ARTÍCULO X: PRESENTACIÓN DE LA OFERTA - Acumar

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Nombre
del
contratante
organismo AUTORIDAD
RIACHUELO
Tipo: Contratación Directa
Clase: De Etapa Única Nacional.
Modalidad: Sin Modalidad.
DE
CUENCA
MATANZA
Ejercicio: 2014
Nº
Expediente Nº: 1567/2014
Rubro comercial: Servicios Profesionales y Comerciales.
Objeto de la contratación: Contratación de servicio de emergencias médicas para los
agentes de ACUMAR por el termino de doce meses con opción a prorroga por el
mismo lapso de tiempo.
Costo del pliego: Sin cargo.
RETIRO DE PLIEGOS
Lugar/Dirección
Coordinación de Contabilidad y
Administración – Esmeralda N° 255
2do piso, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires
Plazo y Horario
CONSULTAS
Lugar/Dirección
Mesa General de Entradas, –
Autoridad de Cuenca Matanza
Riachuelo – Esmeralda N° 255 PB,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Día y Hora
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Lugar/Dirección
Mesa General de Entradas,– Autoridad
de Cuenca Matanza Riachuelo –
Esmeralda N° 255 PB, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Plazo y Horario
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección
Coordinación de Contabilidad y
Administración – Esmeralda N° 255
2do piso, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Plazo y Horario
1
ARTICULO 1º: ORGANISMO CONTRATANTE
El organismo que promueve la presente contratación es la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA
RIACHUELO, ente de derecho público interjurisdiccional.
ARTICULO 2º: OBJETO
La presente tiene como objeto la contratación de un servicio de emergencias médicas para los
agentes de ACUMAR por el termino de doce meses con opción a prorroga por el mismo lapso de
tiempo, de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego de Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas.
ARTICULO 3º: NORMATIVA APLICABLE
La presente contratación se regirá por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas, por las normas contenidas en el Reglamento de Procedimientos para la
Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo aprobado
por Resolución ACUMAR N° 248/2010 modificada por Resolución ACUMAR N° 180/2012, 933/2013
y 190/2014 disponible en el sitio web www.acumar.gob.ar y por la Ley Nº 25.551 de Compre
Argentino.
La simple presentación de una oferta, implica la aceptación lisa y llana por parte de los oferentes de
todo el régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa de que lo conoce y
acepta en todas sus partes.
Cualquier cláusula o condición que consignen los Oferentes en la formulación de sus propuestas,
que se encuentre en pugna con las Cláusulas establecidas en el Pliego de Condiciones Particulares
y Especificaciones Técnicas, dará lugar a que la ofertasea declarada inadmisible y desestimada.
ARTÍCULO 4º: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES
Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas
deberán efectuarse únicamente por escrito ante la Coordinación de Contabilidad y Administración.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de
término. Deberán ser efectuadas hasta DOS (2) días hábiles antes de la fecha fijada para la
apertura (como máximo).
Si la ACUMAR considera que la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e
interpretación del Pliego en cuestión, se elaborará una circular aclaratoria y comunicará en forma
fehaciente con UN (1) día hábil como mínimo de anticipación a la fecha de apertura, a todas las
personas que hubieren retirado el Pliego y al que hubiere efectuado la consulta que origina la
circular.
La ACUMAR podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas,
siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en el Pliego correspondiente.
El límite fijado para la procedencia de las modificaciones y aclaraciones al Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, es que las mismas no alteren el objeto de
la contratación.
Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado resulte necesario pedir informes o
realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a UN (1) día hábil contado desde
que se presentare la solicitud, la ACUMAR podrá posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio
de fecha de apertura de ofertas será comunicado a todos aquellos a quienes se les hubiese
comunicado el llamado, y será publicado en los mismos medios en los que se haya publicado la
convocatoria por UN (1) día y notificado en forma fehaciente a todas las firmas que hayan retirado el
Pliego o lo hayan adquirido en los casos en que el mismo tuviera costo.
Cualquier tipo de circular aclaratoria o modificatoria podrá ser comunicada hasta UN (1) dia hábil
antes de la apertura.
ARTÍCULO 5: PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
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La oferta deberá ser redactada en idioma nacional. El oferente presentará su oferta en original y
copia, y deberá remitirla en sobre cerrado y foliado en todas sus hojas. La documentación que se
presentare en idioma extranjero deberá acompañar la traducción debidamente legalizada por el
Colegio de Traductores y contar con la apostilla correspondiente.
La oferta deberá presentarse en la Mesa Gral. de Entradas de esta AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO sita en Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El
sobre, caja o paquete deberá contener los siguientes datos:
1)
Objeto de la Contratación.
2)
Día y hora de la Apertura
3)
Datos completos del Oferente
4)
La oferta deberá estar firmada en original por un apoderado o responsable de la Empresa
en todas sus hojas.
5)
La oferta no podrá tener salvedades o raspaduras y no podrá estar escrita en lápiz.
6)
Serán causales de inadmisibilidad de oferta:
a) Que no estuviere firmada por el oferente o su representante legal.
b) Que estuviere escrita con lápiz.
c) Que careciera de la garantía exigida que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares indicare o
que no estuviese efectuada conforme a lo allí dispuesto.
d) Que fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el ESTADO
NACIONAL, DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES.
e) Que contuviere condicionamientos.
f) Que tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna
otra parte que hiciere a la esencia del contrato, y no estuvieren debidamente salvadas.
g) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
Los errores intrascendentes de forma, a juicio de la ACUMAR, no serán causales de inadmisibilidad
de la oferta.
Asimismo, la ACUMAR no recibirá ninguna oferta que no sea entregada en el lugar arriba indicado y
dentro del plazo establecido. Presentada la oferta no se aceptarán cambios o adicionales en ellas,
que impliquen una modificación sustancial a la oferta original presentada.
La ACUMAR no se hará responsable por la apertura prematura de sobre por no estar debidamente
cerrados.
ARTÍCULO 6º: FORMA DE COTIZACIÓN
Deberá cotizarse en Pesos, moneda nacional de curso legal vigente, incluyendo el IVA,
consignando el precio por jornada y precio total de la oferta de acuerdo a lo establecido en la planilla
de cotización obrante en el presente Pliego como Anexo N° 1.
No serán tenidas en cuenta las propuestas formuladas en otro tipo de moneda que no sea la
establecida en el presente pliego. El oferente deberá cotizar por todos los ítems establecidos en el
anexo I “Formulario de Cotización” del presente,
El oferente deberá tener en cuenta todo impuesto, gravamen, gasto o concepto que no estando
expresamente contemplado sea necesario para la adecuada prestación del servicio contratado. Esto
es, el precio cotizado en la planilla de cotización debe ser el precio final.
ARTÍCULO 7: CONTENIDO DE LA OFERTA E INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL
OFERENTE
El sobre con la oferta deberá contener la documentación que se detalla a continuación, en las
condiciones establecidas en el artículo anterior, a saber:
1) La propuesta económica: en la planilla de cotización que como “Formulario de Cotización” se
adjunta al presente.
2) Constancia de retiro de pliegos: emitida por este Organismo. Los mismos deberán retirarse en la
calle Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 11 a
16hs.
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3) Deberá acompañarse junto con la oferta el detalle, descripción técnica y toda otra documentación
tendiente a posibilitar la evaluación técnica del objeto ofertado. Dicha documentación deberá
presentarse en idioma español o con la correspondiente traducción.
Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este Pliego son considerados
mínimos y se deberán explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las
especificaciones solicitadas. Si bien con posterioridad a la apertura de las ofertas podrá requerirse a
los oferentes que amplíen la documentación técnica presentada, cuando la ausencia de descripción
sea tal que impida determinar cuáles son las características básicas del objeto ofertado, se
desestimará la oferta. No se aceptarán la simple transcripción de las especificaciones técnicas.
4) Aquellos oferentes que se encuentren inscriptos en el SIPRO, deberán presentar la constancia de
inscripción junto con la oferta.
Para el caso de aquellos oferentes que no se encuentren inscriptos en el SIPRO, se hace saber que
ha sido creado el Registro Informatizado Único de Proveedores de la ACUMAR conforme a lo
previsto en el Artículo 15 del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes, Obras
y Servicios de la ACUMAR, aprobado por la Resolución ACUMAR N° 248/2010 modificada por
Resolución ACUMAR N° 180/2012, 933/2013 y 190/2014, pero que aún no se encuentra en
plataforma online.
Para la inscripción en el mencionado registro, los oferentes deberán presentar la documentación
requerida para su incorporación, sin perjuicio de que tal solicitud sea rechazada en función de la
documentación presentada a tal efecto.
A tal fin, deberán contactarse con la Coordinación de Contabilidad y Administración de Lunes a
Viernes, en el horario de 11 a 16 hs 5071-9861.
Se deja constancia que todas las sanciones aplicadas en el ámbito del régimen aprobado por el
Decreto N°1023/01 serán consideradas como un antecedente negativo en la evaluación de las
ofertas presentadas para este llamado, como así también los incumplimientos registrados en la
propia base de datos de la ACUMAR.
5) Deberá presentar los Anexos I, II, III, IV y V del presente Pliego.
DOCUMENTACIÓN LEGAL
6) Acreditación de la Personería: Para el caso de que el oferente sea una persona jurídica, deberá
presentar copia certificada por Escribano Público del estatuto social o instrumento que corresponda,
sus modificaciones y constancia de inscripción ante la Autoridad Competente. En caso de Consorcio
o Unión Transitoria de Empresas deberá acompañarse además el compromiso de asociación con
las firmas de sus integrantes autenticadas, debiendo estar constituida y legalmente inscripta con
anterioridad a la adjudicación.
7) Acreditación de Representación: en caso de actuar por apoderado o representante legal, el
oferente deberá presentar el instrumento que acredite dicha representación, debidamente certificado
por Escribano Público.
8) Última acta vigente o modificación de estatuto vigente en donde figure la distribución de cargos
de autoridades vigente debidamente legalizada por Escribano Público.
La documentación arriba mencionada (Punto 6-7-8) podrá ser certificada antes de la fecha y
hora de apertura en el Organismo mediante la presentación de la copia y el original
correspondiente en la Mesa General de Entradas de la ACUMAR, quedando a criterio de dicha
dependencia la aceptación o rechazo de certificación de las copias adjuntadas conforme a
los originales presentados.
DOCUMENTACIÓN FISCAL:
9) Certificado Fiscal para Contratar vigente: expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS cuando su oferta sea igual o mayor a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000),
En caso de no estar vigente al momento de la apertura de ofertas el oferente deberá presentar la
solicitud de inicio del trámite ante la AFIP. El certificado deberá estar vigente al momento de la
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adjudicación. Para el caso en que el certificado no sea acompañado con la oferta, la unidad
operativa de compras verificará de oficio la vigencia del mismo ingresando en los sitios de los
organismos correspondientes (www.afip.gob.ar / www.argentinacompra.gov.ar) e imprimirá la
constancia respectiva. De confirmarse dicha vigencia por esta vía, su presentación no le será
requerida al oferente.
10) Libre Deuda Previsional: En los casos que los oferentes efectúen ofertas cuyos importes sean
inferiores a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000), deberá cumplir con el requisito de acreditación de
Libre Deuda Previsional, mediante la presentación de una Declaración Jurada respecto de la no
existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación
previsional, emitida por la AFIP de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 17.250 y la RG AFIP
2191/2007. No obstante lo expuesto, queda eximido de presentar la citada declaración jurada si el
oferente posee el Certificado Fiscal para contratar vigente, indicando en el punto anterior.
11) Formulario de CUIT: constancia de inscripción emitida por AFIP, indicando si el oferente es
agente de retención y/o percepción.
12) Constancia de inscripción y/o percepción de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral indicando si
es agente de retención y/o percepción.
DOCUMENTACIÓN FINANCIERA
13) Los oferentes deberán presentar el último estado contable de cierre de ejercicio exigible en
original, suscripto por Contador Público y certificado en original por el Consejo Profesional de
Ciencias Económicas que corresponda, presentado ante la IGJ o autoridad de contralor pertinente.
14) El oferente deberá presentar junto con su oferta referencias bancarias.
La documentación del Punto 13) podrá ser certificada antes de la fecha y hora de apertura en
el Organismo mediante la presentación de la copia y el original correspondiente en la Mesa
General de Entradas de la ACUMAR, quedando a criterio de dicha dependencia la aceptación
o rechazo de certificación de las copias adjuntadas conforme a los originales presentados.
No será necesaria la presentación de lo solicitado en los puntos 11), 12) y 13) en el caso de
que ya se encuentre inscripto en el registro de proveedores de ACUMAR, salvo que deba
actualizarse la documentación en cuestión.
ARTÍCULO 8°: GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán presentar junto con su oferta, una garantía de mantenimiento de aquella,
equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del precio total general de la oferta.
Los oferentes deberán constituir las garantías de la siguiente forma:

En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del Organismo, o Transferencia Bancaria
a la cuenta del Banco de la Nación Argentina, CBU 0110599520000053400462. Deberá
adjuntarse a la oferta el comprobante que permita verificar la acreditación efectuada.

Con cheque certificado por una entidad bancaria. El organismo depositará el cheque dentro de
los plazos que rijan para estas operaciones.

Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS
FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA,
extendidas a favor de la ACUMAR y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y
reglamentación que a tal efecto dicte la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMIA. Deberá acompañarse la legalización notarial de las firmas obrantes en la póliza.
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
Con pagarés a la vista, suscriptos por quienes tengan uso de la firma social o actuaren con
poderes suficientes, cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS CINCO MIL
($ 5.000).
No será necesario presentar garantías cuando el monto de las mismas no supere los PESOS DOS
MIL QUINIENTOS ($ 2.500).
En todos los casos, la garantía deberá integrarse en moneda nacional de curso legal vigente.
ARTÍCULO 9º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, con renovación
automática por igual periodo. Sino manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la
oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días al vencimiento del plazo aquella se considerará
prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, y así sucesivamente.
El no cumplimiento de lo establecido dará lugar a la ejecución de la garantía del Art. 8.
ARTÍCULO 10º: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en el lugar indicado y hasta el día y hora establecidos para la
apertura de aquellas.
ARTÍCULO 11°: APERTURA DE LAS OFERTAS
Las ofertas recibidas serán abiertas en un acto formal ante los funcionarios designados a tal efecto,
y ante todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y
procedencia de los sobres, cajas ó paquetes dispuestos para ser abiertos.
Asimismo, se labrará un acta que será firmada por los mencionados funcionarios y por los oferentes
presentes.
ARTÍCULO 12º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las ofertas que se consideren admisibles en los términos del presente Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, serán analizadas para comprobar el
cumplimiento total de las especificaciones técnicas detalladas.
Se evaluarán las ofertas en virtud de lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
La ACUMAR, se reserva el derecho de solicitar información que amplíe los datos suministrados, a
fin de proceder a un correcto análisis de la documentación presentada.
ARTÍCULO 13º: ADJUDICACIÓN:
La adjudicación se hará por renglón, teniendo en cuenta los criterios de evaluación establecidos en
el artículo anterior, a la oferta que resulte ser más conveniente a los intereses de la AUTORIDAD
DE CUENCA MATANZA RIACHUELO.
ARTICULO 14º: GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario deberá integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato dentro de los OCHO (8)
días de recibida la Orden de Compra correspondiente. La misma será del DIEZ POR CIENTO (10%)
del valor total de la oferta.
La formas de integrar la garantía de cumplimiento de contrato son las establecidas en el Artículo N°
8 del presente Pliego.
ARTÍCULO 15º: LUGARES DE PRESTACIÓN
Los domicilios de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO son:
- Esmeralda N° 255, PB, 1° y 2° piso, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con 336
agentes.
- San Martín N° 320 1° piso contra frente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con 17
agentes.
- Av. Almirante Brown N° 1378 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires., con 59 agentes.
- Nuestras Malvinas 119, partido de Monte Grande, Municipalidad de esteban Echeverría, con
1 agente.
- Rivadavia N° 1297, Cañuelas con 1 agente.
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ARTÍCULO 16º: INICIO DE LA PRESTACIÓN
El Adjudicatario deberán comenzar a prestar servicios, al día siguiente de aceptada la orden de
Compra correspondiente a esta contratación.
ARTÍCULO 17°: DURACIÓN DEL CONTRATO:
La duración del Contrato será por DOCE (12) meses, con opción a prórroga por el mismo lapso de
tiempo.
ARTÍCULO 18° FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO
El adjudicatario deberá presentar la factura por los servicios prestados (Original), de acuerdo a los
importes obrantes en la Orden de Compra; en Esmeralda N° 255 2do piso, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en la Mesa General de Entradas. La factura deberá emitirse a nombre de la
AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO.
Las facturas y remitos presentadas en tiempo y forma serán abonadas por mes vencido, dentro de
los DIEZ (10) días hábiles de su presentación, previa conformación de las mismas del área
requirente, mediante depósito en la Cuenta Bancaria que declare el adjudicatario o mediante el
libramiento de cheque a su nombre.
Para el supuesto caso, de que el pago de la Administración fuera realizado fuera del término
previsto - No imputable al proveedor -, deberá aplicarse la tasa pasiva del Banco de la Nación
Argentina para operaciones de descuento. En caso de incumplimiento parcial o total del
adjudicatario no será reconocido ningún tipo de interés compensatorio, resarcitorio o similar.
La AUTORIDAD CUENCA MATANZA RIACHUELO posee CUIT Nº 30-71130932-9, su carácter
frente al IVA, GANANCIAS e IIBB es el de EXENTO, por lo tanto no deberá discriminarse en la
factura que al efecto se emita el IVA que eventualmente pudiera recaer en la operación (Art. 39 Ley
de IVA). En caso de corresponder la ACUMAR actuará como agente de retención de los impuestos
mencionados o de otros tributos nacionales, provinciales o municipales que pudieran crearse en el
futuro y sean de aplicación. En las facturaciones que se emitan, y atento a la no discriminación
señalada precedentemente, deberá indicarse el importe del IVA contenido en la operación y, en su
caso, otros conceptos no sujetos a retención (vgr. Impuestos Internos), en documento aparte.
El tipo de factura que debe emitirse se identificará con las letras que para cada caso se establece a
continuación:
1.- De tratarse de un proveedor que revista la condición de responsable inscripto en el IVA: letra “B”
o letra “M”, según corresponda.
2.- De tratarse de un proveedor que sea responsable monotributista, exento, o no alcanzado por el
impuesto: letra “C”.
Todos los comprobantes mencionados deben ajustarse a lo establecido en la Resolución General N
° 1415, Resolución General Nº 1575 ó Resolución General Nº 2485 de la Administración Federal de
Ingresos Públicos, según corresponda a la característica del proveedor.
Para el caso de corresponder, el adjudicatario acepta transformarse en beneficiario del Fideicomiso
de la ACUMAR y efectuar los trámites que correspondan para la registración correspondiente.
ARTÍCULO 19.- PERSONAL AFECTADO:
El personal utilizado por la adjudicataria para realizar los trabajos no adquiere por esta contratación
ningún tipo o forma de relación de dependencia con la ACUMAR, siendo por cuenta de la Firma
contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado.
Queda bajo exclusiva responsabilidad de la Firma adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra
a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como asimismo el
cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad,
indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación
laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción, dando
cumplimiento a las obligaciones legales vigentes.
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La adjudicataria será directa y exclusivamente responsable por los accidentes o daños que sufra el
personal a cargo de estos trabajos y de los que ocasionen al personal y/o cosa de esta repartición o
a terceros.
ARTÍCULO 20.- PENALIDADES Y SANCIONES:
Según lo estipulado en el Reglamento de procedimientos para la contratación de bienes, obras y
servicios de ACUMAR, según Artículos Nº 44 y 45.
La multa que se aplicará será del 3 % del valor total del renglón por cada hora de atraso, atribuible
exclusivamente al adjudicatario. La ACUMAR podrá ante esos casos, ante la gravedad de la
situación, recurrir a un auxilio externo, no abonando el servicio correspondiente y trasladando los
costos incurridos con terceros al adjudicatario.
Dicha penalidad será restrictiva y se aplicara solamente cuando la demora o imposibilidad de
prestación del servicio por parte del adjudicatario se produzcan por causas atribuibles
exclusivamente al mismo.
ARTÍCULO 21.- INDEMNIDAD:
El adjudicatario deberá cumplir con toda la normativa legal correspondiente a la actividad que
realiza y mantendrá indemne a su costa a la ACUMAR y a su personal contra todos los juicios,
reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y
gastos que se deriven de actos y omisiones del adjudicatario o de su personal o de otras personas
que ante él fueren responsables en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones de
la presente contratación.
ARTÍCULO 22.- SEGUROS Y RESPONSABILIDAD HACIA TERCEROS:
El Adjudicatario obtendrá y mantendrá los seguros de responsabilidad contra todo riesgo con
relación a elementos de su propiedad y a todo el equipo que utilizare para la prestación de servicios
en virtud de la presente contratación.
En tal sentido, el Adjudicatario mantendrá los seguros correspondientes para cubrir indemnizaciones
por accidentes de trabajo o su equivalente para su personal por cualquier reclamo a causa de
accidentes o fallecimiento que pudieran tener lugar con relación al proyecto objeto del presente.
El Adjudicatario también mantendrá seguros de responsabilidad civil por un monto adecuado a fin
de cubrir reclamos de terceros por muerte o accidente, o pérdida o daños a la propiedad, que
pudieren tener vinculación con la prestación de servicios objeto de la presente contratación o por la
utilización de cualquier vehículo, embarcación, aeronave u otro equipo alquilado o de propiedad del
Adjudicatario o de sus agentes, empleados o personas que este pueda contratar para la ejecución
del trabajo o la prestación de los servicios vinculados con el objeto del presente.
El Adjudicatario proporcionará, a solicitud de la ACUMAR, prueba satisfactoria de los seguros
exigidos bajo este artículo.
ARTÍCULO 23.- CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD:
Con respecto a cualquier información que ambas partes contratantes identifiquen como reservada y
sea entregada por una de las partes a la otra para cualesquiera de los fines de esta contratación, el
Organismo y el adjudicatario se comprometen a mantenerla en forma confidencial.
ARTÍCULO 24.- PROHIBICIÓN DE PUBLICIDAD Y/O CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA
ORDEN DE COMPRA:
Conforme surge de la especial naturaleza del renglón que compone el presente llamado, el
adjudicatario no podrá vender, ceder o de cualquier forma transferir parte alguna o la totalidad de la
Orden de Compra resultante ni efectuar algún tipo de publicidad en cualquier medio de difusión sin
contar con la autorización previa y por escrito de la ACUMAR. Si así lo hiciere, se podrá dar por
rescindido de pleno derecho con culpa del proveedor.
ARTÍCULO 25°.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO LEGAL – JURISDICCIÓN
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El oferente deberá constituir domicilio legal en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. En
caso de modificar el mismo deberá comunicar el nuevo de domicilio en forma inmediata y fehaciente
dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas a la ACUMAR. El nuevo domicilio también deberá
constituirse en la jurisdicción establecida en el presente Pliego, bajo apercibimiento de tenerse por
notificado en el domicilio denunciado anteriormente.
Los interesados, oferentes y/o adjudicatarios se someten, para la resolución de toda cuestión
vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones dimanadas del presente
Pliego, a la jurisdicción del Juzgado de Ejecución que la Corte Suprema de Justicia de la Nación
designe en los autos caratulados: “MENDOZA, Beatriz c/Estado Nacional y otros s/daños y
perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-Riachuelo)”,
renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, para lo cual fijan sus
domicilios, a todos los efectos legales, en los denunciados en el encabezado.
A tal efecto deberá completar el ANEXO V – “CONSTITUCION DE DOMICILIO LEGAL”.
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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Dicho servicio debe cubrir a los domicilios declarados las 24 horas, los 365 días del
año.
A la fecha los mismos son en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Sede de la
calle Esmeralda N° 255, Planta Baja, 1° y 2° piso, con 336 agentes, la sede de la
calle San Martín N° 320 1° piso contra frente, con 17 agentes y la sede de Av.
Almirante Brown N° 1378 con 59 agentes.
Y en la Provincia de Buenos Aires la sede en el municipio de Esteban Echeverría,
en la calle de Nuestras Malvinas N° 119, partido de Monte Grande con 1 agente y
la sede Cañuelas, en la calle Rivadavia N° 1297, con 1 agente.
El servicio requerido es para que en caso de que una persona dentro de alguna de
las sedes del Organismo sufriere una contingencia médica pueda ser auxiliada en
forma rápida y urgente de acuerdo a la gravedad del accidente o dolencia sufrida,
para ello será necesario que el servicio a cargo de la prestadora sea para
emergencias de salud de cualquier tipo, en especial las que impliquen eventual
riesgo para la vida del paciente; tales como emergencias cardiovasculares,
episodios agudos de dolencias crónicas, crisis de hipertensión, estados de shock o
coma, envenenamientos, quemaduras graves, traumatismos severos, cortes
profundos, descompensaciones, etc.
En tal sentido deberá proveer asistencia en los primeros minutos, con unidades de
alta complejidad totalmente equipadas para solucionar cualquier tipo de
emergencia, asimismo de ser necesario deberá también proveer el traslado del
paciente a un centro médico para mayor atención sin costo adicional.
La prestadora proporcionará sin cargo la medicación que se administre y los
materiales descartables utilizados en cada atención.
La prestadora debe contar con seguros contratados para cubrir cualquier
eventualidad y/o siniestro que surgiera de la prestación que brinda a los
beneficiarios. Ej: seguro de mala praxis, seguros de vida obligatorios, seguros de
vehículos y de personas transportadas, normativas de seguridad e higiene según
leyes vigentes y ley de riesgos de trabajo.
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La prestadora para cumplir con el servicio deberá contar con atención telefónica
con un representante de la empresa que disponga de las unidades móviles
requeridas.
La prestadora para cumplir con el servicio deberá contar con un código de
identificación personalizado (Ej: ACUMAR I sito en Esmeralda 255, ACUMAR II sito
en San Martín 320, etc.) a partir de la cual la empresa acceda a una base de datos
que especifique la ubicación del Organismo, evitando reiterar la dirección.
Toda vez que un paciente fuere atendido, se requerirá a la prestadora un reporte
médico detallado.
Se estima que la prestadora deberá contar con los siguientes tipos de unidades:
1. Unidad de Terapia Intensiva Móvil: para asistir y trasladar pacientes adultos
y pediátricos con riesgo de vida.
2. Unidad con médico: para traslado de pacientes que requieran la presencia
de un médico.
3. Unidad con Parámedico (Ej: Motos): un paramédico que concurra de forma
inmediata, en caso de demora de las unidades de traslado, a fin de asistir al
paciente que se encuentra en situación de emergencia.
Asimismo la prestadora deberá contar con un servicio de atención telefónica y por
mail, para consultas, reclamos o solicitudes.
La prestadora deberá proveer calcomanías y/o imanes identificatorios de la
empresa, para ser distribuidos por todos los edificios correspondientes al
Organismo, sin costo adicional.
Tiempo de respuesta: se requiere que, como máximo, asistan en los primeros 10 a
15 minutos de haber notificado la emergencia.
La prestadora deberá proveer listados de referencias comerciales, de los últimos 3
años anteriores a la fecha, de profesionales médicos con los que habitualmente
prestan servicios, de los centros médicos con los que prestan servicios.
La prestadora deberá tomar todas las precauciones para evitar demoras que se
puedan ocasionar en el trayecto comprendido entre las bases operativas y el
destino determinado.
11
Más allá del cumplimiento por parte del proveedor de las características y
condiciones mencionadas, la ACUMAR evaluará las alternativas de servicios que
se presenten, ya sea que mejoren el servicio mínimo requerido, o que adicionen
servicios.
Quedará a criterio del paciente, en caso de que la situación lo permita, informar a
que centro asistencial y/o Obra Social, desea ser trasladado.
La ACUMAR evaluará las ofertas teniendo en cuenta lo siguiente:
1. Mayor cantidad de centros médicos dentro radio de ubicación de los edificios
del Organismo. Como máximo deberá ser de VEINTE (20) cuadras.
2. Mayor cantidad de prestaciones de servicios similares a Organismos
públicos en los últimos TRES (3) años anteriores a la apertura de ofertas,
con los respectivos montos de las Órdenes de Compra ya sean en vigencia
o anteriores.
3. El oferente que presenta el mayor valor para cada Ítems obtendrá un puntaje
de 10, y en forma decreciente se ubicaran los siguientes.
Respecto del precio, y considerando que no resulte económicamente
inconveniente, se ponderará de la siguiente manera:
PUNTAJE
POR PRECIO= PRECIO OFERTA
PRECIO OFICIAL
Otorgando mayor puntaje (10) a quien menor coeficiente presente y en
forma decreciente para el resto.
El puntaje final será: (P1+P2+P3) X 0,55+ P x Precio x 0,45.
12
ANEXO I: Planilla de Cotización
Renglón
/ítem
Renglón
N° 1
Ítem 1
Renglón
N° 1
Ítem 2
Renglón
N° 1
Ítem 3
Renglón
N° 2
Renglón
N° 3
Descripción
Cantidad
Servicio de emergencias
médicas para la sede
Esmeralda N° 255, PB,
1° Y 2° piso CABA,
según especificaciones
técnicas
12 meses
Servicio de emergencias
médicas para la sede
San Martín N° 320 1°
piso contrafrente CABA,
según especificaciones
técnicas.
12 meses
Servicio de emergencias
médicas para la sede
Almirante Brown 1378
CABA,
según
especificaciones
técnicas
12 meses
Servicio de emergencias
médicas para la sede
Nuestras Malvinas N°
119
Monte
Grande
Partido
de
Esteban
Echeverria,
según
especificaciones
técnicas
Servicio de emergencias
médicas para la sede
Rivadavia
1297
Cañuelas,
según
especificaciones
técnicas
12 meses
Precio Mensual
IVA incluido.
Precio Total Anual
IVA incluido.
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
12 meses
Monto total de la Oferta: $
SON
PESOS:___________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales.
Firma:
Aclaración:
DNI:
CARGO:
13
ANEXO II- DECLARACIÓN JURADA
N° DE CUIT:.....................................................
N° DE INGRESOS BRUTOS.........................................................
DENOMINACION:...................................................................................................................................
CALLE..............................................................................................................N°...................................
PISO................................................DEPTO.....................................................TE..................................
LOCALIDAD.......….........................................................................
CODIGO POSTAL..........................................
PROVINCIA............................................................................................................................................
1. DECLARO BAJO JURAMENTO ESTAR HABILITADO PARA INTERVENIR EN LA
CONTRATACION SEÑALADA PRECEDENTEMENTE, QUE NO POSEO DEUDAS EXIGIBLES, NI
JUICIOS CON EL ESTADO NACIONAL ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES Y LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
2. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS RESPONSABLES DE LA OFERTA NO TIENEN
IMPEDIMENTO
PARA
CONTRATAR
CON EL
ESTADO
NACIONAL
Y
ENTES
DESCENTRALIZADOS CON LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y DE LA CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES POR CUANTO NO SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN NINGUNA DE
LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
A) PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE SE ENCONTRAREN SUSPENDIDAS O
INHABILITADAS O HUBIERAN INCUMPLIDO CON LA OBLIGACION DE SUMINISTRAR
INFORMACION A LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION A LOS EFECTOS DE
DETERMINAR EL PRECIO TESTIGO.
B) LOS AGENTES Y FUNCIONARIOS DEL ESTADO NACIONAL, DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES Y DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LAS EMPRESAS EN LAS CUALES
AQUELLOS TUVIEREN UNA PARTICIPACION SUFICIENTE PARA FORMAR LA VOLUNTAD
SOCIAL.
C) LOS FALLIDOS, INTERDICTOS Y CONCURSADOS, SALVO QUE ESTOS ULTIMOS
PRESENTEN LA CORRESPONDIENTE
AUTORIZACION JUDICIAL Y SE TRATE DE
CONTRATOS DONDE RESULTE INTRASCENDENTE LA CAPACIDAD ECONOMICA DEL
OFERENTE.
D) LOS CONDENADOS POR DELITOS DOLOSOS.
E) LAS PERSONAS QUE SE ENCONTRASEN PROCESADAS POR DELITOS CONTRA LA
PROPIEDAD, O CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, LA ADMINISTRACION
PUBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA ADMINISTRACION PUBLICA DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, O CONTRA LA FÉ PUBLICA O POR DELITOS
COMPRENDIDOS EN LA CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCION, LEY
Nº 24.759.
F) LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE NO HUBIEREN CUMPLIDO CON SUS
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y/O PREVISIONALES DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR
LAS DISTINTAS JURISDICCIONES.
G) LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE NO HUBIEREN CUMPLIDO EN TIEMPO
OPORTUNO CON LAS RENDICIONES DE CUENTAS A QUE ALUDE EL ARTICULO 8vo.,
ULTIMO PARRAFO DE LA LEY Nº 24.156.
14
3. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL PRESENTE
FORMULARIO SON CORRECTOS Y ME COMPROMETO A PRESENTAR LA DOCUMENTACION
QUE PERMITA SU VERIFICACION EN CASO DE RESULTAR CALIFICADO EN LA
CONTRATACION DE REFERENCIA, DENTRO DEL PLAZO DE TRES (3) DIAS.
4. DECLARO BAJO JURAMENTO CONOCER Y ACEPTAR TODAS Y CADA UNA DE LAS
CLAUSULAS QUE CONFORMAN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, SUS NOTAS
ACLARATORIAS Y CUADROS ANEXOS OBLIGANDOME A RESPETAR CADA UNA DE SUS
ESTIPULACIONES TANTO PARA LA PRESENTACION DE LA OFERTA CUANTO PARA LA
EJECUCION DE SU EVENTUAL CONTRATACION.
FECHA:________/_________/_________
…………………………………………………………….
FIRMA Y ACLARACION DEL OFERENTE
Tipo y N° de Documento:.................................................
Cargo:.............................................................................
15
ANEXO Nº III - INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA- DECLARACIÓN JURADA
Nombre Completo de la Razón Social:
ACTIVIDAD (MARCAR CON UNA CRUZ, LA CORRESPONDIENTE)
Industrial:
Mayorista:
Importador:
Comercial:
Minorista:
RPTE. Firma Extr:
Distr. Exclu. Otras y Servicios (detallar):
COMPONENTE DE LA FIRMA (DIRECTORIO, SOCIOS GERENTES, SOCIO COMANDATARIO,
PROPIETARIO, FIRMA UNIPERSONAL, ETC.)
NUMERO DE
ORDEN
Y
CARGO
APELLIDO Y NOMBRE
TIPO
DE
DOCUMENTO
16
Nº DE DOCUMENTO
PARTICIPACIÓN EN OTRAS EMPRESAS ( EN EL ORDEN OBSERVADO ANTERIORMENTE)
NUMERO
DE ORDEN
Y CARGO
NOMBRE
COMPLETO
EMPRESA
DOMICILIO
DE
LA
PARTICIPACION
(%)
VIGENCIA
Fecha: ……./……../………
……………………………………………………………………………………..
FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE
TIPO Y Nº DE DOCUMENTO:………………………………………………………………..
CARGO:……………………………………………
17
ANEXO Nº IV: FORMULARIO DE DATOS DE LOS PRINCIPALES CLIENTES
RAZÓN SOCIAL, DENOMINACIÓN O NOMBRE COMPLETO:
CUIT:
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
TIPO:
Nº:
EJERCICIO:
CLASE:
MODALIDAD:
LUGAR, DÍA Y HORA DEL ACTO DE APERTURA:
CUIT CLIENTE
DENOMINACION DEL
CLIENTE
SECTOR AL
PERTENECE
CLIENTE
QUE
EL
EJERCICIO Y MONTO
DE FACTURACION
FIRMA: ……………………………………………………………
ACLARACION:……………………………………………………
TIPO Y Nº DE DOCUMENTO:………………………………….
CARÁCTER: ……………………………………………………..
LUGAR Y FECHA:………………………………………………..
18
ANEXO V – CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO LEGAL EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES
Constituyo domicilio legal en la calle ……………………………………………… N°…………. Piso
…….. Depto ……….. de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, donde serán válidas todas
las notificaciones.
Asimismo
constituyo
la
siguiente
casilla
de
mail
donde
serán
válidas
todas
notificaciones:……………………………………………………………………………………………
FIRMA: …………………………………………….
ACLARACIÓN:…………………………………..
19
las
20