Caída del Muro de Berlín (signo

LA LEGISLACIÓN ANTIMONOPOLICA Y EL MITO DEL MURO DE BERLIN
Alfredo Bullard
1. INTRODUCCIÓN:
Caída del Muro de Berlín (signo visible de la división del mundo).
El estado carece de incentivos que el sector privado tiene para un comportamiento eficiente.
2. ¿CUÁL ES EL ENFOQUE CORRECTO?
La
ley
Antimonopolios
es
el
Decreto
Legislativo
N°
701.
No se debe atacar directamente a los monopolios sino a las malas prácticas que hay en ellos.
Se produce un monopolio cuando: i) No hay suficientes ofertantes o demandantes en el mercado; ii) Existen barreras
de entrada ya que el mayor enemigo del monopolio es la competencia; iii) No existen bienes sustitutos adecuados lo
cual reduce las posibilidades de elección del consumidor.
Cuanto más eficiente sea una empresa, estará mejor posicionada y ello impedirá el ingreso de nuevos
competidores.
3. LA REGLA PER SE Y LA REGLA DE LA RAZÓN
a) La regla de la razón: Se analiza si es razonable o no que la práctica tenga un efecto anticompetitivo dadas las
circunstancias.
b) La regla per se (prohibición absoluta): Es suficiente que la autoridad pruebe la existencia de la conducta.
Ejemplo: Pasarse la luz roja.
4. LA POSICION DOMINANTE EN EL MERCADO
Actuar de modo independiente.
No se considera como infracción la situación dominante en sí misma, sino el abuso que se haga de ella.
Existen dos problemas no resueltos para la definición de posición de dominio: i) Qué se debe entender por mercado
relevante; ii) Cómo determinar que una empresa ha concentrado una parte demasiado grande del mercado.
Existen 3 tipos de concentración: i) mercados desconcentrados; ii) mercados moderadamente concentrados; iii)
mercados altamente concentrados.
5. EL ABUSO DE LA POSICION DOMINANTE
Abusan de su posición dominante cuando de manera indebida actúan con el fin de obtener beneficios o causar
perjuicios a otros (competencia desleal).
Existen monopolios naturales: teléfono, agua y electricidad.
Casos sumamente discutidos considerados como abuso de posición de dominio: i) Precios predatorios-por debajo del
costo de producción, tiene como fin eliminar a la competencia; ii) Discriminación de precios – empresas maximizan
utilidades vendiéndoles a precios altos y bajos según estén dispuestos a pagar respectivamente; iii) Negativa
injustificada de satisfacer las demandas de compras de productos; iv) Uso de cláusulas de atadura- La empresa exige
la adquisición de bienes o prestaciones adicionales al producto que se adquiere con el fin de ampliar el poder de su
mercado a un producto distinto; v) Convenios de exclusividad- Convenios en los cuales no se pueda vender ningún
producto de otro competidor; vi) Fijación de precios mínimos de reventa- El proveedor impone al cliente el precio al
cual debe revender el producto que le compra.
6. PRACTICAS RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA
Fijación de precios.
Tres maneras de acumular el poder económico: crecimiento interno, fusiones o adquisiciones de propiedades de
empresas competidoras y concertación de precios.
Competencia ruinosa: eliminación de empresas cuyas dimensiones no alcancen la escala suficiente como para
minimizar los costos de producción.
7. CONCLUSIÓN
La legislación antimonopólica es un mecanismo necesario para la existencia del sistema de mercado.