente si diere lugar
a modificar los Términos de Referencia mediante adenda.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de riesgos
previsibles efectuada por la Financiera en los Términos de Referencia y sus adendas.
La etapa para revisar la estimación, tipificación y asignación de los Riesgos Previsibles se realizara
simultáneamente con la etapa para precisar el contenido y alcance de los Términos de Referencia.
2.
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
2.1. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Y FUNDAMENTOS QUE SOPORTAN EL ESQUEMA DE
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA.
El Parágrafo 1º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 15 de la Ley 1150 de 2007,
dispone que: “Los Contratos que celebren los Establecimientos de Crédito, las compañías de seguros y las
demás entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de
Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables
a dichas actividades. En todo caso, su actividad contractual se someterá a lo dispuesto en el artículo 13 de la
presente ley”.
El pasado 23 de agosto de 2013 se suscribió entre la Financiera, PROCANAL (Fideicomitente A) y las
Sociedades Portuarias (Fideicomitentes B), el Contrato de Fiducia Mercantil Irrevocable No. 001-2013 para el
manejo, administración y Gerencia Integral de los recursos fideicomitidos, en virtud del cual fue designado un
Comité de Proyecto del Contrato de Fiducia Mercantil, que a su vez, y con fecha 24 de Octubre de 2013, aprobó
el Manual de Contratación del Contrato de Fiducia en el cual se establecen las respectivas reglas de
contratación para el presente Proyecto.
El artículo Décimo Primero del Manual de Contratación del contrato de Fiducia Mercantil No. 001-2013,
establece la obligación de la Financiera de realizar un proceso de selección mediante Invitación Abierta cuando
el valor estimado de los bienes o servicios a negociar sea superior o igual a mil (1.000) Salarios Mínimos Legales
Mensuales Vigentes.
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En consecuencia, la Financiera seleccionará mediante el procedimiento establecido en los presentes Términos
de Referencia, a un contratista para que individualmente, mediante consorcio o unión temporal, realice las
Obras de Protección marítima del Fuerte de San Fernando y el Fuerte –batería de San José – Cartagena,
Bolívar.
De conformidad con lo anterior, la contratación que adelante la Financiera se regirá por lo establecido en el
Manual de Contratación del Proyecto y las normas de derecho privado previstas en la legislación mercantil,
financiera y civil. Sin perjuicio de lo anterior, según lo dispuesto por los artículos 13 y 15 del Decreto Ley 1150
de 2007, la Financiera aplicará en desarrollo de su actividad contractual, acorde con su régimen especial, los
principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la
Constitución Política de Colombia, según sea el caso y estará sometida al régimen legal de inhabilidades e
incompatibilidades previsto para la contratación estatal.
2.1.
PRINCIPIOS Y VALORES QUE ORIENTAN EL PROCESO
El proceso implementado para la presente Invitación Pública, tiene por objeto facilitar las relaciones entre los
actores involucrados, de tal forma que las actuaciones que deban surtirse ante ellos para el ejercicio de
actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, se desarrollen de conformidad con los principios
establecidos en los artículos 83, 84, 209 y 333 de la Constitución Política de Colombia.
En tal virtud, serán de obligatoria observancia los siguientes principios como rectores de la política de
racionalización, estandarización y automatización de trámites, a fin de evitar exigencias injustificadas a los
administrados además de aquellos que hacen parte de la motivación, antecedentes y marco normativo del
presente proceso de selección.
2.1.1.
Buena Fe: La Financiera, los Interesados y Proponentes procederá de buena fe en todas sus
actuaciones, y entienden que los contratos obligan no sólo a lo pactado en forma expresa, sino a todo
lo que corresponda a la naturaleza de los mismos según la ley, la costumbre o la equidad.
2.1.2.
Legalidad: El proceso de selección se encuentra debidamente reglado en los Términos de Referencia,
y en las disposiciones legales y reglamentarias que le son aplicables.
2.1.3.
Selección Objetiva: Escogencia del ofrecimiento más favorable a la Financiera y a los fines que ella
busca con la celebración del Contrato a adjudicar, sin tener en consideración factores de afecto o de
interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva.
2.1.4.
Transparencia: Los procedimientos de negociación y contratación de bienes y servicios se realizarán
con reglas claras que permitan dar a conocer los términos, condiciones y conclusiones de los mismos.
2.1.5.
Eficiencia y Economía: Los procedimientos de negociación y contratación de bienes y servicios se
adelantarán de tal manera que la Financiera pueda celebrar el negocio que más convenga a los
intereses de la Financiera.
2.1.6.
Equidad: En los procedimientos de negociación y contratación de bienes y servicios, la Financiera dará
igualdad de oportunidades a los participantes.
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2.1.7.
Celeridad: Faculta al impulso oficioso de los procedimientos, supresión de trámites innecesarios,
utilización de herramientas de estandarización, sin que ello releve a las autoridades de la obligación
de considerar todos los argumentos y pruebas de los interesados.
2.1.8.
Responsabilidad Empresarial: Los procedimientos de negociación y contratación de bienes y servicios,
se realizan con actitud de reconocimiento de la sostenibilidad ambiental, económica y social.
2.2.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Los Proponentes, y posteriormente el Contratista seleccionado, se comprometen a guardar la confidencialidad
de toda la información que le sea entregada por la Financiera y que se encuentre bajo su custodia o que por
cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular, y responderá patrimonialmente por los perjuicios que su
divulgación o utilización indebida por sí o por un tercero cause a la Financiera.
2.3.
LIBRE VOLUNTAD DE LA FINANCIERA
La Financiera expresa que la presente invitación no lo obliga a llevar a cabo el proceso de contratación ni a
celebrar el contrato correspondiente.
La Financiera no responderá frente a los Proponentes no favorecidos con la adjudicación por los costos en que
haya incurrido en el proceso de elaboración y presentación de su propuesta.
La Financiera podrá en cualquier momento, antes de la selección de la propuesta, ampliar los plazos dentro del
proceso de contratación e igualmente desistir del proceso de contratación sin ningún tipo de consecuencia
económica o responsabilidad para Financiera.
2.4.
PACTO DE TRANSPARENCIA Y ANTICORRUPCIÓN
La construcción de confianza es una responsabilidad compartida a partir de la cual se puede garantizar la
transparencia, el equilibrio y la seguridad jurídica en el desarrollo del presente proceso. Con tal propósito la
Interventoría seleccionada deberá suscribir un pacto de transparencia y compromiso anticorrupción a través de
la Carta de Presentación de la Propuesta.
En todos los casos, este compromiso se entenderá asumido con la presentación de las propuestas.
3.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO A DESARROLLAR
3.1.
OBJETO
El presente proceso tiene por objeto que la Financiera reciba y considere propuestas que cumplan con los
requisitos técnicos, jurídicos, administrativos, operacionales y financieros exigidos y ofrezca las mejores
condiciones para satisfacer las necesidades de la Financiera para llevar a cabo las actividades requeridas para
la “Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera, Ambiental, Contable, Jurídica, HSE y Social de la
Protección Marítima del Fuerte de San Fernando y el Fuerte –Batería de San José - Cartagena, Bolívar”
3.2.
CONDICIÓN SUSPENSIVA DEL CONTRATO Y CONDICIÓN RESOLUTORIA DEL PROCESO DE
SELECCIÓN.
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Adjudicado el Contrato, tanto la firma y perfeccionamiento del Contrato con el Interventor que haya resultado
seleccionado, la Orden de Iniciación del Contrato y la exigibilidad de las obligaciones de la FDN y el Interventor,
tendrán como condición suspensiva el hecho de que la Financiera suscriba el Contrato para las Obras de
Protección sobre el cual se ejercerán las labores de Interventoría.
3.3.
CARACTERÍSTICAS DE LA INTERVENTORÍA:
Las características detalladas para las Obras de Protección sobre las cuales deberá ejercer interventoría el
Interventor seleccionado para el efecto, se encuentran incluidas en el Anexo de Localización y Descripción del
Proyecto y en los Diseños Definitivos para la Protección que hacen parte del proceso de selección del
Contratista que desarrollará las Obras de Protección, y que se adjuntan como parte integral de estos Términos
de Referencia para que el Interventor seleccionado conozca en detalle las actividades objeto de interventoría.
En todo caso, el Interventor seleccionado deberá tener presente en todo momento que los Diseños Definitivos
para la Protección son de estricto cumplimiento por parte del Contratista que resulte adjudicado para las Obras
de Protección, toda vez que el Ministerio de Cultura autoriza las Obras de Protección única y exclusivamente
bajo la alternativa de diseño definitiva elaborada por el Contratista Técnico para la Protección.
Las obligaciones del Interventor serán de resultado, y por lo tanto deberá realizar las actividades de interventoría
garantizando que el Contratista realice sus actividades bajo los requisitos técnicos informados en el Anexo de
Localización y Descripción del Proyecto, y en los Diseños Definitivos para la Protección.
En todo caso, debido a los riesgos que representan las Obras de Protección de los fuertes de San Fernando y
el fuerte-batería de San José Bocachica, el Interventor deberá vigilar que el Contratista cumpla en todo
momento con las siguientes obligaciones, que se listan de manera enunciativa y son esenciales para la
mitigación de los riesgos asociados al Proyecto:
-
Las Obras de Protección, deberán ser realizadas de manera exacta y precisa, vigilando en todo
caso los requisitos técnicos definidos en el Anexo de Localización y Descripción del Proyecto.
o Cualquier actividad de Protección que sea deficiente respecto de las características técnicas
de los Diseños Definitivos para la Protección, pone en riesgo la estabilidad de los fuertes de
San José y San Fernando. En consecuencia, al Contratista no le será reconocido por ningún
motivo el valor de cualquier actividad adicional a la solicitada en el Proyecto, y será
enteramente responsable de cualquier perjuicio generado a la Financiera, el INVIAS y/o a
cualquier tercero por la deficiencia de las Obras de Protección y protección en cualquier
localización del Proyecto.
o En consecuencia, cualquier actividad de Protección distinta a las requeridas en los Diseños
Definitivos para la Protección se considerará como un incumplimiento total del Contrato, y la
Financiera no estará obligada a pagar al Contratista valor alguno por cumplimiento parcial del
contrato.
La obligación del Contratista seleccionado será entregar el desarrollo exacto de los Diseños
Definitivos para la Protección requeridos por la Financiera en el presente proceso de
selección dentro del Cronograma de Trabajos establecido para el efecto.
-
El Contratista deberá tomar todas aquellas medidas necesarias, previo inicio de las Obras de
Protección, y realizar sus propios estudios técnicos para evitar que cualquier material y/o elemento
no identificado en los Diseños Definitivos para la Protección, o que aparezca de manera
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sobreviniente en el área de localización del proyecto, interfiera con las Obras de Protección y/o
que generen cualquier daño a la los equipos y/o los empleados y contratistas utilizados por el
Contratista seleccionado. Todos los riesgos inherentes al proceso de Protección estarán a cargo
del Contratista por ser este el profesional idóneo para identificarlos y mitigarlos, salvo que hayan
sido expresamente asignados a la Financiera, el INVIAS y/o cualquier tercero en la Matriz de
Estimación, Tipificación, Asignación y Valoración de Riesgos.
Cualquier actividad de Protección que sea deficiente respecto de las características técnicas de los Diseños
Definitivos para la Protección, pone en riesgo la estabilidad de los fuertes de San José y San Fernando. En
consecuencia, el Interventor deberá garantizar que al Contratista no le sea reconocido por ningún motivo el
valor de cualquier actividad adicional a la solicitada en el Proyecto, y será enteramente responsable de cualquier
perjuicio generado a la Financiera, el INVIAS y/o a cualquier tercero por la deficiencia en la Interventoría de las
Obras de Protección en cualquier localización del Proyecto.
La obligación del Interventor será verificar que el Contratista entregue el desarrollo exacto de los Diseños
Definitivos para la Protección requeridos por la Financiera en el respectivo proceso de selección, dentro del
Cronograma de Trabajos establecido para el efecto y en cumplimiento de toda la normatividad aplicable.
3.4.
PLAZO DE EJECUCIÓN, VIGENCIA DEL CONTRATO Y FECHAS DE PRESENTACIÓN DE
ENTREGABLES
El plazo del contrato de Interventoría, será igual al plazo de duración del Contrato de Protección, producto de
la adjudicación de la Invitación Pública No. 6 de 2015 de la Financiera y un mes más.
El plazo de ejecución del contrato será contado a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio entre el
Interventor y la Financiera, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato,
indicados en los presentes Términos de Referencia.
3.5.
GARANTÍAS:
Los Proponentes tendrán como garantías admisibles las siguientes: (i) un contrato de seguro contenido en una
póliza, (ii) un patrimonio autónomo, o (iii) una garantía bancaria a primer requerimiento.
3.5.1.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Cada Proponente deberá constituir a favor de la Financiera de Desarrollo Nacional S.A. identificada con el Nit.
860.509.022-9 y del Instituto Nacional de Vías – INVIAS identificada con el NIT 800.215.807-2, una garantía de
seriedad de la propuesta expedida a la Financiera por una compañía de seguros legalmente establecida en
Colombia o por una Entidad Bancaria autorizada para expedir la póliza de cumplimiento y seriedad de la oferta.
La garantía de seriedad del ofrecimiento debe ser allegada con la propuesta en la fecha establecida para el
cierre, junto con la copia del recibo o constancia de pago de la prima, tratándose de póliza expedida por una
Compañía de Seguros. La NO PRESENTACION DE LA GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA constituirá
causal de rechazo de la propuesta.
La garantía de seriedad bajo la modalidad de póliza se debe tomar así:
a)
Asegurado / Beneficiario: La Financiera de Desarrollo Nacional S.A. y el Instituto Nacional de Vías
–INVIAS15
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b)
c)
d)
e)
El objeto debe coincidir con el de la propuesta a la cual se presenta “Interventoría Técnica,
Administrativa, Financiera, Ambiental, Contable, Jurídica, HSE y Social de la Protección Marítima
del Fuerte de San Fernando y el Fuerte –Batería de San José - Cartagena, Bolívar” a cargo de la
Financiera de Desarrollo Nacional y el INVIAS.
Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor del presupuesto del contrato.
Vigencia: Desde la fecha de cierre del proceso de selección hasta la aprobación de la garantía
que ampara los riesgos propios de la actividad contractual. En todo caso, dicha vigencia no podrá
ser inferior a cuatro (4) meses calendario contados a partir del día y hora fijados para el cierre del
proceso de selección.
Esta garantía deberá estar vigente hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos
propios de la actividad contractual. En caso de prórroga del plazo de evaluación de propuestas, o
de los plazos para asignar o perfeccionar el Contrato, la garantía se deberá prorrogar, de forma
que su vigencia cubra el lapso exigido.
Se considerará inhabilitada la Propuesta y será causal de declaratoria de siniestro, el evento en
que el Proponente se niegue a prorrogar la garantía de seriedad de la misma, en el caso de que
La Financiera decida ampliar el plazo de la adjudicación o el perfeccionamiento del Contrato
siempre que no supere los tres (3) meses.
Tomador / Afianzado: Nombre o razón social del Proponente tomador o afianzado, así:
- Si el Proponente es una persona jurídica, la garantía se deberá tomar con el nombre o razón
social que figura en el certificado o documento que acredite la existencia y representación
legal, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad
se podrá denominar de esa manera.
- Si se tratare de una unión temporal o consorcio, la garantía se deberá tomar a nombre de
dicha unión temporal o consorcio, (precisando quiénes son sus integrantes y el porcentaje de
participación de cada uno de ellos). No podrá ser tomada la póliza a nombre del representante
legal del consorcio o unión temporal o uno de sus integrantes.
Las primas y costos que se causen por este motivo serán a cargo de los Proponentes, quienes no tendrán
derecho a exigir de la Financiera reembolso o pago alguno por este concepto.
Cuando la garantía no sea expedida de acuerdo con los requerimientos aquí establecidos, el Proponente deberá
remitir las modificaciones del caso dentro del plazo que al efecto le señale la Financiera.
Cuando se trate de garantía bancaria, esta contendrá la siguiente leyenda: “La presente garantía será
cancelada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que la Financiera declare el
incumplimiento por parte del proponente”.
La propuesta debe tener una validez igual a la vigencia de la garantía de seriedad, requisito que se entiende
cumplido con la simple presentación de la misma.
La garantía de seriedad de la oferta deberá cubrir la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento y La
Financiera hará efectiva dicha garantía por la ocurrencia de cualquiera de los siguientes eventos:


La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad cuando el término previsto en los pliegos
para la adjudicación o suscripción del Contrato se prorrogue, siempre y cuando estas prórrogas no
excedan un término de tres meses.
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

La falta de otorgamiento del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la
entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
La Financiera hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, como indemnización por perjuicios, sin
menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por
el valor de la misma.
Si por cualquier razón no se obtiene la efectividad de la garantía de seriedad de la propuesta, la Financiera
podrá demandar por la vía ejecutiva el valor asegurado, para lo cual prestará mérito suficiente la propuesta y la
garantía entregada por el proponente, ya que queda expresamente claro que la sola presentación de ésta
constituye aceptación plena por parte de este, de todas las previsiones de los Términos de referencia y que se
compromete a suscribir el documento que contiene el contrato en el evento que le sea asignado.
La garantía de seriedad será devuelta al adjudicatario, cuando esté legalizado el contrato; a los demás
proponentes que así lo soliciten se les devolverá dentro de los treinta (30) días siguientes a la adjudicación o
una vez ejecutoriada la declaratoria de desierta. Este trámite se realiza siempre y cuando medie solicitud escrita
por parte del proponente interesado.
3.5.2.
GARANTIA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
La Interventoría seleccionada deberá expedir y aportar a la Financiera las siguientes pólizas dentro de un plazo
no mayor a CINCO (5) días hábiles contados a partir de la fecha de la firma del contrato:
La Interventoría se obliga a constituir, a favor de la Financiera de Desarrollo Nacional y el Instituto Nacional de
Vías - INVIAS, una garantía que cubra como mínimo los siguientes elementos:



Buen manejo y correcta inversión del anticipo, por una cuantía equivalente al cien por ciento (100%)
del monto que la Interventoría reciba por este concepto, con una vigencia igual al plazo del contrato y
cinco (5) meses más. Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la Financiera con ocasión de: (i) la
no inversión del anticipo; (ii) el uso indebido del anticipo; y (iii) la apropiación indebida de los recursos
recibidos en calidad de anticipo.
Cumplimiento del contrato por cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del
Contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. Este amparo cubre a la
Financiera de los perjuicios derivados de:
o El incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es imputable a la
Interventoría;
o El cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable a la
Interventoría;
o Los daños imputables a la Interventoría por entregas parciales de la obra, cuando el contrato
no prevé entregas parciales; y
o El pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria.
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales. Este amparo debe cubrir
a la Financiera de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales de la
Interventoría, derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la
ejecución del contrato amparado. Dicha cobertura debe ser por una cuantía equivalente al diez por
ciento (10%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años
más.
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
3.5.3.
Calidad de los servicios. Por una cuantía equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del
Contrato. Vigencia: Por el término de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de suscripción del
Acta de Entrega y Recibo Definitivo de la Interventoría.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
La Interventoría seleccionada deberá contratar dentro de un plazo no mayor a CINCO (5) días hábiles contados
a partir de la fecha de la firma del contrato, un seguro que cubra la responsabilidad civil extracontractual frente
a terceros derivada de la ejecución de las obras, que proteja a la Financiera de eventuales reclamaciones de
terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones del
contratista adjudicado. La póliza debe cubrir también los perjuicios ocasionados por eventuales reclamaciones
de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surjan de las actuaciones, hechos u omisiones
de los subcontratistas autorizados.
Dicha póliza también deberá tener las siguientes características:





3.6.
Asegurado: El INVIAS y la Financiera de Desarrollo Nacional S.A.
Beneficiarios: Terceros afectados
Cuantía: treinta por ciento (30%) del valor del contrato.
Vigencia: Plazo del contrato y un (1) año más
Tomador / Afianzado: La Interventoría
PRESUPUESTO ESTIMADO Y FORMA DE PAGO
El Contrato tiene un presupuesto estimado máximo de NOVECIENTOS SESENTA Y UN MILLONES
DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SEIS PESOS, ($961.282.906) M/CTE, incluido IVA y
demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación, que será referencia para
la presentación de las propuestas.
Las propuestas deberán ser presentadas como una suma Global Fija que cubra todos y cada uno de los costos,
e imprevistos directa y/o indirectamente relacionados con el Proyecto y no podrán superar el valor del
presupuesto máximo estimado, so pena de ser RECHAZADA.
Se plantea la siguiente forma de pago:
a) Anticipo
Una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato, la Financiera entregará un
anticipo de hasta el diez por ciento (10%) del valor básico del contrato, el cual se tramitará previa solicitud del
INTERVENTOR y aceptación de las condiciones de la Financiera para su entrega.
El valor del anticipo se amortizará multiplicando el valor de la respectiva acta por la relación que exista entre el
saldo del anticipo y el saldo del valor del contrato. Sin embargo el INTERVENTOR podrá amortizar un porcentaje
mayor al acordado. Su amortización total deberá realizarse por lo menos un (1) mes antes del vencimiento del
plazo contractual, situación que deberá ser controlada por el supervisor designado por la Financiera.
b) Forma de pago
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La Financiera pagará al contratista el valor del contrato, en pesos colombianos, con base en las tarifas ofrecidas
y el tiempo de dedicación del personal, previo recibo a satisfacción del informe de interventoría por parte del
supervisor del contrato de la FINANCIERA.
De acuerdo con lo anterior, el valor a pagar será el que resulte de multiplicar las tarifas por el factor multiplicador,
por el tiempo de dedicación en el respectivo período, con todos los soportes técnicos, administrativos y
económicos, para aprobación del supervisor del contrato de la FINANCIERA. El valor del contrato a celebrar
cubre la labor de interventoría integral del contrato de construcción de las protecciones marítimas de los Fuertes.
Para todos los efectos el contrato que se derive del presente pliego de condiciones se entenderá pactado bajo
el esquema de TARIFAS FIJAS sin fórmula de reajuste.
La Financiera pagará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la factura
correspondiente, que deberá estar acompañada de la siguiente documentación:
a) Radicado del informe de las actividades ejecutadas durante el mes objeto del pago, junto con los
productos e información obtenidos durante dicho mes, debidamente aprobado por la FDN.
b) La certificación expedida en los términos de la Ley 789 de 2002 donde conste que el Contratista se
encuentra al día en el pago de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral.
Nota 1: Para el pago final se deberá presentar el informe final de interventoría, acta de finalización de
actividades, proyección de la liquidación del Contrato de construcción de las protecciones marítimas de los
Fuertes, junto al informe final del mes con los productos e información obtenidos en el último mes, debidamente
aprobado por la Financiera. Adicionalmente deberán encontrarse cumplidas todas las obligaciones ambientales
del Proyecto de Profundización, situación que únicamente podrá certificarse a la Financiera mediante un informe
de visita final de la Agencia Nacional de Licencia Ambientales – ANLA- al lugar de las obras y a cualquier lugar
de la zona de influencia de las obras que el ANLA estime conveniente para garantizar el cabal cumplimiento de
las obligaciones ambientales una vez finalizada la construcción de las protecciones marítimas de los Fuertes
de San Fernando y San José.
3.7.
ASPECTOS POR CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA.
El valor de la propuesta deberá incluir todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada
ejecución de la Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera, Ambiental, Contable, Jurídica, HSE y Social
de la Protección Marítima del Fuerte de San Fernando y el Fuerte –Batería de San José - Cartagena, Bolívar.
Los proponentes deberán tener en cuenta que la propuesta económica que realicen a la Financiera deberá
cubrir todos y cada uno de los costos, riesgos e imprevistos directa y/o indirectamente relacionados con la
Interventoría que no hayan sido asignados expresamente en la Matriz de Riesgos a la Financiera y/o a terceros,
para lo cual será responsabilidad única y exclusiva de cada proponente hacer su análisis y estudios técnicos
pertinentes, con el fin de prever todos aquellos costos y gastos de la ejecución del Proyecto.
Por ser relevantes, a continuación se relacionan algunos de los aspectos que el proponente debe tener en
cuenta para determinar el precio de la propuesta, que se detallan de manera meramente enunciativa, y no
agotan todos los elementos que deben incidir en la elaboración de la propuesta económica por parte del
Proponente:

Información previa - Estudio de la información relacionada ajuntada y/o que hace parte integral de
los Términos de Referencia, a efectos de familiarizarse con las especificaciones necesarias para
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ejecutar la Interventoría del Proyecto, así como la normatividad que regirá el futuro contrato que sea
celebrado en desarrollo del presente proceso.

Aspecto Laboral – El Interventor asumirá todos y cada uno de los costos laborales y/o de contratistas
que sean requeridos para el cabal cumplimiento de las obligaciones del Contrato, sin trasladar ningún
costo, gasto y/o riesgo a la Financiera, el INVIAS y/o terceros de cualquier orden. Lo anterior implica
que el Interventor asumirá el costo de los salarios, seguridad social, prestaciones sociales, traslados,
visas, manutención, relevos, indemnizaciones, accidentes, imprevistos, retrasos de personal, pasajes
de cualquier medio y modo de transporte, seguros, y en general cualquier egreso derivado de la
contratación, supervisión y liquidación de empleados, debiendo garantizar en todo caso, y
respondiendo solidariamente de dichos costos y gastos, frente a los empleados de los contratistas con
quien contrate mediante cualquier tipo de vinculación no laboral.
En especial pero no exclusivamente, el Interventor deberá cumplir con la Ley 100 de 1993, 789 de
2002 y 828 del 2003, o aquellas normas que las complementes o sustituyan. En ningún caso la
Financiera, el INVIAS y/o terceros de cualquier orden responderán por las obligaciones derivadas de
la ejecución del Contrato ni de aquellos contratos suscritos por el Interventor.

Equipo - El proponente favorecido deberá suministrar y mantener el equipo necesario y suficiente,
para ejecutar la Interventoría de manera adecuada en capacidad, características y tecnología, para
cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales de la obra.
Adicionalmente, en caso de ser requerido, el Interventor seleccionado deberá garantizar y
responsabilizarse en todo momento de los procesos de compra, transporte, importación, pago a través
del canal cambiario, pagos de tasas e impuestos aplicables y posterior exportación, en caso de que
sea voluntario u obligatorio, de los equipos requeridos para el perfeccionamiento de la Interventoría.
3.8.

Impuestos, tasas y contribuciones - Al formular la propuesta, el Proponente acepta que estarán a
su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades
nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los
impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, por el uso
e intervención de recursos naturales necesarios para el desarrollo de la obra; estos pagos deben
soportarse con las certificaciones correspondientes expedidas y/o validadas por las autoridades
competentes.

Garantías y seguros - El proponente favorecido con la adjudicación tendrá a su cargo los costos de
las garantías y seguros que se mencionan en estos Términos de Referencia, la minuta del Contrato y
todos aquellos que sean requeridos por la Ley al momento de la adjudicación del Contrato.
OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR
Todas las actuaciones de la Interventoría se deben encaminar a proteger los intereses de la Financiera y del
INVIAS y a lograr el mejor desarrollo del contrato, ajustándose al marco legal y contractual que le sea aplicable,
y en particular al artículo 44 “Sujetos Disciplinables” de la Ley 1474 de 2011 que modifica al artículo 45
“Responsabilidad del interventor por faltas gravísimas”, que modifica el numeral 11 del artículo 55 de la Ley 734
de 2002.
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DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
El tipo de contrato es de “Consultoría”.
3.8.1.
Obligaciones de carácter general del contrato a celebrar
1. Conocer (i) los presentes Términos de Referencia, con sus respectivos anexos, formatos y adendas,
(ii) los Términos de Referencia para el Proyecto de Protección de los fuertes de San José y San
Fernando, con sus respectivos anexos, formatos y adendas, (iii) el contrato objeto de interventoría, (iv)
así como los documentos similares expedidos para la contratación de esta Interventoría, para realizar
la ejecución del mismo con eficiencia y eficacia.
2. Conocer los diseños definitivos, los términos de referencia con sus respectivos anexos formatos y
adendas, y el Plan y Cronograma de Trabajo para la ejecución de las Obras de Protección de los
fuertes de San José y San Fernando.
3. Presentar, previa firma del acta de inicio, los documentos necesarios para su ejecución de acuerdo
con lo definido en los Términos de Referencia y los anexos del mismo.
4. Designar a quien actuará como su representante o interlocutor frente a la Financiera y el INVIAS en el
desarrollo del contrato tanto a nivel administrativo y operativo como en el lugar de ejecución del
contrato.
5. Aprobar, en caso que no lo haya hecho, el supervisor técnico designado por la FDN y el Plan y
Cronograma de Trabajo, presentado por el Contratista del Contrato de Protección.
6. Suscribir oportunamente el acta de inicio, actas de avance, actas de pagos parciales, acta de
finalización y el acta de liquidación del Contrato y las modificaciones y/o adiciones si las hubiere.
7. Aprobar el Plan y Cronograma de Trabajo presentado por el Contratista del Contrato de Protección,
en caso de que ello no haya sido realizado por la FDN. En este último caso, revisarlo y hacer las
sugerencias de ajuste a que haya lugar dentro de los cinco (5) días iniciales de ejecución del contrato.
8. Presentar un Programa Detallado de Trabajo (PDT) que incluya todas las actividades a realizar para
la correcta ejecución del contrato, las cuales deben ajustarse al tiempo establecido para la ejecución
del mismo. Este PDT deberá presentarse cinco (5) días calendario después de firmada el acta de
inicio, para aprobación de la FDN.
9. Cumplir con el objeto del contrato de Interventoría y hacer cumplir el objeto del Contrato de Protección
de los fuertes de San José y San Fernando, teniendo en cuenta lo estipulado en los Términos de
Referencia de cada contrato, con sus respectivas adendas, las propuestas técnicas y económicas, y
sus respectivos anexos, así como los documentos de proceso de selección.
10. Cumplir con el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que
contrate para la ejecución del Contrato, lo mismo que el pago de honorarios, impuestos, gravámenes,
aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones
necesarias para la ejecución del Contrato. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados
por el Interventor e incluidos en su Propuesta.
o Cumplir cabalmente con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y
parafiscales y acreditar, en las oportunidades que así se requiera la Financiera, que se
encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social
Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando
corresponda.
o Entregar junto con cada factura, las planillas donde conste el pago de los emolumentos por
los servicios o labores recibidas y pago de todos los aportes a su cargo durante el periodo de
realización de las actividades de Interventoría
o Abstenerse de sustituir, sin previa autorización expresa y escrita otorgada por la Financiera,
a miembros del equipo de trabajo, cuando la presencia de dicho personal fuere requerida de
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14.
15.
16.
acuerdo con lo exigido en los Términos de Referencia y/o sus anexos, en el Contrato, o en la
Propuesta.
o Garantizar la suplencia inmediata del personal cuando su ausencia o retiro supere los cinco
(5) días laborales y no obedezca a decisiones administrativas previamente acordadas con la
Financiera; la vinculación del personal nuevo se hará en encargo o provisionalmente, hasta
tanto sea aprobada la sustitución por parte de la Financiera.
Responder por los documentos físicos o magnéticos elaborados o entregados con ocasión de la
ejecución del Contrato, así como por la seguridad y el debido manejo de los documentos y registros
propios de la Financiera y del INVIAS para que reposen en la dependencia correspondiente.
o Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración,
ejecución y liquidación del Contrato.
o Guardar, conservar y poner a disposición de la Financiera o el INVIAS todos los
comprobantes, registros, libros, recibos de cotizaciones, órdenes de compra, facturas,
correspondencia y cualquier documentación de soporte, relacionada con las cuentas del
Contrato objeto de este proceso o del contrato para las Obras de Protección, durante el plazo
de cada contrato y dos (2) años más. Durante dicho plazo la Financiera o el INVIAS quedan
expresamente facultados por el Interventor y sus subcontratistas para revisar sus libros de
contabilidad, su correspondencia y demás registros, con el propósito de verificar la exactitud
de las cuentas relativas a los contratos mencionados, sin acudir para el efecto a instancias
judiciales, ni aplicar reglas de reserva documental.
o Mantener vigente los mecanismos de cobertura del riesgo previstos por Decreto 1510 de
2013, por el tiempo pactado en el Contrato, así como de las modificaciones que se presenten
en la ejecución del mismo.
Suministrar a la Financiera toda la información que le sea solicitada para verificar el correcto y oportuno
cumplimiento de las obligaciones que contrae, de acuerdo con la legislación existente.
Cumplir y aplicar de manera diligente las observaciones y recomendaciones impartidas por la
Financiera.
Participar en las reuniones que sean convocadas por la Financiera y/o el INVIAS, para revisar el estado
de avance del Contrato, el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Interventor, o cualquier
aspecto técnico referente al mismo. De ser requerido, se encargará de realizar las actas de las
reuniones convocadas.
Presentar los informes sobre la ejecución del contrato que le sean solicitados por la Financiera.
Mantener informada a la Financiera sobre el estado económico y la ejecución presupuestal de cada
gasto con su respectivo soporte y el avance del contrato de Interventoría.
o Presentar oportunamente las facturas, los soportes correspondientes y demás documentos
necesarios para el pago.
o Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en
desarrollo del Contrato, cuando en ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros.
o Pagar a la Financiera y/o el INVIAS todas las sumas y costos que éstas deban asumir, por
razón de la acción que contra ella inicien terceros que hayan sufrido daños por causa del
Interventor, durante la ejecución del contrato.
o Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que cause a la Financiera y/o el INVIAS por el
incumplimiento del contrato de Interventoría. Se consideran imputables al Interventor todas
las acciones y omisiones de su personal, subcontratistas y proveedores, así como del
personal al servicio de estos últimos. En caso de que se intente una acción o se presente una
reclamación contra la Financiera y/o el INVIAS por la cual deba responder el Interventor, la
entidad respectiva procederá a notificarle a la mayor brevedad para que el Interventor adopte
bajo su propia costa todas las medidas necesarias para resolver el conflicto y evitar perjuicios
a la Financiera y/o el INVIAS. Si el Interventor no logra resolver la controversia en el plazo
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que fije la Financiera, la misma podrá hacerla directamente y el Interventor asumirá todos los
costos en que se incurra por tal motivo. En cualquiera de los eventos anteriores el Interventor
autoriza a la Financiera a deducir los valores resultantes por estos conceptos de cualquier
suma que ésta le adeude al Interventor.
Aportar permiso temporal del respectivo Consejo Profesional de Ingeniería o del COPNIA, de acuerdo
con el art. 23 de la ley 842 de 2003 en el momento de la suscripción del Acta de Inicio del Contrato en
los casos en que conformen el equipo de trabajo, extranjeros o profesionales colombianos que hayan
obtenido su título profesional en el extranjero. Si para este momento la Interventoría no aporta dichos
documentos, deberá poner a disposición de la Interventoría, en el plazo fijado por la Financiera, otro
profesional que cumpla con los requisitos mínimos exigidos por la legislación colombiana.
Cumplir las obligaciones emanadas del Contrato de manera tal que no infrinja o viole, por obtención
ilegal, derechos de patentes, secretos industriales, o cualquier otro derecho de propiedad de terceros.
Convocar reuniones y participar en las que sean convocadas por el supervisor del Contrato, para
revisar el estado de ejecución del mismo, el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista
del Contrato de Protección o cualquier aspecto técnico referente al mismo. De ser requerido, se
encargará de realizar las actas de las reuniones convocadas.
Solicitar al Contratista del Contrato de Protección, acceso al sitio donde se ejecutarán los trabajos, a
los equipos y al personal a cargo de la ejecución del contrato, siguiendo todos los protocolos de
seguridad industrial para verificación del cumplimiento de las especificaciones y condiciones exigidas.
Establecer un sistema de revisiones y auditorías para garantizar que el trabajo objeto de Interventoría
sea desarrollado en relación con los requerimientos de seguridad que apliquen al trabajo.
Solicitar los informes y la documentación necesaria sobre la ejecución del contrato objeto de
Interventoría y suscribir el recibido de las observaciones dejadas en cada una de sus inspecciones.
Verificar que el personal que el Contratista del Contrato de Protección cambie o reemplace, cumpla o
supere el perfil solicitado para dicho cargo por la Financiera en los Términos de Referencia.
Informar inmediatamente a la Financiera y al INVIAS de cualquier obstrucción que se le presente para
acceder al sitio de trabajo, a los equipos y al personal del contrato objeto de Interventoría.
Proporcionar todos los equipos y elementos que sean necesarios para adelantar las actividades de la
Interventoría de manera correcta, segura, oportuna y acordes a la finalidad del Contrato.
Efectuar el cargue, transporte y descargue de equipos que requiera en la ejecución del contrato objeto
de Interventoría; esto incluye la infraestructura necesaria para la acomodación de su personal, de sus
subcontratistas y los equipos en todas la etapas del Proyecto.
Mantener un archivo actualizado de todos los soportes del contrato de, y objeto de, Interventoría.
Mantener la integridad y seguridad del equipo de trabajo dispuesto para la ejecución del contrato de,
y objeto de, Interventoría.
Coadyuvar al desarrollo del contrato de, y objeto de, Interventoría, bajo las normas y parámetros
exigidos en los Términos de referencia para conseguir los mejores resultados en el tiempo estipulado
de los contratos.
Proveer el transporte adecuado para cumplir con sus compromisos contractuales. Por lo tanto, será
responsable por el transporte del personal y en general de todos los equipos y accesorios requeridos
para efectuar eficientemente la Interventoría.
Mantener la seguridad y en consecuencia tomar las medidas necesarias que permitan evitar la
ocurrencia de accidentes, así como responder por los daños que se causen a personas o bienes, por
imprevisión, negligencia o descuido, impericia o imprudencia, dentro o fuera del área donde se va a
desarrollar la Interventoría y las obras objeto de Interventoría, atribuibles al Interventor o a sus
dependientes o subcontratistas. Por lo tanto es su obligación escoger personal idóneo y vigilarlo en el
desarrollo de sus actividades.
Presentar oportunamente las facturas con los soportes correspondientes y demás documentos
necesarios para el pago.
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33. Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en desarrollo de
este contrato, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros en los términos del
artículo 52 de la Ley 80 de 1993 o las normas reglamentarias aplicables.
34. Pagar a la Financiera y/o al INVIAS todas las sumas y costos que cualquiera de estas deba asumir,
por razón de la acción que contra ella inicien terceros que hayan sufrido daños por causa del
Interventor, durante la ejecución del presente Contrato.
35. Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que cause a la Financiera y/o al INVIAS, por el
incumplimiento del Contrato. Se consideran imputables al Interventor todas las acciones y omisiones
de su personal, subcontratistas y proveedores, así como del personal al servicio de estos últimos. En
caso de que se intente una acción o se presente una reclamación contra la Financiera y/o el INVIAS
por la cual deba responder el Interventor, aquella procederá a notificarle a la mayor brevedad para que
este adopte bajo su propia costa todas las medidas necesarias para resolver el conflicto y evitar
perjuicios a la Financiera y/o al INVIAS.
Si el Interventor no logra resolver la controversia en el plazo que fije la Financiera, la misma podrá
hacerla directamente y el Interventor asumirá todos los costos en que se incurra por tal motivo. En
cualquiera de los eventos anteriores el Interventor autoriza a la Financiera a deducir los valores
resultantes por estos conceptos de cualquier suma que ésta le adeude. En todo caso la Financiera
podrá realizar todos los actos procesales que sean necesarios para defender sus derechos.
3.8.2.
Obligaciones de carácter específico del contrato a celebrar.
Las obligaciones de carácter específico son las contenidas en los Términos de Referencia y sus anexos, así
como en el contenido de la Propuesta presentada por el Interventor, en la Minuta del Contrato que hace parte
del pliego de condiciones y serán, entre otras, las siguientes:
1. La Interventoría para el Contrato de Protección debe tomar oportunamente las decisiones de su
competencia, manteniendo debidamente informada a la Financiera de las mismas, las cuales deberán
constar siempre por escrito en el cual se encuentre la debida justificación y motivación.
2. Todas las actuaciones de la Interventoría para el Contrato de Protección se deben encaminar a
proteger los intereses de la Financiera y del INVIAS, y a lograr el mejor desarrollo del contrato objeto
de Interventoría, ajustándose al marco legal y contractual.
3. Coordinar las Obras de Protección con el interventor de las Obras de profundización, de conformidad
con lo establecido en los presentes Términos de Referencia, y en los Pliegos de Condiciones y el
Contrato para la ejecución de las Obras de Profundización.
4. Ninguna orden del Interventor podrá darse verbalmente. Es obligatorio para el Interventor entregar por
escrito las recomendaciones o sugerencias a que haya lugar y estas deben enmarcarse dentro de los
términos del respectivo contrato.
5. Representar a la Financiera ante el Contratista encargado del cumplimiento del contrato mediante el
cual se desarrollará el Proyecto de Protección.
6. Verificar el cumplimiento de todas las obligaciones del Contratista del Contrato de Protección, cuya
interventoría se contrata y actualizar a la Financiera y al INVIAS los pronósticos e informar la
planificación del Cronograma de Trabajo respectivo para anticipar, precaver y mitigar cualquier evento
que impacte el cumplimiento oportuno del Proyecto de Protección.
7. Asistir a todo y cualquier reunión de planificación y/o coordinación de actividades del contratista del
Contrato de Protección y terceros.
8. Solicitar al Contratista del Contrato de Protección, previa utilización, las listas de los equipos y del
equipo de trabajo para el Proyecto de Protección.
9. Realizar la auditoría, inspección y aceptación de todos los equipos que utilizará el contratista para el
Proyecto de Protección, antes del inicio de las actividades.
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10. Hacer seguimiento constante al sistema de revisiones y auditorías para garantizar que el servicio
prestado sea desarrollado por el contratista del Contrato de Protección, cuya interventoría se contrata,
en relación con los requerimientos de seguridad que apliquen.
11. Analizar y conocer el clausulado completo del contrato celebrado entre la Financiera y el Contratista
del Contrato de Protección, cuya interventoría se contrata y todos sus formatos, anexos y eventuales
otrosí.
12. Analizar y conocer el clausulado completo del contrato celebrado entre la Financiera y el contratista
del Contrato de Profundización, y todos sus formatos, anexos y eventuales otrosí, contratado mediante
el proceso de Selección abreviada No. INVIAS-FDN 03-2014.
13. Verificar el cumplimiento de los programas de trabajos, los procedimientos del Contrato de Protección
y los requisitos del contrato para asegurar que las operaciones del contratista estén dentro de los
marcos pactados en el contrato.
14. Verificar, analizar, prever y mitigar todo y cualquier impacto en el Contrato de Protección debido a las
actividades del Contrato de Profundización, y viceversa.
15. Hacer seguimiento al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven del Contrato de
Protección cuya interventoría se contrata, incluyendo todas las obligaciones que se deriven del Plan
de Manejo Socio-Ambiental por parte del contratista del Contrato de Protección.
16. Hacer seguimiento al contratista del Contrato de Protección, en el cumplimiento de las condiciones de
los permisos previamente obtenidos por la Financiera y/o el INVIAS, así como a las gestiones que él
mismo deba adelantar ante las autoridades respectivas, para la obtención de los permisos requeridos
en la ejecución del objeto, tales como: accesos a cada área, ingreso del personal, coordinación de
ventanas o carriles de trabajo con la DIMAR según establezca el Contrato de Protección, horarios de
trabajo de su personal, entre otros.
17. Verificar el cumplimiento contractual de las operaciones para asegurar reuniones preliminares al
trabajo (Operaciones y Seguridad). Verificar que se hayan constituido en forma oportuna las pólizas
consideradas en el Contrato de Protección cuya interventoría se contrata, y constatar que las mismas
se encuentren vigentes durante la ejecución y durante el plazo de liquidación del mismo, de acuerdo
con lo establecido en dicho contrato.
18. Verificar los datos e informes presentados por el Contratista, en cumplimiento del contrato objeto de
Interventoría.
19. Documentar e informar a la Financiera y al INVIAS, sobre cualquier falla o incidente que se presente
durante la ejecución del contrato intervenido o del contrato de Interventoría, dentro de las 24 horas
siguientes a la ocurrencia de la falla o incidente.
20. Participar en todas las reuniones de seguridad que realice el Contratista del Contrato de Protección.
21. Participar en las auditorías de HSE y en las visitas que para efectos de verificar el cumplimiento del
Plan de Manejo Ambiental, del Plan de Gestión Social y/o del Plan de Beneficios a las Comunidades,
adelanten las autoridades competentes y/o las personas naturales o jurídicas que estas deleguen o
autoricen para tal fin.
22. Verificar que el Contratista del Contrato de Protección adelante investigaciones internas con el objeto
de identificar la causa y responsabilidad por accidentes y/o incidentes que se llegasen a presentar
durante la ejecución del Contrato de Protección y solicitar el informe respectivo al Contratista.
23. Adelantar por su propia cuenta las investigaciones que sean necesarias con el objeto de identificar la
causa y responsabilidad por accidentes y/o incidentes que se llegasen a presentar durante la ejecución
del Contrato de Protección y/o del Contrato de Interventoría y rendir ante la Financiera y el INVIAS el
informe respectivo.
24. Autorizar previa consulta y aprobación de la Financiera, al contratista del Contrato de Protección, el
reemplazo del personal que se ausente temporal o definitivamente del proyecto de Protección, para lo
cual deberá verificar que cumpla con las mínimas condiciones requeridas en el Contrato de Protección
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o en los Términos de Referencia, y en caso de no estar allí contempladas, verificar que el nuevo
personal tenga un perfil acorde al cargo que pretende desempeñar.
Dar el visto bueno a las facturas o cuentas de cobro presentadas por el contratista del Contrato de
Protección, junto con los respectivos soportes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su
presentación.
Llevar un registro cronológico de los pagos y deducciones que se efectúen al contratista del Contrato
de Protección.
Velar por la correcta ejecución presupuestal del Contrato de Protección.
Exigir al contratista del Contrato de Protección, la implementación de las medidas de seguridad,
propias de la actividad contratada, de acuerdo con las especificaciones del Contrato de Protección y
del objeto de la interventoría.
Informar a la Financiera, cuando en su criterio haya lugar a ello, de la pertinencia de iniciar un proceso
sancionatorio contra el contratista del Contrato de Protección. En el evento en que la Financiera
encuentre mérito para ello, el Interventor deberá soportar la respectiva actuación con su conocimiento
de los hechos en que se base la actuación, así como dar su apoyo en todo lo requerido para resolver
en relación con las multas de apremio y/o las sanciones a que haya lugar de acuerdo con lo establecido
en el contrato y la Ley vigente aplicable.
Soportar y dar su concepto en relación con las solicitudes de prórrogas o modificaciones del Contrato
de Protección, si a ello hubiere lugar.
Estudiar las reclamaciones que formule el contratista del Contrato de Protección y recomendar las
correspondientes soluciones que considere pertinentes de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato de
Protección y la normatividad vigente.
Solicitar al contratista del Contrato de Protección, al terminar la ejecución del contrato respectivo, los
documentos respectivos para tal momento.
Suscribir el acta de terminación del Contrato de Protección objeto de la interventoría, junto con el
contratista respectivo y la FDN.
Adelantar los trámites necesarios para la liquidación del Contrato de Protección cuya interventoría se
contrata.
Aprobar el pago de las obligaciones reembolsables dentro del Contrato de Protección, relacionadas
con la ejecución del plan de manejo ambiental.
Impartir las instrucciones necesarias para que el contratista del Contrato de Protección, legalice los
gastos correspondientes al pago de los valores reembolsables, en caso de existir.
Informar a la Financiera acerca de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de
corrupción tipificados como conductas punibles, o que pongan o puedan poner en riesgo el
cumplimiento del Contrato de Protección, así como acerca de cualquier conducta, actuación u omisión
que constituya o pueda constituir incumplimiento de obligaciones, prestaciones y compromisos.
Practicar pruebas del funcionamiento de las Aplicaciones y demás elementos de software objeto del
Contrato de Protección a fin de establecer su funcionalidad y adecuados operación y funcionamiento,
así como el cumplimiento de especificaciones técnicas y condiciones de cantidad y calidad.
En caso de necesitarse la incorporación de nuevos ítems no contemplados en el Contrato de
Protección, la Interventoría exigirá al Contratista del Contrato de Protección un informe con copia a la
Financiera que incluya el análisis detallado de cada precio. El Interventor realizará y presentará a la
Financiera su propio análisis de precios, justificando cada uno de los componentes del mismo, y
entregando su concepto acerca del análisis presentado por el Contratista del Contrato de Protección.
Igualmente, el Interventor informará sobre las cantidades de obra por ejecutar, presentando sus
recomendaciones y un balance general del contrato.
Cuando se trate de maquinaria de construcción, para la cual el Contratista del Contrato de Protección
solicita que se le fije el costo por hora, día, semana, mes, etc., el Interventor presentará las
recomendaciones del costo / hora real, según el análisis de costos de propiedad y operación, estado
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de la máquina, modelo, serie, capacidad, año de fabricación, aplicando los factores utilizados por la
Asociación Colombiana de Ingenieros Constructores (ACIC), según el caso.
40. El Contratista entregará al Interventor el Proyecto debidamente revisado, incluyendo todas las obras
que comprende el proyecto. El director y el residente de Interventoría procederán con el Contratista a
analizar los planos y especificaciones del Proyecto, así como los programas de obra y de inversiones,
las fuentes de materiales y requisitos de la mano de obra, el mantenimiento del tránsito, la seguridad
de los trabajadores y del público y, además, todo aquello que conlleve a una adecuada y eficiente
realización de la obra. En general, se establecerán las pautas sobre la ejecución, dirección y control
de la obra.
41. El Interventor deberá medir toda la obra terminada y, si a su juicio, la encuentra a satisfacción, deberá
aceptarla, ciñéndose al contrato y a las especificaciones del Proyecto, referentes a entregas parciales
y finales.
42. El Interventor procederá a liquidar el Contrato de Interventoría por vencimiento del plazo contractual y
en cualquiera de los eventos de terminación señalados por la ley, de acuerdo con el procedimiento
establecido en el mismo. El término para la liquidación del contrato de interventoría iniciará a
contabilizarse a partir del acta de recibo definitivo del Contrato de Protección, y se suscribirá máximo
dentro de los 30 días calendario, siguientes al plazo de ejecución del Contrato de Protección. Si el
Interventor se negare a suscribir el acta final de liquidación del contrato objeto de Interventoría, lo
podrá hacer la Financiera, dentro de los términos establecidos por la Ley. Si el interventor no liquida
por mutuo acuerdo el contrato, la Financiera no estará obligado a expedirle certificación al interventor
sobre la ejecución del contrato de Interventoría hasta tanto no se realice la liquidación respectiva.
3.8.3.
Obligaciones previas a la suscripción del acta de inicio
Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del Contrato de Interventoría, el Interventor deberá
presentar, para aprobación de la Financiera:
1.
Programas para la ejecución del objeto contractual. Los programas detallados para la prestación del
servicio, deberán ser elaborados teniendo en cuenta la información presentada en la propuesta,
utilizando un software tipo Project, o similar, en un diagrama de barras discriminado por semanas. Los
programas se sujetarán, en todo caso, al plazo de ejecución del objeto contractual y serán, como
mínimo:




2.
Programa de ejecución del servicio (Diagrama de Gantt) con todas las actividades (capítulos,
subcapítulos y la totalidad de los Ítems), señalando:
Secuencia y duración de cada una de las actividades.
Día inicial y día final de cada una de las actividades.
Ruta crítica.
Programa detallado del recurso humano requerido para la prestación de los servicios. Deberá
especificar la jornada de trabajo a utilizar en la ejecución del proyecto, indicando días y horas laborales
para cada una de las semanas.
Los programas y planes propuestos, luego de su aprobación por la Financiera, serán obligatorios para
el Interventor quien no podrá modificarlos unilateralmente. La modificación de cualquiera de los planes
y programas deberá fundarse en causas plenamente justificadas y requerirá la aprobación escrita y
previa del supervisor del contrato y la verificación por parte de la FDN. En caso de que el Interventor
no cumpla con alguno de ellos, el supervisor del contrato designado por la FDN podrá exigir por escrito,
según el caso, el aumento en el número de turnos, en la jornada de trabajo y/o en los equipos y, en
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general, las acciones necesarias para el cumplimiento del programa o plan de que se trate, sin que
por la realización de tales acciones se genere costo adicional alguno para la Financiera.
3.
Programas complementarios.
 Programa de seguridad industrial.
 Programa de salud ocupacional.
4.
Organización de los trabajos.

El organigrama general del proyecto debe contener:
o Las líneas de mando y coordinación.
o Los niveles de decisión.
o El número de los profesionales y recurso humano ofrecido en la propuesta y
requerido para la prestación del servicio.
o Las funciones del personal que interactuará con la Financiera y/o el INVIAS durante
la ejecución del Contrato.
o Descripción breve de las políticas de manejo de personal relacionadas con seguros
de trabajo, seguridad social y seguridad industrial.

Metodología para la ejecución de las actividades objeto del Contrato.
Corresponde a un documento en el que se realice una descripción general de la metodología
a seguir para la ejecución del objeto contractual, en cada una de las etapas y actividades del
proyecto.
El Interventor deberá utilizar un software moderno y ágil para el seguimiento y control de la ejecución del
proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con la Financiera y el INVIAS.
3.8.4.
Obligaciones relacionadas con el equipo de trabajo requerido
1. Presentar a la Financiera, con cinco (5) días calendario de antelación al inicio de las actividades, los
soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del
personal mínimo requerido para cada una de las actividades durante la ejecución del contrato, o al
inicio de la etapa donde desarrollará los servicios que le correspondan.
El personal de relevo (backup) debe tener como mínimo las mismas condiciones de experiencia
general y específica, que el personal evaluado técnicamente.
Los soportes para acreditar las condiciones mínimas exigidas para el personal requerido, deberán
sujetarse a las siguientes condiciones:
a. Para los profesionales del equipo de trabajo, se deberá presentar la respectiva matrícula o
tarjeta profesional vigente.
b. Acreditar mediante certificaciones de las instituciones educativas, la fecha en la cual finalizó
las materias el personal presentado, a partir de esa fecha se realizará el cómputo de la
experiencia.
c. Los postgrados se acreditarán mediante la copia de los diplomas respectivos o de las actas
de grado. Igualmente, podrán ser acreditados mediante certificados en los que conste la
obtención del título.
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2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
d. La experiencia general y específica se acreditará mediante certificaciones, actas de
liquidación o cualquier otro documento proveniente del contratante, el interventor o supervisor
en el que conste la ejecución y terminación del contrato y que contenga, como mínimo, la
siguiente información:
o Nombre del contratante.
o Nombre del contratista.
o Objeto del contrato.
o Cargo desempeñado.
o Fechas de inicio y fecha de terminación del contrato.
e. Cuando se presenten experiencias adquiridas de manera simultánea (tiempos traslapados),
sólo será tenida en cuenta una de ellas.
Contar con los profesionales o técnicos que se requieran para cumplir cabalmente el Contrato, además
del personal mínimo exigido.
Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del Contrato
cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente, en los casos que la ley lo solicita.
Garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios, no darán lugar al surgimiento
de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y la Financiera y/ o el INVIAS.
Contratar a su cargo todo el personal que requiera para ejecutar el Contrato de acuerdo con lo
señalado en los Términos de Referencia y sus anexos. Los salarios, prestaciones sociales e
indemnizaciones que pagará el Interventor a sus trabajadores son, como mínimo, los previstos en la
Legislación Colombiana; por lo mismo, serán de cargo del Interventor las indemnizaciones que se
causaren por concepto de terminación unilateral de contratos de trabajo.
Cumplir con sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y de aportes
a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional
de Aprendizaje, en relación con los trabajadores vinculados para la ejecución de este contrato, so pena
de la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, en concordancia con lo
estipulado en el parágrafo 2° del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el artículo 1° de la
Ley 828 de 2003.
Entregar con cada factura o cuenta de cobro, las planillas donde conste el pago de los emolumentos
por los servicios o labores recibidas y pago de todos los aportes a su cargo durante el periodo de
realización de las actividades objeto de cobro.
Mantener actualizada la información del personal asignado a la ejecución del Contrato en relación con
los siguientes aspectos: nombre, documento de identificación, libreta militar, antecedentes judiciales,
certificado de servicios con el Interventor u otro empleador, domicilio, constancia de afiliación a los
sistemas de salud, riesgos profesionales y pensiones, cargo que desempeña, salario, y los demás
documentos que requiera la Financiera o el INVIAS para poder hacer revisiones del cumplimiento de
obligaciones laborales y de giro o pago de aportes parafiscales a cargo del Interventor.
Guardar, conservar y poner a disposición de la Financiera o el INVIAS todos los comprobantes,
registros, libros, pagos, nóminas, afiliaciones del personal contratado, correspondencia y cualquier
documentación de soporte, relacionada con las cuentas del contrato, durante el plazo del mismo y tres
(3) años más. Durante dicho plazo la Financiera o el INVIAS quedan expresamente facultados por el
Interventor y sus subcontratistas para revisar sus libros de contabilidad, su correspondencia y demás
registros, con el propósito de verificar la exactitud de las cuentas relativas al Contrato, sin acudir para
el efecto a instancias judiciales, ni aplicar reglas de reserva documental.
Todo el personal que vaya a laborar dentro de la ejecución del Contrato deberá tener el visto bueno
por parte de la Financiera.
Garantizar la suplencia inmediata del personal cuando su ausencia o retiro supere los tres (3) días
laborales y no obedezca a decisiones administrativas previamente acordadas; la vinculación del
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12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
personal nuevo se hará en encargo o provisionalmente, hasta tanto sea aprobada la sustitución por
parte de la Financiera.
Abstenerse de sustituir sin previa autorización expresa y escrita otorgada por Ia Financiera, a
miembros del equipo de trabajo, cuando la presencia de dicho personal fuere requerida de acuerdo
con lo exigido en estos Términos de Referencia, en el Contrato, en la Propuesta, o en el programa de
trabajo aprobado.
Obtener la aprobación de la Financiera con antelación al cambio de profesionales o técnicos
requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes
y estar acompañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o
técnicas y la experiencia general y específica del nuevo personal.
El Interventor se obliga a mantener durante toda la ejecución de los trabajos materia del Contrato de
Interventoría y hasta la entrega final y recibo del mismo el personal ofrecido en su propuesta y
aprobado por la Financiera, necesario para el desarrollo de los trabajos. El Interventor se obliga a
permanecer personalmente al frente de los trabajos y mantener al frente de los mismos a un ingeniero
residente, suficientemente facultado para representarlo en todo lo relacionado con el desarrollo y
cumplimiento del contrato de, y objeto de, Interventoría. La Financiera se reserva el derecho de exigir,
por escrito, a la Interventoría el reemplazo de cualquier persona vinculada al Proyecto. Esta exigencia
no dará derecho al Interventor para elevar ningún reclamo contra la Financiera.
La Financiera podrá solicitar al Interventor, en cualquier momento, el suministro de información sobre
la nómina del personal. El Interventor atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que
la Financiera haya fijado. El desacato de cualquiera de estas condiciones, constituye causal de
incumplimiento del Contrato.
El Interventor será responsable de la capacitación y actualización de conocimientos de su personal,
sobre los temas, metodologías y herramientas que se requieran para la correcta supervisión, vigilancia
y seguimiento de la ejecución de las actividades contempladas en el alcance del Contrato de
Interventoría y del Contrato de Protección.
Dar estricto cumplimiento al artículo 23 de la ley 842 de 2003 en el término señalado en estos Términos
de Referencia, en los casos en que conformen el equipo de trabajo, extranjeros o profesionales
colombianos que hayan obtenido su título profesional en el extranjero. Si para este momento el
Interventor no aporta dichos documentos, deberá poner a disposición del Contrato, en el plazo fijado
por la Financiera, otro profesional que cumpla con los requisitos mínimos exigidos por la legislación
colombiana.
Acatar la normatividad colombiana en la contratación de nacionales y extranjeros, al igual que el
Régimen de Extranjería.
Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que
coadyuve el personal o los subcontratistas contra la Financiera, por causa o con ocasión del Contrato.
Esto es indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al
personal contratado para la ejecución del Contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
Proporcionar y utilizar equipos de seguridad industrial (elementos de protección personal para sus
empleados, primeros auxilios, etc.) del tipo y en la cantidad exigidos en los estándares legales e
industriales para el tipo de actividad a desarrollar, manteniendo registros actualizados de todos ellos.
Suministrar capacitación al personal sobre el uso correcto de los equipos y elementos de protección
personal que se deberán usar durante la ejecución del Contrato y velar por la utilización de los mismos
durante todo el tiempo del Contrato siempre que el personal a su cargo se encuentre en el lugar de los
trabajos.
El Interventor deberá informar, por escrito, el nombre y propiedad de cada uno de los equipos que
conforma el laboratorio, que permitan el adecuado control de calidad, y por ende ejercer una adecuada
interventoría. El Interventor deberá garantizar que estos equipos permanecerán en óptimas
condiciones durante la ejecución del contrato objeto de Interventoría, por lo tanto la Financiera hará
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su seguimiento, mediante informes mensuales de disponibilidad de equipos en la Interventoría. Para
los vehículos deberá relacionarse la marca, modelo, tipo y capacidad.
3.8.5.
Obligaciones relacionadas con la adecuación del lugar
1. El personal requerido para cumplir con el Contrato de Interventoría deberá contar con una oficina
central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, contable,
administrativo, financiero, social ambiental y HSE.
2. Verificar que el contratista del Contrato de Protección instale todas las señales pertinentes que
garanticen tanto la seguridad del personal de dicho contratista, como el personal de la interventoría y
del personal externo.
3. Verificar que el contratista del Contrato de Protección ejecute la obra civil requerida, dentro de los
plazos previstos en el Cronograma de Trabajos respectivo.
3.8.6.
Obligaciones relacionadas con los equipos del contrato objeto de la interventoría
1. Verificar que el Contrato de Protección se ejecute con todos los equipos y elementos necesarios para
garantizar la adecuada ejecución y cumplimiento de las obligaciones allí establecidas.
2. Verificar que el contratista del Contrato de Protección suministre todos los equipos y elementos
necesarios para el cumplimiento de dicho contrato, en las fechas indicadas en la programación
detallada por aquél entregada, cumpliendo oportunamente, entre otros aspectos, con el envío y
recepción de los mismos en el sitio de las obras.
3. Velar por que el contratista del Contrato de Protección, realice todas y cada una de las pruebas
técnicas que garanticen la calidad de los equipos, elementos, materiales e insumos a utilizar en la
ejecución del contrato respectivo.
4. Verificar el inventario ofrecido por el contratista del Contrato de Protección y el inventario requerido
para la operación, rendir el informe directamente al supervisor designado por la Financiera en Bogotá
y por el INVIAS.
5. Apoyar en la coordinación de actividades -en marcha y en la planificación- a la FDN y al INVIAS.
6. Entregar informes periódicos, en medio magnético, de acuerdo con el avance del Proyecto de
Protección, y el informe final en medio magnético y en copia dura (papel).
7. Realizar directamente la inspección de los equipos que serán utilizados para las actividades del
Contrato de Protección.
8. El Interventor deberá llevar un registro completo del equipo del contratista del Contrato de Protección,
indicando modelo, marca, serie, capacidad, potencia, etc., corroborando si corresponde o no al
inicialmente propuesto, y anotando cualquier cambio en la lista inicial del equipo, cuál se encuentra
operando, cuál en reparación o cuál inactivo; si, transcurridos cinco (5) días, el equipo no ha sido
reparado, el Interventor deberá exigir su reemplazo por uno de características similares o superiores
al que se encuentra en reparación, el cual debe entrar a operar dentro de los cinco (5) días siguientes.
Además de lo anterior, en el informe mensual debe incluirse el cronograma de utilización del equipo
propuesto, así como el nombre del propietario actual de dicho equipo.
9. La interventoría está obligada a ejecutar las actividades de Interventoría de acuerdo con el programa
de obra aprobado por la Financiera, y la Financiera vigilará su cumplimiento. El Interventor y el
contratista del Contrato de Protección evaluarán semanalmente la ejecución del Contrato de
Protección, revisando el programa de obra actualizado para establecer en qué condiciones avanzan
los trabajos.
De estas evaluaciones se levantará un acta, suscrita por los ingenieros residentes del contratista del
Contrato de Protección y de la Interventoría, donde se consignará el estado real de los trabajos; en
caso de presentarse algún atraso, se señalarán los motivos del mismo, dejando constancia de los
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correctivos que se tomarán para subsanar dicho atraso, los cuales se plasmarán en una modificación
al programa de obra, no contemplando prórroga del plazo inicialmente establecido. El Interventor
controlará la ejecución de las obras mediante la programación que deberá elaborar el contratista por
medio del método Gantt, utilizando como herramienta el programa Microsoft Project u otro similar.
3.8.7.
Obligaciones relacionadas con la información de ejecución del contrato
1. Presentar a la Financiera los informes que sean requeridos por ésta.
2. Informar a la Financiera la ocurrencia de cualquier accidente e/o incidente que tenga lugar durante la
ejecución del contrato dentro de las 24 horas siguientes al evento.
3. Informar oportunamente a la Financiera la ocurrencia de situaciones que a juicio de la interventoría,
amenacen la correcta y/o puntual ejecución del Contrato de Protección y/o la obtención de los
productos objeto del mismo a fin de aplicar las medidas correctivas, de apremio y/o sancionatorias a
que haya lugar según lo establecido en el Contrato de Protección y en la normatividad vigente
aplicable.
4. Revisar informes presentados por el contratista del Contrato de Protección, establecidos en el Contrato
de Protección.
5. El Interventor revisará y aprobará, bajo su responsabilidad, las actas de obra, verificando que la
información financiera acumulada, el costo de los contratos adicionales, las modificaciones a las
cantidades de obra medida y aceptada para el pago, el costo de la obra ejecutada y los acumulados,
y copia del pago de los aportes parafiscales y de seguridad social acorde con la planilla de nómina y
toda la información adicional esté correcta, para lo cual anexará un balance general de la obra
ejecutada, concordante con el informe mensual de la obra. Bajo ningún aspecto el Interventor aceptará
obras que estén por fuera del contrato original y que no hayan sido previamente aprobadas por la
Financiera y que no hayan sido debidamente incluidas mediante actas de modificación de cantidades
de obra, o contrato adicional, según sea el caso.
6. Además de la revisión y aprobación de los planos definitivos, el Interventor deberá preparar un informe
a la Financiera, en el cual hará una relación de los problemas geológicos, hidráulicos y de suelos, las
fuentes de materiales utilizadas en la construcción de las Obras de Protección, y su ubicación, clase
de ensayos ejecutados y los resultados obtenidos. Se incluirá la variable socio-ambiental,
principalmente en lo relacionado con el plan de manejo ambiental y el monitoreo a que dé lugar la
obra. El informe deberá contener las recomendaciones especiales que el Interventor crea convenientes
para la adecuada conservación de la obra.
7. El Interventor, el representante de la financiera y el Contratista, efectuarán una inspección final a la
obra, quince (15) antes de que se venza su plazo de entrega, con el fin de determinar el estado en que
se va a recibir, para lo cual, el Interventor preparará un informe previo, en donde se describa el balance
general de cantidades, el costo de la obra, informes de laboratorio, etc. En caso de observaciones que
deban atenderse por parte del Contratista, se dejará constancia en oficio dirigido al mismo, suscrito
por el Interventor, en el cual se fijará el plazo para el acondicionamiento final de las obras, que no
podrá exceder de quince (15) días.
Una vez realizados los trabajos requeridos, se procederá a elaborar el acta de recibo definitivo del
Contrato de Protección, de la cual hará parte la certificación expedida por el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial o la corporación correspondiente, de conformidad con las medidas de
mitigación y el plan de manejo ambiental planteado en el respectivo estudio de impacto ambiental, con
la presencia del Interventor, un delegado de la Financiera y un delegado del contratista para el
Proyecto de Protección; de esta forma quedará oficializada la entrega de la obra.
8. Cumplir con todas y cada una de las obligaciones previstas en los documentos aportados en el
presente proceso de selección.
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3.8.8.
Obligaciones relacionadas con estudios técnicos y especificaciones técnicas
1. Conocer el detalle de los estudios técnicos y especificaciones entregados por la Financiera o el INVIAS
para el desarrollo del objeto contractual al contratista del Contrato de Protección, así como el programa
de ejecución de los trabajos entregado por este.
2. Conocer el detalle de los estudios técnicos y especificaciones del Proyecto de Protección,
proporcionados por la FDN, así como el plan y Cronograma de Trabajos respectivo.
3. Verificar que el contratista del Contrato de Protección entregue por su intermedio a la Financiera de
manera oportuna, la totalidad de los estudios técnicos y especificaciones técnicas que utilizará para la
ejecución del Contrato de Protección.
4. Llevar un registro de las novedades, órdenes e instrucciones impartidas durante la ejecución de la
obra civil, a fin de controlar el avance de la obra que debe adelantarse en ejecución del Contrato de
Protección, de acuerdo con el Cronograma de Trabajos respectivo.
5. Exigir al contratista del Contrato de Protección, el cumplimiento de las especificaciones técnicas y de
calidad de los materiales para la ejecución de la obra civil y de los demás servicios objeto del Contrato
de Protección, y solicitar cuando sea el caso, los ensayos de control de calidad, para constatar el
cumplimiento de las normas y especificaciones establecidas en los estudios técnicos del Contrato de
Protección objeto de la interventoría.
3.9.
OBLIGACIONES DE LA FINANCIERA
En desarrollo del contrato que se suscriba con la Interventoría seleccionada, la Financiera se obliga a:
a. Verificar, revisar y aprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Términos de Referencia.
b. Autorizar el pago de las facturas o las cuentas de cobro presentadas por el Interventor seleccionado.
c. Pagar el valor del Contrato de conformidad con los términos de condiciones de los presentes Términos
de Referencia.
d. Suministrar en forma oportuna la información solicitada por el Interventor seleccionado, que requiera
para la ejecución del contrato.
e. Resolver las peticiones que le sean presentadas por el Interventor seleccionado en los términos
consagrados en la Ley.
f. Cumplir y hacer cumplir las reglas y condiciones pactadas en el presente contrato y en los documentos
que de él forman parte.
g. Las demás que se deriven de la naturaleza del objeto y las obligaciones pactadas en el Contrato.
3.10.
LUGAR DE CUMPLIMIENTO:
El lugar de cumplimiento será el mismo del contrato para las Obras de Protección.
3.11.
CESIÓN Y SUBCONTRATOS:
La Interventoría seleccionada no podrá ceder el contrato, ni subcontratar el objeto del mismo, salvo con
aprobación previa, expresa y escrita de la Financiera.
3.12.
REUNIONES DEL CONTRATO:
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Se realizarán reuniones quincenales del Contrato, sin perjuicio de que cuando sea requerido y ante convocatoria
previa de la Financiera, del Contratista de las Obras de Protección o la Interventoría se identifique la
conveniencia de su desarrollo.
3.13.
INDEMNIDAD:
Indemnidad General.
El Interventor seleccionado mantendrá indemne al INVIAS y a la Financiera de Desarrollo Nacional S.A., por
razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso por parte del
Interventor, de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros.
El Interventor mantendrá indemne al INVIAS y a la Financiera de Desarrollo Nacional S.A. contra todo reclamo,
demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de
terceros, ocasionados por el Interventor, sus subcontratistas o sus proveedores durante la ejecución de los
servicios objeto del contrato y terminados éstos, hasta la liquidación definitiva del contrato.
Se consideran como hechos imputables al Interventor todas las acciones u omisiones de su personal,
subcontratistas, proveedores y del personal al servicio de cualquiera de ellos, y en general cualquier
incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
En el evento en que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra el INVIAS y/o la Financiera de
Desarrollo Nacional S.A., por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del Interventor, éste será
notificado lo más pronto posible de ellos para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas
por la ley para mantener indemne al INVIAS y/o a la Financiera de Desarrollo Nacional S.A.
Si en cualquiera de los eventos antes previstos el Interventor no asume debida y oportunamente la defensa del
INVIAS y/o de la Financiera de Desarrollo Nacional S.A., éstos podrán hacerlo directamente, previa notificación
escrita al Interventor y éste pagará todos los gastos en que ellos incurran por tal motivo. En caso de que así no
lo hiciere el Interventor, la Financiera de Desarrollo Nacional S.A., tendrá derecho a descontar el valor de tales
erogaciones de cualquier suma que adeude al Interventor por razón de los trabajos motivo del contrato, a recurrir
a las garantías otorgadas, o a utilizar cualquier otro medio legal.
El Interventor garantiza que vigilará el cumplimiento de sus requerimientos legales, reglamentarios y
contractuales así como el cabal cumplimiento contractual, y especialmente ambiental, del Contratista, y en
consecuencia no se generará daño o perjuicio al INVIAS, a la Financiera de Desarrollo Nacional o a terceros
por esta causa; por lo tanto, si por esta causa se generara sanción, multa o suspensión por parte de la Autoridad
Ambiental, el Interventor la pagará directamente y para el efecto, autoriza mediante el presente documento a
que le sea descontado el monto respectivo del saldo insoluto del valor del contrato.
El Interventor será responsable ante el INVIAS y la Financiera de Desarrollo Nacional de todos los daños
causados a las propiedades de la Financiera, a terceros, ya sea por culpa de él directamente, del personal a su
servicio, de sus subcontratistas, de sus proveedores y le reconocerá y pagará el valor de tales daños o
procederá a repararlos debidamente a satisfacción del INVIAS y de la Financiera de Desarrollo Nacional.
Indemnidad Ambiental.
El Interventor deberá vigilar especialmente el cumplimiento de las obligaciones ambientales por parte del
Contratista, toda vez que el Contratista se comprometió en el contrato respectivo a cumplir de manera estricta
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y a cabalidad con todos aquellos procedimientos y medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las
normas y políticas ambientales establecidas por el Gobierno Nacional, regional o local.
Para el logro de este objetivo se tendrá en cuenta la información suministrada en el proceso de selección para
las Obras de Protección, lo dispuesto en la Ley 99 de 1993, sus decretos reglamentarios, y las demás normas
que las reemplacen, adicionen y complementen; así como las normas especiales para el trámite y obtención de
las autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales
que se requieran para el desarrollo de las obras. Cualquier contravención a la regulación ambiental deberá ser
prevenida o mitigada por el Interventor. Los permisos, autorizaciones, incluyendo la ocupación temporal de los
inmuebles o predios aledaños para la realización de las obras, así como las licencias y concesiones sobre
recursos naturales de carácter regional, en caso de ser necesarios, serán tramitados y obtenidos por cuenta y
riesgo del Contratista pero bajo estricta vigilancia del Interventor.
El Interventor mantendrá indemne a la Financiera, al INVIAS y/o a terceros y no los hará responsables en caso
de aplicación de sanciones o multas que impongan las autoridades ambientales competentes cuando
obedezcan o tengan origen en la acción u omisión de las actividades que se encuentren bajo el control del
Interventor en desarrollo del objeto de la Interventoría y/o las obligaciones pactadas a su cargo.
3.14.
LIQUIDACION DEL CONTRATO:
El contrato que se suscriba será liquidado dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo de
ejecución.
4. PROCESO DE INVITACIÓN PÚBLICA.
4.1.
CRONOGRAMA DEL PROCESO
Aviso de invitación y publicación de términos de
referencia
Marzo 04 de 2015
Invitación a presentar propuestas
Marzo 04 de 2015
Solicitud de aclaraciones y presentación de
observaciones
Del 04 al 09 de marzo de 2015
Respuestas y/o modificación de términos de
referencia
10 de marzo de 2015
Presentación de propuestas
16 de marzo de 2015 a las 3:00 pm
Estudio de verificación de requisitos habilitantes y
evaluación de propuestas
Del 16 al 19 de marzo de 2015
Publicación de informe de evaluación
19 de marzo de 2015
Observaciones al informe de evaluación
Del 19 al 24 de marzo de 2015
Respuesta a las observaciones y orden de
elegibilidad para la contratación.
Suscripción y legalización contrato
26 de marzo de 2015
Del 27 al 31 de marzo de 2015
35
FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,
FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
NOTA: En caso de requerirse, estos cronogramas serán ajustados a través de adendas expedidas por la
Financiera.
4.1.1.
Presentación de Aclaraciones y Observaciones a los Términos de Referencia.
Todas las personas interesadas en participar en la presente Invitación podrán formular ante la Financiera, las
consultas y observaciones que consideren convenientes y pertinentes en relación con los Términos de
Referencia dentro del plazo establecido para el efecto. Las consultas y observaciones que se reciban fuera del
plazo no serán tenidas en cuenta. Dichas consultas y observaciones serán analizadas directamente por la
Financiera, entidad que emitirá las respuestas escritas que considere pertinentes.
Las respuestas a las consultas y observaciones que se formulen se entenderán como parte integral de los
Términos de Referencia, y serán publicadas en el portal Web de la Financiera, medio a través del cual se
entenderán notificados todos los proponentes y demás interesados en el proceso. En todo caso, si la Financiera
considera procedente alguna de las solicitudes de modificación a los Términos de Referencia presentada por
cualquiera de los Interesados, la Financiera podrá realizar la modificación pertinente mediante adenda
debidamente publicada en el portal web de la Financiera.
Toda consulta u observación podrá presentarse por escrito en original o correo electrónico ante la Financiera
dentro del término establecido, en la Carrera 7 No. 71 – 52 Torre B Piso 6, o al correo
[email protected] en los plazos establecidos en el Cronograma del proceso.
4.1.2.
Cierre de la Invitación
El cierre de la Invitación para la selección del contratista para la Interventoría Técnica, Administrativa,
Financiera, Ambiental, Contable, Jurídica, HSE y Social de la Protección Marítima del Fuerte de San Fernando
y el Fuerte –Batería de San José - Cartagena, Bolívar, se realizará en la fecha que se establezca en el
cronograma.
4.1.3.
Revisión y evaluación de propuestas
Luego del recibo de las propuestas, se deberá adelantar la verificación documental de las mismas según el
contenido de los presentes Términos de Referencia. Dentro de esta etapa, se podrán solicitar las aclaraciones
y los documentos adicionales que se estime conveniente, con el propósito de analizar de mejor manera, el
contenido del ofrecimiento formulado. Bajo ninguna circunstancia los documentos faltantes o adicionales irán
encaminados al mejoramiento de la propuesta.
La verificación de requisitos técnicos, jurídicos y financieros se adelantará por parte de un Comité Evaluador,
conformado por un número plural de funcionarios o contratistas de la Financiera.
Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en los presentes Términos de Referencia, el
Comité Evaluador realizará la evaluación y calificación de las propuestas, atendiendo los criterios establecidos
en los presentes Términos de Referencia.
4.1.4.
Presentación de los resultados de la evaluación
Una vez realizada la evaluación, el área interesada en el proceso publicará en la página Web los resultados, y
se entenderán notificados dentro del término establecido.
36
FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,
FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
4.1.5.
Observaciones al Informe de Evaluación
El proponente podrá solicitar consultas, aclaraciones o realizar reclamos en caso que no se encuentre conforme
con el resultado, los cuales serán analizados directamente por Financiera, entidad que emitirá las respuestas
escritas que considere pertinentes.
Toda consulta, reclamo u observación podrá presentarse por escrito en original o correo electrónico ante la
Financiera dentro del término establecido, en la Carrera 7 No. 71 – 52 Torre B Piso 6, o al correo
[email protected] en los plazos establecidos en el Cronograma del proceso.
En caso de que, como producto de la consulta, observación o reclamo se genere una modificación al resultado
final de evaluación de un proponente seleccionado, el Comité de Evaluación podrá realizar un alcance al informe
de Evaluación de la Invitación Pública. La modificación será debidamente publicada en la página web de la
Financiera.
4.1.6.
Firma de Contratos
La Financiera comunicará vía correo electrónico al proponente seleccionado, el listado de los documentos
adicionales que se requieran para la elaboración del Contrato, de conformidad con lo establecido en la lista de
chequeo de la Financiera.
La Interventoría seleccionada deberá presentar la totalidad de los documentos solicitados, so pena de que se
entienda que desiste de la suscripción del Contrato, habilitando a Financiera a suscribir el Contrato con otro
proponente seleccionado cuya propuesta cumpla con los requisitos exigidos en los Términos de Referencia.
Tanto los documentos para suscribir el contrato como los de legalización del mismo, deben ser presentados
dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación del orden de elegibilidad
4.2.
LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán y recibirán en la Carrera 7 No. 71 – 52 Torre B Piso 6, de Bogotá, D.C., (en
ninguna otra dependencia de la Entidad), hasta la fecha y hora establecida para el cierre de la presente
Invitación.
Las propuestas presentadas en forma extemporánea se entenderán no presentadas y en consecuencia serán
rechazadas de plano.
Una vez entregada la propuesta no se aceptarán cambios de su contenido, ni solicitudes de retiro de las mismas.
Al momento del cierre se levantará un acta, en la que se dejará constancia de las propuestas recibidas, la cual
será suscrita por el Comité Evaluador.
Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para el cierre de la invitación, no serán recibidas.
La hora se verificará, conforme a la Directiva No. 013 de 2005 de la Procuraduría General de República, en la
que señala que la hora oficial corresponderá con la establecida por la Superintendencia de Industria y Comercio
a través de su página Web http://horalegal.sic.gov.co/
37
FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,
FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
4.3.
IDIOMA DE LAS PROPUESTAS
Todas las propuestas y sus soportes deberán ser entregados en idioma español. En los casos de certificaciones
traducidas de otros idiomas, estas deberán estar debidamente legalizadas de conformidad con lo que se
establece en el presente numeral.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español deberán presentarse acompañados
de una traducción oficial a dicho idioma.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista
en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento
Civil y en el artículo 480 del Código de Comercio.
a.
Consularización
De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio “Los documentos otorgados en el
exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales
funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una Nación amiga, sin perjuicio
de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.”
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “(…) al autenticar
los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su
objeto conforme a las leyes del respectivo país.”
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio
de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás
trámites pertinentes.
b.
Apostille
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto
en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en el numeral anterior, siempre
que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre
abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998.
En este caso sólo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la
autenticidad de la firma y el título en que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la
autoridad competente en el país de origen.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de países signatarios de
la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual
podrá ser oficial en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil o efectuada por traductor o
intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostille.
4.4.
INFORMACIÓN SUBSANABLE Y NO SUBSANABLE
No serán subsanables aquellos aspectos que impliquen una mejora de la propuesta.
Para estos efectos, se seguirán las siguientes reglas:
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FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,
FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
4.4.1.
La Financiera podrá solicitar durante el período de verificación de los Requisitos Habilitantes que el
Interesado subsane la información presentada en la Propuesta.
4.4.2.
Los Interesados deberán suministrar las aclaraciones, allegar los documentos y en general subsanar
las omisiones, en el plazo que para el efecto señalará la Financiera de manera expresa dentro del
texto de su requerimiento. Vencido el plazo otorgado sin que se subsane o la información entregada
no sea suficiente a criterio de la Financiera, se considerará que la respectiva Propuesta como No Hábil.
4.4.3.
La Financiera también podrá requerir informes a terceros, cuando lo considere conveniente o
necesario para el análisis y verificación de las Propuesta.
4.4.4.
Ninguno de los requerimientos de información por parte de la Financiera o de los actos de subsanación
por parte de los demás Interesados podrá ser utilizado para sustituir al Proponente por otro o a
Integrantes del Proponente por otros, ni para cambiar el objeto de la Propuesta presentada.
4.4.5.
Los requerimientos de información para subsanación y los actos de subsanación que se produzcan
por los Proponentes serán dados a conocer a todos los demás Proponentes.
4.4.6.
Para la presentación de la información requerida o para la subsanación que sea necesaria, la
Financiera fijará una fecha a los Proponentes, después de la cual no será admisible la subsanación.
4.5.
MODIFICACIONES
Las modificaciones necesarias que se realicen a los Términos de Referencia de la presente invitación, se
realizarán a través de adendas, que serán publicadas en el Portal WEB de Financiera
4.6.
PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES INCLUIDOS EN LA PROPUESTA
Toda vez que los datos personales del Representante Legal y del(los) profesional(es) calificables que
conformarán el equipo, son susceptibles de tratamiento por parte de la Financiera, dando cumplimiento a los
dispuesto en la Ley 1581 de 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos
personales”, y en específico a lo establecido en el Artículo No. 12 (DEBER DE INFORMAR AL TITULAR) nos
permitimos hacer las siguientes aclaraciones:
4.6.1.
Tratamiento al cual serán sometidos los datos personales suministrados y la finalidad del
mismo.
Los datos personales serán cruzados con el Sistema de Administración del Riesgo para el Lavado de Activos y
Financiación del Terrorismo (SARLAFT) y con listas inhibitorias nacionales e internacionales, tales como OFAC,
ONU, OBS, SUPER_OC, entre otras.
4.6.2.
Carácter facultativo de la respuesta a las preguntas que le sean hechas.
En caso de que la Financiera requiera de algún tipo de aclaración sobre la información personal suministrada
en la propuesta, tales aclaraciones tendrán como único fin la resolución de dudas en torno a la eventual
contratación con esta Entidad, objeto de la presente invitación pública.
4.6.3.
Derechos que le asisten como titular.
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FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,
FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
Serán los derechos de los titulares contenidos en Artículo 8 de la Ley 1581 de 2012.
5.
REQUISITOS MÍNIMOS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LOS
PROPONENTES (MÍNIMOS HABILITANTES).
Es requisito indispensable el cumplimiento de los siguientes requisitos así como de la documentación que los
soporta. La verificación de estos mínimos determinará si la propuesta CUMPLE O NO CUMPLE, sin que se
otorgue ningún puntaje a los mismos.
5.1.
REQUISITOS JURÍDICOS PARA LOS PROPONENTES
A la presente invitación a presentar propuesta, podrán presentar ofrecimiento personas naturales o jurídicas,
consorcios o uniones temporales que acrediten experiencia en contratos de consultoría o interventoría en
proyectos de ingeniería marítima siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones.
5.1.1.
Personas Naturales Nacionales
Las personas naturales que se encuentren obligadas a tenerlo, deben presentar el certificado de matrícula
mercantil expedido por la Cámara de Comercio respectiva dentro de los treinta (30) días calendario anteriores
a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección.
Las personas naturales sin domicilio en el país, deberán acreditar la constitución de un apoderado domiciliado
en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y para representarla administrativa, judicial y
extrajudicialmente.
5.1.2.
Personas Jurídicas Nacionales
Las personas jurídicas colombianas de derecho privado, deberán acreditar su existencia y representación legal
mediante un Certificado expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la Sociedad, y anexar el Registro
Único Tributario (RUT) actualizado.
El Certificado, deberá estar expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre
del presente proceso.
Adicionalmente, la sociedad deberá tener una vigencia que no podrá ser inferior al plazo establecido para el
contrato y cinco (5) años más, y en el caso que el representante legal tenga restricciones para contraer
obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano
competente.
5.1.3.
Personas Jurídicas Extranjeras:
Las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia deberán demostrar su
existencia y representación legal según las leyes del país de origen, y acreditar la constitución de un apoderado
domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y para representarla
administrativa, judicial y extrajudicialmente.
Adicionalmente la sociedad deberá tener una vigencia que no podrá ser inferior al plazo establecido para el
contrato y cinco (5) años más.
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FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
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5.1.4.
Consorcios, Uniones Temporales
Las propuestas podrán ser presentadas por dos o más personas naturales o jurídicas, en Consorcio o Unión
Temporal.
La Propuesta formulada en Consorcio o en Unión Temporal deberá cumplir con los siguientes requisitos:
-
-
-
-
-
Cada integrante deberá acreditar los documentos que correspondan a su naturaleza, sea persona
natural o jurídica; se debe entregar Certificado de Existencia y Representación Legal de cada
integrante con fecha de expedición dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de
cierre del presente proceso; los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o
Unión Temporal y en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación de cada
uno de sus integrantes, en la propuesta y en su ejecución, los cuales sólo podrán ser modificados con
el consentimiento previo y escrito de la Financiera.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, el integrante que aporte el mayor porcentaje de la
experiencia exigida en el presente proceso, deberá tener una participación igual o superior al treinta
por ciento (30%) en el Consorcio o Unión Temporal que se constituya o se conforme para presentar
propuesta en el presente proceso de selección. Así mismo, ninguno de los demás integrantes podrá
tener una participación inferior al diez por ciento (10%) en el Consorcio o Unión Temporal.
Los miembros del Consorcio y de la Unión Temporal, deberán designar la persona que represente
legalmente el Consorcio o la Unión Temporal quien para los efectos se considera facultado para
obligarse, con facultades amplias y suficientes y señalarán las reglas básicas que regulen las
relaciones entre ellos y su responsabilidad, para obligar a todos los integrantes del mismo o misma.
Así mismo deberán adjuntarse a la propuesta las actas de los respectivos Órganos Sociales
Competentes, mediante las cuales se autorice a los representantes legales de dichas sociedades a
presentar la Propuesta en Consorcio o en Unión Temporal y para posteriormente suscribir el Contrato
respectivo.
Tanto el Consorcio como la Unión Temporal deberán tener una vigencia igual al término de duración
del contrato y cinco (5) años más.
La omisión del documento de conformación de la Unión Temporal o del Consorcio, dentro de la propuesta no
será subsanable y será causal de rechazo de la propuesta.
En ningún caso los integrantes de un consorcio o unión temporal podrán participar con más de una propuesta
para la misma invitación.
5.2.
REQUISITOS DOCUMENTALES HABILITANTES DEL PROPONENTE
El Proponente deberá anexar a su propuesta, adicional a los soportes que demuestren el cumplimiento de las
exigencias del proponente y los profesionales.
5.2.1. Certificado de existencia y representación legal:
El Proponente persona jurídica deberá acreditar con el certificado de existencia y representación legal, expedido
por la Cámara de Comercio o autoridad competente, con fecha de expedición no superior a treinta días
calendario (30) anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección, su personería jurídica, el haber sido
legalmente constituida como tal.
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INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA PARA LA “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,
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En caso de prórroga del plazo para la entrega de propuestas, la matrícula mercantil o el certificado de
representación legal, tendrán validez con la primera fecha para la presentación de las propuestas, señaladas
en los términos.
Sin perjuicio de lo previsto en este documento, las personas jurídicas extranjeras con sucursal en el país,
deberán acreditar un apoderado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta,
comprometer a la empresa, suscribir el contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente.
Si el Proponente es una persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia, deberá comprobar su existencia
y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio. Dicho certificado deberá
contener los requisitos antes descritos en los Términos de Referencia.
Si la propuesta fuese suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre
establecida en Colombia o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad legal de la sucursal o
de su representante mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal
expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad en Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal,
cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de
presentación de la propuesta.
Las personas jurídicas extranjeras, sin sucursal en Colombia, acreditarán lo pertinente mediante un certificado
expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, cuya fecha de expedición deberá ser dentro
de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, en el que conste su
existencia, su objeto social, duración y el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o
personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades.
Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado mencionado o documento
equivalente, o si este tipo de certificados no existieren, de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el
país de origen, la información deberá presentarse en documento independiente emitido por un funcionario de
nivel directivo de la sociedad debidamente autorizado o por una autoridad competente. Estos documentos se
entenderán otorgados bajo la gravedad del juramento.
Si el representante legal tuviere limitaciones para presentar la propuesta, suscribir el Contrato o realizar
cualquier otro acto requerido para la contratación, se deberá presentar en la propuesta copia del acta en la que
conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad, autorizando la presentación
de la propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación.
5.2.2.
Cédula de ciudadanía o Pasaporte vigente en caso de que el proponente y/o integrante del Consorcio
o Unión Temporal sea una persona natural.
5.2.3.
Copia del documento de identificación del representante legal.
5.2.4.
Copia del Registro Único Tributario – RUT, actualizado del Proponente o de cada uno de los miembros
del Consorcio o Unión Temporal.
5.2.5.
Documento de facultades para contratar, cuando el representante legal de la persona jurídica tenga
restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de
autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar
la propuesta y firmar el contrato hasta por el valor del Presupuesto Oficial de la presente contratación.
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5.2.6.
Cuando el representante legal de la persona jurídica se halle limitado en sus facultades para contratar
y comprometer a la misma, deberá acreditar mediante copia o extracto del Acta aprobada por el órgano
social competente, donde conste que ha sido facultado para presentar propuesta y firmar el contrato,
hasta por el valor total del mismo, en caso de adjudicársele el proceso de selección. Esta certificación
debe cumplir los requisitos indicados en el artículo 189 del código de Comercio
5.2.7.
Carta de Conformación de consorcios o uniones temporales si es del caso, con manifestación expresa
de la solidaridad frente a las obligaciones, suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa
escogida o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión
temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:
5.2.7.1.
Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del
documento de identificación y domicilio.
Designación del representante: Deberán señalar expresamente su identificación, facultades, entre
ellas, la de presentar la propuesta correspondiente al presente proceso de selección y las de
celebrar, modificar, transigir, conciliar y liquidar el contrato en caso de ser adjudicatario, así como
la de suscribir todos los documentos contractuales y post-contractuales que sean necesarios, es
decir, que el representante legal tiene plenas facultades para representar a la forma asociativa y
adoptar todas las decisiones.
Indicación de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del
contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que
regularán sus relaciones.
Indicar la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa
correspondiente y la responsabilidad frente a la ejecución de las obligaciones del contrato a
suscribir.
En todo caso, la vigencia de la forma de asociación escogida, no podrá ser inferior al término de
ejecución del contrato y cinco (5) años más. Se deben anexar los documentos de constitución y
representación legal de cada uno de sus integrantes y de su representantes legales, sus NIT,
cédulas de ciudadanía de los representantes legales y certificados de cumplimiento en el pago de
las obligaciones de salud, pensiones y parafiscales.
Los Proponentes que se presenten como consorcios o uniones temporales responderán
solidariamente por todas y cada una de las obligaciones de la propuesta presentada y el presente
contrato, así como del incumplimiento de cualquiera de ellas.
5.2.7.2.
5.2.7.3.
5.2.7.4.
5.2.7.5.
5.2.7.6.
Consideraciones para Proponente que se presenten como Consorcio o Unión Temporal:

-
Los objetos sociales de cada uno de sus integrantes deben corresponder al objeto del presente
proceso y la duración de las personas jurídicas que lo conforman no puede ser inferior al plazo
del contrato y cinco (5) años más.
Para el caso de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, deberán manifestar dentro de su
propuesta lo siguiente con respecto a la facturación:
o En caso de resultar adjudicatario, la facturación se deberá realizar directamente por el
consorcio o unión temporal, y se deberá enunciar el número de identificación tributaria – NIT
que se haya solicitado para el Consorcio o Unión Temporal ante la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales, y el número de cuenta bancaria respectivo en el cual serán recibidos
los pagos.
o Será responsabilidad única y exclusiva del consorcio o unión temporal distribuir el pago entre
los integrantes del vehículo de conformidad con el porcentaje de participación de cada uno.
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FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
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o
No podrá haber cesión entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal, salvo que
Financiera lo autorice en los casos que legalmente esté permitido.
o
o
o
5.3.
Las condiciones que establezcan los integrantes con respecto a las actividades,
porcentajes, términos o extensión de la participación, no podrán ser modificadas sin el
consentimiento previo y escrito de Financiera.
En el evento de presentarse inhabilidades sobrevinientes para los miembros de la Unión
Temporal o Consorcio, el representante tendrá la obligación de informarlo por escrito a
Financiera dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos
que dieron lugar a ella.
El documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal en el cual conste la
designación del representante y la capacidad que debe tener el mismo para suscribir la
propuesta, debe presentarse con la propuesta y no pueden subsanarse en el mismo los
elementos relativos a la capacidad para presentar propuesta y las firmas.
CONTENIDO Y ENTREGA DE LA PROPUESTA:
La propuesta debe ir acompañada de una comunicación en la cual el Proponente manifieste que conoce los
Términos de Referencia de manera completa y acepta expresamente todas las condiciones y las normas
estipuladas en los mismos, conforme al Modelo de la Carta de Presentación que se anexa a los presentes
Términos de referencia.
La no presentación de dicho formato o la alteración del mismo serán causales para no tener en cuenta la
propuesta presentada.
PROPUESTA
Los Proponentes deben presentar LOS REQUISITOS HABILITANTES, LA PROPUESTA TÉCNICA Y
ECONÓMICA simultáneamente en ORIGINAL y COPIA, de acuerdo a los documentos requeridos en estos
términos y marcados conformes las siguientes exigencias.
Financiera - Financiera
Invitación Pública No. 7
Objeto:
Proponente:
Dirección – Teléfono:
Original
Copia
5.3.1.
Sobre Único “Requisitos Habilitantes, Propuesta Técnica y Propuesta Económica”:
Un (1) ejemplar original y un (1) ejemplar de copia debidamente empaquetados, y cada paquete debe
identificarse así:
La propuesta original y la copia se presentarán en sobre cerrado, separado e identificado como “ORIGINAL” o
“COPIA”, según sea el caso, tanto original como copia, deben ser perfectamente legibles y no presentar
tachones, borrones ni enmendaduras, estas deben estar foliadas.
La propuesta deberá presentarse debidamente impresa, en idioma español, en AZ´S y correctamente foliadas.
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FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
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FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
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La propuesta deberá contener debidamente diligenciados todos los formatos anexos, los cuales no podrán ser
modificados o alterados por el Proponente. Todos los Formatos Anexos deben ser entregados en físico.
Así mismo el sobre deberá contener el valor económico de la propuesta que no deberá superar el valor del
presupuesto oficial estimado. Dicha propuesta económica debe venir debidamente firmada por el representante
legal del proponente. La propuesta económica deberá indicar el nombre y número de identificación del
representante legal, anexando una fotocopia del documento de identificación del mismo, estas deberán estar
firmadas por el representante legal.
En caso de divergencia entre la información presentada en la propuesta técnica original y sus copias,
prevalecerán los datos e información contenida en el original.
Las propuestas deberán indicar el nombre y número de identificación del representante legal, anexando una
fotocopia del mismo, estas deberán estar firmadas por el representante legal.
5.4.
REQUISITOS Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS:
Las propuestas para poder ser evaluadas deberán cumplir los siguientes requisitos y se verificarán con cumple
o no cumple.
1. Carta de presentación de la propuesta donde manifieste que conoce los términos de referencia de manera
completa y su aceptación expresa de todas las condiciones y las normas estipuladas en el mismo conforme
al modelo suministrado. (SI/NO)
2. Propuesta técnica. (SI/NO)
3. Propuesta económica (SI/NO)
4. Formatos totalmente diligenciados y suscritos por el Representante Legal del proponente. (SI/NO)
5. Contratos solicitados como experiencia comprobable. (SI/NO)
5.4.1.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA:
Los criterios de evaluación de la propuesta técnica son:
5.4.1.1.
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE.
5.4.1.1.1.
Parte Técnica
Para calificar la experiencia se debe acreditar en el Formulario para Acreditación de Experiencia
una relación de mínimo cuatro (4) y máximo seis (6) contratos iniciados y terminados en los
últimos quince (15) años contados desde la apertura de la presente invitación, cuyo objeto haya
sido la consultoría o interventoría en proyectos de construcción de espolones y/o rompeolas y/o
trabajos costa fuera relacionados con obras de relleno con materiales excavados y/o instalación
de tablestacados y/o protección contra socavamientos o incluya capítulos de obra exclusivos para
esto.
La sumatoria de los contratos aceptados debe corresponder a un valor igual o superior al 100%
del valor del presupuesto oficial expresado en SMMLV.
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Para efectos de la acreditación de experiencia serán aceptables, cualquiera de los siguientes documentos:
certificaciones expedidas por la entidad contratante y/o acta de liquidación o finalización de los contratos, y/o el
registro único de proponentes.
La información relacionada debe ser certificada por las empresas o entidades contratantes, por lo tanto no se
aceptarán autocertificaciones.
Las certificaciones deberán contener como mínimo la siguiente información:
a)
b)
c)
d)
e)
Nombre del contratante.
Nombre del contratista.
Objeto del contrato.
Dirección y número telefónico del contratante.
Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar el nombre
de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
f) Valor total del contrato que se pretende acreditar.
g) Lugar de ejecución.
h) Actividades ejecutadas.
i) Fecha de inicio del contrato.
j) Fecha de terminación del contrato.
En caso de que el Proponente no cuente con las certificaciones de experiencia expedidas por la entidad
contratante, se podrá acreditar la experiencia adjuntando copia del contrato y acta de liquidación del mismo.
5.4.1.1.2.
ACTUALIZACIÓN DE VALORES DE LOS CONTRATOS APORTADOS POR EL
PROPONENTE.
Para efectos de evaluación, los valores de los contratos se actualizarán según se indica a continuación:
1. Para las consultorías realizadas nacionalmente, el valor del Contrato se actualizará a partir de la fecha
de suscripción del mismo hasta el año 2015, utilizando el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente
(SMMLV).
2. Para las obras realizadas en el extranjero:
I. Se aplicará la Tasa de Cambio Moneda Extranjera – USD$ correspondiente a la fecha (día-mes-año)
de suscripción del Contrato respectivo. La fuente de las tasas de cambio serán las publicadas en el
portal web del Banco de la República.
II. Al resultado obtenido en el numeral I se le aplicará la tasa de cambio USD$ – COP correspondiente
a la fecha (día-mes-año) de suscripción del Contrato respectivo. La fuente de la tasa de cambio será
la publicada en el portal del Banco de la República.
III. El valor obtenido en el numeral II se actualizará a partir de la fecha de suscripción del Contrato
respectivo, hasta el año 2015, utilizando el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV).
Nota: para los contratos que se encuentren en USD$, se aplicarán los procedimientos establecidos en los
numerales 2.II y 2.III de la presente cláusula).
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5.4.1.1.3.
LOS REQUISITOS RESPECTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA DE LOS PROPONENTES:
La capacidad financiera no otorgará puntaje, pero es requisito habilitante para continuar en el proceso y el
resultado de su evaluación se determinará como CUMPLE o NO CUMPLE, la capacidad financiera se
determinará con base en las siguientes consideraciones:
Proponentes de Origen Colombiano
Los Proponentes de origen colombiano que participen en este proceso deberán demostrar su capacidad
financiera mediante la presentación de los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2013,
debidamente aprobados por la asamblea de accionistas, junta de socios o el órgano social competente, en todo
caso el Proponente, deberá acreditar que ha tenido una duración de por lo menos un (1) año calendario contado
desde la fecha de apertura del presente proceso.
El proponente debe presentar los Estados Financieros, debidamente firmados por el representante legal, por el
contador que los preparó y el revisor fiscal cuando la ley lo exija en caso de personas jurídicas. Se debe indicar
el número de la tarjeta profesional del contador y del revisor fiscal y anexar el Certificado de Antecedentes
Disciplinarios emitido por la Junta Central de Contadores.
En ofertas conjuntas (consorcios o uniones temporales), cada uno de sus integrantes deberá aportar los
Estados Financieros con los requisitos mencionados.
Proponentes de Origen Extranjero
El Proponente de origen extranjero, deberá cumplir unos requisitos de carácter financiero según sus Estados
Financieros del último cierre fiscal, debidamente aprobados por la asamblea de accionistas, junta de socios o
el órgano social competente, según sea el caso. En éste sentido, si el cierre no corresponde al 31 de diciembre
de 2013 el Proponente de origen extranjero, deberá acreditar, mediante certificación del órgano competente,
que la fecha de cierre acreditada corresponde a su última vigencia fiscal. En todo caso el Proponente, deberá
acreditar que ha tenido una duración de por lo menos un (1) año calendario contado desde la fecha de apertura
del presente proceso.
Capacidad Financiera Requerida
Con base en los documentos presentados por el proponente, la Financiera verificará la consistencia entre la
información presentada en el Formulario de Información Financiera y Organizacional y los Estados Financieros
respectivos.
Luego de dicha verificación, la Financiera calculará con base en la Información Financiera del Formulario de
Información Financiera y Organizacional los siguientes indicadores financieros (Solvencia y Endeudamiento) y
comprobará el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación; en caso de incumplir alguno, la
propuesta se calificará NO ADMISIBLE.
INDICADOR
Liquidez
INDICE REQUERIDO
Mayor o igual a 1.2
Nivel de Endeudamiento
Menor o igual a 70%
Razón de Cobertura de Intereses
Mayor o igual a 1.0
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Liquidez: Deberá ser mayor o igual a uno punto dos (1,2)
Liquidez = Activo Corriente / Pasivo corriente ≥ 1,2
Nivel de Endeudamiento: Deberá ser menor a cero punto setenta (0,70)
Nivel de Endeudamiento = Pasivo Total / Activo Total < 0,70
Razón de cobertura de intereses: Deberá ser mayor o igual a uno punto cero (1.0)
Razón de cobertura de intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses ≥ 1,0
Nota 1: En el caso de consorcios o uniones temporales, los indicadores financieros arriba señalados se
calcularán con base en la suma ponderada de las cifras que presenten cada uno de sus integrantes, en función
del porcentaje de su participación en la unión temporal o consorcio.
Nota 2: Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de
cobertura de intereses. En este caso el proponente CUMPLE el indicador, salvo que su utilidad operacional sea
negativa, caso en el cual NO CUMPLE con el indicador de razón de cobertura de intereses.
Nota 3: En todo caso el proponente que no cumpla con estos requisitos financieros mínimos, será considerada
como causal de rechazo de su propuesta.
5.4.1.1.4.
5.4.1.1.4.1.
EQUIPO BÁSICO, PREPARACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL
Personal Mínimo Requerido para la ejecución de las Obras
El proponente deberá comprometerse irrevocablemente y so pena de incumplimiento de la seriedad de la
propuesta, a cumplir con el personal mínimo exigido para la ejecución del proyecto tal como se relaciona en el
Anexo de Relación del Equipo de Trabajo Mínimo Requerido, por lo que deberá adjuntar en los términos del
presente Pliego de Condiciones toda la documentación relacionada con el personal mínimo requerido para la
ejecución del objeto contractual, una vez se haya adjudicado el contrato.
Como requisito habilitante, el proponente deberá presentar junto con su propuesta una carta de compromiso
irrevocable, de conformidad con el formato que se entrega con los presentes Términos de Referencia, en la
cual se comprometa a contar, dentro del tiempo aquí requerido, y para la totalidad del tiempo de ejecución del
contrato, con el personal mínimo requerido que se encuentra identificado en el Anexo de Relación del Equipo
de Trabajo Mínimo Requerido, y el cual se proporciona como parte integral de los presentes Pliegos de
Condiciones. El no cumplimiento de la obligación mencionada faculta a la Financiera a hacer efectiva la garantía
de seriedad de la propuesta proporcionada por el Proponente adjudicatario.
El proponente adjudicatario deberá adjuntar dentro del término establecido para cumplir con las obligaciones
previas a la suscripción el acta de inicio, los documentos para acreditar el personal mínimo requerido para la
Interventoría identificado en el Anexo de Relación del Equipo de Trabajo Mínimo Requerido.
5.4.1.1.4.2.
Personal habilitante mínimo requerido para la ejecución de las obras.
48
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Sin perjuicio de lo anterior, el proponente deberá acreditar que cumple con el personal habilitante mínimo
exigido para la ejecución del proyecto, por lo que deberá adjuntar toda la documentación junto con su propuesta.
Como criterio mínimo habilitante el proponente deberá certificar que cuenta con el siguiente personal:
Cant. Cargo
1
Ingeniero
Director
1
Ingeniero
residente
Perfil académico
Poseer matrícula
profesional de
Ingeniero Civil o de
Ingeniero de
Transportes y Vías,
vigente.
Experiencia requerida
General: Mínimo DIEZ (10) años, contados entre la fecha de expedición
de la matrícula profesional y la fecha de cierre del plazo del presente
concurso de méritos.
Específica: Mínimo SEIS (6) años acumulada, contada dentro del período
comprendido entre la fecha de confirmación de la matrícula profesional y
la fecha de cierre del plazo del presente concurso de méritos, en
cualquiera de las siguientes opciones o mediante la suma de las dos:
a) Ejercicio en entidades oficiales como profesional del nivel ejecutivo y/o
asesor y/o directivo y/o profesional y/o como contratista de prestación de
servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades
relacionadas con PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE ESPOLONES
Y/O ROMPÈOLAS Y/O TRABAJOS COSTA FUERA RELACIONADOS
CON OBRAS DE RELLENO CON MATERIALES EXCAVADOS,
MATERIAL COMÚN O SELECCIONADO Y/O INSTALACIÓN DE
TABLESTACADOS Y/O PROTECCIÓN CONTRA SOCAVAMIENTOS O
INCLUYA CAPÍTULOS DE OBRA EXCLUSIVOS PARA ESTO.
b) Ejercicio profesional en la empresa privada, como Director de proyectos
de consultoría o interventoría para la CONSTRUCCIÓN DE ESPOLONES
Y/O ROMPÈOLAS Y/O TRABAJOS COSTA FUERA RELACIONADOS
CON OBRAS DE RELLENO CON MATERIALES EXCAVADOS,
MATERIAL COMÚN O SELECCIONADO Y/O INSTALACIÓN DE
TABLESTACADOS Y/O PROTECCIÓN CONTRA SOCAVAMIENTOS O
INCLUYA CAPÍTULOS DE OBRA EXCLUSIVOS PARA ESTO,
presentando al menos tres (3) contratos.
Poseer matrícula
General: Una experiencia general no menor de CINCO (5) años, contada
profesional de
a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional y la fecha del
Ingeniero Civil o de cierre del plazo del presente concurso de méritos.
Ingeniero de
Específica: Poseer mínimo TRES (3) años de experiencia específica
Transportes y Vías, acumulada, dentro del período comprendido entre la fecha de
vigente.
confirmación de la matrícula profesional y la fecha de cierre del plazo del
concurso de méritos, en cualquiera de las siguientes opciones o mediante
la suma de las dos:
a) Ejercicio profesional en la empresa privada, como ingeniero residente
de obra o consultoría de proyectos relacionados con CONSTRUCCIÓN
DE ESPOLONES Y/O ROMPÈOLAS Y/O TRABAJOS COSTA FUERA
RELACIONADOS CON OBRAS DE RELLENO CON MATERIALES
EXCAVADOS, MATERIAL COMÚN O SELECCIONADO Y/O
INSTALACIÓN DE TABLESTACADOS Y/O PROTECCIÓN CONTRA
SOCAVAMIENTOS O INCLUYA CAPÍTULOS DE OBRA EXCLUSIVOS
PARA ESTO, presentando al menos tres (3) contratos.
b) Ejercicio en entidades oficiales como profesional del nivel ejecutivo y/o
asesor y/o directivo y/o profesional y/o como contratista de prestación de
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Cant. Cargo
Perfil académico
Experiencia requerida
servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en actividades
relacionadas con CONSTRUCCIÓN DE ESPOLONES Y/O ROMPÈOLAS
Y/O TRABAJOS COSTA FUERA RELACIONADOS CON OBRAS DE
RELLENO CON MATERIALES EXCAVADOS, MATERIAL COMÚN O
SELECCIONADO Y/O INSTALACIÓN DE TABLESTACADOS Y/O
PROTECCIÓN CONTRA SOCAVAMIENTOS O INCLUYA CAPÍTULOS
DE OBRA EXCLUSIVOS PARA ESTO.
1
Especialista
ambiental
1
Profesional
social
Ingeniero Ambiental
y/o Ingeniero
Sanitario y/o
Ingeniero Civil y/o
Ingeniero Forestal
y/o Ingeniero en
Vías y Transportes
y/o Geólogo y/o
Biólogo y/o Ecólogo
y/o Agrólogo; para
los profesionales
diferentes a
ingeniero ambiental
el profesional
propuesto debe
tener por lo menos
un título de
Especialista en el
Área Ambiental.
Sociólogo o
profesional en el
área.
General: no menor de OCHO (8) años, contados entre la fecha de
expedición de la matrícula profesional y la fecha de cierre del plazo del
presente concurso de méritos.
Específica: CINCO (5) años de experiencia específica acumulada, dentro
del período comprendido entre la fecha de graduación de la
Especialización y/o Postgrado y/o Maestría y/o Doctorado, y la fecha de
cierre del presente concurso de méritos, en cualquiera de las siguientes
opciones o mediante la suma de las dos:
a) Ejercicio profesional en la empresa privada como especialista
ambiental, en el cual debe haber participado en tres (3) proyectos de
consultoría, interventoría u obras de protección costera, o construcción de
rompeolas, espolones o tablestacados, o dragados fluviales o marítimos u
obras hidráulicas fluviales o marítimas.
b) Ejercicio profesional en entidades oficiales, como profesional del nivel
ejecutivo y/o asesor y/o directivo y/o profesional y/o como contratista de
prestación de servicios, siempre y cuando se haya desempeñado en
actividades relacionadas con la disciplina para la cual fue propuesto.
General no menor de OCHO (8) años, contados entre la fecha de
expedición de la matrícula profesional y la fecha de cierre del plazo del
presente concurso de méritos.
a) Poseer CINCO (5) años de experiencia específica acumulada, dentro
del período comprendido entre la fecha de graduación de la
Especialización y/o Postgrado y/o Maestría y/o Doctorado, y la fecha de
cierre del presente concurso de méritos, debe haber participado en tres
proyectos de construcción de obras civiles como especialista social.
El Proponente deberá diligenciar el formulario de Experiencia específica del personal y adjuntar los documentos
que acrediten la formación académica y experiencia específica que se enuncian a continuación.
(iii)
Personal Mínimo requerido para la ejecución del objeto contractual
El proponente deberá comprometerse irrevocablemente y so pena de incumplimiento de la seriedad de la
propuesta, a cumplir con el personal mínimo exigido para la ejecución del Proyecto, por lo que deberá adjuntar
en los condiciones de los Términos de Referencia, toda la documentación relacionada con el personal mínimo
requerido para la ejecución del objeto contractual, una vez se haya adjudicado el contrato.
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Como requisito habilitante, el proponente deberá presentar junto con su propuesta una carta de compromiso
irrevocable en la cual se comprometa a contar, dentro del tiempo requerido en los presentes Términos de
Referencia, y para la totalidad del tiempo de ejecución del Contrato, con el personal mínimo requerido que se
encuentra identificado en el Anexo de Personal Mínimo adjunto a los Estudios y Diseños Integrales a Fase III
para ejecución de las Obras de Protección. El no cumplimiento de la obligación mencionada faculta a la
Financiera a hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta proporcionada por el Proponente.
El proponente adjudicatario deberá adjuntar dentro del término establecido para aportar la información para el
control de la ejecución de la obra, y con el fin de determinar las calidades de los profesionales propuestos, los
siguientes documentos:
-
Copia del Diploma o acta de grado
Los estudios de educación superior, se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos, actas de
grado o certificados de obtención del título correspondiente.
El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar la
convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con lo
establecido en la Resolución 4457 de 2005, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites
requeridos.
Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan
ejercer temporalmente la profesión en Colombia.
El Ministerio de Educación Nacional homologa los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o
licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado, en el caso de los títulos
de postgrado la homologación en Colombia debe ser igual a la solicitada en estos pliegos.
En caso de que el proponente presente títulos obtenidos en el exterior en idioma diferente al Español, en los
casos en donde no sea aplicable la homologación o convalidación en Colombia, deberá adjuntar traducción
simple de los mismos.
Tarjeta profesional en caso de que la profesión la exija. No se aceptarán Matrículas o Tarjetas
Profesionales "en trámite".
El profesional deberá adjuntar copia de la tarjeta profesional (en caso de que sea requerida por la profesión) y
certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios. En caso de profesionales de la Ingeniería se tendrá en
cuenta lo dispuesto en la Ley 842 de 2003 como parámetro para contabilizar la experiencia.
Para el caso de los profesionales cuya tarjeta o matricula profesional no indique la fecha de su expedición,
deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición
de la misma.
-
Certificaciones de experiencia.
La experiencia se acreditará mediante la presentación de constancias escritas, expedidas por el funcionario
competente de las respectivas empresas.
51
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No serán válidas aquellas certificaciones expedidas por el propio proponente acreditando experiencia en otras
empresas.
Las certificaciones o declaraciones de experiencia deberán contener como mínimo los siguientes datos: (i)
Nombre o razón social de la entidad o empresa, (ii) Tiempo de servicio, indicando claramente la fecha de inicio
y de terminación, y (iii) Relación de funciones, o descripción clara de la actividad desempeñada.
El Proponente puede acreditar la experiencia de los profesionales presentados adjuntando copia de los
contratos, en caso de no contar con la respectiva certificación o con el ánimo de complementar la información
requerida en la misma. La Financiera se reserva el derecho de efectuar la verificación de la información
aportada.
La Financiera se reserva el derecho de solicitar cambio de los profesionales en caso de verificar que los
propuestos por el Proponente adjudicatario, no cumplen con los requisitos de idoneidad indicados en el Anexo
o que no cuenten con la disponibilidad de tiempo necesaria para cumplir lo solicitado para el desarrollo de las
obras por estar vinculados a otros proyectos.
La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos
de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.
Si el Proponente adjudicatario o uno de sus integrantes en caso que sea un consorcio o unión temporal, se
encuentra certificado en Sistemas de Gestión de Calidad (ISO 9001), deberá suministrar las cartas de intención
de los profesionales que destinará para los cargos de Profesional en Aseguramiento de la Calidad y de Auditor
de Calidad durante la ejecución del contrato.
Si el Proponente adjudicatario o la totalidad de sus integrantes, en caso que sea un consorcio, unión temporal,
o promesa de sociedad futura no se encuentra certificado en Sistemas de Gestión de Calidad (ISO 9001),
deberá suministrar la hoja de vida de los profesionales que destinará para los cargos de Profesional en
Aseguramiento de la Calidad y de Auditor de Calidad durante la ejecución del contrato. Estos profesionales
deben cumplir y acreditar, como mínimo, los requisitos de calidad y experiencia solicitados en el Anexo de
Equipo Mínimo de Trabajo, y que se proporciona como parte integral de estos Términos de Referencia.
Una vez la Financiera apruebe el personal mínimo propuesto, éste no podrá ser cambiado durante la ejecución
del contrato, a menos que exista una justa causa, la cual deberá ser sustentada ante la Financiera, para su
evaluación y posterior autorización. En caso de aprobarse el cambio por parte de la Financiera, el personal
deberá reemplazarse por uno de igual o superior categoría que el exigido.
5.4.1.2.
EVALUACION DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
El valor total ofertado no deberá ser superior al presupuesto oficial estimado el contrato objeto del presente
concurso de méritos.
El valor del costo total de la propuesta debe cubrir, entre otros, todos los costos directos e indirectos derivados
de la ejecución del objeto contractual. Deberá cubrir, el costo de actividades preliminares que se requieran para
la iniciación del contrato, los salarios, los jornales y prestaciones sociales del personal vinculado al proyecto;
los honorarios, asesorías en actividades objeto del contrato, horas extras, computadoras, entre otros, los
impuestos legalmente a su cargo, las deducciones a que haya lugar y en general todo costo en que incurra el
Interventor para la ejecución de los trabajos, la utilidad del Interventor y el Impuesto al Valor Agregado IVA.
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El Proponente que no sea responsable del IVA debe informarlo en la Propuesta.
La tarifa del IVA y el valor correspondiente a dicha tarifa deben sujetarse a lo dispuesto en el Estatuto Tributario;
en caso de no ser así, la Financiera verificará el cálculo del valor correspondiente a la tarifa del IVA y efectuará
la corrección necesaria y el valor corregido será el tenido en cuenta para la elaboración del contrato que se
genere como resultado del presente proceso de selección. Todos los valores de la propuesta económica, tales
como costo básico, IVA y costo total de la propuesta deben ajustarse al peso, bien sea por exceso o por defecto.
Para efectos de la verificación aritmética, el Comité Evaluador partirá del costo básico relacionado en la
propuesta para calcular el valor del IVA teniendo en cuenta la tarifa (%) establecida en el Estatuto Tributario y
el costo total de la propuesta.
El ofrecimiento económico se debe presentar de acuerdo con las siguientes reglas:
a) Moneda: El ofrecimiento económico se deberá realizar en PESOS COLOMBIANOS, en todo caso el
contrato se celebrará en PESOS COLOMBIANOS.
b) Sistema de Precios: El Proponente deberá presentar su propuesta en TARIFAS sin formula de
reajuste respecto del costo de proyecto de Interventoría.
No serán habilitadas las propuestas en las que no obre el ofrecimiento económico, no se indique con un dato
numérico el valor de uno o varios de los ítems que lo componen, o que superen el valor del presupuesto oficial
de este concurso de méritos.
Por ser relevantes, a continuación se relacionan algunos de los aspectos que el Proponente debe tener en
cuenta para elaborar su ofrecimiento económico. La enunciación de los mismos NO es taxativa, habida cuenta
que la integración y elaboración del ofrecimiento económico es responsabilidad exclusiva del Proponente.
El Proponente deberá considerar que en la propuesta económica están comprendidos todos los costos directos
e indirectos necesarios para la ejecución del contrato, entre otros, gastos salariales y prestacionales, aportes a
seguridad social y parafiscales, costos de dotación, transportes, insumos, servicios públicos, seguridad física,
equipos, gastos administrativos, impuestos, imprevistos, utilidades, etc.
Siempre y cuando la Propuesta cumpla con los documentos del concurso de méritos, la Financiera corregirá
los errores aritméticos de la siguiente manera:
5.
6.
Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales,
prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido.
Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo
que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá
el monto en cifras con sujeción a las condiciones mencionadas en los literales a y b. Se deberá entender
por valor de la propuesta, el valor revisado por el Comité Evaluador. En caso de que el Proponente
favorecido no acepte el valor resultante deberá manifestarlo por escrito antes de la adjudicación, caso
en el cual la Financiera adjudicará al segundo lugar y así sucesivamente.
5.4.1.3 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
53
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La experiencia específica del proponente se evaluará a partir de la acreditación de mínimo cuatro (4) contratos
y máximo seis (6) contratos y que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral 5.4.1.1.1 del presente
pliego de condiciones, de lo contrario se asignará cero (0) puntos, para cada uno de estos criterios y obtendrá
calificación de NO HABIL, por lo tanto, la propuesta no será tenido en cuenta para la asignación del puntaje por
el criterios de experiencia.
En cumplimiento de lo anterior, en este proceso de selección, la ponderación del elemento calidad se efectuará
otorgando puntaje a los proponentes que, de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego de
condiciones, efectiva y válidamente logren acreditar la experiencia de la compañía y las condiciones del
personal mínimo requerido para cada proyecto.
En consecuencia, se efectuará la calificación como se indica a continuación:
FACTORES DE CALIFICACIÓN
PUNTAJE MÁXIMO ASIGNADO
Promedio de Facturación Mensual Total
Experiencia adicional del personal principal
TOTAL
300
100
400
Los factores de calificación, será la suma de los puntajes obtenidos en cada criterio de calificación y dará como
resultado un valor máximo de CUATROCIENTOS (400) puntos, de acuerdo con la siguiente fórmula:
PT = PEPP + PFMT
Dónde,
PT = Puntaje TOTAL obtenido por el Proponente (Máximo 400 puntos).
PEPP = Puntaje obtenido por Experiencia del Personal Principal (Máximo 100 Puntos).
PFMT = Puntaje obtenido por Promedio de Facturación Mensual Total (Máximo 300 Puntos).
El proceso de selección se adjudicará al Proponente que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con las reglas
de asignación que se establecen a continuación.
5.4.1.3.1 Promedio De Facturación Mensual
El procedimiento para obtener el valor correspondiente al promedio de facturación Mensual por concepto de
contratos ejecutados (PFM) es el siguiente:
5.4.1.3.2 Cálculo Del Presupuesto Oficial Mensual.
El presupuesto oficial mensual se calculará con la siguiente fórmula:
pom = (PO/N)
Donde,
Pom =
Presupuesto oficial mensual del proceso expresado en SMMLV/mes.
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DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
PO =
N =
Presupuesto oficial del proceso expresado en salarios mínimos mensuales legales
vigentes (SMMLV) a la fecha de cierre del plazo de la presente selección.
Para efectos de evaluación se tomara N=plazo de ejecución del contrato de Interventoría.
5.4.1.3.3. Cálculo promedio de facturación mensual persona natural o jurídica
Para obtener el valor correspondiente al promedio de facturación mensual por concepto de contrato ejecutado
(PFM), se determinará de la siguiente manera:
A partir del valor facturado por concepto de cada contrato terminado, (relacionado en el formulario de
Experiencia Específica) se determina el valor facturado actualizado (VFA) de cada contrato
expresando el valor facturado en salarios mínimos mensuales legales vigentes, así:
Se tomará el valor en SMMLV correspondiente a la fecha de terminación del contrato; para tal fin se tendrá en
cuenta la siguiente tabla:
Cuadro No. 1 EVOLUCIÓN DEL SALARIO MÍNIMO MENSUAL LEGAL
PERÍODO
MONTO MENSUAL
Enero 1 de 1997 a Dic. 31 de 1997 172.005.00
Enero 1 de 1998 a Dic. 31 de 1998 203.826.00
Enero 1 de 1999 a Dic. 31 de 1999 236.460.00
Enero 1 de 2000 a Dic. 31 de 2000 260.100,00
Enero 1 de 2001 a Dic. 31 de 2001 286.000,00
Enero 1 de 2002 a Dic. 31 de 2002 309.000,00
Enero 1 de 2003 a Dic. 31 de 2003 332.000,00
Enero 1 de 2004 a Dic. 31 de 2004 358.000,00
Enero 1 de 2005 a Dic. 31 de 2005 381.500,00
Enero 1 de 2006 a Dic. 31 de 2006 408.000,00
Enero 1 de 2007 a Dic. 31 de 2007 433.700,00
Enero 1 de 2008 a Dic. 31 de 2008 461.500,00
Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2009 496.900,00
Enero 1 de 2010 a Dic. 31 de 2010 515.000,00
Enero 1 de 2011 a Dic. 31 de 2011 535.600,00
Enero 1 de 2012 a Dic. 31 de 2012 566.700,00
Enero 1 de 2013 a Dic. 31 de 2013 589.500,00
Enero 1 de 2014 a Dic. 31 de 2014 616.000,00
Enero 1 de 2015 a Dic. 31 de 2015 644.350,00
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5.4.1.3.4 Determinación del valor facturado actualizado:
VFAj= VFj/(SMML año de terminación del contrato))
Donde:
VFAj =
Valor facturado actualizado de cada contrato, expresado en SMML.
VFj =
Valor facturado total de cada contrato, expresado en pesos.
j =
Número de contrato relacionado en el Formulario de experiencia.
El promedio de facturación mensual total PFMT se determinará de la siguiente forma:
U
PFMT   pfm j
j 1
Donde,
PFMT =
pfmj =
j =
U =
Promedio de facturación mensual total correspondiente a los contratos relacionados en el
formulario de experiencia, expresado en SMMLV/mes.
Promedio de facturación mensual (j) correspondiente a cada contrato relacionado en el
Formulario de Experiencia, expresado en SMMLV/mes.
Número de contrato relacionado en su Formulario de experiencia.
Número máximo de contratos relacionados en el Formulario de experiencia – máximo
SEIS (6).
El cálculo del promedio de facturación mensual (pfmj) se efectuará de conformidad con la siguiente fórmula:
pfm j 
VFA j
nj
Donde,
VFAj =
nj
=
Valor facturado actualizado de cada contrato, expresado en SMML del año de terminación
de la experiencia.
Plazo contractual durante el cual se ejecutó y facturó el contrato que se acredita como
experiencia, expresado en meses.
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5.4.1.3.5 Calculo Promedio De Facturación Mensual Integrante Plural (Consorcio O Unión Temporal)
Para el cálculo del PFM del Consorcio o Unión Temporal se tomarán máximo SEIS (6) contratos, los cuales
deberán estar debidamente relacionados en el Formulario de experiencia, indicando de manera clara cual o
cuales de los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal aporta dicha experiencia. Este formulario deberá
ser presentado por el Consorcio o Unión Temporal y no por cada integrante.
Los contratos para la acreditación de la experiencia específica, podrán ser aportados por cualquiera de los
integrantes del consorcio o unión temporal. Y se calculará así:
n
pfmi 

pfmp
p 1
pfmi =
El promedio de facturación mensual individual
pfmp =
Promedio de facturación mensual de cada contrato del integrante del Consorcio o Unión
temporal
n =
Número máximo de contratos relacionados en el Formulario de experiencia – máximo
SEIS (6) contratos
El promedio de facturación mensual PFMTc tomado para la ponderación será la sumatoria de los promedios de
facturación mensuales individuales.
j
PFMTc 

pfmi
i 1
Donde:
PFMTc =
pfmi =
Promedio de facturación mensual del Consorcio o Unión temporal.
El promedio de facturación mensual individual del integrante (i).
J = J = Número total de integrantes del Consorcio o Unión temporal que aportan experiencia.
En cada caso se debe tener en cuenta que si el contrato presenta períodos de suspensión se descontará
dicho plazo.
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La información deberá ser presentada en moneda legal colombiana, en consecuencia, cuando el valor de los
contratos este expresado en monedas extranjeras éste deberá convertirse en Pesos Colombianos, siguiendo
el procedimiento que a continuación se describe:
Si está expresado originalmente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América; los valores se convertirán a
pesos colombianos, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio de las tasas representativas del
mercado, certificadas por el Banco de la República, a las fechas de inicio y de terminación del contrato, para lo
cual el proponente deberá indicar la tasa representativa del mercado utilizada para la conversión, para tal efecto
la página web tipo de cambio interbancario promedio compra.
Si está expresado originalmente en una moneda o unidad de cuenta diferente a Dólares de los Estados Unidos
de Norte América, deberá convertirse a ésta moneda, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio
de las tasas de cambio vigentes entre el dólar y dicha moneda, a las fechas de inicio y de terminación del
contrato. Hecho esto se procederá en la forma que señala el inciso anterior.
5.4.1.4 ASIGNACION DE PUNTAJE POR EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Una vez calificada la documentación que sustenta la experiencia específica de cada uno de los proponentes la
ponderación se realizará de la siguiente manera:
Se establecerá la facturación mensual presentada por cada uno de los proponentes de acuerdo con los criterios
establecidos en este pliego de condiciones y se le asignará el puntaje correspondiente, así:
a. Al proponente que acredite un PFMT igual o superior a (pom*0.5) en un solo contrato obtiene 300
puntos
b. Al proponente que acredite un PFMT igual o superior a (pom*0.5) en la sumatoria de dos contratos
obtiene un puntaje de 250 puntos.
c. Al proponente que acredite un PFMT igual o superior a (pom*0.5) en la sumatoria de tres contratos
obtiene un puntaje de 200 puntos
d. Al proponente que acredite un PFMT igual o superior a (pom*0.5) en la sumatoria de cuatro contratos
obtiene un puntaje de 150 puntos
e. Al proponente que acredite un PFMT igual o superior a (pom*0.5) en la sumatoria de cinco contratos
obtiene un puntaje de 100 puntos
F. Al proponente que acredite un PFMT igual o superior a (pom*0.5) en la sumatoria de seis contratos
obtiene un puntaje de 50 puntos
Nota 1: Cuando el proponente relacione varios contratos en el Formato de Acreditación de Experiencia, se
tomarán hasta los primeros seis (6) que se encuentren relacionados para su verificación como requisito
habilitante, y dentro de dichos contratos seleccionados, se relacionarán de mayor a menor valor los contratos
para asignación de puntaje por experiencia específica.
Nota 2: Para efectos de la calificación de la experiencia específica en el cálculo del promedio de facturación
mensual (PFM), serán aproximados por exceso o por defecto a la centésima, así: cuando la milésima sea igual
o superior cinco (5) se aproximará por exceso a la centésima siguiente y cuando la milésima sea inferior a cinco
(5) se aproximará por defecto al número entero de la centésima.
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5.4.1.5 EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PERSONAL PRINCIPAL
Se otorgarán hasta ciento cincuenta (100) puntos al proponente que acredite experiencia específica adicional
del equipo de profesionales presentado como habilitante, de acuerdo con los siguientes cargos y criterios:
a) Ingeniero Director (Máximo 50 Puntos)
Experiencia: Por cada contrato adicional que acredite el Ingeniero Director como Director y/o
coordinador, líder, o jefe de proyecto en proyectos de construcción de espolones y/o rompeolas y/o
trabajos costa fuera relacionados con obras de relleno con materiales excavados y/o instalación de
tablestacados y/o protección contra socavamientos o incluya capítulos de obra exclusivos para esto,
se otorgarán al proponente 25 puntos hasta completar un máximo de 50 puntos.
b) Para el personal presentado como Ingeniero Residente (Máximo 30 Puntos):
Experiencia: Por cada contrato adicional que acredite cada profesional propuesto para esta área, en
los que se haya desempeñado en el área para la cual fueron propuestos en proyectos de construcción
de espolones y/o rompeolas y/o trabajos costa fuera relacionados con obras de relleno con materiales
excavados y/o instalación de tablestacados y/o protección contra socavamientos o incluya capítulos
de obra exclusivos para esto, se otorgarán al proponente 10 puntos hasta completar un máximo de 30
puntos.
c) Por el personal presentado como Especialista Ambiental (Máximo 10 Puntos):
Experiencia: Por cada contrato adicional que acredite el especialista ambiental, en los que se haya
desempeñado en el área para la cual fue propuesto en proyectos de construcción de espolones y/o
rompeolas y/o trabajos costa fuera relacionados con obras de relleno con materiales excavados y/o
instalación de tablestacados y/o protección contra socavamientos o incluya capítulos de obra
exclusivos para esto, se otorgarán al proponente 5 puntos hasta completar un máximo de 10 puntos.
d) Por el personal presentado como Profesional Social (Máximo 10 Puntos):
Experiencia: Por cada contrato adicional que acredite el profesional Social, en los que se haya
desempeñado en el área para la cual fue propuesto en proyectos de construcción de espolones y/o
rompeolas y/o trabajos costa fuera relacionados con obras de relleno con materiales excavados y/o
instalación de tablestacados y/o protección contra socavamientos o incluya capítulos de obra
exclusivos para esto, se otorgarán al proponente 5 puntos hasta completar un máximo de 10 puntos.
5.5.
CRITERIOS DE DESEMPATE:
Si se diera un empate de los proponentes, se utilizará como instrumento el sorteo por medio de balotas con
mayor número para escoger a quien se aceptará la propuesta.
5.6.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA:
Se considerarán causales de rechazo de las propuestas presentadas por los Proponentes las siguientes:
5.4.1.
5.4.2.
Cuando el valor de la propuesta exceda el presupuesto oficial estimado por la Financiera en los
Términos de Referencia.
Cuando el Proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad
para contratar, o conflicto de interés..
59
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DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
5.4.3.
5.4.4.
5.4.5.
5.4.6.
5.4.7.
5.4.8.
5.4.9.
5.4.10.
5.4.11.
5.4.12.
5.4.13.
5.4.14.
5.4.15.
5.4.16.
5.4.17.
5.4.18.
Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no
cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas en los términos de referencia.
Cuando la propuesta no sea subsanada, conforme a los requerimientos y dentro del término señalado
por la Financiera.
Cuando la propuesta sea enviada por correo, correo electrónico, cintas magnéticas, discos compactos
o fax, o no sea entregada en el lugar y fecha señalados para el efecto.
Cuando el Proponente, una vez requerido por la Financiera para efectuar las aclaraciones o
explicaciones de los documentos de la propuesta y no cumpla con lo solicitado dentro del plazo que
se fije para ello.
Cuando se compruebe confabulación entre los Proponentes que altere la aplicación del principio de
selección objetiva.
Cuando la Financiera corrobore que el Proponente presentó información o documentación falsa en la
propuesta.
Cuando la propuesta no cumpla con los requerimientos mínimos técnicos y económicos requeridos en
los presentes términos de referencia.
Cuando la propuesta sea presentada de manera extemporánea.
Cuando el Proponente o alguno de los miembros del equipo que coadyuvará al desarrollo del objeto
contractual del Proponente, se encuentre registrado en las listas clasificadas del sistema SARLAFT, o
con reporte negativo en los entes de control. En este caso la Financiera podrá adjudicar el contrato al
siguiente proponente con mejor calificación de la Propuesta, y así sucesivamente.
Cuando la Financiera, en cualquier estado de la Invitación Pública evidencie, que alguno(s) de los
documentos que integran el proceso contractual contiene(n) información engañosa o incompleta.
Los consorcios o uniones temporales deben cumplir con los requisitos de acreditación de existencia y
capacidad jurídica, so pena de rechazo de su propuesta.
Cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o documentación
allegada por el proponente y lo verificado por la entidad, sin perjuicio de las acciones legales que
puedan iniciarse por este hecho.
Cuando un proponente participe en dos o más consorcios o uniones temporales en la presente
invitación.
Cuando no se presente la carta de compromiso irrevocable a cumplir con el personal mínimo exigido
para la ejecución del proyecto, o cuando no acredite que cumple con el personal habilitante mínimo
exigido para la ejecución del proyecto.
Cuando el Proponente, o alguno de los miembros del integrante plural, se haya presentado al proceso
de selección para las Obras de Protección adelantado por la Financiera, directamente o como
integrante de un miembro plural.
Las demás establecidas dentro de los términos de esta invitación.
En caso de que alguno de los Proponentes incurra en alguna de los causales de rechazo descritos, la
Financiera informará por escrito de esta situación, haciendo devolución de la propuesta presentada y dejando
constancia en el acta de revisión y calificación de las propuestas.
5.7.
DECLARATORIA DE INVITACIÓN PÚBLICA DESIERTA
La invitación podrá declararse desierta en el caso que se presente alguno de los siguientes eventos:
5.4.19. Cuando los ofrecimientos recibidos por la Financiera no le permitan realizar una selección objetiva.
5.4.20. Cuando no se presente por lo menos una (1) propuesta calificada. Se entiende por propuesta calificada
aquella que cumpla con la totalidad de los requisitos necesarios para la habilitación, comparación de
las propuestas y no sea objeto de rechazo de conformidad con la Ley y los términos de referencia.
60
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DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
5.4.21. Cuando no se presente ningún Proponente.
6.
CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
6.1. CONTROLES PREVIOS
La Financiera, una vez seleccionado el Interventor realizará las validaciones previas a través de las bases de
datos de los entes de control y del Sistema de Administración de Riesgo y Lavado de Activos – SARLAFT.
6.2. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
La Financiera perfeccionará el contrato, y le entregará copia de éste al Interventor seleccionado, con el fin de
que proceda a constituir la garantía con los amparos definidos y requeridos en los presentes Términos de
Referencia.
6.3. ACTA DE INICIO DEL CONTRATO
La ejecución del contrato iniciara con la suscripción del Acta de Inicio, previa aprobación por parte de la
Financiera de las garantías exigidas en el contrato.
7. DOCUMENTOS, FORMULARIOS Y ANEXOS
DOCUMENTOS



ESTUDIOS Y DISEÑOS INTEGRALES A FASE III PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE
PROYECCIÓN
MEMORIA
ANEXOS A LA MEMORIA DEL PROYECTO
a)
ANTECEDENTES
b)
ESTADO ACTUAL. REGISTRO FOTOGRÁFICO
c)
CARTOGRAFÍA, TOPOGRAFÍA Y BATIMETRÍA
d)
GEOLOGÍA, GEOTECNIA Y ANÁLISIS DE ESTABILIDAD DE CIMENTACIONES Y
TALUDES
e)
ARQUEOLOGÍA
f)
CLIMA MARÍTIMO. PROPAGACIÓN. DINÁMICA LITORAL
g)
PROCEDENCIA DE MATERIALES: CANTERAS.
h)
ESTUDIO DE SOLUCIONES: PLANTEAMIENTO, DESCRIPCIÓN. ANÁLISIS,
COMPARACIÓN Y PROPUESTAS
i)
REPLANTEO
j)
CÁLCULOS Y COMPROBACIONES ESTRUCTURALES I: ESTRUCTURAS
k)
CÁLCULOS Y COMPROBACIONES ESTRUCTURALES II: RECALCES
l)
DISEÑO DE ESTRUCTURAS MARÍTIMAS
m)
SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO
n)
PROPUESTA DE PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO DEL
COMPORTAMIENTO DE LAS OBRAS
61
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DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
o)
p)

q)
r)
PLANOS
s)



PROCESO CONSTRUCTIVO Y PROGRAMA DE TRABAJO
COORDINACIÓN DE LAS OBRAS CON EL DRAGADO DEL CANAL DE
BOCACHICA
JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS
PRESUPUESTO PARA CONOCIMIENTO DE LA PROPIEDAD
GENERALES
SITUACIÓN Y ACCESOS GENERALES
EMPLAZAMIENTO Y ACCESOS ESPECÍFICOS
PLANTA GENERAL
a)
CASTILLO DE SAN FERNANDO
ESTADO ACTUAL. PLANTA Y ALZADOS
PLANTA DE LAS OBRAS
REPLANTEO
PROTECCIONES MARÍTIMAS.
a.
PROTECCIONES MARÍTIMAS: SECCIONES TIPO
b.
PROTECCIONES MARÍTIMAS: PERFILES TRANSVERSALES
ACTUACIONES ESTRUCTURALES
SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO
a.
PLANTA
b.
DETALLES
MONITORIZACIÓN Y SEGUIMIENTO
a.
REFERENCIAS TOPOGRÁFICAS, ACELERÓMETROS, POZOS
CON FO, SONDAS DE PRESIÓN Y PERFILES BATIMÉTRICOS
b.
FISURÓMETROS DE FIBRA ÓPTICA
BATERÍA DE SAN JOSÉ
ESTADO ACTUAL. PLANTA Y ALZADOS
PLANTA DE LAS OBRAS
REPLANTEO
PROTECCIONES MARÍTIMAS.
a.
PROTECCIONES MARÍTIMAS: SECCIONES TIPO
b.
PROTECCIONES MARÍTIMAS: PERFILES TRANSVERSALES
ACTUACIONES ESTRUCTURALES
SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO
a.
PLANTA
b.
DETALLES
MONITORIZACIÓN Y SEGUIMIENTO
a.
REFERENCIAS TOPOGRÁFICAS, ACELERÓMETROS, POZOS
CON FO, SONDAS DE PRESIÓN Y PERFILES BATIMÉTRICOS
b.
FISURÓMETROS DE FIBRA ÓPTICA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
b)
OBJETO Y ALCANCE DEL PLIEGO
c)
NORMATIVA
d)
DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS
e)
UNIDADES DE OBRA. RELACIÓN
f)
CONDICIONES Y DISPOSICIONES DE TIPO GENERAL
PRESUPUESTO
g)
MEDICIONES AUXILIARES
h)
MEDICIONES DE LAS UNIDADES DE OBRA
62
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






i)
CUADRO DE PRECIOS NÚMERO 1
j)
CUADRO DE PRECIOS NÚMERO 2
k)
PRESUPUESTOS PARCIALES
l)
PRESUPUESTO GENERAL
ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD
m)
MEMORIA
n)
PLANOS
o)
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
p)
PRESUPUESTO
ESTUDIO MEDIOAMBIENTAL Y DE GESTIÓN DE RESIDUOS
q)
ESTUDIO DE LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA
DEMOLICIÓN
RESOLUCIÓN 0868 DEL 1º DE AGOSTO DE 2014, EXPEDIDA POR LA AUTORIDAD
NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES, Y MEDIANTE LA CUAL “SE MODIFICA LA
LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 0783 DEL 25 DE
AGOSTO DE 1997 MOOIFICADA POR LAS RESOLUCIONES 1254 DEL 18 DE DICIEMBRE
DE 1998, 250 DEL 10 DE MARZO DE 2004, 1590 DEL 26 DE OCTUBRE DE 2005 Y 752
DEL 28 OE ABRIL DE 2006, Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES”.
RESOLUCIÓN 0967 DEL 25 DE AGOSTO DE 2014, EXPEDIDA POR LA AUTORIDAD
NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES, Y MEDIANTE LA CUAL “SE RESUELVE UN
RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO CONTRA LA RESOLUCIÓN 868 DEL 1º DE
AGOSTO DE 2014”.
RESOLUCIÓN 2831 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2014, Y MEDIANTE LA CUAL EL
MINISTERIO DE CULTURA “AUTORIZA EL PROYECTO DE INTERVENCIÓN PARA LA
PROTECCIÓN MARÍTIMA DE LOS FUERTES DE SAN FERNANDO Y SAN JOSÉ DE
BOCACHICA, LOCALIZADOS EN EL DISTRITO DE CARTAGENA, BOLÍVAR,
DECLARADOS BIENES DE INTERÉS CULTURAL DEL ÁMBITO NACIONAL E INSCRITOS
EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE UNESCO”.
RESOLUCIÓN 0163 DEL 29 DE ENERO DE 2015 MEDIANTE LA CUAL EL MINISTERIO DE
CULTURA “AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE INTERVENCIÓN PARA LA
PROTECCIÓN MARÍTIMA DE LOS FUERTES DE SAN FERNANDO Y SAN JOSÉ DE
BOCACHICA, LOCALIZADOS EN EL DISTRITO DE CARTAGENA, BOLÍVAR,
DECLARADOS BIENES DE INTERÉS CULTURAL DEL ÁMBITO NACIONAL E INSCRITOS
EN LA LISTA DE PATRIMONIO MUNDIAL DE UNESCO”.
PENDIENTE DE APROBACIÓN EL TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN DE CONSTRUCCIÓN
DE OBRAS DE INGENIERÍA OCEÁNICA POR PARTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL
MARÍTIMA. LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN ESE ACTO ADMINISTRATIVO
SERÁN DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA EL CONTRATISTA SELECCIONADO).
FORMULARIOS
FORMATO No. 1 FORMATO No. 2 FORMATO No. 3 –
FORMATO No. 4 –
FORMATO No. 5 –
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
RESUMEN DE ESTADOS FINANCIEROS
RESUMEN DE EXPERIENCIA
PERSONAL MÍNIMO DE TRABAJO
PROPUESTA ECONÓMICA
63
FINANCIERA DE DESARROLLO NACIONAL. – Términos de referencia Invitación Pública No. 7.
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FINANCIERA, AMBIENTAL, CONTABLE, JURÍDICA Y SOCIAL DE LAS OBRAS DE PROTECCIÓN MARÍTIMA
DEL FUERTE DE SAN FERNANDO Y EL FUERTE – BATERÍA SAN JOSÉ – CARTAGENA, BOLÍVAR”
FORMATO No. 6 – CARTA DE INTENCIÓN DEL PERSONAL REQUERIDO
FORMATO No. 7 – CARTA DE COMPROMISO IRREVOCABLE DE CONTRATACIÓN DEL EQUIPO
DE TRABAJO MÍNIMO REQUERIDO
FORMATO No. 8 - HOJA DE VIDA DEL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
FORMATO No. 9 - MODELO DE LA CARTA DE INFORMACIÓN DE CONSORCIO
FORMATO No. 10 - MODELO DE LA CARTA DE INFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
ANEXOS
ANEXO No. 1 ANEXO No. 2 ANEXO No. 3 -
PERSONAL MINIMO REQUERIDO
MINUTA DEL CONTRATO
MATRIZ DE ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN, ASIGNACIÓN Y VALORACIÓN DE
RIESGOS
64