Corpoboyaca 2 0 MAY 2015 17 MAY 2015

Republica de Colombia
Corporaci6n AutOnoma Regional de Boyaca
Secretaria General y Juridica
Corpoboyaca
Region CstratrigIca para la SostenlbIlldad
AVISO DE NOTIFICACION
No. 0564
Acto Administrativo: Resolucion No. 0903
Fecha del Acto Administrativo: 06 de Abril de 2015
Expediente: OCMM-0016/95
Dependencia que lo emite: Subdireccion Administracion de Recursos Natureles
Recursos que proceden: No procede ningun recurso.
Se informa al senor HIDELFONSO CONTRERAS, que Ia notificaciOn que se surte por medio del
presente aviso, se entendera efectuada al finalizar el dia siguiente al retiro de este de Ia pagina
web de la entidad, para cuyo efecto, se anexa copia del acto administrativo correspondiente.
Lo anterior en cumplimiento de lo establecido por el COdigo de Procedimiento Administrativo y de
lo Contencioso Administrativo (Articulo 69 — Ley 1437 de 2011).
En constancia firma,
Secretaria General y Juridica
2 0 MAY 2015
Fecha de FijaciOn:
Fecha de desfijaci6n:
17
MAY 2015
Elaboro: Diana Esperanza Monroy Hernandez
RevisO: Maria del Pilar Jimenez Mancipe
Archivo: 150 32 OCMM-0016/95
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RepOblica de Colombia
Corporacion Autonoma Regional de Boyaca
Subdireccion Administracion Recursos Natureles
Corpoboyaca
ESIE,Mjie:
RESOLUCION N°
0903
0 6 MR
2015'
Por medio del cual se hace se ordena el archivo definitivo de un expediente.
LA SUBDIRECCION ADMINISTRACION RECURSOS NATURALES DE CORPOBOYACA
EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ACUERDO No. 001 DEL 10 DE
FEBRERO DE 2015 Y LA RESOLUCION No. 0399 DEL 13 DE FEBRERO DE 2015, Y
CONSIDERANDO
•
Que LA SECRETARIA DE MINAS Y ENERGIA DEL DEPARTAMENTO DE BOYACA present6
a la CorporaciOn AutOnoma Regional de Boyaca "CORPOBOYACA" solicitud de viabilidad
para el proyecto Programa Social de LegalizaciOn de Mineria de Hecho, para la mina El
Porvenir, localizada en la vereda Pozuelos, municipio de Paez, siendo interesado el senor
HIDELFONSO CONTRERAS, identificado con cedula de ciudadania numero 9.505.512 de
Paez.
Que mediante Disposicion de Julio 10 de 1996, La Corporacion Autonoma Regional de
Boyaca, Admite la solicitud presentada por LA SECRETARIA DE MINAS Y ENERGIA DEL
DEPARTAMENTO DE BOYACA con el No. H004, en nombre del senor HIDELFONSO
CONTRERAS.
Que mediante resolucion No. 823 del 30 de Diciembre de 1996, la CorporaciOn AutOnoma
Regional de Boyaca `CORPOBOYACA", concede Viabilidad Ambiental a Ia explotaciOn minera
y se impone un plan de Manejo Ambiental.
Que mediante resoluciOn No. 270 del 2 de abril de 1998, Ia CorporaciOn AutOnoma Regional
de Boyaca "CORPOBOYACA", Aclara Ia ResoluciOn No. 823 de fecha 30 de diciembre de
1996.
Que mediante ResoluciOn No. 468 de 1998, la CorporaciOn AutOnoma Regional de Boyaca
"CORPOBOYACA", Ordena al senor HIDELFONSO CONTRERAS, Suspender en forma
inmediata y definitiva la explotaciOn de yeso que adelanta en Ia mina El Porvenir, ubicada en
la vereda Pozuelos, jurisdicciOn municipal de Paez.
Que mediante ResoluciOn No. 0369 del 14 de mayo de 2003, la Corporacion Autonoma
Regional de Boyaca `CORPOBOYACA", on el ARTICULO PRIMERO, Ordena al senor
HIDELFONSO CONTRERAS (entre otros), en su calidad de titular minero, en un termino de
seis (6) meses contados a partir de la notificaciOn de este acto administrativo, adelantar un
Plan de Abandono y RestauraciOn Morfolegica y Paisajistica de las areas intervenidas por la
actividad minera, explotaciOn de yeso que se encuentra localizada en la vereda Pozuelos,
jurisdicciOn del municipio de Paez, dentro del programa de LegalizaciOn de Mineria de Hecho.
ARTICULO SEGUNDO: Ordenar a los senores HIDELFONSO CONTRERAS y otros,
constituir dentro de los ocho (8) dias siguientes a este notificacidn, una pOliza por un
valor de $ 15.000.000 moneda legal y corriente a favor de este corporacion, pato
garantizar el cumplimiento e implernentacien del Plan de Abandon° y RestauraciOn
Moffat°glee y Paisajistica.
Que is CorporaciOn con el fin de dar seguimiento y verificar el estado actual del area
intervenida por Ia actividad minera, explotaciOn de yeso localizada en la vereda Pozuelos,
jurisdicciOn del municipio de Paez, se realiza visita tecnica por parte Ia Oficina Territorial
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Corporacion Autonoma Regional de Boyaca
SubdirecciOn AdministraciOn Recursos Naturales
Eitra
ara la SostenibIlldad
0903
0 6 ABR 2015'
ContinuaciOn ResoluciOn No.
Pagina 2
Miraflores de CORPOBOYACA el dia 30 de marzo de 2015, y se emite concepto tecnico N°
LA-004/15.
I. CONSIDERACIONES TECNICAS
ASPECTOS TECNICOS
—(..)..•
El sitio donde se IlevO a cabo la actividad de explotaciOn de yeso, se localiza on Ia vereda
Pozuelos, jurisdicciOn del Municipio de Paez Boyaca.
El area donde se halla el yacimiento de yeso, se localiza on las siguientes coordenadas: 5° 5'
1"N, 73° 2' 44"W, Altura: 1120 m.s.n.m.
El sitio en el cual se adelantaron actividades de explotaciOn de yeso y para el cual se concedie
viabilidad Ambiental para la explotacion minera, se encuentra inactivo, observandose
estabilidad en taludes y areas aledafias.
El area se encuentra recuperada, con vegetacion nativa de especies tales como jalapo,
guasimo, cordoncillo, mapuro, chupa huevo, guayabo, lanzo, caucho, manzano, guamo,
yarumo, entre otras especies y arbustivas, en buen estado de desarrollo y conservaciOn, asi
mismo el acceso que se utilizO hacia el frente de explotaciOn, se encuentra recuperado, con
cobertura vegetal compuesta por arboles nativos y pastos. Por lo anterior no se requiere ni se
recomienda adelantar ningdn tipo de intervencion en el sitio donde se realiz6 Ia actividad
minera.
Fotos 1, 2. Estado actual del acceso y sitio donde se adelanto la actividad minera.
CONCEPTO TECNICO
La Mina denominada "El Porvenir", cuyo titular es el senor HIDELFONSO CONTRERAS,
localizada en la vereda Pozuelos, jurisdicciOn del municipio de Paez, y a la cual Ia CorporaciOn
AutOnoma Regional de Boyaca "CORPOBOYACA", mediante resoluciOn No. 823 del 30 de
Diciembre de 1996, concediO Viabilidad Ambiental para la explotaciOn de yeso, se encuentra
inactiva.
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Corpoboyaca
•$1.:15
ContinuaciOn ResoluciOn No.
fl 9 0 3
n 6 ADP 201
Pagina 3
El acceso como el area en la cual se adelanto la actividad de explotacian minera, presenta
buena estabilidad tanto en taludes como areas adyacentes, los mismos se encuentran
recuperados, observandose cobertura vegetal nativa en buen estado de desarrollo y
conservacion, par lo que no se requiere ningun tipo de intervenciOn.
Con referente a la ResoluciOn No. 0369 del 14 de mayo de 2003 en su Articulo Segundo, la
garantia a que hace referencia este item, no tendria fundamento tecnico toda vez que la
actividad dejo de desarrollarse y la recuperacian del area fue de manera natural.
CONSIDERACIONES JURIDICAS Y LEGALES
Que el articulo 8 de la ConstituciOn Politica, consagra como obligaciOn del Estado y de las
personas proteger las riquezas culturales y naturales de Ia Nacion.
Que el articulo 79, ibidem elevd a rango constitucional la obligacian que tiene el estado de
proteger el medio ambiente y el derecho que tienen todos los ciudadanos a gozar de un
ambiente rano. Asi mismo establece que es deber del Estado proteger Ia diversidad e
integridad del ambiente, conservar las areas de especial importancia ecolOgica y fomentar la
educaciOn para el logro de estos fines.
Que el articulo 80 de la ConstituciOn Politica de Colombia consagra como deber del Estado
planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar el desarrollo
sostenible, su conservacion, restauracion o sustitucion y tomar las medidas necesarias de
prevenciOn y control de los factores de deterioro ambiental.
Que corresponde a esta CorporaciOn ejercer la funciOn de maxima autoridad ambiental dentro
del area de su jurisdicciOn, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo 31
de la Ley 99 de 1993,
1111k
Que en virtud del numeral 11 del articulo 31 de la Ley 99 de 1993, la CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL DE BOYACA — CORPOBOYACA -, es Is autoridad competente en Is
jurisdicciOn de ejercer las funciones de evaluaciOn, control y seguimiento ambiental de las
actividades de exploraciOn, explotaciOn, beneficio, transporte, use y depOsito de los recursos
naturales no renovables, incluida Ia actividad portuaria con exclusiOn de las competencias
atribuidas al Ministerio del Medio Ambiente, asi como de otras actividades, proyectos o
factores que generen o puedan generar deterioro ambiental. Esta fund& comprende la
expedicion de Ia respectiva licencia ambiental. Las funciones a que se refiere este numeral
seran ejercidas de acuerdo con el articulo 58 de esta Ley.
Que de conformidad con lo establecido en la ley 99/93, la lay 141 de 1994, el Decreto 1753 de
1994, la autoridad competente para resolver los temas sobre Is viabilidad ambiental es
competencia de las CORPORACIONES.
Que conforme a la ley 1564 de 2012 de 2012, en su articulo 122, en relaciOn a la formaciOn de
los expedientes, en su parrafo quinto reza: "El expedient° de cada proceso concluido se
archivara conforme a Ia reqlamentaciOn que para tales efectos establezca el Consejo
Superior de la Judicatura, debiendo en todo caso informar al juzgado de conocimiento el sitio
del archivo. La oficina de archivo ordenara is expedicion de las copias requeridas y efectuara
los desgloses del caso.
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Rey Vol EitTato'91<a p.ra la S0,1.111111[1.1
Continuacign ResoluciOn No.
B 903
0 6 ABR 2015'
Pagina 4
CONSIDERACIONES DE LA CORPORACION
Que de acuerdo al concepto tecnico N° AL-0004/15, Ia evaluacign y seguimiento al expediente
OCMM-0016/95, con el fin de verificar el estado del mina denominada "EL PORVENIR", cuyo
titular es el senor HIDELFONSO CONTRERAS, siendo asi segun lo evaluado por el
profesional encargado, es evidente que por el paso de los anos en Ia mina se encuentra
inactiva, esta recuperada y la cobertura vegetal ha sido optima.
Que en virtud de lo mencionado por parte Corpoboyaca y conforme a lo evaluado esta entidad
considera pertinente ordenar el archly() definitivo del expediente OCMM-0016/95, ya que si
bien es cierto bajo resoluciOn N° 823 de 30 de Diciembre de 1996 se otorge viabilidad
ambiental de una explotacion minera por un termino de 4 anos; termino el cual se cumplig y
conforme a lo evaluado en el concepto de verificacign, la mina se encuentra fuera de actividad
y se encuentra plenamente revegetalizada y recuperada, si generar ninguna afectacion a los
recursos naturales.
Que en merit° de lo expuesto, esta Subdireccign,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Ordenar el Archivo definitivo del expediente OCMM-0016/95,
conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO: Notificar personalmente el contenido de la presente acto
administrativo al senor HIDELFONSO CONTRERAS, para tal fin se comisiona a Ia oficina
territorial de Corpoboyaca sede Miraflores
ARTICULO TERCERO: Conforme, a la ley el presente acto administrativo procede el recurs°
de esta
de reposicign, ante la subdireccign Administracign de Recursos Naturales
CorporaciOn, el cual debera ser interponerse por escrito, dentro de un termino de diez (10)
dias habiles siguientes a la notificaciOn del presente acto administrativo, conforme a lo
establecido en los articulos 76 y 77 de la ley 1437 de 2011.
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JAIRO JESUS URBINA LEAL
Subdir ctor Administracign Recursos Naturales
Proyecto: Ursula Arnaranta Fajardo
Revise. Nelson Soler Soler
Archivo: 110-50 150-32 OCMM
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