FORMATO DE OFICIO

Listado de nuevas porciones del Artículo Noveno del ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos a que se
refiere el artículo 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios que deberán observar los
productores de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas para efectos de la información que deberán
ostentar en el área frontal de exhibición, así como los criterios y las características para la obtención y uso del
distintivo nutrimental a que se refiere el artículo 25 Bis del Reglamento de Control Sanitario de Productos y
Servicios.
Producto
Tamaño de
la porción
Unidad o medida
casera
Tamaño de la
porción mínima
de referencia
para
presentaciones
familiares
1.1 Cereales, leguminosas, sus productos y botanas
Tortillas (Ej: Entera, tiritas)
25g
Pieza/Taza
NA
Tostadas (Ej: Entera, tiritas)
12g
Pieza/Taza
NA
Cereales, leguminosas en
conserva o congeladas
Atole
50g
100g
240 ml
Taza/Pieza/Cucharada/
Cucharadita
Taza
500 ml
Fecha de
autorización
30 de noviembre
de 2015
30 de noviembre
de 2015
30 de noviembre
de 2015
30 de noviembre
de 2015
06 de abril de
2016
Bollería (Ej. Pan para hot
dog, pan para
hamburguesa)
Puré de papa preparado
50 g
Pieza
NA
110 g
Taza
NA
Empanizador
30 g
Cucharada
NA
15 g o ml
Cucharada
NA
30 de noviembre
de 2015
30g o ml
Cucharada
NA
5g
Cucharadita
NA
30 de noviembre
de 2015
30 de noviembre
de 2015
50 g
Pieza/Bola/Taza
200 g
06 de abril de
2016
06 de abril de
2016
1.3 Lácteos y sus productos
Sustituto de crema líquida
1.4 Aderezos
Aderezos para ensalada
Mostaza
1.6 Misceláneos
Helado y nieve
06 de abril de
Oklahoma No. 14, Colonia Nápoles, Del. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03810
Tel. 5080-5200 Ext. 1255, 01 800 033 50 50, www.cofepris.gob.mx
1
2016
30 de noviembre
de 2015
30 de noviembre
de 2015
30 de noviembre
de 2015
Gelatina preparada
130 g
Pieza/Taza
260 g
Flan preparado
120 g
Pieza/Taza
360 g
5g
Cucharadita/Cucharada
NA
5 ml
Cucharadita/Cucharada
NA
30 de noviembre
de 2015
5g
Cucharadita
250g
3g
Cucharadita
50g
30 de noviembre
de 2015
06 de abril de
2016
1.8 Pescados y mariscos
Hueva de pescado
15 g
Cucharada
50g
06 de abril de
2016
1.13 Huevo y sus productos
Huevo
NA
Pieza
NA
NA
Taza
NA
06 de abril de
2016
06 de abril de
2016
Salsas (semi-líquidas) (Ej:
salsa taquera, ranchera,
etc)
Salsas
(líquidas)
(Ej:
picante para botanas, salsa
de soya, salsa teriyaki)
Azúcar o sacarosa
Chiles secos en polvo
Clara y/o yema en
cualquiera de sus
presentaciones (Ej.
Líquido, deshidratado,
refrigerado o
congelado, entre
otros)
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO del ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de
Control Sanitario de Productos y Servicios que deberán observar los productores de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas
para efectos de la información que deberán ostentar en el área frontal de exhibición, así como los criterios y las características para la
obtención y uso del distintivo nutrimental a que se refiere el artículo 25 Bis del Reglamento de Control Sanitario de Productos y
Servicios; en caso de que la información publicada en el Diario Oficial de la Federación varíe respecto a la información contenida en la
página de internet de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la empresa o empresas que hubieran
etiquetado con base en esta última, tendrá un plazo de un año contado a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación
para adecuar sus productos. Durante este periodo no se entenderá como incumplimiento por parte de la empresa en lo tocante a
etiquetado frontal nutrimental.
Oklahoma No. 14, Colonia Nápoles, Del. Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03810
Tel. 5080-5200 Ext. 1255, 01 800 033 50 50, www.cofepris.gob.mx
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