Acta nº 26 de la Junta de Gobierno Local del 23 de julio de 2015

ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
EL DÍA 23 DE JULIO DE 2015 NÚM. 26/2015
CONCEJALES ASISTENTES
D. Jesús M. Borràs i Sanchis
D. Alfonso Carlos López Reyes
D. Ángel Mora Blasco
D. Rafael Mercader Martínez
D. Manuel Gutiérrrez Liébana
Dª. Pilar Molina Alarcón
D. Francisco M. Izquierdo Moreno
D. Juan José Ramírez Pérez (13.20 horas)
Excusan su asistencia:
Secretario General
D. Antonio Pascual Ferrer
Interventor
D. Bruno Mont Rosell
En Manises, a
2015.
23 de Julio de
A las 13.00 horas, se
reúnen en el salón de sesiones de
la Casa Consistorial los miembros
de la Junta de Gobierno Local
relacionados al margen, siendo
objeto de la reunión celebrar
sesión extraordinaria de la Junta.
Preside la sesión el Sr.
Alcalde D. Jesús Borràs i Sanchis.
Declarada iniciada la
sesión, se procede a debatir los
asuntos del Orden del Día, en los
términos que a continuación se
expresa
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1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.Repartido con anterioridad el borrador del acta número 25/2015 correspondiente a la sesión
de la Junta celebrada el día 21 de Julio de 2015, el Presidente pregunta si algún Concejal quiere
hacer observaciones a la misma antes de su aprobación. Y no haciéndose ninguna observación al
respecto es aprobada por unanimidad, acordándose su transcripción al Libro Oficial de Actas de la
Junta de Gobierno Local.
2.- REPRESENTANTES DEL AYUNTAMIENTO EN LOS CONSEJOS ESCOLARES DE
LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS.
Los consejos escolares de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos
públicos están integrados, entre otros, por un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo
término municipal se halle radicado el centro, de conformidad con lo previsto en los artículos 126.1
de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación y 56.1 de la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de
julio, Reguladora del Derecho a la Educación, en su redacción modificada en el apartado 8º de la
disposición final primera de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación.
Constituida el día 13 de junio de 2015, en sesión plenaria extraordinaria, la Corporación
municipal resultante de las elecciones locales celebradas el día 24 de mayo, y en ejercicio de las
competencias previstas en el artículo 21.1 s) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local,
en su redacción modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, y de conformidad con la
propuesta de la Alcaldía, la Junta de Gobierno Local, con los votos favorables de todos los
miembros asistentes, a excepción de la abstención de D. Francisco Izquierdo (Partido Popular),
acuerda:
Primero.- Designar a los representantes del Ayuntamiento en los consejos escolares de los
centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos radicados en el municipio de
Manises:
Centro docente
E.I Príncipe Valiente
CEIP Félix Rodríguez de la Fuente
CEIP Benjamín Benlloch
CEIP Joan Fuster
CEIP José García Planells
CEIP Enric Valor
CEIP Vicente Nicolau Balaguer
Colegio Sagrada Familia
Colegio El Carmen
IES Pere Boïl
IES José Rodrigo Botet
IES Ausias March
Representante
Dª Pilar Bastante Benito
Dª Mª Carmen Moreno Marín
Dª Mª Irene Camps Soriano
Dª Pilar Bastante Benito
Dª Altea Royo Vila
D. Adrián Rodríguez San José
D. Alfonso Carles López Reyes
D. Rafael Mercader Martínez
D. Alfonso Carles López Reyes
Dª Pilar Gómez Martínez
D. Ángel Mora Blasco
D. Javier Mansilla Bermejo
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F.P.A “Menicil”
Dª Altea Royo Vila
Segundo.- Designar al representante del Ayuntamiento en el consejo escolar del centro
docente universitario sostenido con fondos públicos radicado en el municipio de Manises:
Centro docente
Escuela Superior de Cerámica
Representante
D. Xavier Morant Verdejo
Tercero.- Comuníquese a los designados y a los respectivos centros docentes, a los efectos
procedentes.
3.- SOLICITUD A LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE
AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A LA ESCOLARIZACIÓN EN LOS CENTROS
MUNICIPALES DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMER CICLO, CURSO ESCOLAR 20152016.
Por Orden 64/2015, de 12 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte
(DOCV núm. 7550 de 17.06.2015), han sido convocadas ayudas económicas destinadas a la
escolarización en las escuelas y centros de Educación Infantil de primer ciclo, para el curso escolar
2015-2016.
La educación infantil, etapa educativa que atiende a niños y niñas desde el nacimiento
hasta los seis años de edad, tiene carácter voluntario correspondiendo a las Administraciones
Públicas promover un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo,
coordinando políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta
educativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de
mayo, de Educación.
El Ayuntamiento de Manises es titular de los centros docentes “Gesmil”, “Molí”, “La
Pinadeta”, “Tarara” y “Aiguamanil”, que disponen de unidades autorizadas de Educación Infantil,
primer ciclo, en los términos previstos en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio,
Reguladora del Derecho a la Educación.
En consecuencia, de conformidad con la propuesta de la concejala-delegada de Educación,
la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Primero.- Solicitar de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte las ayudas
económicas destinadas a la escolarización en los centros municipales de Educación Infantil, primer
ciclo, curso escolar 2015-2016, que se prevén en la mencionada Orden 64/2015 de 12 de junio.
Segundo.- Que en el Presupuesto del Ayuntamiento de Manises vigente para el ejercicio
2015 existen consignados los siguientes créditos para el mantenimiento de los centros de Educación
Infantil, primer ciclo, de titularidad del Ayuntamiento de Manises:
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32110 13000 RETRIB. BASICAS PERSONAL LABORAL FIJO ESCUELAS
INFANTILES
32110 16000 SEGURIDAD SOCIAL PERSONAL ESCUELAS INFANTILES
32110 21200 MANTENIMIENTO EDIFICIOS ESCUELAS INFANTILES
32110 22103 SUMINISTRO COMBUSTIBLE ESCUELAS INFANTILES
32110 22104 SUMINISTRO VESTUARIO ESCUELAS INFANTILES
32110 22109 SUMINISTRO MATERIAL TECNICO Y DIDACTICO
32110 22400 PRIMAS DE SEGUROS ESCUELAS INFANTILES
32110 22608 GASTOS DIVERSOS ESCUELAS INFANTILES
32110 22700 EMPRESAS LIMPIEZA ESCUELAS INFANTILES
32310 22710 COMEDORES ESCUELAS INFANTILES
32120 22100 SUMINISTRO ENERGIA ELECTRICA
92010 22200 COMUNICACIONES TELEFONICAS
92010 22000 MATERIAL DE OFICINA
TOTAL
1.154.342,44
365.381,56
10.000,00
20.000,00
1.500,00
10.000,00
5.000,00
22.500,00
92.000,00
410.000,00
16.000,00
4.000,00
1.500,00
2.112.224,00
Tercero.- Declarar el compromiso de cumplir con las obligaciones que se deriven de la
recepción de la subvención, en caso de resultar beneficiarios.
Cuarto.- Facultar expresamente a Dª Pilar Molina Alarcón, concejala-delegada de
Educación, para la firma de cuantos documentos sean requeridos en las bases que regulan la
convocatoria de las ayudas económicas.
Quinto.- Comuníquese a la Dirección General de Centros y Personal Docente de la
Consellería de Educación, Cultura y Deporte, dándose traslado a Intervención, Oficina
Presupuestaria y Departamento de Educación, a los efectos procedentes.
4.- SERVICIO DOCENTE DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO
DE MANISES. INICIO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN.
Por el Técnico del Servicio Municipal de Deportes, se ha emitido informe de necesidad de
fecha 17 de julio 2015, relativo a la necesidad de contratar personal cualificado y especializado para
la impartición de las actividades que se ofertan al ciudadano desde el departamento de Deportes
como son aerobic, taichi, yoga, yoga infantil, gimnasia de mantenimiento, danza del vientre, tenis
adultos y tenis escuela, una vez vencido el contrato vigente, proponiendo se inicie procedimiento
de contratación de una empresa externa para cubrir los servicios docentes de las actividades
deportivas del Ayuntamiento.
El presupuesto calculado para la ejecución del contrato referido a la prestación del servicio
docente de las actividades deportivas del Ayuntamiento de Manises es de cincuenta mil euros
(50.000€), por temporada deportiva, cuyo gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria
341.10/227.09 del vigente presupuesto municipal para 2015, por lo que, en función de la cuantía del
contrato, la selección del contratista se realizará mediante procedimiento de licitación abierto.
Establece el artículo 109 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el
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que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que la celebración de
contratos requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el
órgano de contratación motivando la necesidad del contrato.
El Alcalde ostenta las competencias como órgano de contratación para la adjudicación de
este contrato en virtud de lo establecido en el apartado primero de la disposición adicional segunda
del TRLCSP, si bien mediante Resolución de Alcaldía número 2015/1994, de fecha 25 de junio,
delegó en la Junta de Gobierno Local las facultades de la Alcaldía como órgano de contratación en
relación a todo tipo de contratos, exceptuando los contratos calificados como contratos menores por
razón de la cuantía, y por Resolución de la Alcaldía 2015/1995, de 25 de junio, efectuó delegación
especial del ejercicio de las funciones en materia de Contratación a doña Pilar Bastante Benito,
extendiéndose la delegación a la facultad de suscribir cuantos actos de trámite sean necesarios para
iniciar y tramitar expedientes, hasta la fase de resolución de los mismos
En virtud de todo lo expuesto y de conformidad con la propuesta de la concejala de
contratación, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Iniciar expediente de contratación para la adjudicación del contrato de
prestación de servicios que tiene por objeto el “ Servicio docente de las actividades deportivas del
Ayuntamiento de Manises”.
SEGUNDO.- La selección del contratista se realizará mediante procedimiento de licitación
abierto.
TERCERO.- Incorporar al expediente de contratación, previo a la aprobación del mismo
los siguientes documentos:
* Pliego de Cláusulas Administrativas particulares.
* Pliego de Prescripciones Técnicas.
* Certificado de existencia de crédito.
* Informe de fiscalización de la Intervención.
5.- PROGRAMA DE CONVIVENCIA DIRIGIDO A JUBILADOS Y PENSIONISTAS.
INICIO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO.
Por la Coordinadora de Servicios Sociales, se ha emitido propuesta de fecha 21 de julio de
2015, relativo a la necesidad de iniciar expediente de contratación para la adjudicación del contrato
que tiene por objeto el servicio de prestación del programa de convivencia dirigido a jubilados y
pensionistas, dado el próximo vencimiento del contrato vigente con la empresa Regesmit, S.L
El programa de convivencia se desarrolla en los cinco clubes de convivencia e incluyen los
talleres de gimnasia de mantenimiento, bailes de salón, yoga, memoria, manualidades, play-back y
pintura al oleo.
El presupuesto calculado para la ejecución del contrato referido a la prestación del servicio
del programa de convivencia dirigido a jubilados y pensionistas es de cincuenta y cinco mil
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setecientos veintiocho euros (55.728 €) anuales , cuyo gasto se realizará con cargo a la aplicación
presupuestaria 231.10/226.10 del vigente presupuesto municipal para 2015, por lo que, en función
de la cuantía del contrato, la selección del contratista se realizará mediante procedimiento de
licitación abierto.
Establece el artículo 109 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que la celebración de
contratos requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el
órgano de contratación motivando la necesidad del contrato.
El Alcalde ostenta las competencias como órgano de contratación para la adjudicación de este
contrato en virtud de lo establecido en el apartado primero de la disposición adicional segunda del
TRLCSP, si bien mediante Resolución de Alcaldía número 2015/1994, de fecha 25 de junio, delegó
en la Junta de Gobierno Local las facultades de la Alcaldía como órgano de contratación en relación
a todo tipo de contratos, exceptuando los contratos calificados como contratos menores por razón de
la cuantía, y por Resolución de la Alcaldía 2015/1995, de 25 de junio, efectuó delegación especial
del ejercicio de las funciones en materia de Contratación a doña Pilar Bastante Benito,
extendiéndose la delegación a la facultad de suscribir cuantos actos de trámite sean necesarios para
iniciar y tramitar expedientes, hasta la fase de resolución de los mismos.
En virtud de todo lo expuesto y de conformidad con la propuesta de la concejala de
contratación, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Iniciar expediente de contratación para la adjudicación del contrato de
prestación de servicios que tiene por objeto el “Programa de convivencia dirigido a jubilados y
pensionistas”.
SEGUNDO.- La selección del contratista se realizará mediante procedimiento de licitación
abierto.
TERCERO.- Incorporar al expediente de contratación, previo a la aprobación del mismo
los siguientes documentos:
* Pliego de Cláusulas Administrativas particulares.
* pliego de prescripciones Técnicas.
* Certificado de existencia de crédito.
* Informe de fiscalización de la Intervención.
6.- EXPTE. 2013/023-RP. HÉCTOR FERNÁNDEZ BASELGA EN NOMBRE DE EVA Mª
MORELLO FERRER Y DE FÉNIX DIRECTO COMPAÑÍA DE SEGUROS Y
REASEGUROS S.A. DAR CUENTA DE LA SENTENCIA Nº 140/2015 DE 9 DE JUNIO DE
2015 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 DE VALENCIA.
Dada cuenta de la Sentencia número 140/2015, de fecha 9 de junio de 2015, del Juzgado de
lo Contencioso-administrativo número tres de Valencia, recaída en el procedimiento abreviado
número 397/14 promovido por D. Javier Roldán García en nombre y representación de Eva Mª
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Morello Ferrer y de Fénix Directo Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., contra la reclamación
formulada el día 15 de octubre de 2013, en la que solicitaba una indemnización por cuantía de
21.255,86 € y 2.644,10 euros respectivamente.
El fallo de la referida sentencia estima parcialmente el recurso contencioso administrativo
interpuesto por D. Javier Roldán García en nombre y representación de Eva Mª Morello Ferrer y de
Fénix Directo Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., concediendo el derecho al cobro de
2.644,10 euros y 10.856,38 euros, por los daños causados el vehículo de su propiedad y lesiones
personales sufridas, más los intereses legales desde la reclamación. No impone costas procesales.
Habiéndose comunicado a este Ayuntamiento por el Juzgado de lo contencioso
administrativo nº 3 de Valencia que se ha procedido por la Compañía de Seguros Mapfre con fecha
3 de julio, a consignar la suma de 12.900,48 euros como pago de principal y 890,85 euros en
concepto de intereses, únicamente faltaría por parte de este Ayuntamiento consignar en el Juzgado
la cantidad de 600 euros correspondiente a la franquicia existente en virtud de la póliza número
0960370003700, suscrita con la citada entidad, completando así la suma total de la indemnización
estimada parcialmente.
Por todo ello, de conformidad con la propuesta del Concejal delegado del Área de
Economía y Modernización, la Junta de Gobierno Local, por uanimidad, acuerda:
Primero.- En cumplimiento de la Sentencia 140/2015, de fecha 9 de junio de 2015, del
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valencia, consignar en la cuenta del
Juzgado la cantidad de 600 euros en concepto de franquicia de la póliza de seguro de
Responsabilidad Civil concertada con la compañía de seguros Mapfre con número 0960370003700.
Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención de Fondos y Tesorería
municipales, para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Tercero.- Notificar el presente acuerdo a Héctor Fernández Baselga en nombre y
representación de Eva Mª Morello Ferrer y de Fénix Directo Compañía de Seguros y Reaseguros
S.A..
Cuarto- Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Urbanismo.
7.- CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA Nº 2015/2347, DE 17 DE
JULIO POR LA QUE SE SOLICITA PRÓRROGA DE JUSTIFICACIÓN DE
SUBVENCIÓN PARA EL SUMINISTRO DE ARTÍCULOS DE ILUMINACIÓN DE
TECNOLOGÍA LED.
Por la presidencia se pone en conocimiento de la Junta la resolución de la Alcaldía nº
2015/2347, de 17 de julio por la que se solicita prórroga de justificación de subvención para el
suministro de artículos de iluminación de tecnología led, dentro del Plan de Eficiencia Energética en
Iluminación de Tecnología Led (PEEITL), mediante la que se solicita la prórroga para la
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justificación de la subvención hasta el 30 de Septiembre de 2015.
La Junta de Gobierno acuerda, por unanimidad, quedar enterada de dicha Resolución y
ratificarla en los términos en que se halla redactada.
8.- MOCIONES: ASUNTOS QUE DEBA RESOLVER LA JUNTA POR RAZONES DE
URGENCIA.
8.1. NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DE LA MESA DE CONTRATACIÓN PARA LA
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE ÁREAS DE JUEGO EN
PARQUES Y JARDINES.
La Junta acuerda, por unanimidad, declarar la urgencia del asunto de referencia y
pronunciarse sobre el mismo, adoptando el siguiente acuerdo:
Visto el expediente de contratación que se encuentran en proceso de adjudicación número
2015/048: Adquisición de áreas de Juegos en los parques Infantiles.
Mediante Decreto 2015/1848, de 5 de junio de 2015, se acordó aprobar el expediente de
contratación y pliego de clausulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que
rigen la licitación y adjudicación del citado contrato.
Conforme la cláusula decimotercera del pliego de Clausulas administrativas particulares el
órgano de contratación determinará la composición de la mesa de contratación
El Alcalde ostenta las competencias como órgano de contratación para la adjudicación de
este contrato en virtud de lo establecido en el apartado primero de la disposición adicional segunda
del TRLCSP, si bien mediante Resolución de Alcaldía número 2015/1994, de fecha 25 de junio,
delegó en la Junta de Gobierno Local las facultades de la Alcaldía como órgano de contratación en
relación a todo tipo de contratos, exceptuando los contratos calificados como contratos menores por
razón de la cuantía, y por Resolución de la Alcaldía 2015/1995, de 25 de junio, efectuó delegación
especial del ejercicio de las funciones en materia de Contratación a doña Pilar Bastante Benito,
extendiéndose la delegación a la facultad de suscribir cuantos actos de trámite sean necesarios para
iniciar y tramitar expedientes, hasta la fase de resolución de los mismos.
En virtud de todo lo expuesto la Junta de Gobierno, con el voto favorable de todos los miembros
asistentes, a excepción de la abstención del Sr. Francisco Izquierdo (Partido Popular), acuerda:
PRIMERO.- La Mesa de Contratación para la adjudicación del contrato de ADQUISICIÓN DE
ÁREAS DE JUEGO EN PARQUES Y JARDINES estará compuesta por los siguientes miembros:
Presidenta: Doña Pilar Bastante Benito , concejal delegada de Contratación
Vocales: Don Rafael Mercader Martínez, concejal delegado de Medio Ambiente
Don Antonio Pascual Ferrer, Secretario General
Don Bruno Mont Rosell, Interventor General municipal
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Don Baldomero Chova Gil , Ingeniero técnico municipal
Secretaria: doña Antonietta Vanoostende, Técnica del servicio de Contratación y Patrimonio
SEGUNDO.- Designar sustituto del Interventor General del Ayuntamiento de Manises, en la mesas
de contratación para la adjudicación del contrato de “Adquisición de Áreas de juego en los parques
infantiles” para el caso de ausencia de éste al Jefe de la Oficina Presupuestaria Don Juan Luis
Barelles Adsuara.
TERCERO .- Notificar la presente resolución a los interesados a los efectos oportunos.
______
Siendo las 13 horas y 20 minutos se incorpora a la sesión DonJuan José Ramírez Pérez.-
8.2. SOLICITUD DE LA ASOCIACIÓN “AMIGOS DEL MUSEO DE CERÁMICA DE
MANISES” PARA FIJAR EL DOMICILIO SOCIAL EN LA SEDE DEL MUSEO.Sometida a la consideración de la Junta la solicitud de referencia y considerando que el asunto no es
de naturaleza urgente, la Junta, por unanimidad, acuerda no declarar la urgencia del mismo,
dejándolo sobre la mesa para su estudio y resolución en una futura sesión.
9.- RUEGOS.
No se presenta ningún ruego.
10.- PREGUNTAS.
No se formulan.
No habiendo otros asuntos sobre los que deba pronunciarse la Junta, el Sr. Alcalde
Presidente da por finalizada la sesión siendo las 13. 25 horas.
Se extiende este acta para constancia de lo actuado, de todo lo cual, como Secretario doy fe.
EL ALCALDE
El Secretario General
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Jesús M. Borràs i Sanchis
Antonio Pascual Ferrer
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