jose luis garcia ramirez - IMCP

REFORMA FINANCIERA
REFORMAS ESTRUCTURALES 2013 -­‐ 2014 1.
2.
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9.
10.
11.
Reforma Energética
Reforma en materia de Telecomunicaciones
Reforma en Competencia Económica
Reforma Financiera
Reforma Hacendaria
Reforma Laboral
Reforma Educativa
Código Nacional de Procedimientos Penales
Ley de Amparo
Reforma Política - Electoral
Reforma en materia de Transparencia
ANTECEDENTES
§  APROBADA EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2013
§  PUBLICADA EL 10 DE ENERO DE 2014
§  MODIFICA 34 LEYES
REFORMA FINANCIERA ESTA SOPORTADA EN
CUATRO EJES
1. INCREMENTAR EL CRÉDITO – INSTITUCIONES FINANCIERAS
PRIVADAS
2. FOMENTAR CRÉDITO – BANCA DESARROLLO
3. COMPETENCIA SECTOR FINANCIERO
4. SOLIDEZ SECTOR FINANCIERO
EJE 1: INCREMENTO AL CRÉDITO
§  LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES (CNBV)
LIMITARÁ A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO,
LAS
INVERSIONES EN VALORES GUBERNAMENTALES
PARA
CANALIZAR MAYORES RECURSOS AL FINANCIAMIENTO.
§  SE PROPONE QUE LA SHCP EVALÚE PERIÓDICAMENTE A
LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, PREMIANDO CON MAYOR
ACCESO A FINANCIAMIENTO A AQUELLOS QUE
DEMUESTREN TENER UN MAYOR COMPROMISO CON EL
OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO.
INCREMENTO AL CRÉDITO
DE ACUERDO CON CIFRAS DE LA CNBV, LA BANCA
COMERCIAL A AGOSTO DE 2014, REPORTA UNA CARTERA DE
CRÉDITO TOTAL DE $ 3,157 MILLONES ( 45% DE SU ACTIVO
TOTAL). DE ESTA FORMA SE DEBE PREVER QUE CONFORME
SE VAYA AVANZANDO EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA
REFORMA FINANCIERA, ESTA CARTERA DEBE AUMENTAR DE
ACUERDO A LAS EXPECTATIVAS
MAYOR CERTEZA JURÍDICA QUE PERMITA LA
RECUPERACIÓN DE LOS CRÉDITOS OTORGADOS E
INFLUYA EN LA DISMINUCIÓN DE LA TASA ACTIVA
MODIFICACIÓN AL CÓDIGO MERCANTIL PARA QUE SE
COBREN LAS GARANTÍAS DE CRÉDITO CON JUICIOS MÁS
EXPEDITOS Y CON JUECES ESPECIALIZADOS.
EN LOS JUICIOS MERCANTILES SE CREAN LAS FIGURAS
JURÍDICAS
“RADICACIÓN DE PERSONAS” Y “RETENCIÓN DE BIENES”.
§  RADICACIÓN DE PERSONAS:
SOLAMENTE SE APLICARÁ CUANDO EXISTA TEMOR
FUNDADO QUE SE AUSENTE U OCULTE LA PERSONA
DEMANDA DEL LUGAR DEL JUICIO, SIN DEJAR A UN
REPRESENTANTE LEGÍTIMO.
MAYOR CERTEZA JURÍDICA QUE PERMITA LA
RECUPERACIÓN DE LOS CRÉDITOS OTORGADOS E
INFLUYA EN LA DISMINUCIÓN DE LA TASA ACTIVA
• RETENCIÓN DE BIENES:
CUANDO EXISTA TEMOR FUNDADO QUE LOS BIENES EN
GARANTÍA O RESPECTO DE LOS CUALES SE VAYA A
EJERCITAR UNA ACCIÓN: SE DISPONGAN, OCULTEN,
DILAPIDEN O SEAN INSUFICIENTES.
EL BENEFICIO DE UNA RÁPIDA RECUPERACIÓN
•  MENOR CARTERA VENCIDA O MOROSA
•  MENOR RIESGO DE RECUPERACIÓN
•  MENORES TASAS DE INTERÉS.
EJE 2. FOMENTAR EL CRÉDITO
BANCA DE DESARROLLO
1. 
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. (NAFIN)
2. 
BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, S.N.C.
(BANOBRAS)
3. 
BANCO NACIONAL DE COMERCION EXTERIOR, S.N.C. (BANCOMEXT)
4. 
SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C. (SHF)
5. 
BANCO DEL AHORRO NACIONAL y SERVICIOS FINANCIEROS, S.N.C.
(BANSEFI)
6. 
BANCO NACIONAL DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y ARMADA, S.N.C.
(BANJERCITO)
BANCA DE DESARROLLO
LA REFORMA FINANCIERA AUTORIZA A LA BANCA DE
DESARROLLO:
§  FACILITAR EL ACCESO AL CRÉDITO Y LOS SERVICIOS
FINANCIEROS Y,
§  DISEÑAR E IMPLEMENTAR PROGRAMAS PARA DAR
AT E N C I Ó N A L A S Á R E A S P R I O R I TA R I A S Q U E
PROMUEVAN LA INCLUSIÓN FINANCIERA EN GENERAL
§  Y ESPECÍFICAMENTE, A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS Y PEQUEÑOS PRODUCTORES
DEL CAMPO.
BANCA DE DESARROLLO
S O B R E E S TA M O D I F I C A C I Ó N S E R Á C O N V E N I E N T E
CONSIDERAR LOS SIGUIENTES ASPECTOS:
§  LA EXPERIENCIA DE 1994 (EFECTO TEQUILA).
RECORDAR Y TENER PRESENTE NUESTRA CRISIS
FINANCIERA INTERNA.
§  REFORZAR LA ESTRUCTURA DE LA BANCA DE
DESARROLLO. EN LA ACTUALIDAD ESTA DIRIGIDA A LA
ATENCIÓN DE FINANCIAMIENTOS A ORGANISMOS E
INSTITUCIONES PÚBLICOS Y PRIVADOS; ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS; GOBIERNOS FEDERAL, ESTATAL
Y MUNICIPAL, Y NO A LA ATENCIÓN DE NECESIDADES
DEL PÚBLICO EN GENERAL.
§  SUPRIME EL REQUISITO DE OPERACIÓN DE DOS AÑOS
DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS POPULARES
(SOFIPOS), PREVIO A QUE SEAN AUTORIZADAS PARA
CAPTAR RECURSOS DEL PÚBLICO.
MODIFICACIÓN AL ESQUEMA DE VIGILANCIA DE LA
BANCA DE DESARROLLO
QUE EL CONTROL Y VIGILANCIA DE LA SECRETARIA DE LA
FUNCION PÚBLICA
SE ENFOQUE A LOS ASPECTOS
SIGUIENTES, EVITANDO DUPLICIDAD DE FUNCIONES CON LA
CNBV; BANXICO Y SHCP.
§  PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
§  CONTRATACIONES RELACIONADAS CON LAS LEYES DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL
SECTOR PÚBLICO Y DE OBRAS PÚBLICAS
§  BIENES MUEBLES E INMUEBLES. CONSERVACION, USO,
DESTINO, AFECTACIÓN, ENAJENACIÓN Y BAJA.
§  RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE SERVIDORES
PÚBLICOS, QUE NO SEA COMPETENCIA DE LA CNBV.
§  TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
AHORRO Y CRÉDITO POPULAR
(INCLUSIÓN FINANCIERA)
§  SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRESTAMO
(SOCAPS)
§  SOCIEDADES FINANCIERAS POPULARES (SOFIPOS)
§  SOCIEDADES FINANCIERAS COMUNITARIAS (SOFICOS)
AHORRO Y CRÉDITO POPULAR
(INCLUSIÓN FINANCIERA)
1.  CONTRATACIÓN CON TERCEROS LOS SERVICIOS
N E C E S A R I O S PA R A L A O P E R A C I Ó N D E E S TA S
SOCIEDADES, ESTABLECIENDO MEDIDAS DE SEGURIDAD
COMO SON:
§  LÍMITES INDIVIDUALES EN LAS OPERACIONES
§  LA CNBV SUPERVISARÁ A LOS PRESTADORES DE
SERVICIOS, PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DEL
SERVICIO.
3.  LA CNBV DIFUNDIRÁ A TRAVES DE SU SITIO ELECTRÓNICO
LAS SANCIONES A ESTAS ENTIDADES.
4.  REGISTRO DE COMISIONES EN LA CONDUSEF POR LOS
SERVICIOS DE PAGO Y CRÉDITOS AL PÚBLICO, QUE
REALICEN LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y CREDITO
Sociedades Cooperativas de Ahorro y
Préstamo en Proceso de
Autorización
Septiembre de 2014
Fuente: CNBV Sociedades Cooperativas de Ahorro y
Préstamo, Autorizadas por la CNBV que
participan en el Seguro de Depósitos del
Fondo de Protección
Septiembre 2014
Fuente: CNBV EJE 3. MAYOR COMPETENCIA ENTRE LAS
INSTITUCIONES FINANCIERAS
§  BURÓ DE INSTITUCIONES FINANCIERAS. DARÁ MAYOR
EQUIDAD AL SISTEMA FINANCIERO EN LA RELACIÓN
CLIENTE – BANCA.
LOS CLIENTES PODRÁN ANALIZAR Y
COMPARAR LOS SERVICIOS Y PRODUCTOS QUE OFRECEN
LOS BANCOS.
§  POSIBILIDAD QUE LOS CLIENTES PUEDAN TRANSFERIR
SUS CRÉDITOS AL CONSUMO (PORTABILIDAD DE BANCO),
CON LA FINALIDAD DE FOMENTAR LA COMPETENCIA
ENTRE LAS INSTITUCIONES.
TRANSPARENCIA EN LA IMPOSICIÓN DE
SANCIONES POR LA CNBV
§  LA CNBV PARA DETERMINAR LA SANCIÓN, TOMARÁ EN
CUENTA:
•  ANTECEDENTES DEL INFRACTOR
•  GRAVEDAD DE LA CONDUCTA
•  AFECTACIÓN DE INTERESES DE TERCEROS O DEL
SISTEMA FINANCIERO
•  ATENUANTES
§  EN EL MARCO DE REFERENCIA ANTERIOR, SE FACULTA A
LA CNBV A DIFUNDIR EN SU SITIO ELECTRÓNICO, LAS
RESOLUCIONES QUE EMITA, INDICANDO:
•  NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL INFRACTOR
•  PRECISAR LOS MEDIOS DE DEFENSA SUSCEPTIBLES
DE INTERPONER
PROTECCIÓN DE USUARIOS
CONDUSEF
§  SE FORTALECE A LA COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE
LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS (CONDUSEF),
PARA QUE SUS DETERMINACIONES SEAN OBLIGATORIAS
PARA LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO.
§  DE IGUAL FORMA SE FACULTA A LA CONDUSEF PARA
VIGILAR PRÁCTICAS ABUSIVAS HACIA EL CLIENTE, EVITAR
CLÁUSULAS ENGAÑOSAS O EL PAGO DE CRECIENTES
INTERESES, ASÍ COMO PROHIBIR LAS VENTAS ATADAS.
§  L A S R E C O M E N D A C I O N E S A L A S I N S T I T U C I O N E S
FINANCIERAS, SE PODRÁN HACER DEL CONOCIMIENTO DE
LOS ORGANISMOS Y ASOCIACIONES GREMIALES, ASI
COMO DEL PUBLICO EN GENERAL.
PROTECCIÓN DE USUARIOS
CONDUSEF
§  REGULAR LOS CONTRATOS DE ADHESION Y PUBLICIDAD
§  PARTICIPACIÓN MAS ACTIVA DE LOS CONCILIADORES,
BUSCANDO SOLUCIONES ÁGILES Y EN BENEFICIO DE LOS
USUARIOS.
LOS BENEFICIOS DE ESTAS REGULACIONES SE DEBERÁN
PERCIBIR POR LOS USUARIOS DE LA BANCA EN UN TIEMPO
BREVE.
FORTALECIMIENTO CONDUSEF
Tema
Principales artículos de
referencia
1
Constitución de reservas.
68 (LPDUSF).
2
REGULACIÓN DE CLÁUSULAS ABUSIVAS Y PRÁCTICAS INSANAS –
CONTRATOS DE ADHESIÓN-.
56 bis y 11 (LPDUSF).
3
Modificación a contratos de adhesión (facultad CONDUSEF).
11 (LPDUSF).
4
PUBLICIDAD (FACULTAD CONDUSEF).
11 (LPDUSF).
5
UNIDADES DE ATENCIÓN ESPECIALIZADAS (UNE)
50 bis (LPDUSF).
6
BURÓ DE ENTIDADES FINANCIERAS.
8 bis y 22 (LPDUSF).
7
Sistema Arbitral en Materia Financiera.
73, 74, 77, 80, 84 bis y 84
quinquies (LPDUSF).
8
VENTAS ATADAS
23 bis (LPDUSF).
9
Transferencia de operaciones activas y pasivas (incluyendo nómina).
10 bis 1 (LTOSF), 18 (LTOSF) y
48 bis 5 (LIC).
10
Concepto de GAT.
3 y 15 bis (LTOSF).
11
DESPACHOS DE COBRANZA
17 bis 1 – 17 bis 4 (LTOSF).
12
Redes de Medios de Disposición.
3 y 4 bis 3 (LTOSF).
13
Estudio de competencia económica.
Quinto transitorio, fracción I.
14
Nuevo régimen de endeudamiento del INFONACOT.
9 (LINFONACOT).
FUENTE: ABM Reforma Financiera
BURÓ DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
CONDUSEF
INSTITUCIONES COMPORTAMIENTO GENERAL DE INSTITUCIONES
DE BANCA MÚLTIPLE
TOTALES DEL SECTOR CONSULTAS, RECLAMACIONES Y CONTROVERSIAS Cumplimiento a los registros Prác@cas no sanas SANCIONES Detalle en la ins@tución Detalle en CONDUSEF Financiera TOTAL DE RECLAMACIONES RESOLUCIÓN FAVORABLE (%) TIEMPO DE RESPUESTA (DÍAS)
ÍNDICE DE DESEMPEÑO (CALIFICACIÓN 0-­‐10) 1,031,372 71.2 8 7.95 397 10,207,985 11 287,605 78.2 5 6.68 118 2,442,196 2 273,992 66.2 12 6.71 140 3,779,284 2 187,517 73.6 9 7.94 15 374,426 2 94,271 78.4 7 8.06 20 861,870 1 64,552 68.2 6 7.65 75 2,102,628 1 TOTAL DE SANCIONES MONTO TOTAL DE SANCIÓN 83% BANCOS AFORES 47 11 INSTITUCIONES FINANCIERAS INSTITUCIONES FINANCIERAS Con información de: Con información de: -­‐Enero a diciembre 2013 Enero a junio 2014 -­‐Enero a marzo 2014 Nota: La actualización correspondiente al periodo enero a junio del 2014 será publicada el día 10 de sep:embre, derivado de la disponibilidad del Reporte regulatorio R27 de la CNBV SOFOM ER SOFOM ENR 23
3,079 INSTITUCIONES INSTITUCIONES FINANCIERAS FINANCIERAS Con información de: Enero a junio 2014 Con información de: Enero a junio 2014 SOFOMES CON INFORMACIÓN RELEVANTE
INSTITUCIONES ACTIVIDAD PREPONDERANTE CONSULTAS, RECLAMACIONES Y CONTROVERSIAS Detalle en CONDUSEF TOTAL DE RECLAMACIONES TOTALES DEL SECTOR Financiera independencia, S.A.B de C.V. , SOFOM E.R. Crédito Simple TerLus. S.A.P.I. de C.V. SOFOM. Crédito hipotecario NR Finance México, S.A. de C.V. SOFOM E.N.R Crédito al auto Patrimonio, S.A. de C.V. SOFOM Crédito hipotecario GM Financial de México S.A. de C.V. SOFOM E.N.R. Crédito al auto RESOLUCIÓN FAVORABLE (%) SANCIONES Cláusulas abusivas par@culares TIEMPO DE RESPUESTA (DÍAS)
ÍNDICE DE ATENCIÓN A USUARIOS (CALIFICACIÓN 0-­‐10) TOTAL DE SANCIONES MONTO TOTAL DE SANCIÓN 3.515 40.7 10.9 5.13 236 6,344.086 742 32.9 6 7.49 5 90,138 S/I 372 29.7 23 7.47 6 153,392 S/I 288 27.1 14 7.93 18 388,833 0 155 39.9 27 7.47 3 81,029 S/I 145 55.9 17 7.41 9 230,167 0 EJE 4. SOLIDEZ DEL SECTOR FINANCIERO
COMITÉ DE ESTABILIDAD BANCARIA
§  SE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DEL COMITÉ DE
ESTABILIDAD FINANCIERA; POR COMITÉ DE ESTABILIDAD
BANCARIA (CEB).
§  EL
CEB EVALUARÁ SITUACIONES DE RIESGO DE LAS
INSTITUCIONES FINANCIERAS:
•  CAUSALES DE REVOCACIÓN POR DETERIORO
FINANCIERO Y EN SU CASO,
•  DETERMINARÁ APOYOS DEL IPAB PARA EVITAR ALGÚN
DAÑO SISTÉMICO.
INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE CON
PROBLEMA DE LIQUIDEZ
SE OTORGAN ATRIBUCIONES A LA CNBV PARA LA APLICACIÓN
DE MEDIDAS PRUDENCIALES ANTE LA REALIZACION DE
OPERACIONES O TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE
PUDIERAN AFECTAR LA ESTABILIDAD, LIQUIDEZ O
SOLVENCIA DE LAS INSTITUCIONES, PUDIENDO ORDENAR:
•
REQUERIMIENTOS DE CAPITAL ADICIONALES
INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE CON
PROBLEMA DE LIQUIDEZ
§  SUSPENSIÓN PARCIAL O TOTAL DE OPERACIONES
ACTIVAS CON PERSONAS RELACIONADAS (ACCIONISTAS,
MATRICES EXTRANJERAS, CONSORCIOS), O CON LAS QUE
SE TENGA VINCULO PATRIMONIAL, QUE ESTÉN SUJETAS A
PROCEDIMIENTOS DE LIQUIDACIÓN, SANEAMIENTO,
CONCURSO, QUIEBRA, O CUALQUIERA EQUIVALENTE O
TENGAN PROBLEMAS QUE AFECTEN LA ESTABILIDAD
FINANCIERA, SOLVENCIA O LIQUIDEZ DE ALGUNA
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE.
• 
• 
• 
• 
TRANSFERENCIAS
DIVIDENDOS
CUALQUIER BENEFICIO PATRIMONIAL
COMPRA DE ACTIVOS
BANCOS EN OPERACIÓN
BANCO BICENTENARIO
•  2012 OBTUVO AUTORIZACIÓN (ANTES: UNION DE CRÉDITO NUEVO
LAREDO)
•  ABRIL 2013. INICIO OPERACIONES.
•  JULIO 2014. REVOCACION AUTORIZACIÓN
•  4 SUCURSALES: 2 NVO LAREDO; 1 VERACRUZ Y 1 D.F.
•  ÍNDICE DE CAPITALIZACIÓN BASILEA III : 10.5%
•  ÍNDICE CAPITALIZACIÓN 2.98% (INCUMPLIMIENTO PROGRAMA
CAPITALIZACIÓN; CREACIÓN DE ESTIMACIONES PREVENTIVAS PARA
RIESGOS CREDITICIOS; ETC.)
•  LIQUIDACIÓN A CARGO DE IPAB
•  AL CIERRE DE JUNIO 2014:
Ø  ACTIVOS
$ 1,020 MDP
Ø  PASIVOS
909
Ø  CAPITAL
111
•  SEGURO DEPÓSITO DEL IPAB: 400 MIL UDIS ($ 2,055 MIL)
•  670 DEPOSITANTES; 267 CLIENTES CON $ 550 MIL RECUPERARON SUS
DEPÓSITOS.
•  $ 146 MILLONES DE COMPENSACIÓN A AHORRADORES
DIVERSAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA
REFORMA FINANCIERA
§  BANXICO: REGULARÁ LAS COMISIONES QUE COBRAN LOS
BANCOS Y LAS TASAS DE INTERÉS QUE RIGEN LOS
CRÉDITOS.
§  ANTES YA SUPERVISABA LAS COMISIONES DE CAJEROS
AUTOMÁTICOS Y DE TARJETAS DE CRÉDITO.
§  FONDOS POR SOCIEDADES DE INVERSIÓN
•  SE MODIFICAN DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES
PARA SU CONSTITUCIÓN Y OPERACIÓN.
•  SE MODIFICA LA DENOMINACIÓN DE SOCIEDADES DE
INVERSIÓN, POR FONDOS DE INVERSIÓN, EXCEPTO EN
EL CASO DE LAS (SIEFORES) SOCIEDADES DE
INVERSIÓN ESPECIALIZADAS EN FONDOS PARA EL
RETIRO.
DIVERSAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA
REFORMA FINANCIERA
§  SE INCORPORA EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO
LAS REGLAS DE CAPITALIZACIÓN BAJO BASILEA III.
§  OTORGA AL IPAB LA FUNCIÓN DE LIQUIDADOR JUDICIAL
SIN LIMITAR LA PARTICIPACIÓN DEL JUEZ EN TODAS LAS
ETAPAS DE LA LIQUIDACIÓN BANCARIA
§  RÉGIMEN DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE
AUTORIDADES FINANCIERAS NACIONALES Y DEL
EXTERIOR, BAJO CIERTOS SUPUESTOS
§  SE EMITE LA LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES
FINANCIERAS (10 ENERO 2014)
Prevención de Lavado de Dinero Financiamiento al Terrorismo •  El Instituto de Basilea en su informe de 2014, incluye en
índice de Basilea . Cuyo objetivo en analizar EL RIESGO de
los países en relación con el lavado de dinero y financiamiento
al terrorismo, y otros factores relacionados con al corrupción y
riesgo político.
•  Dentro de los estudios que reporta, se incluyen los siguientes:
a. Riesgo de lavado de dinero, en una muestra de 160 países,
en el cual México se localiza en el lugar 105.
Índice de lavado de dinero 2014 País 1 Iran 2 Afghanistan 3 Cambodia 4 Tajikistan 5 Guinea-­‐Bissau 6 Iraq 7 Mali 8 Swaziland 9 Mozambique 10 Myanmar 11 Uganda 12 Sudan 13 Kenya 14 Nepal 15 Paraguay 20 Hai@ 21 Zambia 91 Bosnia and Herzegovina Score 8.56 8.53 8.39 8.34 8.25 8.22 8.06 7.92 7.92 7.89 7.84 7.74 7.72 7.64 7.59 7.41 7.4 92 Morocco 5.61 5.61 País 93 Guatemala 94 Bahrain 95 Albania 96 Switzerland 97 Germany 98 Djibou@ 99 Austria 100 Senegal 101 Belarus 102 Malaysia 103 Uzbekistan 104 Italy 105 México 106 Saint Vincent and The Grenadines Score 5.6 5.57 5.54 5.54 5.49 5.48 5.47 5.43 5.42 5.41 5.4 5.37 5.35 107 Spain 108 Canada 109 South Korea 110 United States 111Egypt 5.3 5.29 5.21 5.2 5.18 5.33 BASE: MAS DE 160 PAÍSES/ BASEL INSTITUTE OF GOVERNANCE PUNTUACIONES ALTAS: MAYOR VULNERABILIDAD Categorías por clave de riesgo Lavado de dinero / y financiamiento al terrorismo 2014 5 5 15 10 LAVADO DE DINERO / FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO CORRUPCIÓN NORMAS Y TRANSPARENCIA FINANCIERA TRANSPARENCIA PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS RIESGO POLÍTICO Y LEGAL 65 CERTIFICACIÓN AUDITORES EXTERNOS
POR CNBV
(DO 2 octubre 2014)
•  VERIFICAR CUMPLIMIENTO DE LEYES FINANCIERAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DETECCIÓN Y REPORTE DE ACTOS, OMISIONES U OPERACIONES QUE PUDIESEN UBICARSE EN SUPUESTOS DE ARTÍCULOS 139 QUÁTER O 400 BIS DEL CODIGO PENAL FEDERAL CAPÍTULO VI BIS
Del Financiamiento al Terrorismo
Artículo 139 Quáter.- Se impondrá la misma pena señalada en el artículo 139 de este Código, sin
perjuicio de las penas que corresponden por los demás delitos que resulten, al que por cualquier medio
que fuere ya sea directa o indirectamente, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier
naturaleza, con conocimiento de que serán destinados para financiar o apoyar actividades de individuos
u organizaciones terroristas, o para ser utilizados, o pretendan ser utilizados, directa o indirectamente,
total o parcialmente, para la comisión, en territorio nacional o en el extranjero, de cualquiera de los
delitos previstos en los ordenamientos legales siguientes:
I.
Del Código Penal Federal, los siguientes:
1)
Terrorismo, previstos en los artículos 139, 139 Bis y 139 Ter;
2)
Sabotaje, previsto en el artículo 140;
3)
Terrorismo Internacional, previsto en los artículos 148 Bis, 148 Ter y 148 Quáter;
4)
Ataques a las vías de comunicación, previstos en los artículos 167, fracción IX, y 170, párrafos
primero, segundo y tercero, y
5)
Robo, previsto en el artículo 368 Quinquies.
II.
De la Ley que Declara Reservas Mineras los Yacimientos de Uranio, Torio y las demás
Substancias de las cuales se obtengan Isótopos Hendibles que puedan producir Energía Nuclear, los
previstos en los artículos 10 y 13.
Artículo 368 Quinquies.- Al que cometa el delito de robo de material radiactivo, material nuclear,
combustible nuclear, mineral radiactivo o fuente de radiación, se le impondrán de doce a veinte años de
prisión y de doce mil a veinte mil días multa.
Fuente: CÓDIGO PENAL FEDERAL CAPITULO II
Operaciones con recursos de procedencia ilícita
Artículo 400 Bis. Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que, por sí o
por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas:
I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier
motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la
inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o
representan el producto de una actividad ilícita, o
II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad
o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el
producto de una actividad ilícita.
Para efectos de este Capítulo, se entenderá que son producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos o
bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o
indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su
legítima procedencia.
En caso de conductas previstas en este Capítulo, en las que se utilicen servicios de instituciones que integran el
sistema financiero, para proceder penalmente se requerirá la denuncia previa de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.
Cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades de fiscalización, encuentre
elementos que permitan presumir la comisión de alguno de los delitos referidos en este Capítulo, deberá ejercer
respecto de los mismos las facultades de comprobación que le confieren las leyes y denunciar los hechos que
probablemente puedan constituir dichos ilícitos.
Fuente: CÓDIGO PENAL FEDERAL
LEYES QUE SE MODIFICAN EN LA REFORMA FINANCIERA
1.  CÓDIGO DE COMERCIO.
2.  Código Fiscal de la Federación.
3.  Ley de Ahorro y crédito Popular.
1.  Ley de concursos mercantiles.
2.  Ley de Instituciones de Crédito.
3.  Ley de Instituciones de seguros y
fianzas.
4.  Ley de Inversión Extranjera.
5.  Ley de la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores.
6.  Ley del sistema de Ahorro para el
retiro.
7.  Ley de Protección al Ahorro bancario.
8.  Ley de Protección al usuario de
Servicios Financieros.
9.  Ley de Sociedades de Inversión.
10.  Ley de Transparencia y Fomento a la
competencia en el crédito
garantizado.
1.  Ley de Uniones de Crédito.
2.  Ley del Banco de México.
3.  Ley del Instituto Nacional para el
consumo de los Trabajadores.
4.  Ley del Mercado de Valores.
LEYES QUE SE MODIFICAN EN LA REFORMA FINANCIERA
1.  Código Federal de Procedimientos
Penales.
2.  Código Penal Federal
3.  Ley Federal Contra la delincuencia
Organizada.
4.  Ley Federal de Extinción de Dominio.
1.  Ley Federal de Instituciones de
Fianzas.
2.  Ley General de Instituciones y
Sociedades Mutualistas de Seguros.
3.  Ley General de Sociedades Auxiliares
de Crédito.
4.  Ley General de Títulos y Operaciones
de Crédito.
1.  Ley Orgánica de Financiera Rural.
2.  Ley Orgánica de la Sociedad
Hipotecaria Federal.
3.  Ley Orgánica de Nacional Financiera.
4.  Ley Orgánica del Banco de Ahorro
Nacional y Servicios Financieros.
5.  Ley Orgánica del Banco Nacional de
Comercio Exterior.
6.  Ley Orgánica del Banco Nacional de
Obras y Servicios Públicos.
7.  Ley Orgánica del Banco Nacional del
Ejército y la Fuerza aérea y Armada.
1.  Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación.
2.  Ley para la Transparencia de Servicios
Financieros.
3.  Ley para regular las agrupaciones
financieras.
4.  Ley para regular las sociedades
Cooperativas de Ahorro y préstamo.
5.  Ley para regular las sociedades de
información crediticia.
6.  Ley reglamentara de la fracción XVIII
del apartado B, del artículo 123 de la
Constitución Federal.
RÉGIMEN TRANSITORIO
ALGUNAS DISPOSICIONES CUYA VIGENCIA SERA POSTERIOR AL 10 DE ENERO
DE 2014:
Tema
Plazo
Entrada en vigor de obligaciones a cargo de Instituciones Financieras bajo las reformas a la
LCONDUSEF y LTOSF.
90 días.
Banca múltiple – adecuación de estatutos y títulos a la LIC.
60 y 120 días.
Sociedades controladoras – adecuación de estatutos y títulos a la LRAF.
180 días.
CASAS DE BOLSA – ADECUACIÓN ESTATUTOS A LA LMV.
9 MESES.
SOCIEDADES DE INVERSIÓN – TRANSFORMACIÓN EN FONDOS.
18 MESES.
SOCIEDADES OPERADORAS Y DISTRIBUIDORAS DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN –
CUMPLIR LSI.
1 AÑO.
SOFOMES – RENOVACIÓN DE REGISTRO ANTE CONDUSEF.
270 DÍAS. (9
MESES)
TRIBUNALES ESPECIALIZADOS MERCANTILES.
12 MESES.
Investigación competencia sistema financiero – COFECO.
180 días.
Funcionamiento – Buró de Entidades Financieras (CONDUSEF).
180 días.
Establecimiento de un programa (CNBV) para la identificación, revisión e inspección de Redes
de Medios de Disposición.
45 días.
FUENTE: ABM Reforma Financiera
DATOS Y CIFRAS DE CRÉDITO
JUNIO 2014
TOTAL
INSTITUCION
CARTERA
ES
ACTIVO
TOTAL
mmdp
mmdp
BANCA MÚLTIPLE (agosto)
45
$ 3,157
$ 6,971
BANCA DE DESARROLLO
6
548
1,274
CASAS DE BOLSA
35
SOCS COOPS DE AHORRO Y
PREST (SOCAPS) *
141
53
80
44
20
27
103
34
46
28
288
320
SOCS FINS POPULARES
(SOFIPOS)
UNIONES DE CRÉDITO
SOCIEDADES FINS DE
OBJETO MULTIPLE
REGULADAS (SOFOMES)
368
* DATOS MARZO 2014. ATIENDEN A 5 MILLONES DE PERSONAS EN ZONAS SEMIURBANAS Y RURALES
•  FUENTE: CNBV
SOCIEDADES INVERSIÓN
Sistema
•  Renta Variable
•  Deuda Multiseries
•  Deuda Personas Físicas
•  Deuda Personas Morales
562
275
200
45
42
CREDITO INTERNO AL SECTOR PRIVADO EN MEXICO A
2013
FUENTE: PRESENTACION DEL PRESIDENTE CNBV EN CONVENCION BANCARIA ABRIL 2014.
CREDITO INTERNO AL SECTOR PRIVADO EN MEXICO A
2013
FUENTE: PRESENTACION DEL PRESIDENTE CNBV EN CONVENCION BANCARIA ABRIL 2014.
LOS BRICS fuente: FMI, OMC y ONU • 
• 
• 
2001 -­‐ GOLDMAN SACHS 2006 -­‐ 1ª REUNIÓN (BRASIL, RUSIA, INDIA Y CHINA) 2010 -­‐ SUDAFRICA • 
POBLACIÓN MUNDIAL 7,140 MILLONES • 
LOS BRICS: 2,972 MILLONES (42%) • 
PIB 21 % • 
COMERCIO ENTRE LOS PAISES DEL GRUPO: 230,000 MD GRUPO BRICS FUENTE: THE GLOBAL ECONOMY
MILLONES HABITANTES PIB 2013 PIB 2009 -­‐ 2012 BRASIL 196 2.3 % 3 % RUSIA 143 1.3 % 1.5 % INDIA 1,240 4.4 % 7 % CHINA 1,340 7.7 % 9 % SUDAFRICA 53 2.5 % 2 % INGREDIENTE ADICIONAL
LAS REFORMAS COMO TALES LUCEN CON BUENAS
INTENCIONES, SIN EMBARGO, COMO ES BIEN CONOCIDO,
PARA EL SISTEMA FINANCIERO LAS BUENAS INTENCIONES
NO SON SUFICIENTES.
DESDE NUESTRA PERSPECTIVA LOS ASPECTOS QUE ES
NECESARIO RESOLVER PARA QUE REALMENTE SE PUEDA
PERCIBIR EL BENEFICIO DE LAS REFORMAS, SON:
•  QUE LA ECONOMÍA A NIVEL MUNDIAL SE REACTIVE
PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO.
•  QUE LA PARTE QUE NOS CORRESPONDE COMO PAÍS:
COMO ES EL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO
OPORTUNO, Y EL APROVECHAMIENTO DEL MERCADO
INTERNO, EVITE SITUACIONES COMO LA DEL AÑO 2013.
INGREDIENTE ADICIONAL
PIB*
TASA
DESEMPLEO
**
2015
2014
2013
3.7***
2.0% - 2.8%
1.1%
4.9%
4.6%
*Fuente: Fuente Banxico: Informe 2º.trimestre 2014
**Fuente INEGI: Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2º.trim 2014
***Pronóstico SHCP
RESUMEN
RESUMEN
1.1.-Nos
Nosafecta
afectaaatodos
todos
2.2.-Oportunidades
Oportunidadespara
paralalaContaduría
ContaduríaPública
Pública
A) 
A) Asesoría
Asesoríapara
paraPymes
Pymespara
paralos
losfinanciamientos
financiamientos
B) 
B) Certificación
Certificaciónde
deauditores
auditorespor
porCNBV
CNBV(DO 2 octubre
2014)
(DO 2 octubre 2014)
Vigencia
Personas físicas - 1 de enero del 2015
Vigencia morales – 1 de julio del 2015
Personas
Personas físicas
1 de enero del 2015
Personas morales 1 de julio del 2015
REFORMA FINANCIERA