autorización para la circulación aparatos aptos para circular por su

REQUISITOS PARA SOLICITAR - AUTORIZACIÓN PARA LA CIRCULACIÓN
(APARATOS APTOS PARA CIRCULAR POR SUS PROPIOS MEDIOS)
1.
Solicitud del interesado, dirigida al Ciudadano Gerente de Transporte Terrestre, en papel sellado
equivalente a 0,02 U.T., o en papel común con un timbre fiscal de Bs. 1,80 o en su defecto el pago de
Bsf. 1,80 en la forma 16 del SENIAT, especificando las características técnicas, de la maquinaria o
aparato, las medidas (alto, ancho, largo y peso), y exponiendo: el día, la hora, la ruta del traslado y los
motivos que lo originan, así como un nombre y numero telefónico local fijo, para contacto.
2.
Anexar, original y fotocopia legible de los siguientes recaudos:
2.1 Certificado de registro de vehículos o Documento que acredite la propiedad de Aparato o Maquinaria.
2.2 Póliza del seguro de responsabilidad civil vigente. Emitida por empresa aseguradora inscrita y
autorizada ante la superintendencia nacional de seguros.
2.3 Dos (02) fotografías donde se distinga el aparato apto para circular, (parte delantera y un lateral,
parte trasera y el lateral contrario a la foto anterior).
2.4Cedula de identidad, licencia para conducir de 5to grado, certificado médico y credencial o
certificación aprobatoria de conocimientos, vigentes del operador o conductor del Aparato o Maquinaria.
3.
Original del comprobante de depósito bancario EN EFECTIVO por la cantidad de Bs. 90,00
equivalente a 1 U.T. según lo establecido en el Art. 14, Numeral 6, de la Ley de Timbre Fiscal.
4.
En el caso de renovación del permiso; el monto del depósito bancario será por la cantidad de Bs. 72,00
equivalente a 0,8 U.T. según lo establecido en el Art. 14, Numeral 6, de la Ley de Timbre Fiscal y se
anexará copia del permiso inmediato anterior con no más de cinco días de vencido.
NOTA:
A.
Cuando las dimensiones de la maquinaria o aparato, sobrepasen los 2,60 m de ancho; y/o los 3,90 m de
alto; y/o los 11,50 m de largo y/o su peso bruto vehicular sea mayor a los 26.000,00 Kg; se cancelará
los correspondiente a Medidas excepcionales Bs. 900,00 equivalente a 10 U.T. y se anexará en original y
copia la Planilla "Anexo del permiso para el transporte de cargas con pesos y dimensiones
excepcionales", debidamente llena. (Será entregada al interesado por la División de Transporte de
Carga).
B.
Los vehículos deben estar plenamente rotulados e identificados, conformes en medidas y pesos, según
los parámetros establecidos en las Normas COVENIN 614, 2402 y 3060 de obligatorio cumplimiento.
C.
En caso de renovación deberá presentar sólo los requisitos establecidos en el punto 1 y 4.
D.
La duración de este permiso NO excederá de (1) mes, con excepción de los días sábado, domingo y
feriados nacionales, durante los cuales NO podrá circular, Pudiendo darse hasta dos (2) renovaciones
consecutivas para un máximo de tres (3) meses.
E.
En caso de no ser el propietario deberá presentar Autorización Notariada, fotocopia de la cédula
de identidad de ambos o copia del Registro Mercantil que lo acredite como representante legal
de la empresa.