Tope máximo para realizar Horas Extraordinarias

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL (CCTG) PARA LA ADMINISTRACION
PUBLICA NACIONAL (APN)
HOMOLOGADO POR DECRETO N° 214/06
TOPE SALARIAL QUE NO SE PUEDE SUPERAR PARA REALIZAR HORAS EXTRAORDINARIAS
MONTOS EN PESOS
AÑO
2015
Decreto
1.118
Junio
la retribución
bruta mensual,
normal, habitual,
regular y
permanente de
los agentes
habilitados para
realizar servicios
extraordinarios,
con excepción de
los servicios
requeridos por
terceros, no
deberá superar
el monto de:
10.890,00
Julio
Agosto
11.820,00
Diciembre