TERMINOS Y CONDICIONES DE PAGO

TERMINOS Y CONDICIONES DE PAGO
- Deberá estar afiliado al sistema de factoraje electrónico con el banco HSBC y contar con el acceso al portal
del mismo banco conocido como AIDA
- Si la factura es en dólares deberá de contar con una cuenta en dólares domiciliada en México o Estado
Unidos y a través de una carta membretada deberá dar a conocer los siguientes datos:
·Cuenta en México
·Nombre del Banco
·No de cuenta CLABE
·Nombre del banco intermediario (en caso que exista)
·Dirección del banco intermediario (en caso que exista)
·Cuenta en dólares
·Número de cuenta
·Nombre de su banco
·Dirección de banco
·ABA o Swift:
·Nombre del banco intermediario (en caso que exista)
·Dirección del banco intermediario (en caso que exista)
B) REQUISITOS PARA PAGO
ARCELORMITTAL MANZANILLO EFECTUARA LOS PAGOS POR MEDIO DE DEPÓSITOS INTERBANCARIOS, PARA
EFECTUAR ESTOS, DEBERÁN INDICAR EN SU FACTURA LOS DATOS COMPLETOS DE CUENTA, BANCO,
SUCURSAL, CLABE Y PLAZA.
CON LA FINALIDAD DE QUE LOS PAGOS SE REALICEN OPORTUNAMENTE, EL CONTRATISTA DEBERA
ENTREGAR PARA CADA PAGO LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
1.- FACTURA EN ORIGINAL Y DOS COPIAS, CITANDO EN EL CUERPO DE LA MISMA EL NÚMERO DE
CONTRATO, ASI COMO EL NÚMERO DE ESTIMACION O ENTRADA DE ACTIVIDAD.
2.- ESTIMACION ORIGINAL CON FIRMAS AUTORIZADAS, NOMBRE Y FECHA DE QUIEN AUTORIZA, EN CASO DE
SER CONTRATO SAP, DEBERA LLEVAR EL NUMERO SAP DE ENTRADA DE ACTIVIDAD QUE LE CORRESPONDA.
3.- NUMEROS GENERADORES, COMO SOPORTES DE LA ESTIMACION, AUTORIZADOS POR EL SUPERVISOR DE
ARCELORMITTAL MANZANILLO CON FIRMAS AUTOGRAFAS (CON NOMBRE Y FECHA DE AUTORIZADOS).
4.- COPIA DEL CONTRATO Y SUS MODIFICACIONES, SOLO EN CASO EXCEPCIONAL Y PARA ACLARACIONES.
5.- LAS ESTIMACIONES, DE ESTE CONTRATO NO REQUIEREN LA FIRMA DE LA DIRECCION DE MATERIALES.
6.- EN CASO DE QUE HAYAN COBRADO ANTICIPO, ESTOS DEBERAN VENIR AMORTIZADOS (PLASMADOS), EN
LA FACTURA CORRESPONDIENTE.
7.- SI POR CAUSAS IMPUTABLES A ARCELORMITTAL MANZANILLO NO SE CUMPLIÓ CON EL PLAZO DE
EJECUCIÓN MARCADO POR EL CONTRATO U ORDEN DE TRABAJO, AL MOMENTO DE FIRMAR, EL
SUPERINTENDENTE DEBERA PONER UNA NOTA ACLARATORIA EN LA ESTIMACION O ANEXADA A LA
FACTURA, DE LO CONTRARIO LA PENALIZACION SERA IRREVOCABLE.