292 blanco y negro - Municipalidad de San Luis

BOLETIN OFICIAL
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
Recepción de Publicaciones - Dirección de Despacho y Boletín Oficial
Creado: ORDENANZA Nº 2944 - HCD - 2004
Dto: Nº 18 - SdeG - 2004
Distribución de ejemplar: GRATUITA
Municipalidad de la Ciudad de San Luis
San Martín 590 - San Luis - Argentina
Obligatoriedad: Art. Nº 102
Ordenanza: 1789 - HCD - 1986
Miércoles 4 de Diciembre de 2013 - Año 10 - Nº 292
PODER EJECUTIVO MUNICIPAL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
INTENDENTE MUNICIPAL
DR. ENRIQUE ARIEL PONCE
AUTORIDADES
JEFE DE GABINETE
DR. LUIS A. MACAGNO FERNANDEZ
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
DR. CARLOS OMAR VILCHE
SECRETARIA DE GOBIERNO
Y SEGURIDAD CIUDADANA
DR. FEDERICO JAVIER CACACE
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL,
SALUD Y EDUCACIÓN
SR. CARLOS ALBERTO JACOMET
Subsecretaría de Gestión Pública
LIC. FRANCISCO JAVIER PETRINO
Dirección de Promoción del Desarrollo
Económico, Industrial y Comercial
SR. ANIBAL FERNANDEZ JANEIRO
Dirección de Modernización del Estado
LIC. AIMAN FARID GERAIGES MAGRINI
Dirección de Sistemas Informáticos
y Tecnología de Gestión
LIC. RAUL ALFREDO LOYOLA
Dirección de Recursos Humanos
PROF. CLAUDIA LUCIA ESPEJO
Dirección de Compras y Contrataciones
SR. SEBASTIAN PAEZ SEGALA
Subsecretaría de Comunicación Pública
y Cultura
SRA. NORMA BEATRIZ CRESPO
Dirección de Prensa, Ceremonial
y Protocolo
LIC. EDUARDO MARCELO GARGIULO
Dirección de Comunicación Institucional
LIC. ROCIO VELAZQUEZ
Dirección de Cultura
SR. HUGO DANIEL SAAVEDRA
Asesoría Letrada
DR. RICARDO JUAN ANDRE BAZLA
Dirección Técnico - Legal
DR. FACUNDO N. CAÑAS MORSINO
Subsecretaría de Gobierno
y Juventud
SRA. DANIELA SERRANO
Dirección de Defensa Civil
SR. ANTONIO ALBERTO AGUILERA
Dirección de Despacho y Boletín Oficial
DR. GUSTAVO MARCELO ADARO
Dirección de Relaciones Institucionales
SR. CLAUDIO GUILLERMO LIMBRICI
Dirección de Participación Ciudadana
SR. JACINTO GARCIA
Dirección de Tránsito, Seguridad y Vía Pública
SR. JOSE ANTONIO PEREIRA
Escribanía Municipal
ESC. FERNANDO CANGIANO GARGIULO
Subsecretaría de Coordinación
de Políticas Sociales
CPN MARIA ALEJANDRA RAMOS
Dirección de Promoción del Trabajo
y la Economía Social
PROF. IRIS PAEZ
Dirección de Protección Integral de Familia,
Género y Sectores Vulnerables
LIC. MARIA LAURA PEREZ
Dirección de Derechos Humanos
LIC. ANA MARIA GARRAZA
Dirección de Educación y Capacitación
Popular
SRA. MABEL ALEJANDRA BECERRA
SECRETARIA DE
SERVICIOS PUBLICOS
ING. RAMON LUIS ZARRABEITIA
SECRETARIA DE VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO
ARQ. ENRIQUE JAVIER PICCO
SECRETARIA DE HACIENDA
E INGRESOS PUBLICOS
C.P.N. ESTEBAN ANDRES PRINGLES
Subsecretaría de Políticas
Socio Sanitarias
DRA. LILIANA URBINA
Dirección de Atención Primaria de la Salud
DR. MARIO ALBERTO PERALTA
Dirección de Abordaje Social Integral,
Territorial y CIC'S
SRA. PATRICIA LORENA NIEVAS
Dirección de Deporte y Recreación
PROF. MAURICIO SOSA
Subsecretaría de Servicios Básicos
ING. HECTOR JOAQUIN FILIPELLO
Dirección de Administración y Gestión de Redes
SR. EDGAR SERGIO MAGALLANES
Dirección Técnica de Servicios Básicos
ING. MARIO HECTOR TERRE
Subsecretaría de Servicios Públicos
SR. CARLOS RODOLFO MARINI
Dirección de Alumbrado
ING. HÉCTOR RAMÓN FUNES
Dirección de Limpieza Urbana y Espacios Verdes
SR. JUAN LEONARDO ARANDA
Dirección de Recolección de Residuos
SR. DIEGO CARLOS SALA
Subsecretaría de Transporte,
Servicios Generales y Ambiente
SR. JUAN PABLO GALERA
Dirección de Transporte
DR. CARLOS ALBERTO PUW
Dirección de Medio Ambiente
SR. JOSÉ ROBERTO ESPINOZA
Dirección de Bromatología
SR. EDGAR MEDINA
Dirección de Salud Animal, Zoonosis y
Control de Plagas
MED. VET. RAÚL MARTÍNEZ
Dirección de Cementerios
SR. JOSÉ BRESSANO
Dirección de Planeamiento y Proyectos de Vivienda
ARQ. LUIS IGNACIO CERVERA
Dirección de Patrimonio Histórico y Ambiental
ARQ. RICARDO MENENDEZ BENEITONE
Subsecretaría de Obras Públicas,
Planeamiento y Desarrollo Urbano
SR. ARIEL EDGARDO ALCARAZ
Dirección de Obras Públicas
SR. SANTIAGO ESQUIVEL FRONTINI
Dirección de Vialidad
SR. LITO CELESTINO MUÑOZ
Dirección de Proyectos Urbano-Arquitectónicos
ARQ. SERGIO CALDERON ARCHINA
Dirección de Patrimonio Histórico Ambiental
ARQ. RICARDO MENENDEZ BENEITONE
Dirección de Obras Privadas Catastro e
Inspección de Obras
ARQ. CLAUDIA PONCE
Dirección Fiscalización de las
Actividades Comerciales e Industriales
CPN MARIO ANTONIO MAURO ABERASTAIN
Dirección de Ingresos Públicos
CPN ALEJANDRA PINA MAS
Contaduría
C.P.N. MARTIN A. ZAPATA MARTINEZ
Tesorería
SR. GILBERTO ALDO MIRANDA
Dirección de programación Financiera
y Control Presupuestario
LIC. SANTIAGO DIAZ
Presidente
SRA. ZULEMA ESTHER RODRIGUEZ SAA
Vicepresidente 1º
SR. JORGE ISMAEL PEREIRA
Vicepresidente 2º
SR. RAUL LABORDA IBARRA
Secretaria Legislativa
SRA. SONIA EDITH FLORES
Secretaria Administrativa
C.P.N. MARIA ANGELICA HIERHOLZER
Pro Secretaria Legislativa
SRA. MARIA ISABEL VALDIVIELSO
Pro Secretario Administrativo
SR. JAVIER ALEJANDRO REZZANO
CONCEJALES
SR. ROBERTO GONZALEZ ESPINDOLA
SR. FRANCISCO CESAR GUIÑAZU
SR. RAUL LABORDA IBARRA
SRA. MARCELINA JACINTA LUCER
SR. NESTOR PEDRO MENENDEZ
SR. AUGUSTO FABIAN VAN SOEST
SR. JORGE ISMAEL PEREIRA
SR. ALEJANDRO QUIROGA
SRA. MARTA RIVADERO
SRA. ZULEMA ESTHER RODRIGUEZ SAA
SR. CARLOS ARIEL ROSSO
SR. FERNANDO ALDO SALINO
SR. ALEJANDRO SOSA
SR. GUSTAVO ADOLFO ZAVALA
JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL
AUTORIDADES
Juez de Faltas Municipal
DR. NESTOR ALEJANDRO FERRARI
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MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
SAN LUIS, 28 DE AGOSTO DE 2013
PESOS DOS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2,75);
Que a sus efectos, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
VISTO:
El artículo 3o de la Ordenanza ¹ 3309-HCD-2013, el Expediente ¹18090-S-2013
Por ello y en uso de sus atribuciones,
y;
CONSIDERANDO:
EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS
Que oportunamente mediante la Ordenanza citada, el Honorable Concejo
Deliberante de la Ciudad de San Luis, decidió en el Artículo 1.-, que el precio del pasaje
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Disponer en ejercicio de las facultades delegadas por el Honorable
correspondiente al Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de San
Concejo Deliberante al Poder Ejecutivo Municipal, por el Artículo 3.-, de la Ordenanza ¹
Luís será de $ 2 (dos pesos);
3309-HCD-2013, un aumento en el Precio actual del Boleto del Pasaje correspondiente al
Que asimismo, en el Artículo 3.- estableció, que: "El Poder Ejecutivo Municipal podrá
disponer durante el mes de Agosto de 2013, con carácter excepcional y por única vez, un
aumento en el precio del pasaje del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de la
Ciudad de San Luis, a un valor que en ningún caso superará los DOS PESOS CON SETENTA
Y CINCO CENTAVOS ($2,75)".
Que entre los motivos que ha llevado al Honorable Concejo Deliberante a adoptar la
Servicio de Transporte Público de Pasajeros de la Ciudad de San Luis, por la suma de PESOS
DOS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($2,75).
ARTICULO 2.- Comuníquese con copia del presente, al Honorable Concejo
Deliberante, remitiendo nota de estilo a la Sra. Presidente.
ARTICULO 3.- El aumento dispuesto entrará en vigencia a partir de su publicación
en el Boletín Oficial del Municipio de la Ciudad de San Luís.
disposición contenida en el referido Artículo 3.-, de la Ordenanza ¹ 3309-HCD-2013, se
ARTICULO 4.- El presente Decreto es suscripto por el Señor Intendente Municipal,
cuentan, según se expresa en los considerandos de la misma, que el aumento de la tarifa
Dr. Enrique Ariel PONCE, refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete, Dr. Luis Andrés MACAGNO
debe ser llevado a cabo en forma gradual, de manera de procurar minimizar el impacto que
FERNANDEZ, el Señor Secretario de Servicios Públicos, Ing. Ramón Luis ZARRABEITIA, y el
recibirán los usuarios del servicio.
Señor Secretario de Legal y Técnica, Dr. Carlos Ornar VILCHE.
Que forzosamente debe interpretarse que el espíritu del legislador ha sido el de
garantizar en el corto plazo un precio del pasaje que resulte acorde a la realidad económica
ARTICULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO Nº 954-SSP-2013
actual, y que al mismo tiempo, no se vean menoscabados los derechos de los usuarios del
Servicio Público.
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Que en tal sentido, es propicio señalar que el precio del boleto de colectivo de la
Ciudad de San Luis continúa siendo uno de los más bajos del país, y de la Provincia, aún a
pesar de la recomposición que se produjo en el mes de abril del corriente año mediante la
Ordenanza bajo análisis.
Que la actualización de la tarifa plana, en los términos de lo normado por la
Ordenanza ¹3309-HCD-2013, continúa siendo una necesidad imprescindible, no sólo para
atender requerimientos empresariales, optimizando la prestación de servicio con la
incorporación de nuevas unidades y la extensión del recorrido, sino que además, se
encuentra íntimamente vinculado con la atención y otorgamiento de beneficios a sectores
vulnerables de la comunidad y para garantizar derechos humanos consagrados por la
Constitución Nacional, Pactos internacionales y nuestra Carta Orgánica Municipal.
Que con relación a lo expresado precedentemente, es dable señalar la plena
vigencia de la Ordenanza que estableció el Programa del "Boleto Estudiantil Gratuito", siendo
que su creación se encuentra destinada a contribuir y garantizar el acceso a la educación de
todos, considerándolo como un deber insoslayable del Estado y un derecho humano
fundamental.
Que asimismo, los aumentos en el costo de vida, los incrementos salariales del
personal, los mayores costos de bienes e insumos, en este último supuesto, se destaca la
adquisición de nuevas unidades, se constituyen en factores determinantes que obligan a el
Poder Ejecutivo a hacer uso de la facultad que le ha sido conferida por el Honorable Concejo
Deliberante en la Ordenanza contenida en el Visto, disponiendo en consecuencia el
incremento del precio del boleto, en los términos determinados por el dispositivo legal que nos
ocupa.
Que en razón de todo lo expuesto, el Poder Ejecutivo Municipal considera necesario
y oportuno hacer uso de las facultades que le han sido delegadas por el Artículo 3.- de la
Ordenanza en cuestión, disponiendo el aumento en el precio del Pasaje del Servicio Público
de Transporte Urbano de Pasajeros.
Que esta medida significaría un incremento en el boleto del trasporte urbano en la
Ciudad de San Luis, el que ascenderá a la suma de PESOS DOS CON SETENTA Y CINCO
CENTAVOS ($2,75), suma que, huelga repetir, aún se encuentra muy por debajo de los
valores que se abonan en otras Ciudades, donde en el caso de la Ciudad de Villa Mercedes, el
valor del boleto del trasporte urbano se ha establecido días atrás en PESOS TRES CON
SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($3,75).
Que la facultad otorgada por el Poder Legislativo Municipal, debe ser ejercida de
manera excluyente durante el mes de Agosto del presente año y por así haberlo dispuesto el
Honorable Concejo Deliberante, el aumento en la tarifa no podrá en ningún caso superar los
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