DECRETO EDIL N° 035/2015 - Gobierno Autónomo Municipal de

DECRETO EDIL N° 035/2015
Cochabamba, 29 de mayo de 2015
CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, establece en su Artículo
283, que el gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal
con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus
competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde.
Que, la Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales indica en su Artículo 25°.(Aprobación de la estructura organizativa). I. El Órgano Ejecutivo aprobará su
estructura organizativa mediante Decreto Municipal.
II. En los Gobiernos Autónomos Municipales con más de cincuenta mil (50.000)
habitantes, de acuerdo a los resultados oficiales del último Censo de Población y
Vivienda, deberán incluirse la creación de una Unidad de Transparencia.
Artículo 26.- La Alcaldesa o Alcalde Municipal, tiene las siguientes atribuciones:
8. Designar mediante Decreto Edil, a las Secretarias y Secretarios Municipales
Que, el Decreto Municipal N° 034/2015, 27 de Marzo de 2015, modifica y
complementa el Decreto Municipal Nº 018/2014, de 27 de agosto de 2014, en los
artículos contenidos en el Capítulo I Estructura Organizativa y de Funcionamiento,
estableciendo en su artículo 2 que las actividades del Órgano Ejecutivo del Gobierno
Autónomo Municipal de Cochabamba, se ejecutarán a través de las siguientes
Secretarías Municipales: 1.Secretaría General.
Que, la Ley Municipal Nº 0026 del Concejo Municipal, de 09 de abril de 2014, señala
en su Artículo 26, que el Decreto Edil es el instrumento normativo expreso que la
Máxima Autoridad Ejecutiva del Órgano Ejecutivo dicta conforme sus competencias y
atribuciones para determinados asuntos administrativos…
Que, mediante nota de 29 de mayo de 2015, el Dr. Edgar Rolando Garvizu Díaz,
renuncia de forma irrevocable al cargo de Secretario General.
Que, en aplicación a la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 482 de Gobiernos
Autónomos Municipales, la Ley Municipal Nº 0026 del Concejo Municipal, de 09 de
abril de 2014 y Decreto Municipal Nº 034/2015, de 27 de Marzo de 2015, ARMANDO
VARGAS MUJICA, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se agradece y prescinde de los servicios que venía
prestando el Dr. Edgar Rolando Garvizu Díaz, como Secretario Municipal de la
Secretaría de la Secretaría General, la misma que se hará efectiva a partir del 1º
de junio de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Dr. Edgar Rolando Garvizu Díaz, debe hacer
entrega de los activos bajo su cargo, así como toda la documentación que se halle
en su poder en el plazo de máximo de tres días hábiles con su correspondiente
informe, conforme establece el artículo adicional único del Decreto Supremo Nº
1
0718, de 01 de diciembre de 2010 y la Ley Nº 1178 de Administración de
Control Gubernamentales, cumpliendo además con todas las formalidades
exigidas bajo exclusiva responsabilidad funcionaria y sea con las previsiones
administrativas y/o legales para tal efecto.
ARTÍCULO TERCERO.- Se abroga el Decreto Edil Nº 003/2015, de 09 de
enero de 2015 y toda disposición de igual o menor jerarquía contraria al presente
Decreto Edil.
ARTÍCULO CUARTO.- La Dirección de Recursos Humanos, queda como
responsable del cumplimiento de la presente disposición.
Regístrese, Notifíquese y Cúmplase.
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