Mi primera vez con la Junta UCR

REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Y SORTEO
“Mi primera vez con la JAFAP”
ARTICULO I
TITULAR, ORGANIZADOR Y PARTICIPANTES
1. La promoción está dirigida exclusivamente a las personas afiliadas de la
Universidad de Costa Rica, que al momento del sorteo se encuentren en
estado activo con salario; y estén totalmente al día en el pago de sus
obligaciones crediticias, con corte al mes anterior de la rifa y participarán
activamente si cumplen los requisitos solicitados en el concurso indicados
en el punto No. 3.
2. Participan todas las personas afiliadas que se encuentran activas con salario
y que no hayan formalizado suscripciones en los sistemas de ahorro, antes
del 1 de noviembre de 2015. La verificación de los participantes se hará a
partir de la base de datos de la JAFAP.
3. Se establece la siguiente forma para participar:
Apertura de la primera cuenta de ahorro por un plazo mínimo de seis
meses del 1 de noviembre de 2015 y hasta el 31 de mayo de 2016, que no
hayan formalizado suscripciones en los sistemas de ahorro, se excluye de
esta promoción el Sistema de Ahorro Flor de un Día.
4. Por cada trámite realizado tendrá derecho a recibir una acción, de la
siguiente manera:
a. Apertura de la primera cuenta de ahorro excepto el Sistema de Ahorro Flor
de un Día que no hayan formalizado suscripciones antes del 1 de noviembre
de 2015 y hasta el 31 de mayo de 2016: por cada ¢10.000,00 recibirá una
acción y el plazo del ahorro suscrito debe ser por mínimo seis meses.
Quedan nulas aquellas acciones que en el momento de la rifa hayan
realizado un retiro anticipado del ahorro.
5. La base de datos de los participantes se hará a partir de las acciones
impresas que serán entregadas en la Plataforma de la JAFAP ante la
realización del trámite.
6. El sorteo se realizará el 15 de junio de 2016. La JAFAP podrá posponer o
reprogramar la fecha del sorteo, ya sea en otro día, semana, o mes, por
razones de conveniencia u oportunidad, esto se comunicará con un mínimo
de 5 días de antelación a través de la página web.
7. La participación en el sorteo es personal, no se puede ceder, ni se aceptan
sustituciones.
8. Con la intención de darle mayor oportunidad a las personas afiliadas
participantes, la persona afiliada podrá resultar favorecida con un único
premio.
ARTICULO II
INCENTIVOS
9. La presente promoción obsequiará un máximo de 3 premios, para 3
personas afiliadas ganadoras distintas con un acompañante cada una, que
consisten en lo siguiente: Tres premios de paquetes vacacionales, uno por
afiliado y puede llevar a su acompañante a Punta Cana ubicada en
República Dominicana.
ARTICULO III
SORTEO, CONFIRMACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN
10. La JAFAP escogerá los ganadores mediante sorteo que realizará en espacio
público o privado que se comunicará con un mínimo de 5 días de
antelación a través de la página web de la JAFAP: www.jafapucr.com.
11. Entre el total de acciones ganadas por las personas afiliadas participantes se
procederá a escoger al azar a los favorecidos de la promoción mediante una
tómbola. Los datos, requisitos y condiciones de la persona afiliada ganadora
serán validados contra el Sistema de Información de la JAFAP.
12. Las personas favorecidas en el sorteo, serán contactadas por la JAFAP con la
información que éste haya brindado en su última actualización de datos que
se encuentre registrado en el Sistema de Información de la JAFAP.
13. El hecho de que una persona afiliada haya sido declarada como favorecida,
pero resulte que la JAFAP no haya detectado que se encontraba en estado
de inactiva sin salario o en situación morosa en cualquier operación, hará
que la condición de favorecido desaparezca y la JAFAP no se verá en la
obligación de entregarle el premio.
14. El sorteo se realizará en presencia de la Auditoría Interna, quién tendrá la
facultad de resolver las situaciones no previstas e interpretar este
reglamento, y será quien resolverá en definitiva. El Notario levantará un
acta del sorteo, en la que dejará asentadas todas las situaciones que ocurran
de la naturaleza antes señalada.
15. Los resultados del sorteo se darán a conocer el día siguiente de la rifa
mediante publicación en la página Web de la JAFAP: www.jafapucr.com y a
través de los mecanismos que la JAFAP tenga activos en ese momento para
la comunicación con sus personas afiliadas, sin perjuicio de que se pueda
utilizar cualquier otro medio de comunicación adicional.
16. Esta normativa será publicada en la página Web: www.jafapucr.com; sin
perjuicio de que la JAFAP pueda utilizar adicionalmente cualquier otro tipo
de medio de comunicación que ella decida.
ARTICULO VI
ENTREGA DE PREMIOS
17. La JAFAP tendrá tiempo de hacer entrega del premio 30 días naturales
después de emitida la publicación de las tres personas afiliadas ganadoras
del sorteo. Igualmente la persona afiliada que resulte ganadora deberá
reclamar el premio en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de su
publicación en la página Web de la JAFAP, vencido ese plazo caduca el
derecho a reclamar el premio y la JAFAP lo volverá a rifar.









Cada paquete de viaje con destino a Punta Cana incluye:
Boleto aéreo San José - Punta Cana - San José
03 noches de alojamiento
Plan de alimentación Todo Incluido
Traslado aeropuerto-hotel-aeropuerto
Impuestos hoteleros
Impuestos de boleto
Impuestos de Salida
Seguro de viajero para la persona afiliada y su acompañante.
18. La persona afiliada favorecida deberá tener el pasaporte y las visas
requeridas y la documentación necesaria de viaje al día así como los
requisitos médicos en caso que apliquen.
19. La JAFAP no se hace responsable en caso de problemas en trámites
migratorios por la no presentación de estos documentos.
ARTICULO V
RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES
20. La presente promoción se rige por esta normativa.
21. El derecho a los premios y los premios en sí no son transferibles, ni
negociables.
22. La JAFAP se reserva el derecho de modificar la mecánica o esta normativa
en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones
necesarias a fin de mejorar la actividad. Las modificaciones se comunicarán
oportunamente y serán publicadas en la página Web de la JAFAP:
www.jafapucr.com.
23. No podrán concursar, aunque sean personas afiliadas de la JAFAP por
laborar simultáneamente para la Universidad de Costa Rica, los Miembros
de la Junta Directiva de la JAFAP ni el propio personal de la JAFAP.
24. Para mayor información o consultas se puede llamar a Captación al teléfono
2511-1634 de la JAFAP, en horas y días hábiles.
25. Los incentivos de esta promoción tienen las condiciones y limitaciones
indicadas en esta normativa, a las cuáles deberán adherirse el favorecido.
26. Esta normativa rige a partir de la aprobación por parte de la Junta Directiva.
Aprobado en Sesión de Junta Directiva No. 1829 celebrada el 26 de octubre de
2015.