Club Atlético Velez Sarsfield

EL MOTILÓN
CONSTRUYENDO FUTURO
XLVI ASAMBLEA NACIONAL
DELEGADOS SINTRABANCOL
Sin duda la exitosa Asamblea
Nacional de Delegados de SINTRABANCOL, efectuada en Bogotá del 15 al 22 de Septiembre
2014, concitó la esperanza en
una generación de nuevos líderes de las diferentes regiones
que se hizo presente, donde hubo una gran participación, debate y aporte en los distintos temas tratados, lo que permite
augurar un futuro muy prometedor para nuestra organización
sindical.
La estrategia de la Junta Directiva Nacional en la formación de
nuevos líderes viene dando
frutos, pues con este contingente que se viene conformando, se pretende que nuestros
futuros dirigentes sindicales
interpreten las prácticas internas de fortalecimiento de la
Unidad y la Democracia y el
Diálogo Social con el contradictor natural que es la empresa,
para continuar representando
de la mejor manera a todos los
compañeros del banco, en búsqueda permanente de soluciones a los múltiples problemas
que aún se presentan en las
diferentes sucursales.
Hay también una ventaja adicional en esta nueva generación, pues la educación profesional y en tecnologías cibernéticas que muchos compañeros
ya traen, facilitan que el aprendizaje sea mucho más rápido y
solamente requieren el compo-
De acuerdo al mandato de los
compañeros afiliados de la seccional, se cumplió un papel sobresaliente en la XLVI Asamblea Nacional de Delegados, presentando
el informe de la Gestión realizada
en Cúcuta, se aportó en los deba-
nente político que contribuya
a que su gestión sea con mucha responsabilidad y compromiso de servicio a los compañeros de trabajo.
Entre los más importantes temas acordados en la Asamblea Nacional están:
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Reforma Parcial Estatutos
de Sintrabancol.
Elección de nueva Junta
Directiva Nacional.
Aprobación del Pliego de
Peticiones presentado a
Bancolombia, por parte de
Sintrabancol y Uneb.
Elección de Comisión Negociadora en representación
de Sintrabancol.
Plan Estratégico crecimiento y desarrollo de Sintrabancol a cumplir en el inmediato futuro.
tes efectuados, se participó en
la Comisión del Plan de Acción
y Comisión de Escrutinios, así
como fue elegido el compañero Adolfo García para participar
en el Taller de Negociación
realizado en la ENS—Medellín.
OCTUBRE 2014
EL MOTILÓN
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Una lectura desprevenida del anterior precepto, permite precisar, sin equívocos, que
la protección que consagra está referida a
los trabajadores que sean parte de un conflicto colectivo económico, cuya finalidad no
es otra que la de posibilitar el mejoramiento
de sus condiciones de trabajo. Obviamente,
tales servidores son los afiliados a un sindicato, los que se beneficien de un convenio
colectivo en las hipótesis previstas en la ley
y los no sindicalizados.”
“Los trabajadores que hubieren presentado
al patrono un pliego de peticiones no podrán ser despedidos sin justa causa comprobada, desde la fecha de la presentación
del pliego y durante los términos legales de
las etapas establecidas para el arreglo del
conflicto”.
de compromiso y de representación, todo lo
cual conlleva a la inevitable conclusión de
que no podía estar amparado por la protección regulada por el artículo 25 del Decreto
2351 de 1965, ya que, ciertamente, no
podía pretender estar acogido por el pliego
de peticiones que la organización sindical
presentó, en tanto los intereses empresariales, de los cuales en su calidad de alto directivo lo comprometían, estaban en contraposición con los suyos propios, lo que
resulta inadmisible.”
Y aun cuando en el expediente no están
acreditadas sus funciones, ni que dentro del
conflicto hubiera actuado como negociador
de la empresa, es dable suponer por sentido
común, siguiendo las máximas de la experiencia, que era el que tenía a su cargo todo
lo relativo a la parte administrativa y financiera de la entidad, conocedor, por tanto,
del estado de la una y de la otra, lo cual es
claramente demostrativo de que era un alto
directivo de la empleadora con capacidad
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