La aplicación de la PAC 2015-2020 se pone en marcha con - UAGN

 La aplicación de la PAC 2015-2020
se pone en marcha con las ultimas modificaciones
planteadas por Bruselas
El pasado viernes, 19 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó los 4 Reales
Decretos que dan forma a las ayudas de la PAC en el periodo 2015-2020.
Bruselas , ha realizado una serie de peticiones que han sido adoptadas
plenamente por el Ministerio. De esta forma se introducen modificaciones
significativas en la figura de agricultor activo, la definición de las regiones y los
pagos acoplados.
La figura de agricultor activo ha sufrido un retroceso en la definición expuesta en los
anteriores borradores, que dificulta
que las ayudas se dirijan hacia el agricultor
profesional, aquel que realiza una actividad agraria efectiva. Así, el Ministerio ha
introducido un cambio por el cual aquel beneficiario que no cumpla las condición de
que sus ingresos agrarios distintos de los pagos directos supongan al menos el 20%
de sus ingresos agrarios totales en el periodo impositivo más reciente, o en su defecto,
en los dos inmediatamente anteriores, entrará en una bolsa denominada " de riesgo"
donde será sujeto de una inspección para comprobar que verdaderamente realiza una
actividad agraria y que asume el riesgo empresarial de la misma. De esta forma se
flexibiliza este requisito que había sido sujeto de un amplio acuerdo sectorial y que en
estas condiciones, queda pendiente de que la administración aplique las herramientas
de control e inspección necesarias para que pueda llevarse a cabo de forma que se
garantice que los Fondos PAC se destinan a los profesionales agrarios que desarrollan
una actividad productiva efectiva.
Por este motivo UAGN insta a las administraciones a que consensuen los
criterios de control y que estos sean lo suficientemente exhaustivos para garantizar
que los futuros beneficiarios de las ayudas realicen una agricultura productiva, que
excluya a aquellos que no realizan ninguna actividad al frente de su explotación sin
asumir ningún tipo de riesgo empresarial.
De hecho, esta vía de actuación y control es la única que puede permitir a
medio plazo orientar las ayudas hacia el agricultor activo.
Las regiones también han sufrido un cambio importante. Inicialmente se
preveían 24 regiones, donde según los estratos de valor correspondientes, confluirían
distintos grupos de cultivos ( secano, regadio, permanentes y pastos ) de diferentes
comarcas agrarias de España. La Comisión Europea ante este planteamiento ha
indicado que no se deben mezclar distintos grupos de cultivo en la misma región. De
esta forma se han subdividido aquellas regiones donde convivían distintas
producciones y se han establecido finalmente 51. De estas, 23 corresponden a los
grupos de cultivo secano y regadío; 19 a cultivos permanentes y 9 a pastos. Con esta
propuesta la Comisión descarta cualquier criterio socioeconómico en la creación de
las regiones.
No obstante este cambio no implica modificaciones en los estratos ni de las
comarcas agrarias y por tanto los efectos en la convergencia serán mínimos. Ahora
bien, la principal consecuencia de esta modificación es la disgregación del mapa de
cultivos en muchas más regiones que dificultará las transferencias de derechos de
pago básico, ya que estos solo se pueden transmitir entre agricultores activos dentro
de la misma región. Del mismo modo el agricultor deberá tener en cuenta que la
activación de los nuevos derechos de pago básico en una región determinada
implicará la presencia de superficie del grupo cultivo que esté integrado en dicha
región.
Por otro lado, en cuanto a los pagos acoplados ,la Comisión Europea exige a
España nuevamente que cada una de ellas sólo tenga un único importe que se
concederá para un fin específico y con un presupuesto asignado previamente,
por lo que no se pueden integrar tramos de ayuda por sector.
De esta forma algunas ayudas incluidas en los borradores anteriores deben
desglosarse , cada una con un techo presupuestario definido. No se revisan los
importes individuales de ayuda, ni el montante global presupuestario, sino que
únicamente las ayudas se reformulan.
Los Derechos especiales (pago básico de los ganaderos con animales que no
tienen tierra y que han tenido en esta última PAC derechos especiales de ayuda)
serán considerados como un pago acoplado por animal y estarán sujetos al mismo
criterio de la Comisión que establece que no se pueden dar 2 ayudas por animal de
forma simultánea y complementaria.
Por este motivo estos importes se calcularán por sectores y se sumarán a la
ayuda acoplada que corresponda por animal primable.
El presupuesto de cada sector será, por tanto, el resultado de sumar la parte de
pago único de los ganaderos con derechos especiales, más la parte correspondiente
que se calcule deberían cobrar como ayuda acoplada normal los animales declarados
en las explotaciones con derechos especiales.
De esta forma, el importe cobrado en el año 2014 no debería ser un límite para
la percepción de ayudas acopladas, como se indicaba hasta ahora en los borradores
de pagos directos.
En otro orden de temas importantes, se reducirá del 30% al 20% el peaje por
transferencia o transmisión de los nuevos derechos de pagos básico sin tierras.
Con toda probabilidad, el espárrago pasará a considerarse cultivo permanente
a todos los efectos para el cálculo del greening y deberá quedar reflejado en el
SIGPAC como cultivo permanente, por lo que en caso contrario el agricultor necesitará
plantear una modificación. En el caso de la alfalfa la Comisión no ha atendido las
peticiones realizadas de que sea incluida como "hierba u otros forrajes" o cultivo
permanente, por lo que hasta que no se produzca una decisión en sentido contrario, la
alfalfa debe considerarse como un cultivo a todos los efectos.
En relación a la aplicación del greening, este será de obligado cumplimiento en
2015, indicando el Ministerio, que en caso de incumplimiento se aplicará una
reducción del pago "verde" en función del porcentaje de
incumplimiento en las
campañas 2015 y 2016. A partir de 2017 habría reducción de los importes de ayuda
totales en la explotación por incumplimiento del Greening, además de las posibles
sanciones.
Respecto a la obligación de identificar el DNI-NIF del arrendador de tierras de
cultivo, desde el Ministerio se indica que sigue siendo obligatorio por exigencias desde
Hacienda, pero como medida transitoria en 2015 no va haber sanciones si no se
plasma tal identificación, salvo en el caso de que existan problemas por duplicidad de
recintos en los que el arrendador no sea identificado. A partir de 2016 , se analizará la
situación.
En cuanto a los pastos permanentes, únicamente los ganaderos de alta en el
REGA en 2015 que declaren pastos permanentes, recibirán asignación de DPB en
dichas superficies.
En lo próximos tres meses, hasta el inicio de la Solicitud única, resultarán
claves las circulares de coordinación que emita el FEGA puntualizando los
procedimientos y detalles necesarios que hayan sido acordados con las CCAA.