Instructivo administrativo para la implementación de los “Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y Jóvenes de entre 15 y 18 años” (CESAJ) .Dirección Provincial de Educación Secundaria .Dirección Provincial de Educación Secundaria El presente Instructivo tiene la función de constituirse en un instrumento que permita tomar decisiones en pos de generar las mejores condiciones para el funcionamiento de los Centro de Escolarización Secundaria para Adolescentes y Jóvenes (CESAJ). A) Marco Legal del Proyecto CESAJ 1- Al marco legal que avala el Proyecto CESAJ lo constituyen la Resolución 5099/08 y las Disposiciones: 20/10 sobre equivalencias para CESAJ y 06/10 sobre evaluación en CESAJ. 2- La Resolución y ambas disposiciones pueden encontrarse en el portal de la DGCyE: www.abc.gov.ar B) Selección de los distritos para la creación de los Centros 1- El Equipo del Nivel Central define, de acuerdo con diversos criterios que tienen en cuenta especificidades del territorio, los distritos donde se presenta el proyecto. Las solicitudes realizadas por los equipos directivos de los servicios deberán estar avaladas por los Inspectores de enseñanza de Educación Secundaria, Inspectores de las modalidades Formación Profesional, Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, Educación Física y de Educación Artística y las autoridades educativas del distrito y la región. En virtud de ampliar la participación de los actores educativos territoriales se sugiere incluir en el análisis de la propuesta a referentes de Política Socioeducativa, representantes de los Equipos Interdisciplinarios de PC y PS que el distrito considere conveniente convocar y referentes de las Organizaciones sociales que pudieran estar interesadas en la articulación del proyecto. 2- Luego de la evaluación distrital, y atentos a la fecha propuesta por la Dirección Provincial de Educación Secundaria, cada distrito presentará la cantidad de solicitudes que considere necesarias (se recomienda no superar los tres proyectos por Distrito). Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 2 Cada propuesta deberá contar con: a. Especificación de la escuela referente del proyecto (indispensable para la implementación del proyecto puesto que los estudiantes de CESAJ estarán matriculados en dicha Escuela) donde se incluyan los datos de la institución, del director/a, de los/las inspector/as de nivel y de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social. (Cuadro en Anexo 2) b. Matrícula tentativa: integrada por 25 a 30 jóvenes que se encuentren sin escolarizar y estén comprendidos en la franja etaria prevista por la Resolución 5099/08. (Cuadro en Anexo 3) c. Datos del Centro de Formación Profesional con el cual se articulará. d. Lugar físico y horario de funcionamiento del CESAJ. e. Listado de docentes propuestos por materia y tutor que formarán parte de la experiencia. (Cuadro en Anexo 4) f. Datos de la organización Social que articulará el proyecto especificando brevemente su función social y actividades que realiza en la comunidad (Cuadro en Anexo 2) 3- Recibidas todas las presentaciones, el Equipo Central evaluará y definirá la viabilidad de las propuestas, autorizando la apertura de los CESAJ que será comunicada al territorio. C) En relación a Formación Profesional 1- El conjunto de actores territoriales, incluyendo a los estudiantes del CESAJ definirán los cursos de FP, de acuerdo a la disponibilidad de ofertas en los distritos. 2- Desde el Distrito se consultará a la Dirección de Formación Profesional todo lo vinculado a la implementación de los cursos en el marco del CESAJ, incluyendo la disponibilidad de los insumos requeridos y el mecanismo de afectación de los instructores Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 3 3- Cada Dirección (de nivel y modalidad) dispone de una cantidad de módulos y cargos en el caso de Educación Secundaria y de horas cátedras en el caso de Formación Profesional para el desarrollo del proyecto. Por lo tanto no podrán afectarse módulos de secundaria para los cursos de FP. 4- Para el buen funcionamiento del proyecto es indispensable la articulación permanente entre la Escuela Secundaria de Referencia, el CFP y la Organización Social. Por tanto, deben realizarse reuniones periódicas a fin de monitorear el desarrollo del formato CESAJ D) Selección de Docentes para CESAJ 1- Los Docentes de CESAJ serán elegidos según lo prescripto en la Resolución 5099/08. Éstos deberán contar con un perfil adecuado para esta propuesta. 2- En dicha selección deberán participar los Inspectores involucrados en la implementación del proyecto, el/la director/a de la secundaria referente, los Equipos de la Dirección de PC y PS que sean asignados para trabajar en la implementación del Proyecto y la Organización social que articule la propuesta. Así mismo se podrá convocar a otros actores territoriales que se consideren pertinentes por ejemplo: referentes de Política Socioeducativa, representantes de los gremios docentes del distrito, etc. 3- Los Docentes serán afectados por el artículo 115 C del Estatuto Docente con goce de haberes, debiendo ser titulares en primera instancia o provisionales en segundo término. No podrán afectarse docentes con cargo suplente. 4- La licencia por interés público o del Estado (Artículo 115 C) deberá ser solicitada por el interesado, acompañada de una certificación expedida por el inspector referente del CESAJ. La misma deberá consignar claramente la fecha de inicio y finalización de la licencia y los módulos, horas y/o cargos afectados. (Anexo 1). 5- Dicha licencia deberá ser solicitada en los términos que explicita el Art. 117 inc. 5 del Estatuto Docente. Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 4 6- En el caso que un docente fuera convocado para una nueva cohorte, su licencia deberá ser tramitada en los términos explicitados anteriormente. 7- Es responsabilidad del Inspector referente informar los cambios que se produzcan en el equipo docente de cada CESAJ. Producido el levantamiento de la licencia, el docente deberá retomar sus actividades en el establecimiento que corresponda, situación que deberá ser registrada en la planilla de contralor siguiente. 8- En caso de presentarse dificultades con el cobro de haberes, el hecho será comunicado a la brevedad a esta Dirección Provincial. Será la Dirección Provincial de Educación Secundaria quien realizará la tramitación en el Departamento de Contralor. A los efectos de agilizar el tratamiento de las licencias se sugiere presentar los trámites de todos los docentes en forma simultánea, en una misma carpeta. 9- La figura del docente tutor, podrá ser cubierta por: preceptor de nivel secundario, miembro de Equipo de Orientación Escolar, maestro de grado o maestro de adultos. Cualquier otra situación deberá ser presentada a la Dirección de Educación Secundaria para su consideración y posterior aprobación por vía de excepción. Al respecto recordamos que es IMPORTANTE tener en cuenta el perfil del docente tutor como aquel que puede acompañar pedagógicamente las trayectorias escolares de los estudiantes. E) Confección del Contralor 1- Cada docente deberá ser consignado en el contralor de la escuela donde afecte sus módulos o cargo con la siguiente leyenda: “Docente afectado por el artículo 115 c (2), Resolución 5099/08-CESAJ” Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 5 Es muy importante no olvidar consignar el Nº (2) ya que es lo que garantiza el cobro y al finalizar la leyenda consignar la palabra CESAJ ya que es lo que permite la rápida ubicación del personal del departamento de contralor. 2- La escuela referente NO deberá confeccionar un contralor especial para CESAJ como así tampoco incorporar a los docentes provenientes de otros servicios en el contralor propio. 3- NO se debe generar CUPOF para los cargos de CESAJ ya que es una “experiencia educativa” que dura dos años y luego cierra. F) Estudiantes de CESAJ 1- Los estudiantes de los centros son matrícula de la Escuela Secundaria de referencia, por lo tanto deberán estar incorporados en el Libro Matriz de dicha institución y participarán de todas las acciones que derivan de decisiones institucionales como el resto de los estudiantes del servicio: cobertura de salud, SAE, becas, participación en el Centro de Estudiantes, entre otros. 2- Los estudiantes de CESAJ deberán tener entre 15 y 18 años, tal como lo indica la normativa. 3- Es preciso que estén fuera del Sistema Educativo ya sea porque nunca iniciaron la Escuela Secundaria o porque luego de haberla iniciado la abandonaron. G) Confección del Analítico para CESAJ Comunicación Nº 1/14 para la confección de analíticos incompletos, parciales y finales para estudiantes que han transitado parte de su escolaridad en CESAJ, Disposición 20/10 de la DPESec. de Equivalencias de CESAJ y Disposición 6/10 de la DPESec de Evaluación de los CESAJ Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 6 El CESAJ es una propuesta integral que entiende a la evaluación como un proceso continuo en la cual la nota debe reflejar cualitativa y cuantitativamente la trayectoria particular de cada estudiante en cada una de las materias. En este sentido, por no tratarse de una correspondencia entre los años del Ciclo Básico con los años del CESAJ, debe determinarse una sola nota para cada materia y luego trasladar esa misma nota en cada uno de los años correspondientes al Ciclo Básico. Cabe aclarar que en el caso de Ciencias Naturales se deberá promediar las notas correspondientes a Físico-Química y Biología y en el caso de Ciencias Sociales se efectuará el mismo procedimiento con Historia y Geografía. A continuación se detallan distintas alternativas a tener en cuenta al momento de confeccionar los certificados analíticos: Si el estudiante aprobara el Ciclo Básico Completo en CESAJ, la confección de los analíticos parciales deberá hacerse completando los espacios correspondientes a 1º, 2º y 3º año con sus respectivas notas numéricas de 1 a 10 para cada materia, agregando en OBSERVACIONES: “Ciclo Básico aprobado por Resolución 5099/08 (CESAJ).” 1- Si el estudiante hubiera cursado y aprobado el 1º ó 1º y 2º años del Ciclo Básico en una Escuela Secundaria y finalizado el mismo en un CESAJ, deberá consignarse en los espacios del analítico destinados a esos años lo que el estudiante cursó y aprobó en dicho establecimiento. Luego se completarán el/los espacio/s que correspondan a lo cursado en CESAJ como se dispone en el punto anterior del presente instructivo. 2- Cuando un estudiante de CESAJ solicite el pase a otra Escuela perteneciente o no al mismo Distrito y/o Provincia, se creará una comisión integrada por el Inspector/a de Enseñanza del Nivel Secundario, Director/a de la Escuela de Referencia, Tutor/a y Docentes quienes, teniendo en cuenta el Cuaderno de Seguimiento del Proceso de Aprendizaje, pondrán en consideración el proceso de formación del estudiante para evaluar y decidir qué año del Ciclo Básico de la Secundaria se dará por aprobado. Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 7 3- Los cursos que dependen de los Centros de Formación Profesional, serán certificados por los mismos, por lo que no deben ser consignados en el certificado analítico. H) Comunicación entre el Equipo de la DPES y los CESAJ. 1- A los efectos de agilizar la circulación de información, todos los actores que forman parte del proyecto cuentan con los contactos del Equipo de Inclusión de la DPES. 2- Todos los actores del proyecto pueden contactarse con esta Dirección respetando la vía jerárquica correspondiente. I) Asistencias Técnicas 1- Está prevista la realización de asistencias técnicas en el territorio por parte del Equipo de la DPES, a fin de brindar acompañamiento y orientación a los actores involucrados en cada uno de los centros. 2- Dichas asistencias son programadas por el Equipo de Inclusión de la DPES, de ser necesario pueden ser solicitadas desde los distritos. J) Informes de Seguimiento y Evaluación y del Funcionamiento general de los CESAJ 1- Está prevista la elaboración de un informe de seguimiento y evaluación de los CESAJ (Ver anexo 5). 2- Esta Dirección solicitará informes de situación periódicamente a los Inspectores, Directores y/o Tutores. 3- Se promoverá desde el Nivel Central la concreción de reuniones mensuales entre todos los actores responsables de llevar adelante el CESAJ como así también de quienes tienen la responsabilidad de supervisar el correcto funcionamiento del mismo. Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 8 4- Se elaborarán dispositivos de trabajo, que permitan abordar territorialmente y de manera conjunta con todos los actores involucrados en la implementación del Proyecto, los problemas de inasistencias que se pudieran generar en cada uno de los centros. 5- Será responsabilidad de los responsables de la implementación del proyecto generar las acciones pertinentes que vinculen a los estudiantes del CESAJ con el Ciclo Superior para garantizar así la continuidad y finalización de la Escuela Secundaria de todos los estudiantes que transitan este formato. 6- Todos los CESAJ contarán con la supervisión directa de un Inspector de Enseñanza designado por cada Jefatura Distrital y/o Inspector de la Modalidad de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social. 7- Será responsabilidad de los agentes del territorio continuar con el acompañamiento de las trayectorias escolares de los estudiantes de CESAJ en el Ciclo Superior, para ello se deberá completar una planilla con los datos de cada uno de los estudiantes que finalizaron el CESAJ y que se incorporen al 4º año del Ciclo Superior o su equivalente en Bachillerato de Adultos. Dicha planilla deberá ser remitida a esta Dirección tres meses después de que dichos estudiantes hayan finalizado el 4º año. (Ver Planillas en Anexos 6) K) Matrícula de los CESAJ 1- Los CESAJ funcionan con una matrícula de 20 a 30 estudiantes por centro. Sin embargo, esta puede sufrir modificaciones en el transcurso del proceso, por estudiantes que deben dejar de asistir o que terminan en un año y se incorporan al Ciclo Superior. Los lugares que queden vacantes podrán ser ocupados por otros jóvenes que se encuentren fuera del sistema educativo. Las formas de contactarse con el Equipo de Inclusión Educativa del Nivel Secundario son: Vía Telefónica al 0221-4295279 Vía Correo Electrónico: [email protected] Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 9 ANEXOS Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 10 Anexo 1 Lugar y Fecha A los efectos que resultaren pertinentes, se deja constancia que en el ámbito de esta Dirección General de Cultura y Educación se otorga licencia por ART. 115 c (2)-con goce de haberes- a partir del_________ hasta el___________, al / a la docente:________________________________________________________ DNI N º________________________ en los siguientes módulos / cargos: __________ de___________________________________Titular o Provisional de la Escuela __________________________________________. Atte. ………………………………………………. Inspectora referente del CESAJ Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 11 Anexo 2 “Centros de Escolarización para Adolescentes y jóvenes entre 15 y 18 años (CESAJ)” Región Distrito Localidad Escuela de referencia Dirección Teléfono Nombre del Director/a Correo Electrónico Nombre del Inspector/a de Nivel Correo Electrónico Nombre del Inspector de PC y PS Correo Electrónico Centro de Formación Profesional Organización Social que articula Dirección Teléfono Lugar de Funcionamiento del Centro Horario de funcionamiento del Centro Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 12 Anexo 3 Apellido y Nombre Edad Ultima escuela en la cual estuvo matriculado Trabaja Si/No Es jefe/a de hogar Si/No Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE Hijos Si/No 13 Anexo 4 Dirección General de Cultura y Educación Subsecretaría de la Educación Dirección Provincial de Educación Secundaria Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y jóvenes (CESAJ) Región: Distrito: Escuela Secundaria: Apellido y Nombre DNI Materia Prácticas del Lenguaje Matemática Físico química Biología Geografía Historia Educación Física Construcción de Ciudadanía Educación Artística Inglés Tutor FP Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 14 Anexo 5 INFORME DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION La implementación de la escuela secundaria de 6 años como unidad pedagógica y organizativa, tiene como objetivo lograr la inclusión, permanencia y acreditación de todos los y las jóvenes de la Provincia de Buenos Aires con una propuesta de enseñanza específica, universal y obligatoria. Desde el proyecto de los Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y Jóvenes entre 15 y 18 años (CESAJ), se plantea como desafío trabajar en la construcción y/o reformulación de formatos escolares que puedan dar respuesta a las diversas trayectorias educativas de los sujetos. En este sentido, “Los denominados nuevos formatos escolares intentan flexibilizar los cánones de la escuela tradicional en términos de abordajes del currículo, de apoyo a los estudiantes y de adecuación a las características de la población a la que intentan alcanzar”1 (Terigi, 2006). Los CESAJ responden a la necesidad de promover un espacio que ofrezca alternativas para completar el Ciclo Básico del nivel secundario para los adolescentes y jóvenes que por algún motivo nunca asistieron a la escuela secundaria o la abandonaron tempranamente. Sin embargo, no debe perderse de vista que los CESAJ serán una respuesta transitoria a dichas situaciones en tanto que las Escuelas Secundarias están generando las condiciones necesarias para el cumplimiento del derecho de los estudiantes a ingresar, permanecer y terminar sus estudios secundarios. Desde la Dirección Provincial de Secundaria se ha asumido la tarea y el compromiso de trabajar desde este formato para garantizar las condiciones para el ingreso y la permanencia y la inclusión Para su acompañamiento es precisa la implementación de un informe de seguimiento y evaluación de los CESAJ, que potencie la supervisión del programa y evaluación del proceso. 1 Terigi, F. “Las “otras” primarias y el problema de la enseñanza” en Terigi F. (comp.). Diez miradas sobre la escuela primaria. F. Fundación Osde y Siglo XXI Editores, Bs. As., 2006. Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 15 Evaluar el proyecto permite reflexionar sobre la acción, para analizar detenidamente qué es lo que se hizo o se está haciendo, de qué modo se está llevando a cabo, si se orienta según la dirección deseable, cuáles son los impedimentos u oportunidades que se presentan y, en relación a ellos, cuáles son los resultados y los impactos de los cursos de acción implementados. Se proponen dos instancias de trabajo colectivo a la hora de monitorear el funcionamiento del proyecto anclado en las vivencias de cada una de las escuelas. 1. Informe conjunto de Inspector de Nivel e Inspector de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social Frente a la importancia de que todos los actores que intervienen en el funcionamiento del CESAJ sean parte del proceso de evaluación se propone a los inspectores involucrados la realización de un informe conjunto, a partir de la supervisión realizada en cada uno de los CESAJ; las reuniones con los profesores de las distintas materias, tutor, EOE y Equipo Directivo; Entrevistas; etc., que deberá ser presentado al finalizar cada cuatrimestre. Estos informes serán una descripción del desarrollo de la experiencia. 2. Informe conjunto de Director y Tutor. En estos informes se expondrá la información concerniente al funcionamiento interno de los centros. Los datos que deberán conformar los informes: • Planificación de las horas institucionales. • Uso de los espacios. • Participación del EOE. • Participación de Formación Profesional. • Planificación de acciones para la articulación con el Ciclo Superior. • Participación de los estudiantes del CESAJ en las actividades de la escuela (AIC, Centros de Estudiantes, Actos Escolares, Salidas Educativas). Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 16 • Uso de las secuencias didácticas por parte de los docentes. • Espacios de encuentro entre los docentes. • Implementación del Cuaderno de Seguimiento y Evaluación de las Trayectorias de los estudiantes. • Obstáculos y facilitadores del desarrollo de la experiencia en general. Además se enviarán las planillas de asistencia y calificación a través del correo electrónico. Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 17 APELLIDO Y NOMBRE ASISTENCIA MES DE MAYO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 18 Aprobación de secuencias APELLIDO Y NOMBRE Historia Geografía Matemática Inglés Biología P.Lenguaje F. Quimica C.Ciudad. Artística Informát. Form.Prof. Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 19 Anexo 6 “Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y Jóvenes entre 15 y 18 años” CESAJ REGION: DISTRITO: Escuela Referente de CESAJ: Fecha: Datos de los estudiantes que finalizaron la experiencia Nombre y Apellido DNI Escuela donde continuó ciclo superior Breve descripción del estado de su trayectoria escolar Instructivo administrativo – Dirección Provincial de Educación Secundaria - DGCyE 20
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