REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN “WEBBOX TE TRAE …” 1

 REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN “WEBBOX TE TRAE …” 1.-­‐ Nombre de la Promoción, Titularidad y Derechos: El presente Reglamento aplicará a la Promoción denominada “WEBBOX TE TRAE…”. La presente promoción, su mecánica y propiedad intelectual en general, son propiedad exclusiva de la sociedad HUIZUCAR S.A, cédula jurídica 3-­‐
101-­‐184902, en adelante entendida, indistintamente, para efectos de este Reglamento como la EMPRESA o WEBBOX. 2.-­‐ Participantes y requisitos para participar en la Promoción. Los participantes de esta promoción serán todas aquellas personas físicas, mayores de edad, usuarias de la red social “Facebook” que cumplan con los siguientes requisitos: a) tener un casillero activo, a su nombre, con la empresa WEBBOX. b) tener un perfil legítimo y verdadero en la red social indicada. c) comentar en alguno de los post (publicación) que la EMPRESA realizará en su fan page durante el tiempo de la Promoción, indicando su nombre completo, número de cédula y número de casillero WEBBOX. A efectos de participar, no será necesario etiquetar personas ni compartir la publicación para participar. No podrán participar personas que sean empleados directos o indirectos, directivos, apoderados y accionistas, de WEBBOX, empresas afiliadas o agencias de publicidad y promoción. Cada usuario de Facebook participará una única vez por cada publicación realizada, por lo que en caso de que existan comentarios duplicados, aún en distintas publicaciones, se considerarán excluidos, de modo tal que solamente se tomará en cuenta un único comentario, para efecto de participación. En caso de que se detecten comentarios por parte de perfiles falsos, que no correspondan a una persona física real, los mismos no quedarán participando para efectos de la Promoción. Asimismo, no participarán los usuarios que comenten las publicaciones referidas, pero que no mantengan un casillero activo con la empresa WEBBOX. Los usuarios participantes deberán comentar en forma respetuosa , de modo tal que la EMPRESA estará facultada para no considerar como participantes, sin responsabilidad de ninguna índole, a aquellos que pese a cumplir con los requisitos de participación, profirieren insultos, amenazas, reclamos agresivos, utilicen vocabulario vulgar o soez, o similar, en contra de la EMPRESA o sus colaboradores. 3.-­‐ Periodicidad y Vigencia: Esta promoción es por tiempo limitado. La promoción estará vigente a partir de las diez horas (10am) del día diecinueve de junio de dos mil quince hasta las diez horas (10am) del día tres de julio de dos mil quince. 4.-­‐ Premios y Ganadores: Se entregarán dos premios, a distintos ganadores, de la siguiente manera: a) En la primera semana de la Promoción, sea la que se extiende desde el diecinueve de junio de dos mil quince hasta el veinticinco de junio del mismo año, el premio será UNA sombrilla retráctil, color rojo, marca Cloud nine, con las características y detalles que se indiquen en la imagen y post correspondientes que al efecto publique la EMPRESA en su fan page de Facebook. b) En la segunda semana de la Promoción, sea la que se extiende desde el veintiséis de junio del dos mil quince hasta el tres de julio del mismo año, el premio será UNA memoria USB (llave maya), en forma de cámara fotográfica, con capacidad de 8GB, con las características y detalles que se indiquen en la imagen y post correspondientes que al efecto publique la EMPRESA en su fan page de Facebook. Se elegirá un único ganador semanal. El ganador de la semana número uno, no podrá participar por el premio de la segunda semana. El ganador correspondiente a la primera semana, se elegirá el día veinticinco de junio de dos mil quince, a las catorce horas treinta minutos (2:30pm), en las oficinas de WEBBOX y se anunciará en el fan page de la EMPRESA el día veintiséis de junio de dos mil quince, a más tardar a las doce medio día (12md). El ganador correspondiente a la segunda semana, se elegirá el dos de julio de dos mil quince, a las a las catorce horas treinta minutos (2:30pm), en las oficinas de WEBBOX, y se anunciará en el fan page de la EMPRESA el día tres de julio de dos mil quince, a más tardar a las doce medio día (12md). Si alguno de los ganadores no acepta un premio y sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. 5.-­‐ Retiro del Premio: Cada ganador contará con un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la comunicación que al efecto se realice vía el fan page de WEBBOX, para presentarse a las oficinas de WEBBOX, ubicadas en San José, Pavas, contiguo al Instituto de Acueductos y Alcantarillados, Condominio de Bodegas grupo Logística TLA, bodega dos, en horario de oficina, a retirar el premio. Los ganadores deberán firmar una “Constancia de Recibido” del premio, a efectos de retirar el mismo. En caso de que no se presente en dicho plazo, WEBBOX estará facultada para no entregar el premio, o bien entregarlo como premio en cualquier otra Promoción que realice, a su discreción y sin responsabilidad de ninguna índole. 6-­‐ Procedimiento del sorteo: Los ganadores se elegirán mediante un sorteo, a realizarse en las fechas indicadas en el punto 4.b anterior, en presencia de un Notario Público, el cual levantará un acta al efecto. El sorteo se realizará entre todos los participantes, mediante un sistema de software de elección aleatoria especializada para estos efectos, el cual utilizará como base de datos a la totalidad de clientes participantes que hayan cumplido los requisitos. El resultado de este sorteo será publicado en el fan page (perfil) de Facebook de la EMPRESA. 7.-­‐ Publicación: Para efectos de comunicación y conocimiento de los clientes, el presente Reglamento estará disponible en medio físico impreso, visible al público en las instalaciones de WEBBOX, en horario de oficina de Lunes a Viernes; y además será publicado en el fan page (perfil) de Facebook de la empresa. 8.-­‐ Generalidades. 8.1. Toda persona que desee participar en la promoción y/o reclamar el premio, tiene por aceptado y conocido este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo de un premio, conllevan la obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades que se establecen en este Reglamento en cuanto a los premios y a las condiciones de participación. Para el retiro de un premio, el ganador deberá presentar su cédula de identidad, de residencia o pasaporte vigente. 8.2.-­‐ Las personas ganadoras permitirán a WEBBOX utilizar su imagen con fines publicitarios, únicamente relacionados con esta Promoción, y con la respectiva entrega del premio. En virtud de lo anterior, para todos los efectos legales, la EMPRESA entenderá que la manifestación de voluntad, se verificará por el hecho de aceptar y reclamar el respectivo premio, en cuyo caso, WEBBOX podrá exigir al interesado, que mediante escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del Presente Reglamento. 8.3.-­‐ Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar las condiciones establecidas en el presente Reglamento, WEBBOX no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio correspondiente. 8.4.-­‐ WEBBOX podrá suspender o cancelar en forma definitiva e inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar delitos, defraudaciones o cualquier irregularidad en la forma de participar, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la EMPRESA. Esta circunstancia se comunicará públicamente por el medio que WEBBOX considere pertinente, fecha a partir de la cual la promoción cesará o dejará de tener efecto. 8.5.-­‐ WEBBOX se reserva el derecho, a su exclusiva discreción, de anular cualesquiera participaciones de una persona que considere ha tratado de alterar o perjudicar la administración, seguridad, equidad o desenvolvimiento adecuado de esta Promoción. 8.6.-­‐ WEBBOX se reserva el derecho de modificar unilateralmente este reglamento en cualquier momento durante el plazo de la promoción para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. Esta circunstancia se comunicará en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la promoción aquí reglamentada cesará y la reforma al reglamento quedará vigente. De manera consecuente, se entenderá como plazo de la promoción el que se indique en tal modificación. Quienes hayan participado antes de la mencionada reforma, seguirán como participantes aún después de efectuada la reforma la promoción siendo de su entera responsabilidad el conocimiento y entendimiento de la reforma del presente reglamento y promoción. 8.7.-­‐En el evento de caso fortuito o fuerza mayor, la empresa patrocinadora se reserva el derecho de cambiar la naturaleza y/o las características de los premios, previo aviso por medio de su fan page. 8.8.-­‐ WEBBOX se reserva el derecho de variar las fechas previstas para el sorteo, el disfrute de los premios o el mismo periodo promocional, en caso de que las circunstancias así lo requieran ante cualquier imprevisto o problema que se pudiera presentar, sea éste o no directamente atribuible a WEBBOX. 8.9.-­‐ Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de esta Promoción, su ejecución, incumplimiento, interpretación o validez, se resolverán por medio de arbitraje de derecho el cual será confidencial y se regirá de conformidad con los reglamentos del Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Costarricense-­‐Norteamericana de Comercio ("CICA"), a cuyas normas las partes se someten en forma voluntaria e incondicional. El conflicto se dilucidará de acuerdo con la ley sustantiva de Costa Rica. El lugar del arbitraje será el CICA en San José, República de Costa Rica. El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral Unipersonal. El árbitro será designado por la Dirección Ejecutiva del Centro de Arbitraje del CICA. El laudo arbitral se dictará por escrito, será definitivo, vinculante para las partes e inapelable, salvo el recurso de revisión o de nulidad. Una vez que el laudo se haya dictado y se encuentre firme, producirá los efectos de cosa juzgada material y las partes deberán cumplirlo sin demora. El árbitro decidirá cuál parte deberá pagar las costas procesales y personales, así como otros gastos derivados del arbitraje, además de las indemnizaciones que procedieren. El procedimiento de arbitraje será conducido en idioma español. Los costos del arbitraje serán asumidos en partes iguales por la empresa y el participante reclamante. La parte que no aporte los gastos del arbitraje no se le recibirá prueba, y pagado los gastos asumirá el proceso en el estado en que se encuentra. 9.-­‐ Vigencia del Reglamento: El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día diecinueve de julio de dos mil quince.