BASES DE LA PROMOCION “KIT BEBE A BORDO” PRIMERO

BASES DE LA PROMOCION “KIT BEBE A BORDO”
PRIMERO.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCION
La presente promoción se organiza por la entidad CALIDAD PASCUAL,
S.A.U., con CIF nº A-09006172, domiciliada en Aranda de Duero (Burgos),
Carretera de Palencia, s/n (en adelante, la “COMPAÑÍA”).
SEGUNDO.- OBJETO DE LA PROMOCION
A través de la presente promoción (en adelante, la “Promoción”) la
COMPAÑÍA pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o
comercializa, así como colaborar con la Fundación Cruz Roja Española.
TERCERO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO
El ámbito de aplicación de esta Promoción es territorio nacional y se
desarrollara
en todos aquellos establecimientos del canal alimentación
considerados prescriptores idóneos por la empresa organizadora adheridos a la
presente promoción, y que pueden ser consultados en el enlace
“establecimientos adheridos” de la web www.kitbebeabordo.com.
CUARTO.- ÁMBITO TEMPORAL
La Promoción dará comienzo el día 2 de Noviembre de 2015 y finalizará el día
31 de Diciembre de 2015, ambos inclusive.
QUINTO.- COMUNICACIÓN
La Promoción se comunicará al público por la COMPAÑÍA a través de stopper,
carteles y totems que el consumidor encontrará en los puntos de ventas
adheridos a la promoción.
Dicha promoción podrá comunicarse en cualesquiera otros medios que Calidad
Pascual considere oportunos, prensa, medios digitales, en la propia web
promocional www.kitbebeabordo.com etc.
SEXTO.- PREMIOS
Los premios que se van a entregar a los ganadores de la presente Promoción
son: tres premios al mes según posicionamiento ranking para quien obtenga
1
mayor puntuación en primera (1ª) segunda (2ª) tercera (3ª) posición en la
siguiente forma:

PRIMER LUGAR: un premio valorado en mil cuatrocientos euros
(1.400€) a elegir por el ganador entre:
-

Coche de Paseo X-lander X-Pulse Trio Orange Trio más Cuna Micuna
Big Neus Relax con somier
TV LED 55'' Panasonic TX-55CX750E 4K 3D DLNA y Smart TV
Thermomix ®;
o en alternativa una tarjeta regalo del corte inglés por un valor de
mil cuatrocientos euros (1400€).
SEGUNDO LUGAR: un premio valorado en novecientos euros (900€) a
elegir por el ganador entre:
-

iPad air 2 128GB más Osmo Genius kit
MacBook Air de 11 pulgadas 1,6 GHz Procesador 128 GB
Cámara réflex digital Canon EOS 750D con Objetivo EF-S 18-55mm
IS STM
o en alternativa una tarjeta regalo del corte inglés por un valor de
novecientos euros (900€).
TERCER LUGAR: un premio valorado en cuatrocientos euros (400€) a
elegir por el ganador entre:
-
Pack Consola - Nintendo - Wii U Premium, 32Gb más Mario Kart 8
(Preinstalado) más Just Dance 2015 más 2 Mandos - Nintendo - Wii
Remote Plus, Blanco WiiU/ Wii
Pack PES 2016 y Consola - Sony - PS4 Negra Básica, 500Gb más 2
Mandos DualShock 4
Bicicleta de montaña M250 B-Pro más Casco de carretera Savant
Giro
o en alternativa una tarjeta regalo del corte inglés por un valor de
cuatrocientos euros (400€).
De entre los Participantes de la Promoción resultarán seis (6) ganadores, de
los cuales dos (2) son premios valorados en mil cuatrocientos euros (1.400€),
dos (2) son premios valorados en novecientos euros (900€) y otros dos (2)
son premios valorados en cuatrocientos euros (400€).
En caso de que algunos de estos premios no estuvieran disponibles en el
momento de la compra, CALIDAD PASCUAL, S.A.U. se compromete a adquirir
otros de características similares.
2
SEPTIMO.- MECANICA
Todas aquellas personas que deseen participar en la Promoción deberán
cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las
presentes bases.
Para poder participar, los consumidores deberán adquirir dentro de un mismo
acto de compra, y durante el periodo promocional establecido, al menos TRES
(3) DE LOS PRODUCTOS EN PROMOCIÓN en todos aquellos establecimientos
del canal alimentación considerados prescriptores idóneos por la empresa
organizadora.
Los productos en promoción son: Bezoya Formato Sport Cup 330 ml y 500 ml
y Bezoya Formato Rosca 330 ml y 500 ml.
A continuación, los participantes deberán escanear o realizar una fotografía al
ticket de compra en el que conste la adquisición de al menos TRES (3) de los
productos en promoción y adjuntarlo a su ficha de participación a través del
enlace que a este efecto estará disponible en la propia web
www.kitbebeabordo.com.
Para completar la participación en la promoción, todos los participantes
deberán aceptar el correspondiente aviso en materia de protección de datos,
así como las bases legales y facilitarnos los siguientes datos personales de
contacto: nombre, apellido, email, código postal y fecha de nacimiento.
Si los datos facilitados fueran inciertos, incompletos o ilegibles, la COMPAÑÍA
se reserva el derecho a invalidar dicha participación.
Será de responsabilidad del propio participante facilitar una dirección de correo
electrónica activa y de mantenimiento personal porque será la dirección
utilizada para comunicarnos con los ganadores.
Para su validez, las imágenes de los tickets enviados deberán resultar legibles
en su totalidad, y deberán corresponderse con compras realizadas dentro del
periodo promocional, en alguno de los establecimientos colaboradores.
Cada ticket podrá utilizarse una única vez, por lo que una vez cumplimentada
una participación con un ticket de compra, este ya no podrá volver a utilizarse
en la promoción. Si se detectara que un participante ha utilizado un mismo
ticket de compra en más de una ocasión, se tendrá en consideración
exclusivamente la primera participación, siendo descartadas todas las
posteriores. Igualmente, el participante respecto al que se detectara una
participación fraudulenta, será descartado de la presente promoción, y perderá
el derecho a participar en la misma.
En cualquier caso, los tickets de compra utilizados para participar válidamente
en la presente promoción deben cumplir los siguientes requisitos:
3






La fecha de compra debe ser anterior a la fecha de registro realizado en
la página web, asociado al ticket con el que se participa.
Deberá aparecer indicada la fecha y la hora de compra.
Deberá aparecer identificado el nombre del establecimiento o punto de
venta.
Deberá aparecer identificado el nombre y/o la marca de los tres (3)
productos en promoción adquiridos.
Un mismo ticket de compra, sólo puede ser usado una única vez para
participar.
Un ticket de compra sólo dará derecho a una única participación, con
independencia de que en dicho ticket figuren más de tres (3) productos
en promoción.
Si el participante, durante el proceso de participación y registro, tiene algún
problema de validación de su ticket de compra, podrá ponerse en contacto con
el servicio “Ayuda/Contacta” de la web www.kitbebeabordo.com o escribiendo
directamente
a
los
organizadores
de
la
promoción
a
[email protected], indicando el motivo de su consulta y
adjuntando una copia escaneada de su ticket. La compañía organizadora le
facilitará una respuesta a su incidencia en la mayor brevedad posible.
En el caso de resultar premiado, se le solicitará el ticket de compra original,
una fotocopia de su DNI y la dirección a la que desea que se le realice el envío
del premio junto con el horario deseado, así como la aceptación expresa del
premio obtenido, que deberá producirse dentro del plazo de siete (7) días
desde el envío del mail en el que se le comunica su condición de ganador.
En caso de que el ticket enviado no resultara válido, se detectara la
participación reiterada con un mismo ticket de compra, el ganador hubiera
incumplido cualquiera de los requisitos de participación establecidos en las
presentes bases, o bien no hubiera contestado al mail dentro del plazo
anteriormente indicado, perderá su derecho a recibir el premio obtenido.
La COMPAÑÍA podrá solicitar además, cualquier otra documentación adicional
que considere oportuna para verificar la correcta participación y el
cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases.
Además, por cada ticket valido que suba cada usuario conforme a la mecánica
promocional, la COMPAÑÍA donará un euro (1€) a la Fundación Cruz Roja
Española hasta un máximo de ocho mil euros (8.000€).
OCTAVO.- GANADORES
Los Ganadores de la Promoción se determinarán mediante el sistema
denominado “PUNTUACION POR RANKING”:
4
Los premios se asignaran según los puntos que hayan sumado los
participantes subiendo los ticket de la compra de al menos TRES (3) de los
productos en promoción.
Los puntos se sumaran de la siguiente manera:
De 1 a 3 tickets sumaran 5 puntos por ticket
De 4 a 6 tickets sumaran 10 puntos por ticket
de 7 a 10 tickets sumaran 15 puntos por ticket
Mas de 10 tickets sumaran más de 20 puntos por ticket
La asignación de los premios se hará una vez al mes:
La primera : el 1 de diciembre del 2015
La segunda: el 4 de enero del 2016
En caso de empate entre dos participantes, resultará ganador y se entregará
el premio al que primero haya conseguido reunir la puntuación más alta.
En el plazo de los 7 días naturales siguientes al día en el que se determine a
los Ganadores, la COMPAÑÍA o los agentes que tenga contratados para la
gestión de la Promoción comunicarán a los Ganadores por correo electrónico a
la dirección de mail facilitada en el registro, que han resultado agraciados con
el premio que se detalla en estas bases.
En el caso de resultar premiado, se le solicitará el ticket de compra original,
una fotocopia de su DNI y la dirección a la que desea que se le realice el envío
del premio junto con el horario deseado, así como la aceptación expresa del
premio obtenido, que deberá producirse dentro del plazo de siete (7) días
desde el envío del mail en el que se le comunica su condición de ganador.
En caso de que no fuera posible localizar a los Ganadores de esta Promoción
con la información que hayan proporcionado, los Ganadores incurrieran en
alguno de los supuestos detallados en el apartado anterior, los Ganadores no
pudieran o no quisieran aceptar el premio, el mismo premio se declarará
desierto.
En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas distintas de aquellas
que hayan resultado Ganadoras de la Promoción, con la sola excepción de los
representantes legales de los menores de edad que podrán recibirlo en
5
nombre de los mismos,
anteriormente.
o en su caso y de conformidad con lo dispuesto
En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y
reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de sus marcas.
NOVENO.- CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL
9.1.- Limitaciones a la participación

Podrán participar en la promoción todos aquellos consumidores,
personas físicas mayores de 18 años y residentes legales en territorio
español.

La COMPAÑIA queda facultada para excluir a los Participantes que no
cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de
la COMPAÑÍA, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las
presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen
funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.

En particular, la COMPAÑÍA queda facultada a excluir de la Promoción al
personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás
agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas
del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que
hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán
participar en la Promoción los familiares de las anteriores personas
hasta el segundo grado de consanguinidad.

Los datos facilitados por los Participantes, deberán ser veraces. Dado
que los datos son esenciales para la participación en la presente
Promoción, en el caso de que los mismos fueran falsos, la COMPAÑÍA
podrá eliminar al Participante de la Promoción. En caso de que no haya
sido detectada la falsedad de los datos y el Participante resulte ganador
de un premio de la presente Promoción, el Participante quedará
igualmente excluido de la Promoción.

En los casos indicados anteriormente, los Participantes excluidos
perderán su derecho al premio. En caso de que dichos Participantes
hayan resultado Ganadores de la Promoción, al ser excluidos, el premio
se declarará desierto.
9.2.- Aceptación de las bases legales
6

El mero hecho de participar en esta Promoción implica la aceptación en
su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de la
COMPAÑIA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de
la Promoción.

La COMPAÑIA se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento
los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo
a título meramente enunciativo pero no limitativo, la anulación,
repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de las mismas.
Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los
Participantes a través de los mismos medios en los que se haya
comunicado la celebración de la Promoción, quedando eximida la
COMPAÑIA de toda obligación o compensación económica respecto a los
Participantes.
9.3.- Del premio de la Promoción, su aceptación y cesión

El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún
caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia
de los Ganadores, siendo los Ganadores las personas que disfruten del
mismo, salvo autorización expresa de la COMPAÑIA.

Una vez entregados a los Ganadores, los premios no podrán ser objeto
de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.

La COMPAÑÍA podrá solicitar a los Ganadores de la presente Promoción
la aceptación escrita del premio. Los Ganadores podrán renunciar al
premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser
firmada asimismo por los Ganadores, en cuyo caso el premio se
declarará desierto

Si la COMPAÑIA lo considera necesario, se podrá dejar algún premio
desierto.
El período de reclamación de los premios finaliza transcurridos quince (15)
días desde que los consumidores reciban la notificación de que han resultado
agraciados con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. Los
Ganadores podrán ponerse en contacto con los organizadores de la promoción
escribiendo a [email protected]. En caso de que los
Ganadores no reclamen el premio en este plazo, el premio se declarará
desierto.
9.4.- Derechos de utilización del nombre y apellidos, e imagen

Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a la
COMPAÑÍA a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos e
imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su
tratamiento a través de cualquier sistema y soporte que permita fijar,
7
insertar, difundir, reproducir, divulgar, comunicar
y explotar
públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de la
COMPAÑIA, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial
y sin que de lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por
la COMPAÑIA.

A estos efectos, las referencias que se hagan a “cualquier sistema y
soporte” deben interpretarse de manera extensiva a cualquier medio
que permita la fijación, reproducción, distribución y comunicación
pública de la imagen y voz, del cedente (incluyendo con carácter
meramente enunciativo y no limitativo, la prensa, la televisión, el cine,
Internet, los dispositivos móviles, etc.) a utilizar el diseño de las
imágenes en todo tipo de acciones publicitarias tales como
presentaciones y eventos organizados por la COMPAÑIA.

La autorización incluye todos los derechos de reproducción,
transformación, distribución y comunicación pública de la grabación o
imágenes captadas, sin limitación de tiempo ni de territorio.

La COMPAÑÍA publicará en la web www.kitbebeabordo.com, y en
cualquiera de sus web o redes sociales, el nombre y apellidos de los
ganadores de la presente Promoción, autorizándose expresamente por
los participantes dicha publicación. Igualmente la COMPAÑÍA facilitará a
los participantes ganadores, la posibilidad de publicar su condición de
ganador en sus redes sociales.
9.5.- Fiscal

A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las
disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación
aplicable en cada momento.

De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como
consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o
combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción
o venta de determinados productos o servicios, estarán sujetos a
retención o ingreso a cuenta, según corresponda, siempre que el valor
del premio sea superior a 300 Euros. La retención a aplicar sobre los
premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 20% sobre la base de
retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios
consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la
cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la
entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para
la COMPAÑÍA.
8

En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo
legal, la COMPAÑÍA deberá practicar las retenciones o ingresos a
cuenta, que correspondan sobre el valor de los premios.
Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la
correspondiente retención o ingreso a cuenta, la Compañía se
compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta
correspondiente al premio, sin perjuicio de que el ganador deba
responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le
correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado
siguiente.

Exceptuando las obligaciones de la Compañía de practicar las
retenciones o ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las
demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio
serán por cuenta de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en
cada momento disponga lo contrario.
9.6.- Exoneración de responsabilidad

La COMPAÑÍA, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes
o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por
daños ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el
ganador de la Promoción por cualquier acción u omisión no imputable a
la COMPAÑÍA, sus proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o
distribuidores, durante el disfrute del premio y con los límites
establecidos en la normativa aplicable.

La COMPAÑIA no se hace responsable de los daños y perjuicios
derivados de la participación en esta Promoción. Consecuentemente, los
Participantes de la presente Promoción, exoneran a la COMPAÑÍA, de la
forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de
responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil,
mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo la
indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier
otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados
y Procuradores) en los que pudiere resultar implicada la COMPAÑÍA con
motivo y ocasión de la presente Promoción.

La COMPAÑÍA, no se responsabiliza de los actos y comportamientos de
los Participantes, ni de sus hipotéticas responsabilidades penales, civiles
o de cualquier otra índole ni de las posibles pérdidas, deterioros, robos,
retrasos o cualquier otra circunstancia imputable al ganador o a su
acompañante en su caso, o a terceros (como a título de ejemplo,
agencias de viaje, compañías aéreas, etc.,) que puedan afectar tanto a
la participación como al disfrute de los regalos de la presente
Promoción.
9

La COMPAÑIA queda exonerada de toda responsabilidad derivada del
mal funcionamiento de correos, de las redes de comunicación
electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por
causas ajenas a la COMPAÑIA y especialmente por actos externos de
mala fe. Tampoco será responsable la COMPAÑÍA por los problemas de
transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.

La COMPAÑIA no se hace responsable de los servicios que presten
terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación de la
presente Promoción.

La COMPAÑIA, procederá a la anulación de los SMS, MMS, correos
electrónicos u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas,
manipuladas o pertenecientes a otras promociones.

En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que
dificulte el normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga
imposible la determinación del Ganador, la COMPAÑÍA pondrá fin a la
Promoción, renunciando los participantes a interponer cualquier
reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o
de cualquier otra índole contra la COMPAÑÍA, persiguiendo cualquier
responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier
naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento.
9.7.- Declaración responsable

La COMPAÑIA, se compromete a llevar a cabo la presente Promoción
conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad
recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención
a la normativa sobre protección de menores.
9.8.- Depósito de bases y su publicación

Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y
protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid D. Enrique
José Rodríguez Cativiela, con despacho en Pº de la Castellana nº 126,
1ª Plta., 28046-Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases
de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el
Consejo
General
del
Notariado
y
publicado
en
http://www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario y estarán a
disposición de cualquier persona que desee consultarlas, así como en la
página web de la promoción www.kitbebeabordo.com
DECIMO.- PROTECCIÓN DE DATOS
10
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y con la Ley 34/2002, de 11 de julio,
de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico,
CALIDAD PASCUAL, S.A.U., con CIF A-09006172, y domicilio social en
Aranda de Duero, Burgos, le informa y usted otorga su consentimiento
expreso para que los datos de carácter personal que usted nos facilite en el
marco de la presente Promoción sean incorporados a un fichero titularidad de
la Compañía con la finalidad de gestionar su participación en la Promoción y,
en particular, gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara
premiado, así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de
otra índole que sean de aplicación en relación con la Promoción. La negativa a
suministrar los datos solicitados, determinará la imposibilidad de participar en
la promoción.
Los datos personales facilitados podrán ser utilizados para el envío por medios
tradicionales o electrónicos (email, SMS, etc.) de publicidad y ofertas
comerciales de la entidad CALIDAD PASCUAL, S.A.U., y demás empresas de la
Corporación Empresarial Pascual, pertenecientes a los sectores de fabricación
y distribución de productos de alimentación, construcción, inmobiliario,
hostelería y golf, actividades de interés general sin ánimo de lucro y
formación, a las que podrán cederse los datos con esa finalidad, si nos
autoriza para ello, mediante la casilla de aceptación de comunicaciones que se
facilita junto a la casilla de aceptación de la presente Política de Privacidad.
Igualmente podrá revocar el consentimiento prestado, en cualquier momento
posterior, en la dirección facilitada a continuación.
Los ganadores autorizan a CALIDAD PASCUAL, S.A.U para la utilización y
difusión de su nombre y apellidos, e imagen en su caso, de conformidad con
lo indicado en el punto 9.4 de las bases legales.
El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación,
oposición y cancelación, mediante solicitud escrita dirigida a CALIDAD
PASCUAL, S.A.U identificado con la referencia “Promoción KIT BEBE A BORDO”
acompañado de copia del DNI, a Avda. de Manoteras, 24, 28050 Madrid o bien
a
la
dirección
de
correo
electrónico:
[email protected]
UNDECIMO.- LEY Y JURISDICCION APLICABLE
Las Bases de la Promoción se rigen por la ley española.
La COMPAÑÍA y los Participantes en la Promoción, se someten a la jurisdicción
de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa a
cualquier otro foro que pudiera corresponderles.
11
ANEXO 1. Listado de enseñas para la promoción “Kit bebé a bordo”
EROSKI, S.C.
CARREFOUR
CONSUM
DIA
AUCHAN- ALCAMPO S.A.
EL CORTE INGLES
MIQUEL ALIMENTACIO GRUP
CONDIS SUPERMERCATS
BON PREU S.A.
EUROPAMUR (CASH EUROPA)
COVALCO
MAKRO
MUSGRAVE ESPAÑA
SUPERMERCADOS SABECO, S.A.
MERCADONA
AHORRAMAS
DINOSOL SUPERMERCADOS
HIPERBER DISTRIBUCION Y LOGISTICA,
SUPERSOL SPAIN
UNIDE S.COOP.
JUAN FORNES FORNES
GRUPO UPPER SOCIEDAD COOPERATIVA
HIPER MANACOR, S.A.
DISTRIBUCIONES FROIZ , S.A.
GADISA
SUPERFICIES DE ALIMENTACION
FRAGADIS
COOP.VIRGEN DE LAS ANGUSTIAS
MURCIA ANDRES MESEGUER, S.A.
FACSA
MAMPER E HIJOS, S.L.
ALIPENSA
SUCESORES DE P.SORIANO BUFORN
HIPER USERA, S.L.
DETALLISTAS UNIDOS
SEMARK AC GROUP
CORPORACION ALIMENTARIA GUISSONA
SUPERMERCADOS PUJOL, S.A.
KUPS DESING INTERNACIONAL
MASKOMO S. L.
GRUPO UVESCO
EXCLUIB
DOMINGO MARQUES
AMK ALIMERKA DISTRIBUCION, S.A.
COOP.DETALL.ALIM.DEL SEGURA
12
CASH LEVANTE
MOYA SAUS
CONACO
GRUPO HNOS. MARTIN
DIST. BOSCH HNOS.
CUDAL SDAD. COOP. ANDALUZA
J. BERNABEU PIC
SUPERGRUP
HNOS. AYALA SOUSA
SUPERMERCADOS LLOBET
ALICAMBA SL
LUIS PI#A
SUP. HIBER, S.A.
M.Y B. GIGANTE
ESTABLEC. PLAZA
DISMERCO
CASH SEVILLA, S.A.
TORRE LUCAS, S.L.
CAFES MORA
LECLERC
COMERCIANTES DEL PONIENTE
HIJOS DE LUIS RODRIGUEZ
CORBALAN MATALLANA, S.L.
ALONSO HIPERCAS
DETALLISTAS ALIMENTACION SAN RAFAEL
PRINCESALISIMO
ARENAL PERFUMERIAS, S.L.
SUPER. SANCHEZ ROMERO
BIBIANO HERMANOS
LIDER ALIMENTACION
DEZA ALIMENTACION
SUPERMERCADOS BALY ALKA
ECOS MANCHEGOS SA (ECOMANSA)
TUDESPENSA SUPER ON-LINE SL
MEDINA 3, S.A.
CABRERO E HIJOS
SANCHEZ VAZQUEZ HNOS.
DISTRIBUIDORA DETALLISTA DEL LEVANT
COMERCIAL GALIAN
ISAIAS DE BLAS, S.L.
SUPERMERCADOS CADIZ
FRANCO MOR
JUAN M. DIEGUEZ RIVAS
TEOGENES RUIZ
RUFERVI, S.L.
OPEN 25
SUPER BONILLA
YEBENES
ALMACENES DE LA FUENTE MARTOS SA
DISTRIBUCIONES CARDOSO, S.A.
SUPERMERCADOS CODI
SUPERMERCADOS SEYMARA, S.L
SUPERMERCADOS DANI
LONGINOS VELASCO, S.A.
FUTURAL S.L.
ROMAN GARCIA ROMO
JOSE MARIA SILVA SL
13
14