Propuesta PIMA Residuos

MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y
EVALUACION AMBIENTAL Y MEDIO
NATURAL
PROYECTO PIMA RESIDUOS
(08.04.2015)
INTRODUCCIÓN
Los Planes de Impulso al Medio Ambiente, PIMA, han supuesto en España la puesta en
marcha de medidas en convocatorias sucesivas, para impulsar acciones a favor de la mejora
del medio ambiente y de integración de las políticas de calidad ambiental con las de lucha
contra el cambio climático. Se trata de un plan pionero en Europa, que se ha consolidado en
diversos ámbitos como la calidad del aire, pero que ofrece un importante potencial de
resultados muy positivos también en otros ámbitos, como en el de la mejora en la gestión de
los residuos y del aprovechamiento eficiente de los recursos que éstos contienen a la vez que
se reducen las emisiones asociadas a dicho sector.
Por ello se plantea poner en marcha ayudas para la mejora de la gestión de residuos, que
contribuyan, por un lado, a fomentar la separación en origen de la fracción orgánica y su
tratamiento posterior, ya que es la fuente más importante en el sector de los residuos de
emisiones de efecto invernadero (GEI) si se deposita en vertedero; y, por otro, a mejorar el
comportamiento ambiental de los vertederos a través de proyectos que reduzcan sus
emisiones, o hagan una gestión del biogas que ayude a la reducción de emisiones difusas de
este sector.
Se abre así una vía de financiación de actuaciones y proyectos susceptibles de ser
económicamente territorializados en Conferencia Sectorial previa aprobación de los criterios
de reparto, de conformidad con el artículo 86 de la Ley 43/2003 de 26 de noviembre, General
presupuestaria.
El planteamiento general del PIMA residuos es el de actuaciones en el sector de residuos,
que permitan reducir emisiones de GEI y avanzar en los objetivos de la Ley 22/2011, de 28 de
julio, de residuos y suelos contaminados, y del Plan Nacional Integrado de Residuos (20082015) así como del futuro Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos.
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1. ACTUACIONES EN MATERIA DE VERTEDEROS DE RESIDUOS
1.1. ANTECEDENTES
Los servicios jurídicos de inspección y sanción de la Comisión Europea han informado de que
se encuentran especialmente preocupados por la situación española en materia de medio
ambiente en dos ámbitos concretos: aguas y residuos.
Por lo que se refiere a residuos hay abiertos tres procedimientos de infracción en materia de
vertederos de carácter horizontal (que afectan a varias Comunidades Autónomas, CCAA),
además de otros procedimientos que afectan a CCAA concretas. Los tres procedimientos
generales siguen adelante en su tramitación y están pasando a fases más avanzadas.



DICTAMEN MOTIVADO 2006/2311 de vertido ilegal: afecta a 63 vertederos y se
encuentra en fase de Dictamen motivado complementario.
DICTAMEN MOTIVADO 2011/2071 de vertederos pendientes de adecuación a la
normativa comunitaria. Afecta 31 vertederos, está en fase de Demanda.
PROYECTO PILOTO 2014/6720, de vertederos de residuos inertes, la cifra preliminar
de vertederos afectados es de 196.
La situación en la que se encuentran los tres procedimientos de infracción en materia de
vertederos (demanda, dictamen motivado complementario y proyecto piloto) indica que la
Comisión considera necesario que España tome medidas para resolver esta situación.
Hay que tener en cuenta que las competencias para la autorización, vigilancia, inspección y
sanción de los vertederos, corresponden a las CCAA. El Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), junto con el Ministerio de Asuntos Exteriores y
Cooperación, ha coordinado la estrategia y la tramitación del expediente y las remisiones
periódicas de información a la Comisión Europea con las actualizaciones correspondientes a
la progresiva adecuación de los vertederos a la normativa comunitaria.
Para reforzar las actuaciones de las CCAA en la adecuación de los vertederos a la normativa
comunitaria, el MAGRAMA aprobó sucesivamente cuatro Reales Decretos de subvenciones
para actuaciones tanto en materia de vertido ilegal como en materia de lucha contra el cambio
climático (control de emisiones en los vertederos y adecuación a los requisitos comunitarios
de clausura de vertederos).
1.2. BENEFICIOS DE LA PUESTA EN MARCHA DE LA INICIATIVA
La puesta en marcha de estas actuaciones redundará en la mitigación y reducción de
impactos y afecciones en suelos, aguas, paisaje, flora y fauna, aire ambiente y la salud de las
poblaciones. La adecuación de vertederos elegibles descritos en los antecedentes de este
informe contribuirá a la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero. La
cuantificación de esta reducción, se ajustará a los criterios que se citan en el anexo II, de
manera que las reducciones puedan tener reflejo en el Inventario de emisiones de gases de
efecto invernadero en España.
Adicionalmente a los beneficios ambientales y a los derivados de la posibilidad de parar el
avance de los procedimientos de infracción comunitarios mencionados en los antecedentes y
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de eludir una sanción económica por parte de las autoridades comunitarias, la puesta en
marcha de un PIMA Residuos – Vertederos tendría otros impactos positivos, tanto en
términos cualitativos como cuantitativos. Entre los mismos, cabe destacar que supondría:




a
Un importante avance en la reducción de los pasivos ambientales históricos;
Económicamente, supondría un impulso en la actividad de los sectores de la ingeniería
ambiental;
Permitir la posibilidad de que una parte de la actividad de las empresas dedicadas a obra
pública se pudieran reorientar a actividades con mayor potencial de crecimiento futuro en
el corto y medio plazo.
En términos cuantitativos, tomando como referencia los ratios de creación de empleo con
los que cuenta la patronal de la construcción, una inversión de esta magnitud se puede
cuantificar en una carga de horas de trabajo próxima a 1,5 millones, lo que supone la
generación de algo más de 900 puestos de trabajo.
1.3. ACTUACIONES OBJETO DE FINANCIACIÓN EN MATERIA DE VERTEDEROS
Por lo que se refiere a las necesidades de financiación hay que considerar que en el
Dictamen Motivado de 2006 hay 63 vertederos afectados, en el procedimiento de infracción
de 2011 pasan a Demanda 31 vertederos, y en Proyecto piloto 2014/6720, por el momento,
se han inventariado 196 vertederos ilegales de inertes (de menores dimensiones que los
anteriores). Según se ha indicado, estas necesidades de financiación son susceptibles de
cobertura vía PIMA en la medida en que los proyectos sean elegibles, si bien el primer criterio
para la elección de los proyectos será su vinculación a la reducción de emisiones de gases de
efecto invernadero, lo cual excluye aquéllos vertederos de residuos inertes.
La dotación prevista en este PIMA para actuaciones en materia de vertederos es de 4.1
millones de €, teniendo en cuenta que la financiación de las actuaciones cubriría hasta un
máximo de un 50% de los costes de ejecución de las actuaciones para la adaptación de los
vertederos a la normativa en vigor, y del 100% en el caso de la redacción del proyecto de
sellado, captación o mitigación de las emisiones de biogás (ver Anexo I).
Será objeto de financiación:
A. La ejecución de los proyectos de sellado de los vertederos de residuos no inertes incluidos
en los procedimientos de infracción mencionados. Los proyectos de sellado de estos
vertederos deberán incluir las actuaciones siguientes:

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


Acondicionamiento, perfilado de taludes y establecimiento de redes de drenaje
superficial.
Cubrición e impermeabilización de la masa de residuos.
Disposición de capa de tierra vegetal y revegetación.
Implantación de un plan de vigilancia para asegurar la estabilidad geomecánica del
vertedero, su posible afección a las aguas subterráneas y otros efectos, incluidas las
reducciones netas de la cantidad de gases de efecto invernadero emitidos.
Implantación de sistemas de captación o mitigación de las emisiones de biogás.
B. La redacción del proyecto de sellado, que incluya las actuaciones siguientes:
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



Acondicionamiento, perfilado de taludes y establecimiento de redes de drenaje
superficial.
Cubrición e impermeabilización de la masa de residuos.
Disposición de capa de tierra vegetal y revegetación.
Implantación de un plan de vigilancia para asegurar la estabilidad geomecánica del
vertedero, su posible afección a las aguas subterráneas y otros efectos, incluidas las
reducciones netas de la cantidad de gases de efecto invernadero emitidos.
Implantación de sistemas de captación o mitigación de las emisiones de biogás.
a
Será necesario que los proyectos financiados a través del PIMA realicen un seguimiento del
mismo y faciliten una vez puesto en marcha la información especificada en el punto 3.
Tramitación y financiación del PIMA Residuos.
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2. PIMA RESIDUOS-ACTUACIONES DE FOMENTO DEL COMPOSTAJE
2.1. ANTECEDENTES
Uno de los objetivos del MAGRAMA es establecer las medidas necesarias para asegurar que
España cumpla con los objetivos comunitarios de gestión de residuos, en especial, el objetivo
de la Directiva 2008/98/CE, “Directiva Marco de Residuos” referente al reciclado del 50% de
los residuos municipales en 2020 (España está en el 30% actualmente1) y el objetivo de
reducción de vertido de residuos urbanos biodegradables establecido en la Directiva
1999/31/CE relativa al vertido de residuos, que debe ser en 2016 cómo máximo, del 35% de
la cantidad total de residuos urbanos biodegradables generados en 1995 (España está en el
47% actualmente).
El cumplimiento de estos dos ambiciosos objetivos requiere centrar la atención sobre el
principal componente de los residuos de competencia municipal, los biorresiduos, que
suponen en torno al 40% (o más) de los residuos municipales. Por ello estos residuos deben
ser el foco principal de las medidas destinadas a la mejora de la gestión de los residuos de
competencia municipal en España, con el objetivo final de asegurar el cumplimiento de los
objetivos comunitarios.
Adicionalmente, en coherencia con las líneas de actuación sugeridas por la Oficina Española
de Cambio Climático, la mejora de la gestión de la fracción orgánica de los residuos es la
medida que mayor influencia tiene en la reducción de las emisiones de gases de efecto
invernadero asociada al sector de los residuos, puesto que se evita su depósito final en
vertedero y por tanto, el proceso de degradación generador de dichas emisiones2.
2.2. BENEFICIOS DE LA PUESTA EN MARCHA DE LA INICIATIVA
El fomento de la recogida separada de materia orgánica (biorresiduos) y su tratamiento
biológico posterior contribuye a la reducción de emisiones de GEI asociadas a su depósito en
vertedero.
Adicionalmente a estos beneficios obtenidos desde el punto de vista de la política de lucha
contra el cambio climático, se obtendrían los beneficios asociados al cumplimiento de los
objetivos comunitarios de gestión de residuos: incremento de las cantidades de residuos de
competencia municipal destinadas a reciclado y reducción del vertido de residuos
biodegradables; y los asociados a la generación de empleo como consecuencia del desarrollo
de la actividad de recogida y de construcción y explotación de las plantas de tratamiento.
Además mediante la recogida separada de biorresiduos y el tratamiento separado se
generaría un compost de mayor calidad que podría ser comercializado como enmienda
orgánica de calidad. Su aplicación al suelo contribuye a la mejora de su fertilidad, y al
secuestro de carbono en el mismo.
1
En 2012 el porcentaje de reciclado de residuos de competencia municipal fue del 30%.
Del total de las emisiones GEI atribuibles al sector residuos, el 76% corresponde al depósito de residuos
orgánicos o biodegradables en vertedero.
2
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2.3. ACTUACIONES OBJETO DE FINANCIACIÓN EN MATERIA DE COMPOSTAJE
El PIMA RESIDUOS - Compostaje estaría enfocado a impulsar la implantación de la recogida
separada de la fracción orgánica en los residuos municipales y el tratamiento biológico
mediante compostaje.
Entre los proyectos elegibles se plantean los siguientes:



La recogida separada de biorresiduos (fracción vegetal procedente de restos de podas,
parques y jardines; de grandes productores –mercados, restauración, sector servicios-; de
edificaciones horizontales y verticales, y de otros biorresiduos del entorno rural como las
cooperativas agrarias o de las pequeñas industrias agroalimentarias) destinados a
instalaciones que traten exclusivamente biorresiduos recogidos de forma separada
(compostaje y digestión anaerobia). Ver Anexo II
Compostaje doméstico y comunitario de biorresiduos (en edificios horizontales, en lugares
comunitarios, en entornos rurales y urbanos). Ver Anexo III
La construcción de instalaciones de compostaje destinadas exclusivamente al tratamiento
de biorresiduos recogidos de forma separada (por ejemplo, instalaciones de tamaño
medio en entornos urbanos, pequeñas instalaciones en entornos rurales, en zonas
agrícolas,…).
Será necesario que los proyectos financiados a través del PIMA realicen un seguimiento del
mismo y faciliten información anual una vez puesto en marcha.
La dotación prevista en este PIMA para actuaciones en materia de fomento de la recogida
separada y el compostaje de los biorresiduos es de 4.1 millones de €. La cuantía de la
financiación por parte del PIMA se determinará en función del alcance del proyecto y las
actuaciones solicitadas, teniendo en cuenta las directrices que establecen los anexos de esta
convocatoria para cada tipo de proyecto solicitado.
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3. TRAMITACIÓN Y FINANCIACIÓN DEL PIMA RESIDUOS
En el ámbito de los residuos las competencias de ejecución y gestión son de las CCAA y para
los residuos municipales, las Entidades Locales. Por ello, es necesaria la participación de
ambas autoridades, como autoridades competentes para la presentación de proyectos y para
la selección de los proyectos de restauración o acondicionamiento de los vertederos y de
fomento del compostaje que se van a ejecutar, todo ello condicionado a la elegibilidad de los
proyectos conforme a los requisitos establecidos en la normativa vigente. Por tanto, las
ayudas a los proyectos elegibles se articularán mediante acuerdo con las CCAA, en función
de sus disponibilidades presupuestarias para invertir en esta materia.
En cuanto a la distribución de la financiación entre las CCAA, ésta se llevará desde la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, con cargo al
presupuesto de la Dirección General de OECC. Una vez identificadas las actuaciones y
proyectos susceptibles de ser financiados, se aprobarán los criterios de reparto en
Conferencia Sectorial.
Si hubiera parte del presupuesto previsto para una de las dos materias que no fuera asignado
a ningún proyecto, éste podría asignarse a proyectos de la otra materia, si hubiera mayor
demanda por parte de las CCAA.
Las actuaciones objeto de este PIMA (a excepción de la elaboración de proyectos de sellado
de vertederos) deberán disponer de dotaciones presupuestarias en 2015, y deberán
ejecutarse en el plazo de 24 meses a partir de la fecha de resolución de otorgamiento de la
financiación. El plazo de justificación será de tres meses desde la finalización del plazo de
ejecución. Estos plazos serán prorrogables por otros seis meses y otros tres,
respectivamente, previa solicitud de prórroga presentada dentro de los plazos iniciales de
ejecución y justificación.
La financiación aportada por este PIMA residuos no es compatible con los Proyectos Clima,
promovidos a través del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO2).
Claúsula expost:
Para que se pueda comprobar el gasto realizado y las reducciones de gases efectivas, estas
ayudan exigirán la siguiente información expost sobre los proyectos:
-
-
Memoria de la actuación que incluya escenario de referencia del proyecto y las
actuaciones llevadas a cabo detallando las inversiones realizadas con sus
correspondientes facturas, la población atendida, cantidades de residuos sobre los
que se ha actuado, y estimación de la reducción de emisiones conseguida.
Informe anual de seguimiento:
o Para actuaciones en vertederos: cantidades de biogás captadas y en su caso
quemadas en antorchas, calderas, motores o turbinas, o estimación razonada
de las cantidades de biogás oxidadas mediante biocubiertas.
o Para actuaciones de recogida selectiva: población atendida, cantidades
recogidas, instalación de destino, cambios en las pautas de recogida y destino
del compost.
o Para el caso de grandes productores, el informe de seguimiento deberá
proporcionar datos análogos que permitan la estimación de las variables
citadas.
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o
Para actuaciones de compostaje doméstico: población atendida, cantidades
dejadas de recoger, cantidad de compost obtenido y destino del mismo,
cambios en la recogida de residuos de otras fracciones.
a
La no presentación de los correspondientes informes podrá llevar a la devolución total o
parcial de la ayuda adjudicada.
Serán las Comunidades Autónomas las responsables de la recopilación y comprobación de
las condiciones expost.
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ANEXO I. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE LA SUBVENCIÓN DE ACTUACIONES EN
MATERIA DE VERTEDEROS VINCULADOS A CAMBIO CLIMÁTICO
a
Para poder estimar la reducción de emisiones que supondrá la puesta en marcha del proyecto
que se presente, se solicitan los datos que se relacionan a continuación, que serán valorados
para la asignación de la subvención. Además, para facilitar la valoración de las actuaciones
en vertederos por parte de los promotores se proporciona acceso a la “CALCULADORA DE
RESIDUOS” que servirá para el cálculo de las reducciones.
Sobre las emisiones de GEI evitadas, y calculadas según la calculadora de residuos, en los
15 años siguientes a las actuaciones se calculará la subvención en base a multiplicar la
reducción las toneladas de CO2 eq por 9,7 Euros.
Actuaciones en materia de vertederos:
-
-
Escenario base
Año de inicio y fin de la actividad del vertedero y cantidades de residuos depositadas
desde esa fecha.
Tipología de residuos depositados (domésticos mezclados, rechazos, lodos, jardinería,
etc.).
Detallar cual de las siguientes actuaciones se llevarán a cabo para la reducción de
gases de efecto invernadero, indicando las reducciones esperadas y su justificación:
o 1. Captación de biogas para su quema en antorcha / Oxidación del biogás
mediante sistema pasivos que tengan reflejo en el inventario nacional de gases
de efecto invernadero.
o 2. Captación de biogas para su aprovechamiento en generación eléctrica. Se
bonificará con un 2% sobre la subvención.
o 3. Captación de biogas para su uso térmico en calor, transporte o inyección en
red. Se bonificará con un 6%.
La cantidad resultante final no podrá el 50% del coste total del proyecto.
En el caso de redacción de proyectos, se financiará hasta un valor del 5 % del coste
estimado de ejecución del proyecto; una vez aprobado el proyecto se podrá ampliar la
financiación del mismo si hubiera remanente, de acuerdo a los criterios previos.
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ANEXO II. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS DE IMPLANTACIÓN DE
RECOGIDA SEPARADA DE BIORRESIDUOS PARA SU TRATAMIENTO BIOLÓGICO
a
Estas ayudas tienen por objeto el fomento de la recogida separada de biorresiduos de los
residuos de competencia municipal mediante la puesta en marcha de:
a) Proyectos de nueva implantación o de ampliación en el ámbito de la recogida
separada de biorresiduos para su tratamiento biológico.
b) Proyectos y actuaciones de mejora de la recogida separada de biorresiduos
A. Beneficiarios
Estas ayudas tienen como beneficiarias finales a las entidades locales que fomenten la
recogida separada, y que inicien o amplíen el servicio de recogida separada de biorresiduos a
un ámbito de población superior o realicen actuaciones que impliquen una mejora sustancial
en la cantidad y calidad de los biorresiduos recogidos.
B. Características de los proyectos
Los proyectos que se presenten en las solicitudes deberán incluir, al menos, la siguiente
información:
-
-
Objetivos del proyecto.
Descripción y dimensionamiento del proyecto, indicando: escenario base, población
objetivo, las actuaciones que se desarrollarán y los recursos humanos y materiales
necesarios (tipo y cantidad), así como el cronograma y la duración del proyecto, el
presupuesto detallado y la financiación.
Acreditación de la viabilidad técnica y organizativa.
Adecuación del proyecto a los objetivos.
C. Materiales y actuaciones objeto de la financiación
a) Cubos para la recogida selectiva de biorresiduos en las viviendas. El cubo para la recogida
selectiva de biorresiduos será de tipo aireado y de color marrón. Deberá incorporar, como
mínimo, la identificación (con una pegatina o serigrafía) de los materiales que se pueden
depositar en su interior, y el distintivo específico de la Oficina Española de Cambio Climático.
b) Bolsas compostables para la recogida selectiva de la FORM. Las bolsas compostables
deberán cumplir la norma EN 13432
c) Actuaciones de asesoramiento, comunicación e información. Las actuaciones de
asesoramiento, comunicación e información que acompañan a los proyectos solicitados
deberán incluir un plan de trabajo, así como la descripción de las actuaciones previstas
convenientemente detalladas.
d) Contenedores para la recogida separada de biorresiduos. Los contenedores para la
recogida separada de biorresiduos en la vía pública deberán ser, parcial o totalmente, de
color marrón, o incorporar una identificación de color marrón. La resistencia de los
contenedores será la equivalente al peso del contenedor lleno de materia orgánica, y estos
deberán permitir la incorporación de sistemas de identificación y pesado. El contenedor
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incluirá una impresión permanente de los materiales que pueden ser depositados en su
interior, e incorporará el distintivo específico de la OECC.
a
e) Camiones no compactadores para la recogida de biorresiduos.
D. Cuantía de la financiación
La cuantía de la financiación deberá basarse con carácter general en los siguientes criterios:
- Cubo aireado: 1 euro por habitante
- Bolsas compostables: 1 euro por habitante
- Contenedor: entre 2 y 5 euros por habitante
- Campaña de comunicación e información: entre 1 y 5 euros por habitante
En municipios donde el modelo de recogida sea puerta a puerta que prevean la entrega de un
cubo para la cocina y otro cubo para la disposición de los biorresiduos fuera de la vivienda, si
el gasto en contenedores es mínimo o nulo se podrá valorar la concesión del importe
equivalente al ahorro en contenedores, para los cubos. El importe máximo dentro de los
márgenes indicados se establecerá en función del alcance del proyecto y de las actuaciones
solicitadas.
En caso de que los municipios desarrollen actuaciones solo para grandes productores, el
importe que se otorgue dependerá en función del tipo y el número de grandes productores
incluidos y de las actuaciones solicitadas.
Para proyectos y actuaciones de mejora los importes máximos que se otorgarán tendrán en
cuenta el número de habitantes atendidos, considerando un máximo de entre 5 euros por
habitante (en caso de que la población sea inferior a cinco mil habitantes) y 2 euros por
habitante (en caso de que la población sea superior a cincuenta mil habitantes). El porcentaje
máximo de financiación, para cada una de las actuaciones solicitadas y justificadas,
dependerá del tipo de proyecto y del tamaño del municipio.
La entidad local incluirá datos oficiales mensuales de cantidades recogida separadamente y
de las de fracción resto, y de número y tipo de contenedores por habitante.
Los municipios que tengan una importante estacionalidad de población o generación de
residuos deberán exponerlo en la memoria técnica de la solicitud para que se considere el
posible incremento de los importes y las ratios anteriores.
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ANEXO III. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS
DOMÉSTICO Y COMUNITARIO DE BIORRESIDUOS
DE
COMPOSTAJE
a
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural viene llevando a
cabo desde hace algunos años un Proyecto Piloto sobre fomento del compostaje doméstico y
comunitario, al que el PIMA residuos da continuidad, incluyendo dentro de las actuaciones
dedicadas al fomento del compostaje de la fracción orgánica recogida separadamente,
aquéllas enfocadas al fomento del compostaje doméstico o comunitario de estos biorresiduos.
A. Beneficiarios
a. Tipo de Entidad Local: zonas rurales o zonas urbanas con presencia significativa de
viviendas unifamiliares con jardín y de edificaciones horizontales.
Con objeto de garantizar el éxito a largo plazo del proyecto, debe existir una elevada
implicación de la entidad local o entidades locales participantes en el desarrollo del proyecto.
Esta implicación se valorará mediante la asignación de personal técnico de apoyo, la
existencia previa de proyectos de estas características, la disposición de la entidad o
entidades locales para cofinanciar el proyecto, o mediante otros instrumentos de apoyo que
acredite la Entidad Local.
b. Características de los participantes
Las experiencias realizadas hasta la fecha han permitido determinar las características
idóneas de los participantes potenciales. Así, se valorarán las siguientes circunstancias:
- Tamaño mínimo de la parcela en la que se utilizará el compost obtenido: se deberá
prever el uso del compost obtenido en una parcela, ya sea de jardín o de huerto, con
una superficie mínima de 50 m2.
- En el caso de viviendas unifamiliares, se valorará positivamente el hecho de que la
vivienda sea su residencia habitual, así como el mayor número de miembros de la
unidad familiar.
- Los participantes deberán estar especialmente concienciados con la importancia del
proyecto y con los objetivos que se persiguen.
- En el caso de participantes colectivos (centros educativos, asociaciones, viveros, etc.)
uno de sus integrantes deberá comprometerse como responsable de llevar a cabo las
actuaciones requeridas por el proyecto.
Será la entidad local quien se encargue de realizar una pre-selección de los participantes.
B. Características de los proyectos
a. Selección de los participantes y toma de datos. El proyecto deberá incorporar una preselección de candidatos, con las características enumeradas en el apartado anterior.
b. Definición de las necesidades de comunicación/publicidad. El proyecto deberá incorporar
el diseño e implantación de una estrategia para su difusión, que podrá considerar
aspectos como el diseño y edición de materiales publicitarios (folletos, trípticos, carteles,
pegatinas, notas de prensa, contenidos para páginas web, etc.), los medios más
adecuados para la difusión del proyecto (página web, prensa o radio local, etc.), así como
los mecanismos de comunicación entre el personal técnico de la entidad local
responsable del proyecto y los participantes.
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c. Formación de los participantes. El proyecto deberá incorporar una estrategia para la
formación de los participantes (por ejemplo, manual de compostaje, formación teórica y
práctica, mecanismos para la resolución de las dudas).
a
d. Definición de las necesidades de material. El proyecto deberá incorporar una previsión de
los materiales necesarios para su realización (compostadores, aireadores, etc.). Podrán
ser objeto de financiación los materiales recogidos en el epígrafe siguiente.
e. Seguimiento del proyecto. El proyecto deberá contemplar la implantación de un
procedimiento para realizar el seguimiento del mismo, durante su transcurso (visitas
periódicas a participantes, asesoramiento por teléfono o correo electrónico, etc.), y una
vez finalizado, para la valoración de los resultados obtenidos.
C. Materiales y actuaciones objeto de la financiación
Las iniciativas seleccionadas para participar en el proyecto de fomento del compostaje
doméstico y comunitario podrán acceder a la financiación de:
-
Material gráfico (cartas informativas, trípticos, pegatinas, carteles, manual de
compostaje, fichas de seguimiento, página web, etc.) necesario para la difusión y
realización del proyecto y para las sesiones informativas.
Material para los participantes en el proyecto (como por ejemplo: cubo de cocina,
compostador de capacidad adecuada, aireador o biotrituradora compartida).
Material para el personal técnico (herramientas de volteo y termómetros).
Financiación de la formación y el seguimiento del proyecto (información a los
participantes, etc.).
En caso de que el crédito disponible sea insuficiente para financiar la totalidad de las
iniciativas seleccionadas, se priorizará la financiación de los tres primeros aspectos,
financiando la formación y el seguimiento del proyecto en un porcentaje que se determinará
en función del número de iniciativas seleccionadas y de la cantidad total disponible.
Para acceder a esta financiación será necesario que la entidad local acredite que dispone un
coordinador técnico con la formación adecuada que se comprometa a realizar el seguimiento
de los proyectos seleccionados.
D. Cuantía de la financiación
Para proyectos de autocompostaje, se establecerán los siguientes importes unitarios
máximos:
-
Compostador individual: 80 euros por unidad
Compostador comunitario: 140 euros por unidad
El importe máximo se establecerá en función del alcance del proyecto y de las actuaciones
solicitadas.
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