Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0079-PV Guayaquil, 24 de febrero de 2015 SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR – DIRECCIÓN DISTRITAL DE GUAYAQUIL - DIRECCIÓN DEL PUERTO MARITIMO. CONSIDERANDO Que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, una vez que se han cumplido los procedimientos de ley, cuenta con mercancías que están en condiciones de ser adjudicadas, en virtud de haberse declarado su Abandono Definitivo mediante Providencia Nro. SENAE-DZPG-2014-0109-PV, notificada por Prensa el 6, 7 y 8 de Agosto de 2014. Que, mediante Memorandos Nro. SENAE-DZPG-2014-0490-PV y SENAE-DZPG-2014-2188-M, recibidos el 02 de julio y 23 de diciembre de 2014 respectivamente, el Ing. José Luis Arias Rivadeneira, Director de Control de Zona Primaria, remite el informe de inventario y valoración Nro. SENAE-DZPG-2014-KSGR-018 y SENAE-DZPG-2014-KSGR-018-A, de las mercancías ubicadas en el Depósito Temporal Inarpi y cuyo detalle se muestra a continuación: DESCRIPCIÓN ESTADO PESO VALOR CANTIDAD SUBPARTIDA EN ORIGEN EN KG. USD$ MOTOCICLETA HONDA HORNETT BUENO 600 TELAIO CON (CONDICIÓN: 1 VIN Nro. USADA) ZDCPC36A03F042398 8711.40.00.99 398 Italia 5.120,70 De acuerdo al Arancel Nacional de Importaciones, la subpartida arancelaria indicada no presenta restricción técnica al comercio. Que, mediante Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0005-PV, suscrita el 09 de enero de 2015, se realizó la publicación de la convocatoria pública para reconocimiento de mercancías previo al inicio del proceso de adjudicación gratuita, a través del portal electrónico oficial www.aduana.gob.ec, adjuntando el listado de las mercancías objeto a ser adjudicadas, a fin de que las entidades del sector público, excepto las empresas públicas y entidades privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro puedan acercarse a reconocerlas. Este periodo de reconocimiento de mercancías duró cinco días hábiles, del 10 al 16 de enero del presente año. Que, mediante Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0038-PV, suscrita el 02 de febrero de 2015, se realizó la publicación de la convocatoria pública para requerimiento * Documento generado por Quipux Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04) 5006060 www.aduana.gob.ec 1/8 Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0079-PV Guayaquil, 24 de febrero de 2015 de mercancías previo al inicio del proceso de adjudicación gratuita, a través del portal electrónico oficial www.aduana.gob.ec, adjuntando el listado de las mercancías objeto a ser adjudicadas, a fin de que las entidades del sector público, excepto las empresas públicas y entidades privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro puedan realizar los requerimientos respectivos según sus fines institucionales. Este periodo duró 5 días hábiles, del 03 al 10 de Febrero del presente año. Que, mediante oficio recibido el 03 de febrero de 2015, mediante Documento Nro. SENAE-DSGG-2015-3081-E, el señor Antonio Lamota Ordoñez, en su calidad de Presidente de la Fundación Es Justo y Necesario, solicita ser beneficiario de las mercancías disponibles para adjudicación gratuita y manifiesta lo siguiente: “La Fundación Es Justo y Necesario, obra social de la Iglesia San Antonio María Claret “La Redonda”, cuya misión es impartir educación primaria a niños de escasos recursos provenientes en su mayoría del sector de Mapasingue Este, dándoles también alimentación (desayuno, refrigerio y almuerzos); asistencia médica y dental. Esta mercancía estaría destinada para el señor mensajero que presta sus servicios a la Fundación Es Justo y Necesario y a la Parroquia San Antonio María Claret. Me dirijo a usted, a efecto de darle a conocer nuestro interés de contar con su apoyo y se acepte la petición de ADJUDICACIÓN GRATUITA de la mercancía descrita en la providencia No. SENAE-DPMG-2015-0038-PV”. Que, mediante oficio recibido el 06 de febrero de 2015, mediante Documento Nro. SENAE-DSGG-2015-3647-E, el señor Francisco Punina, en su calidad de Director Ejecutivo de la Fundación Operación Sonrisa, solicita ser beneficiario de las mercancías disponibles para adjudicación gratuita y manifiesta lo siguiente: “esta motocicleta de marca Honda sería de mucha ayuda para la movilización diaria de nuestro encargado de la logística y así poder realizar todos los trámites externos que realiza la fundación dentro de la ciudad”. Que, mediante Oficio Nro. SENAE-DPMG-2013-0077-OF de fecha 20 de noviembre de 2013, se informó a la Fundación Es Justo y Necesario, representada por el señor Antonio Lamota Ordoñez en calidad de Presidente, que se encontraba calificada y registrada en la base de instituciones habilitadas para recibir adjudicaciones gratuitas de mercancías de los Distritos Aduaneros del país. Que, de acuerdo al listado de instituciones habilitadas para recibir adjudicaciones gratuitas, se verifica que la Fundación Operación Sonrisa, se encuentra registrada con código RF087, aprobada a nivel Nacional desde el año 2007, mediante Oficio No. GGN-GAJ-DTA-4431. Que, la misión de la Fundación Es Justo y Necesario, obra social de la Iglesia San Antonio María Claret “La Redonda”, es impartir educación primaria a niños de escasos * Documento generado por Quipux Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04) 5006060 www.aduana.gob.ec 2/8 Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0079-PV Guayaquil, 24 de febrero de 2015 recursos provenientes en su mayoría del sector de Mapasingue Este, dándoles también alimentación (desayuno, refrigerio y almuerzos); asistencia médica y dental. Que, la misión de la Fundación Operación Sonrisa, es promover y proveer cirugía reconstructiva y tratamiento de especialidad, así como difundir la docencia en el área de cirugía plástica reconstructiva a través de la participación de personal médico y voluntariado, con el objeto de aplicarlas a personas con discapacidades temporales en situación de vulnerabilidad, dentro de conceptos de responsabilidad social. Que mediante Memorando Nro. SENAE-DSGG-2015-0120-M, suscrito el 13 de febrero de 2015, la Directora de Secretaria General GYEM, Econ. Tannia Anabell Nicola Salguero, informa: “En atención a su Memorando SENAE-JRMG-2015-0048-M, respecto a la Providencia SENAE-DPMG-2015-0038-PV, cumplo con informar a usted en base al Sistema de Gestión Documental QUIPUX, con los siguientes criterios de búsqueda: Fecha de inicio: 3 de febrero 2015 Fecha de fin: 10 de febrero 2015 Referencia/asunto: SENAE-DPMG-2015-0038-PV Para: María Eugenia Nieto Área: Dirección de Secretaria General GYEM Que a través de la ventanilla de la Secretaría General del Distrito Guayaquil, se registra 2 trámites ingresados: SENAE-DSGG-2015-3081-E, del 3 febrero 2015 FUNDACION ES JUSTO Y NECESARIO y SENAE-DSGG-2015-3647-E, del 6 febrero 2015 FUNDACION OPERACIÓN SONRISA”. Que en el Suplemento del Registro Oficial No. 351, de fecha 29 de diciembre del 2010, se publicó el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, contemplando en el Libro V, Capítulo VII Subasta Pública, Adjudicación Gratuita y Destrucción, que su Artículo 203 establece: "De la Adjudicación Gratuita.- Procede la adjudicación gratuita de las mercancías que se encuentren en abandono expreso o definitivo, de aquellas declaradas en decomiso administrativo o judicial, aún de aquellas respecto de las cuales se hubiere iniciado un proceso de subasta pública, dentro de los términos y las disposiciones contenidas en el presente Código, su reglamento y demás normas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador(…) Adicionalmente, procede la adjudicación gratuita a favor de las instituciones de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro que las requieran para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo a su objeto social, en los casos y con las condiciones que se prevean en el Reglamento al presente Código.”. Que en el Suplemento del Registro Oficial No. 452, de fecha 19 de mayo de 2011, se publicó el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, que en su Artículo 252 señala: "Adjudicación gratuita.- La adjudicación gratuita será otorgada por el Director * Documento generado por Quipux Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04) 5006060 www.aduana.gob.ec 3/8 Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0079-PV Guayaquil, 24 de febrero de 2015 Distrital del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador de la pertinente jurisdicción, considerando como beneficiarios a personas jurídicas públicas o privadas de asistencia social, beneficencia, educación o investigación sin fines de lucro que se encuentren debidamente registradas en el Ministerio responsable de la política social del Estado. La adjudicación de las mercancías se realizará en función del objeto social de cada institución. Su procedimiento y requisitos serán determinados por la Directora o Director del Servicio Nacional de Aduanas. Procede la adjudicación gratuita en los siguientes casos: a) Para las mercancías que se encuentren en abandono expreso o definitivo, de aquellas declaradas en decomiso administrativo o judicial”. Que, el Registro Oficial No. 785, de fecha 10 de septiembre de 2012, publicó la Resolución Nro. SENAE-DGN-2012-0238-RE, reformada el 05 de marzo de 2013, mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0078-RE y el 17 de febrero de 2014, mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0116-RE, que establece el Procedimiento General de Adjudicación Gratuita, Subasta Pública y Destrucción, que en su artículo 5, señala: “Mercancía de prohibida importación y no autorizada para la importación.-: (…) Las mercancías de prohibida importación que hayan caído en abandono o decomiso, serán directamente destruidas sin ser sometidas a subasta o adjudicación gratuita, con excepción de aquellas respecto de las cuales el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones disponga un tratamiento distinto. Sin perjuicio de lo antedicho, los vehículos usados podrán ser sometidos a adjudicación gratuita entre entidades públicas únicamente, exceptuando a aquellos que por su naturaleza suntuaria no se adecuen al cumplimiento de los fines del Estado. Estos últimos podrán ser sometidos a proceso de subasta. Las que carezcan de documentos de acompañamiento o de soporte relacionados con restricciones técnicas al comercio, podrán ser adjudicadas gratuitamente tanto a entidades públicas como privadas sin fines de lucro de asistencia social, beneficencia, educación o investigación. En ambos casos, éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas directamente para el cumplimiento de sus fines (…) Las entidades beneficiarias de mercancías que requieran cumplir restricciones técnicas al comercio serán las únicas responsables de verificar la aptitud y calidad de las mercancías adjudicadas, con la entidad encargada de emitir el correspondiente permiso”; en su artículo 14, señala: “Publicación: Previo al inicio del proceso de adjudicación gratuita, el SENAE efectuará una convocatoria pública adjuntando el listado de las mercancías que serán adjudicadas, a fin de que las entidades registradas puedan acercarse a reconocerlas. Este periodo de reconocimiento durará de 3 a 10 días hábiles, según determine el Director Distrital, luego del cual el SENAE publicará las mercancías aptas para ser adjudicadas durante 5 días hábiles, a fin de que las entidades registradas puedan realizar los requerimientos respectivos según sus fines institucionales. Estas publicaciones se efectuarán a través de la página web oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Los requerimientos podrán ser por la totalidad de los bienes enunciados o únicamente por una parte de ellos, pero en uno u otro caso la entidad ganadora obtendrá la totalidad de bienes requeridos. La Dirección Distrital del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador correspondiente, analizará la adecuación de las * Documento generado por Quipux Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04) 5006060 www.aduana.gob.ec 4/8 Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0079-PV Guayaquil, 24 de febrero de 2015 solicitudes con los fines institucionales del respectivo requirente y su orden de ingreso. Se tomará en cuenta el orden de ingreso de las solicitudes dando prioridad a las entidades del sector público y contando únicamente las solicitudes válidas que se adecuen a los fines institucionales de la entidad pública o privada requirente”; y, que en su artículo 16, indica: “Tiempo máximo para el retiro: Si la entidad beneficiaria no retirase la mercancía en el término máximo de 15 días hábiles, prorrogables por 15 días adicionales a solicitud motivada de parte, ésta será adjudicada a la entidad subsiguiente, dando prioridad a las entidades públicas, la cual contará con los mismos plazos para retirarla a partir de la notificación. Las mercancías serán entregadas previa suscripción del acta de entrega/recepción correspondiente, la cual contendrá el detalle de bienes entregados por el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador y su valor.” Que, es necesario considerar el pronunciamiento contenido en el Oficio Circular No. SENAE-DGN-2013-0035-C de fecha 24 de junio de 2013, basado a su vez en el Oficio No. INEN-AJ-2013-0151, donde la Doctora Patricia León, Directora Ejecutiva del Instituto Ecuatoriano de Normalización INEN, indica que el Certificado de Reconocimiento (formulario INEN-1) se debe obtener previamente a la comercialización de productos nacionales e importados sujetos a reglamentación técnica, lo que excluye a los casos en que las mercancías se entregan en adjudicación gratuita. Que, en consideración a lo estipulado en el artículo 14 de la Resolución Nro. SENAEDGN-2012-0238-RE, reformada el 05 de marzo de 2013, a través de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0078-RE y el 17 de febrero de 2014, mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0116-RE, se debe tomar en cuenta el orden de ingreso de las solicitudes, contando únicamente las solicitudes válidas que se adecuen a los fines institucionales de la entidad requirente. Con base en lo antedicho, se adjudican gratuitamente las mercancías a la Fundación Es Justo y Necesario, a través de su Presidente el Señor Antonio Lamota Ordoñez, tomando en cuenta que fue la primera solicitud recibida, según lo informado por la Secretaría General mediante Memorando Nro. SENAE-DSGG-2015-0120-M y porque se adecúan a los fines institucionales de la entidad. Por las consideraciones expuestas, la suscrita Directora de Puerto Marítimo de la Dirección Distrital de Guayaquil del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en uso de las atribuciones contemplada en los literales a) y b) del Artículo 218 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, concordante con lo establecido en el Artículo 203 ibídem, y de la delegación conferida por el Director Distrital de Guayaquil del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en el Numeral Ordinal Cuarto de la Resolución No. DDG-04083, de fecha 30 de diciembre de 2010, DISPONE lo siguiente: PRIMERO: Autorizar la ADJUDICACIÓN GRATUITA, a la FUNDACIÓN ES JUSTO Y NECESARIO, representada por su Presidente, Señor Antonio Lamota Ordoñez, de las mercancías detalladas a continuación, que se encuentran ubicadas en el * Documento generado por Quipux Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04) 5006060 www.aduana.gob.ec 5/8 Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0079-PV Guayaquil, 24 de febrero de 2015 Depósito Temporal Inarpi y porque se adecúan a los fines institucionales de la entidad: DESCRIPCIÓN ESTADO PESO VALOR CANTIDAD SUBPARTIDA EN ORIGEN EN KG. USD$ MOTOCICLETA HONDA HORNETT BUENO 600 TELAIO CON (CONDICIÓN: 1 VIN Nro. USADA) ZDCPC36A03F042398 8711.40.00.99 398 Italia 5.120,70 Al tenor de lo estipulado en el artículo 14 de la Resolución Nro. SENAEDGN-2012-0238-RE, reformada el 05 de marzo de 2013, a través de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0078-RE y el 17 de febrero de 2014, mediante Resolución Nro. SENAE-DGN-2014-0116-RE; la solicitud de la Fundación Es Justo y Necesario fue la primera recibida y las mercancías adjudicadas gratuitamente se adecúan a los fines institucionales de la entidad. Que, mediante Oficio Nro. SENAE-DPMG-2013-0077-OF de fecha 20 de noviembre de 2013, se informó a la Fundación Es Justo y Necesario, representada por el señor Antonio Lamota Ordoñez en calidad de Presidente, que se encontraba calificada y registrada en la base de instituciones habilitadas para recibir adjudicaciones gratuitas de mercancías de los Distritos Aduaneros del país. Que, la misión de la Fundación Es Justo y Necesario, obra social de la Iglesia San Antonio María Claret “La Redonda”, es impartir educación primaria a niños de escasos recursos provenientes en su mayoría del sector de Mapasingue Este, dándoles también alimentación (desayuno, refrigerio y almuerzos); asistencia médica y dental SEGUNDO: El Director de Control de Zona Primaria y/o su delegado en conjunto con el delegado del Depósito donde se encuentra almacenada la mercancía, procederán con la entrega de las mercancías detalladas en el inciso anterior, a la FUNDACIÓN ES JUSTO Y NECESARIO, representada por su Presidente, Señor Antonio Lamota Ordoñez y/o su Delegado; previa suscripción de las actas de entrega - recepción correspondientes, las cuales contendrán el detalle de bienes entregados por el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador y su valor con las respectivas fotos; información que deberá ser enviada mediante memorando a la Dirección del Puerto y a la Jefatura de Remates en un plazo no mayor a 72 horas posteriores a la culminación. TERCERO: El tiempo máximo para el retiro de la mercancía adjudicada es de 15 días hábiles, prorrogables por 15 días adicionales a solicitud motivada de parte. CUARTO: Es total responsabilidad de la Fundación Es Justo y Necesario, el uso de las * Documento generado por Quipux Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04) 5006060 www.aduana.gob.ec 6/8 Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0079-PV Guayaquil, 24 de febrero de 2015 mercancías adjudicadas gratuitamente amparadas en esta providencia. Teniendo en cuenta que éstas no podrán ser destinadas al comercio, sino que deberán ser destinadas directamente para el cumplimiento de sus fines institucionales. Dicha entidad deberá enviar un informe dirigido a la Jefatura de Remates y Otras Operaciones Aduaneras, en el que conste el uso de las mercancías adjudicadas y el registro fotográfico del mismo. QUINTO: Que la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información, realice publicación del presente Acto Administrativo, al día hábil siguiente de su notificación, en el portal electrónico oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador www.aduana.gob.ec. SEXTO: Del presente Acto Administrativo conozca la Fundación Es Justo y Necesario, Jefatura de Remates y Otras Operaciones Aduaneras, Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información, Dirección de Zona Primaria, Depósito Temporal Inarpi, BOMASA, Comisión de Tránsito del Ecuador, Servicios de Rentas Internas y SGS del Ecuador. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Documento firmado electrónicamente Econ. María Eugenia Nieto Rojas DIRECTOR DEL PUERTO MARITIMO Referencias: - SENAE-DSGG-2015-0120-M Anexos: - anexo memo SENAE-JRMG-2015-0048-M.PDF - SENAE-DZPG-2014-0109-PV ab definitivo - SENAE-DZPG-2014-0490-PV memo peritaje - SENAE-DZPG-2014-KSGR-018 informe peritaje - Fotos - SENAE-DZPG-2014-2188-M alcance peritaje - SENAE-DZPG-2014-KSGR-018-A alcance informe peritaje - SENAE-DPMG-2015-0005-PV reconocimiento - SENAE-DPMG-2015-0038-PV requerimiento - senae-dsgg-2015-3081-e solicitud Es Justo y Necesario - SENAE-DSGG-2015-0120-M Secretaria Copia: Señora Economista María Elena del Rocío Andrade Sánchez Jefe de Remates Señorita Economista Jennifer Lissete Soria Arteaga Técnico Operador * Documento generado por Quipux Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04) 5006060 www.aduana.gob.ec 7/8 Providencia Nro. SENAE-DPMG-2015-0079-PV Guayaquil, 24 de febrero de 2015 Señora Ingeniera Ingrid Lucia Castillo Corozo Secretaria de Direccion General Nacional y Distrital Señor Giovanny Marcelo Cordova Morales Analista Informático 2 Señorita Ingeniera Eliana Susana Bistolfi Daga Jefe de Procesos Aduaneros Control Zona Primaria (E) Señor Contador Alex Eduardo Avila Hidalgo Guardalmacen Jefe de Distrito Señora Ana Maria Ayala Supervisora de Matriculacion SGS MUNICIPALIDAD DE TRANSITO DE GUAYAQUIL Ingeniero Michel Andrés Doumet Chedraui Director Ejecutivo COMISIÓN DE TRÁNSITO DEL ECUADOR Señor Economista Antonio Enrique Avilés Sanmartín Director Zonal 8 SERVICIO DE RENTAS INTERNAS jlsa/meras * Documento generado por Quipux Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección General - Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo (090112) PBX: (04) 5006060 www.aduana.gob.ec 8/8
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