Bases - Directores para Chile

REPUBLICA DE CHILE
MUNICIPALIDAD DE RENAICO
DIRECCION DE ADMINISTRACION EDUCACION MUNICIPAL
[email protected]
FONO: (45) 2774995
BASES DE CONCURSO PÚBLICO PARA
PROVEER
CARGO DE DIRECTOR(A) DE ESCUELA
MUNICIPAL “LA NOBEL GABRIELA”
COMUNA DE RENAICO.
RENAICO, OCTUBRE 2015
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE RENAICO.
CONVOCATORIA
El Jefe de Departamento de Administración Municipal de la
Municipalidad de
Renaico, en virtud de la normativa establecida en el artículo 31 bis del DFL Nº1 de 1996
del Ministerio de Educación que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de
la Ley 19070, que aprobó el Estatuto de los profesionales de la Educación y s u s
m o d i f i c a c i o n e s y lo dispuesto en el Decreto Supremo N°453, de 26 de noviembre de
1991, del Ministerio de Educación, modificado por el Decreto Supremo Nº215 de 9 de junio
de 2011, del Ministerio de Educación; convoca al presente concurso público para la
provisión del cargo de:
DIRECTOR/A DE LA ESCUELA “LA NOBEL GABRIELA” DE LA
COMUNA DE RENAICO.
1.- IDENTIFICACIÓN DEL CARGO
Cargo
Establecimiento
RBD
Horas cronológicas
Jornada
Dependiente
Lugar de Desempeño
Ciudad
Región
Fecha de Vacancia
: Director/a de Escuela
: Esc. La Nobel Gabriela”
: 5273-6
: 44
: Diurna
: Jefe Departamento de Educacion Municipal.
: Escuela Básica La Nobel Gabriela.
Renaico
:La Araucanía:
26 /02 /2012.
2.- PROPÓSITO DEL CARGO
2.1 MISIÓN
Al Director/a le corresponde la dirección, administración, supervisión
y coordinación del establecimiento educacional municipal. Su función
principal es conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional,
cautelando el cumplimiento de los lineamientos y orientaciones
establecidos, por el Departamento de Educación y el marco jurídico
vigente.
2.2 FUNCIONES
ESTRATÉGICAS
La función principal del Director/a de un establecimiento
educacional será dirigir y liderar el proyecto educativo institucional.
De acuerdo al Estatuto Docente, al Director/a le corresponderá
desempeñar las siguientes funciones:
1. En lo pedagógico:
Formular, hacer seguimiento y evaluar las metas y objetivos del
establecimiento, los planes y programas de estudio y las estrategias para su
implementación.
Organizar, orientar y observar las instancias de trabajo técnico
-pedagógico y de desarrollo profesional de los docentes del
establecimiento.
Adoptar las medidas para que los padres o apoderados reciban
regularmente información sobre el funcionamiento del establecimiento y el
progreso de sus hijos.
2. En lo administrativo:
Organizar y supervisar el trabajo de los docentes y de los asistentes de la
educación.
Proponer anualmente al sostenedor el término de la relación laboral de
hasta un 5% de los docentes del respectivo establecimiento, siempre que
hubieren resultado mal evaluados.
Proponer el personal a contrata y de reemplazo, tanto el docente como los
asistentes de la educación.
Designar y remover a quienes ejerzan los cargos de Inspector General y
Jefe Técnico del establecimiento educacional.
Ser consultado en la selección de los profesores cuando vayan a ser
destinados a ese establecimiento.
Proponer al sostenedor, incrementos a las asignaciones salariales y
asignaciones salariales especiales para docentes.
Promover una adecuada convivencia en el establecimiento educacional.
3. En lo financiero:
Asignar, administrar y controlar los recursos en los casos que se le haya
otorgado esa facultad por el sostenedor.
Ser proactivo en la búsqueda de otros recursos de financiamiento, aporte o
alianzas con otras organizaciones.
Finalmente, el director/a del establecimiento educacional deberá
informar al sostenedor, al Jefe del Departamento de Administración de
Educación Municipal y a la comunidad escolar, en diciembre de cada
año, el grado de cumplimiento de las metas y los objetivos establecidos
en su respectivo convenio de desempeño.
3.- CONTEXTO Y ENTORNO DEL CARGO
3.1 ANTECEDENTES GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO:
Dependencia: Municipal
Ubicación: Urbano
Nivel Educativo: Educación Parvularia y Educación Básica
Programas: JEC, SEP, PIE , JUNAEB
Clasificación SEP: Emergente
Índice Vulnerabilidad: 92,2%
Alumnos Prioritarios: 170
Equipo Directivo: 1 Jefe de UTP
1 Inspector General
Profesores: 2 Educadoras de Párvulo
4 Docentes Educación Diferencial y con Pos-título Integración (PIE)
15 Docentes Aula
Asistentes de la Educación: 14 Asistentes
Otros Profesionales :
1 Psicólogo
1 Fonoaudiólogo
1 Asistente Social
Matrícula :
2010
216
4.-
2011
210
2012
220
2013
202
2014
186
Resultados SIMCE.
LENGUAJE Y
COMUNICACIÓN
AÑOS
4°
2011
222
2012
211
2013
200
LENGUAJE Y
COMUNICACIÓN
AÑOS
8°
2007
218
2009
233
2011
211
2013
226
MATEMÁTICA
AÑOS
4°
2011
227
2012
192
2013
196
MATEMÁTICA
AÑOS
2007
2009
2011
2013
8°
258
240
242
242
HIST. GEOG. Y CS.
SOCIALES
AÑOS
4°
2011
211
2012
210
2013
213
HIST. GEOG. Y CS.
SOCIALES
AÑOS
8°
2007
197
2009
216
2011
218
2013
250
5.- Evaluación Docente
Destacados : 0
Competentes:2
Básico:2
Insatisfactorios : 0
(*) Puede encontrar información adicional en la Ficha del Establecimiento en
http://masinformacion.mineduc.cl
CIENCIAS
NATURALES
AÑOS
4°
2011
211
2012
210
2013
213
CIENCIAS
NATURALES
AÑOS
8°
2007
237
2009
231
2011
231
2011
250
6.- ENTORNO DEL CARGO
El Director/a del Establecimiento debe relacionarse con los siguientes actores externos:
Centro General de Padres y Apoderados
Unidad Técnico Pedagógica Comunal
Servicio Nacional de Salud
Municipalidad
Junta de Auxilio Escolar y Becas
Tenencia de Carabineros Renaico
Liceos de la Comuna
Juntas de Vecinos
Cuerpo de Bomberos
Organizaciones Deportivas y Artístico Culturales
Medios de Comunicación
7.- FINANCIAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO.
Monto Anual de Subvención Aprox. $ 210.000.000
Monto anual de Subvención SEP Aprox. $60.000.000
8.- ORGANIGRAMA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
9.- COMPETENCIAS PARA EL CARGO
ASIGNACIÓN DE PUNTAJE Y PONDERACIÓN
DESCRIPCIÓN
Liderazgo y Gestión de Personas
Capacidad para potenciar una cultura escolar en un clima organizacional de respeto,
confianza, colaboración, orden y estructura, articulando sus habilidades con las del
equipo, motivando para el logro de objetivos desafiantes, entregando
retroalimentación y reconociendo sus logros, trabajando a la par y en terreno para
gestionar los cambios. Implica hacer partícipes a otros actores de la comunidad
educativa en la toma de decisiones, asumir la responsabilidad por los resultados y
tomar medidas necesarias que la situación amerite, modelando conductas en los
miembros de su equipo y concretizando instancias para el desarrollo de sus
competencias y potencial.
Gestión y logro
Capacidad para diseñar, planificar e implementar acciones administrativas y
Pedagógicas alineadas con las directrices estratégicas, imprimiendo en la gestión un
fuerte foco en el aprendizaje y una cultura de altas expectativas. Implica evaluar de
manera sistemática y rigurosa los resultados obtenidos, así como realizar un manejo
eficiente y previsor de los recursos, controlando la gestión, identificando
oportunidades y optimizando procesos con foco en la calidad y mejora continua.
Relación con entorno y redes
Capacidad para identificar, construir y fortalecer relaciones de cooperación y
confianza con actores internos y externos a la organización, aunando voluntades
Para lograr los propósitos del Proyecto Educativo. Implica la habilidad de
comunicarse de manera abierta, clara y congruente, respetando puntos de vista
diferentes, fomentando la convivencia y también la capacidad para defender
posturas, negociar y resolver conflictos.
Visión Estratégica e Innovación
Capacidad para asumir y compartir una visión global del proyecto educativo,
Atendiendo a objetivos, valores y estrategias vinculadas. Implica evaluar de
manera flexible y
rigurosa los problemas, así como los recursos
administrativos y pedagógicos con que se cuenta para brindar soluciones
eficientes. Requiere anticipar escenarios y comprender la incidencia de factores
externos (locales y nacionales) sobre su gestión, identificando, promoviendo
e
implementando soluciones creativas acordes al contexto y realidad
institucional, incentivando la investigación, actualización e innovación como
medios para lograr un desempeño de excelencia.
Manejo de Crisis y Contingencias
Capacidad para identificar y administrar situaciones de presión, contingencia y
conflictos, creando soluciones oportunas y acordes a los valores y objetivos del
Proyecto educativo. Implica la capacidad para establecer límites y promover
mecanismos de colaboración en la resolución de conflictos.
Conocimientos Técnicos
Contar con los conocimientos en el ámbito educacional escolar y/o experiencia en
Gestión.
Deseable contar experiencia en aula.
Deseable poseer experiencia en cargos de dirección, coordinación y/o jefatura.
Deseable manejo de herramientas de planificación, metodologías de enseñanzaAprendizaje, normas y regulaciones vigentes en el ámbito educativo.
PONDERACIÓN
25%
25%
5%
20%
15%
10%
10 .- NIVEL REFERENCIAL DE LAS REMUNERACIONES
El cargo se rige por las normas del Estatuto Docente y tiene una remuneración total bruta promedio
mensual de acuerdo a los siguientes rubros:
ITEM
Renta Básica Mínima Nacional RBMN
Asignación de Experiencia
Asignación de Perfeccionamiento (al momento de
asumir se reconocerá todo el perfeccionamiento
presentado y que tenga directa relación con la labor
a desarrollar).
Asignación de Zona
Asignación Desempeño Difícil
Bono Proporcional Ley 19.410
BRP o Ítem que lo Reemplace
Incentivo Docente Directivo (40%)RBMN
TOTAL
MONTO
510.268
76.540
35.719
44.308
76.478
204.107
947.420
*Remunereacion no incluye reajuste sector publico año 2015
11.- . REQUISITOS LEGALES PARA DESEMPEÑAR EL CARGO
Para ser Director/a de Establecimiento, de conformidad a lo establecido en el artículo 24 del DFL Nº 1, de 1996,
los/las postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser ciudadano (ser chileno, mayor de 18 años y no haber sido condenado a pena aflictiva).
2. Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuera procedente.
3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
4. Ser profesional de la educación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Estatuto Docente. Esto
es, poseer título de profesor o educador, concedido por Escuelas Normales, Universidades o Institutos
Profesionales, o bien, ser persona legalmente habilitada para ejercer la función docente o autorizada para
desempeñarla de acuerdo a las normas legales vigentes.
5. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones y cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o
simple delito ni condenado en virtud de la ley 19.325, sobre Violencia Intrafamiliar.
6. No estar inhabilitado en forma absoluta y perpetua o absoluta y temporal para el desempeño de cargos,
empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual
con personas menores de edad, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 20.594, de 2012, que Crea
Inhabilidades Para Condenados Por Delitos Sexuales Contra Menores y establece Registro de dichas
Inhabilidades.
7. Deseable, Contar, a lo menos, con perfeccionamiento o estar con titulo en trámite en las áreas pertinentes a la
función docente directiva (por ejemplo, programas del Plan de Formación de Directores de Excelencia, entre
otros) y una experiencia docente de cinco años.
8. Pueden desempeñarse como Director/a de Establecimiento, los extranjeros que, cumplen con los requisitos de
los números 3, 4, y 5, 6 y 7, que se encuentran autorizados para incorporarse a la dotación del sector municipal
por el Director del Establecimiento, con acuerdo del Jefe del Departamento de Administración Municipal o de la
Corporación Municipal, conforme al inciso segundo del artículo 24 del Estatuto Docente.
9. Asimismo, pueden desempeñarse como Director/a de Establecimiento quienes estén en posesión de un título
profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y hayan ejercido funciones docentes al menos durante 3 años
en un establecimiento educacional, debiendo cumplir los requisitos de los numerales 1, 2, 3, 5, y 6 precedentes y
contar, a lo menos, con perfeccionamiento en las áreas pertinentes a la función directiva.
10. No estar afecto a las inhabilidades señaladas en el artículo 10 del D.S. 453 que aprueba el Reglamento de la
Ley 19.070 Estatuto de los profesionales de la educación.
11. Dar cumplimiento al principio de probidad de acuerdo a lo señalado en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley
18.575.
12. Antecedentes de Postulación.
Para formalizar la postulación, los/as interesados/as que reúnan los requisitos deberán
Presentar la siguiente documentación:
a) Ficha de Postulación, según formato adjunto. (Anexo 1)
b) Curriculum vitae , según formato adjunto (Anexo 2)
c) Fotocopia de cédula de identidad por ambos lados.
d) Certificado de Antecedentes original del postulante .
e) Certificado Nacimiento Original
f) Certificado de situación militar al día cuando procede Original
g)
Fotocopia del Certificado de Título como Profesional de la Educación
(legalizada ante Notario), o acreditar estar en posesión de un título
profesional de al menos 8 semestres y haber ejercido funciones docentes
al menos durante 3 años en un establecimiento educacional.
h) Fotocopia de Certificados d e T í t u l o y / o a l u m n o ( a ) e g r e s a d o
( a ) que acrediten capacitación ,pos-títulos y / o post-grados, en el área
pertinente a la función docente directiva.
i) Acreditar cinco años de experiencia docente.
j) Declaración jurada (anexo 3) que acredite que el/la postulante no se
encuentra afecto a las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en los
artículos 24 del DFL 1 del Ministerio de Educación de 1996
k) Deseable Contar con conocimientos en el ámbito educacional escolar
y/o experiencia en gestión. Acreditar experiencia en manejo de herramientas
de planificación, metodologías de enseñanza-aprendizaje, normas y
regulaciones vigentes en el ámbito educativo
l) Deseable Contar con conocimientos en e l a r e a d e
P r o y e c t o s I n t e g r a c i o n E s c o l a r escolar
La falta de cualquiera de los antecedentes anteriores, eliminará inmediatamente del
concurso al postulante
13.- ANÁLISIS DE ANTECEDENTES Y CALIFICACIÓN
Los postulantes que cumplan con los requisitos formales establecidos en las bases del concurso, deberán participar de
un proceso de preselección, que contará con apoyo de asesoría externa.
La Comisión Calificadora de Concurso asignará puntaje a cada uno de estos aspectos para cada postulante, de acuerdo
a ponderación establecida en las bases.
14.- . ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El presente proceso de selección contemplará las siguientes etapas (corresponden a las contempladas en el DFL Nº 1,
de 1996 y en el Reglamento):
1) Análisis de admisibilidad;
2) Evaluación curricular;
3) Evaluación psicolaboral;
4) Entrevistas por la Comisión Calificadora;
5) Conformación de nómina de elegibles;
6) Elección por el sostenedor.
14.1.- Análisis de Admisibilidad de las Postulaciones.
Vencido el período de las postulaciones la Municipalidad/Corporación Municipal, de conformidad
con lo establecido en el artículo del 89 del Reglamento, verificará el cumplimiento por parte de los/las
candidatos/as de los requisitos formales establecidos en las presentes bases, entendiéndose por tales los
requisitos legales establecidos para el desempeño del cargo y los demás relacionados con la forma y plazo de
efectuar la postulación.
Aquellos postulantes que sean admitidos en virtud del cumplimiento de los requisitos formales, participarán
en una etapa de preselección, que contará con el apoyo de una asesoría externa registrada en la Dirección
Nacional del Servicio Civil, elegida por quien represente al Consejo de Alta Dirección Pública en la Comisión
Calificadora del concurso. Dicha asesoría llevará a cabo una evaluación curricular y una evaluación
psicolaboral de los/las candidatos/as.
14.2) Evaluación Curricular.
La asesoría externa efectuará el análisis curricular de los/las candidatos/as que den cumplimiento a los
requisitos formales establecidos en las presentes bases con el objeto de identificar a quienes se acerquen en
mayor medida al perfil profesional del cargo (incorporado en el numeral III de las presentes bases),
principalmente en términos de su formación, conocimientos técnicos, trayectoria laboral y experiencia
profesional y directiva, debiendo dar estricto cumplimiento a lo establecido en los artículos 89 y 89 bis del
Reglamento.
La evaluación curricular que la asesoría externa realice será exclusivamente sobre la base de los antecedentes
escritos presentados por los/las postulantes.
La asesoría externa asignará una calificación a cada postulación, de conformidad a los criterios que se señalan
a continuación:
NOTA
OPERACIONALIZACIÓN
Antecedentes curriculares se ajustan cabalmente al perfil de
selección en cuanto a conocimientos técnicos, experiencia
laboral relacionada y experiencia en cargos directivos o de
7 a 6.5 SOBRESALIENTE jefatura requeridos para el cargo.
6.4 a
6.0
5.9 a
5.5
5.4 a
5.0
4.9 a
4.0
3.0
CRITERIO
Destacan tales antecedentes por exceder con creces a lo
requerido en el perfil.
Antecedentes curriculares se ajustan mayoritariamente al
perfil de selección en cuanto a conocimientos técnicos y
experiencia laboral relacionada.
MUY BUENO
Sus antecedentes permiten estimar que posee características
en términos de conocimientos o experiencia que permitirían
satisfacer con holgura lo requerido para el cargo.
Antecedentes curriculares se ajustan al perfil de selección
BUENO
en cuanto a conocimientos técnicos y experiencia laboral
relacionada, destacándose algunos aspectos.
Antecedentes curriculares se ajustan estrictamente al perfil
ACEPTABLE
de selección en cuanto a conocimientos técnicos y
experiencia laboral relacionada.
Antecedentes curriculares se ajustan sólo parcialmente al
perfil del cargo. Se estima que se requiere mayor
experiencia laboral relacionada, y/o mayor experiencia en
INSATISFACTORIO
jefatura y/o los conocimientos técnicos no poseen el grado
de especialización suficiente en relación a lo requerido para
el cargo.
NO
Antecedentes curriculares no están relacionados con el
RELACIONADO perfil de selección.
Se considerará que cumplen los requisitos exigidos en el perfil profesional aquellos candidato/as cuya
calificación es igual o superior a 5.0.
Si el número de candidatos/as que cumple con los requisitos exigidos en el perfil es inferior a , la asesoría
externa deberá informar fundadamente a la Comisión Calificadora, para efectos de que ésta evacúe el informe
pertinente sin preseleccionados. En base a dicho informe, el sostenedor deberá declarar desierto el proceso de
selección, por no existir el número mínimo de candidatos para conformar nómina de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 32 bis del DFL Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación. (En aquellas comunas que
tengan menos de diez mil habitantes, el concurso también debe ser declarado desierto por el sostenedor si el
número mínimo de candidatos a incluirse en el listado de preseleccionados es inferior a dos)
De la misma forma señalada en el párrafo precedente se procederá en el caso de que no existan candidatos/as
que cumplan con los requisitos exigidos en el perfil de selección.
14.3) Evaluación Psicolaboral.
La asesoría externa practicará una evaluación psicolaboral a los/las candidatos/as que aprueben la fase de
análisis curricular, a objeto de identificar a quienes se acercan en mayor medida al perfil profesional del cargo
(incorporado en el numeral III de las presentes bases), principalmente, en términos de sus competencias y
atributos para desempeñarlo, exigidos en el señalado perfil, debiendo dar estricto cumplimiento a lo
establecido en los artículos 89 y 89 bis del Reglamento. La evaluación psicolaboral, dada la naturaleza de las
pruebas requeridas y la profundidad del análisis en la entrevista, requiere de la presencia física de los/las
candidatos/as, no permitiendo en ningún caso evaluaciones a distancia o por medio de videoconferencia.
El resultado de la evaluación psicolaboral practicada por la asesoría externa respecto de cada uno/a de los
candidatos/as deberá expresarse en una calificación de 1 a 7 de conformidad al grado de idoneidad de los/las
candidatos/as en relación al perfil profesional del cargo.
La asesoría externa elaborará un listado de preseleccionados/as que serán entrevistados/as por la Comisión
Calificadora de Concursos, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Reglamento.
Todos/as los/las candidatos/as incluidos en el listado de preseleccionados/as deberán haber obtenido una
calificación igual o superior a 5.0.
Si el número de candidatos/as que obtiene calificación igual o superior a 5 es inferior a , la asesoría externa
deberá informar fundadamente a la Comisión Calificadora, para efectos de que ésta evacúe el informe
pertinente sin preseleccionados/as. En base a dicho informe, el Sostenedor declarará desierto el proceso de
selección, por no existir el número mínimo de candidatos/as para conformar nómina de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 32 bis del DFL Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación. En aquellas comunas que
tengan menos de diez mil habitantes, el concurso también deberá ser declarado desierto por el sostenedor si el
número mínimo de candidatos a incluirse en el listado de preseleccionados es inferior a dos.
De la misma forma señalada en el párrafo precedente se procederá si no existen candidatos/as que obtengan
una calificación igual o superior a 5.0.
La asesoría externa deberá elaborar un informe que incluirá, al menos, el listado de candidatos/as
preseleccionados/as, la descripción del análisis curricular efectuado, los resultados de las evaluaciones
psicolaborales y la evaluación de los factores de mérito, liderazgo y de las competencias específicas señaladas
en el perfil profesional, el que entregará a la Comisión Calificadora de Concursos en un plazo máximo de 40
días a contar de la fecha en que los antecedentes sean puestos a su disposición.
14.4) Entrevistas por la Comisión Calificadora
La Comisión Calificadora deberá constituirse dentro de 5 días después de terminado el proceso de
preselección y confeccionar, en un plazo máximo de 15 días contado desde la fecha en que los antecedentes
son puestos a su disposición, la nómina de candidatos/as elegibles que será presentada al sostenedor.
La comisión calificadora estará compuesta por :
- El jefe del Departamento de Educación Municipal.
- Un miembro del Consejo de Alta Dirección Pública o un representante de este
consejo.
- Un docente de la dotación municipal que se desempeñe en otro establecimiento educacional, elegido
por sorteo. El que debe pertenecer a la Red de Maestros o estar acreditado como profesor de
Excelencia Pedagógica o haber sido evaluado como profesor destacado.
El Secretario Municipal actuará como Ministro de fe.
La Comisión Calificadora deberá entrevistar individualmente a cada uno de los/las candidatos/as
preseleccionados/as por la asesoría externa, a efecto de identificar a aquéllos que se acercan en mayor medida
al perfil profesional del cargo (incorporado en el numeral III de las presentes bases), principalmente en
términos de sus competencias y atributos para desempeñarlo, exigidos en dicho perfil.
La evaluación de la Comisión Calificadora a cada uno/a de los/las candidatos/as deberá expresarse en una calificación
de 1 a 7 conformidad a la ponderación asignada a cada uno de los atributos en el perfil de selección.
La Comisión Calificadora, desde su constitución hasta el cierre del concurso deberá levantar acta de cada una de sus
sesiones, en las que se dejará constancia de sus acuerdos.
Conformación de la Nomina Elegible para el cargo.
La Comisión Calificadora evacuará un informe fundado que contendrá la nómina que será presentada al sostenedor,
sus respectivos currículos y los informes elaborados por las asesorías externas a que hace referencia el artículo 89° del
Estatuto Docente. La nómina deberá contener entre tres y cinco candidatos para ser presentada al sostenedor.
Eleccion Por el Sostenedor.
El Alcalde, en un plazo de cinco días, contados desde la fecha de recepción del informe, deberá nombrar en calidad
de titular a cualquiera de los seleccionados en el informe de la Comisión Calificadora.
El Departamento de Educación de Renaico, notificará a quien resulte seleccionado/a para ocupar el cargo
en calidad de titular .
Los (as) postulantes que fundadamente observen reparos al proceso ,tendrán derecho a reclamar ante la
contraloría General de la republica.
El Jefe DAEM, comunicará a los postulantes por carta certificada el resultado final dentro de los 30 días
siguientes a su conclusión.
El Director/a nombrado asumirá sus funciones a contar del 02 de Febrero 2015.
Dentro de un plazo de 30 días contados de su nombramiento definitivo, el director/a titular deberá firmar con
el respectivo sostenedor un Convenio de Desempeño de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33 del decreto con fuerza
de ley N° 1 de 1996, del Ministerio de Educación.
El Jefe del DAEM, con aprobación del Alcalde podrá pedir la renuncia anticipada del Director/a cuando el
grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el convenio de desempeño sean insuficientes de acuerdo a los
mínimos establecidos.
15.- Fecha y lugar de Recepción de Postulaciones
a) El plazo de recepción de antecedentes será del 29 de octubre de 2014, al 15 de
Diciembre de 2014, hasta las 17:20 horas, en las oficinas del Departamento de
Educación ubicada en calle Libertad Nº 149 de Renaico, en sobre cerrado dirigido a
“Comisión Calificadora de Concurso Público Director(a) Escuela Basica La Nóbel
Gabriela ”, el que deberá traer adosado y a la vista el formulario y/o carta de
postulación con el nombre de la persona y el cargo al que postula.
b) Los antecedentes presentados fuera de plazo no serán considerados por la Comisión
Calificadora del Concurso.
c) Los antecedentes no serán devueltos al concursante.
d) El solo hecho de presentar documentación para postular constituye de parte del
postulante la plena aceptación de las bases.
e) Los postulantes de otras regiones, podrán remitir sus antecedentes por correo certificado
al Departamento de Educación Municipal, calle Libertad Nº 149 de Renaico. Indicando
claramente el remitente. Para certificar plazo de recepción se considerará el día y hora de
recepción en la oficina de correo, no se aceptarán antecedentes vía fax o correo
electrónico.
f) Al momento de presentar los antecedentes, los postulantes recibirán un comprobante con
el número de registro y fecha de ingreso de la postulación.
16.- ETAPAS DEL PROCESO DE POSTULACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES
a) Los postulantes deberán presentar un expediente que debe tener todos los documentos mencionados en el
punto 12 foliados en forma correlativa, en el extremo superior derecho de la hoja.
b) El expediente de postulación deberá ser entregado mediante ficha de postulación que forma parte de las
bases del concurso, en ésta deberá indicar claramente una dirección de correo electrónico al cual se
notificará la fecha y hora de la entrevista y en general toda comunicación necesaria con el postulante.
c) Las bases estarán disponibles a contar del 29 de Octubre de 2014, al 15 de Diciembre de 2014, en
horario de oficina de 8,30 a 14,00 horas y de 15 a 17: 20 hrs en la Secretaría del DAEM de Renaico,
ubicada en calle Libertad Nº 149 ,en de la página www.renaico.cl o vía solicitud al correo electrónico
[email protected]
17.- CRONOGRAMA.
ETAPA
Publicación Convocatoria
Entrega de Bases – Inicio del
Proceso
Cierre de Postulaciones
Determinación de
Admisibilidad legal de
candidatos
Nómina de Candidatos que
pasan a siguiente etapa
Pre-selección curricular por
empresa externa
Nómina de candidatos que
pasan a siguiente etapa
Entrevistas Comisión
Calificadora
Pre-selección realizada por
comisión
Nómina de Candidatos e
Informe Final
Resolución del Sostenedor
Notificación al postulante
Seleccionado
Aceptación cargo
Inicio de Funciones
FECHAS
29-10-2014
29-10-2014
RESPONSABLE
Jefe DAEM
Jefe DAEM
15-12-2014
15-12-2014
Jefe DAEM
Jefe DAEM
17-12-2014
Jefe DAEM
18-12-2014 al 05-01-2015
Empresa Externa
09-01-2015
Empresa Externa
10,11 y 12 –Enero -2015
Comisión Calificadora
12-01-2015
Comisión Calificadora
15-01-2015
Comisión Calificadora
19-01-2015
22-01-2015
Alcalde
Jefe DAEM
30-01-2015
02-02-2015
Seleccionado/a
Director/a Seleccionado/a
18.- CONDICIONES DE DESEMPEÑO DEL CARGO
1) De conformidad con lo establecido en el artículo 32 bis del DFL Nº 1, de 1996, el nombramiento del/la Director/a
del establecimiento educacional tendrá una duración de cinco años.
2) De conformidad con lo establecido en el artículo 33 del DFL Nº 1, de 1996, dentro del plazo máximo de treinta
días contados desde su nombramiento definitivo, el/la Director/a del establecimiento educacional suscribirá con el
respectivo sostenedor o con el representante legal de la respectiva Corporación Municipal un convenio de
desempeño cuya propuesta se encuentra inserta dentro de las presentes bases de las presentes bases. Este
convenio será público y en él se incluirán las metas anuales estratégicas de desempeño del cargo durante el período y
los objetivos de resultados a alcanzar por el/la Directora/a anualmente, con los correspondientes indicadores, medios
de verificación y supuestos básicos en que se basa el cumplimiento de los mismos así como las consecuencias de su
cumplimiento e incumplimiento.
3) De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del DFL Nº 1, de 1996, el/la Director/a del establecimiento
educacional deberá informar al Sostenedor, al Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal o de
la Corporación Municipal y a la comunidad escolar, en diciembre de cada año, el grado de cumplimiento de las metas
y los objetivos establecidos en los convenios de desempeño. Asimismo, le informará de las alteraciones que se
produzcan en los supuestos acordados, proponiendo los cambios y ajustes pertinentes a los objetivos iniciales. De
mutuo acuerdo entre las partes podrá modificarse dicho convenio.
4) De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del DFL Nº 1, de 1996, el Jefe del Departamento de
Administración de Educación Municipal o de la Corporación Municipal, con aprobación del Sostenedor podrá pedir la
renuncia anticipada del/la Directora/a cuando el grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el convenio de
desempeño sean insuficientes de acuerdo a los mínimos que éste establezca.
GUSTAVO CHAVEZ SEPULVEDA
SECRETARIO MUNICIPAL
R
e
n
a
i
c
o
,
s
e
ELCIRA MORALES VELASQUEZ
ALCALDESA(S)
p
t
i
e
m
b
r
e
2
0
1
4
MUNICIPALIDAD DE R E N A I C O – DIR ECCIÓN DE
EDU CACIÓN MUNICIPAL
X. PROPUESTA DE CONVENIO DE DESEMPEÑO
Objetivos:
Indicadores
Fórmula de
cálculo.
Meta anual estratégica
Promedio
Situación Actual:200
puntajes
Año 1:200
lenguaje y Año2: 205
matemática
Año 3:210
SIMCE cada
Año 4:230
año por nivel
Puntaje promedio (pudiese
SIMCE 4º básico incluir
mínimo esperado pruebas de
por año
estudio y
comprensión Año 5:235
de la
naturaleza y
sociedad, y
ponderar el
promedio)
Situación Actual: 230
Puntaje promedio
SIMCE 8º básico,
mínimo esperado
por año
Medios de verificación
Resultados SIMCE anual,
publicado por MINEDUC.
Ficha establecimiento
(entrega promedio
ponderado: http:// mas
información. mineduc.cl
Año 1:230
Año 2:235
Año 3:235
Año 4:240
Año 5:250
Situación Actual:
Año 1:
1. Mejorar Puntaje promedio
Año 2:
los
SIMCE II medio,
resultados mínimo esperado
Año 3:
de
por año
Año 4:
aprendizaje
en las
Año 5:
evaluaciones
(N° de
Situación Actual:Insuficiente
de
alumnos en Año 1:insuficiente
rendimiento Porcentaje de
nivel inicial Año2:elemental
alumnos con
según
calificación
SIMCE /N° Año 3:elemental
Resultados SIMCE anual,
Año 4:elemental
SIMCE nivel inicial total de
publicado por MINEDUC.
por año (para
alumnos que
diferentes niveles) rindieron
Año 5:adecuado
SIMCE ese
año) * 100
Promedio
Situación Actual:
PSU
Año 1:
Puntaje promedio (lenguaje y Año2:
PSU Matemáticas matemática) Año 3:
Resultados PSU anual
y Lenguaje y
de todos los Año 4:
estudiantes de 4to medio
Comunicación
alumnos
anual, publicado por
(mínimo esperado egresados
MINEDUC.
anualmente)
ese año que Año 5:
rindieron la
prueba
(N° de
Situación Actual:
alumnos con Año 1:
promedio
Año2:
Porcentaje de
Resultados PSU anual
lenguaje y Año 3:
alumnos elegibles
estudiantes de 4to medio
matemática Año 4:
a becas según
anual, publicado por
superior a
puntaje PSU
MINEDUC.
550 puntos
Año
5:
PSU / n° de
alumnos que
Supuestos o Consecuencia
condiciones incumplimiento /
externas
Cumplimiento
rinden PSU)
*100
Situación Actual:
Año 1:
Año2:
Año 3:
Año 4:
Año 5:
(Total de
Situación Actual:
alumnos
Año 1:
matriculados Año2:
en la
Año 3:
Educación Año 4:
Superior
Tasa de ingreso a más total de
la educación
alumnos que
superior y al
ingresan al
mundo laboral
mundo
laboral /
Año 5:
Total de
alumnos
egresados
ese año) *
100
Puntaje promedio
Puntaje
en pruebas de
promedio
nivel, propias del
cada año
establecimiento
Resultado pruebas de nivel
establecimiento. Fuente
interna.
Encuesta para egresados
de establecimientos
educacionales. Fuente
interna.
ANEXO 1
FICHA DE POSTULACIÓN
ANTECEDENTES DEL/A POSTULANTE
Apellido Paterno
Apellido Materno
Correo Electrónico Autorizado para el presente Concurso y dirección
Mail:
Dirección:
Teléfono Particular
Teléfono Móvil
Otros Teléfonos Contacto
Cargo al que postula
La presente postulación implica mi aceptación íntegra de las Bases y las condiciones en ella consignadas,
relativas al presente Proceso de Selección.
Asimismo, mi aceptación implica el conocimiento de la propuesta de convenio de desempeño que se
adjuntan a estas bases.
Declaro, asimismo, mi disponibilidad real para desempeñarme en el cargo.
Firma
Fecha:
MUNICIPALI DAD DE R E N A I C O – DIRECCIÓN DE
EDUCACIÓN MUNICIPAL
ANEXO 2
CURRÍCULO VITAE RESUMIDO
(Sin perjuicio de completar el presente formulario, el/la postulante debe adjuntar además su Currículo
Vitae extendido)
IDENTIFICACIÓN DEL POSTULANTE
Apellido Paterno y Materno
Nombres
Teléfono Particular
Teléfono Celular
Correo Electrónico Autorizado
Dirección:
IDENTIFICACIÓN DEL CARGO A QUE POSTULA
Cargo
Grado
Código
1.- TITULOS PROFESIONAL(ES) Y O GRADOS
*Completar sólo si corresponde, indicando sólo aquellos con certificados
Título profesional
Ingreso carrera profesional (mm,aaaa)
Egreso carrera profesional (mm, aaaa)
Fecha de titulación (dd,mm,aaaa)
Duración de la Carrera (indicar en número de semestres o trimestres)
Título profesional
Ingreso carrera profesional (mm,aaaa)
Egreso carrera profesional (mm, aaaa)
Fecha de titulación (dd,mm,aaaa)
Duración de la Carrera (indicar en número de semestres o trimestres)
MUNICIPALI DAD DE R E N A I C O – DIRECCIÓN DE
EDUCACIÓN MUNICIPAL
2.- ANTECEDENTES ACADÉMICOS.
*(Indicar sólo aquellos con certificados, los demás no serán ponderados ni considerados)
Post-títulos/Otros
Desde (mm,aaaa)
Hasta(mm, aaaa)
Post-títulos/Otros
Desde (mm,aaaa)
Hasta(mm, aaaa)
3.- CAPACITACION
(Indicar sólo aquellos con certificados)
curso y/o Seminario
Desde (dd,mm,aaaa)
Hasta (dd,mm, aaaa)
Horas de duración
Hasta (dd,mm, aaaa)
Horas de duración
curso y/o Seminario
Desde (dd,mm,aaaa)
4.- ÚLTIMO CARGO DESARROLLADO O EN DESARROLLO
(Sólo cuando corresponda)
Cargo
Institución/Empresa
Departamento,
Gerencia o área de Desde
Hasta
(dd,mm, Duración del cargo(mm,aaaa)
Funciones Principales (descripción general de funciones realizadas y principales logros)
MUNICIPALI DAD DE R E N A I C O – DIRECCIÓN DE
EDUCACIÓN MUNICIPAL
5.- TRAYECTORIA LABORAL
Además del anterior, indique sus últimos tres puestos de trabajo, si corresponde.
Cargo
Institución/Empresa
Departamento, Gerencia o área de Desde
(mm,aaaa
Hasta
desempeño.
(dd,mm, aaaa)
(dd,mm,aaaa)
Duración del cargo
Funciones principales (descripción general de funciones realizadas y principales logros)
Cargo
Institución/Empresa
Departamento, Gerencia o área de Desde
(mm,aaaa
Hasta
desempeño.
(dd,mm, aaaa)
(dd,mm,aaaa)
Funciones principales (descripción general de funciones realizadas y principales logros)
Duración del cargo
MUNICIPALI DAD DE R E N A I C O – DIRECCIÓN DE
EDUCACIÓN MUNICIPAL
ANEXO 3
DECLARACIÓN
JURADA
SIMPLE
Yo
Cédula de Identidad N°
,
Declaro bajo juramento que no estar inhabilitado para el ejercicio
de funciones o cargos públicos, ni hallarme condenado por crimen
o simple delito (Art. 24 N° 5 del
DFL Nº1 del Ministerio de Educación).
FIRMA
FECHA