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MARCO SALGADO | EL TELÉGRAFO
Julian Assange:
¿asilo o refugio?
La diplomacia ecuatoriana barajaría la
segunda opción, lo que permitiría que
el fundador de WikiLeaks estuviese
bajo la protección de la Acnur.
3
DECANO DE LA PRENSA NACIONAL, FUNDADO EN 1884
JUEVES 2 AGOSTO 2012
EDICIÓN FINAL - 52 Páginas | Nº 46.490 | Ecuador
HOY CONCLUIRÍA LA REVISIÓN DE RÚBRICAS DE LOS GRUPOS YA INSCRITOS
UNA ENTREVISTA A LOS TRES AÑOS DE GESTIÓN
Solo PAIS presenta
sus firmas en físico
Movimientos y partidos políticos no muestran respaldo de los
documentos que presentaron ante el CNE. El presidente de ese
organismo, Domingo Paredes, reconoce fallas en la verificación
4
8-9
Barrera: “Hoy tenemos
un poderoso movimiento
de vecinos en la capital”
SERÁ LLEVADO A CÁRCEL DE MÁXIMA SEGURIDAD
14
Cae un presunto coyotero
ligado a caso Tamaulipas
Esgrima da segundo oro olímpico a Venezuela
ACTUALIDAD
La primera y hasta ayer única presea dorada para ese país se la había conseguido en 1948.
Coordinadora arranca
su campaña interna
AFP
18
La Coordinadora Plurinacional de
Izquierdas inició ayer una caravana
de visitas a las provincias para
promocionar a sus siete
precandidatos presidenciales.
Según el cronograma de la
agrupación política, el postulante
definitivo se presentará en el
último periplo que realizarán en
este recorrido que será en
Guayaquil el 1 de septiembre. 4
SOCIEDAD
Pareja gay inscribe a
su hijo en Argentina
El espadista Rubén Limardo derrotó al noruego Bartosz Piasecki por 15-10 para ganar el oro y darle la primera presea dorada a la nación suramericana en su historia en esta disciplina.
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Circula hoy con este diario
Los argentinos Carlos Grinblat y
Alejandro Dermgerd se convirtieron
en la primera pareja del mismo
sexo que logró, después de un
proceso judicial, inscribir a su
vástago, directamente en el
Registro Civil, como hijo de los dos.
Un caso ecuatoriano similar, el de
Satya, se encuentra en la corte de
Pichincha, sin resolver. 26
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02
Página dos
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
ÚLTIMA HORA
JUDICIAL
EL MINISTERIO HA REALIZADO 750 INSPECCIONES A MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Tres procesos resolutorios
pesan sobre Vanguardia
Desde 2010, Gran Tauro, la compañía que administra la revista, registró
sanciones económicas por incumplimientos con el Código de Trabajo vigente
Redacción Actualidad
[email protected]
Gutemberg Vera, abogado del Jefe de
Estado, presentó una demanda contra
Joffre Campaña, síndico de El Universo, por
injurias calumniosas y acciones temerarias.
DIPLOMACIA
Reunión de cancilleres
Los cancilleres de Ecuador y Colombia,
Ricardo Patiño y María Ángela Holguín,
respectivamente, se reunirán mañana en
Guayaquil para tratar temas diplomáticos y
comerciales entre ambos países.
En lo que va del año, el Ministerio de
Relaciones Laborales ha realizado 26 mil
inspecciones de trabajo.
LIBERACIÓN
El abogado externo de la empresa de
comunicación, que fue retenido durante
el embargo, recuperó su libertad ayer.
por la defensa de la compañía.
El segundo proceso fue emitido el 11 de
marzo de 2010 por incumplir el Código de
Trabajo al no contar con personal con
discapacidad, por lo que se hizo acreedora
a una sanción pecuniaria de $ 20.400 en
noviembre de 2010. El 18 de enero de 2012
FOTONOTICIA|BALI, INDONESIA| 27 DE JULIO DE 2012|
EFE
Demanda contra Campaña
El ministro de Relaciones Laborales, Francisco Vacas, explicó ayer que, desde 2010,
la revista Vanguardia tuvo tres procesos
resolutorios emitidos por la Dirección Regional de Trabajo de Quito. Añadió que los
incumplimientos de esa empresa motivaron el embargo de bienes que se efectuó
el pasado martes.
“No es una medida para coartar la
libertad de expresión como se quiere distorsionar”, aclaró el funcionario.
La empresa Gran Tauro, administradora
de la revista Vanguardia, registró su primera sanción el 29 de marzo de 2010 por
incumplimiento en la presentación de formularios de pago del Décimo Tercero y
Décimo Cuarto sueldos. Por ello tuvo una
multa de $ 37.430 que se encuentra suspendida por acciones legales interpuestas
CONTROLES
se le impuso una nueva sanción por no
presentar los roles de pago a los trabajadores, no contar con contratos de
trabajo legalizados, no presentar formulario de pago de utilidades y realizar descuentos sin contar con un reglamento
interno. La multa fue de $ 5.840.
Con este antecedente y en virtud de que
la empresa Gran Tauro no canceló las
sanciones pecuniarias, se le notificó el
pasado 9 de julio que tenía 3 días para
cancelar la multa de $ 20.400. “Esto fue
notificado a la empresa el 10, 11 y 12 de
julio, como manda la ley, con el auto de
pago. El operativo de cobro se realizó este
31 de julio”, indicó Vacas.
El Ministerio lleva 1.802 juicios coactivos en lo que va del año, de ellos, 300 han
concluido en incautación de bienes muebles
e inmuebles y de recursos en cuentas. Desde
junio, la cartera ha realizado 750 inspecciones a medios de comunicación.
DISPOSICIÓN
No más certificados
El Ministerio de Educación informó que el
certificado de salud ya no es un requisito
para las matrículas. La cartera de Salud
realizará los chequeos en los planteles.
SUCEDIÓ UN DÍA COMO HOY
Hitler asume poder total
En 1934, en Alemania, Adolf Hitler se
adjudica el control, fusionando los cargos
de presidente y canciller de esa nación.
Un adiós para un próximo reencuentro. Un sarcófago balinés arde durante una cremación múltiple. Más de ciento treinta cadáveres
fueron incinerados en esta ceremonia que se realiza con la finalidad de liberar las almas de los fallecidos para que puedan reencarnarse.
Frase del día
Christine Assange, madre del fundador de WikiLeaks
“USTED (RAFAEL CORREA) ES UN MUY BUEN ‘DICTADOR’, HE
CAMINADO POR LAS CALLES Y VEO A LA GENTE SONRIENTE Y FELIZ”
Servicios a la Comunidad
Emergencias
911
Cruz Roja
131
Policía Nacional
101
Bomberos
102
Banco de Sangre 2582482
Defensa Civil
2469009
Farmacias
Comisarías
Aeropuertos
Servicios básicos
Cruz Azul Alborada etapa 11. Albocentro local 1.
2277639
Cruz Azul Calle 29 y Oriente. 2662612
Cruz Azul Sauces 5. Mz. 258, villa 2. 2826262
Fybeca Cdla. Los Ceibos. Av. Principal y la
décima. 2350590
Sana Sana Coop. 7 Lagos. Mz. 50, villa A-2.
2440095
Sana Sana Flor de Bastión. Bloque 1B Mz.
561, solar 10. 08-7038005
COMISARÍA SEXTA
Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación)
2309890
COMISARÍA SEGUNDA
Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación)
2322686
COMISARÍA PRIMERA
Dirección: Aguirre y Malecón (Gobernación)
2309886
Aeropuerto de Guayaquil
04-2169000
Quito 02-2944900 / 2944901
Cuenca 07-2867120
Eléctrica de Guayaquil
Para reparaciones 3802000. Ext. 1
Para consulta de saldos
Ext. 2
Servicio al cliente
Ext. 3
Denuncias
Ext. 5
Empresa Eléctrica de Quito
Teléfonos: (02) 3964700 -136
Empresa Eléctrica (Cuenca): 07-2872700
CNT
Todo el país: 100
Policía Judicial
Guayaquil 04-287-0439.
Quito 02-2550918 / 2503945 / 2550770
Cuenca 07-2822200
Actualidad
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
03
GOBIERNO ANUNCIARÁ LA DECISIÓN LUEGO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LONDRES
Ecos políticos
El refugio podría ser una
salida para Julian Assange
Banco del
Barrio tiene
su periódico
44
EFE
Si Ecuador ofrece esa condición al fundador de WikiLeaks, éste también estaría bajo la
protección del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur). Esta
agencia podría unirse a la petición ecuatoriana para que Inglaterra emita el salvoconducto
DÍAS EN LA EMBAJADA
Julian Assange
Redacción Actualidad
[email protected]
Si el Estado ecuatoriano le otorga el
asilo político al creador de WikiLeaks, Julian Assange, la entrega del
salvoconducto por parte de Reino
Unido para que arribe al país podría
ser una de las mayores dificultades
del proceso.
Así lo mira Juan Pablo Cadena,
docente de la Universidad de las
Américas, quien sostiene que el asilo
político está reconocido en el Sistema Interamericano, con la Convención de Caracas de 1954 y que
afirma que todos los países en América Latina pueden dar asilo a una
persona que sea perseguida por su
afiliación política, así como por hechos o delitos que tengan una vinculación política.
Pero, encuentra una gran dificultad en el caso de Assange ya que
la Convención de Caracas solo se
aplica para el sistema interamericano; es decir para los países miembros de la Organización de Estados
Americanos que reconocen ese instrumento internacional.
“Los británicos no reconocen la
Convención y si nosotros solicitamos que se le dé el salvoconducto
(permiso especial para salir de la
Embajada de Londres al aeropuerto,
tomar un avión y venir al Ecuador)
ellos lo negarían porque no reconocen el Sistema Interamericano”,
afirma el catedrático.
Explica que según el derecho internacional, los instrumentos jurídicos solo aplican a los países que los
firman. “A diferencia de los sistemas
jurídicos nacionales, el sistema jurídico internacional es voluntario”,
aclara Cadena.
Por esta razón, cuando un Estado
manifiesta su voluntad de vincularse
jurídicamente a un instrumento, recién allí éste se vuelve vinculante
para el mismo, “de otro modo no se
aplicaría bajo ningún concepto”.
Por ello, Cadena encuentra una
figura que podría ser ideal para Assange: el refugio.
Sostiene que esta figura es reconocida por la mayoría de estados
de las Naciones Unidas y para dar
refugio a una persona, el ciudadano
debe demostrar que tiene un temor
fundado de que su vida está amenazada por su afiliación política,
identidad de género, por su religión
o por otras circunstancias que atenten a su integridad física.
“Assange tiene todos los argumentos para pedir refugio, porque si
es enjuiciado por EE.UU., si es que se
le busca una conexión con la obtención de documentos secretos
-como le sucedió al soldado Bradley
Mannin- bajo la Ley de Espionaje de
1917, podría estar su vida en peligro,
explica el experto en derecho internacional, quien señala que todo
podría ser una causal para la pena de
muerte a Assange.
Recuerda que el creador de WikiLeaks puede pedir el refugio por-
Un singular periódico titulado “Mi
banco del barrio” circula por las calles
de Quito. El medio de comunicación,
de 12 páginas, impreso a full color,
solo tiene un auspiciante: Banco de
Guayaquil.
La publicación, que se autodenomina
de los barrios del Ecuador, conserva
los colores emblemáticos de la
entidad financiera: azul con fucsia y
realiza publirreportajes sobre el
programa Banco del Barrio, que fue
creado por el tentativo precandidato
presidencial Guillermo Lasso.
En el facsímil se detalla que es una
producción realizada por Unieditorial y
que la impresión -no se señala el
número de periódicos- se realiza en la
empresa C.A. El Universo. Los
periódicos se entregan de forma
gratuita en las tiendas.
Christine Assange, madre del fundador de WikiLeaks, se reunió ayer con el presidente de Ecuador, Rafael Correa.
que hay el temor fundado de que su
vida se vea amenazada por un hecho
jurídico particular.
Pero Cadena afirma que hay los
argumentos jurídicos para otorgarle
asilo o refugio a Assange. “Hay un
temor fundado de morir, por los
hechos que se le podrían increpar,
que son causal para un refugio o
existe la persecución política, que
incluso podría terminar con su vida
por un delito, crimen o acción que
tenía objetivos políticos definidos”.
Para él, el problema está en que el
gobierno de ese país acepte la figura,
que en última instancia, podría proponer el Gobierno ecuatoriano. “La
Hoy, a las 17:30, en el
salón del ex Senado
en Quito habrá un
encuentro con
Christine Assange
idea sería que ese país otorgue el
salvoconducto y no lo arresten en el
transcurso de ir de la Embajada
ecuatoriana a Londres”, comenta.
Aclara que el Gobierno ecuatoriano deberá tener la seguridad de
que Assange arribe al país y no tenga
ningún problema ni presión alguna
para hacerlo.
Si Ecuador otorga a Assange la
condición de refugiado, él automáticamente estaría también bajo la
protección del Alto Comisionado para los Refugiados de las Naciones
Unidas (Acnur, por sus siglas en
inglés).
En el caso extremo de que Londres
niegue el salvoconducto, Acnur podría intervenir y unirse a la petición
de ese documento. Políticamente sería muy difícil al Reino Unido negarle la solicitud a una agencia de las
Naciones Unidas.
Sin tener ninguna vinculación
con el caso Assange, la Dirección de
Refugio de la Cancillería explica en
forma general los requisitos que se
necesitan para que una persona sea
reconocida como refugiada, y que se
enmarcarían en la Convención de
Ginebra de 1951 y el Decreto Ejecutivo 1282, que fue aprobado el 30
de mayo de este año.
Con base a esa normativa se estipula que el ciudadano debe tener
un fundado temor de persecución,
por raza, religión, nacionalidad, pertenecía a un grupo social o por
opiniones políticas, y por ello requiere protección internacional.
Una comisión interinstitucional,
integrada por delegados de la Cancillería, Ministerio de Justicia y del
Interior, resuelve este caso. Allí se
informó que de acuerdo al decreto, lo
que se realiza es que las solicitudes
que ingresan se resuelven en el mismo día. La petición se hace directamente al Estado.
El ex juez español Baltasar Garzón, quien lidera la defensa de Assange, afirmó ayer que le “preocupa
la situación psíquica y física de su
representado. “La tensión a la que
está siendo sometido es muy grande,
pero además está muy preocupado”,
declaró.
Ecuador anunciará su decisión
del caso Assange después de los
Juegos Olímpicos de Londres.
Caravana de
Alianza PAIS
recorre España
REUNIÓN CON EL JEFE DE ESTADO EN QUITO
MADRE DE ASSANGE DICE
QUE AGENCIAS DE EE.UU.
RECLUTAN PERIODISTAS
Durante su encuentro con el presidente
Rafael Correa, Christine Assange, madre
del fundador de WikiLeaks, denunció
que hay agencias estadounidenses que
contratan a periodistas del mundo para
labores de espionaje, una de las cuales
sería Stratford Global Intelligence, “la
cual tiene reporteros encubiertos en
todo el mundo”.
Según El Ciudadano, el Jefe de
Estado expresó que esa denuncia
derrumba los mitos de que existen
“heroicos periodistas que dicen luchar
por la libertad de expresión y que sepan
que es gente pagada, infiltrada en los
medios de comunicación para
desestabilizar a los gobiernos y aquí es
evidente quiénes son”.
Sobre la decisión -extraoficial- de la
justicia de Suecia de no tomar las
declaraciones de Julian Assange, en la
Embajada ecuatoriana en Londres, por
los supuestos delitos sexuales que se le
imputan, Christine Assange dijo que
espera el asilo político a su hijo, aunque
reconoció que el tema es complicado.
“No estoy en posición de adelantar
lo que hará el presidente Correa, pero sí
estoy impresionada por su inteligencia y
la de sus ministros, quienes han hecho
más por mi hijo que mi propio país
(Australia)”, exclamó Christine Assange.
El canciller Ricardo Patiño mostró su
preocupación por las decisiones que
adopte la justicia sueca, “porque
dificultan el caso de Julian Assange”.
En Alicante, el Movimiento Alianza
PAIS España emprendió una
“Caravana Ciudadana” que está
enfocada en difundir los 100 logros de
la “Revolución Ciudadana” y
establecer una comparación con los
gobiernos anteriores.
Entre los temas que resaltan está la
“Revolución Ecológica” que se realiza
con la Iniciativa Yasuní-ITT, que busca
mantener la biodiversidad en la
Amazonía, a cambio de una
compensación monetaria de la
comunidad internacional.
Según las cifras del censo de 2011, en
la provincia de Alicante existen 23.561
ecuatorianos.
El objetivo es que todos participen en
la política para lograr un cambio
positivo en el país.
La próxima parada de la caravana
será este, sábado 4 de agosto, en la
localidad de Murcia.
04
Actualidad
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
SOLO ALIANZA PAIS ACCEDIÓ A PRESENTAR LAS ADHERENCIAS QUE OBTUVO
PRECANDIDATOS VISITARÁN CAPITALES PROVINCIALES
CNE reconoce errores
en sistema y grupos
no muestran firmas
FERNANDO SANDOVAL | EL TELÉGRAFO
La coalición de “izquierdas”
empieza caravana nacional
EDISON SERRANO | EL TELÉGRAFO
Domingo Paredes, presidente del CNE, denunció que un ex
funcionario de la entidad aparece como asesor de los diferentes
partidos y movimientos en el proceso de recolección de rúbricas
En la sede de Alianza PAIS, la organización ha montado un call center para digitalizar las firmas de respaldo que tiene.
Redacción Actualidad
[email protected]
El presidente del Consejo Nacional
Electoral (CNE), Domingo Paredes,
aclaró que los movimientos y partidos políticos deben tener las firmas de adhesión en físico.
Algunas tiendas políticas adelantaron que no tienen ningún respaldo
físico ni digital de la información
que presentaron al órgano electoral.
Así lo dijo, por ejemplo, Juan Carlos
Solines, titular de Concertación,
quien aseguró que al no tener una
base de datos no pueden constatar la
información entregada.
Gilmar Gutiérrez, director nacional del Partido Sociedad Patriótica
(PSP), no se animó a mostrar -por
ahora- las rúbricas , pero aseveró
que las tiene en digital y físico, “en
un lugar seguro”.
La polémica saltó porque el prosecretario de PSP, Juan Carlos Rodríguez, no aparece en esa organización sino en PAIS.
“Si (Gilmar) Gutiérrez tiene un
registro, que nos mande una copia en
donde el dirigente aparece en esa
organización”, manifestó Paredes.
Gutiérrez pidió una copia certificada
de la adhesión de Rodríguez el 2 de
julio, la cual no fue respondida.
“El CNE se hubiera evitado el
problema de las firmas falsas si se
investigaba ese caso”, afirmó el dirigente de Sociedad Patriótica.
Bases de datos protegidas
Ciro Guzmán, dirigente del Movimiento Popular Democrático, afirmó
que tienen un registro en digital y
físico, además de copias de los formularios. Ellos estarían dispuestos a
mostrar el archivo de adherentes,
pero no por ahora, porque afirmaron
que no tienen tiempo.
Luis Morales, jefe de bloque del
Prian, señaló que la base de datos de
su agrupación política está en Gua-
CONCLUYE PRIMERA FASE DE REVISIÓN
MAÑANA HABRÁ UN
INFORME PRELIMINAR
SOBRE VERIFICACIÓN
Según el cronograma que tiene
planificado el Consejo Nacional
Electoral, hoy concluiría el proceso de
verificación de firmas -por muestreo- de
las 11 agrupaciones que están ya
inscritas ante la entidad.
El martes pasado arrancó el proceso,
que se realizó en el orden de cómo
fueron aprobados los grupos políticos.
Así se verificó un aproximado de 17.000
firmas -que corresponde al 10%
entregado- del Movimiento Popular
Democrático (MPD) y el Partido
Roldosista Ecuatoriano (PRE). Además se
examinaron las 147.808 firmas de PAIS.
Dirigentes como Luis Villacís, del
MPD, denunciaron una falta de
capacitación de los verificadores. Señaló
que uno de estos funcionarios
temporales eliminó un gran número de
firmas de la agrupación. Así también,
Villacís denunció que cinco dirigentes de
la agrupación, que fue la primera en
inscribirse, aparecen en otros partidos.
El presidente del CNE, Domingo Paredes,
enfatizó que encuentran que “casa
adentro hay problemas. Alguien
manipula. No creo que sea externo,
porque se sacó a una persona. Es un
delito informático”.
Un grupo de simpatizantes del MPD
protestaron a las afueras del colegio
Benalcázar, en Quito, en donde se
realiza el proceso de verificación. Villacís
pidió al CNE que les explique el método
de muestreo, así como el número de
firmas que fueron anuladas.
Dalo Bucaram, presidente nacional
del PRE, asistió como veedor a la
verificación de firmas de su partido.
El consejero Juan Pablo Pozo señaló
que el informe preliminar sobre la
verificación de firmas se conocerá el
próximo viernes.
yaquil.
Este diario intentó hablar condirigentes de Creo, Ruptura, Concertación y Avanza, para conocer
sobre su registro electoral, pero no
se obtuvo resultados.
La organización que sí abrió su
base de datos fue Alianza PAIS. En la
sede de Quito se encuentra un call
center con alrededor de 17 personas
digitalizando el archivo físico. Su
base de datos está dividida por provincias, número de cédula, nombres
y apellidos, e incluso mantiene los
formularios con un código de seguridad interno. Según Ximena Ponce, dirigente de PAIS, hay cerca de
180.000 adherentes.
Galo Mora, secretario de PAIS,
señaló que de todas las firmas que se
presentaron existiría un margen de
error que podría llegar al 6%. El caso
de Rodríguez podría estar como parte de ese margen de error.
Sistema tecnológico con fallas
Paredes reconoció que el sistema
informático de verificación de firmas tiene fallas. El software tecnológico -que fue contratado por la
entidad el 8 de septiembre del 2010costó 36.736 dólares.
Entre las fallas que el presidente
del CNE advierte, está dar como
válidas las rúbricas que tienen rasgos similares. “Al menos uno o dos
rasgos que se parecían, pasaban”,
confiesa Paredes.
Un problema que constataron en
el sistema es que una firma del
formulario de la organización fue
automáticamente aprobada, a pesar
de que no se verificó con el padrón
del CNE.
Además comentó que tienen indicios de que un ex director del
Departamento de Organizaciones
Políticas curiosamente aparece como asesor de diferentes partidos y
movimientos en el proceso de recolección de firmas.
De izquierda a derecha: Gustavo Larrea, Luis Villacís, Lenín Hurtado, Manuel Salgado,
Paúl Carrasco, Nívea Vélez y Alberto Acosta.
Con un recorrido en Imbabura, la
Coordinadora Plurinacional de Izquierdas inició una caravana de visitas a las provincias del país para
presentar a la población a los siete
precandidatos de la alianza opositora
al Gobierno, quienes conformarán el
binomio presidencial para las elecciones generales de 2013.
Los siete precandidatos de la
Coordinadora Plurinacional -Gustavo Larrea (Participación), Paúl Carrasco (Poder Popular), Luis Villacís
y Lenín Hurtado (Movimiento Popular Democrático), Alberto Acosta
(Montecristi Vive), Manuel Salgado
(Corriente Socialista Revolucionaria) y Salvador Quishpe (Pachakutik)- recorrerán el país para medir su
grado de aceptación popular.
Los recorridos empezaron ayer en
la provincia de Imbabura y tienen
previsto llegar hoy a Latacunga, donde paradójicamente se reunieron por
primera vez en público los precandidatos, con motivo del apoyo al ex
prefecto de Cotopaxi, César Umaginga.
Larrea indicó que la alianza se
encuentra más unida que nunca y que
los recorridos se enmarcan en el pro-
ceso democrático que elegirá al binomio presidencial de la coalición.
No obstante, Red Ética y Democrática
(de Martha Roldós) y Convocatoria
(de Nivea Vélez) no concretaron un
precandidato presidencial propio.
Mañana los recorridos seguirán en
Chimborazo y Tungurahua, mientras
que entre sábado, domingo y lunes se
concentrarán en Esmeraldas. Del
martes 7 al jueves 9 de agosto la
caravana llegará a Manabí, donde se
realizará un receso por la conmemoración del 10 de Agosto. Luego el
itinerario continuará en Santo Domingo de los Tsáchilas y Los Ríos.
Del 15 al 20 de agosto la Coordinadora Plurinacional visitará: Guayas, Cañar, Azuay, Loja y Zamora,
para instalarse provisionalmente en
Guayaquil, según Gustavo Larrea.
El sondeo, provincia por provincia,
es el segundo paso para el mecanismo
de la selección del binomio de las
“izquierdas”, el primero fue la designación particular en cada organización, el tercero será una consulta
a las organizaciones sociales y gremiales de la tendencia y el cuarto
consistirá en el análisis de la carpeta
(teoría y praxis) del postulante.
HORARIO MATERNO SE EXTIENDE A 12 MESES
Asamblea aprobó proyecto
sobre derechos laborales
Después de la intervención de 21
asambleístas, el pleno con 72 votos
aprobó el proyecto de Ley para la
Defensa de los Derechos Laborales,
calificado de urgente en materia económica por el Ejecutivo, que tiene por
objetivo evitar los abusos en contra
de los trabajadores, quienes se encuentran en desventaja frente al incumplimiento de sus empleadores.
Entre los principales temas que
recogió la Comisión al someter a
votación el texto definitivo, constan
el ejercicio del derecho de repetición por parte del Estado en contra de los funcionarios que no cumplan con su responsabilidad legal; la
afiliación tardía al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS),
así como la ampliación del período
de lactancia de 9 a 12 meses para el
sector privado.
Se incluyó un artículo por el cual
se establece que “a los empleados y
trabajadores domésticos se garantiza
los mismos beneficios de cualquier
otro trabajador en general, debiendo
ser sus jornadas de trabajo de cinco
días a la semana, 40 horas semanales
y sábados y domingos considerados
de descanso; y si en razón de las
circunstancias no pudiere interrumpirse su trabajo, se designará otro
tiempo igual de la semana para el
descanso mediante acuerdo entre el
empleador y los trabajadores.
También se cambió la duración del
beneficio para las madres lactantes,
quienes gozarán del derecho de las
dos horas por 12 meses y no como era
en la actualidad, por nueve meses.
Además, se aceptó la disposición
transitoria propuesta por el presidente de la Asamblea, Fernando Cordero, según la cual, por esta sola vez,
los empleadores que en cualquier
tiempo no hubieren afiliado a sus
trabajadores con relación de dependencia, así no se mantenga la relación
laboral en la actualidad, no serán
sujetos de sanción y podrán afiliarlos
extemporáneamente al IESS, dentro
del plazo de seis meses contados
desde la expedición de la Ley.
Para ello deberán pagar los valores
correspondientes de aportación patronal y del trabajador, más el interés
equivalente.
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El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
05
06
Economía
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
ÍNDICES ECONÓMICOS
Tasas de interés efectivas
Precio de venta
Fuentes: INEC / BCE/ BVG
Moneda Euro
1€= 1,2296
Bolsas mundiales
VIVIENDA
Dow Jones
Valor 12.976,13
Variación 0,25 %
CONSUMO
Normal
10,64% 15,91%
Inflación
mensual
Costos de víveres (por libra)
↑
0,18%
Junio
2012
Precios del petróleo
Precios referenciales de mercado
Papa
Arroz
Carne
de res
$ 0,40
$ 0,48
$ 2,50
Tomate
Azúcar
$ 0,50
$ 0,45
Pescado
picudo
CANASTA BÁSICA
FAMILIAR NACIONAL
CANASTA
VITAL NACIONAL
SALARIO BÁSICO
UNIFICADO
Cebolla
Lenteja
$ 3,50
$ 0,70
$ 0,90
$ 586,18
$ 426,42
$ 292,00
Banano
Arroz
$ 5,50
$ 33, 25
Caja
Quintal
En cáscara
Azúcar
Cacao
$ 37,83
$ 87
Quintal
Quintal
WTI
$ 88,91
por barril
Brent
$ 106,20
por barril
LA MEDIDA NO PROVOCARÁ EFECTOS INFLACIONARIOS, SEGÚN EXPERTOS
La banca repatriará más de
1.600 millones de dólares
Los ahorros de los ecuatorianos dejarán de invertirse en el exterior y servirán para
ejecutar obras en el país. Las entidades financieras analizan los mecanismos y el tiempo
para iniciar el reingreso de los recursos, como dispuso el Banco Central del Ecuador
Redacción Economía
[email protected]
El Coeficiente de Liquidez Doméstica de la banca privada del 45%
pasó al 60%. Los recursos deben ser
repatriados para cumplir con la nueva disposición del Banco Central del
Ecuador (BCE). Expertos justifican
la permanencia de los recursos en el
exterior y aseguran que la medida
será acatada y no provocará efectos
inflacionarios.
El pasado 11 de julio, el BCE emitió
una regulación que pide subir el
referido coeficiente a las instituciones financieras. Con la nueva disposición las entidades del sistema
con varias cuentas de liquidez en el
exterior deberán repatriar más de
1.600 millones de dólares.
Hasta junio el sistema financiero
tenía 9.473 millones de dólares en
cuentas de liquidez, de ese monto, la
disposición anteriormente vigente
obligaba a que en el país se mantenga
el 45%, es decir, 4.260 millones,
cifra que debería llegar a 5.900 millones de dólares para alcanzar la
meta del 60%.
Según la regulación que se dio en
2010, los bancos tenían la obligación
de invertir un mínimo del 1% de su
fondo de liquidez en títulos del BCE
o de instituciones públicas, disposición que la entidad modificó para
incrementar ese porcentaje a un 3%
y extendió también esa disposición a
mutualistas y sociedades financieras privadas, instituciones que en la
normativa anterior no constaban.
La resolución además obliga a la
banca a destinar otro 2% a valores
de renta fija del sector no financiero
de emisiones nacionales públicos,
adquiridos en el mercado primario.
El analista económico Luis Rosero
dice que el coeficiente de liquidez
doméstica obliga a los bancos a traer
recursos del exterior para cumplir
con el 15% adicional, lo que implica
que habrá más liquidez en el país.
Opina que puede pasar que haya
más crédito de consumo, aunque eso
es un tanto difícil por las restricciones impuestas a las tarjetas de
crédito.
Por lo tanto, puede ser que una
parte se vaya a crédito y la otra
estará en caja o en inversiones en el
mercado de valores, anota.
El experto señala que los recursos
que traerá el Banco Central de parte
de la RILD (Reserva Internacional de
Libre Disponibilidad) serán canalizados a través de la banca pública
para proyectos de inversión, lo que sí
puede incidir en mayor nivel de
actividad económica. El Ejecutivo ya
lo hizo anteriormente.
Ajustes en el sistema financiero
→ Hasta junio, el sistema financiero tenía
$ 9.473 millones en cuentas de liquidez en
el exterior, de ese monto, la disposición
anteriormente vigente obligaba a que en el
país se mantenga el 45%, es decir, $ 4.260
millones, cifra que debería llegar a $ 5.900
millones para alcanzar la meta del 60%.
→ Según la normativa vigente desde
2010, los bancos tenían la obligación de
invertir un mínimo del 1% de su fondo de
liquidez en títulos del Banco Central o de
instituciones públicas, disposición que la
entidad modificó para incrementar ese
porcentaje al 3% y que se extendió también
a mutualistas y sociedades financieras
privadas, lo cual no constaba en la
regulación anterior.
→ La resolución obliga a la banca a
destinar otro 2% a valores de renta fija del
sector no financiero de emisiones
nacionales públicos, adquiridos en el
mercado primario.
→ Con datos a junio del presente año, los
bancos tenían que colocar unos $ 41,30
millones en papeles emitidos por las
instituciones financieras públicas, ahora la
cantidad debería llegar a $ 179,51 millones.
En Panamá están
obligados a tener el
85% de sus reservas;
en El Salvador y Chile
es de un 50%
“A mi juicio, creo que el Gobierno
está tratando de limitar el gasto
privado, por ejemplo, mediante el
alza de aranceles para cuidar que no
vuelva a ver déficit comercial. Está
preparándose para ese escenario,
pues pidió un crédito de la FLAR
(Fondo Latinoamericano de Reserva) para problemas de balanza de
pagos. También, quiere cuidar el
déficit fiscal para que no se desboque... Esos son los dos problemas
macroeconómicos más importantes
y un poco la inflación que está aumentando”.
El analista económico Robert Villacreses aclara que los recursos que
las instituciones financieras tienen
en el exterior no es dinero ocioso,
cumplen principalmente dos cometidos: por un lado sirven de colaterales para las cartas comerciales
que emiten los bancos a favor de
empresarios importadores, y por
otro lado, es una forma de res-
Nivel de
liquidez
→ En junio de este
año el panorama
financiero, conformado
por el Banco Central del
Ecuador (BCE) y las Otras
Sociedades de Depósito
(OSD), registró una variación
de los niveles de liquidez por
$ 942,4 millones, lo que
representó un monto inferior
en $ 62,4 millones al registrado
en el mes anterior
($ 1.004,8 millones).
correspondió al sector público
con $ 367,3 millones (39,0%), al
sector externo con $ 357,3 millones
(37,9%) y a otros sectores con
$ 217,8 millones (23,1%).
→ Los cambios de la liquidez
en junio de 2012 se debieron tanto
a operaciones propias del BCE como
a transacciones de las OSD.
Ahorro de depositantes
Lofredo Del Castillo, experto en temas financieros, comparte la posición del Gobierno de traer los recursos que están en el exterior financiando actividades ajenas al país.
“Es por eso importante de que el
ahorro de todos los depositantes de
los bancos deben financiar el de-
La petrolera Río Napo, que opera el
campo "Sacha", el de mayor
producción de Ecuador, prevé que
aumentará la productividad de crudo a
70.000 barriles diarios hasta diciembre
próximo, informó el gerente de la
entidad, Patricio Román.
Agregó que la producción de la
empresa alcanzó el martes 61.200
barriles, cantidad que también rebasó
al volumen de junio, cuando registró
un promedio de 55.817 barriles diarios.
Río Napo es una empresa de
economía mixta, formada por las
petroleras estatales de Ecuador
(Petroecuador) y de Venezuela (Pdvsa),
que se integraron en 2008 para
operar conjuntamente el campo
"Sacha", ubicado en la Amazonía
ecuatoriana. El incremento de
producción del campo "Sacha", uno
de los más antiguos del país con más
de 40 años de operación, se debe,
entre otros factores, a la mejora en los
procesos de recuperación de las
reservas, indicó el funcionario.
Ecuador autoriza a Repsol la
venta de su filial Amodaimi
→ La liquidez de este mes
guardar los fondos que, como sabemos, son propiedad de los depositantes, con la finalidad de repatriarlos cuando sea necesario,
cuando estos lo requieran.
Agrega que después de la crisis del
año 1999 los banqueros han sido
más cautos con el manejo y la concesión de créditos, entregándolos
bajo parámetros exigentes a quienes
tienen posibilidad de pagar las deudas, y a proyectos que resulten ser
rentables. Ellos realizan una exhaustiva evaluación de riesgo y rentabilidad para tomar decisiones.
Sin embargo, -a su criterio- bajo
el escenario económico y político
actual, los riesgos son bastante altos
y las rentabilidades disminuyen cada vez que el Estado interviene más
el sistema financiero reduciendo las
tasas de interés. “Por lo tanto, no es
extraño que los banqueros coloquen
parte de los fondos de los depositantes a buen recaudo fuera del
país”, justifica.
Petrolera Río Napo incrementará
producción en campo “Sacha”
sarrollo del Ecuador”.
Menciona que la intención de tener recursos en el exterior es justificable para la emisión de cartas de
crédito, pero es ilógico pensar que
estén 3.000 millones de dólares de
los ahorros de los ecuatorianos esperando respaldar créditos de los
importadores.
Asegura que en el plazo que propone el Banco Central todos deberán
repatriar esos dineros que se invertirán dentro del Ecuador de manera obligada.
Respecto al respaldo de los depósitos como justificación para que
el dinero esté fuera del país, precisa
que ya hay un Fondo de Liquidez
constituido que respalda a los pequeños ahorristas. Y que el negocio
de los bancos es justamente proporcionar créditos para dinamizar y
hacer fuerte la economía.
Revela que Ecuador no es el único
país que establece esta norma. En
Panamá están obligados a tener el
85% de sus reservas; en El Salvador
y Chile es de un 50%.
Este diario trató de comunicarse
sin éxito con el presidente de la
Asociación de Bancos Privados, César Robalino.
Sin embargo, hay que recordar
que el gremio en el último aumento
del coeficiente indicó que la medida
era contraproducente.
El Gobierno ecuatoriano ha autorizado
a Repsol que venda su filial Amodaimi
Oil Company a Tiptop Energy Ltd.,
subsidiaria de la compañía china
Sinopec, informó ayer la compañía
española en un comunicado.
Repsol tiene actualmente acuerdos
de trabajo con la companía Sinopec en
Brasil.
Según la nota enviada ayer,
Amodaimi posee una participación del
20% de los contratos de servicios de
las explotaciones de petróleo del
Bloque 16 y Tivacuno en Ecuador,
ambos actualmente en producción.
Si finalmente se consume la venta,
Repsol tendría la participación de un
35% en el consorcio que opera en las
explotaciones (formado además por la
taiwanesa OPIC, que tiene un 31% y la
china Sinochem, un 14%) y seguiría
siendo el operador.
Esta operación forma parte del
programa de enajenación de activos,
que está incluido en el Plan Estratégico
de Repsol 2012-2016. EFE
Varias provincias recibieron
servicios de la CNT en julio
Líneas telefónicas, puertos de Internet,
centros integrados de servicios, puntos
de atención al cliente y conectividad
entregó la Corporación Nacional de
Telecomunicaciones (CNT), durante el
mes de julio, en actos presididos por
César Regalado, gerente general, en
distintas regiones ecuatorianas.
Según la CNT, en Cotopaxi se
entregaron 1.900 líneas telefónicas y
200 puertos de Internet, en la
parroquia Zumbahua; la inversión, en
este proyecto, supera los 250.000
dólares y son alrededor de 7.600
ciudadanos que aprovecharán esta
moderna plataforma tecnológica.
En Pichincha, la Corporación y la
Fundación One Life presentaron el
primer reciclador electrónico. La CNT
EP, en su agencia Doral, en Quito, es
un punto verde en el que la
ciudadanía puede dejar los objetos
electrónicos que no utilice, como
computadoras, portátiles, monitores,
teléfonos celulares, impresoras,
copiadoras, centrales telefónicas,
equipos de red, entre otros.
Economía
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
07
CONSUMO EN LA COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS INCREMENTÓ PAULATINAMENTE
Metodología
Índice de pobreza urbana se
redujo 3,98 puntos en junio
Las condiciones de vida de la población económicamente activa de las ciudades de Quito,
Guayaquil y Cuenca mejoraron notablemente en el sexto mes de 2012 con respecto al
mismo período del año anterior, para ubicarse en 6,2%, 6,0% y 4,7%, respectivamente
Cifras de pobreza
Condiciones de extrema pobreza En porcentajes, septiembre 2007 - marzo 2012
12%
8%
8,59% 8,24%
7,85% 7,70%
7,94% 8,24% 7,60% 7,57%
7,35%
7,44%
6% 7,00%
6,72%
6,53%
6,96%
6,31%
6,52%
5,94%
4%
5,03%
4,43%
3,97%
Dic. 11
Mar. 12
Jun. 11
Sep. 11
Dic. 10
Mar. 11
Sep 10
Jun. 10
Dic. 09
Mar. 10
Sep. 09
Jun. 09
Mar. 09
Jun. 08
Sep. 08
Dic. 08
Dic. 07
0%
Mar. 08
2%
Jun. 12
10%
Sep. 07
Población urbana en condiciones de pobreza En porcentajes, septiembre 2007 - marzo 2012
24%
22%
20%
24,33%
25,54%
25,16%
23,29%
21,99%
22,01%
23,56%
22,62%
25,00%
22,91%
21,82%
22,60%
22,45%
21,46%
22,71%
18,18%
17,36%
16,03%
19,27%
18%
16%
15,29%
Dic. 11
Mar. 12
Jun. 11
Sep. 11
Mar. 11
Dic. 10
Sep 10
Jun. 10
Mar. 10
Dic. 09
Sep. 09
Jun. 09
Mar. 09
Jun. 08
12%
Sep. 08
Dic. 08
14%
Jun. 12
26%
Fuente: Enemdu
28%
Mar. 08
En junio de 2012 se registró la menor
tasa de pobreza del grupo de personas que forman parte de la Población Económicamente Activa
(PEA) urbana, si se compara desde
septiembre de 2007 (17,2%), ubicándose en 10,4%, según el informe
trimestral de pobreza, desigualdad y
mercado laboral, basado en la Encuesta de Condiciones de Vida
(ECV) del Banco Central del Ecuador
(BCE).
Por su lado, la Población Económicamente Inactiva (PEI), en
igual mes de 2012, obtuvo una tasa
de pobreza de l18,1% para el área
urbana, es decir de 4,1 puntos porcentuales menos que la tasa registrada en igual mes del año 2011.
De acuerdo a la encuesta, a partir
de septiembre de 2010 hay una evolución decreciente de la tasa de pobreza urbana, alcanzando su valor
más bajo en junio de 2012 (15,29%),
porcentaje que fue de 3,98 puntos
porcentuales menor respecto a la
registrada en igual mes del 2011.
El coeficiente de Gini en el área
urbana del país disminuyó en junio
de 2012 en relación a junio de 2011
(0.47), ubicándose en 0.45; de tal
manera que este último resultado
del 2012 refleja una menor desigualdad de los ingresos entre la población urbana.
Este coeficiente utilizado es un
indicador de desigualdad que mide
la manera cómo se distribuye una
variable entre un conjunto de individuos. En el caso particular de la
desigualdad económica, la medición
se asocia al ingreso o al gasto de las
familias o personas.
Las ciudades de Quito, Guayaquil
y Cuenca redujeron sus tasas de
pobreza de la PEA en el sexto mes del
2012 con respecto a junio de 2011,
para ubicarse en 6,2%, 6,0% y
4,7%, respectivamente.
En el año 2008 la Comisión Interinstitucional, conformada por el
Instituto Nacional de Estadística y
Censos (INEC), la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo
(Senplades), el Centro de Investigaciones del Milenio (Cismil) y el
Ministerio Coordinador de Desarro-
Dic. 07
[email protected]
Sep. 07
Redacción Economía
Para obtener el indicador de incidencia de
pobreza por ingresos se compara el ingreso
total per cápita con la línea de pobreza por
consumo, de tal manera que los individuos
con ingreso total per cápita menor a la
línea de pobreza por consumo, son
considerados pobres. Para establecer la
incidencia de pobreza nacional se calcula la
proporción de pobres frente al total de la
población. Para realizar comparaciones con
indicadores del mercado laboral, se calcula
la proporción de pobres dentro de la PEA.
llo Social (MCDS), acordaron calcular indicadores de pobreza por
ingresos utilizando los datos de la
Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo (Enemdu) y
una actualización de la línea de pobreza de la Encuesta de Condiciones
de Vida (ECV) 2006 mediante el
Índice de Precios al Consumidor
(IPC).
La Enemdu es realizada en 5 ciudades del país: Quito, Guayaquil,
Cuenca, Machala y Ambato, de manera mensual en aproximadamente
4.000 hogares del área urbana. También se la elabora en los meses de
marzo, junio y septiembre a nivel
nacional urbano, aproximadamente
en 6.000 hogares en cada período; y
en el mes de diciembre de manera
urbano y rural en alrededor de
10.000 hogares del país.
Según explicó Cristina Carrera,
técnica del Banco Central, la entidad
realiza la encuesta de la población
urbana cada trimestre, mientras que
de la rural solo en diciembre. Acotó
que para la encuesta rural se utiliza
la misma metodología que para la
urbana.
SANCIONES LEGALES Y ECONÓMICAS
Supertel y el IEPI se unen
para combatir “piratería”
La Superintendencia intensifica operativos de control de antenas piratas en el país.
La Superintendencia de Telecomunicaciones (Supertel) anunció la
importancia de que los ciudadanos
que hacen uso de antenas de TV
‘piratas’ dejen de hacerlo, porque
les podría acarrear problemas legales y económicos por las penalidades, multas y sanciones a las
que estarán sujetos.
El titular del organismo, Fabián
Jaramillo, indicó que el uso de estas
antenas causa un grave perjuicio económico al Estado, de alrededor de 25
millones de dólares anuales.
Identificar el uso de antenas piratas en los domicilios u oficinas no
es difícil para el órgano de control,
acotó Jaramillo, porque su ubicación
se diferencia en la dirección al satélite para captar la señal. Mientras el
decodificador legal recibe la señal a
través de una tarjeta legal, el decodificador pirata lo hace a través de
un chip, cuyos códigos son vulnerados por hackers.
Además, los ciudadanos que hacen
uso de los dispositivos legales pagan
por este servicio mensualmente; los
usuarios del proveedor pirata lo pagan una sola vez.
Esta situación es ilegal, acotó el
presidente del Instituto de la Propiedad Intelectual (IEPI), “porque
viola un derecho conexo al derecho de
autor”. Las sanciones se pueden aplicar en base a la protección de señales
transmitidas en las que el Ecuador es
suscriptor de acuerdos internacionales y la Ley de Propiedad Intelectual del Ecuador.
Coctel de clausura jueves 2 de Julio del 2012.
Quito
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
A TRES AÑOS DE GESTIÓN MUNICIPAL RECONOCE ALGUNAS FALLAS AL INICIO
Barrera: “Ahora es
el bien común el que
organiza todas las
decisiones en Quito”
El alcalde quiteño destaca que se está transformando la correlación
de poder en la ciudad. Para él hay un salto en temas de movilidad,
pero reconoce que falta mejorar en el área de los trámites y servicios
Orlando Pérez y Consuelo Rivera
[email protected]
Hace tres años Augusto Barrera asumió la administración del Municipio
de Quito. Y su conclusión más frontal sobre este tiempo es: “Estamos
transformando la correlación de poder en la ciudad”.
Se revela que su estrategia política se asienta en dos ejes: la obra y
la participación. En la primera se
nota que el metro y el aeropuerto
constituyen dos pilares simbólicos
desde los cuales afronta la realización de otras obras y algunos procesos. En la segunda hay más complejidades, pero, de lo que dice, mejores resultados. Las encuestas lo
favorecen (particularmente en credibilidad y acciones), pero la “opinión pública” de ciertos medios lo
coloca en la picota. Y Barrera sabe
que hay un campo de disputa enorme ahí. Dice: “Si el incendio del
edificio de las cámaras habría ocurrido en Quito yo ya estaría colgado”. En off pone otros ejemplos
que le dan la razón.
Maneja muchas cifras de temas
diversos, que van desde el pavimento hasta los centros comunitarios. Lleva cuenta de cada presupuesto en cada área, pero sostiene
una mirada muy política de cada
obra y hasta proceso administrativo.
Y de lo que más orgullo tiene es de
que “Hoy tenemos un poderoso movimiento vecinal en Quito, que está
distribuido en redes de todas las
administraciones. Tenemos 1.138
comités de seguridad, 15 mil de adultos mayores...”, explica.
Alrededor de eso tiene un idea fija
que le da certeza a sus afirmaciones:
“La construcción de la participación
es real. Tenemos miles de dirigentes
nuevos en la ciudad con los comités
barriales, las asambleas de presupuesto participativo, los centros de
desarrollo comunitario, las ligas barriales, los voluntariados en jóvenes
que reconstruyen el tejido social de
la ciudad”.
Y vuelve constantemente sobre la
cifras: “En las colonias vacacionales
participaron 33 mil niños, 18 mil
alumnos en el sistema municipal,
reescolarizamos casi 4 mil jóvenes
entre 15 y 18 años, 100 mil personas
van a nuestros CDC, regularizamos
más de 200 barrios.
¿Hasta dónde su gestión produce
más ciudadanía en Quito?
Las transformaciones culturales son
las más difíciles. La gente que ha
estudiado los cambios sociales establece que es más fácil cambiar las
leyes, las instituciones, el poder económico, y que lo más difícil son los
cambios culturales. Por ello tener
una evaluación plenamente positiva
es complicado.
Eso sí tenemos un proceso cada
vez más acertado de la construcción
de ciudadanía, fundamentalmente
en sectores populares. El elemento
diferente es que la discusión del
derecho a la ciudad y a participar
estaba repartida totalmente de una
manera asimétrica en Quito: unos
que se consideraban dueños de la
ciudad, que tenían ciertos niveles de
apropiación; y un amplísimo sector
medio y popular que era despojado
de la pertenencia de la ciudad. En ese
sentido estamos transformando la
correlación de poder.
¿Existe cierto nivel de resistencia
tradicional a cambios y a la
inclusión de sectores populares
en la toma de decisiones?
Sería peligroso para la administración que no existan sectores en contra. Creo que en este momento tenemos dos focos de resistencia, ambos son entendibles. El primero, son
todos lo intereses corporativos, cuasi delincuenciales que operaban alrededor de la estructura municipal,
como pedir permiso a alguien, someterse a un titular de un periódico,
tener contratistas casi fijos. El segundo es de carácter corporativo: si
queremos entrar a regular el tema
del comercio, salta el MPD disfrazado de comerciante; si regularizamos las cooperativas de viviendas,
los traficantes de tierras se oponen;
si regularizamos a los taxistas, ya se
le quiere dar a un pequeño grupo un
carácter político. Los dos tipos de
resistencia son los poderes económicos y políticos que estamos afectando.
¿Por qué su administración
estaría en la mira de sectores?
La Alcaldía enfrenta un cambio de
conflicto de intereses. Además, de
casi toda la Alcaldía depende la cotidianidad de la ciudadanía. Es decir: que abra el grifo y el agua baje;
que toque el interruptor y haya luz;
que se recoja la basura a tiempo; que
el bus pase cerca a sus viviendas.
Todo eso implica una enorme demanda respecto a la Municipalidad;
entonces es lógico que teniendo una
gran demanda, la Alcaldía está en
escrutinio general.
Siendo así, ¿por qué no se ha
usado la silla vacía, por ejemplo?
No se la usa porque la estructuración
del marco legal de la silla vacía está
inconclusa. Hemos sido pioneros de
la participación ciudadana, de hecho
la primera ordenanza del sistema de
gestión participativa la presenté yo
cuando estuve de concejal y he caminado en el proceso constituyente
y el de regulación, pero aún así no se
define el mecanismo de conformación de la silla vacía.
Creo que no podemos caer en una
especie de fetichismo participacionista. Estoy abierto a la participación de los comerciantes, no al de
políticos que son cuasi cadáveres
que nunca en la vida fueron parte de
ese grupo. Estoy seguro de que los
dirigentes del MPD nunca habrán
vendido en la calle, de hecho estoy
convencido de que han lucrado de
aquellos que venden en la calle.
La construcción de la participación es real. Tenemos miles de dirigentes nuevos en la ciudad con los
comités barriales, las asambleas de
presupuesto participativo, los centros de desarrollo comunitario, las
ligas barriales, los voluntariados en
jóvenes, que reconstruyen el tejido
social de la ciudad.
¿La participación ciudadana se
volvió una realidad?
Porque es una administración que le
apuesta a la participación de verdad.
Mi impresión es que antes había un
concepto de funcionalización de la
El nuevo aeropuerto
de Tababela, el Parque
del Lago y el Metro
Quito son los proyectos
más grandes
participación, era el caramelito para
tener una gestión que en lo sustantivo no hacía referencia al interés
general. Creo que ese es el cambio
fundamental de un estado de derecho; en la filosofía neoliberal no se
modificaba la relación global del poder. Estamos convencidos de que la
transformación debe ser oportuna y
en sectores medios y populares.
Cuando se miran esos números (se
refierer a los datos que se indican al
inicio de esta entrevista) se logra
entender que más que una obra era
la reproyección de la dignidad, que
es un concepto básico de la ciudadanía la que debía modificarse.
Cuando dice que había que
modificar la relación de poder,
¿en dónde está ahora esa
relación, cómo se expresa, hay
una relación de poder en disputa,
a dónde va?
Hacia una democratización positiva. Es la recuperación del bien
común como principio. Eso implica
que el bien común es el que organiza
todas las decisiones; está presente
en la inversión, en las prioridades de
Quito
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
EDISON SERRANO | EL TELÉGRAFO
08
Perfil
Augusto Barrera
Cargo
Alcalde de Quito
Profesión
Doctor en Medicina y
Cirugía
Cargos anteriores
Concejal
Metropolitano de
Quito desde 2005
hasta el 2008
Partido Político
Alianza País
transporte, lo que se realiza es una
sola centralidad.
Creo que al final de esta Alcaldía
estarán estabilizadas las formas
concretas de organización social.
Hoy tenemos un poderoso movimiento vecinal en Quito, que está
distribuido en redes de todas las
administraciones; hoy tenemos
1.138 comités de seguridad, 15.000
de adultos mayores. Es un tema de
construir protagonismo político y
organizativo en los jóvenes y en el
adulto mayor. Me parece que eso va
renovando el tejido social.
De lo realizado en los tres años de
administración, ¿de qué está
arrepentido? ¿Qué no volvería a
hacer?
Varias cosas no debí hacer. La primera fue que en el proceso de reforma institucional nos demoramos
mucho. Ese es un tema que debimos
haber operado con más agilidad, en
los primeros meses de nuestra gestión. Debemos mejorar en el área de
trámites y servicios ciudadanos.
Ahora la ciudadanía no piensa en la
falta de obras, sino en que los trámites son “demorosos y tortuosos”.
Debimos haber establecido una política mucho más dura desde el comienzo.
Considero que debimos haber
confrontado más radicalmente con
algunos adversarios de la ciudad,
fuimos demasiado contemplativos.
Hay errores operacionales. Nosotros en el primer período trabajamos en la respuesta a la emergencia. Ahora estamos en una fase de
mayor capacidad de adecuación estructural. A al comienzo hacíamos
bacheo ahora repavimentamos integralmente.
En este proceso, ¿qué actores
nuevos han ido emergiendo y o
desapareciendo, es decir la
representación del Concejo
Metropolitano es la
representación real de la política
de la capital?
Alianza País (AP) es uno de los
bloques que más deserciones ha tenido; de nueve concejales tres no
participan ahora en el partido. La
realidad del Concejo es tener una
dinámica más cívica que política.
Esto no quiere decir que hay debates ideológicos y que deja de representar un proyecto político; pero
el tono del Concejo ha sido más
cívico. Los problemas políticos que
debemos enfrentar tienen que ver
En lo referente a
vialidad, se han
invertido 655,7
millones de dólares
en 14 proyectos
fundamentalmente con esta modificación del papel de Quito en el
escenario nacional. Yo soy de la tesis
de que tuvimos una tragedia griega:
los sectores de poder en Quito hicieron una gran capitalización política y eso significó (Jamil) Mahuad,
ya que capitalizó políticamente en
Quito, llegó al poder a través de esta
ciudad.
La gran apuesta está en transformar la historia de rebeldía del
movimiento social y popular, el progresismo consustantivo a Quito, en
una forma de administración, porque aquí una persona que grita no
puede obtener lo que busca, esto no
funciona en una cultura participativa y democrática. La idea es construir un modelo de gestión que esté a
tono con esa historia progresista y
libertaria de Quito.
La apuesta de esta administración
es construir un proyecto de gestión y
administración que sea consecuente
con esa historia de lucha libertaria y
democrática, después del terrible
fracaso que supuso un liderazgo que
se arrodilló a los intereses de los
banqueros.
¿Si el alcalde de Quito podría
sugerir el modelo de
distritalización para este distrito
metropolitano, cuál sería?
Primero estoy de acuerdo con la
distritalización, porque eso permite
acercarse a la comunidad. Al mapear
a los concejales o diputados por
Pichincha, probablemente todos votaban por la mayoría de la misma
parroquia.
Algunos tienen pánico a la distritalización, porque les va tocar
buscar a alguien que viva en el sur, y
eso les molesta.
Lo que planteo es que se respete al
cantón Quito, así los otros cantones
tendrán su representación.
Dentro de Quito debe haber una
parte norte, otra centro-sur y los
sectores rurales, que son muy importantes.
Por ejemplo, una representación
para (los sectores de) Calderón y
Carapungo (al norte de la capital),
que son las zonas que crecen al doble
en la ciudad: 3,9% anual.
El modelo podría ser: respetar el
Distrito Metropolitano y a su interior en tres zonas.
¿Se podría decir que en su
administración se ha dado sólo
prioridad a los sectores populares
y rurales?
He sido cuidadoso para que no sea
una administración anclada en los
sectores más necesitados, porque
hay que gobernar la ciudad para
todos.
Hay que entender cómo es la estructura de Quito. Ventajosamente
esta ciudad no tiene los niveles de
segregación y segmentación social y
territorial de otras.
Tenemos el 97% de agua potable y
alcantarillado, además del 96% de
recolección domiciliaria de desechos, por lo que evidentemente lo
que hacemos es cerrar las brechas;
pero no es que estamos trabajando
para un solo sector, trabajamos para
todos.
Nuestro esfuerzo es cerrar las brechas de los varios nortes con los
varios sures; tienes unas brechas
muy fuertes de áreas rurales con
urbanas, esas brechas están cerradas; pero valores como la identidad,
la seguridad, el sistema de áreas
verdes son elementos que sirven
para el conjunto de la población.
¿Cuál es la deuda de la
Municipalidad?
Tenemos unas finanzas bastante sanas y si no fueran así nadie nos daría
un centavo de crédito, ahora operamos con varias instituciones bancarias. Cuidamos que la estructura
de endeudamiento sea sana, obviamente que estamos en un ciclo de
inversión porque la realidad es que
la Municipalidad cuando yo llegué
estaba en signos vitales o menos.
Nosotros (asimismo) cuidamos
que tengamos los recursos bien administrados, no hay un problema de
endeudamiento.
¿Cuál es su evaluación de la
ciudad en términos numéricos?
Cuando llegamos teníamos más de
400 barrios no regularizados, hoy
tenemos 200 regularizados.
Hemos mejorado la cobertura de
agua potable y de alcantarillado, hay
más personas con acceso al líquido
vital. Existe un salto en temas de
movilidad, que implica iniciar la
construcción del Metro de Quito,
que va a transformar la movilidad y
la estructura cultural de la ciudad: es
una ciudad separada. Al hacer media
hora de norte a sur, va a ser una
ciudad unida.
La apuesta que hemos hecho por
la movilidad fue grande, con la mejora de los Corredores y el Trolebús
se mueven más de 900 mil pasajeros
diarios. Hemos impulsado mecanismos de transporte no motorizado,
comenzando por el peatonal, con los
bulevares y dar espacio público a la
ciudadanía. Además, se ha atenuado
el sobreuso de los vehículos privados.
09
8
30 CENTROS DE DESAROLLO COMUNITARIO
LUGARES PARA QUE LA
CIUDADANÍA PARTICIPE
Las madres de familia, adultos mayores
y niños, niñas y adolescentes que
terminaban sus clases no tenían un
lugar en donde aprender nuevas
actividades y tenían que estar dentro de
sus casas, pues los cursos particulares,
ya sea de bailoterapia, tejido, tareas
dirigidas y otros, tienen costos muy
altos, por lo que se construyeron los
Centros de Desarrollo Comunitario
(CDC), lugares en donde pueden
realizar, de manera gratuita, actividades
creativas, deportivas o artísticas.
Allí, en los CDC, se trabajan cinco
ejes: educación, cultura, microempresa,
tecnología y deportes.
Se brinda apoyo escolar desde las
14:00, con 30 minutos de actividades
recreativas. Los niños se agrupan de
acuerdo a la edad y una maestra les
refuerza los conocimientos en
matemáticas y lenguaje.
Entre todos los CDC que existen en el
Distrito se realizan más de 250 talleres
mensuales que abordan 53 tipos de
actividades distintas, que van desde
serigrafía, arte en reciclaje y plomería,
pasando por materias curiosas como la
lectura de planos, teatro clown y títeres
de memoria histórica, hasta el impulso
de la comunicación ciudadana en radio
comunitaria y edición de videos.
Los centros de desarrollo comunitario
emergen, entonces, como espacios
públicos de encuentro y de ejercicio de
derechos y libertades de los seres
humanos, con el fin de potenciar sus
capacidades, habilidades y destrezas,
como un elemento que aporta al
mejoramiento de las condiciones para el
buen vivir.
Son espacios para todos y todas:
para niños, niñas, adolescentes, jóvenes,
adultos, adultos mayores, hombres y
mujeres que hacen el día a día de los
barrios del Distrito Metropolitano de
Quito.
Los CDC están repartidos en las 8
administraciones zonales y atienden a
más de 36 mil habitantes. María
Montenegro (76 años), moradora de El
Panecillo, acude al CDC de San Diego
para recibir el curso de tejido y
bailoterapia. “Esta actividad me alegra
porque tengo a dónde ir y amigas con
quienes compartir”, comentó. (CR)
3,0%
de analfabetismo es lo que
ahora tiene Quito; en el 2001
era de 4,30%
240
sitios del “60 y piquito” hay
desde 2011. Ahí 15 mil adultos
mayores realizan actividades
885
familias han sido reubicadas
en proyectos habitacionales de
Pueblo Blanco y La Mena
34.000
personas participan en 1.138
comités de seguridad
ciudadana
10
Actualidad
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
LA ABOGADA OFRECIÓ CHARLA EN QUITO
Pedro Páez asumirá funciones
como nuevo Superintendente de
Control del Poder del Mercado
Guayaquil acogerá Caminata
Solidaria Manuela Espejo, a favor
de personas con discapacidad
Otro número 9 será incorporado,
a finales de septiembre, a las
líneas telefónicas de los celulares
Por unanimidad, el Consejo de
Participación Ciudadana y Control
Social (Cpccs) designó -la tarde del
martes- a Pedro Páez como la
nueva autoridad de la
Superintendencia de Control del Poder
del Mercado.
Páez fue el primero en la terna
remitida por el Ejecutivo y cuenta con
un PHD en Economía. Si bien esperará
a que la Asamblea lo oficialice en su
cargo, está dispuesto a enfrentar a los
oligopolios.
Como economista fue representante
plenipotenciario del presidente Rafael
Correa ante el organismo de
Arquitectura Financiera.
El próximo sábado Guayaquil será el
escenario de la vigésimo quinta
Caminata Solidaria “Manuela Espejo”,
que estará solemnizada por el
vicepresidente Lenín Moreno y
autoridades de la provincia del Guayas.
La concentración iniciará a las 15:45
en la calle Lorenzo de Garaicoa, en el
Parque del Centenario, y continuará por
la avenida 9 de Octubre hasta llegar al
Malecón. El objetivo de esta caminata es
unir a la ciudanía en pos de reivindicar
los derechos de las personas con
discapacidad.
La Misión Solidaria “Manuela Espejo”
ha atendido a 29.524 personas con
discapacidad de la provincia del Guayas.
A partir del 30 de septiembre se
adicionará un nuevo dígito (9) para los
celulares, los números de móvil pasarán
a tener a diez dígitos. La medida se
enmarca dentro del Plan Técnico
Fundamental de Numeración del
Conatel.
El proceso inicia automáticamente a
partir del domingo 30 de septiembre. El
usuario no tendrá que hacer ningún
tipo de requerimiento de cambio o
trámites a las operadoras móviles, pero
si deberá ajustar los números móviles
de su lista de contactos.
El nuevo dígito adicional será el
mismo para todos los usuarios de
telefonía móvil.
Eva Golinger
puso la alerta
por estrategia
política de Usaid
Para la investigadora, el organismo
norteamericano financia a las ONG con el
objetivo de crear tensión social en los países
CORTESÍA | PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
El Ministerio de Cultura del Ecuador expresa su sentimiento de solidaridad
ante el sensible fallecimiento de la señora Sara Charvet Morales, tía de la
titular de esta Cartera de Estado, Érika Sylva Charvet.
Profundamente consternados ante esta pérdida
expresamos a su familia, nuestro pésame.
A quien nos unimos con un abrazo de fortaleza procurando que el
consuelo anide en sus corazones.
Eva Golinger participó en Quito de la conferencia “Lo que no se conoce de las ONG”.
Redacción Actualidad
[email protected]
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES
PE-CNE-004-2012
SECCIÓN I
CONVOCATORIA
De acuerdo con los Pliegos de PROCEDIMIENTO ESPECIAL para el arrendamiento de bienes inmuebles, aprobados por el Dr. Marcelo Reinoso
Navarro, Coordinador General Administrativo Financiero delegado de la máxima autoridad del CNE, mediante Resolución No. 025-CGAF-CNE-2012
y, de conformidad al procedimiento establecido en el artículo 64 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública, y la Resolución INCOP No. 013-09, el Consejo Nacional Electoral convoca a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, o
asociaciones de éstas, o compromisos de asociación o consorcio, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para el “ARRENDAMIENTO DE INSTALACIONES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE UNIDADES DEPENDIENTES DEL CNE.”.
El presupuesto referencial de la contratación es de USD. $ 43.200.00 (CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DÓLARES DE
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
El plazo de la contratación es de 12 meses a partir de la suscripción del contrato.
Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:
1.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal www.compraspublicas.gob.ec.
2.- Los interesados podrán realizar preguntas y recibir respuestas y aclaraciones de CNE, respecto al contenido de los pliegos, a través del portal www.compraspublicas.gob.ec, que deberán ser obligatoriamente
respondidas por CNE a través del portal, en el término máximo de 48 horas, contado a partir de la fecha de
publicación.
3.- Una vez respondidas las preguntas formuladas, o de no habérselas formulado, los oferentes interesados,
enviarán su oferta de manera física, en el domicilio del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, en la Secretaría
*HQHUDOSULPHUSLVRGHO(GL¿FLR&1(PDWUL]XELFDGRHQODVFDOOHV*HQHUDO5RFD1\%RVPHGLDQR
hasta la fecha y hora establecida en el cronograma.
4.- La evaluación de las ofertas técnica y económica se realizará estableciendo si las mismas cumplen las
HVSHFL¿FDFLRQHVWpFQLFDVGHORVSOLHJRV\VHDGHFXDQRPHMRUDQHOSUHVXSXHVWRUHIHUHQFLDOSURSXHVWR
5.- Los pagos del contrato se realizarán con fondos propios provenientes del Presupuesto del CNE, con cargo
a la partida presupuestaria número 21-00-000-009-530502-0000-001-0000-0000 denominada “EDIFICIOS
/2&$/(6<5(6,'(1&,$6´FRQIRUPHDOD&HUWL¿FDFLyQ3UHVXSXHVWDULD1RGH'(-8/,2'(
El canon de arrendamiento se cancelará trimestralmente por adelantado, con la presentación de la respectiva
factura, a satisfacción de la entidad contratante.
El CNE será responsable de los gastos relacionados a los servicios básicos, a partir de la ocupación del bien
inmueble.
6.- El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones
del INCOP y los presentes pliegos.
Quito, DM 02 DE AGOSTO DE 2012.
Marcelo Reinoso Navarro
Delegado del Presidente
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En una charla ofrecida el martes en
Quito, la abogada, investigadora y
periodista Eva Golinger expuso su
tesis de que las Organizaciones No
Gubernamentales (ONG) financiadas por Estados Unidos están inmersas y forman parte activa de
golpes de Estado, inestabilidad de la
región y atentados contra países
considerados “peligrosos”.
Golinger dijo que EE.UU., a través
de una estrategia militar, diplomática y económica, trata de evitar que
los países de la región se unan y se
conviertan en potencias. El objetivo
sería controlar los recursos estratégicos como agua y petróleo y que
estos no caigan en rivales como China e Irán.
Para lograrlo, aseguró Golinger,
EE.UU. promueve la inestabilidad
política con estrategias de “contra
insurgencia”. En eso participan el
Pentágono, Departamento de Estado
y Agencia de los Estados Unidos para
el Desarrollo Internacional (Usaid,
por sus siglas en inglés).
La segunda institución ingresa a
los Estados, según Golinger, por la
parte diplomática; si eso falla intervienen el Pentágono y Usaid, la
misma que “juega un papel fundamental en las estrategias de agresión de los Estados Unidos, de una
manera abierta para promover su
propia agenda”.
Golinger añadió que la agencia,
que al momento tiene actividades en
Ecuador, posee convenios con el Gobierno de 37 millones de dólares. Lo
mismo ocurre en otros países como
Venezuela y Bolivia, donde tienen
proyectos direccionados a promover
el desarrollo, afianzar la democracia
y expandir el libre mercado.
“La Usaid empezó a operar en
1961, tiene una doble cara: por un
lado se presenta con esa fachada de
ser una agencia dedicada a la asistencia humanitaria, y por su lado
más oculto está contribuyendo a
proyectos políticos para promover la
agenda de Washington. Ha sido utilizada por agencias como la CIA,
como cobertura para sus acciones de
inteligencia”, recalcó.
Los Estados gobernados por presidentes de izquierda son el blanco
de ataques que comienzan con el uso
de grupos como jóvenes, mujeres,
organizaciones políticas y gobiernos
locales, al punto de crear confrontación desde las bases con sus gobernantes.
La experta estadounidense-venezolana añadió que otra de las tácticas de las ONG es crear una agenda
a favor de los intereses norteamericanos.
Para ello usan a los medios de
comunicación que explotan supuestos problemas sociales con la finalidad de lograr una percepción de
una sociedad violenta y pobre. Así
obtienen la promoción de una agenda política y económica, utilizando y
cubriéndose detrás de los derechos
de la libertad de expresión. “No son
coincidencia los golpes de Estado de
Honduras, Venezuela, Paraguay y los
intentos en Ecuador y Bolivia”, aclaró la investigadora.
Sobre los nexos que tendría WikiLeaks con una ONG vinculada con
la CIA de Estados Unidos, dijo que
debe aplicarse el “derecho a la duda”. Aclaró que puede ser que los
miembros de WikiLeaks no conocían
del nexo; sin embargo, lo importante
ahora es la filtración de los documentos que reflejaban el juego de
la diplomacia estadounidense.
Por eso destacó que el principal de
la organización, Julian Assange, es
actualmente un perseguido político
de Estados Unidos, por lo que merece el asilo político en cualquier
país, aseveró Golinger.
La investigadora, que ha publicado varios libros sobre el rol de
Estados Unidos en la región, dijo que
ha sido objeto de amenazas por sus
publicaciones.
Este radio es compatible con iPodTM. iPodTM es una marca registrada de Apple Inc., dentro de los E.U.A. y otros países.
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GUAYAQUIL: ANGLO AUTOMOTRIZ • AUTOLASA • AUTOMOTORES CONTINENTAL • E. MAULME
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QUEVEDO: AUTOLASA MANTA: METROCAR PORTOVIEJO: ANGLO AUTOMOTRIZ • METROCAR CUENCA:
METROCAR • MIRASOL MACHALA: E. MAULME LOJA: MIRASOL AZOGUES: MIRASOL
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
11
12
Opinión
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
Editorial
Carlos Rabascall Salazar
[email protected]
El Mercosur afirma Julian, entre documentos
el sueño postergado secretos y condones rotos (V)
de Simón Bolívar
T
ras superar la resistencia de los
partidos de derecha que en el
Congreso paraguayo frenaron la
incorporación de Venezuela al
Mercosur, este martes se puso un
grano más en la integración latinoamericana,
como la soñó el Libertador.
Y no se trata de cualquier miembro más ni
tampoco un acto simbólico en sí. Por lo que
aporta Venezuela con sus recursos, como ya se ha
dicho antes, constituye el fortalecimiento de la
quinta mejor economía del planeta.
Eso, en la práctica, guste o no guste a quienes
sostienen como paradigma el “sueño americano”,
es un hecho histórico indiscutible. A partir de
esto se aceleran otros procesos y se encaminan
nuevas oportunidades para la región. No solo es
la suma de países y sus potencialidades, también
constituye un referente para cualquier tipo de
Con sus recursos y conocimientos,
¿cuándo Ecuador formará parte
de ese gran acuerdo y de ese
gran mercado regional?
negociación, proyectos comunes, acuerdos
regionales y procesos de reordenamiento
hegemónico en todo el continente. Eso lo saben
quienes, en su momento, aplaudieron la
integración europea y dijeron que lo más loable
para el desarrollo de los países era suscribir
tratados de libre comercio.
La diferencia, esa gran diferencia, la que
subrayaron los mandatarios de Uruguay, Brasil,
Venezuela y Argentina, es que esta integración es
para sacar de la pobreza a amplias capas de la
sociedad, para incluirlas en la producción y para
potenciar a las pequeñas y grandes empresas sin
tener que poner sus negocios en las “grandes
metrópolis” mundiales.
Con todo y eso queda algo pendiente: ¿Cuánto
falta para que nuestro país ingrese y fortalezca,
con sus recursos y riquezas, conocimientos y
sabidurías, ese proceso integracionista?
Al parecer, el sueño de Bolívar está cada día
más cerca de hacerse realidad. Eso, por sí solo, ya
es una buena noticia.
Lectores 29.089
Envíe su mensaje a través de twitter a
http://twitter.com/el_telegrafo
Colegios trabajarán en quimestres y no en
trimestres// #Ecuador http://is.gd/XK6U03 vía
@el_telegrafo// Exigentes los nuevos puntajes.
@catimier
Cati Mier
El proyecto “Bici-Q” empezó a rodar con cerca de
mil inscritos// http://tinyurl.com/catpopk vía
@el_telegrafo
@noseamalito
Roberto Villalba
@el_telegrafo: “En Ecuador se respetan los
derechos humanos”, comenta Christine Assange.
@XioLay
Xiomara Cristina Lay
ulian puso en evidencia ante el
mundo entero la doble moral que
había cuando se trataba la libertad de
expresión, la existencia de ciertas prácticas
inadecuadas como inmorales que, a
pretexto de seguridad mundial, ejercen
algunos gobiernos, así como la corrupción
de grandes corporaciones, gobernantes y
políticos.
La conciencia mundial estaba siendo cuestionada por aquellos ciudadanos del mundo que veían cómo sectores de la sociedad
preferían callar ante evidencias contundentes que los cables habían visibilizado.
El caso de Julian estaba coexistiendo con
un gran debate mundial sobre libertad de
expresión. Muchos medios y grupos políticos cuestionaban todo intento de legislar sobre ella y para los ciudadanos era
frustrante ver cómo ambos defendían sus
intereses, pero eran incapaces de hacer una
autocrítica pública.
Los argumentos de ciertos grupos eran que
una legislación sobre comunicación podría
traer consigo autocensura y censura previa
de los medios, para evitar opiniones que
podrían provocar demandas. Pero lo curioso es que estos mismos grupos callaban
ante los crudos contenidos de los cables
mostrados por Julian, tan solo por temor a
perder una visa o por perder mercado.
De pronto, la comunidad latinoamericana
despertó frente a otro hecho que traen los
J
medios de comunicación, el mismo que
permite observar la doble moral con que se
mueven el poder y las sociedades.
Una viceministra en Costa Rica fue expuesta por los medios sin reparo alguno, al
subir a sus ediciones digitales de Internet y
publicar en los diarios y en la televisión
fotografías y un video íntimo que, por su
contenido, era privado y personal. Esto hizo reflexionar a muchos sectores de la sociedad que comenzaron a preguntarse si
ellos podían ver un video que, por su naturaleza, era íntimo, privado y personal de
la funcionaria, máxime cuando había sido
sustraído ilegalmente de su computador
personal.
Si esto es así, ¿por qué los medios exponen
a un ser humano y a su familia a un juzgamiento público, a un linchamiento moral, afectando el honor, dignidad, estabilidad y paz de toda una familia? ¿Es que
los medios tienen derecho a hacerlo, so
pretexto de la libertad de expresión? ¿Por
qué hay sectores de la sociedad, incluidos
los mismos medios, capaces de arrastrar a
Julian por habernos mostrado prácticas
crueles, inmorales y corruptas, y no son
capaces de criticar masivamente a quienes
hoy lapidan a esta mujer y a su familia?
La respuesta y la conclusión es una sola:
Hipocresía y doble moral que mueven los
hilos del poder y los intereses económicos.
Continuará.
Fabrizio Reyes De Luca
[email protected]
E
segundo trimestre de este año.
Esto es porque no hay voluntad política de
poner fin al esquema consumista, y se cree
que el problema de la deuda se resuelve con la
generación de más deuda. Es decir, entregar
dinero a los bancos que crearon dinero en
forma irresponsable y que no solo han manipulado las tasas de interés, sino que también se han prestado para el lavado de dinero,
el tráfico de drogas y las impías operaciones
de fuga de capitales hacia los paraísos fiscales. Este sistema creó la deuda y arrastró a
Europa a donde está ahora, y esta deuda se
revierte como un bumerán, arrastrando al sistema a su propia destrucción, demostrando
que todo no es más que una larga cadena de
fraudes y abusos que nadie ha sido capaz de
detener.
Dudo que España pueda recibir un rescate al
estilo griego, puesto que la Unión Europea, ni
con toda su inversión de fondos posibles,
puede seguir creando dinero de la nada. Y
aunque haya un salvavidas para España, luego
vendrá Italia y la presión general seguirá siendo abrumadora. Además, si salvar a Grecia ha
tomado 3 años, lo de España e Italia no resistirá 1 año. Tal vez mucho menos, si entra a
la escena Francia en los próximos 2 meses,
porque este país tiene una deuda pública mayor a la de España y muy similar a la de
Alemania. En fin, todo este panorama sombrío
no hará más que precipitar en corto tiempo el
colapso real y definitivo del sistema financiero público y privado de todos los países de
la Eurozona.
Director: Orlando Pérez. Editores Jefes: Néstor Espinosa / Fabián Mosquera. Editora Regional Quito: Geovanna Meléndres. Coordinador Regional Sur: Rodrigo Matute
Gerente General: Ing. Jaime Velásquez Egüez. Gerente de Ventas: Gabriela Egas. Gerente de Circulación y Mercadeo: Vicente Orellana
T
M
[email protected]
Chávez
redivivo
ugo Chávez está nuevamente en
campaña electoral y recorre las
ciudades y campos de Venezuela
en olor de multitud. Las encuestas lo
muestran encabezando la intención de
voto con más del 58 por ciento, lo que le
da una cómoda ventaja de 26 puntos
sobre su rival, el derechista Henrique
Capriles.
Es que Chávez es un demócrata a carta
cabal, por más que su estilo de democracia directa no les guste a las burguesías
latinoamericanas, acostumbradas a la
tristemente célebre “democracia representativa”, en la que es común que los
elegidos se olviden de sus electores y opten por representar a grupos de poder.
Él ha ganado 11 elecciones seguidas y ha
impulsado un notable plan de reformas
políticas y sociales en Venezuela, país que
antes solo era conocido por el derroche
petrolerista y la rapacidad de sus clases
dominantes. Con ello ha dirigido la emergencia de una nueva democracia, en la que
el pueblo ha asumido un papel protagónico y ha puesto fin al viciado sistema
político anterior, en el que dos partidos de
similar factura se turnaban en el poder, en
el saqueo del país y en la represión sangrienta de toda protesta popular.
Chávez y su Revolución Bolivariana han
tenido también la virtud de estremecer la
conciencia de los pueblos de América Latina y el Caribe, de un modo parecido al
de la Revolución Cubana en los años sesenta. Al calor de ese influjo, otros pro-
H
Para Ecuador y su
Revolución Ciudadana,
Hugo Chávez ha sido
uno de sus amigos
más consecuentes
Demasiado grandes
para caer
l presidente del Banco Central
Europeo, Mario Draghi, dijo que hará
todo lo que sea necesario para salvar
al euro. Luego de estos comentarios, los
rendimientos de los bonos españoles e
italianos cayeron más de 40 puntos básicos,
aliviando las presiones que afectan a toda la
zona euro. Aunque el costo de la deuda
soberana de España ha tenido una tregua,
igual se mantiene sobre el 7%. Esta es una
cifra de usura e indica que 7 centavos de cada
euro generado irán a pagar los intereses. Estos
son los costos reales del colapso económico.
El problema es que el país ibérico no está solo
en este gran dilema del euro, dado que Italia
tiene problemas similares. Y ambos países son
demasiado grandes para pensar en un rescate
conjunto. Puesto que si son grandes para salvarlos, son también enormes para dejarlos
caer. Entonces, el dilema de la moneda única
comienza a vivir las horas cruciales de su
existencia. El costo de la deuda soberana de
ambas naciones ha escalado a máximos de
una década, para que sus economías se desplomen como un castillo de naipes.
Todo indica que los costos de la crisis serán
gigantescos y que esos costos han empezado a
pagarse por parte de españoles e italianos,
pero seguirán creciendo a medida que se posterga el momento de la verdad. No es de
extrañarse que la economía española esté sometida a tal presión y que el desempleo esté
en niveles escandalosamente altos, pasando
de 24,44% a 24,63% y a 36% para los extranjeros residentes en ese país, durante el
Jorge Núñez Sánchez
D D
cesos políticos similares han surgido o se
han fortalecido en nuestra América.
Para Ecuador y su Revolución Ciudadana,
Hugo Chávez ha sido uno de sus amigos
más consecuentes. Tras la agresión de Angostura, defendió nuestra soberanía con
una movilización de las Fuerzas Armadas
venezolanas. Y también ha respaldado
ambiciosos proyectos de desarrollo de
nuestro país, como la Refinería del Pacífico, que se ubicará en El Aromo, Manabí.
Precisamente por eso, la enfermedad del
líder venezolano entristeció a los pueblos
de nuestro continente, que entendían que
su presencia y acción eran indispensables
para un avance conjunto hacia la segunda
independencia. Y, por la misma razón, su
plena recuperación es un motivo de alegría, porque marca la continuidad del proceso venezolano hacia el socialismo y fortalece el avance de nuestra América hacia
su integración.
Una prueba de ello son los recientes cambios en el Mercosur, donde el “golpe institucional” del Congreso contra Lugo determinó, en seguidilla, la exclusión temporaria de Paraguay por sus socios y la
culminación del ingreso de Venezuela,
hasta entonces obstruido por el senado
paraguayo.
Chávez, redivivo, sigue ganando batallas
por la unidad y liberación de América
Latina. Y cobra un tinte profético su afirmación de hace algunos meses: “¡Viviremos y venceremos!”.
Guayaquil: Avenida Carlos Julio Arosemena Km. 1.5, Guayaquil. PBX: 2595700.
Quito: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. PBX 022522331.
Opinión
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
Antonio Quezada Pavón
13
Cartas al Director
[email protected]
Una mala atención en la Plaza Foch
“Para atrapar al ladrón”
ue el título de una célebre película
del director cinematográfico de
suspenso Alfred Hitchcock en 1955.
Y es famosa no solamente por haber
ganado un Oscar y dos nominaciones, sino
porque su actriz, Grace Kelly, conoció
durante su rodaje en la Costa Azul
mediterránea al príncipe Rainiero de
Mónaco, su futuro esposo. Y el inigualable
y carismático actor Cary Grant encarnaba
al ladrón de guante blanco retirado, John
Robie, que vivía en la Riviera. Luego de
una serie de robos con el sello de Robie, la
Policía obviamente sospecha de él.
Encontré mi nombre respaldando a un movimiento político, cuando ingresé en la página que el CNE ha puesto a disposición de
los ciudadanos, lo cual nunca lo autoricé ni
firmé respaldo alguno. Mi hallazgo es ahora algo masivo y ha levantado una gran
protesta e indignación en miles de ecuatorianos. ¿De qué estamos hablando realmente? ¿Es acaso la usurpación arbitraria
de la identidad para ilegalmente adherirse
(esa es la palabra que usan en mi caso) a
algo tan importante como es la afiliación
política? Bueno, ya la prensa habla de falsificación de firmas, lo cual es penado con
F
nueve años de reclusión. Pero es un desmán que afectará un proceso electoral que
necesariamente debe ser imparcial y democrático. ¡Son elecciones presidenciales,
la columna vertebral de la República!
El titular de un diario guayaquileño dice:
“…el Gobierno exige investigación, los partidos niegan haber cometido dolo y el Consejo Nacional Electoral anuncia auditoría”.
El Gobierno y el CNE están conscientes de
que se ha cometido un crimen y que trampear -en la forma que sea- es moralmente
incorrecto. Pero algunos partidos políticos
no reconocen el dolo. Sin embargo, los
ciudadanos, igual que con nuestro simpático ratero Robie, sospechamos de los
que evidentemente se han beneficiado con
esta fechoría y queremos que se atrape al
ladrón.
Es posible que las investigaciones culminen señalando a los que cometieron esta
transgresión, pero siempre la cruda realidad es que atrapar a los culpables no es
lo mismo que castigarlos por su falta. Estos delincuentes son de guante blanco y a
pesar de no ser tan agradables como Robie,
tengo el presentimiento de que no serán
sancionados. Y no solamente ellos, sino
aquellos que se han beneficiado con estas
falsificaciones y que son cómplices y encubridores. Sí señores, me refiero a empresas de mercadeo y a los partidos y
movimientos políticos inmersos en estas
mentiras culposas. Si no son castigados,
vamos a pensar que pueden trampear hasta un nivel en el que la conveniencia electoral les permita mantener una imagen de
razonable honestidad, a pesar de ser farsantes.
El escritor y poeta irlandés Oscar Wilde
escribió: “Moralidad, como el arte, significa dibujar una línea en alguna parte”.
La pregunta es: ¿dónde dibujar esa línea?
Es verdad, todos hacemos concesiones con
los flexibles límites de la ética. Más aún,
tratamos de identificar continuamente la
línea dónde podemos beneficiarnos de la
deshonestidad sin dañar nuestra propia
imagen. Pero el modelo deontológico nos
muestra que hay principios y valores que
no son negociables. Y fervorosamente creo
que la pulcritud de las elecciones es algo
que no es negociable para los ecuatorianos
y para la patria. Ya denuncié mi caso a la
Fiscalía y en el CNE. Espero que la ley se
aplique con justicia.
El martes 31 de julio de 2012, con mi esposa y un amigo fuimos a
comer a la Plaza Foch y entramos a uno de los tantos restaurantes.
Solicitamos la carta y cada quien pidió lo que gustaba, en mi caso
solicité un sándwich de pollo. Cuando comí un poco del pollo me
percaté de que estaba relleno de tocino, pensé que me había
equivocado al hacer la orden y volví a pedir la carta y efectivamente decía sándwich de pollo. Llamé a la persona que nos
atendió y le referí lo que ocurría, me dijo: “Ud. tenía que haber
preguntado cómo es el sándwich”. Le respondí: “Sándwich de
pollo es muy claro; la carta del restaurante debería especificar que
lo que ofrecen es un sándwich de pollo relleno con tocino, entonces yo no lo habría pedido, pues por prescripción médica no
puedo comer tocino”. Me desagradó la actitud y la respuesta de
esta persona, por lo que me acerqué al administrador y le comenté
lo sucedido y ni siquiera ofreció sus disculpas. Permanecí en el
lugar debido a que estaba con muy apreciados acompañantes y no
quería transmitir mi molestia a ellos. Las autoridades deberían
controlar los establecimientos para dar una atención adecuada en
la Plaza Foch, que es un ícono del turismo urbano en Quito.
Enrique Cobo Bustamante
C.C. 171071791-7
Liquidación de haberes
Está en vigencia una modalidad relativamente nueva para la entrega de
las liquidaciones a los que los trabajadores tienen derecho cuando han
sido desafectados de una empresa o institución que se rija, en sus
relaciones laborales, por el Código del Trabajo.
La más obvia actividad que bajo este nuevo esquema se realiza es la
comparecencia en unidad de acto, el trabajador desafectado por una
parte y el representante de la empresa respectiva por otra, en el Ministerio de Relaciones Laborales para efectivizar el cobro y pago de la
correspondiente liquidación. Al parecer se trata de garantizar la legalidad
y legitimidad de los valores que constan en la liquidación presentada, lo
cual es encomiable, sin embargo me he convencido de que la receta es
peor que la enfermedad.
Sobre esa base, cuestiono: ¿El Ministerio ha considerado a los trabajadores que requieren permisos, no una, sino hasta varias veces, para
poder cobrar su liquidación? ¿Ha considerado el tiempo que los representantes de las empresas pierden al acudir a las citas, muchas veces
abortadas? ¿Ha considerado las molestias de los trabajadores que han
cambiado el lugar geográfico de trabajo? ¿Lo molestoso que es acudir a
un lugar atestado de gente a esperar por un derecho personal que debía
ser efectivizado varias semanas atrás? Al pasar por la casi traumática
experiencia de vivir lo comentado, me pregunto si de los principios del
buen vivir están enterados los señores de Ministerio correspondiente y si
los motivos que llevaron a imponer el trámite descrito son tan valederos
como para someter a los trabajadores a un trance a todas luces innecesario y unilateral.
Me permito recomendar, sugerir e implorar que cambie la modalidad
descrita, aunque estoy seguro de que burócratas que ejercen poder a
través de estos procedimientos poco focalizados, se opondrán con el
argumento de preservar derechos de los trabajadores. Creo que la capacitación en los derechos que se derivan del marco legal y la apertura de
las autoridades a quienes deseen presentar quejas es suficiente, pues
estoy seguro de que la inmensa mayoría de liquidaciones es elaborada con
apego a la legalidad y, por lo tanto, no requiere molestosas intervenciones
gubernamentales. Demos paso a la tan ansiada meta: el Buen Vivir.
Kléver Medina Alvarado
C.C. 1702935360
Juan Cárdenas Espinoza
Columnista invitado
Las armonías del “care niño”
ún recordamos la forzada
campaña de los hijos de DP
para el Congreso, la Alcaldía
de Quito y la Presidencia de la
República, con una verborrea, digo
con un discurso acartonado, como
quien dice verdades inmutables,
todos vestidos con la misma parada,
el mismo peinado, con gestos y
alzadas de mano idénticas en la
televisión y en la tarima. Jamil les
resultó un alumno aprovechado para
la demagogia, casi un tonto solemne
anunciando sus armonías para
argumentar sus propuestas
reaccionarias y neoliberales.
Armonía con Fernando Azpiazu y
más atracadores del fraude bancario;
armonía con el FMI y sus tenebrosas
cartas de intención; armonía con la
oligarquía que a través del partido
social y mal cristiano apoyó esa candidatura en las elecciones que virtualmente perdieron frente al “pingüino”, que luego revirtieron en el
Tribunal Supremo Electoral controlado por los capos de la partidocracia corrupta. Armonía con el imperio entregándole el sagrado terri-
A
torio de Manta para que instale una
base militar que reprima los asomos
de dignidad y soberanía en nuestros
pueblos, disfrazando su intervencionismo de una supuesta lucha contra
el narcotráfico desde la capital mundial del consumo de drogas. Armonía
con los expansionistas aupados por
los países garantes para reducirnos a
la mínima expresión territorial. En
fin, armonía con los enemigos del
pueblo y la nación, tanto que provocaron su justa indignación, que le
botó del poder como a cualquier
traidor.
Ese es el origen político del “care
niño” que ejerció de Gobernador y
súper ministro del régimen democratacristiano y, por lo tanto, partícipe en la toma de decisiones para
el feriado y atraco bancario, como
experto banquero, a tal punto que
ahora muestra con timbre de orgullo
su obra culminante, el “banco del
barrio” como su mejor realización
para apalancar su mensaje de eficiencia con el cuento de que el bienestar no tiene ideología. Si fuera
así, ¿por qué no buscó el bienestar
de las mayorías cuando integró el
más nefasto gobierno de los hijos
DP? Que salga al exterior a hacer
campaña entre los dos millones de
migrantes expulsados de su propia
patria por el espantoso atraco bancario para ver cómo le va.
La cantaleta del “banco del barrio”
no es más que un golpe publicitario
para aumentar las utilidades de su
banco, transfiriendo todo el riesgo a
los ingenuos dueños de tiendas. Dice
que Ecuador tiene catorce millones
de emprendedores, pero esconde que
las élites acaparadoras de los poderes fácticos, enemigas de la equidad y de la solidaridad, aún retienen
más del 90% de la riqueza nacional.
El entusiasta precandidato intenta
camuflar su naturaleza capitalista,
que prevalece precisamente por la
negación de los derechos de las mayorías. De allí surge la injusta acumulación de plusvalía y más privilegios. Es el perfil del “care niño”,
tratando de sorprender al pueblo con
la única armonía de su irresistible
apetito por el poder para seguir haciendo buenos negocios.
Las cartas al Director tendrán una extensión máxima de 1.200
caracteres, en caso de exceder ese límite, nuestro diario se reserva
el derecho de editarlas.
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Participación de Rosa Tenorio en los Juegos
Olímpicos---> Señora Tenorio, muchos queremos
que gane una medalla olímpica.
Horacio Peralta-Marinkovic
Participación de Ítalo Perea en los Juegos
Olímpicos---> Ojalá logre el triunfo nuestro
crédito ecuatoriano, pero de lo que sí estamos
seguros es de que dejará hasta la última gota de
sudor para lograrlo.
José Miguel León Freire
¡Vamos Ecuador!
Mafer López
Fuerza Ecuador... ¡Sí se puede!
Holguín Alcívar Ángel
14
Judicial
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
FISCALÍA PEDIRÁ PENA MÁXIMA
Cae supuesto coyotero que
sacó del país a Freddy Lala
Ayer fue capturado José Arcecio Vázquez Marín, de 58 años, en la provincia de El Oro, considerado por la
Fiscalía de Cañar como uno de los
coyoteros más conocidos del país. El
capturado estaría involucrado en el
traslado ilegal de ecuatorianos que
fueron asesinadas en Tamaulipas,
México. El único sobreviviente de la
masacre, Freddy Lala Pomavilla, acusó al ahora detenido y gracias al
programa de Protección de Víctimas
y Testigos se pudo ejecutar la investigación con normalidad, manifestó el fiscal Romeo Gárate.
El individuo se encuentra en el
Centro de Rehabilitación de Azogues
hasta que sea transferido a una cárcel
de máxima seguridad. “No queremos
que el trabajo de tanto tiempo se vea
empañado por una fuga”, indicó.
La Fiscalía en el juicio de sentencia
pedirá la pena máxima de 12 años,
informó Garate.
Dijo que es uno de los coyoteros
más peligrosos que durante años ha
enviado gente al exterior sin que la
ley lo haya detenido.
“Lamentablemente no existen más
de dos denuncias en contra del ahora
detenido, por el temor que infunde en
sus víctimas”, indicó Garate.
Agregó que fue apresado gracias a
que Vázquez Marín había sido incluido en la lista de los “más buscados” de la localidad.
MUJER ATRIBUYE HECHO A TRES DESCONOCIDOS
Joven madre denuncia robo
de su bebé en Guayaquil
Una bebé de apenas 27 días de nacida
fue arrebatada con engaños de los
brazos de su madre. Ashley Geanella
es la niña plagiada que nació en la
maternidad Enrique Sotomayor y
permaneció durante 25 días dentro
de una incubadora. Dos días después
de que le dieran el alta, su progenitora regresó a la casa de salud
para hacerle unos exámenes y cerciorarse de que todo estaba bien.
Mientras la joven madre esperaba
el turno junto a su mamá, Patricia
Salas, se acercaron tres personas que
llevaban una bebé en un coche azul y
empezaron a conversar. “La que nos
habló fue una mujer blanca, gorda,
con el cabello teñido de color rojo, de
unos 26 años. Llevaba una pañalera y
estaba con una morena, de unos 35
años, lacia, no tan alta y un chico,
moreno, cabello crespo”, recordó la
abuela de la recién nacida. Cuando
llegaron a un restaurante, quienes
acompañaban a la mujer de cabello
rojizo se llevaron a la niña “con el
cuento de que le iban a comprar un
vestido”. “Traté de seguir el carro en
el que se iban, pero no los alcancé”,
dijo la madre.
CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA HA GENERADO 15 MIL PUESTOS DE TRABAJO
137 judiciales saldrán
a través de jubilación
Luego de doce meses de labores, los miembros del Consejo de la
Judicatura explicaron que el proyecto de cambio en la justicia está
ejecutado en un 56%. Hay 126 obras avanzadas, entre otros logros
Redacción Judicial
[email protected]
Los miembros del Consejo de la
Judicatura de Transición (CJT) realizaron ayer su rendición de cuentas,
en la cual se resaltó que de los 324
millones de dólares, se han ejecutado 203. El monto está dividido en
infraestructura civil (142 millones),
tecnología (36), talento humano (3),
modelo de gestión (2), comunicación (4), entre otros.
Se destinaron más de 800 mil
metros cuadrados para la construcción de unidades judiciales, lo que
abrió 15 mil puestos de trabajo.
Paulo Rodríguez, presidente del
CJT, manifestó que al inicio de la
gestión (julio de 2011) se plantearon
25 proyecto, de los cuales en ejecución está un 58%, finalizado un
13% y por iniciar un 28%.
El vocal Fernando Yávar resaltó la
depuración que se dio en el sistema
de administración de justicia y agregó que los actos de corrupción e
incumplimiento se han sancionado
como correspondía.
Dijo que han resuelto 1.540 expedientes disciplinarios con respecto a las labores de los funcionarios.
Se trata de denuncias por irregularidades, de las cuales 1.014 expedientes han sido resueltos. Además se han establecido 367 ejecuciones, 287 sanciones, 167 multas
y 45 reconsideraciones.
Con respecto a la evaluación de
los 5.456 servidores judiciales,
1.288 obtuvieron una calificación
negativa. Dentro de los que fueron
desenrolados constan 137 personas
que superaban los 70 años de edad.
La vocal Tania Arias manifestó
que en los 12 meses de funciones se
han despachado 3 millones de causas, es decir 250 mil por mes.
En lo penal se resolvieron 250 mil
causas represadas en cuatro provincias del Ecuador.
Dentro de sus competencias,
Arias señaló que se han implementado 87 unidades judiciales para familia, niñez y adolescencia, en las
que trabajan 265 jueces.
El 50% de las causas represadas
en la administración de justicia a
nivel nacional pertenecía a esta área.
Un estudio determinó que el 60% de
mujeres en Ecuador sufre de episodios de violencia doméstica, por lo
que entre las tareas por implementar
están 81 judicaturas de violencia,
que reemplazarán a las comisarías
de la mujer y se ubicarán en 32
cantones.
En la Defensoría Pública, dijo, hay
300 abogados destinados a varias
causas y que, además, se encargan de
defender a las personas de bajos
recursos económicos.
Fuerzas especiales del Ejército
custodian las calles de Manabí
para combatir ola delictiva
Fiscalía pide declarar nulo el
sobreseimiento resuelto en el
caso de un militar fallecido
La CIDH admite demanda por
supuesta negligencia médica
en la que murió niño Rodríguez
Desde el pasado 26 de julio, cerca de
600 elementos del Ejército ecuatoriano
patrullan las calles de diferentes
poblaciones de Manabí, como Manta,
Portoviejo, Montecristi y Jaramijó, con el
objetivo de reforzar las tareas de
seguridad e inteligencia tras los últimos
hechos de sangre que han
conmocionado a esta región del país.
Los operativos están a cargo de
grupos de élite del Ejército que cumplen
la disposición gubernamental de
resguardar a la ciudadanía en apoyo a
la Policía, informó Milton Fajardo, oficial
que está al frente de los operativos de
control. Agregó que todo está
coordinado para cumplir el objetivo
principal que es desarmar a los
delincuentes y además exhortó a la
ciudadanía para que presente las
denuncias, ya que sin sustento legal los
antisociales no pueden ser encarcelados.
Durante una audiencia pública realizada
en la Corte Constitucional, el fiscal
General del Estado, Galo Chiriboga,
solicitó anular el sobreseimiento
definitivo que se dictó en el proceso
penal por la muerte del teniente
Christian Javier Jácome Caicedo.
La Fiscalía consideró que la
resolución de Miguel Guambo, juez
Segundo de Garantías Penales de
Chimborazo, de julio de 2011, en la que
da sobreseimiento al proceso, carece de
argumentación. De esta forma, el
procesado Oscar Omar Soria Pichucho,
quedaría absuelto de responsabilidades.
El teniente Javier Jácome falleció, el
8 de septiembre del 2009, cuando
desarrollaba un curso de guerra de
montaña en el Chimborazo. La Corte
emitirá su resolución el martes 7 de
agosto. De ser aceptada, la Fiscalía
reiniciará las investigaciones.
Patricia Cárdenas, quien preside la
Fundación Niño Carlitos Rodríguez
Cárdenas (Funcarly), dio a conocer ayer
que la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) declaró
admisible la demanda por el presunto
caso de negligencia médica cometida
en contra de su hijo Carlitos Rodríguez
Cárdenas. Señaló que “a pesar de haber
un dictamen acusatorio y un informe
del médico forense lamentablemente el
caso de mi hijo quedó en la
impunidad”. La admisibilidad significa
que se ha aceptado el trámite del caso y
que se ha hecho una investigación
previa en la cual se presume una mala
práctica que no ha sido sancionada. “El
señor Santiago Canton, secretario
ejecutivo de la CIDH, nos da tres meses
para tener un acercamiento con la
Procuraduría para poder conversar y
llegar a un acuerdo”.
Mundo
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
15
ANALISTAS TEMEN QUE LA SITUACIÓN SE REPITA EN ESPAÑA
Argentina saldrá del “corralito”
tras el pago de la última cuota
Está previsto que mañana el gobierno efectivice el pago de $ 2.198 millones en capital
más otros 9 millones en intereses, para cancelar el bono más emblemático de la última
década, tras la corrida bancaria que generó una grave crisis financiera en 2001
AFP
Agencia AFP
Buenos Aires
Argentina anunció que mañana saldrá del corralito bancario con el pago
de un bono de 2.207 millones de
dólares, once años después de que el
gobierno confiscó 70.000 millones
de dólares durante la peor caída
económica de su historia en 2001,
mientras que en España por la crisis
que enfrenta despierta temores de
que se establezca un cerco bancario
similar.
Ese fantasma en España lo agitó la
presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, del gobernante Partido Popular, que defendió
la drástica reducción del gasto público en su país a riesgo, dijo, de
“convertirnos en Argentina, con corralito y con inflación del 20% o el
40%”. “No quisiera ser España hoy.
Está cometiendo el mismo error que
cometieron los que hicieron el corralito. Las políticas recesivas que
España está utilizando no la van a
conducir a ningún lado, de la misma
manera que no la han conducido a
ningún lado a Grecia hasta hoy”,
expresó el ex ministro de Economía
Roberto Lavagna, artífice de la salida
de la crisis argentina.
El 3 de diciembre de 2001, casi
70.000 millones de dólares en depósitos de ahorristas quedaron inmovilizados en los bancos por la
La presidenta Cristina Fernández encabezará el acto del pago del bono, en Buenos Aires.
drástica medida que tomaron el entonces presidente Fernando De la
Rúa y su ministro de Economía,
Domingo Cavallo, tras una corrida
bancaria por extracciones de fondos
de los bancos de unos 22.000 millones de dólares en menos de tres
meses.
La Argentina de hace una década y
España actual se asemejan en la
aguda recesión, el elevado desempleo, la fuga de capitales, las restricciones de política monetaria, la
desconfianza en el sistema financiero y los planes de ajuste como
respuesta a la crisis, según algunos
analistas.
En España, se ha acelerado la
salida de capitales del país por un
total de 163.186 millones de euros
entre enero y mayo de este año, un
récord que ilustra los temores de los
inversores.
El corralito en Argentina fue el
preludio de la caída del gobierno de
De la Rúa en 2001 en medio de una
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
EXTRACTO
NOTARIA VIGESIMA DEL CANTON GUAYAQUIL. Cúmpleme en poner en
conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante el
Doctor Juan Antonio Haz Quevedo del Cantón Guayaquil, el 31 de julio del
2012, los señores TOBIAS TARCISIO CALLE PEREZ Y BELLA MARINA SANCHEZ ROMERO, por sus propios derechos, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal.
Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la
referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en
aplicación a lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de noviembre del 2006, que
a su vez reforma el Artículo 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales,
entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los
Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación
del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores TOBIAS
TARCISIO CALLE PEREZ Y BELLA MARINA SANCHEZ ROMERO, otorgada
mediante escritura pública de fecha 31 de julio del 2012, ante el suscrito Doctor Juan Antonio Haz Quevedo, Notario Vigésimo del Cantón Guayaquil, por
el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de
este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés
en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del
referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.
Guayaquil, 31 de julio del 2012
DR. J. ANTONIO HAZ QUEVEDO
NOTARIO VIGÉSIMO DEL CANTÓN GUAYAQUIL
(98072)
EXTRACTO JUDICIAL
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL A: SUSANA BEATRIZ TOLEDO ROMOLEROUX
ACTOR: FALQUEZ ROMOLEROUX CARLOS PATRICIO.
DEMANDADO: SUSANA BEATRIZ TOLEDO ROMOLEROUX.
JUICIO No: 0024-2012 MZ. Colusorio
TRAMITE: Especial
OBJETO: Amparado en los artículos 1 al 7 de la Ley de Juzgamiento de la
Colusión, demanda el paco colusorio efectuado.
CUANTIA: INDETERMINADA
PROVIDENCIA.JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes
9 de marzo del 2012, Las 15h42. VISTOS.- En lo principal, la demanda que
antecede, es clara completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que
declarándola procedente se la acepta al trámite especial establecido en la
Ley para el Juzgamiento de la Colusión, en concordancia con el numeral 6
de las Disposiciones Reformatorias y Derogatorias del Código Orgánico de
la Función Judicial.- En consecuencia, cítese con el contenido de la demanda
y presente providencia a los demandados señores RAUL MAXIMILIANO
TOLEDO ROMOLEROUX Y MARIO HERNAN TOLEDO ROMOLEROUX en el
lugar indicado para el efecto, así como también a la señora SUSANA BEATRIZ
TOLEDO ROMOLEROUX, mediante tres publicaciones en uno de los diarios
de mayor circulación de esta ciudad de Quito Provincia de Pichincha, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin
de que la contesten en el término de seis días, bajo prevenciones legales.- De
conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la
presente demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Quito.- Agréguese
a los autos los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta la cuantía y casillero
judicial señalado por el actor para sus notificaciones, así como la facultad dada
a su abogado defensor para que suscriba los escritos necesarios.- Cítese y
Notifíquese. F) DR. REYNALDO FLOR ALVARADO, Juez.Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro
del perímetro legal.- Certifico.DR. LUIS CHULDE RUANO
SECRETARIO (E)
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
(97973)
rebelión que abarcó a amplios sectores sociales, como los desesperados ahorristas de clase media, con
un saldo de 33 muertos.
El país sudamericano sufrió la
peor crisis de su historia con un
derrumbe de su economía de un
25% entre 1998 y 2002, la pobreza
alcanzó a más de la mitad de la
población, estalló la ficticia paridad
entre el peso y el dólar, y Buenos
Aires declaró el mayor default de la
historia, hasta entonces, de unos
100.000 millones de dólares, que
mantiene hasta hoy a la Argentina
cortada del mercado de capitales.
“De la crisis se sale con programas
expansivos que combinan la capacidad de recuperación económica y
social con un mejoramiento de las
cuentas públicas, pero no se alcanza
por la vía de la recesión y del ajuste”,
dijo Lavagna, quien en 2003 fue
artífice de un sostenido crecimiento
económico de Argentina a un promedio de 8%, aplicando medidas de
aliento al consumo y reindustrialización.
En similar sintonía, el economista
Guillermo Wierzba, director del
Centro de Economía y Finanzas para
el Desarrollo, dijo que “mientras
España permanezca en el euro, y
acepte todos los condicionamientos,
va a tener siempre la amenaza de la
hecatombe del sistema financiero y
de la economía en general”.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE DAULE
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MARIA AUGUSTA MEJIA MOREIRA DE FEIJOO SANGURIMA.
SE LE HACE SABER: Que por el respectivo sorteo de Ley, ha correspondido conocer a este
juzgado, el Juicio Ejecutivo No. 301-010-1 seguido por MARIANO DE JESUS MARQUEZ
SELLAN, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: MARIANO DE JESUS MARQUEZ SELLAN.
DEMANDADO: MARIA AUGUSTA MEJIA MOREIRA DE FEIJOO SANGURIMA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia sea condenado al pago de lo adeudado.
AUTO INICIAL: Guayaquil, lunes 12 de abril del 2010, las 10h43. VISTOS: La demanda
que antecede presentada por MARIANO DE JESUS MARQUEZ SELLAN, se la califica de
clara, precisa y completa, razón por la cual se la admite a trámite de juicio ejecutivo.- En
consecuencia, por cuanto el documento aparejado a la demanda, presta mérito ejecutivo
al tenor de lo dispuesto en los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil, se
ordena que se cite a MARIA AUGUSTA MEJIA MOREIRA DE FEIJOO SANGURIMA, por sus
propios y personales derechos, en sus calidad de deudora, para que en el término de tres
días cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones dentro del mismo
término.- Guayaquil, viernes 25 de noviembre del 2011, las 13h31. Agréguese al proceso el
escrito presentado por la parte accionante.- En mérito a la declaración que bajo juramento
realiza el accionante Mariano Marquez Sellan, de desconocer el domicilio de la demandada
Maria Augusta Mejia de Feijo Sangurima de conformidad a lo determinado en el artículo 82
del Código de Procedimiento Civil cítese la demandada por medio de tres publicaciones que
se realizaran en uno de los diarios de alta circulación de la ciudad.CUANTÍA: US$ 17,000.00
JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Johnny Coral Ron, Juez Vigésimo Cuarto de lo Civil de Guayaquil
TRAMITE: Ejecutivo
Lo que comunico a Ud. Para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de
comparecer a juicio y señalar casilla judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte
días posteriores a la tercera y última publicación caso contrario será considerado rebelde.Guayaquil, 26 de julio de 2012
AB. EDITH BARRAGAN RUIZ
Secretaria del Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil de Guayaquil
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MARGARITA GUILLERMINA CARPIO NIOLA.
LE HAGO SABER: Que en este Juzgado Décimo Quinto de lo Civil de Daule, ha
correspondido conocer el juicio de divorcio No. 412-2012, seguido en su contra
por Manuel Antonio Briones Briones, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: MANUEL ANTONIO BRIONES BRIONES.
DEMANDADA: MARGARITA GUILLERMINA CARPIO NIOLA.
DEMANDA: Que mediante sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial
que une al actor con la demandada, de conformidad con lo establecido en el Art.
110, causal 11 del Código Civil.
AUTO RECAÍDO: Daule, 27 de julio del 2.012; las 14h00.- Vistos.- La demanda
presentada por Manuel Antonio Briones Briones, por reunir los requisitos de ley,
se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite de juicio verbal sumario
y por cuanto el compareciente declaró bajo juramento que le era Imposible determinar la residencia de la demandada Margarita Guillermina Carpio Niola, se
ordena citarla por la prensa, en la forma establecida en el Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil en concordancia con el Art. 119 del Códiqo Civil.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. JUAN ANGEL JIMENEZ GALARZA.
TRAMITE: Verbal sumario.
CUANTÍA: Indeterminada.
Lo que cito a usted para los fines de Ley y le prevengo obligación de señalar
domicilio y comparecer a juicio dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerada o tenida rebelde.
Daule, 30 de julio del 2012
AB. JOSE LOPEZ BARZOLA
Secretario del Juzgado 15 Civil Daule
Ag. 2-16-29 (98077)
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ
Y ADOLESCENCIA No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
(98020)
La directora gerente del Fondo
Monetario Internacional (FMI),
Christine Lagarde, sostuvo ayer que
nota una “pérdida de confianza” en la
economía a nivel mundial, y dijo que
no ve “una mejoría” en el corto plazo.
“Lo que estamos viendo en este
momento es claramente un declive de
la confianza, lo cual está impulsado
por una combinación de magros datos
económicos y la reacción de los
inversionistas a esta situación”, señaló
Lagarde, quien dijo que la zona euro
no es el único problema de la
economía mundial y que Estados
Unidos enfrenta interrogantes sobre
sus finanzas. En julio, el FMI rebajó sus
previsiones de crecimiento mundial a
3,5% para 2012.
Al referirse a Grecia, la titular del
FMI dijo que el organismo “nunca
dejará la mesa de negociación”.
“Estamos en Grecia en este momento,
somos miembros de la troika (que
prestó socorro económico al país),
estamos comprometidos con las
autoridades griegas”, enfatizó, en
respuesta a rumores según los cuales
el FMI evaluaba retirarse del grupo
conformado con el Banco Central
Europeo y la Unión Europea.
En relación a España, Lagarde
pareció descartar la hipótesis de un
programa de rescate global, al
considerar que el FMI no puede “pedir
mucho más” que el plan de ajuste por
65.000 millones de euros anunciado a
inicios de julio por Madrid. AFP
AVISO DE CONVOCATORIA A JUNTA
GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE ECHECOM S.A.
Conforme consta en los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca
a los accionistas de la Cía. Echecom S.A., a Junta General Extraordinaria
a llevarse a cabo el día lunes 13 de agosto de 2012, a las 17:00 hrs,
convocatoria a realizarse en el local de la sociedad ubicado en Av. Juan
Tanca Marengo, Km 3.5, S/N, Bloque 2, Bodega 1; Frente a Bodegas
Promadasa, ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, para tratar los
siguientes temas de agenda: a) Designación de Presidente de la Compañía, al tenor de las obligaciones determinadas en el artículo undécimo
de los estatutos sociales.; b) Conocer y aprobar el Balance y Estado de
Pérdidas y Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal del año 2011;
c) Representación legal de la Compañía; d) Varios. Los representantes
de los accionistas que sean personas naturales o jurídicas deberán presentar el documento que les acredita la representación ante la junta.
Guayaquil, 1 de agosto del 2012
Luis Fernando Echeverría Zavala
Gerente General
Echecom S.A.
(98073)
EXTRACTO
Ago. 2-16-29 (98053)
A: ALVARADO CABANILLA ERNESTO ALFREDO.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR
CAUSALES Nº 9279-2012, seguido por el señor TORRES YELA BARBARA LISBETH:
ACTOR: señor TORRES YELA BARBARA LISBETH.
DEMANDADO: ALVARADO CABANILLA ERNESTO ALFREDO.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el
vínculo matrimonial que une a la señora BARBARA LISBETH TORRES YELA, contra su
cónyuge el señor ERNESTO ALFREDO ALVARADO CABANILLA de conformidad a lo
establecido en el artículo 110 Numeral 11 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: VISTOS: Incorpórese a los autos el acta de declaración juramentada
efectuada por la accionante en la que manifiesta bajo juramento desconocer el domicilio del demandado.- En lo principal, la presente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL
presentada por la señora BARBARA LISBETH TORRES YELA, contra su cónyuge el señor
ERNESTO ALFREDO ALVARADO CABANILLA, se la califica de clara, precisa y completa,
por reunir los requisitos de ley, en consecuencia, se la admite al trámite del juicio verbal
sumario (divorcio).- Cítese al cónyuge demandado señor ERNESTO ALFREDO ALVARADO
CABANILLA, por la prensa toda vez que el actor ha declarado bajo juramento ante el
Infrascrito Juez desconocer su actual residencia o domicilio y que a pesar la diligencias
e investigaciones realizadas no le fue posible determinar el domicilio o residencia de la
parte demandada; en el modo establecido en el Art. 82 del C.P.C. en concordancia con el
inciso segundo del Art. 119 del Código Civil en uno de los siguientes diarios: El Universo,
El Telégrafo, Expreso y/o Extra.- La Actuaria del despacho, confiera los extractos respectivos para su publicación. Agréguese a los autos los anexos adjuntos. Notifíquese al actor
en la casilla judicial que indica #2145 y téngase en cuenta la autorización que le confiere
a su defensor. Cítese y notifíquese en los lugares indicados conforme a ley. Hágase saber.
Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene
de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y
la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o
declarado rebelde.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. ERAZO FLORES DE VALGAZ DAVID RUFINO, JUEZ SEXTO DE
LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE
PROVINCIAL DEL GUAYAS.
Guayaquil, 22 de junio del 2012
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL
FMI no ve rápida mejoría en la
economía mundial y garantiza
ayuda a Grecia y a España
JEM PUMPING SERVICES CIA. LTDA.
CONVOCATORIA
Se convoca a Junta General Extraordinaria de Socios de la Compañía JEM PUMPING SERVICES CIA. LTDA., de conformidad con
el artículo 236 de la Ley de Compañía; a los socios de la Compañía
JEM PUMPING SERVICES CIA. LTDA., a Junta General Extraordinaria de socios que se celebrara el día Viernes, 10 de agosto del
2012 a las 10:30am en la dirección Av. Payamino S/N entre 12
de febrero y 6 de diciembre en la ciudad de Francisco de Orellana
(COCA) cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, al fin
de tratar el siguiente orden del día.
a) instalación de la Junta General Extraordinaria de socios.
b) Cambio del Presidente.
c) Nombramiento del nuevo Presidente.
d) Renovación del Gerente General.
Atentamente,
FANY ITALIA GUEVARA NUÑEZ
GERENTE GENERAL
DE LA COMPAÑIA JEM PUMPING SERVICES CIA. LTDA.
(98058)
A: JOSE RAMIRO VALENCIA COX: Se le hace saber que en el Juicio de Alimentos
No.1408-2011, que sigue en su contra la señora JESUS ANGELITA MARCILLO GUTIERREZ, se ha dictado lo siguiente:
Juicio No. 2011-1408.
JUZGADO PRIMERO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAS. Guayaquil, 5 de Octubre del 2011, las 11h41. VISTOS: En mérito del sorteo de ley, y puesta a mi conocimiento
en esta fecha, en mi calidad de Juez Temporal de este Juzgado, avoco conocimiento de
la demanda de Alimentos, que plantea la señora JESUS ANGELITA MARCILLO GUTIERRES, p.l.d.q.r de la menor: JULISA NATHALY VALENCIA MARCILLO, en contra del señor
JOSE RAMIRO VALENCIA COX, la misma que por ser clara completa precisa y reunir los
requisitos de ley se la admite al trámite, en consecuencia cítese al demandado, a quien se
advertirá de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para sus notificaciones en el
término de 48h00, diligencia que se dispone que se realice en tres publicaciones en días
distintos, en uno de los diarios de mayor circulación.- Hecho que fuere de convóquese a las
partes a Audiencia Única, en fecha a fijarse una vez citado el demandado, diligencia que se
realizará bajo el procedimiento oral, y a la que deberán concurrir las partes personalmente
o por medio de apoderado con poder amplio y suficiente, que contenga cláusula especial
para transigir. De conformidad con lo determinado en el artículo innumerado 9 y 35 de la
Ley Reformatoria antes mencionada, se fija provisionalmente la pensión alimenticia de
$75,31, mensuales, más beneficios de ley, para 1 menor, comprendido dentro del 1er
nivel de la tabla de pensiones mínimas, equivalentes al 28,53% del salario básico, que el
demandado JOSE RAMIRO VALENCIA COX, deberá cancelar por mesadas adelantadas
los cinco primeros días de cada mes.- NOTIFIQUESE Y CITESE.- F) AB. MARIA GABRIELA
JUNCO ARAUZ, JUEZA TEMPORAL DEL JUZGADO PRIMERO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS.
LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY.Guayaquil, mayo 10 del 2012
Abg. Carlos V. Pinela Manobanda
SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER,
NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS
(97960)
BANCO PROCREDIT S.A.: Pone
en conocimiento, la anulación de
cheques 000335 por oposición,
de la chequera Cta. Cte. 09-030123712, de PEREZ ROBALINO
VERONICA ANGELICA.
Particular que se comunica para
los fines legales.
(98012)
BANCO ECUATORIANO DE LA
VIVIENDA: LIBRETA EXTRAVIADA
Se comunica al público el extravío
de la libreta No. 20101034681
perteneciente a RAMIREZ MAYEA
JESSENIA MARITZA.
Particular que se comunica para
los fines de ley.
Ago. 2-3-4 (98063)
16
Mundo
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
CAMBIO CULTURAL
AL MENOS 124 PERSONAS FALLECIERON AYER EN LOS COMBATES
McDonald’s y
Coca-Cola dejarán
de operar en Bolivia
EE.UU. autoriza dar ayuda
financiera a rebeldes sirios
El “Grupo de Apoyo Sirio”, mediante un video, informó que el Gobierno de Barack
Obama le otorgó permiso para subvencionar al opositor Ejército Libre Sirio. En tanto,
el presidente Bashar al Asad arengó a las tropas a librar una batalla decisiva en Alepo
EFE
Agencias EFE/AFP
Washington
El “Grupo de Apoyo Sirio”, con sede
en Estados Unidos, anunció ayer que
el Gobierno estadounidense lo autorizó para ayudar financieramente
al Ejército Libre Sirio (ELS) que
lucha por el derrocamiento del presidente Bashar al Asad.
El anuncio de la agrupación se dio
después de que el gobernante sirio,
Bashar al Asad, arengó a sus tropas
leales al régimen a afrontar la guerra,
en un discurso en el que sentenció
que el destino del pueblo y de la
nación árabe depende del desenlace
de los combates con los rebeldes.
En su página de Internet, el “Grupo de Apoyo Sirio”, indicó que fue
autorizado por el Departamento
del Tesoro para apoyar a los rebeldes sirios “mediante ayuda financiera”, informó la agencia de
noticias EFE.
Por su parte, un portavoz del Departamento del Tesoro, en declaraciones al diario The Wall Street Journal, indicó que de este modo el “Grupo
de Apoyo Sirio” puede “entrar en
actividades financieras con el ELS”.
La autorización no permite que el
grupo envíe equipos militares, pero
sí ayuda financiera al ELS. “El aspecto financiero es el más importante y es un campo muy abierto”,
indicó Brian Sayers, identificado como director de relaciones gubernamentales del grupo.
Según documentos diplomáticos
divulgados por el sitio WikiLeaks y
publicados por el diario The Washington Post, en abril pasado, el
Gobierno de Estados Unidos financia a grupos opositores en Siria desde 2006.
Entre los programas de asistencia
de Estados Unidos a la oposición siria
figura el canal de televisión Barada,
con sede en Londres, que comenzó sus
transmisiones en abril de 2009. Esta
operación “tiene el propósito de derrocar al gobernante del país, Bashar
al Asad”, según el diario.
Las bebidas industriales y la comida
rápida generan problemas en la salud.
Un guardia rebelde sirio vigila una antigua base militar en el poblado de Sicco, cerca de Alepo.
Presidente arenga a tropas
El presidente sirio, Bashar al Asad,
por su parte, proclamó que sus
tropas libran una “batalla crucial”
contra los rebeldes, que ayer combatieron hasta en los barrios cristianos de Damasco, supuestamente
favorables a su régimen, y resisten
en Alepo.
“El Ejército libra una batalla heroica (...) y crucial (...) de la que
depende el destino de nuestro pueblo y de nuestra nación, porque el
enemigo se encuentra ahora entre
nosotros, utilizando agentes internos para desestabilizar a la patria”,
afirmó Asad, en un discurso por el
67º aniversario de la creación del
Ejército sirio.
En Damasco, los barrios cristia-
En Damasco, los
barrios cristianos Bab
Tuma y Bab Sharqi
fueron ayer foco de
combates
nos Bab Tuma y Bab Sharqi, en el
centro de la ciudad, fueron por primera vez foco de combates, informó
el Observatorio Sirio de Derechos
Humanos (OSDH), la ONG con sede
en Londres.
Mientras tanto, la Organización
de las Naciones Unidas (ONU) con-
LOS IMPUTADOS FUERON TRASLADADOS AL PENAL DE MÁXIMA SEGURIDAD
firmó que el Gobierno sirio utiliza
bombardeos aéreos contra las posiciones rebeldes y varios informes
indicaron que los rebeldes han recibido armas antiaéreas portátiles
para contrarrestar el ataque de los
aviones.
Los enfrentamientos de ayer dejaron 124 muertos, la mitad de ellos
en Alepo, según el OSDH. La lista
está integrada por 35 civiles, 63
soldados y 27 rebeldes.
En total se estima que alrededor
de 20.000 personas han muerto a
causa de la represión o en los combates, desde que comenzó la revuelta en marzo de 2011, de acuerdo con datos de OSDH. Mientras
que 276.000 han huido de Siria,
según la ONU.
El Gobierno de Bolivia ratificó que la
megaempresa estadounidense Coca-Cola y la franquicia más grande de
comida rápida, McDonald’s, dejarán
de operar en suelo boliviano a partir
del 21 de diciembre de este año.
Así lo señaló el canciller boliviano,
David Choquehuanca, quien en declaraciones ofrecidas este fin de semana sostuvo que la decisión “estará
en sintonía con el fin del calendario
maya, y será parte de los festejos para
celebrar el final del capitalismo y el
comienzo de la cultura de la vida”.
“El 21 de diciembre tiene que ser el
fin de la Coca-Cola y el comienzo del
mocochinche (refresco de durazno).
Los planetas se alínean después de
26 mil años (...) Es el fin del capitalismo y el comienzo del comunitarismo”, expresó el canciller en
un acto junto con el mandatario
boliviano, Evo Morales.
Esta decisión, que ha traído secuelas sociales debido a que se trata
del rechazo a una de las empresas
más grandes del mundo, ha sido argumentada por motivos de salud y de
cultura, pues la Coca-Cola, así como
la mayoría de los refrescos industriales, contiene diversas sustancias
perjudiciales para el cuerpo, y cuyo
consumo periódico se asocia incluso
a infartos cardíacos, derrames cerebrales y cáncer.
Además, se retirará la franquicia
de comida rápida McDonald’s, que
luego de 14 años de infructuosos
intentos por instalarse en la cultura
de los habitantes de este país, no
pudo calar en el consumo.
De esta forma Bolivia se convertirá
en la segunda nación latinoamericana que no tendrá McDonald’s, después de Cuba, informó teleSUR.
SOLO SEIS DE LOS TRECE MIEMBROS ASISTIERON
Generales mexicanos van a prisión La Aladi sin quórum para
Un juez de distrito en el Estado de México emitió una orden de aprehensión contra
seis altos mandos militares por colaborar con actividades ilegales vinculadas al
narcotráfico. Todos ellos serán juzgados por los delitos de delincuencia organizada
Cuatro generales, un teniente coronel
y un mayor mexicanos, uno de ellos
ex subsecretario de la Defensa Nacional hasta el año 2008, fueron
encarcelados acusados de delitos relacionados con el narcotráfico, informó la Procuraduría General de la
República.
Un juez federal libró ayer una orden de aprehensión por “delincuencia organizada con el propósito de
cometer delitos contra la salud” en
contra del general de división di-
plomado del Estado Mayor Presidencia (r) Tomás Ángeles Dauahare,
quien fue subsecretario de la Defensa
Nacional entre 2006 y 2008, indicó
la dependencia en un comunicado.
La orden de aprehensión por este
delito incluyó al general (r) Ricardo
Escoria, al general brigadier Roberto
Dawe González, al teniente coronel
(r) Jesús Hernández Soto y al mayor
Iván Reyna Muñoz, que están vinculados al mismo proceso con miembros del cartel de los hermanos Bel-
trán Leyva.
Igualmente fue girada una orden
de detención contra el general de
Brigada Rubén Pérez Ramírez, acusado de “delitos contra la salud en la
modalidad de colaborar de cualquier
manera”, sin precisar más detalles.
Los detenidos, que se encuentran
en prisión provisional desde el pasado mayo, fueron trasladados al
penal de máxima seguridad de Almoloya, ubicado en el Estado de
México. AFP
tratar la crisis de Paraguay
Por falta de quórum fue cancelada la
reunión del Comité de Representantes de la Asociación Latinoamericana
de Integración (Aladi) que debía analizar ayer la posible suspensión de
Paraguay, como consecuencia de la
destitución del presidente Fernando
Lugo, confirmaron fuentes de la institución.
Los representantes de Colombia,
Chile, México, Panamá, Paraguay y
Perú fueron los únicos de los trece
países miembros que se presentaron
y la reunión fue suspendida, señalaron fuentes diplomáticas.
Los países de la Alianza Boliva-
riana para las Américas (ALBA), con
Ecuador a la cabeza, pidieron el pasado 11 de julio la suspensión de
Paraguay de la Aladi, como había
sucedido días antes en el Mercosur y
la Unión de Naciones Suramericanas
(Unasur).
En un comunicado con el diario La
Nación, el director de política económica de la Cancillería argentina,
Juan Ángel Delgadillo, reconoció que
aún se desconocen cuáles son las
posturas que tienen los países que
conforman la Aladi en torno a Paraguay, pero indicó que se hace “una
gestión en estas instancias”. EFE
D. QUITO VENCE EN DEBUT EN SUDAMERICANA
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
21
17
SAMANTHA
ARÉVALO COMPITE
HOY, EN LOS 800
METROS LIBRES
19
ROSA TENORIO, UNDÉCIMA EN HALTEROFILIA
18
DEL POTRO SIGUE EN LA PELEA POR EL ORO
20
ÓSCAR FIGUEROA, PLATA EN LEVANTAMIENTO DE PESAS, Y RIGOBERTO URÁN, TAMBIÉN PLATA, EN CICLISMO, SON LOS OTROS MEDALLISTAS
Nueva presea colombiana
La judoca Yuri Alvear consiguió ayer el bronce en la categoría de -70 kilos al vencer a la china Fei Chen,
durante un combate en el que fue muy superior y no dio opción a su rival. Esta es la tercera medalla
para Colombia en Londres 2012 y la número 14 de su historia en unos Juegos Olímpicos
HALTEROFILIA
El chino Lu Xiaojun
impone nueva marca
DOPAJE
EL COI CONFIRMA LA
EXPULSIÓN DE GALIULINA
La gimnasta uzbeka Luiza Galiulina ha
sido expulsada de los Juegos Olímpicos
por el COI tras dar positivo por el
diurético furosemida en un control de
dopaje al que fue sometida el pasado
miércoles, y cuyo contraanálisis ha
confirmado el primer resultado.
El chino Lu Xiaojun ganó hoy, con dos
nuevos récords mundiales, la medalla
de oro en la categoría de 77 kilos de
halterofilia masculina de los Juegos
Olímpicos de Londres 2012.
Lu Xiaojun, actual campeón mundial, se hizo con el oro tras batir las
plusmarcas mundiales tanto de
arrancada (175) como del total (379).
En dos tiempos alzó 204.
Tras él acabó otro chino de idéntico apellido y sin parentesco, Lu
Haojie, campeón nacional, con 360
kilos totales (170+190), mientras que
el halterista cubano Iván Cambar
completó el podio con la medalla de
bronce (155 en arranque, 194 envión
y un total de 349).
NATACIÓN
VOLEY DE PLAYA
GYURTA BATE EL RÉCORD
EN LOS 200 M PECHO
CUNHA Y SANTOS YA
ESTÁN EN LOS OCTAVOS
El húngaro Daniel Gyurta impuso una
nueva marca en los 200 metros pecho
al imponerse en la final de esta
distancia de los Juegos Olímpicos de
Londres 2012 con un tiempo de 2:07.28.
La anterior marca era del australiano
Christian Sprenger (2:07.31).
Los brasileños Pedro Cunha y Ricardo
Santos ganaron 2-0 a los canadienses
Binstock y Reader y se clasificaron a los
octavos de final en voley playa como
líderes del Grupo F. En damas, sus
compatriotas Juliana Silva y Larissa
Franca también pasaron a octavos.
18
Fanático J. Olímpicos
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
Bryant ataca a organización
El estadounidense Kobe Bryant se expresó en
duros términos sobre los Juegos Olímpicos:
“Deberíamos cobrar por venir a esta pocilga
que llaman Londres 2012”.
JULIO CASTILLO TAMBIÉN CAYÓ
Gascón hace historia
El venezolano Rubén Gascón consiguió ayer
la segunda medalla de oro olímpico en los
anales de su país al ganar la final de espada
individual de esgrima de los JJ.OO.
LEVANTÓ 210 KILOS EN TOTAL
Un policía detuvo las
aspiraciones de Ítalo
Tenorio termina undécima
en división 69 kg de pesas
El oficial italiano Roberto Cammarelle, actual campeón olímpico,
avanzó a los cuartos de final al imponerse al púgil ecuatoriano
La pesista Rosa Tenorio levantó 95 kilos en arranque y 115 kilos en envión.
Ítalo Perea (i) busca conectar de izquierda, pero el italiano Cammarelle evita el impacto del boxeador sudamericano.
Agencias y Redacción
Londres
El italiano Roberto Cammarelle, un
oficial de Policía dos veces campeón
mundial y actual monarca olímpico
de los pesos supercompletos, derrotó 18 golpes a 10 al ecuatoriano
Ítalo Perea Castillo para avanzar así a
los cuartos de final de la categoría en
el boxeo de Londres-2012.
Cammarelle iba camino a una fácil
victoria, luego de propinar dos conteos de protección a su rival, cuando
Perea “se le reviró” y cruzó golpes
con él en un furioso intercambio en
el minuto final del último cuadro.
El italiano, monarca mundial de
2007 y 2009 y cuartofinalista en
Baku-2011, peleará contra el marroquí Mohammed Arjaoui, ganador
15-6 ante el pugilista de Costa de
Marfil Blaise Yepmou.
En otra pelea de los más de 91
kilos, el azerbaiyano Magomedrasul
Medzhidov, campeón mundial de
Baku-2011, aseguró también su pasaje a cuartos de final tras frenar en
el segundo asalto con una potente
derecha al rostro al boxeador congoleño Meji Mwanba.
Esto escribió Ítalo en su cuenta
twitter @ytaloperea: “Muchas gracias a todos ustedes por su apoyo y
ánimo. Se me escapó de las manos,
en el último round casi lo tiro, pero
su experiencia pudo más”.
Asimismo, Perea comentó en la
red social lo que significó la pelea
ante el italiano Cammarelle.
“Estuve muy, pero muy cerca, me
siento apenado por el resultado, pero a la misma vez contento, porque
con una mano casi le gano al campeón olímpico”.
Perea se refirió también a una
crítica recibida tras el combate.
“Gracias por los comentarios negativos... No hay excusa, pero me
Julio Castillo (rojo) cayó por un total de 21-12 ante Siarhei Karneyeu, de Belarús.
Medallero olímpico
# País
Oro Plata Bronce Total
1 China
2 EE. UU.
3 Corea (Sur)
4 Francia
5 Corea (Norte)
6 Alemania
7 Italia
8 Kazajistán
9 Japón
10 Rusia
11 Gran Bretaña
12 Hungria
13 Ucrania
14 Sudáfrica
15 Australia
16 Rumania
17 Brasil
17 Noruega
19 Georgia
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12
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Hasta el cierre de esta edición 17:00
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6
2
9
6
3
3
1
enfrenté al mejor del mundo”.
Por su parte, el otro ecuatoriano
que intervino en la jornada de ayer
en box, Julio Castillo, también fue
derrotado. El púgil nacido en Napo
cayó frente a Siarhei Karneyeu, de
Belarús.
Castillo no se pudo asentar en el
combate válido por los 91 kilos,
puesto que su rival se mostró superior desde los primeros instantes
del enfrentamiento. El primer
round fue desfavorable para el
ecuatoriano por 9-4. Desde ahí, el
amazónico mostró una leve mejoría, pero no le alcanzó para hacerse con el triunfo.
En el segundo tramo de la pelea,
Castillo tuvo intervenciones interesantes, atacó un poco más a su
rival, pero de igual forma Karneyeu
se impuso por 6-4.
Con siete puntos en su contra, el
ecuatoriano no bajó la guardia y
buscó hacerse con el triunfo a través
de un KO, pero fue derrotado nuevamente por 6-4, para caer con un
total de 21-12.
Si de superación personal hablamos,
el caso de la pesista ecuatoriana Rosa
Tenorio Silva es un ejemplo de que
cuando se quiere, se puede.
Con apenas 15 años, la oriunda de
Guayaquil perdió a su padre al ser
asesinado en una gresca callejera.
Inmediatamente su mundo cambió
porque al mismo tiempo tuvo que
comenzar a encargarse del sustento
de su familia.
Pero la tragedia siguió persiguiendo a la atleta, pues seis años después
de la muerte de su padre, uno de sus
hermanos fue arrollado por un autobús, evento que casi la saca del
deporte. “Estar aquí en los Olímpicos
es para mi mamá, mis hermanos, mi
padre. Esto es para ellos”, dijo Tenorio ayer, luego de su jornada de
levantamiento de pesas. Su actuación
del Grupo “B” en la categoría de los
69 kilos femeninos, sin embargo, no
cumplió con las expectativas que tenía para sus levantamientos.
Terminó tercera en la general de su
grupo, con 95 kilos en arranque y 115
kilos en envión para sumar 210 kilos,
por debajo de sus cálculos.
Durante su participación en envión, los jueces no validaron su pri-
mer intento, pero en la repetición
elevó 115 kg, en su tercera salida no
pudo con 120 kg.
“Quedé por debajo de mi marca,
esto no es lo que quería. Me desconcentré un poco cuando me llamaron una falta en el envión que me
pareció que había hecho bien. Son
cosas que pasan”, aceptó resignada.
A pesar de ello, no le ha perdido las
ganas al deporte y señaló que tomará
esta primera experiencia en unos Juegos Olímpicos para prepararse para los
siguientes, Río de Janeiro 2016.
“Ahora tengo que seguir entrenando para el próximo ciclo. El deporte lo es todo para mí. Esta experiencia valió la pena, en parte, y se
la dedico a mi hija Natasha”.
En esta prueba, la norcoreana Rim
Jong-Sim, de 19 años, se proclamó
campeona olímpica al levantar un
total de 261 kg. Rim, que da así una
tercera medalla de oro a la halterofilia
norcoreana en Londres, superó a la
rumana Roxana Cocos, plata, con 256
kg; y a la bielorrusa Maryna Shkermankova, bronce, con 256 kg.
En la calificación global, Tenorio
se ubicó en el puesto 11 de 15 pesistas. EFE
ACTUARÁ EL 11 DE AGOSTO
Chocho busca meterse en el
top ten de 20 km marcha
La retirada de Jefferson Pérez tras los
Juegos Olímpicos de Pekín ha dejado
un vacío en la marcha ecuatoriana
que es difícil de llenar. El país acude a
la cita del evento ecuménico con la
tarea de llenar el hueco del mítico
andarín.
La esperanza en Londres es Andrés
Chocho, de 28 años, que está inscrito
en 20 y 50 km marcha. Serán su
segundos Juegos, tras ser 38º en
Pekín 2008 en la distancia más corta.
En 2011, Chocho mostró una gran
madurez deportiva, tras haber vivido
a la sombra de Jefferson Pérez.
En el Campeonato Sudamericano,
disputado en Argentina, mejoró el
récord continental en 12 segundos,
que estaba en posesión del colombiano Luis Fernando López desde
2009. En el Mundial de Daegu-2011
mejoró la marca sudamericana de 50
km, que tenía su compatriota Xavier
Moreno desde 2007.
“La prensa se está confundiendo
diciendo que la marcha ecuatoriana
está estancada. Creo que para ellos
estamos estancados porque no somos
campeones del mundo, pero, por
ejemplo, el año pasado hice dos récords del mundo”, precisó Chocho.
La herencia de los triunfos de
Pérez pesarán durante años y los
marchistas ecuatorianos deberán vivir con ese peso. Chocho expresó:
“Son ya 4 años desde Pekín, pero
ahora las motivaciones son distintas.
En Londres busco ser protagonista,
pelear por los puestos estelares y,
¿por qué no?, por una medalla”.
En la categoría femenina, las representantes locales serán Paola Pérez Saquipay y Yadira Guamán, quienen actuarán el 11 de agosto.
Fanático J. Olímpicos
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
Li sorprende a la favorita
La china Li Xiaoxia sorprendió ayer a su
compatriota Ding Ning, campeona del mundo y
la candidata con mayores opciones de triunfo, a
quien ganó por 4-1 la dorada en tenis de mesa.
19
La más joven gana en tiro
La surcoreana Kim Jangmi, de 19 años,
se colgó el oro en la prueba de pistola desde
25 m de tiro, al imponerse en la final a la
vencedora en Pekín, la china Chen Ying.
ES LA MÁS JOVEN DE LA DELEGACIÓN NACIONAL
“Samy”, la nadadora adicta a las galletas
Samantha Arévalo, de Morona Santiago, participa hoy en sus primeros Juegos Olímpicos.
Intervendrá en 800 metros libre. De pequeña destacó en triatlón, pero luego se dedicó por
completo a la piscina; es múltiple campeona nacional en 400, 800 y 1.500 metros
[email protected]
Bradley Wiggins cumple con
su rol de ídolo y gana oro en
la prueba de contrarreloj
El ciclista británico Bradley Wiggins se
adjudicó ayer el oro en la contrarreloj
de Londres 2012 y sumó su séptima
medalla olímpica para convertirse en
el atleta del Reino Unido que más
veces ha subido en la historia al podio
Desde los 7 años practica triatlón. Similar
tiempo lleva dedicada por completo a la
natación.
El cubano Ariel Cabana ha sido el único
entrenador en su carrera deportiva. Es el
técnico de la Federación de Morona.
Mide 1,68 m y pesa 61 kg. Hace 1 año
terminó sus estudios de bachillerato general
(pan, cereales) y 20% de proteínas
(huevos, leche). Después aguarda la
llegada de su entrenador Ariel, quien
la traslada directamente a la piscina
para iniciar la práctica.
Ahí permanece alrededor de 3
horas y regresa a su casa, donde le
espera un nutritivo almuerzo. Prefiere los mariscos, aunque su paladar se acopla sin inconveniente a
cualquier platillo, lo que facilita su
desplazamiento continental.
Tras una breve siesta y un descanso en la comida, retorna a la
pileta para completar la jornada de
trabajo.
En los poquísimos instantes que
tiene libre prefiere el ambiente familiar. La visita a hosterías en la
región oriental es parte de su ocupación dominical, único día que no
entrena. Ahí disfruta de la comida
típica de la Amazonía, como el “maito”, una combinación de yuca con
pescado envuelto en hoja de achira.
“Me gusta mucho la comida tradicional y acá la preparan muy bien.
Eso extrañaré en Londres”.
Antes de llegar a Gran Bretaña
cumplió su última fase de acoplamiento a la diferencia horaria y el
entrenamiento en Portugal. Hasta
allá viajó con Cabana. Es cristiana y
en su maleta de viaje incluyó galletas
-que le encantan- y ciertas golosinas
para las horas de vuelo. (VNH)
Samantha Arévalo participará en los 800 m libre. Lleva 7 años en la natación. Su único entrenador ha sido el cubano Ariel Cabana.
La nadadora de 17
años registró marca
“B” para ir a sus
primeros Juegos
Olímpicos en Londres
cariñosamente la llaman sus amigos,
en septiembre cumplirá 18 años.
Terminó recientemente el bachillerato general a distancia y aún aguarda por una carrera universitaria.
De momento no sabe con precisión a qué dedicarse, la pileta es su
prioridad y a la que se entrega con
verdadera pasión.
en unos Juegos.
El ganador del último Tour de
Francia cubrió los 44 kilómetros de la
prueba en 50 minutos y 39 segundos,
mientras que el alemán Tony Martin,
plata, entró 42 segundos por detrás de
Wiggins, y el también británico
Christopher Froome a un minuto y
ocho segundos de su compatriota.
Con su nueva victoria, Wiggins
suma cuatro preseas de oro, una de
plata y dos de bronce, que ha ganado
entre Sydney 2000 y Londres 2012,
una más que el legendario remero
británico Steve Redgrave, que obtuvo
medalla en cinco Juegos consecutivos,
desde 1984 hasta 2000.
Jonathan Castroviejo fue el primer
español clasificado en la prueba, en la
novena posición, mientras que Luis
León Sánchez, que entraba en las
apuestas como favorito a medalla,
rompió la cadena de su bicicleta a la
salida y pinchó después una rueda, lo
que le impidió luchar con los mejores y
terminó en el puesto número 32.
Su fortaleza en cada brazada contrasta con su menuda figura de 1,68
m y 61 kilos.
Es empeñosa y constante. Sabe
que su debilidad en la natación radica en la salida, pero espera mejorarla y afinar aún más lo que considera su fortaleza: la patada.
“Tengo aún varias imprecisiones
en mi estilo que debo corregir. Ir a
Londres me permitirá, como dije,
estar cerca de las mejores nadadoras
del mundo y aprender un poco de su
técnica”.
Por eso, con disciplina absoluta,
cumple los horarios establecidos de
entrenamiento y alimentación.
A las 05:00 se levanta para servirse su contundente desayuno que
consta en un 70% de carbohidratos
Cronograma de ecuatorianos
Hoy
04:19 → Samantha Arévalo, natación, 800
metros libres (eliminatorias)
Sábado
03:00 → Elizabeth Bravo, triatlón
11:00 → Mauricio Arteaga, atletismo, 20km
marcha
15:00 → Carlos Quipo , boxeo 49 kg (octavos
de final)
15:15 → Byron Piedra, atletismo, 10.000 m
16:30 → Carlos Góngora, boxeo 81 kg
(octavos de final)
Domingo
05:00 → Rosa Chacha, maratón
09:30 → Seledina Nieve, levantamiento de
pesas, 75 kg
13:05 → Diego Ferrín, atletismo, salto alto
FOTONOTICIA|LOS
CHINOS
QIN Y LUD2010|1
YUTONG,
|GUAYAQUI
L|5KAI
DICIEMBRE
7:45ORO
HS. EN TRAMPOLÍN 3 M SINCRONIZADO|
EFE
Prácticamente “nació” en el agua.
Fiel a la tradición familiar, se inició
en el triatlón (natación, ciclismo y
carrera pedestre); pero la técnica de
Samantha Arévalo se destacó con
mayor nitidez en la piscina.
Por eso el técnico cubano Ariel
Cabana decidió motivarla para perfeccionar sus brazadas y así lo hizo.
Desde hace 7 años se dedica por
completo a esta disciplina y es de
momento la mejor exponente en la
rama femenina.
Campeona nacional en 400 m,
800 m y 1.500 m libre, con récord en
cada una de esas modalidades. Su
última consecución internacional la
alcanzó en el Sudamericano de Natación de Brasil este año, al lograr la
medalla de bronce en 1.500 m libre
con 17m15s65c; detrás de la argentina
Cecilia Biagolli, que se adjudicó el oro,
y la brasileña Carolina Bilich.
El cupo para sus primeros Juegos
Olímpicos lo obtuvo en el Panamericano de Guadalajara (México),
desarrollado el año anterior, en el
que impuso la marca “B” requerida
por la Federación Internacional de
esta disciplina en 800 m libre al
cronometrar 8m51s31c.
Su objetivo en Londres, donde
debía competir hoy (04:30), no es
alcanzar una presea porque sus rivales tienen más experiencia. Y eso
es lo que busca: aprender de las
campeonas mundiales.
“Intentaré conocer más de la técnica que tienen para pulir mi estilo y
así prepararme mucho mejor para
Brasil 2016, cita en la que espero
también inscribirme”.
La habilidad y rapidez para desplazarse en la piscina, a pesar de su
corta edad, la han hecho merecedora
de un sinnúmero de títulos locales.
Nativa de Macas, en la provincia
de Morona Santiago, “Samy”, como
Samantha Arévalo Salinas nació el 30 de
septiembre de 1994 en Macas, provincia de
Morona Santiago.
CORTESÍA
Redacción Fanático
La Cédula
Larisa Latynina manifiesta que
esperaba que Michael Phelps
superara su récord de medallas
La ex gimnasta soviética Larisa
Latynina deseó ayer a Michael Phelps
que “tenga una vida normal” y dijo
que sabía que el nadador batiría el
récord de medallas olímpicas (18), que
estaba en su poder desde hace 48
años. “Me pareció absolutamente
normal, estaba preparada”, declaró.
Kristin Armstrong, de madre
a doble campeona olímpica
contrarreloj en los JJ.OO.
La estadounidense Kristin Armstrong
revalidó ayer su título olímpico de
contrarreloj en carretera luego de
menos de 2 años de haber sido
madre.La ciclista ganó la prueba con un
tiempo de 37:34,82 y derrotó por más
de 15 segundos a la alemana Judith
Arndt, que se quedó con la plata.
20
Fanático J. Olímpicos
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
Felicitación presidencial
Ryan Giggs fue criticado
Giggs ha abierto una polémica al no entonar
el himno británico antes de los partidos de
fútbol. Giggs considera que es más un
himno inglés que británico.
El nadador Michael Phelps recibió un
llamado del presidente de EE UU, Barack
Obama, por alcanzar el récord de medallas y
previo a su participación en los 200 metros.
HOY SE CUMPLEN LOS CUARTOS DE FINAL
Del Potro es el único latino en carrera
Redacción Fanáico
[email protected]
El representante argentino Juan
Martín del Potro, el único “albiceleste” en el torneo olímpico de
Londres 2012, superó ayer al francés
Gilles Simon (6-1, 4-6 y 6-3) para
alcanzar los cuartos de final, donde
se enfrentará al ganador del choque
entre el español David Ferrer y el
japonés Kei Nishikori.
En su debut olímpico, Del Potro,
noveno jugador del mundo, ganador
este año en los torneos de Bucarest y
Marsella y finalista en Rotterdam,
reencontró su nivel en la manga
definitiva, para apartar a Simon del
máximo evento olímpico.
Por su parte el número uno del
mundo, el suizo Roger Federer ne-
cesitó de una hora y 20 minutos para
lograr imponerse a Denis Istomin, de
Uzbekistán, por 7-5 y 6-3.
Con esta victoria clasificó a cuartos de final de los Juegos Olímpicos.
Su rival saldrá del enfrentamiento
que mantuvieron hasta el cierre de
esta edición el estadounidense John
Isner y el serbio Janko Tipsarevic.
De su lado, el español Nicolás
Almagro, undécimo cabeza de serie
de la competición, venció 7-5 y 6-3
al belga Steve Darcis. Almagro disputará su encuentro de cuartos ante
el escocés Andy Murray, que se impuso al chipriota Marcos Baghdatis
en tres sets: 4/6, 6-1 y 6-4.
De su lado, el serbio Novak Djokovic, segundo favorito, tuvo que
emplearse a fondo ante el australiano Lleyton Hewitt para lograr si-
EFE
El suizo Roger Federer y el serbio Novak Djokovic son los candidatos para el oro olímpico. En dobles la
pareja suiza terminó su reinado y dejó vacante la defensa por la presea dorada alcanzada en Beijing 2008
El argentino Juan Martín Del Potro venció al francés Gilles Simon, en tres sets.
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
DIRECCIÓN REGIONAL NORTE
DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA TRIBUTARIA
NOTIFICACIÓN
La Administración Tributaria, de conformidad a los artículos 85, 105, 107 numeral 4, y 111 del Código Tributario, por cuanto no fue posible ubicar el
GRPLFLOLRGHOFRQWULEX\HQWHQRWL¿FDDWUDYpVGHHVWHPHGLRHOVLJXLHQWHH[WUDFWRGHO$FWDGH'HWHUPLQDFLyQFRUUHVSRQGLHQWHDOFRQWULEX\HQWH&$6$7(;7,/
6$ con RUC 1792156815001:
Número de acta
de determinación
Impuesto / año
1720120100178
Retenciones en la fuente
GH ,PSXHVWR D OD 5HQWD GH
enero a diciembre de 2009
Total
20% recargo
Retenciones por obligación
a pagar
determinada
Total intereses a
pagar después de la
imputación de pago
(junio 2009)
Multa no
declarada
(marzo 2009)
869,57
20% recargo sobre
multa no declarada
(marzo 2009)
173,91
$GLFLRQDOPHQWHHOFRQWULEX\HQWHGHEHUiFDQFHODUORVLQWHUHVHV JHQHUDGRVGHVGHODIHFKDGHH[LJLELOLGDGKDVWDODIHFKDGHSDJRGHODVREOLJDFLRQHV
GHWHUPLQDGDVGHFRQIRUPLGDGFRQHODUWtFXORGHO&yGLJR7ULEXWDULR
/DVGLIHUHQFLDVHVWDEOHFLGDVHQODSUHVHQWHDFWDGHGHWHUPLQDFLyQSRUFRQFHSWRGH5HWHQFLRQHVHQOD)XHQWHGH,PSXHVWRDOD5HQWDFRUUHVSRQGLHQWHV
DOHMHUFLFLR¿VFDOGHEHUiQVHUSDJDGDVGHQWURGHOSOD]RGHOH\DWUDYpVGH,QWHUQHWGHO'HSDUWDPHQWRGH&RQWULEX\HQWHV(VSHFLDOHVRPHGLDQWH
XQIRUPXODULR$HQFXDOTXLHUHQWLGDGGHUHFDXGDFLyQDXWRUL]DGD&DVRFRQWUDULR\XQDYH]TXHHODFWDGHGHWHUPLQDFLyQVHHQFXHQWUHHQ¿UPHOD
$GPLQLVWUDFLyQ7ULEXWDULDLQLFLDUiHOSURFHGLPLHQWRGHHMHFXFLyQFRDFWLYDFRQODVFRUUHVSRQGLHQWHVFRVWDVMXGLFLDOHVGHFRQIRUPLGDGFRQORVHxDODGRHQ
ORVDUWtFXORV\VLJXLHQWHVGHO&yGLJR7ULEXWDULR
DIRECTORA REGIONAL NORTE DEL
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
tuarse en los cuartos de final del
torneo al imponerse en tres sets
(4-6, 7-5 y 6-1).
Así Djokovi se ha propuesto colgarse la medalla de oro de Londres.
En una entrevista exclusiva con el
diario serbio “Danas” en Londres,
Djokovic se mostró contento con su
juego contra Roddick al calificarlo
como su “mejor actuación sobre
hierba este año, y agregó que debe
seguir a un ritmo aún mayor”.
La mayor sorpresa de la jornada
estuvo en dobles. La pareja suiza
formada por Federer y Stanislas Wawrinka ya no podrá defender el oro
que obtuvo en Pekín 2008.
La dupla perdió ayer en los octavos de final ante la pareja israelí
formada por Jonathan Erlich y Andy
Ram por 1-6, 7-6 (7-5) y 6-3.
SE IMPUSO 3-0 A NUEVA ZELANDA
Brasil golea y mantiene vivo
el único logro que le falta
La selección brasileña de fútbol se
impuso 3-0 a Nueva Zelanda y esperará a Honduras por los cuartos de
final en los Juegos Olímpicos, a disputarse mañana en Newcastle.
Danilo (23’), Leandro Damiao
(29’) y Sandro (52’) anotaron para el
conjunto “verdeamarelo”.
Por el mismo grupo C, Egipto se
impuso 3-1 a Bielorrusia y también se
inscribió en la siguiente fase. Mohamed Salah (56’), Marwan Mohsen
(73’) y Mohamed Aboutrika (79’)
convirtieron para los egipcios. Mientras que Andrei Voronkov descontó.
En la zona D, lograron su pase a
cuartos las selecciones de Japón y
Honduras tras empatar a cero.
De su lado, España y Marruecos
también tuvieron el mismo marcador.
Los ibéricos cerraron una pésima
participación al ubicarse en el último
lugar del grupo.
México ganó por la mínima diferencia a Suiza y se mantiene con
vida en los Juegos Olímpicos.
A los 69’, Oribe Peralta decretó la
única conquista que a la postre le dio
el triunfo y el primer lugar del grupo
B a los aztecas.
En esta misma zona, Corea del Sur
(clasificado) empató 0-0 con Gabón.
Rechazan apelación y descalifican
a ex campeonas del mundo
por conducta antideportiva
Las ocho jugadoras de bádminton -cuatro
parejas- acusadas de haber intentado
perder el pasado martes sus partidos de
la fase de grupos para tener mejores
cruces en cuartos de final, fueron
descalificadas del torneo olímpico.
Una representante de China, otra de
Indonesia y dos de Corea del Sur,
recurrieron de inmediato la decisión, pero
la Federación Internacional de Bádminton
(BWF) anunció que la apelación fue
rechazada.
Las jugadoras “no están excluidas de
los Juegos por el COI. El COI tomó nota
de la decisión de la Federación
Internacional de descalificarlas de la
competición, pero conservan su
acreditación”, dio a conocer una vocera
del Comité Olímpico Internacional.
Entre las descalificadas constan las
chinas Yu Yang y Wang Xiaoli, campeonas
del mundo en 2011 y primeras del ránking
mundial.
Fanático
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
21
LOS GUAYAQUILEÑOS SON LOS LÍDERES DEL TORNEO
LUIS FERNANDO SARITAMA VOLVIÓ A SER TITULAR Y MANEJÓ LA MEDIA CANCHA
D. Quito respira con
una victoria ante el
León de Huánuco
CORTESÍA DIARIO EL CORREO
Ferreyra anota su primer
gol en empate de Barcelona
ÉDISON SERRANO | PARA EL TELÉGRAFO
Rubén Darío Insúa ya dirigió a su nuevo equipo, luego de ser
presentado en la mañana. Juan Carlos Paredes marcó el único tanto
del partido. La revancha será en tres semanas en territorio peruano
COPA
Sudamericana
Redacción Fanático
[email protected]
En la semana, Luis Fernando Saritama dijo que un partido internacional sería un buen momento
para empezar a levantar el juego del
equipo. Con Rubén Darío Insúa como nuevo DT, Deportivo Quito ayer
venció 1-0 a León de Huánuco en la
Copa Sudamericana.
El “Poeta”, como se lo conoce al
entrenador, estuvo en la zona técnica en la segunda etapa y encargó la
dirección técnica durante el primer
tiempo a Juan Carlos Garay, quien
trabajó con el equipo tras la salida
del chileno Nelson Acosta.
Saritama y Juan Carlos Paredes
retornaron a la titularidad. Ambos
fueron el motor del conjunto quiteño
y la “Hormiga” aprovechó su velocidad para llegar constantemente
por la banda derecha.
En el ataque, el chileno Gonzalo
Lorca intentó abrir el marcador al
inicio del cotejo con un remate potente de zurda, pero salió apenas
desviado.
El conjunto peruano fue poco en
la cancha y salvo unas tibias llegadas
en la segunda parte, el resto del
tiempo se dedicó más a contener el
ataque del conjunto local.
A pesar de que al Deportivo Quito
le costó encontrar el gol del triunfo,
no se desesperó en esa tarea. Maximiliano Bevacqua y Lorca tuvieron
oportunidades con remates de cabeza que el golero Juan Flores logró
sacar con habilidad.
En la jugada del gol, Saritama hizo
una pared con Paredes, el lateral
lanzó un centro buscando a los atacantes, pero el defensor Roller Cambindo tocó el balón y entró en su
propia puerta.
El estadio 9 de Mayo de Machala
lució lleno ayer, en el empate 1-1 entre
el Manta y Barcelona, en partido
válido por la tercera fecha de la segunda etapa del Campeonato Nacional. Por los guayaquileños anotó el
argentino Juan Carlos Ferreyra,
mientras que por los manabitas lo
hizo su compatriota Alan Sánchez.
Un escenario deportivo pintado de
amarillo fue el que se observó ayer en
Machala, pese a que los “atuneros”
eran los locales. El cotejo, aplazado
desde la tercera fecha por la participación de los “canarios” en la
Copa Sudamericana, fue jugado en
suelo orense debido a que el estadio
Jocay fue suspendido desde la primera fecha por el lanzamiento de
objetos a la cancha.
Cuando se jugaban los primeros
minutos del encuentro, Barcelona
dominaba. Los avances de Bryan De la
Torre, Michael Jackson Quiñónez y
Damián Díaz hacían prever que eran
los visitantes quienes se pondrían en
ventaja y fue así.
A los 11 minutos, el capitán “torero”, Matías Oyola, cobró un tiro de
esquina desde el sector derecho, el
mismo que encontró bien ubicado a
Ferreyra, quien de cabeza mandó el
balón al fondo del arco “celeste”.
El delirio de la hinchada no se hizo
esperar. Mientras Ferreyra era felicitado por sus compañeros de equipo, en las gradas los cerca de 18.000
espectadores festejaban el primer
tanto del argentino con la camiseta de
Barcelona, pero el Manta no se demoró en alcanzar la igualdad, ya que a
los 16 minutos Alan Sánchez puso el
1-1 tras un tiro libre.
Ambos equipos buscaban el desempate, pero no lo consiguieron. Los
dirigidos por Costas fueron más claros en su accionar, pero les faltaba
precisión al momento de definir.
A los 63 minutos el central Samuel
Haro expulsó al barcelonista Pablo
Saucedo, por doble amarilla. Pese a
tener un jugador menos, los “amarillos” gozaron de una clara opción
para hacerse con el triunfo, pero el
golero Rolando Ramírez estuvo atento a impedir que su arco cayera tras
una jugada confusa en su arco.
Con este empate, Barcelona se
mantiene en la punta del torneo con
10 puntos, mientras que el Manta
ascendió a la tercera posición con 7
unidades y +2 de gol diferencia.
Juan Carlos Paredes fue el jugador más destacado del local y marcó el gol del triunfo.
D. Quito
L. de Huánuco
1
0
Gol: Juan Carlos Paredes (65’)
El árbitro colombiano José Buitrago le dio el gol a Paredes, lo que
desató la alegría de la hinchada y de
la banca. El Quito mantuvo su idea
ofensiva, pero no pudo aumentar la
cuenta en el Atahualpa y se tuvo que
conformar con un gol de ventaja para
la revancha.
El partido de vuelta se jugará el
próximo 23 de agosto en el estadio
Heraclio Tapia León. (AGM)
ECUATORIANO EDUARDO MORANTE NO JUGÓ
La “U” cae en la Copa Suruga
El elenco de la Universidad de Chile fue derrotado por el Kashima Antler en
penales (7-6) en la final del torneo jugado en territorio japonés. El director técnico
del equipo sudamericano, Jorge Sampaoli, mostró su malestar luego de la pérdida
Universidad de Chile perdió ayer la
final de la V edición de la Copa Suruga
Bank, tras caer ante al Kashima Antler
en la tanda de penales (7-6), disputada en Ibaraki, que midió a los
campeones de la Copa de Japón y la
Sudamericana, en su orden.
La derrota amargó al técnico de la
“U”, Jorge Sampaoli, quien -ademáslamentó que el título no se lo haya
podido liquidar en el tiempo reglamentario, pues tuvieron ocasiones de
El cotejo, en el que el Manta fue local, se jugó en el estadio 9 de Mayo de Machala.
convertir, pero sus delanteros no las
pudieron aprovechar.
“Me molesta y me queda amargura
de que pudimos haber ganado antes
de los penales”, manifestó el estratega después de la definición.
El cuadro universitario remontó
un marcador adverso de 0-2, controló el juego especialmente en la
segunda etapa y estuvo muy cerca de
ganarlo en forma amplia, pese al
incesante calor que terminó por afec-
tar a los jugadores de ambos clubes.
Los araucanos anotaron mediante
un gol en contra de Iwamasa (40’) y
un penalti convertido por Charles
Aránguiz (70’). Desde los 11 metros, y
tras una serie de infarto en la que
nadie fallaba, el Kashima se llevó el
título y otorgó, por tercera ocasión, la
copa a un equipo japonés.
El defensa ecuatoriano Eduardo
Morante no jugó, pese a que integró la
delegación chilena.
DIRIGENCIA REALIZÓ UNA RIFA PARA PAGAR EL VIAJE
Liga de Loja hace su debut
en un torneo internacional
Liga de Loja llegó a Venezuela en
donde esta noche (19:30) jugará la
Copa Sudamericana, por primera vez,
ante el club Monagas.
El conjunto ecuatoriano, a pesar
de su corto presupuesto -que no
supera los 3’500.000 dólares-, clasificó a este torneo tras empatar a
cero con Independiente en la última
fecha de la primera etapa del campeonato ecuatoriano de fútbol.
Sin embargo, llegar a la Sudamericana le representa múltiples
gastos, especialmente la adecuación
del estadio Reina del Cisne.
Para esto la Federación Deportiva
Provincial de Loja aportará con el 5%
de lo que le corresponde de taquilla
en el partido de vuelta.
Si el valor de los arreglos de puertas, camerinos y los baños supera el
dinero que aporta la FDPL, el club
cubrirá la diferencia.
Para enfrentar el torneo foráneo,
según la dirigencia del plantel, se
necesitan $ 600 mil.
Parte del financiamiento proviene
de las firmas comerciales que a inicio
de año se comprometieron a dar un
premio en caso de que Liga llegara a
estas instancias.
Cabe señalar que la dirigencia no
escatimó esfuerzos para este encuentro y mandó a confeccionar ternos y
más indumentaria para los jugadores
que viajaron a Venezuela.
Con la finalidad de cubrir los egresos, Liga organizó la rifa de una
camioneta Ford 150, cuyo boleto costaba 100 dólares y de los cuales se
vendieron 1.171 entre 1.500.
Gastaron $ 45 mil y $ 72.100 les
quedó de ingresos.
El carro se lo llevó el hincha Miguel
Burneo, quien compró 5 cupones. En
este viaje el plantel sureño gastará
más de $ 70 mil solo en hospedaje y
traslado aéreo.
“En primera instancia estaba previsto que viajáramos en un vuelo
chárter, pero no hubo cómo hacerlo”,
dijo el presidente de Liga, Jaime Villavicencio, antes de partir.
“Tremendo viaje, pero ya en Venezuela. Gracias a todos los ecuatorianos que nos recibieron en Maturín”, escribió Villavicencio en su
cuenta de Twitter. (BSB)
22
Cultura
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
JUNTO CON CAPOTE FUE CONSIDERADO UNO DE LOS MAYORES ESCRITORES DE ESTADOS UNIDOS
El “lúcido” Gore Vidal falleció ayer
Fue un crítico de la política oficial norteamericana, al mismo estilo de Sontag, Mailer y Chomsky
Agencia EFE
Los Ángeles, Estados Unidos
El estadounidense Gore Vidal, escritor, novelista, ensayista y guionista cinematográfico, falleció en
Los Ángeles a los 86 años tras una
vida dedicada a la literatura y al cine
con sátiras como Myra Breckinridge
(1968) y guiones como Calígula
(1979) o Is Paris Burning? (1966).
Candidato eterno al Nobel de Literatura, primo de Al Gore y hermanastro de Jacqueline Kennedy,
Gore Vidal murió en su domicilio
situado en las colinas de Hollywood
por las complicaciones ocasionadas
por una neumonía, según informó su
sobrino Burr Steers al diario Los
Angeles Times.
El autor de Juliano el apóstata,
Hollywwod o En directo del Gólgota,
entre otras muchas obras o guiones
cinematográficos y teatrales, se había instalado en Los Ángeles en
2003 después de residir un período
de su vida en Ravello, Italia.
Gore Vidal fue uno de los intelectuales norteamericanos más
críticos con la política oficial de su
país, junto con otros pensadores y
novelistas como Susan Sontang,
Noam Chomsky, o Norman Mailer,
con quien mantuvo sonados enfrentamientos.
Junto a Mailer y Truman Capote,
Vidal estaba considerado como uno
de los mejores escritores y pensadores de Estados Unidos.
Fue un ávido escritor y frustrado
político cuya producción literaria
giró en torno a la novela histórica, la
sátira sobre la forma de vida de los
estadounidenses y la ficción científica.
Teatro Sánchez Aguilar inaugura
esta noche el ciclo Grandes Voces
con “sucesora de Mercedes Sosa”
Hoy, desde las 20:30, en el Teatro
Sánchez Aguilar, ubicado en el km 1,5 vía
a Samborondón, avenida Río Esmeraldas,
frente al centro comercial Las Terrazas, se
presentará la cantante argentina Liliana
Herrero, ganadora del más prestigioso
galardón de su país, Premio Konex de
Platino como la mejor cantante de la
década 1995-2005. Para ese premio ha
sido ternada con pares de la talla de
Mercedes Sosa, quien lo ganara en la
década anterior.
Así se quedará inaugurado el Ciclo de
Grandes Voces que se realizará durante
los jueves de agosto solo con voces
femeninas, 3 extranjeras -Herrero de
Argentina, Susana Baca de Perú y Carmen
Linares de España- y la ecuatoriana
Patricia González. Las entradas para la
velada de hoy costarán: platea A $ 60,
platea B $ 45 y platea C $ 30.
En Guayaquil también se celebrará
el aniversario 50 de la canción
brasileña “La garota de Ipanema”
Esta noche, desde las 19:30 y mañana en
el mismo horario se realizará una acto en
homenaje a la cultura de Brasil por
celebrarse los 50 años de la canción “La
Garota de Ipanema” (fue presentada al
público carioca el 2 de agosto de 1962) y
los 100 años de nacimiento del escritor
Jorge Amado. En esta actividad se
realizará un reconocimiento al escritor
guayaquileño Cristóbal Garcés Larrea,
quien fue amigo de Jorge Amado.
El evento será en Brasa Brazil, local
ubicado en los exteriores del centro
comercial Albán Borja (frente a la puerta
4 -Supermaxi-). Participarán Rodolfo
Salazar, quien hará un comentario sobre
los acontecimientos culturales y en la
parte musical intervendrá el músico Bö,
quien tocará versiones de la canción en
diferentes estilos, además de interpretar
lo mejor de la música de Brasil.
Cultura
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
HOY EN UNA JUNTA PLENARIA OFICIALIZARÁN AL BINOMIO GANADOR
23
CERCA DE 500 PERSONAS ACUDIERON
EDISON SERRANO | EL TELÉGRAFO
recital abrió el festejo
Los miembros de la CCE Un
por la Independencia
fueron a sufragar a la
espera de “nuevos aires”
EDISON SERRANO | EL TELÉGRAFO
Ayer, por vez primera, los 3.562 miembros de los 24 núcleos de la
Casa de la Cultura Ecuatoriana votaron por un nuevo director de la
entidad. En Guayas y Pichincha hubo ausentismo entre los electores
Ambas orquestas brindaron un repertorio que mezcló lo popular con lo académico.
Redacción Cultura
[email protected]
En la Casa de la Cultura Ecuatoriana
(CCE) sede matriz, el ambiente estuvo revuelto. Allí, donde se realizó
ayer el proceso electoral para elegir,
entre tres binomios, al que presida el
ente durante los próximos cuatro
años, los coidearios amontonados
calculaban los resultados de otras
provincias. En 24 núcleos, en todo el
país, la jornada pretendió convocar
por primera ocasión a 3.562 miembros a escala nacional para el sufragio. En Guayas y Pichincha fue
notorio el ausentismo.
El conteo, a las 18:00, arrojó en
Pichincha 99 votos. Para Raúl Pérez
Torres hubo 53, para Marcelo Valdospinos 26 y para Jaime Galarza 15.
Hubo 2 nulos. Allí, según el padrón,
existían 566 electores. Algo similar
sucedió en Guayas. Galarza tuvo 30,
Pérez 23 y Valdospinos 18. En total 71
sufragios de un padrón de 658.
Minutos después de la entrega de
las actas electorales en Quito los
coidearios y veedores de la lista 2, la
de Pérez Torres, subieron al tercer
piso de la CCE para sondear quién
había ganado la Presidencia. Cada
núcleo hacía el conteo y obtenía un
ganador. El binomio, de este modo,
sumaba un punto por cada núcleo en
el que triunfaba. Así, habían 24
puntos en disputa. De forma extraoficial este grupo obtuvo datos
que mostraban a Pérez como ganador en 10 núcleos, Valdospinos en
7 y Galarza en 6. Había un empate en
el núcleo de Zamora Chinchipe.
Las papeletas fueron repartidas la
semana anterior a las sedes provinciales. Para hoy, a las 11:00, en la
sede matriz de Quito se realizará una
sesión plenaria que oficializará al
nuevo Presidente.
La posesión se desarrollará en un
acto en la misma sede el próximo 9
de agosto.
Ayer, desde las 08:00, se instalaron dos mesas en Quito, donde
votaron los miembros de la provincia
de Pichincha.
A esa hora, las ráfagas de un
fotógrafo captaban a los escasos votantes que aparecían cada 15 minutos. Varios miembros, adultos
mayores, llegaron arrastrando los
pasos. Más tarde aparecieron miembros más jóvenes. Un delegado del
Consejo Nacional Electoral observaba el proceso de sufragio.
“Hay nuevos pensamientos y nuevos criterios. Lo ideal sería tener una
casa democrática que recoja todos
“Que la casa reviva.
Tengo la sensación de
que es como un
elefante blanco”,
opinó una votante
los elementos que hacen cultura en
el país y que se estudie la cultura del
país”, dijo Galo Cárdenas, miembro
desde hace 25 años de la CCE, quien
acudió a votar y esperaba los resultados.
“Que la casa reviva. Tengo la sensación de que es como un elefante
blanco. La infraestructura y la gente
deben mejorar y permitir que la
cultura renazca. Que se la lleve a
todo el pueblo. Debe haber alguien
que nos ponga a trabajar a todos. Hay
textos (del Fondo Editorial) que no
se sabe cómo eligen y la difusión no
funciona bien. No sé si van hacia las
escuelas, por ejemplo”, se esperanzó
Ivonne Ortuño, otra miembro de la
CCE Pichincha y artista visual.
El proceso electoral en el Núcleo
del Azuay no tuvo la concurrencia
esperada. De los 262 miembros afiliados a este ente cultural, apenas
llegó la mitad para las elecciones
hasta el mediodía de ayer.
Desde las 08:00 se instaló una
mesa en el ingreso del edificio con
los miembros del tribunal conformado por el escritor Eliécer Cárdenas y Flor María Salazar. En la
mañana poca fue la concurrencia.
Carlos Váscones, presidente del
núcleo azuayo, confirmó que una
buena parte de los miembros no se
hizo presente.
Váscones viajará hoy a Quito con
el acta de los resultados y la presentará en la matriz.
En la ciudad de Guayaquil, a una
hora de inaugurado el proceso electoral -10:00-, en la sala Araceli Gilbert, las pinturas expuestas eran
“testigos” de cómo los miembros de
la entidad acudían a votar tranquilamente, sin que se sintiera apenas el vuelo de una mosca.
A las 09:00 de la mañana ya
habían votado, entre otros, Jorge
Miranda y Carlos Calderón Chico.
Este último permaneció en la sala
donde se encontraban las dos mesas
electorales. Era como cualquier votación, con la presencia de un veedor
del CNE Delegación del Guayas, y la
presidenta del núcleo del Guayas,
Rosa Amelia Alvarado.
Marco Martínez y Alejandro Elías,
ambos pintores y responsables de
diversas actividades en el núcleo
Guayas de la CCE, eran los responsables de las mesas, mientras en
la planta baja, trabajadores como
Robin Echanique, director de la Pinacoteca Manuel Rendón Seminario
y las salas de exhibición del núcleo,
conversaban sobre cultura con los
miembros que iban a votar, de modo
que poco hablaron sobre el proceso
eleccionario.
Jaramillo, que fue interpretada por
Darío García, el “mejor imitador del
Ruiseñor de América”, señaló Héctor Villacís, director de comunicación de la Orquesta Sinfónica Nacional del Ecuador.
García, quien participó en el segundo acto del concierto, cantó alrededor de 10 melodías desde su silla
de ruedas y arrancó los aplausos de
los asistentes, quienes portaban bufandas, guantes y chamarras para
protegerse del viento frío que recorría la ciudad.
Las melodías que interpretaron las
dos sinfónicas más grandes del país,
que dieron otro concierto la noche de
ayer en la Casa de la Cultura Ecuatoriana, fueron seleccionadas de
“forma minuciosa”, dijo Villacís.
La primera, que abrió el concierto
El sonido de las
sinfónicas fue
apreciado por cerca
de 500 personas que
asistieron a la Tribuna
“pertenece a Tchaikovsky y se trata
de la obertura 1812 creada hace 200
años y que se ha convertido en la obra
referente para celebrar las fechas emblemáticas de independencia de muchos países del mundo, y nosotros
también estamos haciendo esto”,
afirmó Villacís.
En el repertorio también se encuentra la Sinfonía Ecuador, de Ricardo Montero, joven ecuatoriano
que ganó un concurso de composiciones musicales y que justamente
habla del proceso de independencia,
precisó Villacís.
El director de música, Jorge Oviedo Jaramillo, que dirigió el primer
acto del concierto, dijo que la unión
de las dos orquestas es un ejemplo y
añadió que el “lenguaje universal de
la música permite sobrepasar muros
y barreras; no importa la región”.
MARCO SALGADO | EL TELÉGRAFO
En Guayas, Pichincha y Azuay se captaron imágenes del proceso electoral que se celebró para elegir al nuevo presidente de la CCE.
El frío de la noche del martes fue
aplacado por las notas que emitieron
los 130 músicos de las orquestas
sinfónicas Nacional Ecuatoriana
(OSNE) y de Guayaquil (OSG) que se
unieron para participar en los actos
culturales de celebración por el proceso independentista y que se desarrollarán durante todo agosto en la
capital.
El “Concierto Bicentenario 2012”,
se llevó a cabo en la Tribuna del Sur,
en donde se colocó un escenario que
dio cabida a una decena de músicos
con violines, contrabajos, clarinetes,
flautas, violonchelos, trompetas, entre otros instrumentos. El concierto
estuvo compuesto por dos partes:
una sinfónica que fue dirigida por
Jorge Oviedo, de la OSNE, y una
popular, que estuvo a cargo de David
Harutyunyan, director de la OSG.
El alcalde, Augusto Barrera, quien
estuvo acompañado del secretario de
Cultura, Miguel Mora, y del director
ejecutivo de la OSNE, Leonardo Jaramillo, afirmó que el concierto es
uno de los “primeros eventos de la
Velada Libertaria” que el Municipio
tiene programado.
El alcalde aseguró además que “el
2 y 10 de agosto son fechas y épocas
importantes para el país ya que “ahí
consumamos nuestro nombre Luz de
América; desde ahí tenemos nuestra
libertad y nuestros próceres. Agosto
para nosotros es la celebración de la
libertad”, dijo la autoridad.
En el plan de festejos hay aproximadamente 500 actos culturales.
Estos serán en las 8 administraciones
zonales.
El sonido de las sinfónicas no tuvo
ningún contratiempo y fue apreciado
por cerca de 500 personas que asistieron a la Tribuna, y quienes escucharon atentos las piezas. Así
contó Belén, una madre de familia
de 32 años que acudió con su hijo
Carlos, de 8, quien saltaba y gritaba:
“yo quiero tocar esos instrumentos,
yo quiero ser como ellos. Yo quiero
tocar la guitarra”. Entretanto, su
madre coreaba la canción Romance
de mi destino, del fallecido Julio
El público, pese al frío nocturno del sur de Quito, acudió a escuchar el recital.
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El Telégrafo I Elmiércoles
Telégrafo1 Ide
jueves
agosto
2 de
delagosto
2012 del23
2012
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
DIRECCIÓN REGIONAL NORTE
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN TRIBUTARIA
La Dirección Regional Norte del Servicio de Rentas Internas, a través del Departamento de Gestión Tributaria, en cumplimiento a disposiciones dictadas en leyes, reglamentos y resoluciones, procedió
a emitir las siguientes Resoluciones de Exclusión del Régimen Impositivo Simplificado. En razón de la imposibilidad de notificar dichas resoluciones en persona o por boleta, se procede conforme a lo
establecido en los artículos 105 y 111 del Código Tributario, consignando para el efecto la siguiente información:
No.
RUC
RAZON SOCIAL
RESOLUCIÓN No.
No.
RUC
RAZON SOCIAL
RESOLUCIÓN No.
1
0501853907001 TIGASI VEGA GREGORIO
RNO-CBARSX12-000508
51
0401487624001 ROMO COLLAGUAZO JAIRO PATRICIO
PCA-GTRRSXR12-00029
2
0502600497001 YUGSI CASA LUIS ANIBAL
RNO-CBARSX12-000510
52
0801236167001 NAZARENO MOSQUERA ROSA ELIZABETH
PSU-GTRRSXR12-00001
3
1705010005001 PAEZ ESTEVEZ MARIA DOLORES
RNO-CBARSX12-000518
53
0401648548001 MIÑO CARVAJAL MIGUEL EFREN
PSU-GTRRSXR12-00015
4
1707002323001 COVENA ZAMBRANO SIMON BOLIVAR
RNO-CBARSX12-000522
54
1715975601001 DOMINGUEZ LARREA ISABEL PATRICIA
PSD-GTR-RSXR12-00363-M
5
1707887913001 GALLARDO SUAREZ MARIA SOLEDAD
RNO-CBARSX12-000524
55
0800958654001 UGALDE ARIAS VICTOR ADRIAN
PSD-GTR-RSXR12-00365-M
6
1708324338001 TIPANLUISA QUISHPE SEGUNDO JAIME
RNO-CBARSX12-000525
56
1301880801001 ZAMBRANO VELASQUEZ RAMON ALONSO
PSD-GTR-RSXR12-00370-M
7
1708638992001 AÑASCO TINAJERO SAMANTHA SORAYA
RNO-CBARSX12-000527
57
0801422312001 QUIÑONEZ AYOVI DARWIN
PES-GTRRSXR12-00001 - M
8
1709594442001 MONTERO MONTERO SANDRA ELENA
RNO-CBARSX12-000529
58
0800523466001 MOSQUERA REINA ALFONSO JOSE
PES-GTRRSXR12-00002 - M
9
1720268257001 ADDNAN NADER BAZAN
RNO-CBARSX12-000543
59
0908871460001 SANTOS VASCONEZ IVAN MARCELO
PES-GTRRSXR12-00003 - M
10
1724832975001 TULCANAZO VELASTEGUI VICTOR ALEXANDER
RNO-CBARSX12-000545
60
1716019862001 ZAMBRANO TUAREZ DARIO XAVIER
PES-GTRRSXR12-00007 - M
11
0501603443001 HERNANDEZ GUTIERREZ PEDRO PABLO
RNO-CBARSX12-000548
61
0803772532001 ANDRADE CEDEÑO MIGUEL ANGEL
PES-GTRRSXR12-00008 - M
12
1705693131001 ARIAS RENGEL LUIS OSWALDO
RNO-CBARSX12-000559
62
1704939998001 ALCIVAR RIVA ARGELIO ABIGAIL
PES-GTRRSXR12-00009 - M
13
1704364403001 CHULCA CAIZA SEGUNDO JOAQUIN
RNO-CBARSX12-000572
63
0801926981001 CHOEZ CONSTANTE LIBORIO IGNACIO
PES-GTRRSXR12-00010 - M
14
1715086409001 CHURUCHUMBI COLIMBA DIEGO
RNO-CBARSX12-000573
64
0801672510001 SANCHO LOJA JACINTO MANUEL
PES-GTRRSXR12-00013 - M
15
1710531946001 GUARAS ROJAS FRANCISCO
RNO-CBARSX12-000576
65
1720832474001 AYALA CACAY AUGUSTO OSWALDO
PES-GTRRSXR12-00014 - M
16
1704389442001 JACOME CARLOS ANTONIO
RNO-CBARSX12-000580
66
1707779938001 ZAMBRANO AVEIGA SERGIO ILARION
PES-GTRRSXR12-00018 - M
17
1711521961001 JARAMILLO YANEZ MARIA CRISTINA
RNO-CBARSX12-000582
67
0200184059001 VERDESOTO MIRANDA JORGE ARTURO
PES-GTRRSXR12-00019 - M
18
1715373815001 MONTENEGRO BARRIONUEVO HENRY PATRICIO
RNO-CBARSX12-000589
68
1307075596001 LOOR ORMAZA JESUS VICENTE
PES-GTRRSXR12-00021 - M
19
1707516611001 MORALES CHICAIZA SEGUNDO FRANCISCO
RNO-CBARSX12-000590
69
0802968107001 SOLORZANO ALCIVAR JHONNY FERNANDO
PES-GTRRSXR12-00022 - M
20
1702513753001 MORETA ENRIQUEZ CESAR ENRIQUE
RNO-CBARSX12-000591
70
0801391434001 CEDEÑO RIVADENEIRA WALTER WILFRIDO
PES-GTRRSXR12-00024 - M
21
1707265300001 SIGCHA ONA CARLOS MARIO
RNO-CBARSX12-000602
71
0800180010001 TORRES JOSE MELITON
PES-GTRRSXR12-00026 - M
22
1703120954001 TINOCO LOPEZ FLOR SMITA
RNO-CBARSX12-000608
72
1713948303001 FARIAS MERA DAICY CECIBEL
PES-GTRRSXR12-00027 - M
23
1708447923001 TUQUERRES JOSE MARIA
RNO-CBARSX12-000609
73
1302516529001 MOREIRA CEDENO ELADIO MAXIMILIANO
PES-GTRRSXR12-00029 - M
24
1713340261001 VERA VILLOTA KATY MELINA
RNO-CBARSX12-000612
74
0801698143001 ROSADO FARIAS ARCADIO AUGUSTO
PES-GTRRSXR12-00030 - M
25
0200891471001 ACEVEDO RIVADENEIRA JOSE MIGUEL
RNO-CBARSX12-000616
75
0903826709001 AREVALO TELLO JOSE MARIA
PES-GTRRSXR12-00031 - M
26
1700824046001 ALMEIDA GALARZA FEDERICO OSWALDO
RNO-CBARSX12-000621
76
1202032643001 MOREIRA GUZMAN HUMBERTO CRUZ
PES-GTRRSXR12-00032 - M
27
1703613768001 ALVAREZ PALMA PEDRO PABLO
RNO-CBARSX12-000624
77
0801580101001 CORDOVA BAHOMONDI GLADIS NORMANDI
PES-GTRRSXR12-00033 - M
28
1801260785001 CAIZA ISAIAS NOLBERTO
RNO-CBARSX12-000634
78
1302471436001 BASURTO MEDRANDA SOCRATES VIDAL
PES-GTRRSXR12-00034 - M
29
1715646046001 CARRERA CISNEROS ELBA KARINA
RNO-CBARSX12-000640
79
0803440957001 CEDEÑO ROMERO ENRIQUE GEOVANNY
PES-GTRRSXR12-00038 - M
30
1703527653001 CHAZO ARROBA EDUARDO MILTON
RNO-CBARSX12-000652
80
1304403965001 SABANDO MACIAS MANUEL ISIDRO NARCISO
PES-GTRRSXR12-00039 - M
31
1712524055001 COLLAGUAZO LOZA JOSE JULIO
RNO-CBARSX12-000654
81
0802813212001 INTRIAGO ARGOTI ARMANDO XAVIER
PES-GTRRSXR12-00040 - M
32
1700698663001 ENRIQUEZ ARGOTI EDGAR EDUARDO
RNO-CBARSX12-000667
82
1700304973001 CHIRIBOGA MATEUS MIGUEL VIRGILIO RAUL
PES-GTRRSXR12-00042 - M
33
1705337184001 NOBOA AMORES MARIO ORLANDO
RNO-CBARSX12-000707
83
1717207763001 CORDOVA MOLINA SONIA ESPERANZA
PES-GTRRSXR12-00045 - M
34
1717232985001 PADIYAR KALAMSINGH PIRATHSING
RNO-CBARSX12-000708
84
0800808958001 LOOR CHICHANDA PRIMITIVO DE LOS REYES
PES-GTRRSXR12-00047 - M
35
1803930864001 PEREZ FIALLOS EDGAR MAURICIO
RNO-CBARSX12-000716
85
1308554300001 COPPIANO ARTEAGA GENITH CECILIA
PES-GTRRSXR12-00050 - M
36
1708380538001 PORRAS CRESPO GLORIA YOLANDA
RNO-CBARSX12-000720
86
1308868155001 SAVANDO MACIAS JULIO CESAR
PES-GTRRSXR12-00051 - M
37
1713530010001 PORRAS CRESPO WILMA CORINA
RNO-CBARSX12-000721
87
1712148038001 PROAÑO RAZA KARINA SUSANA
PES-GTRRSXR12-00052 - M
38
0600460117001 SALAS MANCHENO LUIS ALBERTO
RNO-CBARSX12-000734
88
0802955682001 MUNOZ BARRETO DIANA MARIA
PES-GTRRSXR12-00053 - M
39
0501630560001 SANCHEZ ORTIZ CARLOS HERNANDO
RNO-CBARSX12-000736
89
1709115339001 GAIBOR BUÑAY GERARDO GUALBERTO
PES-GTRRSXR12-00055 - M
40
1102985197001 SANMARTIN JUMBO AGUSTIN DE JESUS
RNO-CBARSX12-000739
90
1708695877001 CEDENO CANTOS ADELINA NATIVIDAD
PES-GTRRSXR12-00059 - M
41
1716050511001 SU MIN XIA
RNO-CBARSX12-000746
91
1300558010001 BRAVO RAMON VICENTE
PES-GTRRSXR12-00061 - M
42
1311162463001 ARIAS BARCO JORGE RAFAEL
POR-GTRRSXN12-00001-M
92
1708408693001 HIDROVO PAREDEZ WILTHER RAMON
PES-GTRRSXR12-00064 - M
43
1703661494001 ESPINOZA ARMIJOS GALO ANTONIO
POR-GTRRSXN12-00002-M
93
0201932928001 PILCO CALUÑA MARITZA JANETH
PES-GTRRSXR12-00073 - M
44
2100352463001 PEREZ SANCHEZ HECTOR LENID
POR-GTRRSXN12-00003-M
94
1302156417001 PALACIOS ZAMBRANO WILBER TITO
PES-GTRRSXR12-00089 - M
45
1500786619001 RIVAS MEZA DANILO SANTIAGO
POR-GTRRSXN12-00004-M
95
1200195483001 ZAMBRANO LOOR JOSE HERIBERTO
PES-GTRRSXR12-00093-M
46
2100145487001 SANMIGUEL RIVADENEIRA JAIME EDGAR
POR-GTRRSXN12-00006-M
96
1723808331001 GARCIA GUERRERO CESAR WLADIMIR
PES-GTRRSXR12-00094-M
47
1708863236001 VIVAS BENALCAZAR MIGUEL FERNANDO
POR-GTRRSXN12-00007-M
97
1308023777001 BRIONES OLMEDO LUGARDO SEBASTIAN
PES-GTRRSXR12-00095-M
48
0200678878001 PAREDES BONILLA JOSE MARIA
POR-GTRRSXR09-00003-M
98
0802934109001 ESPINOZA GUAGUA JUAN CARLOS
PES-GTRRSXR12-00096-M
49
1500352362001 MORENO CHALACO VICENTE RAÚL
POR-GTRRSXR09-00012-M
99
1002493714001 AYUQUIÑA PENA WILMER GUILLERMO
50
2100187133001 SIMALEZA COLOMA CÉSAR
POR-GTRRSXR09-00021-M
100 1003492129001 AGUAS BENITEZ JULIO CESAR
PIM-GTRRSXR12-00016
PIM-GTRRSXR12-00023
Adicionalmente, se informa a los contribuyentes detallados en la tabla que antecede, que desde el día hábil siguiente al de la tercera publicación por la prensa, surtirá efecto la Resolución de Exclusión
del Régimen Impositivo Simplificado respectiva y consecuentemente, deberán pagar las cuotas adeudadas, incluyendo la correspondiente al mes en el cual se le excluye, en consecuencia serán incluidos
en el Régimen General, para lo cual deberán cumplir con sus obligaciones tributarias y deberes formales, de conformidad con la normativa tributaria aplicable.
De igual manera se comunica que al momento de ser notificados de su exclusión deberán dar de baja los comprobantes de venta correspondientes al Régimen Impositivo Simplificado y que no hayan
sido utilizados, así como solicitar autorización para emitir comprobantes de venta con las características del Régimen General.
Información adicional se brindará en nuestras oficinas ubicadas en la Calle Ulpiano Pàez No. 6-55 y Calle Ramìrez Dàvalos, Departamento de Gestión Tributaria Àrea de Ciclo Bàsico, de la ciudad de
Quito.
Departamento de Gestión Tributaria
Dirección Regional Norte
Servicio de Rentas Internas
Guayaquil
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
25
SE PRESENTARÁN PROPUESTAS PARA LUGARES DE TRABAJO
Puestos para invidentes
incumplen las exigencias
Acciones
La Asociación de Ciegos y Amigos de los
Ciegos de Guayas (Acacig) presentó el lunes
anterior una acción de medidas cautelares
contra el alcalde Jaime Nebot, en respuesta
al desalojo de sus miembros de la avenida
9 de Octubre.
La medida, que recayó mediante sorteo en
el juzgado 5º de la Niñez y Adolescencia,
busca, según la Acacig, sanciones por
supuestas agresiones por parte de la Policía
Metropolitana durante el desalojo y evitar
que se repita el hecho.
La Defensoría del Pueblo, en una inspección de los quioscos ofrecidos por el Cabildo
porteño para reubicar a los comerciantes desalojados de la avenida 9 de Octubre, halló
deficiencias en cuanto al diseño de los puestos y la afluencia de posibles compradores
FOTOS: MIGUEL CASTRO | EL TELÉGRAFO
Redacción Guayaquil
[email protected]
Uno de los quioscos dispuestos por el Cabildo para los no videntes, en la calle Rumichaca, dificulta el paso hacia un garaje aledaño.
cabe en el pequeño quiosco, tuvo que
ubicar una carpa para ampliar su
espacio de trabajo.
“La zona es la que me preocupa...
estando adentro (del mercado) estoy
protegido, pero al salir a la calle no
tengo a nadie que me apoye”, comentó Ramírez.
Los puestos ubicados alrededor
de Correos del Ecuador tienen desventajas similares. Según el citado
grupo de vendedores no videntes,
debieron pedir ayuda de conocidos
para que les ayudaran a administrar
sus micronegocios.
En este último lugar en particular,
la Defensoría del Pueblo buscó corroborar la aseveración de Daniel
Rodríguez, quien acudió a la audiencia de conciliación en representación de Xavier Narváez, di-
Los invidentes se quejan de que los puestos tienen poco espacio para la mercadería.
OLAS DE 2,8 METROS MAR ADENTRO
Oleaje y aguaje durante la
semana en los balnearios
El Instituto Oceanográfico de la Armada (Inocar) informa a la ciudadanía que del 1 al 6 de agosto de 2012
se observará el arribo a las costas
ecuatorianas de olas de intensidad
moderada a fuerte, con dirección hacia el suroeste.
Desde el 1 al 4 de agosto la altura de
las olas oscilará entre 1,5 a 2,8 metros, y a partir del domingo 5 y lunes
6 comenzará a disminuir hasta 2,1
metros. El período más alto fue el 1 de
agosto.
La entidad aclaró que la altura de
dichas olas se registrará mar adentro.
Su arribo a cada playa y bahía de-
penderá de la ubicación geográfica y
configuración del borde costero, por
lo que las que tengan orientación
hacia el sur y sur-oeste tendrán una
mayor actividad que aquellas que se
encuentran al norte.
Asimismo, el instituto advirtió
que hasta el sábado próximo se iniciará un nuevo período de aguaje, el
cual coincidirá con el oleaje.
No obstante, añadió el Inocar, los
pobladores de la zona costera podrán
laborar sin inconvenientes y, asimismo, los turistas podrán disfrutar
de la playa, pero deben respetar las
zonas señalizadas.
FOTONOTICIA|GUAYAQUIL|17 DE JULIO DE 2012|
FELIX CEDEÑO | PARA EL TELÉGRAFO
La Defensoría del Pueblo convocará
en los siguientes días a una nueva
audiencia entre el Municipio de
Guayaquil y la Asociación de Ciegos
y Amigos de los Ciegos de Guayas
(Acacig) tras constatar que los
quioscos ofrecidos por el Cabildo a
los no videntes no prestan todas las
garantías requeridas por este grupo
de atención prioritaria.
La Acacig, a través del abogado
Hernán Ulloa, solicitó una audiencia
de conciliación para exponer sus
quejas respecto de la reubicación
emprendida por el Municipio, tras
desalojarlos de la avenida 9 de Octubre, hace más de dos semanas.
El mercado de las Cuatro Manzanas, agencia centro de Correos del
Ecuador, Malecón Simón Bolívar,
terminal Río Daule de Metrovía y la
intersección de las calles Rumichaca
y Zaruma fueron los lugares dispuestos por las autoridades municipales.
Las observaciones hacia estos lugares por parte de los invidentes
variaron de acuerdo al lugar (seguridad, falta de espacio, ventas bajas). Los quioscos facilitados tienen
similares diseños y, en cada uno de
ellos, pueden trabajar hasta tres ciudadanos.
María José Hernández, delegada
de la Defensoría en Guayas, tras la
audiencia realizada el pasado lunes,
realizó una inspección in situ de
estos lugares y confirmó las quejas
de los comerciantes.
En un recorrido realizado por este
diario en estos locales se verificó,
además, que en su mayoría no están
siendo utilizados.
En el mercado de las Cuatro Manzanas, John Ramírez, quien perdió la
vista a los 18 años, no se queja de las
ventas ni del espacio, pero es el
único que labora en uno de los tres
módulos ubicados para los invidentes del lado de la calle Huancavilca.
Debido a que su mercadería no
rector de Justicia y Vigilancia del
Cabildo.
Rodríguez había asegurado que
los locales ubicados en Correos del
Ecuador eran subarrendados por los
no videntes beneficiados con esos
puestos.
La Defensoría en Guayas desmintió la versión de Rodríguez, tras
constatar que los quioscos estaban
ocupados por ayudantes de los no
videntes.
Hernández, titular de la Defensoría en Guayas, manifestó que, además, se verificó que el diseño de los
quioscos no daba todas las garantías
para una persona con discapacidad
visual.
“La mercancía que se exhibe está
en la parte exterior y sería imposible
para un invidente controlar que una
persona pase y sustraiga la mercadería”, expresó Hernández.
También se comprobó que, en la
calle Rumichaca, las ventas son bajas pese a que a tan solo una cuadra
-en la 9 de Octubre- existe una gran
circulación de personas.
En el Malecón Simón Bolívar y
mercado de las Cuatro Manzanas se
verificó el poco espacio disponible,
mientras que en la terminal Río
Daule no se pudo realizar la inspección del quiosco debido a que no
se encontró la llave para abrirlo.
Para la tarde de ayer, una delegación de la Defensoría tenía previsto una reunión con el alcalde
Jaime Nebot -o con su asesor- para
exponer las observaciones encontradas durante la inspección y las
propuestas de la Acacig respecto del
tema.
“Tratándose de un grupo de atención prioritaria, debe existir una
socialización de los puntos para que
puedan trabajar tranquilamente”,
dijo Hernández.
Hasta el cierre de esta edición, se
desconocían los resultados de la reunión con representantes municipales, así como la fecha para la continuación de la audiencia de conciliación entre las partes.
Tres daños por fugas de agua se
reportaron en varios puntos
La concesionaria de agua potable y
alcantarillado Interagua informó que a
las 14:00 del martes concluyó la
reparación de la fuga de agua que se
reportó en la intersección de la Av.
Quito y Portete, que afectó
temporalmente el suministro del líquido
a la parroquia Ayacucho.
También indicó que, una vez
obtenido el permiso de la Comisión de
Tránsito del Ecuador (CTE), el martes
inició la reparación de la fuga
presentada en una tubería de 300 mm
de diámetro, ubicada en El Oro y
Chimborazo. En este sector se
reemplazó la unión de una tubería.
Finalmente, en referencia al daño
presentado en Lizardo García y
Chambers, la concesionaria manifestó
que ha realizado trabajos de
derrocamiento en la cámara de válvula
para acceder al punto en donde se
debe efectuar la reparación.
Los moradores de las calles Gallegos Lara y Argentina están preocupados debido
a que la maleza constantemente crece sobre el cableado del sector, lo cual ha
causado varios conatos de incendio; hasta ahora sin consecuencias que lamentar.
Sociedad
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
UNA NOVEDAD MUNDIAL
Pareja gay en
Argentina logra
inscribir a bebé
El pequeño nació en la India por medio de
un “vientre de alquiler” y fue documentado
en el Registro Civil de Buenos Aires
AFP
26
Los padres mostraron al pequeño Tobías y sus documentos al salir del Registro Civil.
Redacción Sociedad
[email protected]
Una pareja conformada por dos
hombres inscribió, el pasado martes,
a su hijo en el Registro Civil de
Buenos Aires sin una decisión judicial que interceda a la realización
de este acto. Esto es considerado una
primicia mundial, según la ONG Lesbianas, Gays, Bi y Transexuales
(LGBT).
“Es el primer caso a nivel mundial
donde la partida de nacimiento la
expide directamente el Registro Civil
como hijo de dos hombres. En otros
casos se hizo a partir de una decisión
judicial, que rectificaba la anterior
partida”, dice María Rachid, dirigente del LGBT y también legisladora del Parlamento comunal de
Buenos Aires.
La pareja integrada por Carlos
Grinblat, de 41 años, y Alejandro
Dermgerd, de 35, inscribió este martes en el céntrico Registro Civil de la
capital argentina a Tobías, ahora de
un mes, quien nació en la India, el
país que la pareja eligió para realizar
el procedimiento de gestación por
sustitución o “vientre de alquiler”.
“Nuestra única lucha era por formar nuestra familia. Es otro paso en
el reconocimiento de los derechos
igualitarios. Este es un camino que
comenzó hace años y un hito fue el
matrimonio igualitario”, dijo Grinblat al salir del Registro Civil mientras junto a su pareja exhibía el
documento que acreditaba la inscripción del hijo de ambos.
Uno de ellos es el padre biológico,
pero la pareja decidió no conocer
cuál de las muestras aportadas por
ambos fue utilizada para el procedimiento, dijo Rachid.
En septiembre de 2010, un niño
nacido bajo un matrimonio de dos
mujeres fue inscrito por el Registro
Civil de Buenos Aires, en el primer
reconocimiento legal, sin mediar intervención judicial, de dos madres
desde la sanción en julio de ese año
de la ley que autoriza las bodas gay
en Argentina, informó la ONG.
Vicente, un bebé de una semana,
fue inscrito por sus madres Cecilia
M. y Verónica F., cuyos apellidos no
fueron dados a conocer por el sitio
de la ONG 100% Diversidad y Derechos.
Argentina se convirtió en 2010 en
el primer país de América Latina en
autorizar el matrimonio gay a nivel
nacional y el décimo en el mundo
después de Holanda, Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica, Noruega,
Suecia, Portugal e Islandia.
Desde el 21 de julio de 2010,
cuando la presidenta Cristina Kirchner promulgó la norma que había
sido aprobada seis días antes por el
Congreso, “se concretaron 5.839
matrimonios en el país”, señaló la
LGBT el 12 de julio pasado.
En tanto, en mayo pasado el Congreso argentino aprobó por amplia
mayoría la ley de identidad de género, que autoriza a travestis y tran-
En Ecuador dos
lesbianas quieren
registrar a su hija que
fue concebida por
inseminación artificial
sexuales a registrar sus datos con el
sexo elegido.
En Ecuador este proceso todavía
se debate. En abril de este año, la
Defensoría del Pueblo inició una
acción de protección a favor de Nicola Rothon y Helen Bicknell, ciudadanas británicas, que exigen al
Registro Civil (RC) inscribir a su hija
que actualmente tiene ocho meses
de nacida.
El juez Tercero de lo Penal, Vicente Altamirano, negó el pedido por
lo que se apeló la resolución y el caso
llegó a la Corte Provincial de Pichincha. No obstante, el proceso se
ha dilatado. Incluso, la Defensoría
presentó una queja ante el Consejo
de la Judicatura de Transición alegando que no se ha dado trámite.
Amy Barragán, coordinadora de la
Fundación Causana, informó ayer
que tampoco se ha hecho caso y que
“el proceso se ha estancado”, dijo.
Especial
El Telégrafo | jueves 2 de agosto del 2012
27
El camino que llevó a la liberación definitiva duró años
10 de agosto de 1809
Primer grito de la
independencia. Se instala
en Quito, capital de la
Real Audiencia, la
Primera Junta de
Gobierno Autónoma.
1809
1810
2 de agosto de 1810
Ocurre la insurrección del pueblo de Quito
con la intención de liberar a los próceres de
la Primera Junta de Gobierno Autónoma de
Quito, quienes habían sido acusados de
crímenes de lesa majestad y para los
cuales el fiscal pedía pena de muerte.
1811
1812
El 15 de febrero de 1812
Se promulgó la primera
Constitución ecuatoriana, la
Constitución del Estado de Quito.
En ese mismo año vencieron las
fuerzas coloniales de Sámano y
Aymerich.
1813
1814
1815
9 de octubre de 1820
Guayaquil proclamó su independencia de
España después de una rápida y casi
incruenta revuelta contra la guarnición local.
Fue una combinación de oficiales peruanos y
venezolanos del Ejército colonial junto con
intelectuales locales y patriotas.
PASARON 8 AÑOS DESDE LA CAÍDA
DE LA JUNTA DE GOBIERNO
AUTÓNOMA EN QUITO HASTA QUE
SE PROVOCÓ UN NUEVO
LEVANTAMIENTO INDEPENDENTISTA.
1816
1817
1818
1819
1820
CASI UN AÑO Y
MEDIO DURÓ LA
CAMPAÑA PARA LA
INDEPENDENCIA
BATALLA
DE QUITO.
DEL PICHINCHA
1822
1821
Masacre de los patriotas
4. Luego la lucha se extendió a las
calles de la ciudad. Entre 200 y 300
personas -el 1% de la población de
entonces- perdió la vida en la refriega.
El saqueo de las tropas coloniales
produjo pérdidas valoradas entre 200
y 500 mil pesos de la época. La
matanza ordenada por el gobernador
español conde Ruiz de Castilla, como
represalia por la Revolución del 10 de
Agosto, tuvo amplia repercusión en
toda la América Hispana, como un acto
de barbarie española y justificación de
la guerra a muerte decretada por el
Libertador Simón Bolívar.
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en
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Iglesia de la
Compañía
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Plaza de
San Francisco
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cí
3. El 2 de agosto de 1810 el
pueblo quiteño había asaltado
dos cuarteles y una cárcel para
liberar a los próceres de la
Primera Junta de Gobierno
Autónoma de Quito, pero los
españoles respondieron
asesinando a los presos en
el cuartel real.
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2. Ruiz de Castilla traicionó su
palabra y desató una feroz
persecución en contra de
quienes habían participado en
la gesta del 10 de agosto de
1809. Capturó a gran número
de ellos y los encerró
en los calabozos del Cuartel
Real de Lima.
Ga
br
ie
1. A raíz de la Revolución del 10 de Agosto de 1809, los patriotas
quiteños conformaron una Junta Soberana de Gobierno que tuvo muy
corta duración, porque ante el peligro de la invasión de las tropas
peruanas se vio obligada a restituir en la Presidencia de la Audiencia
de Quito al conde Ruiz de Castilla, quien prometió no tomar ningún
tipo de represalias contra los insurgentes.
CUARTEL REAL
(ACTUAL MUSEO ALBERTO
MENA CAAMAÑO)
PRÓCERES DEL 2 DE
AGOSTO DE 1810
El día de la masacre las
hijas de Manuel Rodríguez de
Quiroga habían ido hasta el
cuartel a visitarlo. Fueron
impotentes testigos del asesinato
de su padre, luego de que se negara
a unirse a los soldados realistas.
Juan de Dios
Morales
Manuel
Rodríguez de
Quiroga
El cuartel en la actualidad
Sobre este se levanta el museo Alberto Mena
Caamaño. Desde 1970 está abierta al público
una escenificación de los hechos del 2 de
agosto, recreados a partir de figuras elaboradas
en cera por el artista francés Alexander Barbieri.
Esta sala comprende un área de 1.006 m² y
ocupa en dos y tres niveles los mismos espacios
donde estaba emplazado el antiguo Cuartel de
a Real Audiencia de Quito.
2 DE AGOSTO DE 1810
Juan
Salinas
Criminal represión en
los tiempos heroicos
La masacre de los insurgentes y del pueblo quiteño sirvió para que
el Libertador Simón Bolívar declare la guerra sin cuartel a España
Recorte de diario El Telégrafo
del 2 de agosto de 1958
Redacción Cultura
[email protected]
El 2 de agosto de 1810 ha pasado a la
historia como la masacre de los
patriotas asesinados a mansalva
dentro del cuartel real de la Audiencia de Quito, por parte de la
soldadesca. Pero como ningún suceso ocurre aisladamente, habría
que preguntarse entonces en qué
contexto ocurrió este hecho, porque
es sabido que los próceres masacrados eran los líderes del primer
movimiento independentista de la
América del Sur, recordado el 10 de
agosto de 1809.
Napoléon Bonaparte invadió España en 1808 y nombró rey a su
hermano José. Esta situación descolocó los estamentos coloniales en
los territorios americanos, que no
atinaban a quién subordinarse, si al
gobierno francés de Madrid o a la
derrotada monarquía borbónica.
Mientras en España muchas ciudades y regiones declaraban su fidelidad a Fernando VII (prisionero
de los franceses) conformando juntas soberanas de gobierno para enfrentar a los invasores; en Quito,
grupos de mujeres y hombres, que
desde tiempo atrás se reunían tra-
tando de modelar un proyecto libertario, decidieron aprovechar esta
coyuntura. En este punto hay que
señalar que aun cuando el ideal
emancipador era compartido por todos los conspiradores, sin embargo
no había coincidencias respecto del
futuro del nuevo país. Mientras un
grupo, presidido por el marqués de
Selva Alegre, apoyado por la nobleza
y el alto clero deseaba liberarse del
imperio, pero manteniendo las mismas estructuras sociales y un orden
político inherente al sistema monárquico; otro, integrado por intelectuales y curas radicales, propugnaba en primer término la independencia, para conformar luego
una república afirmada en la soberanía popular. El antioqueño Juan
de Dios Morales, el abogado Manuel
Rodríguez de Quiroga, el cura quiteño José Riofrío, entre otros, eran
cabezas visibles del movimiento.
En esas circunstancias heterogéneas se ejecutó el plan libertario, que
ha pasado a la historia como el
“Primer Grito de la Independencia”,
puesto que fue el intento inicial de
libertad en las colonias españolas de
América del Sur. La forma escogida
fue simple: un golpe de Estado que
consistió en apresar a los repre-
sentantes de la corona e instaurar en
Quito la primera Junta Soberana de
Gobierno, presidida por el marqués
de Selva Alegre.
Esta revolución, de índole netamente patriótica, no venía aparejada con ningún cambio social; y,
por lo mismo, las élites quiteñas
actuaron solas sin participación popular alguna. Así mismo no tuvo ni la
aceptación ni la ayuda de las otras
tres provincias (Pasto, Cuenca y
Guayaquil) que conformaban la Audiencia que no solo le negaron el
apoyo a Quito, sino que se adhirieron al bando realista.
La reacción imperial no se hizo
esperar y desde Perú se enviaron
tropas hacia Quito para restaurar el
antiguo orden. Ante el peligro, la Junta
restituyó en la Presidencia al conde
Ruiz de Castilla, decisión que repercutió negativamente en el naciente
proceso revolucionario; no obstante el
acuerdo firmado que establecía, entre
otros puntos, el reconocimiento de
Carlos Montúfar -que había sido encargado del gobierno de Quito por la
Junta Suprema de Cádiz-, y así mismo
se comprometía a no perseguir a los
insurgentes.
Todos los acuerdos fueron luego
burlados por Ruiz de Castilla que
Francisco
Javier
Ascázubi
Otros: El presbítero José Luis Riofrío,
Juan Larrea y Guerrero, Mariano
Villalobos (gobernador de Canelos),
Juan Pablo Arenas, Antonio de la
Peña, Vicente Melo, Atanasio Olea,
Nicolás Aguilera, Manuel Cajías,
Carlos Betancourt y José Vinueza.
Fuentes: Jorge Núñez Sánchez. Ecuador: El aporte
masónico al Estado Republicano, edición digital /
Imagen reconstrucción de una escena de la
masacre de los patriotas en el museo Alberto Mena
Caamaño / Archivo diario El Telégrafo.
Gráfico: El Telégrafo / [email protected]
desató una persecución feroz que
terminó con la captura de la mayoría
de patriotas. De igual manera, las
autoridades coloniales de Quito y
Lima desconocieron el nombramiento de Montúfar, alegando su
parentesco con algunos de los detenidos. Este no era sino un argumento que los realistas utilizaron
para viabilizar el plan que siempre
estuvo presente: asesinar a los insurrectos.
Los acontecimientos del 2 de
agosto de 1810 no solo tuvieron como escenario el cuartel real de la
Audiencia, también las calles fueron
teatro de los eventos con el pueblo
de Quito como protagonista principal. La matanza ordenada por el
conde Ruiz de Castilla sumó cerca de
300 muertos, un equivalente al 1%
de la población quiteña de ese entonces.
Estos hechos provocaron el rechazo en el continente americano y
sirvieron -por así decirlo- para que
el Libertador Simón Bolívar decretara la lucha sin tregua contra la
bárbara España.
EXTRACTOS
28
CITACIONES
REMATES
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
Gaceta
DIRECCIÓN: GUAYAQUIL: Av. 10 de Agosto 601 y Boyacá. Teléf.: (04) 232-8814
QUITO: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. Teléf.: (02)252-2331 • AGENCIA CLEMENTE PONCE: Clemente Ponce N14-13 y Hermanos Pazmiño.Teléf.: (02) 322-7153
HORARIO DE ATENCIÓN DE LUNES A VIERNES: 8:30 - 18:00
EXTRACTO
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE AUMENTO DEL CAPITAL Y REFORMA DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA
ASESORSA S.A.
Se comunica al público que la compañía ASESORSA S.A.,
aumentó su capital suscrito por CIENTO TREINTA MIL
NOVECIENTOS VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, y reformó su estatuto por escritura
pública otorgada ante el Notario Trigésimo Octavo del cantón Guayaquil, el 9 de mayo de 2012. Fue aprobada por la
Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No.
SC.IJ.DJC.G.12. 0004002 el 26 de julio de 2012.
El capital suscrito actual es CIENTO OCHENTA Y NUEVE
MIL CUATROCIENTOS VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, está dividido en CIENTO
OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTAS VEINTE acciones de UN DÓLAR cada una de ellas. Además se reformó el artículo relacionado con el objeto social: "ARTÍCULO
SEGUNDO: OBJETO SOCIAL.- La compañía tendrá por objeto único dedicarse a brindar asesoramiento profesional
en el área jurídica, dentro de la que se encuentra la representación de obligacionistas.".
Guayaquil, 26 de julio de 2012
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA INMAGLOP S.A.
La compañía INMAGLOP S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo del Cantón
GUAYAQUIL, el 16/Mayo/2012, fue aprobada por la
Superintendencia de Compañías, mediante Resolución
SC.IJ.DJC.G.12.0003851, el 20 de julio del 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$
1.600,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: COMERCIALIZACIÓN, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN, CONSIGNACIÓN, ELABORACIÓN, FABRICACIÓN, O INDUSTRIALIZACIÓN, COMPRA, VENTA,...
Guayaquil, 20 de julio del 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico
de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(98039)
Ab. Víctor Anchundia Places
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS
DE GUAYAQUIL
(98084)
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA RONSARAMA
CIA. LTDA.
La compañía RONSARAMA CIA. LTDA., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Noveno del Distrito Metropolitano de Quito,
el 16 de Julio de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución
SC.IJ.DJC.Q.12.003864 de 26 de Julio de 2012.
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito,
provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de
Participaciones 400 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO.ACTIVIDADES DE TURISMO, AGENCIA DE
VIAJES, TANTO MAYORISTAS, OPERADORAS, INTERNACIONALES Y DUALES, VENTA
DE PAQUETES TURÍSTICOS Y BOLETOS AÉREOS,..
Quito, 26 de Julio del 2012
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA RSABIENES RAICES
Y DESARROLLOS BIRADE C.A.
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE REFORMA DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA ATENASCOR S.A.
La compañía RSABIENES RAICES Y DESARROLLOS BIRADE C.A., se constituyó por escritura pública otorgada
ante el Notario Trigésimo Tercero del Cantón GUAYAQUIL, el 22/Mayo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.
DJC.G.12.0003995, 26 de julio del 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 2.000,00 Número de Acciones 2.000 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado:
US$4.000,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: COMPRA, VENTA, ADMINISTRACION Y ARRENDAMIENTO, SUBARRENDAMIENTO, PERMUTA, ANTICRESIS DE BIENES
INMUEBLES...
Guayaquil, 26 de julio del 2012
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de
mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(98068)
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE FUSION POR ABSORCION DE
LAS COMPAÑÍAS AGRICOLA FORESTAL BARBUDAL AFB S.A.,
SUIZANDINA S.A., DIESEL TECNICA ZIGURAT DTZ EXPERTOS
S.A. y SERVECOM S.A., POR LA COMPAÑIA TERCEROSA S.A., Y
DISOLUCION ANTICIPADA DE LAS PRIMERAS.
Se comunica al público que la compañía TERCEROSA S.A., absorbió a las compañías AGRÍCOLA FORESTAL BARBUDAL AFB S.A.,
SUIZANDINA S.A., DIESEL TÉCNICA ZIGURAT DTZ EXPERTOS S.A.
y SERVECOM S.A., y la disolución anticipada de las compañías absorbidas por escritura pública otorgada ante el Notario Público Interino
Vigésimo Segundo del cantón Guayaquil, el 1 de diciembre de 2011. Fue
aprobada por la Superintendencia de Compañías mediante Resolución
No. SC-IJ-DJCPTE-G-12 0003918 el 24 de julio del 2012.
DATOS DE LA ABSORBENTE: TERCEROSA S.A.
1.-DOMICILIO: Ciudad de GUAYAQUIL, cantón GUAYAQUIL, provincia
del GUAYAS.
Se comunica al público que la compañía ATENASCOR S.A., reformó su estatuto por escritura pública
otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, el 15 de diciembre de 2011, fue aprobada por
la Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-IJ-DJC-G-12 0003950 el 24 de julio de
2012.
1.- REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO SEGUNDO.- (...) Podrá también dedicarse a la importación
y mantenimiento de toda clase de equipos electrónicos y electromecánicos, maquinaria agrícola
y maquinaria industrial, a la importación y mantenimiento de toda clase de equipos sean estos
automotrices (...)”.
Ab. Dorys Alvarado de Chang
INTENDENTE JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
DE LA INTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
DE GUAYAQUIL, (E)
4.-OBJETO: Su actividad predominante es: la limpieza, remediación y
restauración del medio ambiente.
5.- ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN LEGAL: Está a cargo del
Presidente y Gerente. Los representantes legales son el Presidente y
Gerente, individualmente.
Guayaquil, 24 de julio del 2012
Ab. Víctor Anchundia Places
INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE GUAYAQUIL
(98076)
2.- OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor César Vicente Molina Novillo, en su
calidad de Gerente General y Representante Legal de la compañía
TEOFARMA DEL ECUADOR S.A. El compareciente es de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado y domiciliado en el Distrito
Metropolitano de Quito.
3. PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías ordenó la publicación del extracto de la escritura pública pertinente, por tres días
consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el
Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como
acto previo a su inscripción.
AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público la
disolución voluntaria y anticipada de la compañía TEOFARMA DEL
ECUADOR S.A., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los
Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de
los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este
extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición notificará
a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes,
juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre
ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma
antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura
pública de la citada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.
Ab. Patricia Chiriboga Sánchez
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN
Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
Ago. 01-02-03 (97979)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
NOTARIA PUBLICA DEL CANTÓN
SAN CRISTOBAL - GALAPAGOS
AVISO NOTARIAL
LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE BIENES POR EFECTO DE LA UNION DE HECHO Y PARTICION EXTRAJUDICIAL DE LOS BIENES INMUEBLES ADQUIRIDOS
POR LOS SEÑORES ORLANDO NAPOLEON MORA PUESTES Y OLIVIA MARIA
PEREZ SEGURA.
Pongo en conocimiento del público que por escritura celebrada en Puerto Baquerizo Moreno el 20 de julio de 2012, ante el Abogado Luis Emilio Campoverde Jumbo
Notario Público (e) del Cantón San Cristóbal, los citados ex convivientes procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad de Bienes, por terminación de la Unión
de Hecho de Mutuo Acuerdo.
Las adjudicaciones de bienes se encuentran detalladas en la escritura pública de
Liquidación de la Sociedad de Bienes que antecede.
Previo a la inscripción en los Registros correspondientes y a efecto de dar cumplimiento a la facultad Notarial contenida en el numeral 23 agregado al artículo 18
de la Ley reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial N° 406 del
28 de noviembre de 2006, hago conocer al público la liquidación del patrimonio
de la Sociedad de Bienes.
Para los efectos legales consiguientes, transcurrido veinte días de su publicación en
la forma señala en el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, de no presentarse persona alguna que tuviere interés en la Liquidación y presente oposición fundamentada, se procederá disponer la inscripción y registro de los bienes inmuebles.
Puerto Baquerizo Moreno, 22 de junio de 2012
(98051)
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: JHONY MERCHOR LINO FIGUEROA.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de ALIMENTOS CON PRESUNCION DE PATERNIDAD Nº 10147-2012, seguido por la señora SONIA MARIA TOALA PINCAY en contra de JHONY
MERCHOR LINO FIGUEROA.
ACTORA: SONIA MARIA TOALA PINCAY.
DEMANDADO: JHONY MERCHOR LINO FIGUEROA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante resolución fije una pensión de alimentos y
declaratoria de paternidad a favor del niño KRISTEL ANAHI TOALA PINCAY por parte del señor JHONY
MERCHOR LINO FIGUEROA.
AUTO INICIAL: Guayaquil, Viernes 20 de Julio del 2.012, las 12h30.- VISTOS: DRA. OLGA LEONOR MARIA LAPIERRE RODRIGUEZ.- En mérito de la razón sentada por la actuaria del despacho, puesta en mi
conocimiento la presente causa por parte de la secretaria titular. En mi calidad de Jueza Titular, mediante
acción de personal por encargo N.- 411-DNP del veinticuatro de febrero del dos mil doce, extendida por
la Dirección General de Transición del Guayas y Galápagos del Consejo de la Judicatura. Por sorteo de
Ley efectuado avoco conocimiento de la presente Demanda de Declaratoria de paternidad y Fijación de
pensión alimenticia que propone la ciudadana SONIA MARIA TOALA PINCAY, en contra del ciudadano
JHONY MERCHOR LINO FIGUEROA, por los derechos que representa del niño KRISTEL ANAHI TOALA
PINCAY. En lo principal, por cuanto la demandante ha declarado bajo juramento desconocer la individualidad o residencia de la demandado señor JHONY MERCHOR LINO FIGUEROA, se dispone que de conformidad al Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil sea citada por medio de tres publicaciones en el
diario Telégrafo o Universo, diarios de mayor circulación a nivel nacional. Advirtiéndole al demandado la
obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y
la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde.
Por ser clara, precisa, completa y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite, con sujeción al
procedimiento oral de conformidad con el Art.- Inn 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia publicado
en R.O. N.- 643 del 28 de julio del 2009, en virtud del cual y de conformidad a lo establecido en el
Art.- Inn. 9 inciso 1ero y 35 de dicho cuerpo de Ley, y en base a la documentación incorporada por la
alimentante, se fija en la cantidad de $ 79,42 equivalente al 27,2% de la Tabla de Pensiones Alimenticias
vigentes correspondientes al Nivel 1 del salario Básico Unificado del trabajador en general, más los beneficios de Ley, como pensión provisional que debe pasar el demandado JHONY MERCHOR LINO FIGUEROA
a favor del niño KRISTEL ANAHI TOALA PINCAY, de 1 año de edad. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. OLGA LAPIERRE RODRIGUEZ, JUEZ CUARTA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y ABOGADA NATASHA BLUSZTEIN FIGUEROA SECRETARIA QUE CERTIFICA.
Guayaquil, 26 de Julio del 2012
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL
Ag. 2-16-29 (98017)
ABOGADO LUIS EMILIO CAMPOVERDE JUMBO
NOTARIO PÚBLICO DEL CANTÓN
SAN CRISTOBAL (e)
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA
COMPAÑÍA OLEOCG AMÉRICAS
CIA. LTDA.
La compañía OLEOCG AMÉRICAS CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario
Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 14 de
Junio de 2012, fue aprobada por la Superintendencia
de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.
12.003846 de 25 de Julio de 2012.
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA.
2.- DURACIÓN: 50 AÑOS, desde su inscripción.
3.- CAPITAL AUTORIZADO: VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA. CAPITAL SUSCRITO: DIEZ MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, dividido en DIEZ MIL
acciones de UN DÓLAR cada una de ellas.
1.- CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución
voluntaria y anticipada de la compañía TEOFARMA DEL ECUADOR
S.A., otorgada el 18 de noviembre del 2011, ante el Notario Vigésimo Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, ha sido aprobada por
la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.
DJDL.Q.12. 3780 de 23 de julio 2012.
Distrito Metropolitano de Quito, a , 23 de julio de 2012
NOTA: extracto deberá publicarse en un periódico
de mayor circulación en el domicilio principal de
la compañía
(98024)
EXTRACTO
ANTECEDENTES.- La compañía TEOFARMA DEL ECUADOR S.A., se
constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Sexto del Distrito Metropolitano de Quito, el 08 de noviembre de
2007 y se inscribió en el Registro Mercantil del citado Distrito bajo el
No. 3609, Tomo 138 el 05 de diciembre de 2007.
(97965)
Guayaquil, 24 de julio de 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
SUBDIRECTOR JURÍDICO DE CONCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA TEOFARMA DEL ECUADOR S.A.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de
Participaciones 400 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es:.. LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS
ESPECIALIZADOS EN LAS ÁREAS DE
GERENCIAMIENTO, INGENIERÍA Y SUPERVISIÓN
EN OBRA DE PROYECTOS,..
Quito, 25 de Julio de 2012
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO
BANCO TERRITORIAL SOCIEDAD ANONIMA
VISTO BUENO N° 33314-2012-BCL
Banco Territorial Sociedad Anónima, pone a conocimiento del
público, que se ha traspapelado el original del Certificado Nominativo de Depósito a Plazo Nro. PF000800584011, emitido
el 04 de Octubre del 2011, a nombre de Pazmiño Jaramillo
Gladys Genoveva, por un valor de capital de US$ 1.000,00,
inversión que genera un interés nominal anual del 6.50%, habiéndose convenido como fecha de vencimiento del referido
Certificado de Depósito a Plazo, 06 de Febrero del 2012.
ACTOR: ING. FREDDY POZO MAYORGA.
ACCIONADO: MANUEL AGUSTIN MORALES IPIALES.
CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO.
Dentro del Trámite de Visto Bueno N° 33314-2012-BC, que
sigue el (a) señor (a) ING. FREDDY POZO MAYORGA, Representante legal de la compañía REVESTISA CIA. LTDA., en su
calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) MANUEL
AGUSTIN MORALES IPIALES, en su calidad de trabajador (a),
se ha dictado lo que sigue:
De no presentarse oposición, en el lapso de 30 días, contados
a partir de la tercera y última publicación, se procederá a la
anulación de dicho certificado.
INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 11 de junio del 2012, a las 16H06.- En mérito del sorteo de ley que antecede avoco conocimiento de la solicitud de Visto Bueno N°
33314-2012-BC. En lo principal agréguese al trámite la Declaración Juramentada celebrada ante Notario Público por la parte actora indicando que desconoce el domicilio del accionado
y atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183,
545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia
de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia
notifíquese a la trabajadora mediante tres publicaciones en
uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad
a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil,
por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el
domicilio del accionado, a quien se le concede el termino de
veinte días para que conteste y señale casillero judicial para
futuras notificaciones. Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto. 2) Tómese en cuenta el casillero judicial
señalado por el actor y la autorización otorgada al profesional
del derecho que suscribe en la presente causa.- NOTIFIQUESE.- f) Abg. Bayron Cabrera Lema.
Lo que comunico para los fines de Ley.
Ago. 1-2-3 (98021)
BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público
el extravío de la LIBRETA de la Cta. No. 190049130
perteneciente a CANDO VARGAS SEGUNDO
OSWALDO.
Particular que se comunica para los fines de ley.
Jul. 31; Ag. 2-4 (97931)
BANCO DEL PACIFICO: Al público, comunicamos el extravío del Certificado de Depósito No.
261545947 por USD $4100.49 del Banco del Pacifico S.A., a favor del Sr. ESPINOZA FLORES JORGE ESTUARDO, con fecha de vencimiento 23-Julio-2012.
Ag. 2-17; Sept. 1 (97804)
Abg. Bayron Cabrera Lema
INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA
Ag. 1-2-3 (97986)
Gaceta varios
REPÚBLICA DEL ECUADOR
BANCO ECUATORIANO DE LA VIVIENDA,
REGIONAL GUAYAQUIL
JUZGADO DE COACTIVA
AVISO DE REMATE AL PÚBLICO
Pongo en conocimiento del público que en providencia dictada el 03 de julio de 2012, a las
12h00, por la Señora Jueza de Coactiva del BEV, en el Juicio Coactivo No. 325-2008, ordenó que se lleve a efecto el primer Señalamiento del remate del bien inmueble embargado,
consistente en: Solar y Villa No.15, Mz. I, del Proyecto Inmobiliario denominado “5 de
Octubre” del Cantón Naranjito, Provincia del Guayas, y determinado en este aviso, señalándose para el efecto el día MARTES 04 DE SEPTIEMBRE DE 2012, acto que se llevará a
cabo DESDE LAS TRECE HORAS (13H00) HASTA LAS DIECISIETE HORAS (17H00), en
el Juzgado de Coactiva de BEV / Regional Guayaquil, ubicado en esta ciudad de Guayaquil,
Avda. 25 de Julio Cdla. Los Esteros, 1er Piso.
LAS CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE A REMATARSE SON: Los linderos, medidas y
superficie del inmueble son los siguientes: Norte: Solar # 14, con 15.00 metros cuadrados;
Sur: Solar # 16, con 15.00 metros cuadrados; Este: Peatonal, con 6,00 metros cuadrados;
Oeste: Solar # 18, con 6,00 metros cuadrados; ÁREA TOTAL: (90,00) (NOVENTA METROS
CUADRADOS); *INFRAESTRUCTURA URBANA: Cuenta con: - Redes de energía eléctrica,- Teléfono- servicio de agua potable – Recolección de basura- Alcantarillado- Transporte
colectivo - Cercanía Zonas comerciales; Vías: Tierra/ Lastre; CLASIFICACION DE LA ZONA:
Urbana;*DESCRIPCION DEL BIEN: Terreno-casa; CARACTERÍSTICAS DEL TERRENO:
ÁREA TOTAL: (90,00) (NOVENTA METROS CUADRADOS)- Forma: Regular, - Topografía:
Plana - Ubicación: Medianero.- CARACTERISTICAS DE LA EDIFICACION: Tipo: Vivienda
de uso unifamiliar - Acabados: Regular - Número de Pisos: Una planta.- DISTRIBUCION
INTERNA: El bien se encuentra ubicado en vía peatonal, distribuido de la siguiente manera: Sala, comedor, cocina integrada, 2 dormitorios, 1 ss.hh., y patio exterior.- Edificación:
Terminado; Seguridades contra Incendios: Ninguna.- UTILIZACION ACTUAL: Vivienda habitada.- ESTRUCTURAS: Estructura general: Hormigón Armado– Estructura de la cubierta
– Hormigón Armado - Cubiertas: Losa – Piso/entrepiso: Hormigón simple- Tumbados: No
tiene– Mampostería interna/externa: Bloque enlucido; Escaleras: No tiene; ACABADOS:
Recubrimiento de pisos: No tiene; – Recubrimiento de paredes: No tiene – Pintura Interior:
Látex Acrílico – Pintura Exterior: Látex Acrílico - Instalaciones eléctricas: Empotradas– Instalaciones sanitarias: Empotradas – Piezas eléctricas: Nacionales- Piezas sanitarias: Nacionales - Grifería: Nacionales – Anaqueles de cocina: No tiene-Closets: No tiene- Puertas
Internas: No tiene - Puertas externas: Madera – Ventanería: Aluminio y Vidrio Natural–
Rejas: Hierro- Sobre Puerta: No tiene.- El estado general y el nivel de acabados del bien,
es Regular.- El informe de avalúo realizado por el Perito designado para el efecto, determino que el inmueble anteriormente descrito tiene un costo de USD$. 8.313,00 (OCHO MIL
TRESCIENTOS TRECE 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).- El
Actuario del despacho elabore el aviso de remate respectivo, que se publicará por tres veces
en uno de los diarios que se edite en la ciudad de Guayaquil, Provincia del Guayas, mediando
por lo menos ocho días, entre cada publicación, y del último de ellos al día señalado para el
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: OLGA AGUSTINA MUÑOZ CASTILLO.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No.
5575-2012, seguido por JULIO JACINTO MOSQUERA ARAUJO en contra de OLGA AGUSTINA
MUÑOZ CASTILLO:
ACTOR: JULIO JACINTO MOSQUERA ARAUJO.
DEMANDADO: OLGA AGUSTINA MUÑOZ CASTILLO.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo
matrimonial que une a JULIO JACINTO MOSQUERA ARAUJO en contra de OLGA AGUSTINA
MUÑOZ CASTILLO, de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso primero
del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL
CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, viernes 29 de junio del 2012, las 13h03. VISTOS: forme parte
del proceso el acta de declaración juramentada realizada el 20 de junio del 2012 a las 15H10, y
los escrito que anteceden, tómese en consideración el contenido de los mismo.- En lo principal, la
demanda de divorcio litigioso presentada por el señor JULIO JACINTO MOSQUERA ARAUJO, en
contra de la señora OLGA AGUSTINA MUÑOZ CASTILLO, es clara y precisa, reúne los requisitos
establecidos en el Art. 67 y 1013 del código de procedimiento civil, razón lo que se la admite al
trámite del juicio verbal sumario, de acuerdo en el Art. 118, del código Civil.- En lo principal, por
desconocerse el domicilio de la demandada, según afirma bajo juramento el actor, cítese con la
demanda y esta providencia, por tres veces en un periódico de esta localidad, publicaciones que
se harán mediando ocho días, por lo menos, entre una y la otra.- Al afecto la actuaria del despacho
confiera el extracto respectivo; de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.NOTIFÍQUESE.- Hágase saber.Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de
comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la ultima publicación y la de señalar
casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde.
CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: ABG. SIXTA AMARILIS BARCOS PORROS,
JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL No. 1 DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE
GUAYAQUIL. SIGUE LA CERTIFICACIÓN F) AB. LEONOR AZUCENA RAMIREZ CAMPOS SECRETARIO.- Particular que comunico a Ud., para los fines de Ley.- Guayaquil, 07 de julio del 2012.-
EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA
DEL ECUADOR
CAUSA PENAL No. 09275-2011-0240.
COMPAÑÍA ULRIKE S.A.
Conforme a lo señalado en el Art. 107, numeral 4.- y Art. 111 del Código Orgánico Tributario; la Dirección Distrital Guayaquil del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador, en virtud de sus funciones y atribuciones, señaladas en el literal j) del Art. 218 del Código Orgánico de
la Producción, Comercio e Inversiones-COPCI, pone en conocimiento
al Sr. Alfonso Coronel Madriñan en calidad de Representante Legal
de la Compañía ULRIKE S.A, que mediante Providencia Nro. SENAE
DDG-2012-0347-PV DE FECHA 2 DE ABRIL 2012, SE LE INFORMA
QUE DENTRO DE LA CAUSA PENAL No.09275-2011-0240, LA DIRECCIÓN DE DESPACHO DE ESTE DISTRITO A FIN DE CUMPLIR
LO ORDENADO POR EL JUEZ TEMPORAL VIGESIMO QUINTO DE
GARANTIAS PENALES PROCEDA A EFECTUAR LA INSPECCION DE
LA MERCANCIA AMPARADA EN EL REFRENDO NO.028-2009-10010339. LAS FECHAS FIJADAS PARA LA EJECUCION DE LA DISPOSICION DE LA PROVIDENCIA ANTES MENCIONADA SON:
1.
7 DE AGOSTO DE 2012 (PRIMERA FECHA)
2.
15 DE AGOSTO DE 2012 (SEGUNDO FECHA)
CABE MENCIONAR QUE POR ALGUNA CIRCUNSTANCIA NO ASISTA AL PRIMER SEÑALAMIENTO DE LA FECHA FIJADA QUEDA AUTOMATICAMENTE SEÑALADO EL SEGUNDO SEÑALAMIENTO DE
LA FECHA.
SE ADVIERTE QUE DE NO PRESENTARSE A LA SEGUNDO FECHA
SEÑALADA DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL LITERAL B) DEL
ART.143 DEL COPCI, LA CARGA SERÁ DECLARADA EN ABANDONO
DEFINITIVO.
NOTIFICACIÓN POR PRENSA # 06
Que, esta Dirección remite el listado que a continuación detalla, de
Actos Administrativos que por diferentes motivos no se han podido
notificar a los Importadores u Operadores de Comercio Exterior, ya sea
mediante Guías de Correos del Ecuador y/o Mensajería del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador; En virtud de lo antes expuesto, y de
conformidad con lo previsto en los Arts. 105 y 107 del Código Tributario, el suscrito Director de Zona Primaria de la Dirección Distrital
Guayaquil, Dispone: Que al tenor de lo que señala el Art.111 del Código Tributario, Notifíquese al propietario o consignatario el presente
acto administrativo por la prensa, por lo que quedan notificados desde
el día hábil siguiente al de la última publicación los consignatarios, y
que toda persona podrá presentar reclamo administrativo en contra
de los actos administrativos dictados por el Director General o los Directores Distritales del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador que
afectaren directamente sus derechos, dentro del plazo de veinte días
contados desde el día hábil siguiente al de la última publicación de
este acto.
DECLARATORIA DE ABANDONO
#
FECHA
1
04/07/2012
PROVIDENCIA
SENAE-DZPG-2012-
0456
CUIDADANO
C.C
OLGA MARIA PERALTA
LEYTON
0903856847
OFICIO
Lo que se comunica para los fines pertinentes,
#
Atentamente,
1
Lcda. Marcela Yumbla Macias
DIRECTOR DISTRITAL GUAYAQUIL, SUBROGANTE
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
(98003)
FECHA
22/06/2012
Dr. Jorge Palacios H.
SECRETARIO DEL JUZGADO
TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
FIRMA Y SELLO
Ag. 2-16-29 (98045)
0409
RUC
0992352310001
TRAMITE:
CAUSAL:
ACTOR:
CONTRA:
AB. LEONOR AZUCENA RAMIREZ CAMPOS
SECRETARIO
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL
Jul. 18; Ago. 2-16 (97123)
AVISO
A LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE LA
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO
TORRES REVELO S.A.
Se comunica a los señores accionistas de la COMPAÑÍA
DE TRANSPORTE PESADO TORRES REVELO S.A., que
de acuerdo a lo establecido en el Artículo 181 de la Ley de
Compañías Codificada, disponen de treinta días, contados
a partir de la presente fecha, para hacer uso de su Derecho de Preferencia en el Aumento de Capital y Reforma
de Estatuto aprobado por la Junta General Ordinaria de
Accionistas de la Empresa, en sesión celebrada el día 17
de julio del 2012, incremento que será hasta la suma de
TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $ 3.000,oo) y deberá ser cubierto con la cuenta
NUMERARIO.
Para ejercer su derecho de preferencia, los accionistas deberán acercarse a las Oficinas de la compañía ubicadas en
la calle Fernando Ortega N64-395 y Mariano Burbano, de
esta ciudad de Quito.
Yacenia Esperanza Revelo Carvajal
Gerente General
(98059)
MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN
EXTRACTO
"JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves
16 de junio del 2011, las 10H28.- VISTOS: Avoco conocimiento de
la causa en calidad de Juez encargado; y, en virtud de la Acción de
Personal No. 964-DP-DPP del 3 de mayo del 2011.- En lo principal,
la demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los demás
requisitos de Ley.- En consecuencia se la acepta a trámite Verbal
Sumario de Divorcio.- Atento al juramento rendido por James
Milton Long Zevallos; y, de conformidad con el Art. 82 del Código
de Procedimiento Civil, cítese a Leticia Rosa Caputi Tinoco por la
prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad
de Quito y Guayaquil.- Cúmplase con lo dispuesto en el Art. 119
del Código Civil.- Agréguese los documentos.- Regístrese la casilla
judicial No. 751 y la autorización concedida al Dr. Jorge Alarcón”.
Notifíquese. Dr. Edwin Argoti Reyes, Juez, encargado.
Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.
Atentamente,
SENAE-DZPG-2012-
EMPRESA
RUSSIAN MARITIME
AGENCY RUSSMAR S.A
Ing. Jose Luis Arias Rivadeneira
DIRECTOR DE ZONA PRIMARIA
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACION JUDICIAL A LETICIA ROSA CAPUTI TINOCO
VERBAL SUMARIO -DIVORCIOJAMES MILTON LONG ZEVALLOS
LETICIA ROSA CAPUTI TINOCO
VERBAL SUMARIO
79-2011-RCO
INDETERMINADA
OFICIO
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE CUENCA
CITACIÓN JUDICIAL
JUICIO N.- 397-12
SOLICITUD DE VISTO BUENO N° 34566-2012.
NUMERAL 2 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO.FUNDACIÓN WILSON MUÑOZ RIVAS.
SATURIO ENRIQUE VILLAFUERTE FAJARDO.-
INSPECTORIA PROVINCIAL DE TRABAJO DEL GUAYAS.Guayaquil, 24 julio de 2012; las 9h25.En lo principal, atendiendo lo peticionado por la parte accionante, y en virtud de la
providencia dictada el 24 de julio de 2012; las 9h20, se ha dispuesto emitir el extracto de notificación por la prensa de conformidad con lo prescrito en el articulo
82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte accionante Compañia
HI- LITE ECUADOR S.A., en su calidad de empleadora, a través de su representante legal OSCAR STAVSEHT PEÑAFIEL, declara bajo juramento desconocer la individualidad o residencia actual del trabajador SATURIO ENRIQUE VILLAFUERTE
FAJARDO, por lo que se dispone notificar al trabajador accionado señor SATURIO
ENRIQUE VILLAFUERTE FAJARDO, mediante la publicación del presente extracto
en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, confiriéndosele el término de veinte días a partir de la publicación a la accionada, a efecto de
que comparezca a dar contestación a la acción planteada en su contra, haciéndole saber que tiene la obligación de señalar casilla judicial para que reciba futuras
notificaciones.- Publíquese el presente extracto por una sola vez.- Notifíquese.- )
Ab. Antonio Fuentes Campuzano, Inspector de trabajo del Guayas.- Lo comunico
para fines de ley.- Guayaquil, 24 de julio de 2012, a las 9h25.Ab. Antonio Fuentes Campuzano
Inspector de trabajo del Guayas
(98052)
Latina Seguros y Reaseguros C.A., comunica que el día 20 del mes
de Junio del 2012, fueron sustraídas del punto de venta ubicado en las
calles Puerto Ayora, Barrio La Unión Calle Islas Duncan Y Santiago de la
provincia de Galápagos la cantidad de 1 póliza SOAT, en el consecutivo
11151480181, por lo que informa a la ciudadanía que fueron anuladas."
(97938)
remate.- De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de
los Ingresos del Estado, que reforma los Arts. 457 y 458 del Código de Procedimiento Civil;
Los interesados en presentar posturas deberán acercarse al Juzgado de Coactiva del BEV /
Regional Guayaquil, ubicado en la Avda. 25 de Julio, Ciudadela Los Esteros, 1er. Piso, a efecto
de, entregar en forma obligatoria la documentación que se solicita a continuación, como
mecanismo de Prevención de Lavado de Activos: - Copia de la Cédula de Identidad - Copia
del Certificado de Votación - Copia del Pasaporte (extranjeros) – Certificado de ingresos /
Rol de pago /o Declaración juramentada de ingresos mensuales - Copia de los recibos de
cualquiera de los servicios básicos (agua, luz o teléfono) – Certificado del CONSEP (Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes o Psicotrópicas) - Formulario de Declaración de
Origen Lícito de Fondos – Certificado de central de riesgo - Referencia Bancaria por escrito,
esta documentación deberá presentarse acompañada de un escrito suscrito conjuntamente
con un Abogado, adjuntando copia de la credencial extendida por el respectivo Colegio de
Abogados, ante la Secretaria del Juzgado con 20 días de antelación a la fecha del Remate
(LUNES 06 DE AGOSTO DE 2012), indicando dentro del mismo, el domicilio judicial del
postor, (casilla judicial, teléfono), una vez receptada la documentación, se remitirá la misma, al Departamento de Crédito del BEV / Guayaquil, a efecto de que verificada esta, se
notifique según el domicilio judicial señalado, si cumplen con los requisitos para postularse
a la diligencia de Remate a realizarse conforme consta en líneas anteriores, Martes 04 de
septiembre de 2012, desde las trece horas (13h00) hasta las diecisiete horas (17h00);
Las personas interesadas deberán entregar en forma obligatoria la documentación requerida.- No se admitirán posturas que estén tachadas, corregidas o inteligibles y que no
vayan acompañadas de por lo menos el 10% del valor total de la oferta, que será consignado
en dinero en efectivo o en cheque certificado girado por uno de los Bancos del Sistema Financiero Ecuatoriano a la orden de Banco Ecuatoriano de la Vivienda.- Las posturas deberán
estar acompañadas de todos los documentos habilitantes.- No se admitirán posturas en que
se fijen plazos que excedan los ocho años, contados desde el día del remate, ni las que no
ofrezcan el pago de por lo menos el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas, de
conformidad con lo dispuesto en el Art. 467 del Código de Procedimiento Civil, ni se admitirán posturas de por lo menos de las dos terceras partes del valor del avalúo pericial del bien
a rematar, conforme expresa el Art. 468 del mismo cuerpo legal.-Proceda el Actuario del Despacho conjuntamente con la Directora de Trámite, con la fijación de los tres carteles, mismos
que se exhibirán en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera cantonal donde este
situado el bien a rematarse.- Los impuestos prediales, tasas, otros tributos, expensas, etc.,
que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de transferencia de dominio, Y
LA PLUSVALIA, serán de cuenta del adjudicatario.- El remate se realiza conforme lo estipula
el Art. 1773 del Código Civil, por lo que no obstante indicarse los linderos, superficie del bien,
el remate se lo realiza como cuerpo cierto, por lo que no habrá lugar a reclamos por rebaja
o aumento de precio.- Una vez ejecutoriado el Auto de Adjudicación, a través del Área de
Escrituración del BEV, se procederá a la protocolización e inscripción, en el Registrador de
la Propiedad del Cantón Naranjito, por lo que se dispone que el nuevo adjudicatario cancele
en las ventanillas del BEV/Guayaquil, los valores a los que se ascenderían la protocolización
del referido auto, de conforme lo establece el Art. 32 del Reglamento para el Ejercicio de la
Jurisdicción Coactiva del Banco Ecuatoriano de la Vivienda, en caso de incumplimiento de
pago, el Banco acreedor, asumirá los gastos a incurrirse, y serán cargados a la cuenta del
adjudicatario, y si fuere necesario cobrado por la vía coactiva.- No se admitirán excepciones
de los coactivados, sino después de consignada la cantidad a que asciende la deuda más
intereses legales y costas procesales, caso contrario se entenderá ejecutoriada y se ratifica la
declaración de que la obligación es líquida, pura, determinada y de plazo vencido.
Particular que comunico a Usted, para los fines de Ley.Guayaquil, 10 de julio de 2012.
ABG. MARIA ESTEFANIA PAZMIÑO SEGARRA
SECRETARIA DEL JUZGADO DE COACTIVA
DEL BEV/ REGIONAL GUAYAQUIL
Jul. 13; Ago. 02-20 (96692)
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL, MERCANTIL
DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
JUICIO. ACTOR.
DEMANDADO.
TRAMITE:
CAUSA No.
CUANTÍA.
29
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
A: Narcisa Jessenia Fuentes Zambrano.
Se le hace saber que en este Juzgado Sexto de lo Civil a cargo del Doctor
Edmundo Guillén Moreno. Se ha presentado una demanda, cuyo extracto con
la providencia recaída en ella es al tenor siguiente:
NATURALEZA:
VERBAL SUMARIO
MATERIA:
DIVORCIO
ACTOR:
Augusto Rafael Rivas Carranza
DEMANDADO:
Narcisa Jessenia Fuentes Zambrano.
CUANTÍA:
Indeterminada
PROVIDENCIA: 397-12.- Cuenca, abril 27 del 2012 las 08h10.- VISTOS:
Avoco conocimiento de la causa por el sorteo de ley. La demanda de divorcio
presentada por Augusto Rafael Rivas Carranza, por intermedio de sus procuradores judiciales, contra Narcisa Jessenia Fuentes Zambrano, por clara y
completa y por reunir con los requisitos de ley, se acepta a trámite en juicio
verbal- sumario, cítese a la parte demandada mediante la prensa, de conformidad con lo estatuido en el Art. 82 del C. de P. Civil. Por fijada la cuantía: en
cuenta, el trámite, autorización y casilla. Adjúntese a los autos la documentación presentada. Actúe la Oficial Mayor por licencia del secretario. Hágase
saber.- OTRA PROVIDENCIA.- 397-12.- Cuenca, 18 de junio del 2012. Las
08h21. Agréguese al proceso el escrito presentado, en lo principal, precédase
a la citación de la demandada por la prensa en el Diario El Universo que es de
mayor circulación a nivel nacional, por cuanto el matrimonio ha sido celebrado
en la Isla Santa Cruz, provincia de Galápagos. Por secretaría entréguese el
extracto correspondiente. Hágase saber.- f).- Dr. Edmundo Guillén M..- OTRA
PROVIDENCIA.- 397-12
Cuenca, 21 de junio del 2012. Las 08h02. Agréguese al proceso el escrito
presentado, en lo principal, la publicación por la prensa sobre la citación a la
demandada, se dispone hacerlo en cualquiera de los Diarios de circulación a
nivel nacional, esto es en el Diario el Universo o en El Telégrafo. Hágase saber.
A la parte demandada se le advierte de la obligación de señalar domicilio
judicial para futuras notificaciones.
Cuenca, 20 de junio del 2012
Dr. Agustín Pesantez O.
SECRETARIO DEL JUZGADO
VI CIVIL DE LO CIVIL DE CUENCA
Ag. 2-16-29 (98026)
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN
EN VIDA FUE EDDIN FABRICIO POZO PAZMIÑO Y AL PÚBLICO EN GENERAL.
LES HAGO SABER LO SIGUIENTE: Que mediante Decreto de
fecha 27 de junio del 2012, dictada a las 10H51, por el Abogado
Ángel Desiderio León Pincay, Juez encargado del Juzgado Décimo Segundo de lo Civil y Mercantil de la Provincia de Santa
Elena, en Salinas, se ha aceptado al trámite la demanda de Apertura de Sucesión Intestada No. 365-2012, presentada por Jenny
Elizabeth Parrales Lucio, por reunir los requisitos de los Art. 67,
68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil (reformado), en la
vía Especial contemplado en el Libro II, Titulo II, Sección Séptima
del Art. 603 del Código de Procedimiento Civil. Ordenándose citar a los herederos, presuntos y desconocidos de acuerdo a lo
previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por tres
publicaciones que se harán en tres distintos días por un Diario
de Amplia Circulación de la ciudad de Santa Elena; Así mismo
cuéntese con el señor Delegado del Servicio de Rentas Internas
con sede en la Provincia de Santa Elena.
Cuantía: Por su naturaleza es Indeterminada.
Vía a seguirse es la Especial.
El objeto de la demanda: Hacer conocer de la demanda de
Apertura de Sucesión Hereditaria, presentada por Jenny Parrales
Lucio en contra de los herederos presuntos, desconocidos, y al
público en general fundamentándose en el Art. 629 del Código
de Procedimiento Civil, la apertura de la sucesión y a la facción
de inventarios solemnes de los bienes hereditarios de quien en
vida fue EDDIN FABRICIO POZO PAZMIÑO.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio en éste Cantón Salinas, para recibir las notificaciones que les corresponda,
de no hacerlo dentro de los 20 días posteriores a esta publicación, días posteriores a esta publicación, podrán ser considerados rebeldes.- Salinas, a 25 de Julio del 2012.
Ab. Edith Espinoza Salazar
SECRETARIA
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA
(97988)
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA
DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS
ZONAL QUITO
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CITACIÓN A LOS SEÑORES USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS QUE
DISCURREN DE LOS DESHIELOS DE LOS ILINIZAS POR LA QUEBRADA SAN MANUEL,
RECURSO HIDRICO QUE SERÁ UTILIZADO PARA CONSUMO HUMANO, ABREVADERO Y
RIEGO, FUENTE HIDRICA LOCALIZADA EN LA PARROQUIA EL CHAUPI, CANTÓN MEJIA,
PROVINCIA DE PICHINCHA.
Extracto
ACTOR: Víctor Ramiro Arguero López.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Concesión del derecho de aprovechamiento de aguas para
CONSUMO HUMANO, ABREVADERO Y RIEGO.
Dentro del Trámite No. 186-12 Cs. (PMP) se ha dictado la siguiente providencia:
SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA, DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS.
ZONAL QUITO.- Tramite No. 186-12-Cs (PMP) DM Quito, 21 de junio del 2012, a las 11h10.Avoco conocimiento del presente trámite en virtud de haber sido designado Líder del Centro
Zonal Quito de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas, mediante memorando SENAGUACDHE-15-2012-0108-M, de fecha 07 de febrero de 2012.- Que mediante Acuerdo Ministerial
No. 2009-46 expedida el 13 de noviembre de 2009, se crea la Demarcación Hidrográfica de
Esmeraldas.- Que mediante Acuerdo Ministerial No. 2009-48 de 4 de diciembre del 2009, se
expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría Nacional
del Agua-SENAGUA. En lo principal: La solicitud de Concesión presentada por el señor Víctor
Ramiro Arguero López, quien mediante escritura pública de 20 de septiembre del 2010 recibe
por partición y adjudicación un lote de terreno de 44.915 m2, los mismos que viene siendo
utilizados para pastoreo de 60 cabezas de ganado de leche, recurso hídrico que es utilizado para
uso humano, abrevadero de ganado y cultivo de papas de unas 2.5 hectáreas, para estos fines se
solicita un caudal de 5m3 o lo que el señor perito determine, aguas que discurren por la quebrada
San Manuel, aguas que viene siendo utilizadas por los señores Edgar Raúl Arguero López y Cesar
Ramón Fustillos, las mencionadas aguas se producen de los deshielos de los Ilinizas. Con estos
antecedentes esta Autoridad dispone: 1.- Se acepta a trámite y en apego a lo dispuesto en los
Arts. 7, 12, 14, 18 inciso segundo, 21, 35, 36 literal c), 42, 85, 86 y 87 de la Codificación de la Ley
de Agua y literal g) del art. 73 del Reglamento, se la califica. 2.- Cúmplase lo dispuesto en el Art.
87 literal a), por lo cual cítese a los señores Edgar Raúl Arguero López y Cesar Ramón Fustillos
en sus domicilios que lo tiene ubicado en el barrio San Manuel Parroquia El Chaupi, Cantón
Mejia, así como fíjese carteles en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia El Chaupi,
Cantón Mejía, provincia de Pichincha, para lo cual se remitirá atenta comisión librada al señor
Teniente Político de dicha jurisdicción, por mandato de la Ley, entréguese al Actor un extracto
con el objeto de que se publique por tres ocasiones mediando entre una y la otra un mínimo de
ocho días, publicaciones que se lo deberá hacer, un uno de los diarios de mayor circulación de
la localidad, de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional (El Telégrafo, La
Hora, Ultimas Noticias, El Comercio, o el Hoy). 3.- Los administrados en el término de 72 horas
retirarán de esta Dependencia tanto la comisión librada para la citación y fijación de carteles,
como el extracto para su publicación en la prensa. 4.- Téngase en cuenta los números telefónicos
2316-682 o 092595292, 097852921 para posteriores notificaciones. De conformidad con
el memorando No. SENAGUA-DZQ.1-15-2012-0058 de 15 de junio del 2012, actué la Abg.
Fernanda Sandoval N., como Secretario Ad-Hoc en el presente trámite.- NOTIFÍQUESE…f) Dr.
Patricio Montenegro Padilla Lider del Centro Zonal Quito de la Demarcación Hidrográfica de
Esmeraldas. Lo que comunico a Usted para los fines de Ley.- Certifico.Abg. Fernanda Sandoval N.
SECRETARIO AD-HOC
FIRMA Y SELLO
(97977)
Por haberse extraviado se va a proceder
a cambiar el título de acciones No. 59
emitido por Plywood Ecuatoriana S.A.
(97840)
Gaceta varios
30
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
RESOLUCIÓN No. SC.IJ.DJDL.Q.12.3246
PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
CONSIDERANDO:
QUE mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.11.5353 de 29 de noviembre de 2011, se declaró la inactividad de las siguientes compañías, cuyos domicilios
les corresponde a la jurisdicción de la Intendencia de Quito, por encontrarse incursas en el Art. 359 de la Ley de Compañías.
CONSTITUCIÓN
No.
Exp.
1
88257
2
88398
Nombre
REGISTRO MERCANTIL
Notaria
Cantón
AMERICANSUNRISE S.A.
1
QUITO
SERVICIOS KARRAS SERKA S.A.
1
Fecha
45
49794
GRUPO
MAINTQUITO S.A.
TECNOLOGICO
9
QUITO
17/04/1996
QUITO
1585
127
18/06/1996
46
53475
RADELECT
ELECTRONICA EN
RADIO COMUNICACION CIA. LTDA.
9
QUITO
04/08/1995
QUITO
318
127
30/01/1996
47
54020
ORO SOLIDO DEL ECUADOR
ECUAOROSOLEC CIA. LTDA.
9
QUITO
12/11/1996
QUITO
85
128
13/01/1997
48
12663
INMOBILIARIA UNION CIA. LTDA.
11
QUITO
30/09/1975
QUITO
846
49
13678
VISECOM C. LTDA.
11
QUITO
29/03/1978
QUITO
341
109
11/11/1975
13/04/1978
50
16763
INMOBILIARIA BURCO C. LTDA.
11
QUITO
09/04/1985
QUITO
771
116
20/06/1985
51
17419
IMBATRAN C. LTDA.
11
QUITO
22/08/1986
QUITO
1412
117
16/10/1986
52
17828
PROMCO C. LTDA.
11
QUITO
08/10/1987
QUITO
1464
118
18/11/1987
53
45982
CONSORCIO
INDUSTRIAL
DE
ENVASES Y BEBIDAS INDUENVASES
S.A.
11
GUAYAQUIL
13/03/1987
QUITO
71
19
26/05/1987
54
46831
CCGECUADOR S.A.
11
QUITO
20/11/1990
QUITO
1967
121
10/12/1990
55
49915
ALQUIMIATEC S.A.
11
QUITO
08/08/1996
QUITO
144
28
15/10/1996
56
52985
INTELSEG SEGURIDAD CIA. LTDA.
11
QUITO
29/06/1995
QUITO
2204
126
31/07/1995
57
53095
DESARROLLO
QUIMICO
INDUSTRIAL INDESQUIN CIA. LTDA.
11
QUITO
17/07/1995
QUITO
2602
126
05/09/1995
11/02/1969
Cantón
Número
Tomo
Fecha
01/10/1999
QUITO
2668
130
04/11/1999
QUITO
15/10/1999
QUITO
2767
130
16/11/1999
109
31/05/1978
3
7311
OPERACIONES POTENCIALES S.A.
2
QUITO
03/03/1978
QUITO
482
4
10493
PENA DURINI CIA. LTDA.
2
QUITO
14/01/1969
QUITO
157
58
85240
SATWORLD S.A.
11
QUITO
17/02/1997
QUITO
556
128
10/03/1997
5
14459
SILON C. LTDA.
2
QUITO
17/01/1980
QUITO
242
111
25/03/1980
59
87653
FLUVIALWAY S.A.
11
QUITO
22/02/1999
QUITO
1134
130
18/05/1999
6
46611
COMATER S.A.
2
QUITO
12/02/1990
QUITO
643
121
23/04/1990
60
1795
12
QUITO
05/06/1974
QUITO
27
6
30/07/1974
7
47705
INVERVALMA S.A.
2
QUITO
05/01/1993
QUITO
278
124
08/02/1993
LICORES DE EXPORTACIÓN S.A.
LICORESA
8
48994
QUICKSAT S.A.
2
QUITO
26/05/1995
QUITO
1603
126
07/06/1995
61
87969
COMPLOTLINE S.A.
12
QUITO
17/06/1999
QUITO
1979
130
24/08/1999
9
49333
FAMVILLA S.A.
2
QUITO
11/10/1995
QUITO
3297
126
08/11/1995
62
88286
VIA 3 VIATRESA CIA. LTDA.
12
QUITO
10/09/1999
QUITO
2628
130
28/10/1999
10
10288
ANGLO ECUATORIANA QUITO CIA.
LTDA.
3
QUITO
09/06/1966
QUITO
435
24/06/1966
63
89222
ENFOQUETOC CIA. LTDA.
12
QUITO
19/05/2000
QUITO
1483
131
19/06/2000
64
90366
QUITO
24/11/2000
QUITO
256
132
24/01/2001
10661
HOTEL SANTA MARIA CIA. LTDA.
3
QUITO
27/09/1968
QUITO
331
16/03/1970
CONTRERAS
&
CONTRERAS
CONSTRUCTORES S.A.
12
11
12
48160
MINERA REAL MINREAL S.A.
3
QUITO
05/01/1994
QUITO
121
125
19/01/1994
65
54235
PRECOING CIA. LTDA.
13
QUITO
17/02/1997
QUITO
999
128
30/04/1997
13
54617
CHANDRA CIA. LTDA.
3
QUITO
03/09/1997
QUITO
2614
128
21/10/1997
66
53773
14
QUITO
19/08/1996
QUITO
2772
127
16/10/1996
14
89723
EXPERTISE CIA. LTDA.
3
QUITO
10/02/2000
QUITO
1136
131
11/05/2000
SUNVACATION CLUB MARKETING
CIA. LTDA.
20/03/2000
15
90206
WINCORP DEL ECUADOR CIA. LTDA.
3
QUITO
19/07/2000
QUITO
2926
131
27/09/2000
16
90685
AEROGROUND S.A.
3
QUITO
30/11/2000
QUITO
770
132
05/03/2001
17
490
COMERCIAL
4
QUITO
07/06/1952
QUITO
92
83
10/06/1952
18
46825
VEGETAL
4
QUITO
05/10/1990
QUITO
1849
121
19/11/1990
EMPRESA TECNICA
C.A. ETECO
BIOTECNOLOGIA
BIOVEGET S.A.
19
86956
CENTRO DE
CAPACITACIÓN
TÉCNICA
AUTOMOTRIZ
TECNOECUATORIANO CIA. LTDA.
4
QUITO
10/11/1998
QUITO
2929
129
03/12/1998
20
87569
SUINTELCOM CIA. LTDA.
4
QUITO
26/01/1999
QUITO
1135
130
18/05/1999
21
87893
ECOSOIL CIA. LTDA.
4
QUITO
17/06/1999
QUITO
1767
130
29/07/1999
22
88996
PAVOS INDUSTRIALIZADOS C.A.
PAVINCA
4
QUITO
03/11/1999
QUITO
872
131
12/04/2000
23
90378
PUBLICIDAD
Y
INTERNACIONAL
PUBLICOMERCIO
COMERCIO
S.A.
4
QUITO
15/12/2000
QUITO
439
132
06/02/2001
TRANSCENTINELA SERVICIO DE
TRANSPORTE PESADO CIA. LTDA.
4
QUITO
24/04/2000
QUITO
67
88795
KITZAYA CIA. LTDA.
14
QUITO
04/02/2000
QUITO
630
131
68
86146
INGENIARQ S.A.
15
QUITO
30/10/1997
QUITO
66
129
13/01/1998
69
88883
TELECITELCO S.A.
15
QUITO
16/03/2000
QUITO
910
131
17/04/2000
70
49860
INDURESGUARD CIA. LTDA.
16
QUITO
21/07/1995
QUITO
123
127
16/01/1996
71
51607
GUNTER PROBST OTTO CIA. LTDA.
16
QUITO
18/06/1993
QUITO
1542
124
08/07/1993
72
53100
SIERRANDINA S.A.
16
QUITO
06/01/1995
QUITO
1067
126
11/04/1995
QUE, de conformidad con la certificación otorgada por el Secretario General de esta Superintendencia, constante en Memorando No. SC.SG.
DRS.Q.2012.365 de 22 de junio de 2012, han transcurrido más de treinta días, contados desde la notificación y la publicación de la Resolución de
Inactividad, sin que las citadas compañías hayan saneado la causal que motivó tal declaratoria;
QUE, en aplicación de la norma constante en el inciso 3ro. del Art. 360 de la Ley de Compañías, es necesario que se dicte la Resolución que declare la
disolución y disponga la liquidación de las compañías mencionadas en el primer Considerando de esta Resolución; y,
EN uso de las facultades conferidas por la señorita Superintendente de Compañías mediante Resolución No. ADM-Q-2011-006 de 17 de enero de 2011;
664
132
22/02/2001
RESUELVE:
QUITO
68
100
21/01/1969
QUITO
529
102
31/03/1971
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR disueltas por inactividad a las compañías mencionadas en el primer Considerando de esta Resolución, por estar incursas
en la causal de disolución prevista en el inciso 3° del Art. 360 de la Ley de Compañías.
28/03/1988
QUITO
964
119
23/06/1988
QUITO
19/08/1997
QUITO
2612
128
21/10/1997
QUITO
23/12/1996
QUITO
365
128
18/02/1997
5
QUITO
14/05/1997
QUITO
1325
128
02/06/1997
ADMINISTRADORA DE SERVICIOS
TURISTICOS HEROTURSA S.A.
5
QUITO
16/10/1997
QUITO
2867
128
13/11/1997
85776
GARCIA
&
LANDIN
GLTSISTEMAS S.A.
TEAM
5
QUITO
10/11/1997
QUITO
3099
128
09/12/1997
33
86380
CELULARDEPOT DEL ECUADOR S.A.
5
QUITO
16/06/1998
QUITO
1802
129
22/07/1998
34
88471
COMPAÑÍA SALAZAR TRUJILLO
CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS
SATRUFAM CIA. LTDA.
5
QUITO
08/10/1999
QUITO
3004
130
16/12/1999
ARTÍCULO SEXTO.- DESIGNAR Liquidador de las compañías materia de esta Resolución, al licenciado Rafael Almeida Salgado y conferirle todas las
facultades determinadas en la Ley de Compañías y en los estatutos de las sociedades, a fin de que efectúe las operaciones de liquidación.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- DISPONER que, el Liquidador inscriba su nombramiento en el término de diez días, contado desde su aceptación, en el Registro
Mercantil del domicilio principal de las compañías.
24
90560
25
10484
CIPAC CIA. LTDA.
5
QUITO
19/12/1968
26
10846
DONOFRE CIA. LTDA.
5
QUITO
19/03/1971
27
46112
CONSORCIO INDUSTRIAL GRAFICO
S.A. COINGRAF
5
QUITO
28
54598
ITATOMCA CIA. LTDA.
5
29
54766
SEGURIDAD
Y
PROTECCION
SEVERALSEG CIA. LTDA.
5
30
85322
CORPORACION
DE
DOUGLAS BURKE S.A.
SERVICIOS
31
85719
32
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR a los Representantes Legales de las compañías ya mencionadas, mediante publicación, por una sola vez, del texto
integro de esta Resolución, en uno de los diarios de amplia circulación en el domicilio principal de las compañías.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que, una vez publicada esta Resolución, los Notarios señalados en el primer Considerando de esta Resolución, tomen
nota del contenido de la presente, al margen de las matrices de las escrituras públicas de constitución de las compañías citadas anteriormente. Cumplido,
sentarán razón de lo actuado.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que, una vez publicada esta Resolución, el Registrador Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito: a) Inscriban esta
Resolución en el Registro a su cargo; y, b) Pongan las notas de referencia previstas en el inciso primero del artículo 51 de la Ley de Registro. Cumplido,
sentarán razón de lo actuado.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que, ejecutadas las formalidades prescritas, las compañías se pongan EN LIQUIDACIÓN.
35
90140
ISCLASIS DEL ECUADOR CIA. LTDA.
5
QUITO
15/08/2000
QUITO
3327
131
27/10/2000
36
90250
ALTAMIRANO JOINT SERVICE S.A.
5
QUITO
23/11/2000
QUITO
35
132
05/01/2001
37
90264
CONSTRUCTORA ATLANTIS
CONSTRUATLANTIS
S.A.
5
QUITO
27/10/2000
QUITO
48
132
08/01/2001
38
45758
JACOME LOPEZ SUMINISTROS
SU
INDUSTRIALES
JACOME
INDUSTRIAL S.A.
6
QUITO
17/02/1987
QUITO
416
118
03/04/1987
39
54637
EUFONICA, MULTITECNICAS EN
INGENIERIA ELECTRONICA CIA.
LTDA.
6
QUITO
28/08/1997
QUITO
2471
128
03/10/1997
ARTÍCULO NOVENO.- PREVENIR a los Representantes Legales, sobre el cumplimiento de lo ordenado por los Arts. 3º y 4º de la presente Resolución, cuya
omisión dará lugar a las sanciones contempladas en la Ley, sin perjuicio de que esta Superintendencia ejecute las citadas diligencias y que el monto de
los gastos incurridos, con los recargos de Ley, sean agregados al pasivo de las compañías, debiendo este valor ingresar a la cuenta denominada “Cuenta
Rotativa de Ingresos No. 625275-3 del Banco de Guayaquil”.
40
85925
LIMPIACLEAN S.A.
6
QUITO
27/11/1997
QUITO
251
129
02/02/1998
ARTÍCULO DÉCIMO.- DISPONER que, se remita copia de esta Resolución a la Directora Regional Norte del Servicio de Rentas Internas.
41
87079
INCUBADORA
MANABITA
INCMANABITA CIA. LTDA.
6
QUITO
22/09/1998
QUITO
1
130
04/01/1999
42
90251
CABEZAS Y ZEBALLOS C&Z CIA.
LTDA.
6
QUITO
19/10/2000
QUITO
3909
131
19/12/2000
43
47661
BENECOLOR S.A.
7
QUITO
21/07/1992
QUITO
2165
123
30/10/1992
44
10790
ECUATORIANA
COMUNICACIONES
LIMITADA ECUACON
8
QUITO
15/12/1970
QUITO
1621
101
22/12/1970
DE
COMPAÑÍA
ARTÍCULO OCTAVO.- DISPONER que, durante el proceso de liquidación, en todos los actos y contratos en los que intervengan las compañías, se agreguen
después de sus nombres las palabras EN LIQUIDACIÓN, previniendo al Liquidador de las responsabilidades legales en caso de omisión.
CUMPLIDO lo anterior, remítase a este Despacho copia certificada de esta Resolución.
NOTIFÍQUESE.- DADA y firmada en la Superintendencia de Compañías, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 27 de junio de 2012
PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA COMPAÑÍA DE
TRANSPORTE PESADO TRANSIDNEY CIA. LTDA.
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA LANDAZURI
& ASOCIADOS CIA. LTDA.
La compañía COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO TRANSIDNEY CIA. LTDA., se constituyó por
escrituras públicas otorgadas ante el Notario Décimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 22/marzo/2012 y el 09/julio/2012, fueron aprobadas por
la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.003749 de 20/julio/2012,
con la siguiente modificación: En el Artículo Quinto
de los estatutos sociales, elimínase la frase “enumeradas del cero uno al diez mil”. En el Artículo Séptimo, literal h) suprímese la frase “de la Corte Provincial”.
La compañía LANDAZURI & ASOCIADOS CIA.
LTDA., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Cantón LAGO
AGRIO, el 17 de Julio de 2012, fue aprobada por
la Superintendencia de Compañías, mediante
Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.003833 de 25 de
Julio de 2012.
1.- DOMICILIO: Cantón MEJIA, provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 10.000,00 Número de
Participaciones 10.000 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA COMPAÑÍA SE DEDICARÁ EXCLUSIVAMENTE AL
TRANSPORTE DE CARGA PESADA A NIVEL NACIONAL,...
1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito,
provincia de PICHINCHA.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de
Participaciones 400 Valor US$ 1,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: ...:
UNO) A LA IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE TODO TIPO DE MAQUINARIAS
E INSUMOS PARA LA INDUSTRIA DE LA
CONSTRUCCIÓN, ARQUITECTURA Y DISEÑO ...
Quito, 25 de Julio de 2012
Quito, 20/julio/2012
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
Dr. Oswaldo Noboa León
DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal
de la compañía.
(97959)
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un
periódico de mayor circulación en el domicilio
principal de la compañía.
(97966)
CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS, DESCONOCIDOS Y CONOCIDOS DEL SR. VICENTE SIMBAÑA MUZO SRES. JAIME EDUARDO SIMBAÑA
GARCIA, CARLOS ALBERTO SIMBAÑA RAMÍREZ Y JORGE GUILLERMO SIMBAÑA OCHOA. HEREDEROS DESCONOCIDOS, PRESUNTOS Y CONOCIDOS DE LA
SRA. ROSARIO SIMBAÑA MUZO. SRES. MARÍA MERCEDES, LUZ MARÍA, JOSE
VICENTE, LUIS VÍCTOR, ROSA ELENA, Y MARÍA HORTENSIA SANGUÑA SIMBAÑA; Y, SRA. MARIA MERCEDES SIMBAÑA MUZO.
JUICIO: ORDINARIO (PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO) NRO. 445-2012-SP
ACTORES: SRES. ADRIANA ALEXANDRA FRANCO VILLARREAL Y JULIO GALINDO PONCE LÓPEZ.
DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS, PRESUNTOS Y CONOCIDOS
DEL SR. VICENTE SIMBAÑA MUZO, SRES. JAIME EDUARDO SIMBAÑA GARCIA, CARLOS ALBERTO SIMBAÑA RAMÍREZ Y JORGE GUILLERMO SIMBAÑA
OCHOA. HEREDEROS DESCONOCIDOS, PRESUNTOS Y CONOCIDOS DE LA
SRA. ROSARIO SIMBAÑA MUZO. SRES. MARÍA MERCEDES, LUZ MARÍA, JOSE
VICENTE, LUIS VÍCTOR, ROSA ELENA, Y MARÍA HORTENSIA SANGUÑA SIMBAÑA; Y, SRA. MARIA MERCEDES SIMBAÑA MUZO.
CUANTÍA: INDETERMINADA
TRÁMITE: ORDINARIO
INICIADO 17 DE MAYO DEL 2012
OBJETO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.
PROVIDENCIA
JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves
17 de mayo del 2012, las 15h49.- VISTOS: Una vez que los actores han dado
cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, la demanda de Prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio presentada por los señores Adriana
Alexandra Franco Villarreal y Julio Galindo Ponce López, por reunir los requisitos de ley, se la admite al trámite Ordinario. En lo principal, córrase traslado con
apercibimiento en rebeldía a los demandados señores: Jaime Eduardo Simbaña
García, Carlos Alberto Simbaña Ramírez, y Jorge Guillermo Simbaña Ochoa, Rosario Simbaña Muzo, María Mercedes, Luz María, José Vicente, Luis Víctor, Rosa
Elena y María Hortensia Sanguña Simbaña, María Mercedes Simbaña Muzo; y,
herederos presuntos y desconocidos de los señores Vicente Simbaña Muzo y
Rosario Simbaña Muzo, para que en el término de quince días, propongan conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos,
para el efecto, por medio de la prensa en un diario de mayor circulación nacional
que se editan en esta ciudad de Quito cíteseles a los señores Jaime Eduardo
Simbaña García, Carlos Alberto Simbaña Ramírez, y Jorge Guillermo Simbaña
Ochoa, Rosario Simbaña Muzo, María Mercedes, Luz María, José Vicente, Luis
Víctor, Rosa Elena y María Hortensia Sanguña Simbaña, María Mercedes Simbaña Muzo; y, herederos presuntos y desconocidos de los señores Vicente Simbaña
Muzo y Rosario Simbaña Muzo, para el efecto por Secretaría confiérase el extracto pertinente.- De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento
Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.
Cuéntese con los personeros del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
Agréguense a los autos los documentos acompañados. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por los actores y la autorización que confieren a su abogado defensor.- NOTIFÍQUESE.- F).- DR. FRANCISCO ROBALINO OCAÑA.- JUEZ
(T) DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones.Quito, 16 de Julio del 2012.- Certifico.DR. FERNANDO NARANJO FACTOS
SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO DE PICHINCHA
Ago. 01-02-03 (97945)
BALANCE DE SITUACIÓN AL 30/06/2012
DE LA CIA. TELCONET S.A.
(Expresado en miles de de U.S. Dolares)
ACTIVOS
Activo Corriente
43,709
Activos Fijos
33,459
Activos Diferidos y Otros Activos
17,763
TOTAL ACTIVOS
94,931
PASIVOS
Pasivo corriente
43,325
Pasivo largo Plazo
36,004
TOTAL PASIVO
79,329
PATRIMONIO NETO
Capital Suscrito y/o m Asignado
Aporte y Reservas
Utilidades del ejercicio
4,947
7,582
3,073
TOTAL PATRIMONIO NETO
15,602
TOTAL PASIVOS Y PATRIMONIO
94,931
ESTADO DE RESULTADO AL 30/06/2012
DE LA CIA. TELCONET S.A.
(Expresado en miles de de U.S. Dolares)
(+)VENTAS
30,619
(-)Costo de Ventas
12,184
Utilidad Bruta
18,435
(-)GASTOS DE VENTAS Y ADMINISTRACION
15,362
UTILIDAD DEL EJERCICIO
GERENTE GENERAL
3,073
CONTADOR
Reg. No. 0.31463
Gaceta varios
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
AVISO
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
AVISO DE REMATE
Se pone en conocimiento del público en general, que el día 17 de Septiembre del 2012, desde las
trece horas hasta las diecisiete horas, se llevará a cabo en la Secretaría del Juzgado Décimo de lo
Civil de Pichincha, dentro del Juicio de Ejecutivo No. 2003-0632-AV, el REMATE - del bien inmueble
embargado, cuyas características son:
UBICACIÓN
La propiedad se encuentra en la Av. Ilalo s/n de la Parroquia de la Merced perteneciente al Distrito
Metropolitano de Quito.
LINDEROS
NORTE: En 61.20m con propiedad de la Escuela José Pedro Arteta
SUR: EN 27.60m con propiedad de Fabián Ávila y en 28.90m con carretera a la Merced (Av. Ilalo)
ESTE: En 65.00 con propiedad de la Sra. Alba Valencia y el Sr. Ing. Alfredo Reyes
Oeste: En 61.50m con propiedad de Calixto Quisaguano
AREA: = 4.070.00 m2
DESCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD
CERRAMIENTOS
NORTE SUR OESTE: Mampostería de bloque con columnas de hormigón armado.
ESTE: Muro de mampostería de piedra, luego mampostería de ladrillo con columnas de hormigón
armado puerta de acceso vehicular y peatonal de tool.
TERRENO
- De forma rectangular
- Plano
- Con nivel más alto que la vía de acceso
- Tiene todos los servicios de infraestructura como agua potable, alcantarillado, luz eléctrica, teléfono
- Existen construcciones dentro de la propiedad
- El acceso y parte del patio es adoquinado en un área de 450.00m2
- La propiedad se encuentra individualizada con cerramientos.
- No existe ningún sembrío
CASA DE VIVIENDA PRINCIPAL
Constituida de: Sala, comedor, cocina, estar. Cuatro dormitorios con baño, baño social y porche
interno.
Construido de:
- Estructura de Plintos, columnas, vigas perimetrales de hormigón armado.
- Mampostería de ladrillo revocado
- Enlucidos internos
- Ventanas de aluminio y vidrio con protecciones de hierro
- Cubierta de madera duela y teja
- Puertas de madera
- Closets de madera.
- Pisos de marmeton en área social de alfombra en dormitorios.
- BAÑOS: Con recubrimientos de cerámica, sanitarios nacionales, puertas de madera, cortinas de
aluminio y vidrio.
- COCINA: Pisos de marmeton mesón de hormigón con recubrimiento de marmeton, muebles
bajos de madera.
- PORCH: Piso de piedra tallada, pila de piedra tallada.
ESTADO: Regular
AREA: 289.62 m2
CONVOCATORIA
EXTRACTO:
Corporación Celeste S. A. CORPACEL, firmó un convenio elevado a escritura pública con CNEL Regional Guayas Los Ríos, por medio del cual se
comprometió a la instalación de una Línea de Subtransmisión a 69 kV y
al montaje de una Subestación Eléctrica de 69/13.8 kV, para el abastecimiento de energía eléctrica al sector denominado "CIUDAD CELESTE".
Para que la población interesada pueda revisar el Estudio de Impacto Ambiental y hacer las observaciones pertinentes, se ubicarán dos Centros
de Información Pública:
1. Centro de Información Pública:
• Lugar:
Escuela Mixta Fiscal Buijo Histórico
• Fecha:
Desde el lunes 06 de Agosto al lunes 20 de agosto de
2012 (incluyendo días sábados)
• Hora:
De 09H00 a 17H00
2. Centro de Información Pública:
• Lugar:
Parque Central del Recinto Buijo Histórico
Desde el lunes 06 de Agosto al lunes 20 de agosto de
• Fecha: 2012 (incluyendo días sábados)
• Hora:
De 09H00 a 17H00
Atentamente,
AREA= 14.40 m2
$ 142.450.00
a
$
$
a
$ 285.00 c/m2
$
82.541.70
a
$ 160.00 c/m2
$
14.384.00
a
$ 220.00 c/m2
$
3.168.00
a
$ 9.50 c/m2
8.00 c/m2
SUMA
3.900.80
$ 4.275.00
================
$ 250.719,50
50 % DE DERECHOS Y ACCIONES
$ 250.719,50 x 50% de Derechos y acciones = $ 125.359,75
SON: CIENTO VEINTE Y CINCO MIL TRES CIENTOS CINCUENTA Y NUEVE, con 75/100 DÓLARES AMERICANOS.
En relación al pedido de ampliación del informe pericial, solicitado manifiesto:
1.- El costo de los terrenos son los que en el sector se cotizan.
2.- El costo de los cerramientos se toma en cuenta en el costo del terreno de la propiedad.
3.- El avalúo se lo ha realizado de acuerdo al estado y a las características que tienen la casa.
4.- Es igual a la contestación anterior.
5.- El costo de los adoquines se encuentran en el avalúo de acuerdo al estado del mismo.
Es todo cuanto puedo informar en honor a la verdad.
En lo demás ME RATIFICO EN TODO EL INFORME PERICIAL. Presentado
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 18 de julio del 2012, las 08h50.
VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Temporal de esta Judicatura mediante acción de personal No. 3009-DP-DPP de fecha 12 de julio del 2012. Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal, atenta la petición que antecede, se vuelve a señalar para
el día diecisiete de septiembre del año dos mil doce; a fin que, desde las 13h00 hasta las 17h00,
en la secretaria de este Juzgado tenga lugar el remate del (50%) cincuenta por ciento de los derechos y acciones del bien inmueble embargado de propiedad del demandado cuyas características
constan del certificado de gravámenes y avaluó aprobado.- Publíquese el extracto correspondiente
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil, así como fíjese
los carteles de Ley.- Por tratarse de segundo señalamiento se receptarán las posturas que cubran
por lo menos el cincuenta por ciento del avalúo aprobado, debiendo los interesados consignar por
lo menos el diez por ciento de su oferta en dinero en efectivo o cheque certificado a nombre de esta
Judicatura.- Actúe Ab. FANY ESPERANZA JUMBO GOMEZ en calidad de secretaria mediante acción
de personal No. 2332-DNP, de fecha 4 de junio del 2012.- NOTIFÍQUESE.Las posturas se recibirán a todas aquellas que cubran por los menos el cincuenta por ciento del
avalúo pericial aprobado, debiendo los interesados acompañar por lo menos el diez por ciento del
valor de sus ofertas en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre del Juzgado.- Lo que
comunico al público en general para los fines de ley pertinentes.
AB. FANNY JUMBO GOMEZ
SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
(98054)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
AVISO DE REMATE
Mediante providencia dictada el 15 de junio del 2012 a las 11h48, por el Ab. Carlos Salmon
Morgner, Juez del Juzgado Octavo de lo Civil de Guayaquil, dentro del juicio de Embargo y
Remate #135-V-2011, seguido por la Ab. Tania Priscila Briones de Guerra, por los derechos que
representa en calidad de Procuradora Judicial del Eco. Abelardo Pachano Bertero, Presidente
Ejecutivo Gerente General del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO, se ha señalado para
el día 09 de Agosto del 2012, desde las 13h00 hasta las 17h00, el remate del vehículo de las
siguientes características:
MARCA
: CHEVROLET
MODELO
: AVEO FAMILY 1.5L TMA/C
TIPO
: AUTOMOVIL
MOTOR
: F15S33560691
CHASIS
: LATD51Y1B0067488
COLOR
: PLATEADO
PLACA
: NO TIENE
AÑO
: 2011
CONDICIONES QUE SE ENCUENTRA EL VEHÍCULO: Se puede encender No; Se puede abrir
las puertas SI; OTRAS OBSERVACIONES: El vehículo materia de la pericia no pudo ser encendido. MOTOR Y SUS PARTES: NO o SI (OK) OBSERVACIONES. Fugas de aceite No en el Motor;
encendido del motor NO; Carburación NO; Inyección SI; Bases del motor SI Regular Estado;
Tubo de escape SI Regular Condición; Radiador SI Regular Estado; Intercooler NO; Depurador
SI R.E; A/A NO No se pudo probar; Bandas SI R.E; Poleas Si R.E; Fugas de Aceite NO; Bomba
de agua SI R.E. no se pudo probar; Bomba de inyección SI R.E. No se pudo probar; Sellos y
retenedores SI R.E. no se pudo probar
SISTEMA DE TRANSMISION:
Tracción delantera NO; Tracción Trasera SI; Caja de cambios Manual (x) Automát. ( ) Cuantas
posiciones (5); Elementos Hidráulicos de mando No fue posible probar; Funcionamiento Hidráulico No fue posible probar.
SISTEMA DE SUSPENSION (OK) OBSERVACIONES:
Chasis NO R.E.; Compacto SI; Resortes de suspensión delanteros NO; Resortes de suspensión
traseros NO; Amortiguadores regular estado; Barra de Torsión NO; Corona NO; Rotulas SI no fue
posible probar; Terminales SI no fue posible probar.
FRENOS Y DIRECCION (OK) OBSERVACIONES:
Volante de dirección SI; no fue posible probar; Cajetines SI no fue posible probar; Frenos delanteros no fue posible probar; Frenos traseros:
SISTEMA ELECTRICO (OK) OBSERVACIONES LD LI
Batería SI descargada; Motor limpia vidrios SI pero no fue posible probar; Guías delanteras R.E;
Guías traseras R.E.; Bocinas no se pudo probar; Motor de Arranque SI pero no se pudo probar;
Circuito de distribución SI pero no se pudo probar; Alternador SI pero no se pudo probar.
CARROCERIA Y CABINA EN GENERAL ( ) OBSERVACIONES.
Pintura en general: Presenta abolladura varias en: puerta posterior lado izquierdo. Puerta delantera derecha puerta posterior derecha -descuadrada y hundida, hundimiento en el túnel derecho
puerta portamaletas golpeadas. Rallones leves en guarda choques delantero posterior.
DIFERENTES
Elevadores de 4 puertas (SI) mecánicos; Asientos y tapizados buen estado; Parabrisas delantero
Buen estado; Parabrisas posterior SI buen estado; vidrios de puertas SI buen estado; Tablero del
panel buen buen estado; Switch y llaves SI ; Tapa del tanque SI; carrocería regular estado; Puertas delanteras 2LI/ LD regular estado; Puertas posteriores 2LI/LD regular estado; Puerta capo y
maletero 1 C/U regular estado; Maniguetas y cerraduras LI (R.E.) LD ( R.E.); Espejos retrovisores
regular estado posee tres; Parachoque delantero regular estado; Parachoques posteriores regular estado; Brazos y limpiaparabrisas regular estado posee dos; Techo R.E. Capot R.E.; Llantas
delanteras (2) con aros en uso, Observaciones regular estado; Llantas traseras (2) con aros en
uso Observaciones regular estado en uso; Llanta de emergencia No tiene; OPCIONALES.- A/A
SI tiene no se pudo probar; Radio AM/FM SI no se pudo probar; Parlantes incorporados si tiene;
antena No; seguros eléctricos NO.
ACCESORIOS (SI) (NO) OBSERVACIONES
Gata SI; Mascarilla NO; Herramientas NO; Extintor NO; Nuqueras SI, Cuatro; rodapiés SI, Cuatro
R.E.; Triangulo de Seguridad NO; Botiquín NO; Cinturones de Seguridad SI tiene cinco; Placa de
Alquiler NO; Placa Particular NO:
Considerando el estado actual del Vehículo en forma general, se lo avalúa en la cantidad de
$11.000,00. SON ONCE MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
El remate se llevará a cabo en el día señalado, en la Sala del Despacho del Juzgado Octavo
de lo Civil, en el cuarto piso del Palacio de Justicia ubicado en Pedro Moncayo y Av. Nueve de
Octubre, de esta ciudad.
Lo que comunico al público para los fines de ley.
Guayaquil, 04 de julio de 2012
Ab. Jorge Alejandro Lindao
SECRETARIO
Juzgado Octavo de lo Civil de Guayaquil
Ago. 2-3-4 (98066)
10,963,281
8,870,396
10,349
20,987,525
ACTIVOS NO CORRIENTES
Propiedad, Planta y Equipo (neto)
Inversiones en asociadas
Otros activos
Total Activos No Corrientes
TOTAL ACTIVOS
7,430,152
160,926
50,820
7,641,897
28,629,423
PASIVOS
PASIVOS CORRIENTES
Documentos por pagar a Bancos
Cuentas comerciales por pagar y otras cuentas por pagar
Vencimientos corrientes de obligaciones financieras
Pasivos por impuestos corrientes
Gastos Acumulados
Total Pasivos Corrientes
PASIVOS NO CORRIENTES
Obligaciones Financieras
Obligación por beneficios definidos
TOTAL PASIVOS NO CORRIENTES
Por tratarse del primer señalamiento la base del remate se las fijará en las dos terceras partes del
valor del avalúo pericial, conforme lo establecido en el Artículo 468 del Código de Procedimiento
Civil. De conformidad con la reforma del Artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado
en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de Noviembre del 2011, los postores deben
ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia
económica y experiencia en el negocio. No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren
sido previamente calificados por la Institución Bancaria. Las posturas se deben presentar ante el
Secretario Ad-Hoc, que actúa dentro de la presente causa, acompañado del 10 % de la oferta, en
dinero en efectivo o cheque certificado girado a la orden del Juez de la causa en sobre cerrado,
si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los Diez mil 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América (USD $ 10.000.00), los postores deberán suscribir el formulario de licitud
de fondos entregados por la Secretaría de esta Institución. El inmueble que se remata se lo hace
como cuerpo cierto, conforme lo establecido en el Artículo 1.773 del Código Civil. No se admitirán
posturas que no ofrezcan el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades
adelantadas, ni las que fijen plazos que excedan de ocho años contados desde el día del remate
de conformidad con lo establecido en el Art. 467 del Código de Procedimiento Civil vigente. Los
gastos que demande la transferencia de dominio del bien inmueble a rematarse correrán por
cuenta del adjudicatario. Cualquier información se proporcionará en el señor Ramón Velásquez
Uribe. Depositario Judicial, teléfono No. 2-795117, celular No. 099156094, de esta Sucursal en
la ciudad de Daule.
Lo que comunico al público, para los fines de Ley.
Ventas
Costo de Ventas
Margen Bruto
21,133,267
17,902,094
3,231,174
Gastos de Ventas
Gastos de Administración
Costos Financieros
Otros gastos, neto
Participación en las ganancias de las asociadas
-231,664
-1,163,775
-800,687
5,714
0
1,040,762
Utilidad antes de impuesto a la Renta
1,040,762
2,186,453
4,156,757
7,311,157
271,363
65,553
13,991,283
R E M A T E
Pongo en conocimiento del público que de acuerdo a lo ordenado por el señor Juez Delegado de
Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Daule, en providencia dictada el 31 de Julio
del 2012; A las 10H45, dentro del Juicio Coactivo No. 167-2011, se ha señalado para el día
Jueves 30 de Agosto del 2012, desde las 13H00 hasta las 17H00 en el Departamento Legal
del Banco Nacional de Fomento, sucursal Daule, ubicado en las calles Francisco de Marcos y
Bolívar, para que se lleve a efecto el remate del bien inmueble que describo a continuación:
Características Generales.- El inmueble consiste un lote de terreno ubicado dentro del Predio
denominado Bella Anita de la jurisdicción de la parroquia y cantón Daule. Provincia del Guayas.
Linderos y Superficie.NORTE: Con terrenos de propiedad de los herederos de Eloy Ruiz, con doscientos noventa
metros; SUR: Con terrenos de propiedad de Berta Ruiz, con doscientos cuatro metros; ESTE:
Con terrenos de propiedad de Azucena Aroca Ruiz con ciento treinta y seis metros; OESTE: Con
Hacienda Correntoso con doscientos dos metros cuadrados de terreno. Con una superficie total
de Tres hectáreas ochenta y dos centésimas de hectáreas.
Avaluó del Bien Inmueble
Cantidad
3.82
Por tratarse del primer señalamiento la base del remate se las fijará en las dos terceras
partes del valor del avalúo pericial, conforme lo establecido en el Artículo 468 del Código
de Procedimiento Civil. De conformidad con la reforma del Artículo 457 del Código de
Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No.583 del 24 de Noviembre
del 2011, los postores deben ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del
remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. No se aceptarán ofertas
por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la Institución Bancaria. Las
posturas se deben presentar ante el Secretario Ad-Hoc, que actúa dentro de la presente causa,
acompañado del 10 % de la oferta, en dinero en efectivo o cheque certificado girado a la orden
del Juez de la causa en sobre cerrado, si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los Diez
mil 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 10.000.00), los postores
deberán suscribir el formulario de licitud de fondos entregados por la Secretaría de esta
Institución. El inmueble que se remata se lo hace como cuerpo cierto, conforme lo establecido
en el Artículo 1.773 del Código Civil. No se admitirán posturas que no ofrezcan el pago de,
por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas, ni las que fijen plazos que
excedan de ocho años contados desde el día del remate de conformidad con lo establecido en
el Art. 467 del Código de Procedimiento Civil vigente. Los gastos que demande la transferencia
de dominio del bien inmueble a rematarse correrán por cuenta del adjudicatario. Cualquier
información se proporcionará en el señor Abg. Jacinto Quevedo Zambrano. Depositario Judicial,
teléfono No. 2-795117, celular No. 080866674, de esta Sucursal en la ciudad de Daule.
Lo que comunico al público, para los fines de Ley.
Daule, 31 de Julio del 2012
__________________________
Sr. Erik Eduardo Vargas Haro
SECRETARIO AD-HOC
Avaluó del Bien Inmueble
DESCRIPCIÓN
CONSTRUCCION
TERRENO
TOTAL
AA
Corresponde a los valores cuyos emisores y garantes tienen una muy buena capacidad del
pago de capital e intereses, en los términos y plazos pactados, la cual se estima no se vería
afectada en forma significativa ante posibles cambios en el emisor y su garante, en el sector
al que pertenecen y en la economía en general.
Características de la Emisión:
Monto de la emisión:
Monto Colocado:
Plazo de la emisión:
Tasa de interés:
Amortización de capital:
Amortización de intereses:
Garantía:
US$ 5,000,000
US$ 5,000,000
1440 días
Fija 7.50%
Semestral
Trimestral
General
Uso de los fondos: 90% reestructuración de pasivos y 10% capital de trabajo.
La emisión fue aprobada por la Junta General de Accionistas de Industria Ecuatoriana de Cables Incable S.A. en su sesión del 5 de Agosto del 2011 y mediante resolución de la Superintendencia de Compañías No. SC.IMV.DAYR.DJMV.G.11.0005925 del 18 de octubre de 2011.
Breve información del Emisor:
Industria Ecuatoriana de Cables INDUSTRIA INCABLE S.A., inició sus operaciones en Ecuador
en 1983 con la fabricación y venta de conductores eléctricos de cobre y aluminio, desnudos y
aislados. La planta de INCABLE S.A. se encuentra ubicada en el parque Industrial Inmaconsa
desde 1988, con un área de 20,000 m2 en la cual se encuentra el área de producción y el
área administrativa; con el objetivo de extenderse, en el año 2009 aperturaron las sucursales
de Quito, Perú y Brasil.
La materia prima es el cobre, que importa desde Chile y el aluminio desde Canadá, clasificando sus productos principalmente en alambre y cable de cobre, alambre CCA, cable y alambre
de aluminio, extensiones y cable booster; los mismos que se comercializan tanto en el mercado local como el de exportación y representan el 92% y 8% del total de ingresos del emisor,
respectivamente. Su exportación va dirigida hacia los mercados de Estados Unidos (1%),
Colombia (2%), Brasil (32%), Perú (12%), Chile (53%), Panamá y Venezuela, en donde Chile
representa su principal mercado. En el mercado local, Incable S.A. tiene mayor presencia, de
acuerdo a la participación de sus ventas, en las provincias del Guayas con el 40%, Pichincha
18%, El Oro 8%, Azuay 7%, Tungurahua 9% y las otras provincias el 18%.
El Emisor se enfoca principalmente a los segmentos del mercado automotriz, construcción,
comunicación, herramientas, industrial, hogar y oficina, potencia baja tensión, transmisión y
distribución, entre otros.
La empresa es fabricante y comercializador principal de sus dos marcas, las cuales son: INCABLE para los productos de cables y CORDS para las extensiones eléctricas y booster cable;
la primera tiene 25 años en el mercado ecuatoriano, y su prestigio es reconocido gracias a la
calidad ofrecida en el producto, y la segunda maneja un concepto revolucionario enfocado a
desarrollar productos que facilitan la vida cotidiana de los usuarios.
En el mercado ecuatoriano, el 77% de participación, en conjunto, de las importaciones por
aleaciones de cobre, cátodos de cobre refinado, barras y perfiles a base de cobre, corresponde a los Cátodos y Secciones de cátodos de cobre el cual es importado desde Perú; en
este producto el Valor FOB promedio por tonelada pasó de $5,583.74 en el año 2009 a
$7,426.32 en el año 2010 y posteriormente a $9,249.07, lo que denota un incremento del
66%. De acuerdo a lo mencionado se puede observar que el precio por tonelada del cobre fue
superior en el año 2011. En lo que respecta al comportamiento de la demanda en el sector de
materiales eléctricos de baja y media tensión, este se encuentra asociado con la evolución y
perspectivas de los sectores de la Construcción, Telecomunicaciones, y Energía. En nuestro
país, el sector de los conductores eléctricos tiene una balanza comercial deficitaria, la cual se
ha ido incrementando desde el año 2007 al 2011 en 45.6%. Durante el 2011, el déficit total
de las partidas arancelarias de los conductores eléctricos fue de 23,951 toneladas, lo que
en el año 2010 había sido de US$21,569.65; no obstante durante el año 2011 y 2010 las
exportaciones se incrementaron en 63.24% (4,299 a 2,633 Tm, respectivamente), cifra que
en los años anteriores se había mantenido en el rango de 3,200 a 3,800 Tm. Las importaciones provienen de 6 países, donde el principal país de origen de los conductores eléctricos es
Estados Unidos de Norteamérica seguido por Chile, Colombia, China, Brasil y Perú.
Factores considerados para la Calificación:
Para la presente calificación de riesgo, el emisor ha proporcionado entre otros requerimientos
de información de la Calificadora, lo siguiente: Estados Financieros auditados desde el 2003
al 2009 preparados bajo Normas Ecuatorianas de Contabilidad (NEC) y el año 2010 basados
en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs), el corte interno al 31 de diciembre del 2011 y 29 de febrero de 2012 bajo NIIF; Detalle de activos libres de Gravámenes; etc.
Cabe resaltar que la calificación otorgada está basada en la información proporcionada por el
Emisor para el efecto, la cual debe cumplir con los requerimientos exigidos por la normativa
legal, siendo el Emisor responsable de que la documentación entregada a la Calificadora
sea idéntica a la presentada ante el organismo de control, sin perjuicio de que cualquier
diferencia entre la información evaluada por la Calificadora y la presentada al ente de control
pueda ser -una vez comunicada a la Calificadora- conocida y analizada por ésta en un nuevo
Valor Total
17.190.00
Linderos y Superficie.NORTE: Solar No.01, que se reserva el vendedor, con veinte metros; SUR: Solar No.03, vendido
a Héctor Bolívar Chiriguaya Guerrero, con veinte metros; ESTE: Solar No.09, con diez metros;
OESTE: Calle publica, que mira hacia la carretera estable Guayaquil – Daule, con diez metros;
Medidas que hacen una superficie total de Doscientos metros cuadrados. Sobre el inmueble
consta una casa de Hormigón armado; de Dos plantas, con base para un tercer piso, terraza de
Hormigón, paredes de mampostería, enlucida por dentro y por fuera, con diez metros de frente
por doce metros de fondo.
28,629,423
El Comité de Calificación de nuestra institución, en sesión del 30 de abril de 2012, en base al
análisis realizado por el departamento técnico, a partir de la información financiera histórica
auditada proporcionada por el emisor y el corte interno al 31 de diciembre de 2011 y 29
de febrero de 2012, ha resuelto mantener a la II emisión de obligaciones de la Compañía
Industria Ecuatoriana de Cables Incable S.A. por un monto de hasta US$5,000,000, en la
categoría de riesgo “AA”, la misma que se define en:
Valor Unit
4.500.00
R E M A T E
2,660,236
RESUMEN DE LA ACTUALIZACION A LA CALIFICACIÓN DE RIESGO
DE LA II EMISIÓN DE OBLIGACIONES DE INDUSTRIA
ECUATORIANA DE CABLES INCABLE S.A.
A Abril de 2012
Unidad
Has
Pongo en conocimiento del público que de acuerdo a lo ordenado por el señor Juez Delegado
de Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Daule, en providencia dictada el 31 de
Julio del 2012; A las 09H45, dentro del Juicio Coactivo No. 217-2010, se ha señalado para el
día Miércoles 29 de Agosto del 2012, desde las 13H00 hasta las 17H00 en el Departamento
Legal del Banco Nacional de Fomento, sucursal Daule, ubicado en las calles Francisco de Marcos
y Bolívar, para que se lleve a efecto el remate del bien inmueble que describo a continuación:
Características Generales.- El inmueble consiste en un solar urbano con una construcción de
dos plantas, ubicado frente a la gasolinera SP de la cuidad de Daule, Provincia del Guayas.
8,934,494
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO
BANCO NACIONAL DE FOMENTO
SUCURSAL - DAULE
BANCO NACIONAL DE FOMENTO
SUCURSAL - DAULE
6,000,000
274,258
TOTAL PATRIMONIO
(97983)
Son: Diecisiete mil ciento noventa 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América.-
19,694,929
PATRIMONIO
Capital emitidos
Reservas
Reserva de revaluación de inversiones
Utilidades Retenidas
Lcdo. Henrry Gordón Pasquel
LIQUIDADOR
Descripción
Terreno
__________________________
Sr. Erik Eduardo Vargas Haro
SECRETARIO AD-HOC
5,069,240
634,406
5,703,646
TOTAL PASIVOS
Atentamente,
Son: Cuarenta y cinco mil seiscientos setenta y nueve 59/100 Dólares de los Estados Unidos
de América.-
ESTADO DE RESULTADOS
1,143,499
De no asistir a esta Convocatoria que es de suma importancia, los lotes de terreno saldrán a disponibilidad para la adjudicación de personas interesadas.
VALOR TOTAL
$ 17.650.09
$ 28.029.50
$ 45.679.59
ESTADOS FINANCIEROS INTERNOS AL 30 DE JUNIO DEL 2012
Convertidos a NIIF
(Expresado en U.S. dolares)
ESTADO: REGULAR
$ 35.00 c/m2
Avaluó del Bien Inmueble
DESCRIPCIÓN
CONSTRUCCION
TERRENO
TOTAL
Daule, 31 de Julio del 2012
BALANCE GENERAL
ACTIVOS
ACTIVOS CORRIENTES
Efectivos y equivalentes de efectivo
Cuentas comerciales por cobrar y
Otras cuentas por cobrar
Inventarios
Gastos Anticipados
Total Activos Corrientes
Convocase a los socios y/o personas que se crean asistidos en sus derechos,
para la respectiva adjudicación de las escrituras individuales de la Cooperativa de Vivienda “Terranova”, quienes deberán acercarse a la oficina del señor
Liquidador, ubicada en el edificio Proinco Calisto, Oficina 607, Sexto Piso, Av.
Amazonas y Robles, de esta ciudad de Quito, con toda la documentación en
regla, para lo cual se da un PLAZO DE QUINCE (15) DÍAS, improrrogables a
partir de esta publicación.
Linderos y Superficie.NORTE: Calle Verisimo Gonzáles, con doce metros quince centímetros; SUR: Calle El Telégrafo,
con once metros veinte centímetros; ESTE: Templo Evangélico Damasco, con treinta y ocho
metros y con Diógenes Peñaherrera; OESTE: Con Carlos Polanco y Zacarías Ortiz, con cuarenta
metros setenta y cinco centímetros; Medidas que hacen una superficie total de Cuatrocientos
cincuenta y nueve metros cincuenta centímetros cuadrados. Y construcción.
(98075)
AREA DE LAVANDERÍA
Construido de:
- Estructura de plintos, columnas, losa de hormigón armado
- Mampostería de ladrillo
- Enlucidos internos y externos.
- Ventanas de aluminio y vidrio.
- Puerta de aluminio y vidrio
- Recubrimientos de Pisos y paredes de cerámica.
- Lavandería de un tanque y dos piedras
a
R E M A T E
Pongo en conocimiento del público que de acuerdo a lo ordenado por el señor Juez Delegado
de Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Daule, en providencia dictada el 31 de
Julio del 2012; A las 10H05, dentro del Juicio Coactivo No. 1227-2010, se ha señalado para el
día Miércoles 29 de Agosto del 2012, desde las 13H00 hasta las 17H00 en el Departamento
Legal del Banco Nacional de Fomento, sucursal Daule, ubicado en las calles Francisco de Marcos
y Bolívar, para que se lleve a efecto el remate del bien inmueble que describo a continuación:
Características Generales.- El inmueble consiste en un solar urbano con una superficie de
459.50 Mts2, del cantón Lomas de Sargentillo, Provincia del Guayas.
Dr. Francisco Vergara O.
DIRECTOR EJECUTIVO CONELEC
ESTADO: Regular sin mantenimiento.
AVALUO DE LA PROPIEDAD
Terreno
4070.00 m2
Cerramiento de ladrillo
487.60 m2
Vivienda principal
289.62 m2
Vivienda de Cuidador
89.90 m2
Casa de lavandería
14.40 m2
Adoquinados
450.00 m2
BANCO NACIONAL DE FOMENTO
SUCURSAL - DAULE
El Consejo Nacional de Electricidad y la Corporación Nacional de Electricidad, CNEL Regional Guayas Los Ríos, en ejercicio de la facultad prevista
en el Artículo 12 del Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de
Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, Decreto Ejecutivo No. 1040, Registro Oficial No. 332 del 8 de Mayo del 2008,
Art. 8, literal j), invita a las autoridades Nacionales, Provinciales y locales,
especialmente a los pobladores de la comunidad al Centro de Información Pública, en donde se encuentra disponible el Borrador del Estudio
de Impacto Ambiental Expost de la Línea de Subtransmisión a 69 kV
y Subestación Eléctrica 69/13,8 kV Ciudad Celeste de la Corporación
Celeste S. A. CORPACEL.
VIVIENDA DE CUIDADOR
Constituido de: Cuatro dormitorios, taller, cocina, comedor, sala, Construida de:
- Columnas de ladrillo trabado
- Mampostería de ladrillo
- Enlucidos internos y externos
- Cubierta de madera y teja
- Tumbado falso de bareque
- Puertas de madera
- Pisos de baldosa de cemento, en parte en otra de cerámica.
- Ventanas de hierro vidrio y protecciones
- Puertas de acceso principal de tool
- BAÑO: con recubrimientos de pisos y pared de cerámica, sanitarios nacionales.
AREA: 89.90 m2
31
Comité de Calificación.
En el último año los estados financieros fueron auditados por la firma Aurea & Co. CPAs Auditores Independientes, con número de registro SC-RNAE-029. El dictamen de los auditores
externos del último ejercicio económico reportado no presentó abstención a la opinión. Una
vez que se verificó que la información cumple con los parámetros de validez, suficiencia y
representatividad, acorde a la metodología interna de la calificación; y que el emisor tiene
capacidad para cumplir sus gastos financieros vigentes, se procedió con la aplicación normal
de los procedimientos de calificación.
La II emisión de obligaciones fue estructurada con Garantía General acorde a los términos
señalados en la normativa legal vigente; por lo que el monto de los títulos colocados es inferior al 80% del valor de los activos libres de todo gravamen de la empresa, menos las deducciones estipuladas en la Codificación de Resoluciones del C.N.V., verificándose en este caso
que dicho rubro cubre el saldo de la emisión, cumpliéndose con la emisión objeto de análisis.
La emisión también presenta los resguardos exigidos por Ley, consistentes en: i)Tomar todas
las medidas necesarias orientadas a preservar el cumplimiento del objeto social o finalidad
de sus actividades; ii) No repartir dividendos mientras estén en mora las obligaciones y iii)
Mantener la relación de los activos libres de gravamen sobre obligaciones en circulación.
Como resguardos voluntarios, el Emisor se compromete a: i) Reinvertir las Utilidades en al
menos el 50% de las utilidades finales generadas al final del periodo anual; ii) Limitación en
los indicadores financieros que se detallan a continuación:
Resguardos Voluntarios
Capital Social / Activos
Patrimonio / Activos
Pasivo afecto Intereses / Patrimonio
Real
Propuesto Feb 2012
> 10%
23%
> 20%
31%
Hasta 3 v
1.45 v
El primer resguardo todavía no se ha podido validar a la fecha de corte, quedando el mismo
a la espera de los informes auditados; los demás han sido cumplidos tal y como se observa
en la tabla previa.
Calificación Final del Instrumento
Habiendo reportada una tasa cercana a 8%, la economía ecuatoriana alcanzó en el pasado
ejercicio 2011 una de las de más altas tasas de crecimiento en la región latinoamericana.
A pesar de la desaceleración de los países centrales, el desarrollo del grupo de naciones
BRICS, mantiene en alza la demanda de commodities en los mercados internacionales, lo
cual se ha traducido en una mejora en las condiciones de los países productores, entre ellos
Ecuador. La expansión de la demanda local por la inyección de mayores recursos, dinamiza
el comportamiento de la mayoría de sectores, como el industrial en que participa el emisor.
Aprovechando la mayor demanda tanto a nivel público como privado, INCABLES ha logrado
en el último periodo anual, un incremento significativo en ingresos de 39.7%, al pasar sus
ventas de $29.8 millones en el año 2010, a $41.7 millones en el 2011. Tal resultado se
explica en gran parte, por la decisión estratégica de los administradores de la empresa de
orientar la producción de la planta hacia la fabricación de cables de aluminio por sobre la
de cables de cobre. De este modo, la producción de cables de aluminio que al 2010 totalizó
1.603 toneladas, al 2011 llegó a ser de 2.192 toneladas, equivalente esto a un crecimiento
de 36.7%; mientras que la producción de cobre se incrementó en el mismo periodo de 1.850
a 1.975 toneladas, lo cual representa una tasa de crecimiento de 6.8%.
La estructura de costos y gastos, señala que la empresa obtiene en las nuevas condiciones
de operación, un utilidad en operaciones de 8.53%, resultante de alcanzar un margen bruto
de 27.86%, y gastos de administración y ventas de 14.09% y 5.24%, respectivamente. Con
activos promedio en el presente periodo de $24.9 millones bajo NIIF, que presentan una
rentabilidad de 14.23%, el negocio está en capacidad de generar al momento, un nivel de
flujo de efectivo superior a $3.5 millones por periodo.
La estructura de capital de la empresa a febrero de 2012 está compuesta por $11.9 millones
de deuda financiera y $8.2 millones de aportaciones patrimoniales, lo cual muestra una relación de 1.45 entre ambas fuentes, lo cual es consistente con la relación mostrada en el último
año previo. Los pasivos con costo financian el 46.2% del monto total de activos, de los cuales
el 60.4% son de corto plazo. Los activos líquidos guardan debido calce con los vencimientos
corrientes de los pasivos.
De igual manera cumple con la Garantía General, así como los resguardos exigidos por ley,
adicionalmente incorpora resguardos voluntarios que limitan a los indicadores financieros y
las utilidades durante el plazo de vigencia de la emisión de obligaciones, los cuales han sido
cumplidos hasta el último corte de análisis.
El crecimiento de su base de clientes dado por las favorables condiciones del entorno sumado a las oportunas decisiones estratégicas, le han permitido a la empresa una mejora
notable en su capacidad de generación de flujo de efectivo lo cual se traduce en una mayor capacidad de pago de sus obligaciones financieras. En consideración de lo señalado, el
Comité de Calificación se pronuncia en mantener a la segunda emisión de obligaciones de
Industria Ecuatoriana de Cables, Incables S.A., por hasta US$5 millones, en la calificación
final de “AA”.
Dando cumplimiento Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 190 de la Ley de
Mercado de Valores, a nombre de la Calificadora de Riesgo Humphreys S. A., y en mi condición de representante legal de la empresa, declaro bajo juramento que ni la calificadora de
riesgo, ni sus administradores, miembros del Comité de Calificación, empleados en el ámbito
profesional, ni los accionistas, se encuentran incursos en ninguna de las causales previstas
en los literales del mencionado artículo.
Además, cabe destacar que la calificación otorgada por la Calificadora a la II Emisión de
Obligaciones de Industria Ecuatoriana de Cables, Incables S.A no implica recomendación
para comprar, vender o mantener un valor, ni implica una garantía de pago del mismo, ni
estabilidad de su precio, sino una evaluación sobre el riesgo involucrado en éste.
Guayaquil, Abril de 2012
VALOR TOTAL
$ 22.779.68
$ 20.000.00
$ 42.779.68
Son: Cuarenta y Dos mil setecientos setenta y nueve 68/100 Dólares de los Estados Unidos
de América.Por tratarse del primer señalamiento la base del remate se las fijará en las dos terceras partes del
valor del avalúo pericial, conforme lo establecido en el Artículo 468 del Código de Procedimiento
Civil. De conformidad con la reforma del Artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado
en el Suplemento-Registro Oficial No.583 del 24 de Noviembre del 2011, los postores deben
ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia
económica y experiencia en el negocio. No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren
sido previamente calificados por la Institución Bancaria. Las posturas se deben presentar ante el
Secretario Ad-Hoc, que actúa dentro de la presente causa, acompañado del 10 % de la oferta, en
dinero en efectivo o cheque certificado girado a la orden del Juez de la causa en sobre cerrado,
si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los Diez mil 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América (USD $ 10.000.00), los postores deberán suscribir el formulario de licitud
de fondos entregados por la Secretaría de esta Institución. El inmueble que se remata se lo
hace como cuerpo cierto, conforme lo establecido en el Artículo 1.773 del Código Civil. No
se admitirán posturas que no ofrezcan el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por
anualidades adelantadas, ni las que fijen plazos que excedan de ocho años contados desde el
día del remate de conformidad con lo establecido en el Art. 467 del Código de Procedimiento
Civil vigente. Los gastos que demande la transferencia de dominio del bien inmueble a rematarse
correrán por cuenta del adjudicatario. Cualquier información se proporcionará en el señor Abg.
Jacinto Quevedo Zambrano. Depositario Judicial, teléfono No. 2-795117, celular No. 080866674,
de esta Sucursal en la ciudad de Daule.
Lo que comunico al público, para los fines de Ley.
Daule, 31 de Julio del 2012
__________________________
Sr. Erik Eduardo Vargas Haro
SECRETARIO AD-HOC
BANCO NACIONAL DE FOMENTO
SUCURSAL - DAULE
R E M A T E
Pongo en conocimiento del público que de acuerdo a lo ordenado por el señor Juez Delegado de
Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Daule, en providencia dictada el 31 de Julio del
2012; A las 09H30, dentro del Juicio Coactivo No. 274-2011, se ha señalado para el día Miércoles
29 de Agosto del 2012, desde las 13H00 hasta las 17H00 en el Departamento Legal del Banco
Nacional de Fomento, sucursal Daule, ubicado en las calles Francisco de Marcos y Bolívar, para
que se lleve a efecto el remate del bien inmueble que describo a continuación: Características
Generales.- El inmueble consiste en un solar designado con el No.12, de la manzana No.55, de la
lotización “Agrícola Bahamonde” ubicada en el cantón Daule, Provincia del Guayas.
Linderos y Superficie.NORTE: Solar No.3, con veinte metros; SUR: Solar No.11, con veinte metros; ESTE: Solar No.2,
con diez metros; OESTE: Calle H, con diez metros; Medidas que hacen una superficie total de
Doscientos metros cuadrados. Sobre el inmueble consta una vivienda de las siguientes
características, tipo villa de una sola planta, paredes de bloques sin enlucir, puertas y ventanas de
maderas, divisiones interiores de salas, comedor, cocina y un dormitorio, instalaciones eléctricas
y sanitarias, baño completo, piso de cemento y techo de rieles con zinc, área de construcción
Sesenta y tres metros cuadrados.
Avaluó del Bien Inmueble
DESCRIPCIÓN
CONSTRUCCION
TERRENO
TOTAL
VALOR TOTAL
$ 30.383.79
$ 5.000.00
$ 35.383.79
Son: Treinta y cinco mil trescientos ochenta y tres 79/100 Dólares de los Estados Unidos
de América.Por tratarse del primer señalamiento la base del remate se las fijará en las dos terceras partes del
valor del avalúo pericial, conforme lo establecido en el Artículo 468 del Código de Procedimiento
Civil. De conformidad con la reforma del Artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado
en el Suplemento-Registro Oficial No.583 del 24 de Noviembre del 2011, los postores deben
ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia
económica y experiencia en el negocio. No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren
sido previamente calificados por la Institución Bancaria. Las posturas se deben presentar ante el
Secretario Ad-Hoc, que actúa dentro de la presente causa, acompañado del 10 % de la oferta, en
dinero en efectivo o cheque certificado girado a la orden del Juez de la causa en sobre cerrado,
si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los Diez mil 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América (USD $ 10.000.00), los postores deberán suscribir el formulario de licitud
de fondos entregados por la Secretaría de esta Institución. El inmueble que se remata se lo
hace como cuerpo cierto, conforme lo establecido en el Artículo 1.773 del Código Civil. No
se admitirán posturas que no ofrezcan el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por
anualidades adelantadas, ni las que fijen plazos que excedan de ocho años contados desde el
día del remate de conformidad con lo establecido en el Art. 467 del Código de Procedimiento
Civil vigente. Los gastos que demande la transferencia de dominio del bien inmueble a rematarse
correrán por cuenta del adjudicatario. Cualquier información se proporcionará en el señor Abg.
Jacinto Quevedo Zambrano. Depositario Judicial, teléfono No. 2-795117, celular No. 080866674,
de esta Sucursal en la ciudad de Daule.
Lo que comunico al público, para los fines de Ley.
Daule, 31 de Julio del 2012
__________________________
Sr. Erik Eduardo Vargas Haro
SECRETARIO AD-HOC
32
Gaceta varios
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE:
EXTRAVIO. Se comunica al público el extravío de la libreta No.
4501368835 y aportaciones No.
4501368836 perteneciente a
MEJIA CEDEÑO LUIS ANTONIO.
Particular que se comunica para
los fines de ley.
Ago. 2-3-4 (98042)
RESOLUCIÓN No. Q.IMV.2012.3626
FRANCISCO VIZCAINO ZURITA
INTENDENTE DE MERCADO DE VALORES-QUITO
CONSIDERANDO:
COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE:
EXTRAVIO. Se comunica al público el extravío de la libreta No.
4501364891 y aportaciones No.
4501364896 perteneciente a
RAMIREZ SOLORZANO BETSABE
PAMELA.
Particular que se comunica para
los fines de ley.
Ago. 2-3-4 (98069)
QUE, el Gerente General de la compañía FIDUCIARIA ECUADOR FIDUECUADOR S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS, solicita la cancelación de la inscripción en el Registro del Mercado de Valores
del Fondo Administrado de Inversión "Stanford Equ Fund Uno",
QUE, mediante Resolución No. Q.IMV.06.1462 de 26 de abril de 2006, la
Superintendencia de Compañías aprobó la constitución del Fondo Administrado de Inversión "Stanford Equ Fund Uno", el mismo que fue inscrito
bajo el No. 2006.1.11.00100 de 12 de mayo de 2006.
QUE, mediante Resolución No. Q.IMV.091.427 de 06 de abril de 2009,
la Superintendencia de Compañías resolvió declarar en estado de liquidación al Fondo Administrado de Inversión "Stanford Equ Fund Uno" y nombró a la Economista Dayana Hernández Villalobos como liquidadora del
Fondo Administrado de Inversión mencionado.
QUE, mediante Escritura Pública de 19 de junio de 2012, otorgada en
la Notaría Vigésima Sexta del Cantón Quito, se suscribió la escritura de
terminación del contrato del Fondo Administrado de Inversión "Stanford
Equ Fund Uno".
QUE, el artículo 23, numeral 1 de la Ley de Mercado de Valores, dispone
que la cancelación de la inscripción de un participante o valor en el Registro del Mercado de Valores podrá ser voluntaria;
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE REACTIVACIÓN DE
LA COMPAÑÍA TUONLINE S.A., EN LIQUIDACIÓN.
Se comunica al público que la compañía TUONLINE
S.A., EN LIQUIDACIÓN, se reactivó mediante escritura
pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito
Metropolitano de Quito, el 14 de junio de 2012. Fue
aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.12.3708 de 24
de julio de 2012.
(97969)
RESUELVE:
AL 30 DE JUNIO DE 2012
(Expresados en Dólares)
ACTIVOS
ARTICULO PRIMERO.- CANCELAR en el Registro del Mercado de Valores
la Inscripción del Fondo Administrado de Inversión "Stanford Equ Fund
Uno", administrado por la compañía FIDUCIARIA ECUADOR FIDUECUADOR S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y FIDEICOMISOS, referido
en el segundo considerando de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que se remita una copia de la presente resolución al Representante Legal de la compañía FIDUCIARIA
ECUADOR FIDUECUADOR S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS Y
FIDEICOMISOS, y a la Liquidadora del Fondo Administrado de Inversión
"Stanford Equ Fund Uno".
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que esta Resolución se publique por
una vez en uno de los diarios de amplia circulación del domicilio principal
del peticionario. Un ejemplar de dicha publicación deberá remitirse a la
Dirección de Autorización y Registro del Mercado de Valores.
ARTÍCULO CUARTO.- Una vez que se reciba la correspondiente publicación se dará cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Primero de esta
Resolución.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dada y firmada en la Superintendencia
de Compañías, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 13 de julio del 2012
ACTIVOS CORRIENTES:
Efectivo y equivalentes de efectivo
146,487
Inversiones en acciones
825,299
Activos financieros
516,393
Existencias, neto
91,055
Activos por impuestos corrientes
385,218
Servicios y otros pagos anticipados
1,349,293
TOTAL ACTIVOS CORRIENTES
3,313,745
Propiedades, planta y equipos, neto
2,567,510
Propiedades de inversión
1,156,001
Activos Intangibles
984,349
Otros activos no corrientes
18,655
TOTAL ACTIVOS
8,040,260
PASIVOS Y PATRIMONIO NETO DE LOS ACCIONISTAS
Pasivos financieros
(98128)
A la demandada MARTHA DE LAS MERCEDES PAREDES CORNEJO, se le cita con la
demanda verbal sumaria de divorcio seguida por el actor SILVIO LUIS ARCE GACIA,
hay lo que sigue:
Juicio: No. 735-2012
Tramite: Divorcio
Actor: SILVIO LUIS ARCE GACIA
Demandado: MARTHA DE LAS MERCEDES PAREDES CORNEJO
Tramita: Dra. María Elena Guerrero
“JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 9 de julio del 2012,
las 08h59. VISTOS: En atención al escrito que antecede.- En lo principal, la demanda es
clara y reúne los requisitos legales; en consecuencia se la acepta al trámite Verbal Sumario de Divorcio.- Atento al juramento rendido por el actor SILVIO LUIS ARCE GARCIA y
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese
a la demandada MARTHA DE LAS MERCEDES PAREDES CORNEJO, por medio de la
prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en esta ciudad de Quito,
mediando entre una y otra publicación ocho días hábiles por lo menos.- Agréguese al
proceso los documentos que acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado”.- Notifíquese.- f) Dr. Wilmer Ambrossi Robles, Juez Encargado.
Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes y se le previene de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus notificaciones.- Certifico.
Dr. Jorge Palacios H.
SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
Ago. 02-16-29 (97981)
ACTIVOS NO CORRIENTES:
PASIVOS CORRIENTES:
FRANCISCO VIZCAINO ZURITA
Ago. 2-16-29 (98044)
Providencia:
RED MANGROVEINN S.A.
ESTADOS DE SITUACION FINANCIERA
En ejercicio de las atribuciones conferidas mediante Resoluciones Nos.
ADM-2009.003 de 1 de abril de 2009; y, SC-IAF-SAF-DRH-G-2010-0365
de 25 de agosto de 2010;
2,284,766
Obligaciones con instituciones financieras
220,322
Otras obligaciones corrientes
756,451
TOTAL PASIVOS CORRIENTES
3,261,539
PASIVOS NO CORRIENTES:
Obligaciones con instituciones financieras a Largo plazo
Emisión de obligaciones
357,500
1,050,000
Pasivo por impuesto diferido
TOTAL PASIVOS
102,469
4,771,508
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL A: Víctor Germán Camacho Herrera
ACTOR: Mirna Azucena Armas Claudio
DEMANDADO: Víctor Germán Camacho Herrera
JUICIO: Divorcio No. 672-2012-CVM
OBJETO: Disolución del vínculo matrimonial, según Art. 110, causal 11ª y 3ª del Código Civil
TRAMITE: Verbal Sumario
FECHA DE INICIO DEL JUICIO: 16 de julio del 2012
PROVIDENCIA:
JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 16 julio del
2012, las 12h19. VISTOS.- Por cuanto la actora ha dado cumplimiento a lo ordenando en
providencia de 28 junio del 2012, se califica la demanda presentada de clara, precisa y de
reunir los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite al trámite verbal sumario.- En consecuencia, atento el juramento rendido por Mirna Azucena Armas Claudio y lo previsto en el
Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con un extracto de la demanda y éste auto, cítese
al demandado señor VICTOR GERMAN CAMACHO HERRERA, mediante tres publicaciones
realizadas en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito
y la ciudad de Guayaquil, mediando término de ocho días por lo menos entre cada publicación. Hecho que sea, con la insinuación hecha para el cargo de Curador Ad-litem del menor
de edad Ismael Alessandro Camacho Armas, óigase al señor Agente Fiscal de Pichincha.
Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la actora así como la designación de
su abogado patrocinador. Agréguese al proceso los documentos adjuntados a la demanda.Notifíquese. F) Dr. Francisco Robalino Ocaña, Juez (T)
Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación que
tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.- Quito, 24 de julio del 2012.CERTIFICO.
DR. FERNANDO NARANJO FACTOS
SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
PATRIMONIO NETO DE LOS ACCIONISTAS:
Capital suscrito
(97990)
1,300,000
Aporte futuras capitalizaciones
Reservas
309,713
1,008,219
NIIF Adopcion por Primera Vez
300,408
Utilidades retenidas
214,833
Utilidad del Ejercicio
135,578
TOTAL PATRIMONIO NETO DE LOS ACCIONISTAS
3,268,752
TOTAL PASIVOS Y PATRIMONIO NETO DE LOS
ACCIONISTAS
8,040,260
RED MANGROVEINN S.A.
ESTADOS DE RESULTADOS INTEGRALES
DEL 01 DE ENERO AL 30 DE JUNIO 2012
(Expresados en Dólares)
INGRESOS
2,778,193
(-) COSTO
1,724,906
UTILIDAD BRUTA
1,053,286
GASTOS OPERACIONALES:
(-) Gastos de administración
619,627
(-) Gastos de ventas
139,441
TOTAL
759,069
UTILIDAD OPERACIONAL
294,218
OTROS INGRESOS (EGRESOS):
(-) Gastos financieros
(+) Otros ingresos
TOTAL
UTILIDAD ANTES DE PARTICIPACION DE
TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES
E IMPUESTO A LA RENTA
159,363
724
(135,578)
135,578
MENOS:
15% PARTICIPACION DE TRABAJADORES EN LAS
UTILIDADES
(20,337)
23% IMPUESTO A LA RENTA
(26,506)
RESOLUCIÓN No. SC.IJ.DJDL.Q.12.3811
AB. PATRICIA CHIRIBOGA SANCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
CONSIDERANDO:
QUE mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.12.3249 de 27 de junio de 2012, la
Superintendencia de Compañías declaró la disolución por inactividad y dispuso la
liquidación, de varias compañías, entre ellas a la compañía LABORATORIOS SIDELIFEPHARM CIA. LTDA., constituida con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito,
mediante escritura pública otorgada el 02 de julio del 2009, ante el Notario Vigésimo
Quinto del Distrito Metropolitano de Quito, inscrita en el Registro de Mercantil del
mismo Distrito, bajo el No. 2788, tomo 140, de 31 de agosto del 2009;
QUE conforme lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución No. SC.DSC.G.12-005
de 23 de marzo de 2012, “de oficio o a petición de parte del o los representantes
legales de la o de las compañías declaradas en estado de disolución a través de una
resolución masiva, el Superintendente de Compañías o su delegado podrán excluir de
dicha resolución a la compañía, para continuar con el proceso individual...”; y,
EN uso de las facultades conferidas mediante Resolución No. ADM-Q-2011-006 de
17 de enero de 2011,
RESUELVE:
Ab. Ramón Iñiguez Vera
Secretario Juzgado Sexto de lo Civil de Guayaquil
CITACIÓN JUDICIAL
PATRICIA CHIRIBOGA SANCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN
Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
QUE, las Direcciones Jurídica y de Control de la Intendencia de Mercado
de Valores, mediante Informe No. SC.IMV.DJMV.DC.2012.745.291 de 13
de julio de 2012, emiten pronunciamiento favorable para la cancelación
de la inscripción del Fondo Administrado de Inversión "Stanford Equ Fund
Uno".
A: ALEXANDRA DESIREE CHIRIGUAYO VALDEZ.
LE HAGO SABER que dentro del juicio de divorcio No. 917-2012-4, que sigue en
su contra GERARDO MOISÉS MIGUES VAICILLA, cuyo extracto es el siguiente:
OBJETO DE LA CAUSA: Que previo el trámite de ley se declare disuelto el vínculo
matrimonial que los une.AUTO INICIAL: GUAYAQUIL, miércoles 27 de junio del 2012, a las 16H51.-VISTOS.- Avoco conocimiento de la presenta causa en mi calidad de Juez encargado
de esta Judicatura mediante oficio No. 3011 UARHKZF del 19 de junio de 2012.En lo principal, la demanda que antecede, presentada por GERARDO MOISES
MIGUES VAICILLA, por reunir los requisitos de ley, se la admite al trámite del
juicio de divorcio verbal sumario. Cítese a la demandada ALEXANDRA DESIREE
CHIRIGUAYO VALDEZ, de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código
de Procedimiento Civil, en mérito del juramento que hace el accionante, por tres
publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación del país, esto es, por uno
de los diario EXPRESO, UNIVERSO o TELÉGRAFO, publicaciones que serán mediando ocho días por lo menos entre una y otra de conformidad con lo señalado
en los inciso segundo y tercero del Art. 119 del Código Civil.- Cítese y notifíquese.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. PAÚL CERNA TORRES, JUEZ SEXTO DE LO CIVIL GUAYAQUIL ENCARGADO.Lo que cito a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene
de señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones dentro de los veinte días
posteriores a la tercera y última publicación de esta citación caso contrario será
tenida o declarada rebelde.Guayaquil, julio 26 de 2012
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
Distrito Metropolitano de Quito, a 24 julio 2012
QUE, el Art. 13, Sección IV, Capítulo I, del Título IV de la Codificación de las
Resoluciones expedidas por el Consejo Nacional de Valores, determina el
procedimiento de cancelación voluntaria de la inscripción de un fondo de
inversión, en el Registro del Mercado de Valores;
EXTRACTO DE CITACIÓN
JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
CITACIÓN JUDICIAL
CITASE con el siguiente EXTRACTO DE LA DEMANDA DE DIVORCIO a:
MARCO FERNANDO FLORES SANTACRUZ
ACTORA: MARIA ROSA MAIGUA MORALES
DEMANDADO: MARCO FERNANDO FLORES SANTACRUZ
JUICIO: No. 0812-2012–BG
CUANTÍA: INDETERMINADA
TRAMITE: VERBAL SUMARIO
OBJETO DE LA DEMANDA: Que se declare disuelto el vinculo matrimonial Amparado
en lo dispuesto en el Art. 110 numeral 11 inciso 2do del Código Civil.
DOMICILIO JUDICIAL DE LA ACTORA: CASILLA No. 6008
PROVIDENCIA:
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de julio de 2012,
las 11h17. VISTOS: La demanda de divorcio que antecede, es clara, precisa y reúne los
requisitos de Ley, de conformidad al Art. 829 del Código de Procedimiento Civil se la
acepta a trámite verbal sumario.- Al tenor del Art. 742 ibídem se designa a la Sra. Luz
María Maigua Morales, Curadora Ad-litem de la menor: Andrea Anahí Flores Maigua,
quien tomará posesión del cargo el día miércoles 8 de agosto de 2012, a las 09h00.Atenta la aseveración de la actora respecto de la imposibilidad de dar con la residencia o
individualidad del demandado cítese con un extracto de la demanda y esta providencia
a MARCO FERNANDO FLORES SANTACRUZ por la prensa en uno de los periódicos
de mayor circulación que se editan en esta ciudad con intervalos de por lo menos 8
días hábiles entre una y otra citación.- Actúa el oficial Mayor por Licencia del Secretario
Titular.- Notifíquese f) DR. RAFAEL CARPIO, JUEZ (E).
Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes.- Para recibir
sus posteriores notificaciones, sírvase señalar la casilla judicial de un Abogado como
dispone la Ley.
Atentamente,
DR. DILO CEVALLOS QUEVEDO
SECRETARIO (E)
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
ARTÍCULO PRIMERO.- EXCLUIR de la Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.12.3249 de 27 de
junio de 2012 a la compañía LABORATORIOS SIDELIFEPHARM CIA. LTDA., para que
continúe con el proceso de disolución y liquidación en forma individual.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR con esta Resolución al Representante Legal de la
compañía mencionada en el artículo anterior, en la forma prevista en la ley, en la dirección domiciliaria de la misma y disponer que éste cumpla lo ordenado en la presente.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que el Representante Legal de la compañía, dentro
del término de ocho días, contado desde la notificación con la presente Resolución,
publique por una sola vez, en un diario de amplía circulación en el domicilio principal
de la compañía, el texto íntegro de esta Resolución. Un ejemplar de la publicación
realizada deberá remitirse a esta institución de manera inmediata.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que, el Vigésimo Quinto del Distrito Metropolitano
de Quito, tome nota del contenido de la presente al margen de la matriz de la escritura
pública de constitución de la compañía citada anteriormente. Cumplido, sentará razón
de lo actuado.
ARTÍCULO QUINTO.- ORDENAR que, el Registrador Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito: a) Inscriba esta Resolución en el registro a su cargo; y, b) Ponga las
notas de referencia previstas en el inciso primero del Art. 51 de la Ley de Registro.
Cumplido, sentará razón y copia de lo actuado remitirá a la Superintendencia de Compañías.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER que, ejecutadas las formalidades previstas, la compañía se ponga EN LIQUIDACIÓN.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- DESIGNAR Liquidador de la compañía al señor Mauricio Miguel Ayala Herrera y conferirle todas las facultades determinadas en la Ley de Compañías y en el estatuto social, para que efectúe las operaciones de liquidación.
ARTÍCULO OCTAVO.- DISPONER que, el Liquidador inscriba su nombramiento en el
Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito, dentro del término de diez días,
contado desde su aceptación.
ARTÍCULO NOVENO.- DISPONER que, durante el proceso de liquidación, en todos
los actos y contratos de la compañía, se agreguen después de su nombre las palabras “EN LIQUIDACIÓN”, previniendo al Liquidador de las responsabilidades legales
en caso de omisión.
ARTÍCULO DÉCIMO.- PREVENIR al Representante Legal de la compañía, sobre el
cumplimiento de lo ordenado por los artículos 3°., 4°. y 5°, de la presente Resolución,
cuya omisión dará lugar a las sanciones contempladas en la ley, sin perjuicio que esta
Institución ejecute las citadas diligencias, y que el monto de los gastos incurridos con
los recargos de ley, sean agregados al pasivo de la compañía, debiendo ingresar dicho
rubro a la cuenta denominada “Cuenta Rotativa de Ingresos No. 625275-3 del Banco
de Guayaquil”.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- ORDENAR que, se remita copia de esta Resolución
a la Directora Regional Norte del Servicio de Rentas Internas, al Director Ejecutivo del
Instituto Nacional de Contratación Pública y al Director Financiero de Rentas del I.
Municipio del D.M. de Quito, para los fines consiguientes.
CUMPLIDO, remítase a este Despacho copia certificada de la presente Resolución.
NOTIFÍQUESE.- DADA y firmada en la Superintendencia de Compañías, en el Distrito
Metropolitano de Quito, a 24 de julio 2012.
AB. PATRICIA CHIRIBOGA SANCHEZ
(97953)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO OCTAVO DEL TRABAJO DEL GUAYAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: Herederos desconocidos y presuntos de quien en vida fue el señor SANTOS ALEJANDRO MALDONADO ARAGÓN.
HAGO SABER: Que en esta judicatura ha tocado mediante sorteo el conocimiento del juicio laboral de
Procedimiento Oral N° 351-2012 cuyas características son las siguientes:
DEMANDANTE: JIMMY JAIRALA VALLAZA y AB. PAVLO LLERENA MARTINETTI, por los derechos que
representan del GOBIERNO PROVINCIAL DEL GUAYAS, en sus calidades de PREFECTO PROVINCIAL DEL
GUAYAS y PROCURADOR SÍNDICO PROVINCIAL.
DEMANDADO: SANTOS ALEJANDRO MALDONADO ARAGÓN.
TRAMITE: PROCEDIMIENTO ORAL
CUANTÍA: $50.176,59
PROVIDENCIA:
VISTOS: En mérito de la acción de personal No. 4214-UARH-KZF avoco conocimiento de la presente
causa.- La demanda de consignación realizado por el señor JIMMY JAIRALA VALLAZA Y AB. PAVLO
LLERENA MARTINETTI por los derechos que representan del Gobierno Provincial del Guayas en sus
calidades de Prefecto Provincial del Guayas y Procurador Sindico Provincial, respectivamente, se la
acepta al trámite por reunir los requisitos de ley y en mérito del acta de posesión se declara legitima su
intervención.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Tómese en cuenta la casilla judicial que señalan para sus notificaciones y la autorización que confiere a su abogado defensor.- De igual
manera tómese en cuenta la comparecencia de Bélgica Margarita Alvarado Cotto, Ana Jazmín Maldonado Alvarado. Alejandro Gualberto Maldonado Alvarado y Luis Alberto Maldonado Alvarado, cónyuge
sobreviviente e hijos del de cujus SANTOS ALEJANDRO MALDONADO ARAGÓN y mérito del poder
especial otorgado por los señores LUZ MEIBOL, JESSENIA Y MAIRA ALEJANDRINA MALDONADO
CORTEZ se declara legitimada la intervención en su nombre como apoderada de los mismos a la señora
Bélgica Margarita Alvarado Cotto.- Considérese la autorización que confiere a su abogado defensor Jesús
Molina Torres.- Habiendo fallecido el trabajador Santos Alejandro Maldonado Aragón se dispone citar
a sus herederos presuntos y desconocidos de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código
de Procedimiento Civil.- Se le hace saber a la parte accionante que la transferencia deben hacerla en la
Cuenta 009010303998 que el juzgado Octavo del Trabajo del Guayas mantiene en el Banco nacional
de Fomento sucursal Guayaquil.- Intervenga como secretario el abogado Hans Robles García mediante
acción de personal No. 3690-UARH-KZF.- Se le hace saber de igual manera que por resolución del pleno
del Consejo de la Judicatura en Transición los señores abogados deben señalar correo electrónico para
sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE.JUEZ: AB. ELVIA ENRÍQUEZ SUAREZ, Jueza Temporal encargada del Juzgado Octavo de Trabajo del Guayas. Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndoles la obligación que tienen de comparecer
a juicio y señalar casillero judicial para posteriores notificaciones dentro de los veinte días siguientes a la
publicación de este extracto, caso contrario podrán ser declarados como rebeldes.Guayaquil, 24 de Julio del 2012
Ab. Hans Robles García
SECRETARIO JUZGADO OCTAVO DE TRABAJO DEL GUAYAS
Ago. 02-16-29 (98013)
Ago. 2-16-29 (98037)
BANCO PROCREDIT S.A.: Pone en conocimiento, la
anulación de cheques 000050 al 000052-000083000084-000096-000100-00122-000125,
por
oposición, de la chequera Cta. Cte. 14030123296,
de segundo jose tierra cruz.
Particular que se comunica para los fines legales.
(98032)
BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público
el extravío de la LIBRETA de la Cta. No. 307517051
perteneciente a MORAN MUÑOZ WASHINTON
GERONIMO.
Particular que se comunica para los fines de ley.
Jul. 31; Ag. 2 (97941)
BANCO PROCREDIT S.A.: Pone en conocimiento del público, la Anulación por pérdida de la
Libreta de Ahorros #1401011619739 de MACAS
RAMIREZ OLGA MARIA.
Particular que se comunica para los fines legales.
COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE: LIBRETA EXTRAVIADA
Se comunica al público el extravío de la libreta de ahorros No. 4501081780 perteneciente a zambrano
reasco henry anastacio.
Particular que se comunica para los fines de ley.
Ag. 1-2-3 (97995)
UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO
88,736
(98027)
UTILIDAD BASICA POR ACCION COMUN
0.0683
BANCO DEL LITORAL: Se comunica al público la pérdida de libreta de ahorro #1149822
HECTOR LUIS TORRES JIMENEZ.
Particular que se comunica para los fines
legales.
Ag. 2 (97617)
BANCO PROCREDIT S.A.: Pone en conocimiento del
público, la Anulación por pérdida de la Libreta de Ahorros
#0901011622923 de MARIA CRISTINA TORRES
SUCUZHANAY.
Particular que se comunica para los fines legales.
(98011)
Gaceta varios
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA KAFEMATE CIA. LTDA.
ANTECEDENTES.- KAFEMATE CIA. LTDA., se constituyó mediante
escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Octavo del Distrito Metropolitano de Quito, el 25 de marzo de 2008, inscrita en el
Registro Mercantil del mismo Distrito bajo el No. 1065, Tomo 139,
el 10 de abril de 2008.
1. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria y anticipada de la compañía KAFEMATE CIA.
LTDA., otorgada el 1 de junio de 2010 ante el Notario Décimo Octavo del Distrito Metropolitano de Quito, ha sido aprobada por la
Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.
DJDL.Q.10.2993.
2. OTORGANTES.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor Guido Xavier Bravo Aguinaga, en su
calidad de Gerente General de la compañía, de nacionalidad ecuatoriano, de estado civil soltero y domiciliado en el Distrito Metropolitano de Quito.
3. PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías ordenó la
publicación del extracto de la referida escritura pública pertinente,
por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros
señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de
Oposición, como acto previo a su inscripción.
AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público
la disolución voluntaria y anticipada de la compañía KAFEMATE
CIA. LTDA., a fin que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los
Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de
los seis días contados desde la fecha de la última publicación de
este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de
la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición
notificará a esta Superintendencia, dentro del término de dos días
siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia
recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la
referida escritura pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.
Distrito Metropolitano de Quito, a 21 julio de 2010
DR. EDUARDO MONTERO PROAÑO
DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
DE COMPAÑÍAS ENC.
Jul. 31; Ago. 01-02 (97745)
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE DURAN
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ANGEL DAVID VALVERDE GONZALEZ.
SE LE HACE SABER: Que en este Juzgado le ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO VS. No.- 236-2012 seguido por FABIOLA LEONOR BORJA NUÑEZ cuyo
extracto de citación y auto recaída en ella es del tenor siguiente.
Durán, 28 de Mayo del 2012; las 8h44.
VISTO: La demanda que antecede presentada por la señora FABIOLA LEONOR
BORJA NUÑEZ por reunir los requisitos de Ley, se la califica de clara y precisa admitiéndola a trámite de juicio Verbal Sumario. En lo Principal, se ordena citar con la
misma a ANGEL DAVID VALVERDE GONZALEZ para los fines de Ley.- Por cuanto
la actora declara bajo juramento que desconoce el domicilio del demandado y que
le es imposible determinar su individualidad o residencia, se ordena citarlo por la
prensa, en la forma señalada en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y Art.
117 del Código Civil.- Por no existir diarios que se editen en ésta localidad, las publicaciones se harán en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en
la ciudad de Guayaquil "Universo", "Telégrafo" o "Expreso".- Agréguese a los autos
la documentación acompañada. Téngase en cuenta el domicilio señalado por la
actora y la autorización que da a su defensor. Cítese y Notifíquese.JUEZ DE LA CAUSA: Dr. GABRIEL NIVELA VERA.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
Lo que comunico a Ud. previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a
juicio dentro de los veinte días posteriores de la tercera y última publicación de este
aviso, caso contrario será tenido o declarado rebelde.- Durán, Junio 12 del 2012.Ab. LAURA PACHECHO CHICHANDIS
SECRETARIA DEL JUZGADO 30 DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE DURAN
Jul. 6-19, Ago. 2 (96297)
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
EXTRACTO
DE LA ESCRITURA PUBLICA DE DISOLUCION VOLUNTARIA Y ANTICIPADA
DE LA COMPAÑIA DENOMINADA NICGLAD S.A.
1. ANTECEDENTES.- La compañía denominada NICGLAD S.A., se constituyó
mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón
Guayaquil el 26 de Febrero del 2003 e Inscrita en el Registro Mercantil del
cantón Guayaquil, el 25 de Marzo del 2003.
2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria y anticipada de la compañía denominada NICGLAD S.A., otorgada el 3
de Abril del 2012, ante el Notario Encargado de la Notaría Décimo Novena
del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.0003372 del 27 de Junio
del 2012.
3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes
mencionada, la señorita MARIA ISABEL GIL DEL ALCAZAR, en su calidad
de Presidente de la compañía, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil
soltera, domiciliada en el cantón Samborondon.
4. DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de
Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.G.12.0003372 del 27 de
Junio del 2012, aprobó la disolución voluntaria y anticipada y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de
Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.
5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público la disolución voluntaria anticipada de la compañía denominada NICGLAD S.A., a fin
de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan
presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la
última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El juez y/o accionante que
reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de
dos días siguientes, Juntamente con el escrito de oposición y providencia
recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en
la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura
pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos
legales.
Guayaquil, 27 de Junio del 2012
Ago. 1-2-3 (97946)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A: ALFONSO EDUARDO DAZA CARVAJAL
DEMANDADO: ALFONSO EDUARDO DAZA CARVAJAL.
ACTOR: LAURA SUSANA MOSCOSO.
JUICIO No. 532-2012-C.V.
TRAMITE: Verbal Sumario.
CUANTÍA: Indeterminada.
FUNDAMENTO LEGAL: Art. 110 numeral 11 del Código Civil.
Ab. Defensor: Dr. Wilson Parra Andagoya.
ASUNTO: Que en sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial que les une.
SE HA DICTADO LO SIGUIENTE:
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 18 de mayo
del 2012, las 11h02.- VISTOS.- En mérito del Juramento rendido por LAURA
SUSANA MOSCOSO GOYES, avoco conocimiento de la presente causa en calidad
de juez titular de esta judicatura. La demanda formulada por LAURA SUSANA
MOSCOSO GOYES, es completa, clara y reúne los demás requisitos de ley, por lo
que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio Verbal Sumario.En consecuencia, con la misma y la presente providencia, de conformidad con el
Art. 82 del código de procedimiento Civil, cítese a ALFONSO EDUARDO DAZA
CARVAJAL, por tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación
del lugar.- Agréguese a los autos la documentación acompañada.- Tómese en
cuenta el casillero judicial señalado por el Actor, para sus notificaciones posteriores, así como la autorización que hace a su defensor.- NOTIFÍQUESE.- F) DR. JOSE
MARTINEZ NARANJO, JUEZ.
JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 14 de junio del
2012, las 12h16.- Agréguese al proceso el escrito presentado. En lo principal, de
conformidad con el Art. 119 del Código Civil cítese al demandado señor ALFONSO
EDUARDO DAZA CARVAJAL por tres publicaciones en uno de los diarios de mayor
circulación de esta ciudad de Quito, así como por tres publicaciones en uno de
los diarios de mayor circulación de la ciudad de Latacunga provincia de Cotopaxi.
Para el efecto confiérase el correspondiente extracto.- NOTIFÍQUESE.- F) DR. JOSE
MARTINEZ NARANJO, JUEZ.
Lo que le comunico a usted para los fines de ley pertinentes, y le cito, previniéndole
de la obligación que tiene en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- Certifico.
Jul. 9-20; Ag. 2 (96274)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL No 1 DEL CANTON GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
Abg. Irma Elizabeth Gómez Medina
SECRETARIA
JUZGADO ADJUNTO QUINTO DE TRABAJO DEL GUAYAS
Blusztein Figueroa Natasha LEONELA
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTON GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
Jul. 6-19; Ago. 2 (96289)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: FERNANDO ARQUIMIDES LÓPEZ CANALES.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSALES No.
6981-2012, seguido por la señora JENNY MARIUXI ORTEGA OLAYA en contra de FERNANDO
ARQUIMIDES LÓPEZ CANALES.
ACTORA: señora JENNY MARIUXI ORTEGA OLAYA.
DEMANDADO: FERNANDO ARQUIMIDES LÓPEZ CANALES.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo
matrimonial que une a la señora JENNY MARIUXI ORTEGA OLAYA con el señor FERNANDO
ARQUIMIDES LÓPEZ CANALES de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11
inciso primero del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NO. 1
DEL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, jueves 21 de junio del 2012, las 14h38. VISTOS: En lo
principal, una vez que se cumplió con lo ordenado en el decreto anterior, tal como obra del acta
que antecede, la demanda de divorcio presentada por la señora JENNY MARIUXI ORTEGA OLAYA,
fundamentado en la causal 11ª del artículo 110 del Código Civil, contra el señor FERNANDO
ARQUIMIDES LÓPEZ CANALES, la misma que por ser clara, completa, precisa, y reunir los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil,
se la admite al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- En consecuencia, acorde con el artículo
82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la accionante, declaro bajo juramento, realizada
ante la suscrita jueza, que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado; dispongo que la citación a éste, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por
intermedio de 3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta, mediando ocho días entre una
publicación y otra, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra"
de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas.- La Actuaria del
Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, al demandado
en el extracto de citación será advertido de la obligación que tiene de comparecer a este proceso
y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de que
no compareciere veinte días después de la última publicación, podrá ser considerado o declarado
rebelde.- Una vez citado el accionado, se señalará fecha y hora para la junta de parientes y dotar de
curador ad-litem a la hija menor de edad, común del matrimonio. Intervenga en calidad de actuaria
de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, la abogada Natasha
Blusztein Figueroa.- NOTIFIQUESE.CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. PINARGOTE VALENCIA MARIANELA LEIDE, JUEZ DE LA UNIDAD
JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL
GUAYAS.
Guayaquil, 13 de julio del 2012
Natasha Blusztein Figueroa
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA NO. 1
CANTÓN GUAYAQUIL
Jul. 18; Ag. 2-16 (97125)
INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 24 de julio del
2012 a las 16H10.- Dentro de la solicitud de Visto Bueno signada con
el N° 41065-2012-A.C.H, presentada por la señora MARIANA ANTONIA ANDRADE ESTRELLA en su calidad de Gerente General y Representante Legal de la Compañía OCHO Y MEDIO CENTRO DE CULTURA
CIA. LTDA., en contra de su trabajador (a) señor (a) JENNY ALEXANDRA GUAIPACHA CUASAPAZ; Agréguese al expediente el escrito presentado y documentación adjunta. La presente solicitud por estar de
acuerdo con la Ley se la acepta al trámite.- En lo principal se dispone:
1) En aplicación al Art. 183, 545 atribuciones 5ta. y 621 del Código
del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y
esta providencia notifíquese a la trabajadora en ella mencionada mediante publicación en uno de los periódicos de amplia circulación, de
conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento
Civil, por cuanto la empleadora bajo juramento declara desconocer el
domicilio de la accionada, conforme se desprende de la declaración
juramentada que se adjunta. A la accionada se le concede el término
de vente días para que conteste y señale casillero judicial para futuras
notificaciones. 2) tómese en cuenta el Casillero Judicial N° 5149 y la
autorización otorgada al profesional que suscribe en la presente causa.3).- Entréguese el extracto respectivo para su publicación. NOTIFÍQUESE.- F) DR. ALEX CORDOVEZ HOLGUIN.
Lo que comunico a usted para los fines de Ley.
DR. ALEX CORDOVEZ HOLGUIN
INSPECTOR DE TRABAJO
Jul. 31; Ago. 01-02 (97842)
CITACIÓN
CITACIÓN JUDICIAL A: ADRIAN DEL ALCAZAR
DEMANDA LABORAL ORAL: No. 1078-2011-SA
ACTORA: ALICIA LUPE ROMERO BENALCAZAR
DEMANDADOS: JHAJAIRA VACA MERINO Y ADRIAN DEL ALCAZAR
CUANTÍA: $ 4,000.oo
PROVIDENCIA: JUZGADO TERCERO DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- QUITO, jueves
29 de diciembre del 2011, las 11h26.- VISTOS: Radicada la competencia en este Juzgado, en virtud del sorteo legal, Dra. Gloria Gimena Rojas Verdezoto, en mi calidad de
Jueza Suplente, conforme Ofc. No. 956-DP-DDP-JAR, de fecha 14 de Diciembre del
2007, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal, una vez completada la
demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley.- Tramítesela en procedimiento oral, de conformidad con el Art. 575 del Código del Trabajo.- Cítese,
con el contenido de la demanda y este auto, a los demandados: Señores JHAJAIRA
VACA MERINO Y ADRIAN DEL ALCAZAR, en el domicilio designado para el efecto, previniéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de
esta ciudad, mediante comisión al Señor Teniente Político de San Antonio de Pomasqui,
para lo cual se enviará suficiente despacho.- Téngase en cuenta la Casilla Judicial No.
3152 señalada por la actora.- Hecho tenga lugar la audiencia preliminar de conciliación,
contestación a la demanda que debe ser por escrito y formulación de pruebas, como
lo determina el Art. 576 del mencionado Código del Trabajo, el día veinticinco de junio
del dos mil doce, a las quince horas, a la que concurrirán las partes en forma personal
o por intermedio de Procurador Judicial, con poder especial amplio y suficiente, para
transigir.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- JUZGADO TERCERO DEL TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, viernes 13 de julio del 2012. Las 14h55.- Atento lo manifestado por la actora en
su escrito de fs. 22, y por reconocida la firma y rúbrica, de conformidad con lo dispuesto
en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CÍTESE, al demandado ADRIAN DEL
ALCAZAR, por la prensa, en UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DEL PAIS,
con la demanda, auto de calificación y esta providencia. Atento el estado de la causa, se
vuelve a señalar para el día 10 de Septiembre del 2012, a las 14h10, a fin de que tenga
lugar la diligencia de audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y
anunciación de pruebas.- En lo posterior, téngase en cuenta el casillero judicial N. 2644
señalado por la demandada Jhajaira Lorena Vaca Merino, y su correo electrónico para
futuras notificaciones. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f). Dra. Gloria Gimena Rojas Verdezoto,
Juez Suplente; f). Ab. Rafael Palacios V. Secretario encargado que certifica.
Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes.
Quito, 25 de Julio del 2012
ABG. RAFAEL PALACIOS VALDIVIESO
SECRETARIO (E)
DEL JUZGADO TERCERO DEL TRABAJO DE PICHINCHA
Ago. 01-02-03 (97877)
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
Dr. Edgar Haro Valenzuela.
SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
A: BRUNO CECCOVILLI SALAME Representante Legal de CONSTRUCTORA TRIPLEX S.A. TRIPLESA. Y a COLISA en la persona de su representante legal ING. JOSÉ
CARVAJAL CANDEL, por sus propios derechos y por los derechos que representan
de COLISA.
Que en esta Judicatura ha tocado mediante sorteo de ley, el conocimiento del juicio de
Procedimiento Oral No. 245-2012, cuyas características son las siguientes:
ACTOR: COSME RODRIGO FEIJOO LOAYZA.
DEMANDADOS: Constructora TRIPLEX S.A. TRIPLESA en la interpuesta persona de
BRUNO CECCOVILLI SALAME, Y a COLISA en la persona de su representante legal
ING. JOSÉ CARVAJAL CANDELL, por sus propios derechos y por los que representan.
CUANTÍA: US$23,000.00.
TRÁMITE: Conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone CITAR a TRIPLEX S.A. en la interpuesta persona de BRUNO CECCOVILLI SALAME
y COLISA en la persona de su representante legal Ing. José Carvajal Candell, por sus
propios derechos y por los derechos que representan.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Edis Oseguera Villamar, JUEZ ADJUNTO QUINTO DE TRABAJO DEL GUAYAS.
Lo que comunico a usted (s) para los fines legales, advirtiéndole (s) la obligación que
tiene (n) de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para futuras notificaciones,
dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto,
caso contrario podrá (n) ser declarado (s) rebelde (s).
Guayaquil, 30 de mayo de 2012
JUZGADO ADJUNTO QUINTO DE TRABAJO DEL GUAYAS
ACTORA: MARIANA ANTONIA ANDRADE ESTRELLA
ACCIONADA: JENNY ALEXANDRA GUAIPACHA CUASAPAZ
CAUSAL: 1, 2, 3 y 5 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO.
JUZGADO TERCERO DEL TRABAJO DE PICHINCHA
AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA
DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
DE COMPAÑÍAS DE LA INTENDENCIA JURÍDICA DE GUAYAQUIL
A: SAMMY ROMAN PARRA MOSCOSO.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 5690-2012,
seguido por el señor AB. JOHNNY SUAREZ RODRIGUEZ, p.l.d.q.r de la señora GIRY MARCELA HERRERA
ROMERO en contra de SAMMY ROMAN PARRA MOSCOSO:
ACTOR: AB. JOHNNY SUAREZ RODRIGUEZ, p.l.d.q.r de la señora GIRY MARCELA HERRERA ROMERO.
DEMANDADO: SAMMY ROMAN PARRA MOSCOSO.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial
que une a la señora GIRY MARCELA HERRERA ROMERO en contra de SAMMY ROMAN PARRA MOSCOSO, de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso segundo del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: LA ABG. MARIANELA LEIDE PINARGOTE VALENCIA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL N.- 1
DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, lunes 4 de junio de 2012, las
08h39. VISTOS: En lo principal, una vez que se cumplió con lo ordenado en el decreto anterior, tal como obra
del acta que antecede, la demanda de divorcio presentada por el señor Ab. JOHNNY SUAREZ RODRIGUEZ,
p.l.d.q.r de la señora GIRY MARCELA HERRERA ROMERO, fundamentado en la causal 11 del artículo 110 del
Código Civil, contra del señor SAMMY ROMAN PARRA MOSCOSO, la misma que por ser clara, completa,
precisa, y reunir los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de
Procedimiento Civil, se la admite al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- En consecuencia, acorde
con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante por intermedio de su Procuradora Judicial, declaro bajo juramento, realizada ante la suscrita jueza, que le ha sido imposible determinar la
individualidad o residencia de la parte demandada; dispongo que la citación a éste, se haga por medio de
la prensa; lo que se efectuara por medio de 3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta, mediando
ocho días entre una publicación y otra, en uno de los siguientes diarios: “EL TELEGRAFO”, “EL UNIVERSO”,
“EXPRESO” o “EXTRA” de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas.- La
actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, a la parte
demandada en el extracto de citación será advertida de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de que no
compareciere veinte días después de la última publicación, podrá ser considerada o declarada rebelde.- Una
vez citada la parte accionada, se señalara fecha y hora para la junta de parientes y dotar de curador ad-litem
a los hijos menores de edad, comunes del matrimonio.- Téngase en consideración que la accionante declara
no haber adquirido con su cónyuge demandado, bienes de ninguna naturaleza.- Intervenga en calidad de
actuaria de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, la abogada Natasha
Blusztein Figueroa.- NOTIFÍQUESE.CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: ABG. MARIANELA LEIDE PINARGOTE VALENCIA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL N.-1
DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL.
Guayaquil, 21 de junio del 2012
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO
VISTO BUENO N° 41065
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE LA SRA. LAURA PIEDAD AVELLAN FERRES DE KIMBERT.
LES HAGO SABER: Que en el Juicio Especial No. 09302-2011-1145 que sigue AVELLAN PEÑAHERRERA
ENRIQUE EDUARDO en contra de AVELLAN PORTES ENRIQUE, AVELLAN VERGARA ROSA CLEMENCIA
cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: AVELLAN PEÑAHERRERA ENRIQUE EDUARDO.
DEMANDADOS: ENRIQUE AVELLAN PORTES Y ROSA CLEMENCIA AVELLAN VERGARA, y demás herederos desconocidos de la señora LAURA PIEDAD AVELLAN FERRES DE KIMBERT.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE GUAYAS.- Guayaquil, miércoles 20 de junio del 2012, las 20H22.VISTOS: En esta fecha avoco conocimiento en mi calidad de Jueza Temporal del Juzgado Segundo de lo
Civil de Guayaquil, conforme a la acción de personal No. 4771-UARH-KFZ del 9 de septiembre del 2011.- La
demanda que antecede presentada por ENRIQUE EDUARDO AVELLAN PEÑAHERRERA, en contra de ENRIQUE AVELLAN PORTES Y ROSA CLEMENCIA AVELLAN VERGARA y demás herederos desconocidos de la
señora LAURA PIEDAD AVELLAN FERRES DE KIMBERT, fallecida en esta ciudad de Guayaquil el 16 de marzo
de 2006, según consta del acta de defunción que se ordena incorporar a los autos, se la califica de clara y
completa, por reunir los requisitos de ley, será sustanciada en la VIA ESPECIAL; determinada en los Art. 629
y siguientes del CPC.- Se declara abierta la sucesión de los bienes hereditarios de LAURA PEIDAD AVELLAN
FERRES DE KIMBERT, desde su fallecimiento, ordenándose que se ponga en conocimiento del público y se
proceda a la facción de inventario y avalúos de los mismos, con la intervención de la perito avaluadora Arq.
Mercedes Castro Acosta, notifíquesela en el casillero judicial 703, quien de aceptar el cargo deberá posesionarse en cualquier día y hora hábil o hasta minutos antes de la diligencia, para que realice el avaluó del
inmueble objeto del inventario, quien presentara su informe bajo juramento y con detalle de los fundamentos
en los que se apoye.- Practíquese el inventario al tenor de los establecido en el Art. 633 del CPC, en presencia
de perito y dos testigos, por cuanto, el actor ha manifestado en el libelo de su demanda que ENRIQUE AVELLAN PORTES Y ROSA CLEMENCIA AVELLAN VERGARA, son condóminos del 50% del bien inmueble que
fuera propiedad de la causante LAURA PIEDAD AVELLAN FERRES DE KIMBERT, identificado como departamento No. 2 del primer piso alto, cochera número 1 del Edificio El Mirados, edificado en la Manzana 10-Y
del sector Salinas, Parroquia Salinas, Área del Departamento 120.04 M2, Alícuota 8.14%, Área de Cochera
13.75 M2, Alícuota 0.95%.- Cítese a los demandados en el lugar señalado en el libelo de la demanda. Líbrese
atento deprecatorio al señor Juez de lo Civil de Salinas, para la citación a Enrique Avellán Portes, a quien se le
concede el termino de cuatro días para el cumplimiento de la diligencia en razón de la distancia, ofreciéndole
reciprocidad en casos análogos; y, a los herederos desconocidos de la causante, en la forma establecida en
el Art. 82, ibídem, esto es, mediante tres publicaciones en el Diario "El Universo" de esta ciudad de Guayaquil,
advirtiéndoles de la obligación que tienen de comparecer y presentar la copia de sus documentos personales
de identificación y de señalar casillero judicial para notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la
tercera y última publicación.- Incorpórese a los autos toda la documentación que el accionante ha presentado
conjuntamente con el libelo de la demanda y demás escritos complementarios y anexos.- Téngase en cuenta
el casillero judicial que señala el actor y la autorización que le confiere a sus abogados patrocinadores - Notifíquese al actor en el casillero 1087, téngase en cuenta las autorizaciones que otorga a sus abogados Juan
Ponce Gavica, Carlos Moreno Morán y Edison Media Sangoluisa.- Agréguese a los autos los documentos que
se acompañan.- Cítese y Notifíquese.- Guayaquil, lunes 2 de julio del 2012, las 15H02.- Se ordena incorporar
los autos el escrito presentado por la parte accionante, se amplia el auto de calificaciones en el sentido de
que las publicaciones se podrán realizar además en el Diario El Comercio o El Telégrafo.- Notifíquese f).- AB.
LORENA ORELLANA BAJAÑA, JUEZA.
Lo que comunico para los fines de ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial,
dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso de citación, caso contrario
serán tenidos o considerados rebeldes.
Guayaquil, 23 de Julio del 2012.
Ab. Maria Valdiviezo De Lucca
SECRETARIA (E) ACCION DE PERSONAL No. 2851 UARH-KZF DEL 12-06-2012
Jul. 6-19; Ago. 2 (96291)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
EXTRACTO
VISTO BUENO N° 33795-2012-CR
ACTOR: DIEGO AMILCAR VILLARROEL COBA.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA GLOBANDINA CORP S.A.
ACCIONADO: MAIRON EDISON VIZCAINO ROSERO.
CAUSAL: NUMERAL 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO,
Dentro del trámite de Visto Bueno signada con el N° 33795-2012-CR, presentada por el señor DIEGO AMILCAR VILLARROEL COBA, en su calidad de
Representante Legal de la empresa GLOBANDINA CORP. S.A., en contra
de su trabajador (a) señor (a) MAIRON EDISON VIZCAINO ROSERO se ha
dictado lo que sigue:
INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 11 de junio de 2012,
a las 16h23. En mérito del sorteo de Ley que antecede avoco conocimiento
de la solicitud de Visto Bueno No. 33795-2012-CR, presentado por DIEGO
AMILCAR VILLARROEL COBA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
DE LA EMPRESA GLOBANDINA CORP. S.A., en contra de su trabajador (a)
señor (a) MAIRON EDISON VIZCAINO ROSERO, la misma que por ser de
ley se la acepta al tramite.- En lo principal agréguese al trámite el escrito
presentado por la parte accionante y atendiendo al mismo se dispone; 1)
En aplicación al Art. 183, 545 atribución 5ta y 621 del Código del Trabajo,
con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia
notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos, de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82
del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el empleador bajo juramento
declara desconocer el domicilio de la accionado, a quien se le concede el
termino de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto.
2) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por actor y la autorización
otorgada al profesional del derecho que suscribe en la presente causa.- NOTIFÍQUESE.- f) Dra. Cristina Reyes.
Lo que comuna para los fines de Ley.
Dra. Cristina Reyes
INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCHA
Jul. 30; Ago. 2-7 (97664)
Jul. 31, Ago. 1-2 (97871)
DEMARCACION HIDROGRAFICA DEL GUAYAS
GOBIERNO NACIONAL DE LA
REPUBLICA DEL ECUADOR
SUBSECRETARIA REGIONAL
CENTRO ZONAL DE GESTION GUAYAQUIL
EXTRACTO
SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS SUBTERRANEAS UBICADAS EN LA JURISDICCIÓN PARROQUIA TAURA, CANTÓN NARANJAL, PROVINCIA
DEL GUAYAS.
ACTOR: Los señores: Roberto Antonio Murillo Cavagnaro en su calidad de Gerente General
de la COMPAÑÍA DEFAXCORZA S.A.; y Roberto Verner Foulkes Aguad, por los derechos que
representa de la COMPAÑÍA SACORPREN S.A.
OBJETO DE LA PETICIÓN: Concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas subterráneas de un pozo profundo.
SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACION HIDROGRAFICA DEL GUAYAS.CENTRO ZONAL DE GESTIÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, 7 de marzo del 2012, a las 11H00.
Expediente No. 709-2011. Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Líder
del Centro Zonal de Gestión Guayaquil, de conformidad al Acuerdo No. 334-2011, que rige a
partir del 5 de septiembre de 2011.- En lo principal.- Vista la solicitud de concesión de Aprovechamiento de Aguas Subterráneas, presentada por los señores: Roberto Antonio Murillo Cavagnaro en su calidad de Gerente General de la Compañía Defaxcorza S.A.; y, Roberto Verner
Foulkes Aguad, por los derechos que representa de la Compañía Sacorpren S.A. por reunir los
requisitos de ley, se la acepta al trámite, calificándola de clara, completa y precisa, asignándole
el No. 709 - 2011. En tal virtud, se dispone: 1.- A los usuarios conocidos o no cítese por la prensa conforme lo señala el artículo 87 de la Ley de Aguas, mediante un extracto de la solicitud y
esta providencia en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, esto es:
El Universo, Expreso o El Telégrafo, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ocho
días. 2.- Fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Taura, Cantón
Naranjal, Provincia del Guayas, por el plazo de treinta días, comisionándose para la práctica de
la diligencia al Sr. Teniente Político de la referida parroquia. 3.- Oportunamente se designará
perito para que realice la inspección técnica de lo solicitado. 4.- Téngase en cuenta las casillas
judiciales No. 5229 y 2993, señaladas para futuras notificaciones que le correspondan, así
mismo la autorización conferida a los señores abogados Milton Barragán Vicuña, Lilian Rojas
Jaramillo, y Ab. Xavier García Solórzano. 5.- Agréguese a los autos los escritos y documentos
que se acompañan. Siga actuando la abogada Anita Vallejo Saltos, en calidad de Secretaria
Ad-Hoc.- NOTIFÍQUESE.- f) Abg. Vaneza Plaza Aguiño, Líder del Centro Zonal Guayaquil, Demarcación Hidrográfica del Guayas.Lo que comunico al público para los fines consiguientes, advirtiéndoles a los interesados, de
la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro Zonal de
Guayaquil, para futuras notificaciones.
Guayaquil, 12 de julio del 2012
Abg. Anita Vallejo Saltos
SECRETARIA AD-HOC
Jul. 18, Ago. 2-16 (97101)
33
FUNCIÓN JUDICIAL DE LOS RIOS
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD PRIMERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUEVEDO
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: ENRIQUE BRIONES VILLAMAR.
SE LES HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se ha presentado la señora Magna Mabel Zamora Patrón,
deduciendo en su contra demanda de divorcio No. 2012-01001, cuyo extracto es como sigue:
ACTORA: MAGNA MABEL ZAMORA PATRÓN.
DEMANDADO: ENRIQUE BRIONES VILLAMAR.
OBJETO DE LA DEMANDA: La accionante manifiesta que se encuentra casada con el señor Enrique Briones
Villamar, en el Cantón de Valencia, Provincia de Los Ríos, el 12 de mayo de 1978, conforme lo justifica con el
acta de matrimonio que adjunta, dentro del matrimonio han procreado dos hijos que responden a los nombres
de Aura Dolores y Wilmer Enrique Briones Zamora, mayores de edad, conforme lo justifica con las partidas de
nacimiento que adjunta y dentro de la vida conyugal no han adquirido bienes que haya que liquidar. Con su
cónyuge vivieron en el Cantón Santa Lucía, Provincia del Guayas, en una casa habitación por un espacio de
23 años en dicho lugar y desde el 5 de octubre del 2003, se encuentran separados maritalmente por cuanto
su cónyuge mantenía en forma permanente una actitud hostil demostrando un estado habitual de armonía
en la relación matrimonial, incluso existieron constantes agresiones físicas y psicológicas denunciándolo a
las autoridades del Cantón Daule y como no cambió el comportamiento cónyuge, desde el 5 de octubre del
2003, se trasladó a vivir a casa de su señora madre, esto es en el Sector Promejoras de la Parroquia San Camilo
del Cantón Quevedo y desde esa fecha hasta la actualidad ha venido viviendo en forma permanente en la
dirección antes señalada sin que haya tenido contacto y relación alguna con su cónyuge, de quien protesta que
desconoce su paradero, por cuanto bajo la gravedad del juramento manifiesta que le es imposible determinar
su domicilio, por lo que con estos antecedentes expuestos y amparada en la disposición del Art. 110 numeral
11 inciso 2° del Código Civil, demanda la terminación del vínculo matrimonial que le une a su cónyuge, por
divorcio mediante sentencia.
TRAMITE: Verbal Sumario.
CUANTIA: Por su naturaleza indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: Abogada Venus Loor Intriago, Jueza 1 de la Unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer,
Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo, quien mediante providencia de fecha viernes 22 de junio del 2012,
las 14h51, admite la demanda a trámite de divorcio en la vía Verbal Sumario, disponiendo que se cite al demandado, por tres veces en el Diario El Telégrafo de la Ciudad de Guayaquil, así como en uno de la Ciudad de
Babahoyo, capital de la Provincia donde se celebró el matrimonio conforme lo dispone el Art. 119 del Código
Civil en concordancia con el Art. 82 del Código Procedimiento Civil.
Particular que llevo a su conocimiento para los fines de Ley correspondiente advirtiéndole al demandado de la
obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación realizada, caso contrario podrá ser declarado en rebeldía. Lo Certifico.
Quevedo, Junio 27 del 2012
Ab. Angélica Guanopatin Mendoza
SECRETARIA
Unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo
Jul. 6-19; Ag. 2 (96276)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA
CITACIÓN JUDICIAL
A: SR. PARRAGA MORALES TEOBALDO LIZARDO
ACTOR: SRA. MENDOZA VELEZ RAMONA MARGARITA
DEMANDA: En Juicio Verbal Sumario (Divorcio) N° 22301-2012-0234, propuesto por la señora Mendoza Vélez Ramona Margarita, en contra del señor Párraga Morales Teobaldo Lizardo,
fundamentado en el inciso primero, causal 11a. del Art. 110, de la Codificación del Código Civil.
FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: De la partida de matrimonio que acompaño vendrá en
su conocimiento que me encuentro legalmente casada con el señor PARRAGA MORALES
TEOBALDO LIZARDO, mediante matrimonio ocurrido en esta ciudad de Nueva Loja, el 11 de
diciembre de 1992. Dentro del matrimonio procreamos seis hijos llamados: María Elena, Ellis
María, Marlon Bienvenido, Ana María, Lisardo Joselito; y, Maryuri Margarita Párraga Mendoza,
todos mayores de edad a la fecha, conforme se desprende de las partidas de nacimiento adjuntas. En sociedad conyugal no adquirido bienes inmuebles ni muebles de ninguna naturaleza. Es
del caso que me encuentro separada por abandono de mi cónyuge antes nombrado, desde el
15 de noviembre de 1994, esto es por más de diecisiete años; abandono que ha sido en forma
voluntaria e ininterrumpida. Con estos antecedentes, acudo ante Usted y demando en Juicio
Verbal Sumario a mi cónyuge el señor PARRAGA MORALES TEOBALDO LIZARDO el divorcio,
amparada en el inciso primero de la causal 11a. del Art. 110 de la Codificación del Código Civil.
La cuantía indeterminada.- PROVIDENCIA: JUZGADO DE LO CIVIL DE FRANCISCO DE ORELLANA, 7 de Junio del 2012.- Las 15h51.- VISTOS: Por cumplido lo ordenado en providencia
que antecede. La demanda presentada por la actora señora MENDOZA VELEZ RAMONA MARGARITA es clara y precisa ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, por lo que se la admite
al trámite solicitado, en juicio Verbal Sumario. En consecuencia, en mérito al juramento rendido
por la actora, de que pese a las múltiples averiguaciones ha sido imposible determinar el domicilio y desconocer la individualidad o residencia del demandado señor PARRAGA MORALES
TEOBALDO LIZARDO, se ordena citarlo por intermedio de la prensa, en el Periódico Semanario
“INDEPENDIENTE” que circula en la ciudad de Nueva Loja, Cantón Lago Agrio, Provincia de
Sucumbíos, y en el Diario EL TELÉGRAFO por ser de amplia circulación nacional; por tres veces,
mediando ocho días por lo menos entre una y otra publicación, tal como lo disponen los Arts.
119 del Código Civil, y 82 del Código de Procedimiento Civil. La actuaría del despacho entregue
el extracto correspondiente. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización
que concede a su abogado defensor. Agréguese al proceso los anexos adjuntos.- Notifíquese.- f)
Ab. Tito Silva Calderón, Juez de lo Civil de Francisco de Orellana.
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de
señalar casillero judicial en esta ciudad de Orellana para sus futuras notificaciones, dentro del
término de veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, de no comparecer a juicio dentro del término indicado, será tenido o declarado rebelde.- f). Noemí Iñahuazo
Celi Secretaria del Juzgado de lo Civil de Orellana, 11 de Junio del 2012
Noemí Iñahuazo Celi
Secretaria del Juzgado de lo Civil de Orellana
Jul. 09-20; Ago. 02 (96376)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO CUARTO DE TRABAJO ADJUNTO DE PICHINCHA
EXTRACTO DE PUBLICACIÓN DE REMATE
Juicio No. 667-2008
Actor: JOVINA DEL ROSARIO OSEJO VARGAS
Demandados: PATRICIA DEL ROSARIO VILLAVICENCIO Y JOSE SANTAMARÍA
Cuantía: USD. 25.000,00
Jueza de la causa: DRA. LAURA GONZALEZ AVENDAÑO
JUZGADO CUARTO DE TRABAJO DE PICHINCHA. Quito, miércoles 20 de junio del 2012,
las 16h01. Agréguense los escritos presentados por la parte actora.- Una vez que se ha corrido
traslado a las partes procesales, con el informe pericial y avalúo del bien; la parte actora aprueba
dicho informe, en tanto que la parte demandada ha omitido su pronunciamiento.- Siendo el
estado procesal de la causa, a petición de la actora; y en aplicación a lo establecido en el Art.
456 del Código de Procedimiento Civil, se dispone el día 20 de septiembre del 2012, desde las
catorce horas, hasta las diecisiete horas en la Secretaría de este Juzgado tenga lugar el REMATE
del 50% de los derechos y acciones del lote de terreno signado con el N° 13, situado entre
las calles Río Nambija Oe 9-39 y La Ermita, parroquia La Libertad cantón Quito, provincia de
Pichincha, cuyos linderos son los siguientes, según costa del Informe Pericial linderos generales
del lote de terreno por el NORTE.- Calle Río Nambija en una extensión de 8.00 metros; SUR.Lote n° 11 en una extensión de 8.00 metros.- ESTE.- Lote n° 12 en una extensión de 20.00
metros.- OESTE.- Lote n° 14 en una extensión de 20.00 metros; dando una superficie de ciento
sesenta metros cuadrados, dentro de los mencionados linderos existe una construcción de tres
plantas, perteneciente a la parte demandada: JOSE ALONSO SANTAMARIA VELASCO, cuyo
avaluó correspondiente al 50% DE DERECHOS Y ACCIONES es USD 71.200,00 (SETENTA Y
UN MIL DOSCIENTOS DÓLARES, 00/100).- Las posturas se recibirán por lo menos del 10% del
valor de la oferta que por ser el primer señalamiento serán sobre el 100% del precio del 50% de
los derechos y acciones a rematarse. Para el efecto de conformidad con el Art. 456 del Código
de Procedimiento Civil, fíjense los carteles respectivos y publíquese por la prensa en uno de los
diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- NOTIFÍQUESE.
Lo que pongo en conocimiento del público para los fines de ley.
TANIA JERVES ACURIO
SECRETARIA ADJUNTA AD-HOC
JUZGADO CUARTO DE TRABAJO ADJUNTO DE PICHINCHA
Jul. 09-20; Ago. 02 (96341)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ORELLANA
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL: SANTOS HUMBERTO ROBLES ARMIJOS.
ACTOR: ESPARZA ESPINOSA ALEXANDRA PATRICIA.
DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero 22.- Ab. Krupskaya Vásquez Macas.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ: Abg. Tito Silva Calderón.
SECRETARIA: Noemí Iñahuazo Celi.
DEMANDA: En el Juicio Verbal Sumario No. 0262-2012, propuesto
por la señora ESPARZA ESPINOSA ALEXANDRA PATRICIA en contra
del señor SANTOS HUMBERTO ROBLES ARMIJOS, fundamentado
en el presupuesto del Artículo 110 causal 11va, Inciso 1ro del Código Civil.
PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ORELLANA.- Francisco de Orellana, martes 12 junio del 2012, las 16h54.VISTOS: Por cumplido lo ordenado en providencia que antecede.
La demanda presentada por la actora señora ESPARZA ESPINOSA
ALEXANDRA PATRICIA, es clara y precisa, ya que reúne los requisitos exigidos en la ley, por lo que se la admite al trámite solicitado,
en juicio Verbal Sumario. En consecuencia, en mérito al juramento
rendido por el actor, de que pese a las múltiples averiguaciones ha
sido posible determinar el domicilio y desconocer la individualidad
o residencia del demandado señor SANTOS HUMBERTO ROBLES
ARMIJOS, se ordena citarlo por intermedio de la prensa, en uno de
los periódicos de la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, y en
el Diario El “TELÉGRAFO” por ser de amplia circulación nacional;
por tres veces, mediando ocho días por lo menos entre una y otra
publicación, tal como lo disponen los Arts. 119 del Código Civil, y 82
del Código de Procedimiento Civil. Con la insinuación que hacen a
la Curadora Ad-litem; cuéntese con el señor Juez de la Niñez y Adolescencia de esta ciudad, a quien se le notificará en su respectivo
despacho, para que emita su opinión correspondiente. Téngase en
cuenta el casillero judicial señalado y la autorización que concede a
sus abogadas defensoras, y se dispone señalar su respectivo correo
electrónico. Agréguese al proceso los anexos adjuntos.- Notifíquese.JUEZ DE LA CAUSA. Abg. Tito Silva Calderón, Juez Primero de lo
Civil de Orellana. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en
esta ciudad dentro del término de veinte días posteriores a la tercera
y última publicación de este aviso; de no comparecer a juicio dentro del término indicado, será tenido o declarado rebelde.- f) Noemí
Iñahuazo Celi, Secretaria del Juzgado Primero de lo Civil de Orellana,
12 de junio del 2012.
Sra. Noemí Iñahuazo Celi
SECRETARIA
JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ORELLANA
Jul. 09-20; Ago. 02 (96316)
Gaceta varios
34
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
49
88555
AUTO SERVICIO KILOMETRO CERO ASKICE
CIA. LTDA.
28
QUITO
26/11/1999
QUITO
133
50
89449
LIFE LEARNING CIA. LTDA.
28
QUITO
19/05/2000
QUITO
51
47110
IVSEMON S.A.
29
QUITO
19/08/1991
QUITO
52
48304
COMCUMAYSA COMPAÑIA MINERA CUMAY
DEL ECUADOR S.A.
29
QUITO
07/04/1994
53
49245
FLORTEC S.A.
29
QUITO
CONSIDERANDO:
54
49439
FLORES MONTELLANO MONTEFLOR S.A.
29
QUITO
55
49943
COURTRESOURCES ECUADOR
29
QUE mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.11.5354 de 29 de noviembre de 2011, se declaró la inactividad de las siguientes compañías, cuyos domicilios les
corresponde a la jurisdicción de la Intendencia de Quito por encontrarse incursas en el Art. 359 de la Ley de Compañías.
HAMPTON
S.A.
56
49975
TACCARGO S.A. TRANSPORTE AEREO DE
COURIER Y CARGA
57
50514
COMERCIO,
REPRESENTACIONES
DISTRIBUCIONES DISTRILEBS CIA. LTDA.
58
51847
59
86460
RESOLUCIÓN No. SC.IJ.DJDL.Q.12.3244
AB. PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
CONSTITUCIÓN
REGISTRO MERCANTIL
No.
Exp.
Nombre
Notaria
1
54921
SERVICIOS ESPECIALIZADOS SERVIPARAMO
CIA. LTDA.
16
Cantón
QUITO
Fecha
06/03/1998
Cantón
Número
Tomo
QUITO
804
129
Fecha
07/04/1998
2
86697
COMPAÑIA DE PETROLEO WESTOIL CIA.
LTDA.
16
QUITO
13/07/1998
QUITO
2296
129
17/09/1998
3
89009
COLORORIGINAL CIA. LTDA.
16
QUITO
05/04/1999
QUITO
328
131
14/02/2000
4
89554
AGENCIA
DE
VIAJES
PURUHANTOUR CIA. LTDA.
TURISMO
16
QUITO
05/07/2000
QUITO
2191
131
23/08/2000
5
89618
CONSTRUYAMOS NARANJO GONZALEZ CIA.
LTDA.
16
QUITO
10/07/2000
QUITO
2168
131
21/08/2000
6
90400
NOURISMENT SUPPLIER
SERVICES CIA. LTDA.
16
QUITO
19/07/2000
QUITO
336
132
30/01/2001
Y
AND
GENERAL
7
16197
PUBLIAGENCIA C. LTDA.
17
QUITO
09/04/1984
QUITO
486
115
24/05/1987
8
46120
CONPETRO S.A.
17
QUITO
28/06/1988
QUITO
1007
119
30/06/1988
131
24/01/2000
1900
131
26/07/2000
1894
122
04/10/1991
QUITO
912
125
02/05/1994
16/06/1995
QUITO
2410
126
22/08/1995
03/01/1996
QUITO
369
127
05/02/1996
QUITO
21/10/1996
QUITO
3005
127
12/11/1996
29
QUITO
19/11/1996
QUITO
3240
127
04/12/1996
29
QUITO
09/08/1991
QUITO
1955
122
15/10/1991
GESTION PATRIMONIAL GESPA CIA. LTDA.
29
QUITO
03/08/1993
QUITO
2369
124
19/10/1993
IMPORTADORA TERAN Y TERAN CIA. LTDA.
29
QUITO
17/06/1998
QUITO
1930
129
04/08/1998
Y
60
86619
AUSTROTELCO S.A.
29
QUITO
10/06/1998
QUITO
2133
129
02/09/1998
61
87573
ELITESTAFF CIA. LTDA.
29
QUITO
02/03/1999
QUITO
1079
130
12/05/1999
62
88187
CUEROPIEL COMERCIALIZADORA S.A.
29
QUITO
08/07/1999
QUITO
2424
130
07/10/1999
63
88336
TRANSPORTE MCTRANS ANDINA S.A.
29
QUITO
17/09/1999
QUITO
2727
130
12/11/1999
64
89407
COWWORKS S.A.
29
QUITO
10/03/2000
QUITO
1811
131
18/07/2000
65
89965
SHAYARI S.A.
29
QUITO
01/02/2000
QUITO
2120
131
16/08/2000
66
18732
INDU-QUIM GONVEG CIA. LTDA.
30
QUITO
28/08/1989
QUITO
2319
120
07/12/1989
67
89933
GEOPROYECTOS S.A.
31
QUITO
28/06/2000
QUITO
3143
131
18/10/2000
68
87208
COMPAÑIA ALTA SEGURIDAD
STARSEG CIA. LTDA.
33
QUITO
31/12/1998
QUITO
349
130
11/02/1999
TECNICA
9
50730
DISYCOM CIA. LTDA.
17
QUITO
25/06/1991
QUITO
1269
122
12/07/1991
69
88898
MIRACLECORP S.A.
36
QUITO
31/03/2000
QUITO
925
131
18/04/2000
10
50662
MATRICERIA INDUSTRIAL DEL PLASTICO
MATRINPLAS CIA. LTDA.
17
QUITO
26/08/1991
QUITO
23
123
06/01/1992
70
87407
ALTA SEGURIDAD INTERNACIONAL ALTASEGI
CIA. LTDA.
37
QUITO
24/02/1999
QUITO
850
130
14/04/1999
11
54149
ARMAS
Y
GUERRERO
INTERIORISTAS CIA. LTDA.
17
QUITO
25/03/1997
QUITO
1029
128
06/05/1997
71
90200
IMPORTACIONES
Y
VARLEMVAR CIA. LTDA.
EXPORTACIONES
37
QUITO
17/10/2000
QUITO
3755
131
08/12/2000
72
87029
PROSELARH PROVISION SELECCION Y
ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS
CIA. LTDA.
39
QUITO
13/11/1998
QUITO
3126
129
28/12/1998
73
87677
LATINOAMERICANA DE RELOJES LATINOREL
CIA. LTDA.
39
QUITO
22/02/1999
QUITO
1425
130
18/06/1999
ARQUITECTOS
12
90497
INCA LEATHERWEAR CIA. LTDA.
17
QUITO
18/01/2001
QUITO
591
132
16/02/2001
13
51856
EMECETUR TURISMO CIA. LTDA.
18
QUITO
11/05/1993
QUITO
1670
124
27/07/1993
14
85136
INTERAMERICANA
DE
AVIACIÓN
MATERIALES INTERAVMAT S.A.
18
QUITO
17/01/1997
QUITO
411
128
21/02/1997
15
86151
VIVACOLOR CIA. LTDA.
18
QUITO
05/01/1998
QUITO
681
129
25/06/1998
16
86310
QUITOAIRPORT SERVICES S.A.
18
QUITO
12/02/1998
QUITO
1230
129
27/05/1998
17
88925
LIGTERVIAGGI S.A.
18
QUITO
28/03/2000
QUITO
858
131
11/04/2000
18
89557
BENTONITA
BARITINA
BENBAREC S.A.
18
QUITO
17/08/1999
QUITO
2148
131
18/08/2000
DEL
19
15073
CONSTRUCTORA SELAUR C. LTDA.
20
51578
CORPORACION
LTDA.
MEDICA
Y
ECUADOR
MEDICARD
19
QUITO
04/12/1980
QUITO
483
112
21/05/1981
CIA.
19
QUITO
22/03/1993
QUITO
1008
124
12/05/1993
20
QUITO
04/09/1981
QUITO
1045
112
20/10/1981
S.A.
20
QUITO
05/11/1996
QUITO
667
128
19/03/1997
20
QUITO
22/04/1999
QUITO
1371
130
11/06/1999
21
15193
CONSULTORA SOETEC C. LTDA.
22
85158
SOUTH
PACIFIC
SOUTHPAC
23
87686
LOMARZU SERVICIOS PROFESIONALES S.A.
CORPORATION
74
90344
INTRAELCO S.A.
39
QUITO
02/01/2001
QUITO
324
132
29/01/2001
75
88060
WEBMARKER S.A.
40
QUITO
26/07/1999
QUITO
2134
130
18/09/1999
76
88185
QUIMICOS DEL PACIFICO QP S.A.
40
QUITO
23/09/1999
QUITO
2515
130
15/10/1999
QUE, de conformidad con la certificación otorgada por el Secretario General de esta Superintendencia, constante en Memorando No. SC.SG.DRS.Q.2012.365 de 22
de junio de 2012, han transcurrido más de treinta días, contados desde la notificación y la publicación de la Resolución de Inactividad, sin que las citadas compañías
hayan saneado la causal que motivó tal declaratoria;
QUE, en aplicación de la norma constante en el inciso 3ro. del Art. 360 de la Ley de Compañías, es necesario que se dicte la Resolución que declare la disolución y
disponga la liquidación de las compañías mencionadas en el primer Considerando de esta Resolución; y,
EN uso de las facultades conferidas por la señorita Superintendente de Compañías mediante Resolución No. ADM-Q-2011-006 de 17 de enero de 2011;
24
15636
AUTOSERVICIOS LARREA AUTOLAR C. LTDA.
21
QUITO
18/11/1982
QUITO
21
25
51490
IMPORTACIONES,
EXPORTACIONES
REPRESENTACIONES REXIMA CIA. LTDA.
Y
21
QUITO
16/04/1993
QUITO
1288
124
10/06/1993
26
52126
TECNOLOGIA DE SISTEMAS PARA EL MEDIO
AMBIENTE TEASIAM CIA. LTDA.
22
QUITO
07/09/1992
QUITO
495
124
08/03/1993
27
88497
ASESORIA TECNICA Y SERVICIOS GUERRERO
& GUERRERO CIA. LTDA.
22
QUITO
15/11/1999
QUITO
3051
130
22/12/1999
RESUELVE:
15/12/1982
28
90157
M.C.F. SERVICIOS CIA. LTDA.
22
QUITO
02/10/2000
QUITO
3718
131
04/12/2000
29
48481
IQF AGROINDUSTRIAL DEL ECUADOR S.A.
24
QUITO
22/07/1994
QUITO
1961
125
19/08/1994
30
54184
CONSTRUCTORA MACHADO PALADINES CIA.
LTDA.
24
QUITO
22/12/1995
QUITO
509
127
16/02/1996
31
85874
TECNOINTEL S.A.
24
QUITO
10/10/1997
QUITO
3033
128
01/12/1997
131
18/07/2000
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR disueltas por inactividad a las compañías mencionadas en el primer Considerando de esta Resolución, por estar incursas en la causal
de disolución prevista en el inciso 3° del Art. 360 de la Ley de Compañías.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR a los Representantes Legales de las compañías ya mencionadas, mediante publicación, por una sola vez, del texto integro de esta
Resolución, en uno de los diarios de amplia circulación en el domicilio principal de las compañías.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que, una vez publicada esta Resolución, los Notarios señalados en el primer Considerando de esta Resolución, tomen nota del
contenido de la presente, al margen de las matrices de las escrituras públicas de constitución de las compañías citadas anteriormente. Cumplido, sentarán razón de
lo actuado.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que, una vez publicada esta Resolución, el Registrador Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito: a) Inscriban esta Resolución en
el Registro a su cargo; y, b) Pongan las notas de referencia previstas en el inciso primero del artículo 51 de la Ley de Registro. Cumplido, sentarán razón de lo actuado.
32
89375
PROPYMES S.A.
24
QUITO
25/05/2000
QUITO
1810
33
50842
CONMACO CIA. LTDA.
25
QUITO
19/05/1981
QUITO
0
34
54298
DISHERV CIA. LTDA.
25
QUITO
22/05/1997
QUITO
1550
128
30/06/1997
35
54401
CARDIOLOGY INSTITUTO DE ENFERMEDADES
DEL CORAZON CIA. LTDA.
25
QUITO
30/06/1997
QUITO
1777
128
24/07/1997
ARTÍCULO SEXTO.- DESIGNAR Liquidador de las compañías materia de esta Resolución, al licenciado Rafael Almeida Salgado y conferirle todas las facultades
determinadas en la Ley de Compañías y en los estatutos de las sociedades, a fin de que efectúe las operaciones de liquidación.
36
45334
ALCODIS S.A.
26
QUITO
03/06/1985
QUITO
168
17
13/11/1985
37
45395
FINDEX S.A.
26
QUITO
18/11/1985
QUITO
29
117
08/01/1986
ARTÍCULO SÉPTIMO.- DISPONER que, el Liquidador inscriba su nombramiento en el término de diez días, contado desde su aceptación, en el Registro Mercantil del
domicilio principal de las compañías.
38
46596
TOTISA DEL ECUADOR C.A.
26
QUITO
23/12/1989
QUITO
366
121
28/02/1990
39
88858
PRACTISERVICIOS S.A.
26
QUITO
03/02/2000
QUITO
741
131
30/03/2000
40
89958
DEXTERA-EC S.A.
26
QUITO
24/10/2000
QUITO
3462
131
14/11/2000
41
90198
EXPEC CIA. LTDA.
26
QUITO
05/06/2000
QUITO
122
32
15/12/2000
42
48144
LASOME COMERCIAL C.A.
27
QUITO
19/10/1993
QUITO
2562
124
16/11/1993
43
86176
CABISP COMPAÑIA AGUINSACA LOARTE DE
APOYO Y SEGURIDAD PRIVADA CIA. LTDA.
27
QUITO
19/02/1998
QUITO
1163
129
20/05/1998
44
86459
SICODI C.A.
27
QUITO
26/06/1998
QUITO
1827
129
24/07/1998
45
88860
CIUDAD EL VALLE S.A. CITYVAL
27
QUITO
30/09/1999
QUITO
3
131
03/01/2000
46
45762
MURAL INMOBILIARIA C.A. MURINCA
28
QUITO
27/02/1986
QUITO
580
117
24/04/1986
47
52549
NEXTELECOM TELECOMUNICACIONES CIA.
LTDA.
28
QUITO
04/10/1994
QUITO
2931
125
17/11/1994
48
88399
SEGURIDAD AEREA SKYSEG S.A.
28
QUITO
11/10/1999
QUITO
2898
130
07/12/1999
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
EXTRACTO
27/04/1992
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
Citación Judicial al señor MANFRED BAA.
Actora: ESPAÑA DEL CARMEN GONZAGA RIOFRIO.
Juicio: DIVORCIO No. 647-2012-A.C.
Cuantía: INDETERMINADA.
Juez (s): DR. ARMANDO ACELDO GUALLI.
Secretario: DR. JUAN FRANCISCO JUSTICIA.
PROVIDENCIA:
JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 22 de mayo del 2012,
las 16h25.- Previamente a proveer lo que fuere de ley, la actora, en el término de tres días,
comparezca a esta Judicatura a rendir el juramento determinado en el Art. 82 del Código
de Procedimiento Civil con relación al demandado MANFRED BAA.- NOTIFÍQUESE y CUMPLASE.- f). Dr. Armando Aceldo Gualli, Juez.- JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 5 de junio del 2012, las 12h28.- VISTOS: Avoco conocimiento de la
presente causa en calidad de Juez Octavo de lo Civil de Pichincha Suplente, mediante oficio
No. 1144-DDP, de 11 de Julio del 2007, y en virtud del sorteo correspondiente.- Por cumplido lo ordenado en providencia inicial, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne
los demás requisitos de ley; en consecuencia, se la acepta al trámite Verbal Sumario.- De
conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y en mérito al
juramento rendido por la accionante, cítese al demandado señor MANFRED BAA, a través
de la prensa, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta Ciudad de Quito; para
el efecto, confiérase el extracto correspondiente.- Agréguese al proceso la documentación
presentada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la actora y la autorización
que confiere a su Abogado defensor.- Actúe el Dr. Juan Francisco Justicia, Secretario titular
de esta Judicatura, en virtud de la acción de personal No. 642 DNP, de 09 de Abril del
2009.- Notifíquese y cúmplase. f). Dr. Armando Aceldo Gualli, Juez.
Lo que comunico a usted para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación
que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.- Certifico.
AVISO AL PÚBLICO
A: AL PÚBLICO.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de APERTURA DE
LA SUCESION INTESTADA E INVENTARIO Y AVALÚO DE BIENES N° 8191-2012,
seguido por FLORA TERESA BENLCAZAR GUERRA, en contra de WILMON ELISEO,
RICARDO EDUARDO, GLADYS MIROSLABA, RUTH EDITH BENALCAZAR CORTEZ;
Y, HEREDEROS DESCONOCIDOS O PRESUNTOS de ROSA ELVIRA GUERRA ANDRADE VDA. DE BENALCAZAR, se encuentra lo siguiente:
OBJETO DE LA DEMANDA: que el señor Juez mediante Resolución declare abierta
la sucesión y se disponga la formación de inventario del patrimonio de ROSA ELVIRA GUERRA ANDRADE VDA. DE BENALCAZAR, fallecidos el 29 de Abril de 1978.
AUTO INICIAL: Que mediante auto de fecha Guayaquil, sábado 30 de junio del
2012, las 14h00. Se admite la demanda al trámite correspondiente. Se dispone el
aviso al público de la APERTURA DE LA SUCESION INTESTADA E INVENTARIO Y
AVALÚO DE BIENES mediante la prensa conforme lo establecido en el Art. 82 del
Código de Procedimiento Civil. NOTIFIQUESE. Hágase saber. Lo que comunico a
usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer
a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar
casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado
rebelde. CUANTIA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: AB. JOHNNY VICENTE
SACAN LARREA, JUEZ DECIMO PRIMERO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA,
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.- Guayaquil, 9 de julio del 2012
DR. JUAN FRANCISCO JUSTICIA
SECRETARIO
JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
ARTÍCULO OCTAVO.- DISPONER que, durante el proceso de liquidación, en todos los actos y contratos en los que intervengan las compañías, se agreguen después de
sus nombres las palabras EN LIQUIDACIÓN, previniendo al Liquidador de las responsabilidades legales en caso de omisión.
ARTÍCULO NOVENO.- PREVENIR a los Representantes Legales, sobre el cumplimiento de lo ordenado por los Arts. 3º y 4º de la presente Resolución, cuya omisión dará
lugar a las sanciones contempladas en la Ley, sin perjuicio de que esta Superintendencia ejecute las citadas diligencias y que el monto de los gastos incurridos, con
los recargos de Ley, sean agregados al pasivo de las compañías, debiendo este valor ingresar a la cuenta denominada “Cuenta Rotativa de Ingresos No. 625275-3 del
Banco de Guayaquil”.
ARTÍCULO DÉCIMO.- DISPONER que, se remita copia de esta Resolución a la Directora Regional Norte del Servicio de Rentas Internas.
CUMPLIDO lo anterior, remítase a este Despacho copia certificada de esta Resolución.
NOTIFÍQUESE.- DADA y firmada en la Superintendencia de Compañías, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 27 de junio de 2012
PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN
A: los herederos desconocidos del de Cujus BOLIVAR MIGUEL SANYER MORAN.
SE LES HACE SABER: Que por resorteo ha tocado conocer a esta judicatura
la demanda laboral de Procedimiento Oral # 626-2006-2 cuyo extracto de
notificación es el siguiente:
JUEZ DE LA CAUSA: AB. ALBERTO CAMPOSANO ROBALINO.
VÍA: Procedimiento Oral.
PROVIDENCIA: Guayaquil, miércoles 18 de Julio del 2012; las 09h00.- Forme
parte del proceso el escrito presentado por Ramona Reinolds Rea Suárez, con
lo que justifica tener derechos sobre el de cujus BOLIVAR MIGUEL SANYER
MORAN. De conformidad con el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil,
se notifique a los herederos desconocidos mediante un periódico de amplia
circulación. Elabórese el correspondiente extracto.- Hágase saber.- Lo que comunico a ustedes para los fines de ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones
dentro de los veinte días posteriores a la única notificación de este aviso, caso
contrario serán considerados rebeldes. Guayaquil, Julio 31 del 2012.
P.V.
Abogado Víctor Hugo Del Salto Zambrano
SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DEL TRABAJO
DE PROCEDIMIENTO ORAL DEL GUAYAS
(98036)
AVISO LLAMADO A ACREEDORES
SOLUCIONES INFORMÁTICAS Y OUTSOURCING
DE SERVICIOS INTEGRALES S.L.
EN LIQUIDACIÓN
De conformidad con lo previsto en el Art. 393 de la Ley
de Compañías, se convoca a las personas naturales o jurídicas que crean tener acreencias en la compañía SOLUCIONES INFORMÁTICAS Y OUTSOURCING DE SERVICIOS
INTEGRALES S.L. EN LIQUIDACIÓN, para que en el término de 20 días, contados desde la tercera publicación de
este aviso, presenten los documentos que demuestren ser
acreedores.
Las oficinas del liquidador se encuentran ubicadas en la Av.
SHIRYS N35-174 Y SUECIA, Edificio Renazzo Plaza, oficina
702, teléfono 2441550
Quito DM, julio 31 del 2012
Cantos Llangari Camila Doménica
Liquidador
AB. LEONOR RAMIREZ CAMPOS
SECRETARIA
Ag. 1-2-3 (97958)
Jul. 9-20; Ag. 2 (96336)
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que, ejecutadas las formalidades prescritas, las compañías se pongan EN LIQUIDACIÓN.
Jul. 31; Ago. 01-02 (97839)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 del CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A LOS SEÑORES ROSA MARÍA VELASCO ACOSTA Y MARTHA CESILIA
VELASCO MOLINA.
ACTORA: ZOILA DE JESÚS VELASCO CORREA.
DEMANDADOS: ROSA MARIA VELASCO ACOSTA Y MARTHA CESILIA VELASCO MOLINA.
JUICIO NRO. 62-2012-PZ-VERBAL SUMARIO- AMPARO POSESORIO
CUANTÍA: INDETERMINADA
DOMICILIO: CASILLERO JUDICIAL NRO. 101-ABS. JOSE R. PROAÑO ARMAS Y JORGE PEREZ
MOSQUERA- MACHACHI
PROVIDENCIA:
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.
Machachi, a 7 de mayo del 2012, a las 09h00.- VISTOS: La demanda que antecede presentada
por la señora ZOILA DE JESÚS VELASCO CORREA, sobre amparo posesorio, por clara y completa,
reúne con los requisitos de ley, razón por la que se la acepta al trámite en juicio VERBAL SUMARIO. En consecuencia, teniendo presente el juramento rendido por la compareciente, de acuerdo
a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los demandados ROSA
MARIA VELASCO ACOSTA Y MARTHA CESILIA VELASCO MOLINA, por la prensa, mediante tres
publicaciones de un extracto de la demanda y esta providencia, que se harán en un periódico de
la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, por carecer este Cantón de periódicos de publicación
regular, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones,
dentro del perímetro de este juzgado, aquí en la ciudad de Machachi. Inscríbase esta demanda
en el Registro de la Propiedad del Cantón Mejía, para lo cual notifíquese a dicho funcionario en
la indicada oficina. Téngase presente la cuantía fijada, la autorización conferida a los Abs. JOSE
R. PROAÑO ARMAS Y JORGE PEREZ MOSQUERA; y, el casillero judicial Nro. 101, señalado para
posteriores notificaciones.- Notifíquese.Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones, dentro
del perímetro de este juzgado, aquí en la ciudad de Machachi. Lo que comunico a Ud., para los
fines de ley.- Certifico.Dr. Washington Molina. V.
SECRETARIO
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
Ago. 01-02-03 (97830)
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
PROVIDENCIA
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 30 de diciembre del 2011, las
15h00.- VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede y téngase en cuenta lo manifestado en
el mismo.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de
Ley, en consecuencia se la admite a trámite ejecutivo.- Se ordena que el demandado señor CARLOS
AGUSTIN GARCIA VINCES, pague al actor la obligación demandada o proponga excepciones en el
término de tres días.- Cítese al demandado en el lugar indicado en el libelo de demanda, para el efecto
DEPREQUESE a uno de los señores jueces de lo Civil de Manabí, con asiento en Portoviejo.- Tómese
en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización conferida a su Abogado patrocinador.- Previamente, dejando copias certificadas, razón y recibo en autos, de conformidad a lo dispuesto en el
Art. 992 del Código Civil Adjetivo, desglósese y entréguese la documentación solicitada.- CÍTESE Y
NOTIFÍQUESE.- f) DR. WILMER AMBROSSI ROBLES, JUEZ ENCARGADO.
JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de junio del 2012, las 10h12.
Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal, como consta de autos la razón sentada
por el Citador de no citar al demandado y al juramento rendido por la parte actora, se ordena citar al
demandado señor CARLOS AGUSTIN GARCÍA VINCES a través de la prensa en la forma prevista en el
Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Para cuyo efecto confiérase el respectivo extracto.- Notifíquese.- f) DR. FABRICIO SEGOVIA BETANCOURT, JUEZ ENCARGADO.
Lo que comunico y les cito a ustedes para los fines legales consiguientes previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones en esta judicatura. Certifico.
A: QUINDE BARAHONA MAGALY MARGARITA.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO N° 3357-2012, seguido
por ERAZO DIAZ EXEQUIEL GREGORIO en contra de QUINDE BARAHONA MAGALY MARGARITA.
ACTOR: ERAZO DIAZ EXEQUIEL GREGORIO.
DEMANDADO: QUINDE BARAHONA MAGALY MARGARITA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une al señor ERAZO DIAZ EXEQUIEL GREGORIO con la señora QUINDE BARAHONA
MAGALY MARGARITA. De conformidad a lo establecido en el Art. 110 numeral 11 del Código Civil
vigente.
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NO. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, martes 10 de abril del 2012, las 11h00 VISTOS: En virtud de lo dispuesto en
el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, el sorteo que antecede y la acción de
personal No. 418-DNP del 24 de Febrero del 2012 avoco conocimiento de la presente causa en mi
calidad de Juez de esta Unidad Especializada.- En lo principal la demanda de Divorcio presentada
por el señor ERAZO DIAZ EXEQUIEL GREGORIO, en contra de la señora QUINDE BARAHONA MAGALY MARGARITA, es clara, precisa y reúne los demás requisitos legales, por lo que se la acepta al
trámite respectivo.- Amparado en el principio de concentración establecida en el Art. 168, numeral
6 y 169 de la Constitución de la república del Ecuador dispongo: 1.- Previo a realizar la audiencia
de parientes y entregar el extracto de la demanda al accionante para la respectiva citación por la
prensa, el actor comparezca a esta Judicatura el día Viernes 13 de Abril del 2012 a las 12h00 a fin
de que cumpla con la diligencia que dispone el párrafo tercero del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, que declare bajo juramento la imposibilidad de determinar la residencia de la
demandada, bajo las prevenciones de ley, hecho que fuere la secretaria de esta Unidad Judicial No.
1 del Juzgado de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la ciudad de Guayaquil, entregue el extracto de la presente demanda al peticionario para la correspondiente citación legal por la prensa y
cúmplase las demás diligencias ordenadas; NOTIFÍQUESE.- Hágase saber.- Lo que comunico a usted
para los fines Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte
días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en
caso contrario será tenido o declarado rebelde. CUANTÍA: Indeterminada JUEZ DE LA CAUSA: AB.
JOHNNY VICENTE SACAN LARREA, JUEZ DÉCIMO PRIMERO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.
Guayaquil, 6 de julio del 2012
DR. JUAN GALLARDO Q.
SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA
AB. LEONOR RAMIREZ CAMPOS
SECRETARIA
CITACIÓN JUDICIAL
Cítese con el siguiente extracto de la demanda Ejecutiva a: CARLOS AGUSTIN GARCIA VINCES, cuyo
tenor es el siguiente:
EXTRACTO DE LA DEMANDA
ACTOR: JORGE ULISES ESPINOSA ANDRADE
DEMANDADO: CARLOS AGUSTIN GARCIA VINCES
CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO No. 1596- 2011- NC
TRAMITE: EJECUTIVO
CUANTÍA: USD.$ 60.000.00
OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO.
Jul. 31; Ago. 01-02 (97707)
Jul. 18; Ago. 2-16 (97090)
JUZGADO PRIMERO DE TRABAJO DEL GUAYAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HECTOR CUEVA ABARCA, Gerente General de CONSTRUCTORA TRIPLEX
S.A. TRIPLESA y a los ingenieros señores LEONARDO CARVAJAL SANTOS y
JOSE CARVAJAL CANDELL, Ejecutivos y Accionistas de TRIPLEX S.A. y COLISA S.A.
LES HAGO SABER: Que en esta judicatura ha tocado mediante sorteo el JUICIO
LABORAL DE PROCEDIMIENTO ORAL No. 634-2010:
DEMANDANTE: HIPOLITO JACOME MELO.
DEMANDADOS: HECTOR CUEVA ABARCA, ING. LEONARDO CARVAJAL SANTOS, ING. JOSE CARVAJAL CANDELL.
CUANTÍA: US$ 23,677.24 DOLARES.
TRAMITE: LABORAL DE PROCEDIMIENTO ORAL.- Guayaquil, martes 20 de
marzo del 2012 a las 10h17. El escrito presentado por el actor forme parte
del proceso. Por haber cumplido con el juramento de ley. Cítese a los demandados señores HECTOR CUEVA ABARCA, Gerente General de CONSTRUCTORA TRIPLEX S.A. TRIPLESA y a los ingenieros señores LEONARDO CARVAJAL
SANTOS y JOSE CARVAJAL CANDELL, Ejecutivos y Accionistas de TRIPLESA y
COLISA S.A., mediante tres publicaciones por la prensa, de conformidad con lo
que establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese.
JUEZ: AB. CARLOS ALFAGO VITE, Juez Primero de Trabajo del Guayas.
Lo que comunico a Ud (s) para los fines de Ley, advirtiéndole (s) la obligación
que tiene (n) de comparecer a juicio y señalar domicilio para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días siguientes a la publicación de extracto, caso
contrario podrán ser declarados como rebeldes.
Guayaquil, 17 de Abril del 2012
Ab. Danilo Meza Campuzano
Secretario del Juzgado Primero de
Trabajo del Guayas
Jul. 6-19; Ago. 2 (96290)
Gaceta varios
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
56
153066
CAMSSIL CALIDAD AMBIENTAL, SALUD,
SEGURIDAD INDUSTRIAL & LABORAL CIA.
LTDA.
QUITO
32
21/01/2005
QUITO
317
136
31/01/2005
RESOLUCIÓN No. SC.IJ.DJDL.Q.12.3248
57
154128
EL
SALVAJE
IMPORTACIONES
SALVIMPORT CIA. LTDA.
QUITO
32
01/08/2005
QUITO
2049
136
16/08/2005
PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
58
154619
TELESHOPPING
AUDIOVISUAL CIA. LTDA.
QUITO
32
16/08/2005
QUITO
2474
136
26/09/2005
59
154777
MARBAOGUR CORPORACION S.A.
QUITO
32
30/09/2005
QUITO
2839
136
01/11/2005
60
154844
COSMEANDINA CIA. LTDA.
QUITO
32
07/12/2005
QUITO
3373
136
29/12/2005
61
155368
LATINDREAMS CIA. LTDA.
QUITO
32
17/11/2005
QUITO
672
137
22/03/2006
62
155494
AFIGETEC CIA. LTDA.
QUITO
32
13/10/2005
QUITO
652
137
20/03/2006
63
156494
FIRSTOIL S.A.
QUITO
32
20/10/2006
QUITO
3111
137
14/11/2006
64
156609
SHAMUQ TOUR TRAVEL SHAMUQTOUR
CIA. LTDA.
QUITO
34
04/10/2006
QUITO
2859
137
20/10/2006
65
156847
GRANJA INTEGRAL MATECITO TOUR CIA.
LTDA.
QUITO
34
31/08/2006
QUITO
2823
137
19/10/2006
66
155260
RECREVENT CIA. LTDA.
QUITO
35
21/12/2005
QUITO
411
137
22/02/2006
67
152955
SERVICIOS
Y
SERVIKAPITAL S.A.
QUITO
37
09/02/2005
QUITO
581
136
04/03/2005
68
157447
INTEGRATECH S.A.
QUITO
37
26/02/2007
QUITO
660
138
06/03/2007
69
157897
SOLUCIONES INMOBILIARIAS GUANO S.A.
GUANOSA
QUITO
37
02/02/2007
QUITO
1147
138
24/04/2007
70
156823
PARFLIX S.A.
QUITO
39
11/10/2006
QUITO
3158
137
71
153342
FERRETERIAS DEL NORTE FERRONORTE
CIA. LTDA.
QUITO
40
22/02/2005
QUITO
58
72
153589
GESCOINT GESTAR COMUNICACIONES
INTEGRALES CIA. LTDA.
QUITO
40
22/04/2005
QUITO
1104
136
16/05/2005
73
154180
CORPORACION
DE
PEDAGOGIA
CONCEPTUAL KARL POPPER S.A.
QUITO
40
08/08/2005
QUITO
2113
136
22/08/2005
74
154245
RELOCATION LOGISTICS RELOGIS S.A.
QUITO
40
23/05/2005
QUITO
2170
136
25/08/2005
75
154395
MACANDRIAN GROUP CIA. LTDA.
QUITO
40
16/08/2005
QUITO
2440
136
21/09/2005
76
154478
IVAN VALENCIA CIA. LTDA.
QUITO
40
22/12/2005
QUITO
113
137
16/01/2006
77
154504
INDUSTRIAS LUJOVI CIA. LTDA.
QUITO
40
20/04/2005
QUITO
2124
136
22/08/2005
78
154640
QUALITY OUTSOURCING QUALOUT S.A.
QUITO
40
12/10/2005
QUITO
2908
136
10/11/2005
79
154758
EPSYLON NEGOCIOS INTERNACIONALES
S.A.
QUITO
40
26/09/2005
QUITO
2815
136
31/10/2005
29/12/2005
CONSIDERANDO:
QUE mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.11.5350 de 29 de noviembre de 2011, se declaró la inactividad de las siguientes compañías, cuyos domicilios
les corresponde a la jurisdicción de la Intendencia de Quito, por encontrarse incursas en el Art. 359 de la Ley de Compañías.
COMPAÑÍA
Exp:
35
CONSTITUCIÓN
REGISTRO MERCANTIL
Nombre
Cantón
Not.
Fecha
Cantón
Número
Tomo
Fecha
PUBLICIDAD
1
155830
SEGURIDAD PRIVADA AUXYSEGURI CIA.
LTDA.
QUITO
24
09/02/2006
QUITO
805
137
04/04/2006
2
155904
SECURITY SISTEMAS INTEGRALES SESIT
S.A.
QUITO
24
29/03/2006
QUITO
1408
137
08/06/2006
3
156388
REZESA RECICLAJES ZEUS S.A.
QUITO
24
22/08/2006
QUITO
2388
137
13/09/2006
4
156439
SNACKSBRANDS ECUADOR S.A.
QUITO
24
21/07/2006
QUITO
2508
137
22/09/2006
5
156453
RECARGA
PHONE
RECARGAPHONE S.A.
QUITO
24
06/09/2006
QUITO
2495
137
21/09/2006
6
156741
EUROAMERICAN AJA S.A.
QUITO
24
03/08/2006
QUITO
2149
137
17/08/2006
7
156890
MONEXMARKET ECUADOR S.A.
QUITO
24
03/04/2006
QUITO
3262
137
24/11/2006
8
156905
AGRICULTURA CAYAPAS AGRICAYA S.A.
QUITO
24
06/10/2006
QUITO
2872
137
23/10/2006
9
157391
CACERES APOLO PERNIA TECNICENTRO
AUTOMOTRIZ CIA. LTDA.
QUITO
24
11/10/2006
QUITO
3565
137
22/12/2006
10
157433
PIRCANA S.A.
QUITO
24
12/10/2006
QUITO
3455
137
14/12/2006
11
157197
YANG CATERING CIA. LTDA.
QUITO
24
26/12/2006
QUITO
287
138
29/01/2007
12
157625
ENJOYLIFE S.A.
QUITO
24
12/04/2007
QUITO
1204
138
30/04/2007
13
154278
NALQUIM QUIMICOS CIA. LTDA.
QUITO
25
07/07/2005
QUITO
2353
136
12/09/2005
14
154431
SUKOL SCIENTIFIC ECUADOR S.A.
QUITO
25
16/09/2005
QUITO
2694
136
18/10/2005
15
154485
ECOHEALTH S.A.
QUITO
25
18/01/2006
QUITO
215
137
30/01/2006
16
154835
DIGITAL GRAPHIC CIA. LTDA.
QUITO
25
14/10/2005
QUITO
3318
136
26/12/2005
80
154866
MOVIMAGEN CIA. LTDA.
QUITO
40
21/11/2005
QUITO
3374
136
17
155622
INMOBILIARIA F.S.I CIA. LTDA.
QUITO
25
31/03/2006
QUITO
1054
137
04/05/2006
81
154928
MASALAI EQ S.A.
QUITO
40
16/12/2005
QUITO
94
137
13/01/2006
18
156015
ECUATORIANA
ECUENOSA S.A.
QUITO
25
24/04/2006
QUITO
1712
137
07/07/2006
82
155141
GLOBAL MUNDICORP CIA. LTDA.
QUITO
40
17/01/2006
QUITO
342
137
15/02/2006
19
154318
ALIQUANTUM CIA. LTDA.
QUITO
26
29/08/2005
QUITO
2394
136
16/09/2005
83
155400
HERRERA SAAVEDRA E HIJOS CIA. LTDA.
QUITO
40
14/09/2005
QUITO
473
137
02/03/2006
20
154353
CORPORACION QUEHACEREC S.A.
QUITO
26
20/09/2005
QUITO
2511
136
29/09/2005
84
155732
BASECAMP S.A.
QUITO
40
16/05/2006
QUITO
1368
137
06/06/2006
21
156499
MVM MAXIVISION
CIA. LTDA.
QUITO
26
19/04/2006
QUITO
2502
137
21/09/2006
85
155773
GLOTELSA S.A.
QUITO
40
26/06/2006
QUITO
1916
137
25/07/2006
86
156164
LEXCONAIR SECURITY CIA. LTDA.
QUITO
40
28/10/2005
QUITO
87
137
12/01/2006
87
156181
TRANSLINK CIA. LTDA.
QUITO
40
26/07/2006
QUITO
2053
137
07/08/2006
88
156911
ORO DEL INCA S.A. DRYGOLD
QUITO
40
07/11/2006
QUITO
3339
137
01/12/2006
89
156941
AUTOEDRO CIA. LTDA
QUITO
40
17/12/2004
QUITO
1675
137
06/07/2006
90
156996
ORCHIAFLOWERS S.A.
QUITO
40
20/11/2006
QUITO
3509
137
19/12/2006
91
157238
MANUFACTURAS EL YERBATERO CIA.
LTDA.
QUITO
40
28/12/2006
QUITO
241
138
24/01/2007
&
TAXI
ENERGY
ALO,
OPERATION
MICROEMPRESARIAL
ADMINISTRACION
17/11/2006
11/04/2005
22
157006
ECUASCIENCE DEL ECUADOR S.A.
QUITO
26
18/01/2005
QUITO
2267
137
29/08/2006
23
157771
SIVERTINOVA CIA. LTDA.
QUITO
26
08/03/2007
QUITO
846
138
23/03/2007
24
153894
ACADEMIA AERONAUTICA ELIA LIUT CIA.
LTDA.
QUITO
27
23/05/2005
QUITO
1562
136
01/07/2005
25
154365
IMAGEN PROFESIONAL DIGITAL CEGLO S.A.
QUITO
27
31/08/2005
QUITO
2501
136
28/09/2005
26
155268
SALTOS, TERAN Y BRAVO CONSTRUCTORES
S.A.
QUITO
27
07/02/2006
QUITO
565
137
10/03/2006
92
157523
PETROMOLECTEC S.A.
QUITO
40
03/01/2007
QUITO
602
138
28/02/2007
27
155286
INTERNATIONAL HOTELS & RESORTS DEL
ECUADOR CIA. LTDA.
QUITO
27
20/09/2004
QUITO
468
137
02/03/2006
93
157709
BRAVO BUSINESS INT S.A.
QUITO
40
19/03/2007
QUITO
976
138
05/04/2007
94
157869
AMERICONDOR S.A.
QUITO
40
02/08/2006
QUITO
1308
138
10/05/2007
28
155393
TEXTILES & DECORACIONES TEXTIDECOR
CIA. LTDA.
QUITO
27
22/02/2006
QUITO
731
137
29/03/2006
95
153840
COMPAÑIA
DE
MODA
COMOEXTE CIA. LTDA.
QUITO
1224
06/05/2005
QUITO
1224
136
26/05/2005
29
157261
SOLUTIONS AT COMMUNICATIONS S@C
CIA. LTDA.
QUITO
27
28/07/2003
QUITO
3536
137
20/12/2006
30
157401
AGUAMEPRO
AGUA
MANANTIAL
EQUINOCCIAL PROCESADA CIA. LTDA.
QUITO
27
02/08/2006
QUITO
454
138
12/02/2007
31
152760
IMPOESMALTES OSORIO SERNA CIA. LTDA.
QUITO
28
19/11/2004
QUITO
3300
135
10/12/2004
32
152866
MOONCOLORS S.A.
QUITO
28
05/01/2005
QUITO
119
136
13/01/2005
33
153058
MINDO TRAVEL AGENCY & TOUR OPERATOR
CIA. LTDA.
QUITO
28
28/12/2004
QUITO
202
136
19/01/2005
34
153257
ASESORIA
TECNICA
Y
SERVICIOS
INTEGRALES DE INGENIERIA MECANICA
AT&SIIM CIA. LTDA.
QUITO
28
22/02/2005
QUITO
675
136
29/03/2005
RESUELVE:
20/12/2005
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR disueltas por inactividad a las compañías mencionadas en el primer Considerando de esta Resolución, por estar
incursas en la causal de disolución prevista en el inciso 3° del Art. 360 de la Ley de Compañías.
35
154889
JAPANSAN S.A.
QUITO
28
28/10/2005
QUITO
3241
136
36
154942
ZYDELLA S.A.
QUITO
28
20/12/2005
QUITO
71
137
10/01/2006
37
155301
PUERTAS
ELECTROMECANICAS
REGALADO SANTIANA S.A.
QUITO
28
29/11/2005
QUITO
631
137
16/03/2006
38
156726
DOSMARGARITAS NUTRITIONAL FOODS
S.A.
QUITO
28
08/11/2006
QUITO
3325
137
30/11/2006
39
157208
ECUAMETALINOX S.A.
QUITO
28
20/11/2006
QUITO
247
138
24/01/2007
40
154520
ALIANZANET S.A.
QUITO
29
11/07/2005
QUITO
2018
136
10/08/2005
41
154572
MAX&YORMAX
EXPORTACIONES S.A.
QUITO
29
16/09/2005
QUITO
2640
2640
12/10/2005
42
155047
ARQUITEXTURAS CIA. LTDA.
QUITO
29
12/04/2006
QUITO
960
137
24/04/2006
43
155447
ATECH BUSINESS SOLUTIONS CIA. LTDA.
QUITO
29
23/02/2006
QUITO
730
137
29/03/2006
44
155786
COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA
DE PAPEL COIMPORPEL CIA. LTDA.
QUITO
29
25/08/2006
QUITO
2328
137
05/09/2006
45
156240
SIGORTRAVEL CIA. LTDA.
QUITO
29
26/07/2006
QUITO
2152
137
17/08/2006
46
157328
ALDASIN CIA. LTDA.
QUITO
29
25/01/2007
QUITO
413
138
07/02/2007
47
157654
MARISSAORO MINERALS S.A.
QUITO
29
22/05/2007
QUITO
1546
138
05/06/2007
48
157655
MONTEMINERALS S.A
QUITO
29
22/05/2007
QUITO
1547
138
05/06/2007
49
157805
COMPAÑIA MIÑO & TORRES C.A.
QUITO
29
19/03/2007
QUITO
1081
138
17/04/2007
50
152835
BLACK
GOLD
EXPLOTACION
DISTRIBUCION & COMERCIALIZACION
S.A.
QUITO
31
24/05/2001
QUITO
3171
135
29/11/2004
IMPORTACIONES
51
155685
COMPAÑIA DE COMERCIO Y TEXTIL
MANOSALVAS CORPTEXTEM S.A.
QUITO
31
24/04/2006
QUITO
1188
137
17/05/2006
52
155903
DISTRIBUIDORA MIGUEL ANGEL CORRAL
M. CIA. LTDA.
QUITO
31
07/03/2006
QUITO
1313
137
31/05/2006
53
156628
TRADEBEST INVESTMENT ECUADOR CIA.
LTDA.
QUITO
31
06/09/2006
QUITO
2530
137
25/09/2006
54
156807
HEALTHINFO SERVICE CIA. LTDA.
QUITO
31
11/09/2006
QUITO
2939
137
27/10/2006
55
156994
CONSULTORES JURIDICOS FUNES Y
ASOCIADOS IMPERIO DE LA LEY CIA.
LTDA.
QUITO
31
29/08/2006
QUITO
3586
137
26/12/2006
NATURALIZACIÓN DE LA SEÑORITA
JOHANA MARCELA NARVAEZ BOTINA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y
8 del Reglamento a la Ley de Naturalización, se hace
saber que la ciudadana de nacionalidad colombiana
JOHANA MARCELA NARVAEZ BOTINA ha solicitado Carta de Naturalización en el Ecuador.
De la documentación presentada se desprende que
la peticionaria reside ininterrumpidamente en el país
desde el 01 de noviembre de 2007, fecha en que la
Dirección General de Extranjería le otorgó la visa de
inmigrante.
De acuerdo con el artículo 11 de la Ley de Naturalización, cualquier persona, natural o jurídica, podrá presentarse al Ministerio de Relaciones Exteriores para
oponerse, fundamentadamente, a la concesión de la
naturalización solicitada.
Quito, 20 de julio de 2012
Embajador Gonzalo Andrade
DIRECTOR DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
Jul. 31; Ago. 01-02 (97899)
QUE, de conformidad con la certificación otorgada por el Secretario General de esta Superintendencia, constante en Memorando No. SC.SG.
DRS.Q.2012.357 de 21 de junio de 2012, han transcurrido más de treinta días, contados desde la notificación y la publicación de la Resolución de
Inactividad, sin que las citadas compañías hayan saneado la causal que motivó tal declaratoria;
QUE, en aplicación de la norma constante en el inciso 3ro. del Art. 360 de la Ley de Compañías, es necesario que se dicte la Resolución que declare la
disolución y disponga la liquidación de las compañías mencionadas en el primer Considerando de esta Resolución; y,
EN uso de las facultades conferidas por la señorita Superintendente de Compañías mediante Resolución No. ADM-Q-2011-006 de 17 de enero de 2011;
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR a los Representantes Legales de las compañías ya mencionadas, mediante publicación, por una sola vez, del texto
integro de esta Resolución, en uno de los diarios de amplia circulación en el domicilio principal de las compañías.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que, una vez publicada esta Resolución, los Notarios señalados en el primer Considerando de esta Resolución, tomen
nota del contenido de la presente, al margen de las matrices de las escrituras públicas de constitución de las compañías citadas anteriormente. Cumplido,
sentarán razón de lo actuado.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que, una vez publicada esta Resolución, el Registrador Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito: a) Inscriba esta
Resolución en el Registro a su cargo; y, b) Ponga las notas de referencia previstas en el inciso primero del artículo 51 de la Ley de Registro. Cumplido,
sentará razón de lo actuado.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que, ejecutadas las formalidades prescritas, las compañías se pongan EN LIQUIDACIÓN.
ARTÍCULO SEXTO.- DESIGNAR Liquidador de las compañías materia de esta Resolución, al economista Guillermo Gallegos y conferirle todas las facultades
determinadas en la Ley de Compañías y en los estatutos de las sociedades, a fin de que efectúe las operaciones de liquidación.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- DISPONER que, el Liquidador inscriba su nombramiento en el término de diez días, contado desde su aceptación, en el Registro
Mercantil del domicilio principal de las compañías.
ARTÍCULO OCTAVO.- DISPONER que, durante el proceso de liquidación, en todos los actos y contratos en los que intervengan las compañías, se agreguen
después de sus nombres las palabras EN LIQUIDACIÓN, previniendo al Liquidador de las responsabilidades legales en caso de omisión.
ARTÍCULO NOVENO.- PREVENIR a los Representantes Legales, sobre el cumplimiento de lo ordenado por los Arts. 3º y 4º de la presente Resolución, cuya
omisión dará lugar a las sanciones contempladas en la Ley, sin perjuicio de que esta Superintendencia ejecute las citadas diligencias y que el monto de
los gastos incurridos, con los recargos de Ley, sean agregados al pasivo de las compañías, debiendo este valor ingresar a la cuenta denominada “Cuenta
Rotativa de Ingresos No. 625275-3 del Banco de Guayaquil”.
ARTÍCULO DÉCIMO.- DISPONER que, se remita copia de esta Resolución a la Directora Regional Norte del Servicio de Rentas Internas, S.R.I.
CUMPLIDO lo anterior, remítase a este Despacho copia certificada de esta Resolución.
NOTIFÍQUESE.- DADA y firmada en la Superintendencia de Compañías, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 27 de junio de 2012
PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO
EXTRACTO
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA vicegon s.a.
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA CONSULTORA OCCIDENTAL OCCICONSULT S.A.
La compañía vicegon s.a., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Noveno
Suplente del cantón GUAYAQUIL, el 09/julio/2012, fue
aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12.0003835, del 19 de julio
del 2012.
La compañía CONSULTORA OCCIDENTAL OCCICONSULT
S.A., se constituyó por escritura pública otorgada ante
el Notario Trigésimo Octavo del cantón GUAYAQUIL, el
18/junio/2012, fue aprobada por la Superintendencia
de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.G.12.
0004019 el 27 de julio de 2012.
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE REACTIVACIÓN
DE LA COMPAÑÍA IMPORTADORA JACQUITA
C. LTDA.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado:
US$1.600,00.
2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$
1.600,00.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS Y REACTIVOS QUÍMICOS E IMPLEMENTOS
MEDICOS Y EQUIPOS HOSPITALARIOS,...
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: ARTICULO
TERCERO.- CONSISTE EN: UNO.- BRINDAR SERVICIO GENERAL DE CONSULTORÍA,...
EXTRACTO
REPUBLICA DEL ECUADOR
EXTERIOR
Guayaquil, 19 de julio de 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
Subdirector Jurídico de concurso
preventivo y tramites especiales
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de
mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(98015)
Se comunica al público que la compañía IMPORTADORA JACQUITA C. LTDA., domiciliada en el cantón Guayaquil, se reactivó, fijó un nuevo plazo social
y reformó su estatuto por escritura pública otorgada
ante el Notario Vigésimo del cantón Guayaquil, el 17
de julio del 2012, aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.
DJDL.G.12. 0004048 el 30 de julio de 2012.
El capital suscrito actual de la compañía es de
cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de
América, dividido en cuatrocientas acciones de
un dólar cada una. Su objeto social es dedicarse a
la distribución de accesorios de vehículos.
Guayaquil, 27 de julio de 2012
Ab. Melba Rodríguez Aguirre
Subdirector Jurídico de CoNCURSO
PREVENTIVO Y TRAMITES ESPECIALES
NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico
de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.
(98067)
Guayaquil, 30 de julio de 2012
AB. ROBERTO RONQUILLO NOBOA
DIRECTOR JURÍDICO DE DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE CompañíaS DE LA
INTENDENCIA JURÍDICA DE GUAYAQUIL
(98043)
36
Gaceta varios
El Telégrafo I jueves 2 de agosto del 2012
55 154620
RESOLUCIÓN No. SC.IJ.DJDL.Q.12.3247
PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
CONSIDERANDO:
QUE mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.11.5349 de 29 de noviembre de 2011, se declaró la inactividad de las siguientes compañías, cuyos
domicilios les corresponde a la jurisdicción de la Intendencia de Quito, por encontrarse incursas en el Art. 359 de la Ley de Compañías.
COMPAÑÍA
1
CONSTITUCIÓN
REGISTRO MERCANTIL
Exp:
Nombre
Cantón
Not.
Fecha
Cantón
Número
Tomo
Fecha
154575
CONSERMUNDO CORPORACION Y
SERVICIOS PARA TODO EL MUNDO
CIA. LTDA.
QUITO
1
09/08/2005
QUITO
2767
136
26/10/2005
2
154792
ASISTENCIA TECNICA REMANTE S.A.
3
154833
COMONE IMPORT & EXPORT DEL
ECUADOR S.A.
4
154849
ASISTENCIA
S.A.
5
155269
NALIUS S.A.
6
156190
INTELIGENCIA
INTELNEGSA S.A.
TECNICA
ESMERALDAS
1
01/11/2005
QUITO
3216
136
16/12/2005
QUITO
1
17/11/2005
QUITO
3267
136
21/12/2005
ESMERALDAS
1
01/11/2005
QUITO
3217
136
16/12/2005
CAYAMBE
1
01/07/2005
QUITO
3179
136
13/12/2005
QUITO
1
17/07/2006
QUITO
2124
137
15/08/2006
COMTETRAB
&
NEGOCIOS
LIFE TRANSFORMATION LEORBET
CIA. LTDA.
QUITO
56 155456
HUMANGROUP S.A.
QUITO
12
57 153280
LAMATOURS CIA. LTDA.
QUITO
14
QUITO
2787
136
27/10/2005
344
137
15/02/2006
23/06/2006
60 156121
CARTOOLS CIA. LTDA.
QUITO
14
20/03/2006
QUITO
1551
137
61 159699
EXTERENERGY SUPPLY S.A.
QUITO
14
05/10/2005
QUITO
2871
136
07/11/2005
62 157883
MORENO & PAREDES IMPORTACION
Y EXPORTACION PARMOIEX CIA.
LTDA.
QUITO
14
22/02/2007
QUITO
1305
138
10/05/2007
63 156876
COMPAÑIA DE SEGURIDAD PRIVADA
EXTREMECAF SECURITY CIA. LTDA.
QUITO
15
05/07/2006
QUITO
3261
137 Y
080
24/11/2006
64 153326
ALARMAS Y SEGURIDAD PRIVADA
ALARSEPRI CIA. LTDA.
QUITO
16
02/02/2005
QUITO
740
136
07/04/2005
65 154032
EXPORTADORA BY PRODUCTS AND
VALUE S.A
QUITO
16
27/04/2005
QUITO
1702
136
14/07/2005
66 154930
A.REIMERS CIA. LTDA.
QUITO
16
11/01/2006
QUITO
164
137
23/01/2006
67 154970
RUCETAMA S.A.
QUITO
16
06/01/2006
QUITO
210
137
26/01/2006
68 155287
COMERCIALIZADORA DE EQUIPOS
PARA LA INDUSTRIA MADERERA
CEIM CIA. LTDA.
QUITO
16
01/11/2005
QUITO
512
137
07/03/2006
69 155529
PLASTICON CIA. LTDA.
QUITO
16
01/03/2006
QUITO
985
137
26/04/2006
70 155706
JUNWERV CIA. LTDA.
QUITO
16
29/03/2006
QUITO
1171
137
16/05/2006
71 157037
CELLTHREE SERVICE CIA. LTDA.
QUITO
16
23/10/2006
QUITO
3312
137
29/11/2006
72 161634
JOB AVIATION & REPRESENTACIONES
COMERCIALES CIA. LTDA.
QUITO
16
01/04/2005
QUITO
1824
136
26/07/2005
05/10/2006
QUITO
2738
137
12/10/2006
QUITO
3053
137
09/11/2006
9
156763
CONSTRUCTORA SOL DEL ORIENTE
S.A. TIWANO
QUITO
1
17/10/2006
QUITO
435
138
08/02/2007
75 157699
BELLSUMMER S.A.
QUITO
1
07/03/2007
QUITO
844
138
23/03/2007
76 155204
77 156417
SERVICIOS DE IMPORTACION DE
ORIENTE, SIDOR S.A.
78 156545
PROFORT S. A.
79 156772
SEPULIZQ PUBLICIDAD S.A.
80 154191
81 154324
3
15/10/2004
QUITO
3080
135
19/11/2004
15/11/2004
QUITO
3345
135
15/12/2004
13 153041
SOLUCIONES
INMOBILIARIAS
REPRESENTACIONES
Y
CONSTRUCCIONES INMORECONS S.A.
QUITO
3
15/11/2004
QUITO
3292
135
10/12/2004
14 153301
REPRESENTACIONES Y
REPRESERVIS CIA. LTDA.
QUITO
3
25/02/2005
QUITO
698
136
30/03/2005
15 153366
MULTIEMPLEOS S.A.
QUITO
3
18/11/2004
QUITO
444
136
14/02/2005
16 153381
SOLUCIONES G CUATRO DEL ECUADOR
ECUCUATRO S.A.
QUITO
3
01/04/2005
QUITO
829
136
15/04/2005
17 153464
CUARTALUNA ESTUDIO CREATIVO CIA.
LTDA.
QUITO
3
30/05/2005
QUITO
1381
136
14/06/2005
18 153516
NPS ECUADOR NEXT GENERATION
PLANTS SERVICES CIA. LTDA.
QUITO
3
03/02/2005
QUITO
930
136
27/04/2005
09/06/2005
SERVICIOS
10/03/2005
QUITO
26/09/2006
3
31/03/2006
136
12/01/2006
1
QUITO
137
631
07/09/2005
1
QUITO
769
14
QUITO
AUXILIO
QUITO
QUITO
14
QUITO
S.A.
01/03/2006
16/02/2005
QUITO
INMOBILIARIA GREENACRES S.A.
AVIBODAGRO S.A.
01/11/2005
QUITO
EDUCACION PARA EL DESARROLLO
SOCIAL ECUATORIANO EDUDESE S.A.
CRUZRESCATE
INMEDIATO
136
GRANINSUMOS S.A.
157121
152694
2835
MEDISEG ASISTENCIA MEDICA S.A.
158786
11
QUITO
58 154556
7
12 153038
04/10/2005
59 155150
8
10 157509
11
73 157327
ARCACOMUNIC S.A.
74 157677
FACOMSA
FABRICACION
COMERCIALIZACION S.A.
QUITO
16
31/01/2007
QUITO
491
138
15/02/2007
QUITO
16
07/02/2007
QUITO
2013
138
17/07/2007
EVOPETROL S.A.
QUITO
16
13/08/2007
QUITO
2658
138
11/09/2007
ADIMEXCARGO S.A.
QUITO
17
30/01/2006
QUITO
485
137
03/03/2006
QUITO
17
23/05/2003
QUITO
2092
134
10/07/2003
GUAYAQUIL
17
31/03/2006
QUITO
67
38
08/09/2006
QUITO
17
26/01/2007
QUITO
653
138
05/03/2007
EQEXPO CIA. LTDA.
QUITO
18
07/07/2005
QUITO
2198
136
26/08/2005
GRAPUB GRAFICAS PUBLICITARIAS
DIGITALES CIA. LTDA.
QUITO
18
31/01/2005
QUITO
685
136
30/03/2005
Y
82 154887
HEAVYTRANS S.A.
QUITO
18
28/12/2005
QUITO
55
137
09/01/2006
83 157737
TERCERIZADORA
LTDA.
CIA.
QUITO
20
22/03/2007
QUITO
1108
138
19/04/2007
84 154595
PUNTO COMERCIO SERVITIENDAS
CIA. LTDA.
QUITO
21
17/10/2005
QUITO
2866
136
07/11/2005
TERFERSA
85 156501
ENRIVEL CIA. LTDA.
QUITO
21
10/07/2006
QUITO
2512
137
22/09/2006
86 153610
COMPAÑIA
DE
SISTEMAS
ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES
BURCOOLH CIA. LTDA.
QUITO
22
01/04/2005
QUITO
1097
136
16/05/2005
19 153761
MUNDOECUADOR CIA. LTDA.
QUITO
3
08/04/2005
QUITO
1350
136
20 154927
LESSENCE SPA CIA. LTDA.
QUITO
3
01/11/2005
QUITO
53
137
09/01/2006
87 155120
WPB S.A. WIDE PERFECT BUSINESS
QUITO
22
16/11/2005
QUITO
168
137
23/01/2006
21 155226
GLASS REINFORCED PLASTICS DEL
ECUADOR CIA. LTDA.
QUITO
3
03/02/2006
QUITO
492
137
03/03/2006
88 155081
COMPAÑIA
DE
ELSITIOCOM CIA. LTDA.
QUITO
23
11/04/2006
QUITO
1232
137
22/05/2006
22 155640
FRUXOTEC FRUTAS EXOTICAS
TROPICALES DEL ECUADOR S.A.
QUITO
3
07/04/2006
QUITO
1166
137
16/05/2006
23 156064
SERVICIOS
Y
REMEDIACION
REMBIENTAL
24 156171
25 156634
EQUIPOS
AMBIENTAL
Y
PARA
S.A.
PEGASUSEXPRESS CIA. LTDA.
QUITO
23
20/04/2007
QUITO
1332
138
14/05/2007
VOICE OVER NET, VONEXT S.A.
QUITO
24
22/12/2004
QUITO
331
136
01/02/2005
91 153482
WORKEXPRESS TERCERIZADORA DE
SERVICIOS CIA. LTDA.
QUITO
24
11/07/2005
QUITO
1741
136
19/07/2005
92 154985
THE SUN LAND ECUADOR S.A.
QUITO
24
01/04/2005
QUITO
929
136
27/04/2005
93 155058
ARTHELICA CIA. LTDA.
QUITO
24
16/03/2006
QUITO
953
137
21/04/2006
94 155059
ARTINTEGRA CIA. LTDA.
QUITO
24
16/03/2006
QUITO
843
137
10/04/2006
3
28/06/2006
QUITO
1715
STACAP S.A.
QUITO
3
05/07/2005
QUITO
2237
136
31/08/2005
AGROINDUSTRIAL MACADAMIA LOS
LAURELES AIMLL CIA. LTDA.
QUITO
3
12/10/2006
QUITO
81
38RI
25/10/2006
26 157030
EXPALEC
ALIMENTOS
LTDA.
QUITO
3
09/11/2006
QUITO
3629
137
27/12/2006
27 157800
MULTIDEAS CIA. LTDA.
QUITO
3
08/03/2007
QUITO
1028
138
11/04/2007
28 157893
GLOBAL CONNECTION GLOCONNEC
CIA. LTDA.
QUITO
3
07/03/2007
QUITO
1022
138
11/04/2007
29 153227
BECERRA MAQUINAS Y ACCESORIOS
CIA. LTDA.
QUITO
4
26/02/2003
QUITO
2
37RI
06/01/2005
30 155555
QUALITY PROTEAS QUALIPROTE S.A.
QUITO
4
17/04/2006
QUITO
999
137
27/04/2006
31 157189
METALICOS Y CONSTRUCCIONES
SORES CIA. LTDA.
QUITO
4
19/12/2006
QUITO
253
138
25/01/2007
QUE, en aplicación de la norma constante en el inciso 3ro. del Art. 360 de la Ley de Compañías, es necesario que se dicte la Resolución que declare la
disolución y disponga la liquidación de las compañías mencionadas en el primer Considerando de esta Resolución; y,
32 157910
COURIERENTVAL CUMBAYA PUERTAS
DEL VALLE S.A.
QUITO
4
14/12/2006
QUITO
1306
138
10/05/2007
EN uso de las facultades conferidas por la señorita Superintendente de Compañías mediante Resolución No. ADM-Q-2011-006 de 17 de enero de 2011;
DE
CIA.
33 153800
EXPRESS MUSIC BENISUN CIA. LTDA.
34 154687
J&JNETWORK S.A.
35 154912
36 155136
10/07/2006
89 157889
90 153449
QUITO
EXPORTADORA
ECUATORIANOS
137
INSUMOS
QUITO
5
06/06/2005
QUITO
1517
136
24/06/2005
MACHALA
5
14/03/2005
QUITO
2467
136
26/09/2005
ECUAORO RESOURCES S.A.
QUITO
5
04/07/2003
QUITO
130
137
18/01/2006
SUDALIANZA
COMPAÑIA
DE
COMERCIO Y SERVICIOS TURISTICOS
S.A.
QUITO
5
25/11/2005
QUITO
118
137
17/01/2006
37 154857
COMSERVICAR S.A.
QUITO
6
31/10/2005
QUITO
3279
136
22/12/2005
38 157672
TOENSO S.A. TOTAL ENGINEERING
SOLUTIONS
QUITO
6
22/05/2007
QUITO
2142
138
26/07/2007
39 157802
COGRUAL S.A.
QUITO
6
26/03/2007
QUITO
1073
138
16/04/2007
40 152763
SAN JUAN DE CUMBAYA TURISMO
S.A. SAJUCUTURSA
QUITO
7
04/11/2004
QUITO
3261
135
07/12/2004
41 155571
CORPORACION DE BELLEZA
JUVENTUD BEAUTYPLUS S.A.
Y
QUITO
7
14/02/2006
QUITO
1009
137
28/04/2006
42 156199
CABLE MUNDO CABMUNDO CIA.
LTDA.
QUITO
8
13/07/2006
QUITO
2082
137
09/08/2006
43 152605
HELP-PHARMA S.A.
QUITO
9
02/03/2004
QUITO
2867
135
28/10/2004
44 152665
TECNOLOGIA DE PUNTA FIBERTEL LO
MAXIMO EN TELECOMUNICACIONES
EN EL ECUADOR CIA. LTDA.
QUITO
9
08/11/2004
QUITO
3094
135
22/11/2004
45 153881
BAREFOOT S.A.
QUITO
9
30/05/2005
QUITO
1645
136
TRADECUADOR CIA. LTDA.
QUITO
9
28/11/2005
QUITO
3218
136
16/12/2005
47 156796
EXPERLYM CIA. LTDA.
QUITO
9
24/01/2007
QUITO
917
138
30/03/2007
QUITO
24
16/03/2006
QUITO
842
137
10/04/2006
QUITO
24
03/04/2006
QUITO
984
137
26/04/2006
97 155559
HYDROWELLS S.A.
QUITO
24
12/04/2006
QUITO
1080
137
08/05/2006
98 155637
PETROSUMAG CIA. LTDA.
QUITO
24
18/01/2005
QUITO
884
137
17/04/2006
QUE, de conformidad con la certificación otorgada por el Secretario General de esta Superintendencia, constante en Memorando No. SC.SG.
DRS.Q.2012.357 de 21 de junio de 2012, han transcurrido más de treinta días, contados desde la notificación y la publicación de la Resolución de
Inactividad, sin que las citadas compañías hayan saneado la causal que motivó tal declaratoria;
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR disueltas por inactividad a las compañías mencionadas en el primer Considerando de esta Resolución, por estar
incursas en la causal de disolución prevista en el inciso 3° del Art. 360 de la Ley de Compañías.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR a los Representantes Legales de las compañías ya mencionadas, mediante publicación, por una sola vez, del texto
integro de esta Resolución, en uno de los diarios de amplia circulación en el domicilio principal de las compañías.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que, una vez publicada esta Resolución, los Notarios señalados en el primer Considerando de esta Resolución,
tomen nota del contenido de la presente, al margen de las matrices de las escrituras públicas de constitución de las compañías citadas anteriormente.
Cumplido, sentarán razón de lo actuado.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que, una vez publicada esta Resolución, el Registrador Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito: a) Inscriba esta
Resolución en el Registro a su cargo; y, b) Ponga las notas de referencia previstas en el inciso primero del artículo 51 de la Ley de Registro. Cumplido,
sentará razón de lo actuado.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que, ejecutadas las formalidades prescritas, las compañías se pongan EN LIQUIDACIÓN.
ARTÍCULO SEXTO.- DESIGNAR Liquidador de las compañías materia de esta Resolución, al economista Guillermo Gallegos Acosta y conferirle todas las
facultades determinadas en la Ley de Compañías y en los estatutos de las sociedades, a fin de que efectúe las operaciones de liquidación.
08/07/2005
48 157837
MEGAFENIX S.A.
QUITO
9
27/03/2007
QUITO
122
49 153069
NEDELECSA /
ECUADOR S.A.
DEL
QUITO
10
06/09/2004
QUITO
2821
135
25/10/2004
50 153129
DURAÑONA & ASOCIADOS ASODUR
CIA. LTDA.
QUITO
10
14/01/2005
QUITO
324
136
31/01/2005
51 154900
TECHNOTRADING
S.A.
ECUADOR
QUITO
10
23/11/2005
QUITO
78
137
11/01/2006
52 155119
CARRERA
INGENIERIA
EN
TELECOMUNICACION CARREINTEL
S.A.
QUITO
10
18/01/2006
QUITO
303
137
10/02/2006
DEL
ARTVERTICA CIA. LTDA.
SUGARSWEET S.A.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- DISPONER que, el Liquidador inscriba su nombramiento en el término de diez días, contado desde su aceptación, en el Registro
Mercantil del domicilio principal de las compañías.
46 154804
NEGOCIOS
95 155067
96 155525
24/04/2007
ARTÍCULO OCTAVO.- DISPONER que, durante el proceso de liquidación, en todos los actos y contratos en los que intervengan las compañías, se
agreguen después de sus nombres las palabras EN LIQUIDACIÓN, previniendo al Liquidador de las responsabilidades legales en caso de omisión.
ARTÍCULO NOVENO.- PREVENIR a los Representantes Legales, sobre el cumplimiento de lo ordenado por los Arts. 3º y 4º de la presente Resolución,
cuya omisión dará lugar a las sanciones contempladas en la Ley, sin perjuicio de que esta Superintendencia ejecute las citadas diligencias y que
el monto de los gastos incurridos, con los recargos de Ley, sean agregados al pasivo de las compañías, debiendo este valor ingresar a la cuenta
denominada “Cuenta Rotativa de Ingresos No. 625275-3 del Banco de Guayaquil”.
ARTÍCULO DÉCIMO.- DISPONER que, se remita copia de esta Resolución a la Directora Regional Norte del Servicio de Rentas Internas, S.R.I.
CUMPLIDO lo anterior, remítase a este Despacho copia certificada de esta Resolución.
NOTIFÍQUESE.- DADA y firmada en la Superintendencia de Compañías, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 27 de junio de 2012
53 156698
TOURCOMMERCE S.A.
QUITO
10
13/10/2006
QUITO
3060
137
09/11/2006
54 157103
TODOPLASTICO S.A.
QUITO
10
22/12/2006
QUITO
95
138
11/01/2007
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
EXTRACTO DE CITACIÓN
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MARITZA EUGENIA QUIJIJE ALVAREZ.
LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta judicatura el
Proceso de Divorcio 1199-2011-R, seguido por GUSTAVO ANICETO LOZANO VELASCO, contra MARITZA EUGENIA QUIJIJE ALVAREZ cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: GUSTAVO ANICETO LOZANO VELASCO
CUANTÍA: INDETERMINADA.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que por sentencia se declare la disolución del matrimonio.AUTO INICIAL: JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, viernes 27 de abril del 2012, las 08h45. VISTOS. Por cumplido con lo solicitado en
providencia anterior, la demanda que antecede propuesta por GUSTAVO ANICETO
LOZANO VELASCO, contra MARITZA EUGENIA QUIJIJE ALVAREZ, por reunir los
requisitos determinados en los artículos 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil,
se la califica de clara y precisa, por lo que se la admite al tramite verbal sumario. En
los principal, bajo el juramento rendido por el actor de desconocer el domicilio de
la demandada cítesela por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de
Procedimiento Civil.- Por cuanto el accionante afirma en su demanda que dentro
del matrimonio se ha procreado un hijo que responde a los nombres de AARON
ERNESTO LOZANO QUIJIJE, a quien se le dotara de curador ad-litem, para cuyo
afecto óigase en audiencia de familia a dos parientes o dos personas honorables
que lo representara en este proceso, no han adquirido bienes inmuebles que liquidar. Agréguese a los autos los documentos adjuntos.- Cítese y Notifíquese. F)- AB.
CARLOS SAMUEL ALVARADO CHAVEZ JUEZ TEMPORAL NOVENO DE LO CIVIL
DE GUAYAQUIL.
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole que la obligación que
tiene de comparecer a Juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y ultima publicación de este aviso, caso
contrario se tramitara el juicio en rebeldía. Guayaquil, de julio de 2012
Ab. Martha Elizalde Cueva
SECRETARIA JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL
(97982)
A: WILMON ELISEO, RICARDO EDUARDO, GLADYS MIROSLABA, RUTH EDITH BENALCAZAR CORTEZ; y, DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS HEREDEROS.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de APERTURA DE LA SUCESION INTESTADA E INVENTARIO Y AVALÚO DE BIENES N° 8191-2012, seguido por FLORA TERESA BENLCAZAR
GUERRA, en contra de WILMON ELISEO, RICARDO EDUARDO, GLADYS MIROSLABA, RUTH EDITH
BENALCAZAR CORTEZ; Y, DESCONOCIDOS O PRESUNTOS HEREDEROS de ROSA ELVIRA GUERRA
ANDRADE VDA. DE BENALCAZAR, se encuentra lo siguiente:
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Resolución declare abierta la sucesión y se
disponga la formación de inventario del patrimonio de ROSA ELVIRA GUERRA ANDRADE VDA. DE BENALCAZAR, fallecidos el 29 de Abril de 1978.
AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL No. 1 DEL CANTON GUAYAQUIL. Guayaquil, sabado 30 de julio del 2012, las 14h00. VISTOS: En virtud de lo dispuesto
en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, el sorteo que antecede y la acción de personal No. 418- DNP del 24 de Febrero del 2012 avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad
de Juez de esta Unidad Especializada. Agréguese a los autos los escritos presentados por la accionante.
Avoco conocimiento de la presente demanda de APERTURA DE LA SUCESION INTESTADA E INVENTARIO Y AVALÚO DE LOS BIENES dejados por la causante ROSA ELVIRA GUERRA ANDRADE VDA. DE
BENALCAZAR, quien falleció el 29 de Abril de 1978 en la Provincia del Guayas, según consta con la
partida de defunción que acompaña y presentada por la actora FLORA TERESA BENALCAZAR GUERRA,
quien habiendo acreditado la calidad de parte interesada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
640 del Código de Procedimiento Civil, es clara y reúne los demás requisitos legales, por lo que se la
acepta al trámite previsto por la Sección 7ma. del Título II del Libro Segundo del Código de Procedimiento
Civil. En donde se declara abierta la sucesión de la causante ROSA ELVIRA GUERRA ANDRADE VDA.
DE BENALCAZAR. En consecuencia, este Juzgador dispone: 1.- Citar a los herederos conocidos de la
causante, esto es a la señora LUZ BEATRIZ RIVADENEIRA GUERRA, en la dirección que consta en la demanda; 2.- En cuanto a la citación de los otros herederos, la accionante, previo a entregarle el extracto de
la calificación de APERTURA DE LA SUCESION INTESTADA E INVENTARIO Y AVALÚO DE LOS BIENES
este Juzgador dispone que la accionante señora FLORA TERESA BENALCAZAR GUERRA, declare bajo
juramento desconocer el domicilio de WILSON ELISEO BENALCAZAR CORTEZ, RICARDO EDUARDO
BENALCAZAR CORTEZ, GLADYS MIROSLABA BENALCAZAR CORTEZ, RUTH EDITH BENALCAZAR
CORTEZ, HIJOS DE MI HERMANO FALLECIDO SEÑOR JORGE EDUARDO BENALCAZAR GUERRA, y
cumpla la formalidad legal establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. NOTIFIQUESE.
Hágase saber. Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene
de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla
judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde. CUANTIA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: AB. JOHNNY VICENTE SACAN LARREA, JUEZ DECIMO PRIMERO DE
LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL
GUAYAS.- Guayaquil, 9 de Julio del 2012
Ag. 1-2-3 (97957)
AB. LEONOR RAMIREZ CAMPOS
SECRETARIA
PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ
DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS
FUNCIÓN JUDICIAL
DISTRITO GUAYAS
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIDAD DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
No. 1 DEL CANTÓN GUAYAQUIL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE DAULE
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: GLORIA VIOLETA CAMBA BRIONES, REYNA MARIA CAMBA BRIONES Y JULIO CESAR
CAMBA BRIONES.- Que ha este Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil de Daule, ha correspondido conocer el Juicio Ordinario de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio No. 4742011 seguido en su contra por CARLOS JAVIER CAMBA CORTEZ, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: CARLOS JAVIER CAMBA CORTEZ.
DEMANDADOS: A: GLORIA VIOLETA CAMBA BRIONES, REYNA MARIA CAMBA BRIONES Y
JULIO CESAR CAMBA BRIONES.
LE HAGO SABER LO SIGUIENTE:
DEMANDA.- La Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio de un lote de Terreno de 01,
hectáreas, ubicado en el sector Las Maravillas perteneciente al cantón Daule provincia del Guayas,
demanda que se encuentra en posesión pacifica tranquila e ininterrumpida por mas de 30 años con
animo de señor y dueño de conformidad a lo que dispone el articulo 2.413 del Código Civil.- Los
Fundamentos de Derecho.- Fundamenta su demanda en los artículos 603, 715, 2392, 2398, 2410,
2411, y 2413, y más del Código Civil.
EL TRAMITE.- Es Ordinario.- LA CUANTÍA.- Es Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA.- Abogado Juan Jiménez Galarza, Juez Temporal.
AUTO INICIAL.- La demanda que antecede presentada por CARLOS JAVIER CAMBA CORTEZ por
reunir los requisitos de ley se la califica de clara y precisa por lo que se la admite al tramite en Juicio
Ordinario.- En lo principal ya que bajo juramento declara desconocer la individualidad o domicilio
actual de los demandados se ordena citar a GLORIA VIOLETA CAMBA BRIONES, REYNA MARIA
CAMBA BRIONES y JULIO CESAR CAMBA BRIONES de conformidad a lo que dispone el Art. 82
del Código de Procedimiento Civil esto es por tres publicaciones un diario de amplia circulación de
la ciudad de Guayaquil, por no existir diarios que se editen en esta ciudad de Daule, se les concede
el término de quince días contados a partir de la ultima publicación para que los demandados propongan las exenciones dilatorias y perentorias que se crean asistidos.- Se agregan a los autos los
documentos acompañados, se toma en cuenta el domicilio judicial que señala el actor, así como la
autorización que confiere a su Abogado patrocinador.
Lo que cito a Ustedes para los fines de Ley y prevengo de la obligación de señalar domicilio judicial y
comparecer a juicio dentro de los 20 días posteriores a la tercera y ultima publicación de este aviso,
caso contrarios serán tenidos rebeldes.
Daule, 10 de Julio del 2012
Ab. Jose Lopez Barzola
Secretario Juzgado 15 Civil de Daule
Ago. 1-2-3 (97952)
Extracto de Citación
A: VIRGINIA PATRICIA STEWARD CASINELLI.
LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 47592012, seguido por El señor JOSE LUIS BERMUDEZ SOTOMAYOR en contra de VIRGINIA PATRICIA
STEWARD CASINELLI:
ACTOR: JOSE LUIS BERMUDEZ SOTOMAYOR.
DEMANDADO: VIRGINIA PATRICIA STEWARD CASINELLI.
OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une al señor JOSE LUIS BERMUDEZ SOTOMAYOR con la señora VIRGINIA PATRICIA
STEWARD CASINELLI de conformidad a lo establecido en el artículo 110 del Código Civil vigente.
AUTO INICIAL: Guayaquil, martes 12 de junio del 2012, las 10h04. VISTOS: Agréguese a los autos el
presentado por la accionada.- Proveyendo el mismo; y, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 289
y 290 del Código de Procedimiento Civil por ser legal procedo a ampliar y aclarar el auto inicial dictado
en esta causa el 27 de Abril del 2012 a las 12H29, indicando que debido a un lapsus calami deslizado
en el auto anteriormente citado se califico la misma pero notificándose a otro casillero judicial; en
consecuencia, se dispone que se agregue a los autos el acta de declaración juramentada de fecha 26
de abril del 2012, las 15h45 en la que el accionante bajo juramento declara desconocer el domicilio
de la demandada.- En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por el señor
JOSE LUIS BERMUDEZ SOTOMAYOR contra la señora VIRGINIA PATRICIA STEWARD CASINELLI, se
la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, en consecuencia, se la admite
al trámite del juicio verbal sumario (divorcio).- Cítese a la cónyuge demandada señora VIRGINIA PATRICIA STEWARD CASINELLI, por la prensa toda vez que el actor ha declarado bajo juramento ante
el Infrascrito Juez desconocer su actual residencia o domicilio y que a pesar la diligencias e investigaciones realizadas no le fue posible determinar el domicilio o residencia de la parte demandada; en
el modo establecido en el Art. 82 del C.P.C., en concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del
Código Civil en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo, Expreso y/o Extra.- La Actuaria
del despacho, confiera los extractos respectivos para su publicación.- Notifíquese al actor en la casilla
judicial que indica #3333 y téngase en cuenta la autorización que le confiere a su defensor. Cítese y
notifíquese en los lugares indicados conforme a ley. Hágase saber.- Notifíquese y Cúmplase. Hágase
saber.- Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de
comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla
judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde.
CUANTÍA: Indeterminada.
JUEZ DE LA CAUSA: AB. DAVID ERAZO FLORES DE VALGAZ, JUEZ SEXTO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS.
Guayaquil, 12 de junio del 2012
SECRETARIA
UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA No. 1 CANTÓN GUAYAQUIL
Jul. 9-20, Ago. 2 (96352)