normas operativas

GERENCIADORA DE LOS SERVICIOS ASISTENCIALES:
NORMAS OPERATIVAS
IDENTIFICACION DEL AFILIADO.
Los afiliados deberán presentar
1) Credencial de la Obra Social.
2) Documento de Identidad.
3) Último o penúltimo Recibo de Sueldo.
4) PARA EL PLAN MATERNO: Certificado de embarazo con
semanas de gesta y Fecha Probable de Parto.
CONSULTAS PROGRAMADAS Y/O DE URGENCIA.
Las consultas de especialidades básicas como para el resto de las mismas son de Acceso Directo,
no requieren autorización previa.
El afiliado deberá abonar un Coseguro de $4 (cuatro). Este valor será deducido de los valores
pactados en dicho concepto según convenio firmado.
Quedan Exceptuados de abonar Coseguro:
a) Plan Materno Infantil, consultas del embarazo y puerperio
hasta los 30 días.
b) Recién Nacidos hasta los 3 (tres) años de vida. (PMI)
c) Discapacitados.
d) Oncológicos.
e) HIV.
f) Programas de Prevención y Promoción de la Salud.
Los Beneficiarios deberán firmar Planilla de Atención (adjunta), tickets o recetarios, donde consten:
Apellido y Nombre del Paciente, Numero de Afiliado, DNI, Fecha de Atención, Diagnostico, Firma
del afiliado o Familiar responsable y Profesional actuante.
ESTUDIOS Y PRÁCTICAS AMBULATORIAS EN CONSULTORIO.
Los mismos deberán ser indicados, con letra legible, sin abreviaturas (sólo se considerarán las
internacionalmente aceptadas), con todos los datos afiliatorios, diagnostico o motivo que las
justifiquen, fecha, firma y sello del profesional solicitante, debiendo ser conformadas al dorso de la
indicación al llevar a cabo la prestación.
Dichos requisitos se consideraran suficientes para la realización de las prácticas y/o estudios.
El anexo I, detalla el listado de Prácticas que NO requieren de autorización previa. Para
estos casos NO será necesario sello previo de APPI.
Todas las prácticas y/o estudios que no estén comprendidas en el Anexo I, serán
considerados como requirentes de autorización previa por auditoria médica de APPI, sin
excepción.
Las mismas deberán ser remitidas para su consideración y gestión:
Vía mail: [email protected]
Vía Fax: 4823-6077
Deberán abonarse un Coseguro de $5 (cinco) por cada práctica o estudio a realizar.
De tratarse de Kinesiología, Fonoaudiología, Psicoterapia, el Coseguro será de $4 (cuatro) por
sesión. Y cada una de ellas deberá ser conformada por el paciente.
En cuanto a los laboratorios, deberán abonarse un coseguro de $5 (cinco) por cada 5 (cinco)
determinaciones requeridas.
ESTUDIOS Y PRÁCTICAS AMBULATORIAS DE EMERGENCIA.
En caso de prácticas o estudios de emergencia, deberán consignar la leyenda PRACTICA
REALIZADA DE URGENCIA y ser enviadas vía fax o mail dentro de las 48 Hs hábiles posteriores a
su realización. El paciente NO debe abonar la práctica realizada en emergencia, salvo el coseguro
correspondiente.
MEDICAMENTOS UTILIZADOS PARA RESOLVER LAS URGENCIAS EN AMBULATORIO.
Toda medicación utilizada en Guardia para resolver las urgencias NO DEBE SER ABONADA POR
EL AFILIADO. La misma será facturada a APPI, con la indicación médica debidamente
fundamentada.
PRESCRIPCIÓN DE MEDICACIÓN AMBULATORIA.
La misma puede efectuarse en los recetarios oficiales, debidamente identificados de la Obra Social
o en cualquier otro membretado de la Institución o Médico interviniente. En todos los casos debe
constar el nombre y apellido del paciente, la edad, el número de afiliado, el nombre genérico del
medicamento, la marca registrada (esto es optativo), el diagnóstico y firma y sello del Profesional.
PRACTICAS AMBULATORIAS QUIRURGICAS PROGRAMADAS CON USO DE QUIRÓFANO.
La indicación de la práctica será confeccionada con los datos afiliatorios completos antes
detallados, constando además lugar y fecha de realización, tipo de anestesia, y monitoreo
cardiológico de ser necesario. En todos los casos requieren Autorización previa de Auditoria
Médica de APPI.
INTERNACIONES CLINICAS O QUIRURGICAS PROGRAMADAS.
Deberán ser solicitadas con 7 (siete) días de anticipación, adjuntando además del pedido resumen
de historia clínica o informe de estudios que justifiquen las mismas.
Las cirugías programadas que requieran provisión de materiales protésicos, descartables de uso
específico, suturas, mallas etc. deberán ser solicitadas con un mínimo de 10 (diez) días hábiles de
anticipación. Los honorarios de anestesia serán facturados por la A.A.A.R.B.A.
Cabe aclarar que al pedido de la cirugía se le adjuntara la solicitud de provisión del material y que
el mismo quedara sujeto a evaluación de Auditoria Medica de APPI y a las Normas vigentes
emitidas por autoridad competente, no pudiéndose prescribir marcas, ni sugerir proveedores.
CLINICAS O QUIRURGICAS DE URGENCIA.
Deberán ser notificadas dentro de las 24 Hs hábiles de producida al igual que las prórrogas de
internación y no se podrá solicitar ni se autorizarán prorrogas con fechas futuras.
PRÁCTICAS Y ESTUDIOS EN INTERNACION.
Deberán solicitarse autorización todas aquellas prácticas quirúrgicas o estudios de alta complejidad
diagnosticas o terapéuticas y excluidas de los módulos correspondientes, según el convenio
vigente. En caso que las mismas fueran realizadas de Urgencia se debe consignar la leyenda
Práctica ya realizada, adjuntar a la indicación informe médico o protocolo de realización y remitirlas
a Auditoria Medica de APPI, vía fax o vía mail.