Saneamiento del Derecho de Vía Jacobo Jácome / KCSM

SANEAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA
José Jacobo Jácome Salazar
Director de Soporte Operativo
Kansas City Southern de México
Derechos de Vía
Es la franja de seguridad establecido en la LRSF otorgados en las
concesiones de los ferrocarriles.
Usos
Sirve para construcciones propias de la operación del ferrocarril.
Límites
Los límites de los derechos de vía son de 10, 15 o hasta 100 metros al
margen de la vía principal.
Ocupaciones e invasiones en los Derechos de Vía y
riesgos para la operación.
Ocupación al DVC que no cuente con autorización de la SCT y con
el consentimiento de las concesionarias.
Riesgos: Arrollamiento a personas o vehículos, accidentes a las
tripulaciones de los trenes y vandalismo al tren.
Participación y Acciones de los Concesionarios con las
Autoridades
Vigilar, ubicar y notificar a la SCT las invasiones a los Derechos de
Vía concesionados.
Participación de la SCT en la conservación de los
Derechos de Vía
La SCT ratifica ante la autoridad correspondiente las denuncias de
invasiones a los Derechos de Vía reportados por las concesionarias.
Apoyo de las Autoridades Federales, Estatales y
Municipales
La Secretaría podrá solicitar a las autoridades competentes el desalojo de
los infractores en los Derechos de Vía.
Acciones especificas que se propone lleven a cabo los
ferrocarriles en la protección al derecho de vía
concesionado.
•  Reportar y denunciar invasiones al Derecho de Vía.
•  Coordinar acciones con las autoridades municipales, estales y
federales para respuestas rápidas y efectivas antes las denuncias
presentadas.
•  Es responsabilidad de la SCT incluir en sus planes de inversión todos los
confinamientos de patios, zonas urbanas y zonas de riesgo así como la
construcción de pasos superiores e inferiores vehiculares, pasos
peatonales, libramiento ferroviarios y evitar en la medida de lo posible la
autorización de cruces a nivel. •  Trabajaremos de la mano con ellos para priorizar los puntos más
necesario a lo largo de la red.
¡Gracias!