nuevo procedimiento de gestión y control de las bajas médicas

157
02/12/2015
NUEVO PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y CONTROL
DE LAS BAJAS MÉDICAS
La Orden ESS/1187/2015, regula el nuevo procedimiento de gestión y control de las BAJAS *MEDICAS Incapacidades Temporales- según su duración y que entra en vigor el próximo 1 de diciembre de 2015.
La principal novedad es que se modifica el procedimiento de los partes de confirmación, en función de
la estimación de duración de la baja, que el facultativo estime, siguiendo los parámetros marcados en
el Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal, publicado por el INSS.
A modo de resumen, procedemos a realizar estos cuadros, con los nuevos procedimientos junto con las
principales enfermedades y sus días previstos de duración:
DURACIÓN
I.T.
1er PARTE DE
CONFIRMACIÓN
SIGUIENTES PARTES
DE CONFIRMACIÓN
DIAGNÓSTICO
DÍAS
BAJA
4
4
4
4
4
4
4
7
7
7
14
14
20
20
30
40
Afonía
1-4 días
Diarrea infecciosa
Baja y Alta en el momento de la
(muy corta)
Dolor de cabeza con tensión
consulta
Estados menopausicos
A los 7 días de
5 - 30 días
Faringitis aguda
Cada 14 días
(corta)
la Baja
Migrañas
Tos
31 - 61 días A los 7 días de
Bronquitis
Cada 28 días
(media)
la Baja
Gastroentiritis por salmonella
Gripe
A los 14 días
+ 61 días
Cada 35 días
Contractura articular
(larga)
de la Baja
Lumbago
Esguince de pié
En caso de que la duración de la Baja supere los tiempos Venas varicosas en piernas
previstos, el facultativo tendrá que consultar con un Ins- Cataratas
pector de la Unidad Médica de Incapacidades, que autori- Artritis reumatoide
zará el aumento de la baja. También puede ser menor de
los tiempos establecidos, a criterio del facultativo. En el siguiente enlace, podéis consultar la duración
de los diagnósticos médicos clasificados por orden alfabético:
https://goo.gl/H35fQT
No debemos olvidar las ausencias por visita médica, de hasta 4
días al año, regulada en la Orden HAP/2802/2012 por indisposición de las que ya informamos en el Comunicado 112 de 2014.
Esperamos que esta información sea de utilidad.
 166.287 91-506.62.87 - FAX: 166.314 91-506.63.14
www.sff-cgt.org / e-mail: [email protected] /
en facebook
@SFFCGT