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RESOLUCIÓN No. 2934
( Noviembre 20 de 2015 )
Por medio de la cual se modifica la Resolución 002535 del 6 de octubre de 2015 por medio de la cual se convoca al
proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera de los municipios
no certificados del Departamento Del Chocó
EL ADMINISTRADOR TEMPORAL PARA EL SECTOR EDUCATIVO EN EL DEPARTAMENTO DEL CHOCÓ:
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Decreto Ley 028 de 2008, los
Decretos 2911 de 2008 y 2613 de 2009, el Conpes social 174 del 03 de julio de 2014, la Resolución 2289 del 4 de julio de
2014 expedida por la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio De Hacienda y Crédito público, en concordancia con las
Leyes 115 de 1994, 715 de 2001 y el Decreto 1075 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante Resolución N° 2289 del 04 de julio de 2014 expedida por la Dirección General de
Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, adoptó la medida correctiva de Asunción Temporal de la
Competencia, de la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media en el Departamento del
Chocó, de acuerdo con lo recomendado en el CONPES SOCIAL Nº 174 del 3 de julio de 2014.
Que el Decreto Ley 028 de 2008, dispone en el inciso segundo del artículo 13.3.1., que el Administrador o el tercero
contratado para estos efectos tendrá las facultades propias del jefe del organismo intervenido para la administración del
servicio público y podrá disponer para tal fin de los recursos del Sistema General de Participaciones como ordenador de
gasto y nominador dentro de los límites de la ley.
Que el artículo 151 de la ley 115 de 1994 determina las funciones de las Secretarías departamentales y distritales de
educación o de los organismos que hagan sus veces, que ejercerán dentro del territorio de su jurisdicción, en
coordinación con las autoridades nacionales y de conformidad con las políticas y metas fijadas para el servicio educativo,
entre ellas las de “Organizar el servicio educativo estatal de acuerdo con las prescripciones legales y reglamentarias
sobre la materia y supervisar el servicio educativo prestado por entidades oficiales y particulares” (literal c).
Que la ley 715 de 2001, artículo 6, numeral 6.2 señala las competencias de los Departamentos con respecto a los
municipios no certificados, entre ellas las de dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar,
básica, media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en
la misma ley, en concordancia con lo previsto en el numeral, 6.2.3.: Administrar, ejerciendo las facultades señaladas en el
artículo 153 de la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y el personal docente y administrativo de los planteles
educativos, sujetándose a la planta de cargos adoptada de conformidad con lo previsto en la ley 715.
Que el artículo 2.4.5.1.2. del Decreto 1075 de 2015 ordena la adopción del proceso de traslados que tengan origen en
solicitud de los docentes y directivos docentes.
Que el inciso segundo del parágrafo 2 del artículo 2.4.5.1.2 del Decreto 1075 de 2015, señala que no será autorizado el
traslado por la autoridad nominadora sí a uno de los dos solicitantes, le faltan cinco (5) años o menos de servicio para
alcanzar la edad de retiro forzoso.
Que el Ministerio de Educación Nacional mediante Resolución No 16431 del 2 de octubre de 2015 fijó el cronograma para
la realización del proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera que
laboran en instituciones educativas de las entidades territoriales certificadas en educación.
Que mediante Resolución 002535 del 6 de octubre de 2015 la Secretaria de Educación Departamental del ChocóAdministración Temporal convocó al proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales con
derechos de carrera de los municipios no certificados del Departamento Del Chocó.
Que la Resolución 002535 del 6 de octubre de 2015 en su artículo dos (2) define el cronograma de con el que se regirá el
proceso y en el mismo el día 17 de noviembre como la fecha para la publicación de las lista de vacantes definitivas.
Que solo hasta el 20 de noviembre de 2015 se pudo dar cumplimiento a la publicación de la lista de vacantes definitivas
que se ofertarán para traslados.
Que se requiere garantizar el tiempo definido para la inscripción en el proceso.
Que el cronograma ordenado por la Resolución 16431 del 2 de octubre de 2015 del Ministerio De Educación Nacional,
adoptada por la Secretaria de Educación Departamental del Chocó- Administración Temporal mediante Resolución
002535 del 6 de octubre de 2015, tiene un rango de tiempo entre la inscripción del proceso y la publicación de las lista de
docentes seleccionados para traslados, que permite garantizar el número de días ordenados para la inscripción:
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Continuación Resolución No. 2934 del 20 de noviembre de 2005, Por medio de la cual se modifica la Resolución 002535 del 6 de
octubre de 2015 por medio de la cual se convoca al proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales
con derechos de carrera de los municipios no certificados del Departamento Del Chocó
Qué la Resolución 002535 del 6 de octubre de 2015 en su artículo 4 define como requisito de inscripción “ Tener una
permanencia mínima de tres años en el establecimiento educativo en el cual se encuentran prestando el servicio al momento de la
inscripción y presentación de la solicitud”.
Que el traslado efectuado no por una solicitud expresa del directivo docente y/o docente al nominador, sino por la
aplicación de parámetros técnicos de planta, necesidades del servicio y cumplimiento se sentencias judiciales no deben
menoscabar la oportunidad de participación en el proceso ordinario de traslados.
Que se requiere ampliar el numeral del artículo cuarto de la Resolución 002535 del 6 de octubre de 2015.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo segundo de la Resolución 002535 del 6 de octubre de 2015 por medio de la
cual se convoca al proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera de
los municipios no certificados del Departamento Del Chocó, el cual quedara: así. Cronograma: Fijar como cronograma
para el proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales con derechos de carrera de los
municipios no certificados del Departamento del Chocó el siguiente:
ACTIVIDAD
FECHAS
Revisión y consolidación de las vacantes definitivas detallando la información pertinente
(institución, sede, localización, cargo directivo docente o docente según nivel, ciclo o área de
desempeño)
5 al 30 de octubre de 2015
Expedición del acto administrativo de convocatoria al proceso ordinario de traslados por parte de la
Administración Temporal.
6 de octubre de 2015
Publicación y envío al Ministerio de Educación Nacional del acto administrativo de convocatoria al
proceso ordinario de traslados.
7 de octubre de 2015
Difusión de la convocatoria al proceso ordinario de traslados-eb (www.sedchoco.gov.co)
Del 6 de octubre al 13 de
noviembre de 2015
Publicación de la lista de vacantes definitivas que se ofertarán para traslados
20 de noviembre de
2015
Inscripción de los docentes y directivos docentes al proceso ordinario de traslados a vacantes
definitivas.
Del 21 al 27 de noviembre de
2015
Publicación de lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado
Del 10 al 16 de diciembre
diciembre 2015
Expedición de los actos administrativos de traslado cuando sean al interior de la misma entidad
territorial.
Del 17 de diciembre al 23 de
diciembre de 2015
Comunicación del traslado al educador que sea de otra entidad territorial para efectos de que
solicite el inicio del trámite de convenio interadministrativo en su entidad de origen.
Del 17 de diciembre al 23 de
diciembre de 2015
Comunicación del traslado a los Rectores y Directores rurales de los establecimientos educativos
en los que se generarán los traslados.
28 de diciembre de 2015
ARTICULO SEGUNDO: Modificar el artículo cuarto (4) de la Resolución 002535 del 6 de octubre de 2015, el cual
quedara así: Requisitos. Pueden adelantar el trámite de inscripción al proceso ordinario de traslados, los docentes y
directivos docentes que cumplan con los siguientes requisitos :
1.
Directivos docentes y docentes que se encuentren en servicio activo y que ostenten derechos de carrera, es decir,
que estén vinculados en propiedad y titulares del cargo al momento de la inscripción.
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Continuación Resolución No. 2934 del 20 de noviembre de 2005, Por medio de la cual se modifica la Resolución 002535 del 6 de
octubre de 2015 por medio de la cual se convoca al proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales
con derechos de carrera de los municipios no certificados del Departamento Del Chocó
2. Tener una permanencia mínima de un (1) año en el establecimiento educativo en el cual se encuentran prestando el servicio
al momento de la inscripción y presentación de la solicitud.
3. No registrar antecedentes disciplinarios en los últimos tres años.
4. Haber aprobado las evaluaciones de desempeño laboral en el periodo mínimo exigido para acceder al derecho al traslado,
para los docentes y directivos docentes vinculados en virtud del Decreto 1278 de 2002.
5. En el caso de docentes, éstos deben tener el perfil y el nivel académico del cargo vacante al cual aspiran ocupar, según su
acto administrativo de vinculación, en concordancia con las áreas afines, establecidas por la Comisión Nacional del Servicio
Civil.
Parágrafo1: No será autorizado el traslado por permuta sí a uno de los dos solicitantes le faltan cinco (5) años o
menos de servicio para alcanzar la edad de retiro forzoso.
ARTÍCULO TERCERO. Publicación. Publíquese la presente resolución en la página web de la Secretaría de
Educación Departamental de Educación – Administración Temporal – www.sedchoco.gov.co y envíese copia al
Ministerio de Educación Nacional.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Quibdó (Chocó), a los veinte (20) días del mes de noviembre de 2015.
VICENTE GONZALEZ MURILLO
Administrador Temporal para el Sector Educativo
Departamento del Chocó
Proyectó
MILTON ARIEL MOSQUERA
MENA – DIR. TALENTO
HUMANO
Revisó
Marie Elena Ruiz Guari n
Aprobó
Fecha
Folios
Anexos
20/11/2015
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