instructivo beca presidente de la república

INSTRUCTIVO: PROCESO DE RENOVACIÓN BECA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA JUNAEB 2015
Estimados/as Estudiantes: les informamos que se abre el proceso de renovación de Becas
JUNAEB: BECA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Por favor leer acuciosamente el siguiente
instructivo.
I. PLAZOS:
El proceso de postulación y renovación se llevará a cabo desde el 09 de marzo al 20 de
marzo de 2015.
Se recomienda encarecidamente que puedan realizar su postulación/renovación en la
primera semana, de manera de gestionar a tiempo la renovación o postulación de la beca
respectiva, para que puedan contar con el beneficio oportunamente.
II. LUGAR Y HORARIO DE ATENCIÓN:
 Edificio R, Dirección de Relaciones Estudiantiles, de 09:00 horas a 13:00 horas, de lunes
a viernes.
 Asistente Social a cargo: según carrera.
 Solicitud de hora de atención: en www.sireb.usm.cl.
 No se aceptan postulaciones vía internet.
 Las horas de atención serán para entregar de documentos, no para consultas generales del
proceso.
III. REQUISITOS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR:
RENOVACIÓN DE BECA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
Requisitos.
 Acreditar calidad de alumno/a regular 2015.
 Acreditar y mantener semestralmente un ingreso per cápita que no supere los $195.434
 No sobrepasar la duración máxima como beneficiario/a, considerando la duración normal de la
carrera (no se considerarán los períodos de suspensión autorizados por el Departamento de
Becas).
 Alumnos que egresan de educación media deben acreditar un rendimiento académico igual o
superior a 6.0 en cuatro medio y la obtención de 475 o más puntos en la Prueba de Selección
Universitaria. Para estos alumnos/as se recomienda realizar la renovación en el municipio de
origen como última vez).
 Acreditar un rendimiento académico igual o superior a 5.0 (en escala de 1 a 7), y mantener la
situación socioeconómica que dio origen a la beca, según cohorte de asignación de la beca (año
de obtención del beneficio).
Documentación general.
1. FORMULARIO UNICO DE POSTULACION Y RENOVACION AÑO 2014 – 2015. Formado
por el/la alumno/a. (ver anexos).
2. Fotocopia de cédula de identidad del alumno/a por ambos lados y de todos los integrantes del
grupo familiar informado (o certificados de nacimiento).
3. Certificado de Notas del último período académico cursado en escala de 1 a 7 (2014). El/la
alumno/a deberá entregar este certificado junto con toda la documentación solicitada. NO será
válido el resumen académico de SIGA, pues no cuenta con la conversión de escalas.
4. Certificado de alumno regular 2015. El/la alumno/a deberá entregar este certificado junto con
toda la documentación solicitada.
5. Documentación que acredite los ingresos económicos del grupo familiar, semestralmente (ver
punto IV).
Página 1 de 6
6. Documentación anexa solicitada por el profesional Asistente Social considerada de importancia
para validar los antecedentes entregados (certificado médico, credencial de discapacidad, etc.)
7. Documentación pertinente que respalde alguna situación académica especial como:
congelamiento, cambios de carrera, cambios de institución o apelación (ver documentos anexos
e información de estados especiales).
Observación: El proceso de renovación de las becas de Educación Superior es semestral (AgostoDiciembre). Una vez iniciado el mes de agosto el Departamento de Becas Dirección Nacional de
JUNAEB suspenderá automáticamente el pago del beneficio a los estudiantes de dicho nivel
educacional. Para reanudar los depósitos se exigirá acreditar los requisitos establecidos según
cohorte de año de ingreso a la beca acorde a los plazos establecidos en el Calendario de Renovación
Segundo Semestre (se informarán oportunamente).
* ESTADOS ESPECIALES BECA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SUSPENSIÓN:
- En el evento que un/a becado/a no continúe sus estudios regulares durante el año lectivo,
puede solicitar la suspensión del beneficio, siempre y cuando cumpla con los requisitos
correspondientes. JUNAEB una vez analizados los antecedentes y resuelto de manera
favorable a dicha solicitud, procederá a resguardar el cupo para el proceso de renovación
inmediatamente siguiente y suspender el pago de la beca por el periodo de suspensión
aprobado.
- Procedimiento: la solicitud del estudiante debe especificar las razones de la misma y la
duración de la suspensión en la entrega de beneficio. Se adjunta formulario de suspensión
(ver en anexos), el que se acompañará con toda la documentación necesaria, la que será
idéntica a la utilizada en el proceso de renovación 2015, adjuntando el certificado de
aprobación de asignaturas v/s asignaturas inscritas 2014, exceptuando el certificado de
alumno regular 2015. Las suspensiones serán resueltas por la Unidad de Becas Dirección
Regional de JUNAEB. El mal rendimiento académico no constituye una causa posible de
argüir para solicitar la suspensión del beneficio para luego proceder a reactivarlo.
- Duración de la Suspensión:
a. Todo estudiante beneficiario/a de Educación Superior podrá acogerse a la suspensión una
sola vez en su trayectoria de becado/a, en dicho nivel educacional.
b. El período mínimo para suspender es de cinco meses y el máximo de un año. Como
excepción, podrá acogerse a suspensión por un máximo de dos años, siempre y cuando el
estudiante presente una causal distinta a la esgrimida en el período inmediatamente anterior.
Ejemplo: Un joven se acoge a suspensión por cumplimiento de servicio militar y al año
siguiente presenta una enfermedad que le impide continuar sus estudios.
d. Se permitirá la suspensión durante el año académico, suspendiéndose así también, los
pagos del beneficio por el periodo que reste de la entrega del mismo. Se ingresará en
sistema de becas el estado de Suspensión del semestre que corresponda (Suspensión Primer
Semestre, Suspensión Segundo Semestre o Suspensión Anual) descontándose al momento
de la reactivación los meses cancelados durante el periodo de suspensión.
APELACIONES:
- La solicitud de apelación del estudiante debe especificar las razones de la misma
adjuntando el formulario de Revisión/Apelación por Nota y de Revisión /Apelación por
ingreso o IPC (ver anexos), adjuntando idéntica documentación a la exigida para el proceso
de renovación 2015, el certificado de aprobación de asignaturas v/s asignaturas inscritas
2014, el certificado de alumno regular 2015, y todos los antecedentes de respaldo que
avalen la solicitud del alumno.
CAMBIOS DE CARRERA:
Página 2 de 6
-
-
En el evento que un/a becado/a por razones fundadas, durante o terminando su primer año
de estudios superiores, decida cambiarse de carrera, podrá renovar la beca siempre y cuando
cumpla con los requisitos correspondientes y la solicitud se efectúe dentro de los plazos
establecidos. En casos excepcionales, debidamente acreditados, el estudiante de carrera
profesional (mínimo 8 semestres) podrá cambiarse de carrera hasta el sexto semestre de la
misma (del quinto al sexto), destacando que se mantendrá el año de ingreso y duración de la
carrera inicial. Se excluye de esta excepción los cambios de carrera profesional a carrera
técnica. No se exigirá rendimiento académico, salvo la cohorte 2011 en adelante. En caso
de nota inferior a 5.0 podrán solicitar la revisión/apelación del beneficio.
Procedimiento: la solicitud del estudiante debe presentarse en el proceso de renovación
especificando las razones del Cambio de Carrera, para este fin se adjunta formulario de
Cambio de Carrera (ver anexos), anexando idéntica documentación a la exigida para el
proceso de renovación 2015 y todos los antecedentes de respaldo que avalen la solicitud del
alumno/a. El Cambio de Carrera será resuelto por la Unidad de Becas Dirección Regional
de JUNAEB con todos los antecedentes proporcionados.
CONTINUIDAD DEL BENEFICIO PARA CARRERAS TÉCNICO- PROFESIONAL:
- En el evento que un/a becado/a que terminando sus estudios técnicos prosigan al semestre o
año siguiente con una carrera del nivel profesional (duración mínima de ocho semestres),
ejemplo: Técnico en Computación que continúa con Ingeniería en Informática, podrá
solicitar la continuidad del beneficio por 2 años (4 semestres) de extensión, siempre y
cuando cumpla con los requisitos correspondientes y la solicitud se efectúe dentro de los
plazos establecidos. En casos que la carrera del estudiante mantenga dentro de su régimen
de estudio la condición de continuidad de estudio a carrera profesional, sin otorgar título de
carrera técnica, se deberá adjuntar documento donde se señale explícitamente esta situación,
sólo para estos casos el certificado de título será reemplazado por documento antes
señalado.
- Procedimiento: la solicitud del estudiante debe presentarse en el proceso de renovación
especificando la solicitud de Continuidad, para este fin se adjunta formulario de
Continuidad para Carrera Técnico Profesional (ver anexos), adjuntando idéntica
documentación a la exigida para el proceso de renovación 2015 y todos los antecedentes de
respaldo que avalen la solicitud del alumno dentro de los plazos establecidos. La
Continuidad del beneficio será resuelto por la Unidad de Becas Dirección Regional de
JUNAEB con todos los antecedentes proporcionados.
TÉRMINO ANTICIPADO O SUPRESIÓN DE LA BECA:
- Las situaciones que se enuncian a continuación, dan origen al Término Anticipado del
Beneficio o Supresión, antecedentes que serán remitidos vía oficio a la Dirección Nacional
JUNAEB:
1. Egreso del sistema educacional y titulación.
2. Retiro definitivo de los estudios.
3. Ingreso per cápita superior al máximo exigido por el Departamento de Becas de la
Dirección Nacional para el Proceso 2014-2015 ($195.434). Salvo que se efectúe solicitud
de apelación-revisión y ésta sea aceptada.
4. Extinción del período máximo de goce del beneficio permitido, en relación a la duración
normal de la carrera.
5. Fallecimiento del beneficiario/a.
6. Obtención de otro beneficio incompatible con BPR.
7. Segunda solicitud de Suspensión rechazada.
8. Cambio de carrera rechazada.
9. Incumplimiento de promedio de notas mínimo exigido en educación superior, salvo que
se efectúe solicitud de apelación-revisión y ésta sea aceptada.
10. Revisión/Apelación Rechazada.
11. No mantener los requisitos que dieron origen a la beca.
Página 3 de 6
12. No informar oportunamente los cambios producidos en su situación económica, social
y/o académica que dieron origen al beneficio.
13. No realizar la renovación anual o de segundo semestre de la Beca exclusivamente en los
plazos establecidos.
14. No informar oportunamente situación de pago indebido, a fin de completar el pago o
descontarlo según corresponda en la cuota siguiente.
En caso de omisión o alteración de los antecedentes consignados en el proceso de renovación de la
Beca Presidente de la República, el Departamento de Becas de la Dirección Nacional procederá a
poner término anticipado o supresión del beneficio de carácter irrevocable.
IV. DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO DE INGRESOS Y OTRAS SITUACIONES.
Aclaración: Se deben registrar los ingresos de todos los integrantes de la familia. Se considerarán
como ingresos todas las sumas de dinero que a cualquier título perciba cada integrante del grupo
familiar, sea de manera periódica o esporádica. EJEMPLO: las remuneraciones, los honorarios
líquidos, las pensiones, las rentas, las ganancias de capitales, ganancias por arriendos, retiros, los
aportes de terceros, los ingresos extraordinarios, etc. Se incluyen además, los ingresos
correspondientes a Subsidios Monetarios del Estado: Subsidio Familiar, Subsidio de Cesantía y
Pensiones Asistenciales (Ancianidad y/o Invalidez). Se excluyen los montos percibidos por
concepto de las Becas de Mantención de JUNAEB y otros beneficios educacionales.
Lista de documentación:
ÍTEM
Antecedentes
de
Renovación
Generales
CAUSA
Antecedentes
del/de la
Alumno/a
Alumno/a con
capacidad
sensorial o
motora
disminuida.
Alumno/a padre
o madre
Ingresos
(De todos los
integrantes del
DOCUMENTOS SOLICITADOS
- Formulario de renovación 2014-2015, impreso y firmado por el/la alumno/a
(ver anexos).
- Fotocopia de cédulas de identidad por ambos lados de todos los integrantes del
grupo familiar, incluyendo al alumno/a.
- Declaración de Gastos mensuales con boletas de respaldo. Todo renovante o
postulante debe completar este formulario.
- Todos los integrantes del grupo familiar mayores de 18 años deben presentar el
certificado de cotizaciones emitido por la AFP 2014 y 2015, o certificado de no
afiliación, disponible en
http://www.safp.cl/apps/certificados/formConsultaAfiliacion.php.
- Además todos los integrantes del grupo familiar mayores de 18 años deben
presentar impreso la “consulta de situación tributaria de terceros” disponible en
https://zeus.sii.cl/cvc/stc/stc.html. En caso de contar con inicio de actividades,
deben anexar a esta consulta toda la documentación que respalde dicha
actividad, según lo descrito en líneas sucesivas.
- Certificado de discapacidad (COMPIN).
- Certificado de Nacimiento de cada hijo/a con nombre y Rut de padre y madre.
- Documento judicial de pensión alimenticia pagada. En caso de que hijo no viva
con alumno/a.
Alumnas
Embarazadas
- Certificado médico que acredite embarazo.
Sueldos.
- Liquidación de sueldo (no certificado) o colilla de pensión de todas las
personas que perciben ingresos de SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y
NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN INDICACIONES DE JUNAEB).
Página 4 de 6
grupo
familiar)
Pensiones de
Vejes,
Sobrevivencia o
Invalidez.
Pensiones
estatales
Honorarios.
Retiros.
Dividendos.
Intereses
Ganancias de
capital
Arriendo de
Bienes Raíces.
(inmueble o
vehículo)
Pensión
Alimenticia:
Entrega /
Recibe.
Otras
actividades.
Tenencia de
Bienes (sólo
para bienes que
generan renta)
Vehículos.
Situaciones
Conflictos
Propiedades.
- Certificado de cotizaciones previsionales emitido por la AFP del año 2014, con
Rut de empleador o pagador. No se aceptan certificado de PREVIRED.
- Liquidación de pago de pensión. SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y
NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN INDICACIONES DE JUNAEB).
- Colilla de pago de Subsidios Monetarios del Estado (Subsidio Familiar,
Pensión Asistencial, Subsidio de Cesantía) SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y
NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN INDICACIONES DE JUNAEB).
- Boletas de Honorarios físicas de SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y
NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN INDICACIONES DE JUNAEB),
consecutivas.
- Resumen Anual de Boletas de Honorarios Electrónicas emitidas en 2014 y año
2015. Disponible en www.sii.cl. Y Boletas de Honorarios Electrónicas de:
SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN
INDICACIONES DE JUNAEB), consecutivas.
- Carpeta Tributaria para Solicitar Créditos, disponible en www.sii.cl.
- Carpeta Tributaria para Solicitar Créditos, disponible en www.sii.cl,
- Más certificado de retiros mensuales de SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y
NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN INDICACIONES DE JUNAEB), emitido por
contador.
- Certificado de dividendos emitido por cada empresa donde se posean acciones:
SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN
INDICACIONES DE JUNAEB).
- En caso que hayan sido vendidas las acciones durante el año 2014 o 2015, se
deberá acreditar la venta.
- Acreditar intereses percibidos por concepto de depósitos a plazo, bonos y/o
ganancias de fondos mutuos durante el período SEPTIEMBRE, OCTUBRE
Y NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN INDICACIONES DE JUNAEB).
- Comprobantes de venta de cualquier activo realizado durante el año 2014 o
2015 (acciones, bonos, bienes raíces, etc.).
- Copia del contrato de arriendo.
- Comprobantes de pagos recibidos por arriendo durante el período
SEPTIEMBRE, OCTUBRE Y NOVIEMBRE 2014 (SEGÚN
INDICACIONES DE JUNAEB).
Padres separados de hecho:
- Documento judicial que acredite regularización de pensión de alimentos.
- Acta de Cese de Convivencia del registro civil para padres separados de hecho.
Padres separados legalmente:
- Resolución judicial de separación, acta de mediación aceptada por tribunal,
fotocopia de libreta de ahorro de pago de pensión de alimentos y depósitos
receptivos, etc.
- En caso de morosidad en el pago de la pensión alimenticia presentar
declaración judicial que certifique dicha situación.
Sin giro comercial:
- Declaración de Gastos Mensuales (ver anexos).
- Boletas y comprobantes que acrediten el nivel de gasto del mes de FEBRERO
2015.
- Informe social completo según formato anexo (formato sugerido) elaborado
por Asistente Social de Municipio o Consultorio más cercano a domicilio.
- Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo (por ambos lados).
- Comprobante de compra o venta de vehículos que hayan sido realizadas
durante el año 2014 o 2015.
- Certificado de Avalúo Fiscal – Servicio de Impuestos internos:
https://zeus.sii.cl/avalu/br/brh110.htm.
- Comprobante de compra o venta de bienes raíces que hayan sido realizadas
durante el año 2014 o 2015.
- Discapacidad de algún familiar: Certificado de inscripción en el Registro
Página 5 de 6
Especiales que
han afectado al
alumno/a
durante
el año 2014
familiares
Enfermedad
crónica o
catastrófica de
alto costo, no
cubierta por el
AUGE.
Hermanos u
otro integrante
del núcleo
familiar en
Educación.
Fallecimiento
del Sostenedor
del grupo
familiar
(ocurrido
durante 2014 o
2015)
Cesantía del
sostenedor u
otro integrante.
Casos dudosos
Personas sin
ocupación ni
ingresos o con
trabajo
doméstico no
remunerado
-
Nacional de la Discapacidad o Certificación de la discapacidad otorgado por la
COMPIN.
Trastorno de salud mental: Certificado Médico.
Violencia intrafamiliar: Certificado emitido por el Tribunal de Familia.
Problema legal: Certificado del Juzgado donde se tramita la causa.
Alcoholismo o drogadicción: Certificación Médica.
Certificado Médico con el diagnóstico correspondiente, en el cual se
especifique el monto mensual de gasto por este concepto.
Comprobantes de gastos médicos último mes (bonos, farmacia, etc.).
- Si provienen de una carrera de educación superior o de las FF.AA. acreditar
PAGO DE ARANCEL MENSUAL (2014) Y MATRICULA 2015.
- Certificado de Defunción emitido por el Registro Civil o fotocopia de su
registro en la libreta de familia.
-
Último finiquito de trabajo emitido por el empleador.
Certificado de subsidio de cesantía o certificado de seguro de cesantía.
Certificado de cotizaciones de AFP de los últimos 12 meses.
Consulta tributaria de terceros disponible en https://zeus.sii.cl/cvc/stc/stc.html
(se imprime la información que genera la pantalla al ingresar el RUT).
- Informe social completo según formato anexo (formato sugerido) elaborado
por Asistente Social de Municipio o Consultorio más cercano a domicilio.
- No se aceptará dentro del grupo familiar a personas sin ocupación, ni ingresos,
que siendo mayores de 18 y menores de 65 años de edad no estén
imposibilitadas de estudiar ni de trabajar.
- Dueñas/os de casa o personas sin actividad laboral remunerada deben presentar
la consulta tributaria de terceros disponible en
https://zeus.sii.cl/cvc/stc/stc.html (se imprime la información que genera la
pantalla al ingresar el RUT) y la consulta de afiliación a AFP disponible en
http://www.safp.cl/apps/certificados/formConsultaAfiliacion.php. Si no están
afiliados a alguna AFP se debe imprimir el certificado de no afiliación que
arroja la página. En cambio, si están afiliados a una AFP deben presentar el
certificado de cotizaciones de AFP de los últimos 12 meses.
Observación:
Los ingresos procedentes de aportes de terceros (parientes u otras personas no integrantes del grupo
familiar), deberán ser consignados en los ingresos del jefe de familia.
Vale recordar que la no entrega de la documentación solicitada será causal de supresión del
beneficio en cuestión. Asimismo, los profesionales Trabajadores Sociales /Asistentes Sociales
tendrán la facultad de solicitar mayor documentación para aclarar situaciones, aun cuando dicha
documentación no este descrita en los listados precedentes. Del mismo, modo se efectuarán visitas
domiciliarias de corroboración de datos.
No se aceptarán Declaraciones Simples ni Declaraciones Juradas ante Notario.
Página 6 de 6