CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL (CCTG) PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL (APN) HOMOLOGADO POR DECRETO N° 214/06 TOPE SALARIAL QUE NO SE PUEDE SUPERAR PARA REALIZAR HORAS EXTRAORDINARIAS MONTOS EN PESOS AÑO 2015 Decreto 1.118 Junio la retribución bruta mensual, normal, habitual, regular y permanente de los agentes habilitados para realizar servicios extraordinarios, con excepción de los servicios requeridos por terceros, no deberá superar el monto de: 10.890,00 Julio Agosto 11.820,00 Diciembre
© Copyright 2024