BASES DE LA PROMOCION “KIT BEBE A BORDO” PRIMERO.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCION La presente promoción se organiza por la entidad CALIDAD PASCUAL, S.A.U., con CIF nº A-09006172, domiciliada en Aranda de Duero (Burgos), Carretera de Palencia, s/n (en adelante, la “COMPAÑÍA”). SEGUNDO.- OBJETO DE LA PROMOCION A través de la presente promoción (en adelante, la “Promoción”) la COMPAÑÍA pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa, así como colaborar con la Fundación Cruz Roja Española. TERCERO.- ÁMBITO GEOGRÁFICO El ámbito de aplicación de esta Promoción es territorio nacional y se desarrollara en todos aquellos establecimientos del canal alimentación considerados prescriptores idóneos por la empresa organizadora adheridos a la presente promoción, y que pueden ser consultados en el enlace “establecimientos adheridos” de la web www.kitbebeabordo.com. CUARTO.- ÁMBITO TEMPORAL La Promoción dará comienzo el día 2 de Noviembre de 2015 y finalizará el día 31 de Diciembre de 2015, ambos inclusive. QUINTO.- COMUNICACIÓN La Promoción se comunicará al público por la COMPAÑÍA a través de stopper, carteles y totems que el consumidor encontrará en los puntos de ventas adheridos a la promoción. Dicha promoción podrá comunicarse en cualesquiera otros medios que Calidad Pascual considere oportunos, prensa, medios digitales, en la propia web promocional www.kitbebeabordo.com etc. SEXTO.- PREMIOS Los premios que se van a entregar a los ganadores de la presente Promoción son: tres premios al mes según posicionamiento ranking para quien obtenga 1 mayor puntuación en primera (1ª) segunda (2ª) tercera (3ª) posición en la siguiente forma: PRIMER LUGAR: un premio valorado en mil cuatrocientos euros (1.400€) a elegir por el ganador entre: - Coche de Paseo X-lander X-Pulse Trio Orange Trio más Cuna Micuna Big Neus Relax con somier TV LED 55'' Panasonic TX-55CX750E 4K 3D DLNA y Smart TV Thermomix ®; o en alternativa una tarjeta regalo del corte inglés por un valor de mil cuatrocientos euros (1400€). SEGUNDO LUGAR: un premio valorado en novecientos euros (900€) a elegir por el ganador entre: - iPad air 2 128GB más Osmo Genius kit MacBook Air de 11 pulgadas 1,6 GHz Procesador 128 GB Cámara réflex digital Canon EOS 750D con Objetivo EF-S 18-55mm IS STM o en alternativa una tarjeta regalo del corte inglés por un valor de novecientos euros (900€). TERCER LUGAR: un premio valorado en cuatrocientos euros (400€) a elegir por el ganador entre: - Pack Consola - Nintendo - Wii U Premium, 32Gb más Mario Kart 8 (Preinstalado) más Just Dance 2015 más 2 Mandos - Nintendo - Wii Remote Plus, Blanco WiiU/ Wii Pack PES 2016 y Consola - Sony - PS4 Negra Básica, 500Gb más 2 Mandos DualShock 4 Bicicleta de montaña M250 B-Pro más Casco de carretera Savant Giro o en alternativa una tarjeta regalo del corte inglés por un valor de cuatrocientos euros (400€). De entre los Participantes de la Promoción resultarán seis (6) ganadores, de los cuales dos (2) son premios valorados en mil cuatrocientos euros (1.400€), dos (2) son premios valorados en novecientos euros (900€) y otros dos (2) son premios valorados en cuatrocientos euros (400€). En caso de que algunos de estos premios no estuvieran disponibles en el momento de la compra, CALIDAD PASCUAL, S.A.U. se compromete a adquirir otros de características similares. 2 SEPTIMO.- MECANICA Todas aquellas personas que deseen participar en la Promoción deberán cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases. Para poder participar, los consumidores deberán adquirir dentro de un mismo acto de compra, y durante el periodo promocional establecido, al menos TRES (3) DE LOS PRODUCTOS EN PROMOCIÓN en todos aquellos establecimientos del canal alimentación considerados prescriptores idóneos por la empresa organizadora. Los productos en promoción son: Bezoya Formato Sport Cup 330 ml y 500 ml y Bezoya Formato Rosca 330 ml y 500 ml. A continuación, los participantes deberán escanear o realizar una fotografía al ticket de compra en el que conste la adquisición de al menos TRES (3) de los productos en promoción y adjuntarlo a su ficha de participación a través del enlace que a este efecto estará disponible en la propia web www.kitbebeabordo.com. Para completar la participación en la promoción, todos los participantes deberán aceptar el correspondiente aviso en materia de protección de datos, así como las bases legales y facilitarnos los siguientes datos personales de contacto: nombre, apellido, email, código postal y fecha de nacimiento. Si los datos facilitados fueran inciertos, incompletos o ilegibles, la COMPAÑÍA se reserva el derecho a invalidar dicha participación. Será de responsabilidad del propio participante facilitar una dirección de correo electrónica activa y de mantenimiento personal porque será la dirección utilizada para comunicarnos con los ganadores. Para su validez, las imágenes de los tickets enviados deberán resultar legibles en su totalidad, y deberán corresponderse con compras realizadas dentro del periodo promocional, en alguno de los establecimientos colaboradores. Cada ticket podrá utilizarse una única vez, por lo que una vez cumplimentada una participación con un ticket de compra, este ya no podrá volver a utilizarse en la promoción. Si se detectara que un participante ha utilizado un mismo ticket de compra en más de una ocasión, se tendrá en consideración exclusivamente la primera participación, siendo descartadas todas las posteriores. Igualmente, el participante respecto al que se detectara una participación fraudulenta, será descartado de la presente promoción, y perderá el derecho a participar en la misma. En cualquier caso, los tickets de compra utilizados para participar válidamente en la presente promoción deben cumplir los siguientes requisitos: 3 La fecha de compra debe ser anterior a la fecha de registro realizado en la página web, asociado al ticket con el que se participa. Deberá aparecer indicada la fecha y la hora de compra. Deberá aparecer identificado el nombre del establecimiento o punto de venta. Deberá aparecer identificado el nombre y/o la marca de los tres (3) productos en promoción adquiridos. Un mismo ticket de compra, sólo puede ser usado una única vez para participar. Un ticket de compra sólo dará derecho a una única participación, con independencia de que en dicho ticket figuren más de tres (3) productos en promoción. Si el participante, durante el proceso de participación y registro, tiene algún problema de validación de su ticket de compra, podrá ponerse en contacto con el servicio “Ayuda/Contacta” de la web www.kitbebeabordo.com o escribiendo directamente a los organizadores de la promoción a [email protected], indicando el motivo de su consulta y adjuntando una copia escaneada de su ticket. La compañía organizadora le facilitará una respuesta a su incidencia en la mayor brevedad posible. En el caso de resultar premiado, se le solicitará el ticket de compra original, una fotocopia de su DNI y la dirección a la que desea que se le realice el envío del premio junto con el horario deseado, así como la aceptación expresa del premio obtenido, que deberá producirse dentro del plazo de siete (7) días desde el envío del mail en el que se le comunica su condición de ganador. En caso de que el ticket enviado no resultara válido, se detectara la participación reiterada con un mismo ticket de compra, el ganador hubiera incumplido cualquiera de los requisitos de participación establecidos en las presentes bases, o bien no hubiera contestado al mail dentro del plazo anteriormente indicado, perderá su derecho a recibir el premio obtenido. La COMPAÑÍA podrá solicitar además, cualquier otra documentación adicional que considere oportuna para verificar la correcta participación y el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases. Además, por cada ticket valido que suba cada usuario conforme a la mecánica promocional, la COMPAÑÍA donará un euro (1€) a la Fundación Cruz Roja Española hasta un máximo de ocho mil euros (8.000€). OCTAVO.- GANADORES Los Ganadores de la Promoción se determinarán mediante el sistema denominado “PUNTUACION POR RANKING”: 4 Los premios se asignaran según los puntos que hayan sumado los participantes subiendo los ticket de la compra de al menos TRES (3) de los productos en promoción. Los puntos se sumaran de la siguiente manera: De 1 a 3 tickets sumaran 5 puntos por ticket De 4 a 6 tickets sumaran 10 puntos por ticket de 7 a 10 tickets sumaran 15 puntos por ticket Mas de 10 tickets sumaran más de 20 puntos por ticket La asignación de los premios se hará una vez al mes: La primera : el 1 de diciembre del 2015 La segunda: el 4 de enero del 2016 En caso de empate entre dos participantes, resultará ganador y se entregará el premio al que primero haya conseguido reunir la puntuación más alta. En el plazo de los 7 días naturales siguientes al día en el que se determine a los Ganadores, la COMPAÑÍA o los agentes que tenga contratados para la gestión de la Promoción comunicarán a los Ganadores por correo electrónico a la dirección de mail facilitada en el registro, que han resultado agraciados con el premio que se detalla en estas bases. En el caso de resultar premiado, se le solicitará el ticket de compra original, una fotocopia de su DNI y la dirección a la que desea que se le realice el envío del premio junto con el horario deseado, así como la aceptación expresa del premio obtenido, que deberá producirse dentro del plazo de siete (7) días desde el envío del mail en el que se le comunica su condición de ganador. En caso de que no fuera posible localizar a los Ganadores de esta Promoción con la información que hayan proporcionado, los Ganadores incurrieran en alguno de los supuestos detallados en el apartado anterior, los Ganadores no pudieran o no quisieran aceptar el premio, el mismo premio se declarará desierto. En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas distintas de aquellas que hayan resultado Ganadoras de la Promoción, con la sola excepción de los representantes legales de los menores de edad que podrán recibirlo en 5 nombre de los mismos, anteriormente. o en su caso y de conformidad con lo dispuesto En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de sus marcas. NOVENO.- CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL 9.1.- Limitaciones a la participación Podrán participar en la promoción todos aquellos consumidores, personas físicas mayores de 18 años y residentes legales en territorio español. La COMPAÑIA queda facultada para excluir a los Participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de la COMPAÑÍA, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción. En particular, la COMPAÑÍA queda facultada a excluir de la Promoción al personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán participar en la Promoción los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad. Los datos facilitados por los Participantes, deberán ser veraces. Dado que los datos son esenciales para la participación en la presente Promoción, en el caso de que los mismos fueran falsos, la COMPAÑÍA podrá eliminar al Participante de la Promoción. En caso de que no haya sido detectada la falsedad de los datos y el Participante resulte ganador de un premio de la presente Promoción, el Participante quedará igualmente excluido de la Promoción. En los casos indicados anteriormente, los Participantes excluidos perderán su derecho al premio. En caso de que dichos Participantes hayan resultado Ganadores de la Promoción, al ser excluidos, el premio se declarará desierto. 9.2.- Aceptación de las bases legales 6 El mero hecho de participar en esta Promoción implica la aceptación en su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de la COMPAÑIA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción. La COMPAÑIA se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo a título meramente enunciativo pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de las mismas. Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los Participantes a través de los mismos medios en los que se haya comunicado la celebración de la Promoción, quedando eximida la COMPAÑIA de toda obligación o compensación económica respecto a los Participantes. 9.3.- Del premio de la Promoción, su aceptación y cesión El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los Ganadores, siendo los Ganadores las personas que disfruten del mismo, salvo autorización expresa de la COMPAÑIA. Una vez entregados a los Ganadores, los premios no podrán ser objeto de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios. La COMPAÑÍA podrá solicitar a los Ganadores de la presente Promoción la aceptación escrita del premio. Los Ganadores podrán renunciar al premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada asimismo por los Ganadores, en cuyo caso el premio se declarará desierto Si la COMPAÑIA lo considera necesario, se podrá dejar algún premio desierto. El período de reclamación de los premios finaliza transcurridos quince (15) días desde que los consumidores reciban la notificación de que han resultado agraciados con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. Los Ganadores podrán ponerse en contacto con los organizadores de la promoción escribiendo a [email protected]. En caso de que los Ganadores no reclamen el premio en este plazo, el premio se declarará desierto. 9.4.- Derechos de utilización del nombre y apellidos, e imagen Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a la COMPAÑÍA a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su tratamiento a través de cualquier sistema y soporte que permita fijar, 7 insertar, difundir, reproducir, divulgar, comunicar y explotar públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de la COMPAÑIA, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial y sin que de lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por la COMPAÑIA. A estos efectos, las referencias que se hagan a “cualquier sistema y soporte” deben interpretarse de manera extensiva a cualquier medio que permita la fijación, reproducción, distribución y comunicación pública de la imagen y voz, del cedente (incluyendo con carácter meramente enunciativo y no limitativo, la prensa, la televisión, el cine, Internet, los dispositivos móviles, etc.) a utilizar el diseño de las imágenes en todo tipo de acciones publicitarias tales como presentaciones y eventos organizados por la COMPAÑIA. La autorización incluye todos los derechos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin limitación de tiempo ni de territorio. La COMPAÑÍA publicará en la web www.kitbebeabordo.com, y en cualquiera de sus web o redes sociales, el nombre y apellidos de los ganadores de la presente Promoción, autorizándose expresamente por los participantes dicha publicación. Igualmente la COMPAÑÍA facilitará a los participantes ganadores, la posibilidad de publicar su condición de ganador en sus redes sociales. 9.5.- Fiscal A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación aplicable en cada momento. De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, estarán sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda, siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros. La retención a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 20% sobre la base de retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para la COMPAÑÍA. 8 En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, la COMPAÑÍA deberá practicar las retenciones o ingresos a cuenta, que correspondan sobre el valor de los premios. Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, la Compañía se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente. Exceptuando las obligaciones de la Compañía de practicar las retenciones o ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga lo contrario. 9.6.- Exoneración de responsabilidad La COMPAÑÍA, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador de la Promoción por cualquier acción u omisión no imputable a la COMPAÑÍA, sus proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, durante el disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable. La COMPAÑIA no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en esta Promoción. Consecuentemente, los Participantes de la presente Promoción, exoneran a la COMPAÑÍA, de la forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo la indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar implicada la COMPAÑÍA con motivo y ocasión de la presente Promoción. La COMPAÑÍA, no se responsabiliza de los actos y comportamientos de los Participantes, ni de sus hipotéticas responsabilidades penales, civiles o de cualquier otra índole ni de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable al ganador o a su acompañante en su caso, o a terceros (como a título de ejemplo, agencias de viaje, compañías aéreas, etc.,) que puedan afectar tanto a la participación como al disfrute de los regalos de la presente Promoción. 9 La COMPAÑIA queda exonerada de toda responsabilidad derivada del mal funcionamiento de correos, de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a la COMPAÑIA y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la COMPAÑÍA por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma. La COMPAÑIA no se hace responsable de los servicios que presten terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación de la presente Promoción. La COMPAÑIA, procederá a la anulación de los SMS, MMS, correos electrónicos u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas, manipuladas o pertenecientes a otras promociones. En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga imposible la determinación del Ganador, la COMPAÑÍA pondrá fin a la Promoción, renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra la COMPAÑÍA, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento. 9.7.- Declaración responsable La COMPAÑIA, se compromete a llevar a cabo la presente Promoción conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre protección de menores. 9.8.- Depósito de bases y su publicación Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid D. Enrique José Rodríguez Cativiela, con despacho en Pº de la Castellana nº 126, 1ª Plta., 28046-Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en http://www.notariado.org/liferay/web/notariado/e-notario y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas, así como en la página web de la promoción www.kitbebeabordo.com DECIMO.- PROTECCIÓN DE DATOS 10 De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, CALIDAD PASCUAL, S.A.U., con CIF A-09006172, y domicilio social en Aranda de Duero, Burgos, le informa y usted otorga su consentimiento expreso para que los datos de carácter personal que usted nos facilite en el marco de la presente Promoción sean incorporados a un fichero titularidad de la Compañía con la finalidad de gestionar su participación en la Promoción y, en particular, gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado, así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que sean de aplicación en relación con la Promoción. La negativa a suministrar los datos solicitados, determinará la imposibilidad de participar en la promoción. Los datos personales facilitados podrán ser utilizados para el envío por medios tradicionales o electrónicos (email, SMS, etc.) de publicidad y ofertas comerciales de la entidad CALIDAD PASCUAL, S.A.U., y demás empresas de la Corporación Empresarial Pascual, pertenecientes a los sectores de fabricación y distribución de productos de alimentación, construcción, inmobiliario, hostelería y golf, actividades de interés general sin ánimo de lucro y formación, a las que podrán cederse los datos con esa finalidad, si nos autoriza para ello, mediante la casilla de aceptación de comunicaciones que se facilita junto a la casilla de aceptación de la presente Política de Privacidad. Igualmente podrá revocar el consentimiento prestado, en cualquier momento posterior, en la dirección facilitada a continuación. Los ganadores autorizan a CALIDAD PASCUAL, S.A.U para la utilización y difusión de su nombre y apellidos, e imagen en su caso, de conformidad con lo indicado en el punto 9.4 de las bases legales. El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación, mediante solicitud escrita dirigida a CALIDAD PASCUAL, S.A.U identificado con la referencia “Promoción KIT BEBE A BORDO” acompañado de copia del DNI, a Avda. de Manoteras, 24, 28050 Madrid o bien a la dirección de correo electrónico: [email protected] UNDECIMO.- LEY Y JURISDICCION APLICABLE Las Bases de la Promoción se rigen por la ley española. La COMPAÑÍA y los Participantes en la Promoción, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro foro que pudiera corresponderles. 11 ANEXO 1. Listado de enseñas para la promoción “Kit bebé a bordo” EROSKI, S.C. CARREFOUR CONSUM DIA AUCHAN- ALCAMPO S.A. EL CORTE INGLES MIQUEL ALIMENTACIO GRUP CONDIS SUPERMERCATS BON PREU S.A. EUROPAMUR (CASH EUROPA) COVALCO MAKRO MUSGRAVE ESPAÑA SUPERMERCADOS SABECO, S.A. MERCADONA AHORRAMAS DINOSOL SUPERMERCADOS HIPERBER DISTRIBUCION Y LOGISTICA, SUPERSOL SPAIN UNIDE S.COOP. JUAN FORNES FORNES GRUPO UPPER SOCIEDAD COOPERATIVA HIPER MANACOR, S.A. DISTRIBUCIONES FROIZ , S.A. GADISA SUPERFICIES DE ALIMENTACION FRAGADIS COOP.VIRGEN DE LAS ANGUSTIAS MURCIA ANDRES MESEGUER, S.A. FACSA MAMPER E HIJOS, S.L. ALIPENSA SUCESORES DE P.SORIANO BUFORN HIPER USERA, S.L. DETALLISTAS UNIDOS SEMARK AC GROUP CORPORACION ALIMENTARIA GUISSONA SUPERMERCADOS PUJOL, S.A. KUPS DESING INTERNACIONAL MASKOMO S. L. GRUPO UVESCO EXCLUIB DOMINGO MARQUES AMK ALIMERKA DISTRIBUCION, S.A. COOP.DETALL.ALIM.DEL SEGURA 12 CASH LEVANTE MOYA SAUS CONACO GRUPO HNOS. MARTIN DIST. BOSCH HNOS. CUDAL SDAD. COOP. ANDALUZA J. BERNABEU PIC SUPERGRUP HNOS. AYALA SOUSA SUPERMERCADOS LLOBET ALICAMBA SL LUIS PI#A SUP. HIBER, S.A. M.Y B. GIGANTE ESTABLEC. PLAZA DISMERCO CASH SEVILLA, S.A. TORRE LUCAS, S.L. CAFES MORA LECLERC COMERCIANTES DEL PONIENTE HIJOS DE LUIS RODRIGUEZ CORBALAN MATALLANA, S.L. ALONSO HIPERCAS DETALLISTAS ALIMENTACION SAN RAFAEL PRINCESALISIMO ARENAL PERFUMERIAS, S.L. SUPER. SANCHEZ ROMERO BIBIANO HERMANOS LIDER ALIMENTACION DEZA ALIMENTACION SUPERMERCADOS BALY ALKA ECOS MANCHEGOS SA (ECOMANSA) TUDESPENSA SUPER ON-LINE SL MEDINA 3, S.A. CABRERO E HIJOS SANCHEZ VAZQUEZ HNOS. DISTRIBUIDORA DETALLISTA DEL LEVANT COMERCIAL GALIAN ISAIAS DE BLAS, S.L. SUPERMERCADOS CADIZ FRANCO MOR JUAN M. DIEGUEZ RIVAS TEOGENES RUIZ RUFERVI, S.L. OPEN 25 SUPER BONILLA YEBENES ALMACENES DE LA FUENTE MARTOS SA DISTRIBUCIONES CARDOSO, S.A. SUPERMERCADOS CODI SUPERMERCADOS SEYMARA, S.L SUPERMERCADOS DANI LONGINOS VELASCO, S.A. FUTURAL S.L. ROMAN GARCIA ROMO JOSE MARIA SILVA SL 13 14
© Copyright 2025