DECRETO EDIL N° 25/2015 - Gobierno Autónomo Municipal de

DECRETO EDIL N° 25/2015
Cochabamba, 06 de mayo de 2015
CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado señala en su artículo 283, que
el gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad
deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un
órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde.
Que, la Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, de 19 de
julio de 2010, dispone: Artículo 33, que todos los municipios existentes en el país y aquellos
que vayan a crearse de acuerdo a ley, tienen la condición de autonomías…
Que, la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales Nº 482 de 09 de enero de 2014, indica en
su Artículo 13: La normativa Municipal estará sujeta a la Constitución Política del Estado.
La jerarquía de la normativa Municipal, por órgano emisor desacuerdo a las facultades de
los Órganos de los Gobiernos Autónomos Municipales, es la siguiente: Órgano Ejecutivo:
b) Decreto Edil emitido por la Alcaldesa o el Alcalde Municipal conforme a su competencia.
Asimismo, indica en su Artículo 26 que, la Alcaldesa o el Alcalde Municipal, tiene las
siguientes atribuciones: numeral 5. Dictar Decretos Ediles.
Que, la Ley Municipal Nº 0026 del Concejo Municipal, de 09 de abril de 2014, señala en su
Artículo 26, que el Decreto Edil es el instrumento normativo expreso que la Máxima
Autoridad Ejecutiva del Órgano Ejecutivo dicta conforme sus competencias y atribuciones
para determinados asuntos administrativos. Asimismo, aprobará Reglamentos Específicos,
Reglamentos Internos conforme a normativa vigente.
Que, por Informe Técnico DO&M Nº 040/2015, de 13 de marzo de 2015, el Departamento de
Organización y Métodos, remite el “Proyecto de Reglamento Específico de Entrega de
Fondos con Cargo a Rendición de Cuentas Documentada – Fondos en Avance” y el
“Proyecto de Reglamento de Caja Chica (Fondo Fijo)”, para su correspondiente aprobación.
Que, por Informe Legal D.A.L. Nº 517/2015, de 26 de marzo de 2015, la Dirección de
Asesoría Legal, en merito a los antecedentes, los fundamentos legales aplicables, tomando en
consideración que los proyectos de reglamento fueron validados por las instancias
correspondientes, concluye y recomienda, al amparo del Artículo 26 de la Ley Municipal Nº
0026/2014 dictar Decreto Edil aprobando el “Reglamento Específico de Entrega de Fondos
con Cargo a Rendición de Cuentas Documentada – Fondos en Avance” y el “Reglamento de
Caja Chica (Fondo Fijo)”, del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
Que, en aplicación a la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 482, de Gobiernos
Autónomos Municipales, Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización y la Ley
Municipal Nº 0026, ARMANDO VARGAS MUJICA, Alcalde del Gobierno Autónomo
Municipal de Cochabamba.
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el “REGLAMENTO ESPECÍFICO DE
ENTREGA DE FONDOS CON CARGO A RENDICIÓN DE CUENTAS
DOCUMENTADA – FONDOS EN AVANCE”, en sus 31 Artículos y 4 Anexos, de acuerdo
al siguiente contenido:
ÍNDICE
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO III
CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES GENERALES
ASPECTOS TÉCNICOS ADMINISTRATIVOS
SOLICITUD Y ENTREGA DE FONDOS EN AVANCE
DE LOS PLAZOS, RETENCIONES Y DOCUMENTOS DE
DESCARGO
1
CAPÍTULO V
CAPÍTULO VI
ANEXOS
IMPUESTOS
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR el “REGLAMENTO DE CAJA CHICA (FONDO
FIJO)”, en sus 19 Artículos, Flujogramas, Operatoria, Procedimiento en el Sistema SIGMA
del Encargado de Caja Chica y Form. 001, contenidos en un total de 20 páginas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Todos los servidores públicos, son responsables del cumplimiento
de la presente Disposición.
ARTÍCULO TERCERO.- Se Abroga y Deroga todos los artículos y normas de igual o
menor jerarquía contrarias al presente Decreto Edil.
Registres, notifíquese y cúmplase.
2