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g{ro.7s[-2016-gvtrg,ÍEDr.)-,l,frtglrwp9g,tfuBac
Lima,
0$ Sti,2016
VISTOS:
El lnforme N' 851-2016-MINEDUA/MGI-PRONABEC-OBE de
Becas Especiales, y demás recaudos del expediente SINAD 3'1821 ; y,
evaluaciÓn de becas y créditos educativos para
educación técnica y superior (...)";
la Oficina
de
el financiamiento de esfudios
de
i,'': 'l\,/ ' ,
Que, el artículo 4 de la Ley No 29837, establece que "E/ PRONABEC podrá
crear o administrar otras modalidades de becas y créditos educativos no contempladas
ll \"ri:,.::::-,'.
en
los componentes de Beca Pregrado, Postgiado y.Crédito Educativo para atender
las necesidades del país, así como a poblaciones o sffuaciones especiales (...)";
Que, el Reglamento de la Ley N' 29837, aprobado por Decreto Supremo N'
013-2012-ED, modificado por el Decreto Supremo N" 008-2013-ED y Decreto
Supremo N'001-201s-MINEDU, en adelante el Reglamento, precisa en su artículo 25
que el Componente Becas Especiales está integrado por aquellas becas que no se
encuentran contempladas en la Ley dentro de los Componentes Beca Pregrado y
Beca Postgrado, se otorgan por la Oficina de Becas Especiales del PRONABEC, con
el objetivo de fortalecer el capital humano y atender las necesidades de acceso,
permanencia y culminación a diversas modalidades de educación técnico productiva,
:\ superior
universitaria y tecnológica, que presentan las poblaciones vulnerables, o
(\
situaciones
especiales no previstas por otras disposiciones legales vigentes
" \$tender
para
materia
de becas
/fpn
el nivel superior;
(1§%¡9 :§/
'or**$2
Que, la Resolución Directoral Ejecutiva No 053-2016-MINEDU-VMGIPRONABEC, aprueba la norma técnica denominada "Normas para la Ejecución de
Subvenciones para Estudios en el Extranjero", cuyo numeralT.6 de las Disposiciones
Complementarias de las "Normas para la Ejecución de Subvenciones para Estudios en
el Extranjero", señala que '7os montos de subvención por becarios y por /ES son
fiiados anualmente mediante Resolución Directoral Ejecutiva para el año fiscal
correspondiente, previo informe técnico det Órgano de Línea competente, en el caso
que ¿ichos nonios de subvención hayan sicto estabtecidos en los Convenios de
óolaboración tnter¡nstitucionat, o de simlilar naturaleza, se deberá respetar los montos
fijados en /os mismos";
Que,mediantelaResoluciónDirectoralEjecutivaNosl9-20'1s-MINEDU-VMGI-
PRONABEC y sus modif¡catorias, se aprueba la creación de la beca para situaciones
especiales denominada Beca ldiomas Portugués, así como su expediente técnico, las
bases y la convocatorta 2016;
Que, med¡ante el lnforme de v¡stos, la of¡c¡na de Becas Especiales solic¡ta la
aprobac¡ón del monto de subvención de los costos lndirecto por los conceptos de
aiimenta"ión, alojamiento, materiales de estudio y movilidad local, para los becarios de
Beca para s¡tuac¡ones Espec¡ales denominada Beca ldiomas Portugués
Convocator¡a 2016;
la
Que, razón a ello, el lnforme del V¡stos Señala que para |a determ¡nar dichos
se iomó en cuenta como primer criter¡o la condición de pobreza determ¡nada
costos,'sistema
por el
de Focalización de Hogares slsFoH, adicional a ello, se aplicó como
segundo criter¡o, la ubicac¡ón geográf¡¿a del lugar o sede de estudios, exceptuándose
el [ago de movil¡dad cuando los bécarios realicen sus estud¡os dentro del mismo lugar
donde reside actualmente:
Que, lo solicitado por la oficina de Becas Especiales cuenta con el lnforme N"
1882-2016-MINEDUA/MGI.PRONABEC-OA-UFCP de la unidad de F¡scalización y
control Previo, refrendado por la Jefa de la oficina de Administración, el cual otorga
viabil¡dad a los cotos indirectos para los becarios de la Beca para s¡tuac¡ones
Especiales denominada Beca ldiomas Portugués Convocatoria 2016;
r
Que, considerando lo anteriormente expuesto y de conformidad con las
Normas para la Ejecución de subvenciones para Estudios en el Extranlero, resulta
necesarió aprobai los montos de subvención de los costos ¡ndirectos por los
conceptos dé alimentación, alojamiento, materiales de estudio y movilidad local, para
los bécarios de la Beca para Situac¡ones Especiales denominada Beca ldiomas
Portugués Convocatoria 2016 ; y,
con el visto de la oficina de Becas Especiales, de la oficina de Administración,
de la oficina de Planif¡cación y de la of¡cina de Asesoría Jurídica, y de conform¡dad
con lo dispuesto en la Ley N" 29m7, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y
Crédito Educativo, modificada por la Ley N' 30281, su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo N'013-2012-ED, y modificado por los Decretos Supremos N'0082013-ED y N" Oo1-2015-MINEDU, y el Manual de Operacioneg a-q|opaO9.P.!!
Resolución M¡nisterial N' o1 08-2012-ED, modificado por la Resolución M¡nister¡al N"
535-201s-MINEDU;
@
SE RESUELVE:
Artículo 1".- Aprobar los montos de subvención para los costos ind¡rectos por
los conceptos de alimentación, aloiam¡ento, mater¡ales de estud¡o y movilidad local,
para los becarios de la Beca para Situaciones Espec¡ales denominada Beca ldiomas
Portugués Convocator¡a 2016, de conformidad con el Anexo
integrante de la presente resolución.
N' 0l que forma
parte
Artículo 2'.- Ordenar a la Ofic¡na de Becas Espec¡ales, a través de sus
gestores de beca, registrar en el Sistema lntegrado de Becas SIBEC, los montos
aprobados, en el plazo de 01 (un) día hábil de emit¡da la presente Resolución
Directoral Ejecutiva.
-
Artículo 3".- Notifíquese la presente Resolución a la Unidad de Fiscalización y
Control Previo, a la Un¡dad de S¡stemas e lnformación de la Oficina de Adm¡nistración,
a la Oficina de Becas Espec¡ales y a la Oficina de Planificación del PRONABEC.
Artículo
4'.-
Publíquese
la
presente resolución en
institucional del PRONABEC.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
tdu(¿tivo
el
portal elecfónico
EEEgMffiffi
"Decen¡o de las Personas con Discapacidad en el Perú 20OT -20,l.6"
"Año de la Consolidación del Mar de Grau"
ANEXO N'OI
COSTOS INDIRECTOS BECA ID¡OMA PORTUGUÉS . COT.¡VOGATORIA 2OI6
ANO FISCAL 2OI6
SIN SISFOH'(vive
SIN SISFOH (vive en
m¡sma prov¡ncia de
ALOJAMIENTO4
s/.600.00
s/.400.00
en diferente
prov¡nc¡a de
estudio)3
s/.400.00
s/.400.00
MATERIALES DE
ESTUDIO
s/.50.00
s/. 50.00
s/.50.00
MOVILIDAD LOCAL
TOTAL
s/. 150.00
s/. 1,200.00
s/.50.00
s/.900.00
s/. 50.00
st.500.00
RUBRO
ALIMENTACIÓN
CON SISFOH1
estudio)
s/.400.00
a los postulantes con condición socioeconómica de pobreza o pobreza e).rrema.
I ::::li:19: p"r:
!9! ,,:9n^s.lSFoH"
"sin slSFOH" a los postulantes con condición socioeconómica de no pobre
o iin ctasificación.
;- ::
:ili:11"
No apllca para
los res¡dentes en la región Callao cuando su sede de estud¡o se encuentre en L¡ma.
El Decarlo deberá sustentar_el uso de subvención por.concepto de alojamiento
mediante un "Contrato de arrendamiento,,,
conforme a lo dispuesto en el numeral 6.3.3, inciso a) de tas Ñorra" páia ri éjácucion
oe suovenciondp";" estudios en et
Perú.