Resumen de los términos para la estricta separación legal de

Hacia la transformación
de la CFE
Resumen de los términos para la
estricta separación legal de la CFE
13 de enero de 2016
Índice
Contextualización ................................................................................. 4
¿Cómo se separará la actividad de generación? .................................. 5
¿Cómo será la separación de la CFE en transmisión y
distribución? ........................................................................................ 6
¿Cómo será la separación en las actividades de suministro y
comercialización? ................................................................................. 7
¿Cuál será la estructura administrativa de las nuevas
empresas? ............................................................................................. 8
¿Cuál es la hoja de ruta? ...................................................................... 9
Experiencia de PwC en el sector eléctrico ......................................... 10
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Contextualización
En el artículo 10 de la Ley de la CFE, respaldado por el artículo 8 de la Ley de la Industria
Eléctrica (LIE), se establece que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) realizará las
actividades de Generación, Transmisión, Distribución, Comercialización, Suministro
Básico, Suministro Calificado, Suministro de Último Recurso, la Proveeduría de Insumos
Primarios para la industria eléctrica, así como las actividades auxiliares y conexas de la
misma, de manera estrictamente independiente entre ellas.
La CFE deberá establecer la separación contable, funcional y estructural que se requiera
entre sus divisiones, regiones, Empresas Productivas Subsidiarias (EPS) y Empresas
Filiales (EF) de acuerdo con la LIE y en términos de la estricta separación legal que
establezca la Secretaría de Energía (Sener), la normatividad de competencia económica y
la regulación que establezca la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Dicha separación deberá ser llevada a cabo conforme a los siguientes elementos clave:
Las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización dentro de la CFE observarán una estricta separación
vertical, que deberá ser legal.
La generación deberá observar una separación legal, desde el punto de
vista horizontal, en un número tal de unidades de negocio diferentes que
fomente la operación eficiente del sector y se sujete a criterios de
competencia y libre concurrencia en el mismo.
La distribución deberá observar una separación horizontal por
regiones, que podrá ser contable, operativa y funcional o legal, de manera
tal que permita fomentar la operación eficiente del sector y contar con
información para realizar análisis comparativos de desempeño y
eficiencia en las operaciones.
En lo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 11 de enero de 2016 se
profundiza en la estructura y separación que la CFE deberá desarrollar en los próximos
meses, y que tendrá un impacto importante en la competitividad y dinamismo del sector
eléctrico en los próximos años.
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¿Cómo se separará la actividad
de generación?
En la actividad de Generación, la CFE deberá actuar a través de subsidiarias y filiales u
otros modelos de asociación permitidos por la Ley de la CFE1. Las nuevas centrales de
generación que no sean asignadas a subsidiarias por parte de la Sener, serán parte de
empresas filiales o de empresas en las que la CFE participe de manera minoritaria.
Estas nuevas empresas únicamente podrán representar en el Mercado Eléctrico
Mayorista (MEM) a las centrales eléctricas que tengan a su cargo y no podrán
coordinarse entre estas para definir estrategias. De la misma manera, salvo ciertos
casos2, no podrán compartir información relacionada con la planeación, operación,
mantenimiento y estrategia comercial con otros generadores o comercializadores.
La actividad de generación
será llevada a cabo por
diferentes filiales y
subsidiarias. Deberán existir
al menos cuatro nuevas
empresas a las cuales se les
asignarán las centrales
eléctricas en propiedad de la
CFE, lo que fomentará la
competencia en el mercado.
Otras dos empresas
gestionarán los contratos de
PIE y autoabastecimiento.
Para fomentar la operación eficiente del sector eléctrico, la CFE deberá crear el número
de empresas de generación que defina la Sener en los acuerdos de asignación de activos
correspondientes, las cuales serán:
Una filial para la
gestión de los
Contratos de
Interconexión
Legados, (i.e.
Autoab.),
representándolos en
el MEM bajo la figura
de Generador de
Intermediación
Una subsidiaria o
filial que solo se
encargará de realizar
las actividades de
Generación que
amparan los contratos
de PIE y para
representarlas en el
MEM
Al menos cuatro subsidiarias o filiales
que se encargarán de realizar las demás
actividades de Generación a cargo de la
CFE, es decir serán las asignatarias de
las centrales propias. En el caso de
aquellas que se constituyan como filiales
podrán incluir nuevas plantas de
generación
El portafolio de Centrales Eléctricas para cada una de las empresas de Generación será
seleccionado por la Sener con el objeto de asegurar que cada una de estas empresas
pueda participar en el MEM sin detentar poder de mercado a nivel regional o nacional, y
tengan condiciones similares de sustentabilidad financiera y rentabilidad.
A través de este nuevo diseño, se incentiva la competitividad en el sector impulsando la
oferta de precios competitivos en el MEM, en donde será necesario incluir más de
30,000 MW de nueva capacidad de generación (~50% de la capacidad actual) en los
próximos 10 años.
1.
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Las empresas productivas subsidiarias son empresas productivas del Estado, con personalidad jurídica y
patrimonio propio. Son empresas filiales de la CFE aquellas en las que participe, directa o indirectamente,
en más del cincuenta por ciento de su capital social.
Cuando se realice en cumplimiento de los criterios para la transmisión de información privilegiada que
establezca la CRE en términos del artículo 10 de la LIE, o, la compartición de dicha información sea al
público en general y sin afectar la competencia, a través de un sitio en internet en el cual la información
divulgada esté disponible por un periodo de cuando menos tres años.
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¿Cómo será la separación de la CFE
en transmisión y distribución?
La prestación de los Servicios Públicos de Transmisión y Distribución de Energía
Eléctrica a cargo de la CFE se realizará por conducto de subsidiarias. Si bien, estas
empresas podrán asociarse o celebrar contratos con otras subsidiarias o filiales de la
CFE, así como con particulares para llevar a cabo el financiamiento, instalación,
operación, mantenimiento, gestión y ampliación de la infraestructura necesaria para
prestar los citados servicio.
Las actividades de
Transmisión y Distribución
continuarán siendo un
servicio público y por ende
llevadas a cabo por
subsidiarias. Si bien, el
sector privado podrá
asociarse con la CFE en la
expansión de las redes, lo
que impulsará su desarrollo
en los próximos años.
Las redes eléctricas de la CFE que operen con tensión ≥69kV formarán parte de la Red
Nacional de Transmisión y por ende serán parte de los activos de las subsidiarias de
Transmisión. Las redes con tensión <69kV serán parte de las Redes Generales de
Distribución, e incorporadas a las subsidiarias creadas para esta actividad.
Tanto en el caso de Transmisión como de Distribución, la CFE deberá contar con al
menos una subsidiaria encargada de prestar cada servicio. Asimismo, la Comisión podrá
participar en filiales para asociarse con el Estado, con sus propias subsidiarias u otros
transportistas y distribuidores.
Opción A
Opción B
CFE
Estado (SENER)
>50%
Subsidiarias de
Transmisión y
Distribución de
la CFE
Contrato o
Asociación
Subsidiarias de
Transmisión y
Distribución de
la CFE
Empresa
filial
<50%
Subsidiarias de
Transmisión y
Distribución de
la CFE
Contrato o
Asociación
Otros
Transportistas
Particular
En particular las subsidiarias de Distribución contarán con una Unidad de Negocio para
cada una de las 16 divisiones con las que actualmente cuenta la CFE.
2 Noroeste
3 Norte
1 Baja California
4 Golfo Norte
14 Valle de México Norte
15 Valle de México Centro
6 Bajío
5
16 Valle de México Sur
Golfo
Centro
13 Peninsular
7 Jalisco
10
8 Centro
Occidente
9 Centro Sur
Centro Oriente
11 Oriente
12 Sureste
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Al igual que en el caso de las empresas de generación, las empresas de la CFE que
realicen actividades de Transmisión y Distribución no podrán realizar actividades de
Generación, Comercialización o Proveeduría de Insumos Primarios.
Expansión esperada de la Red de Transmisión por nivel de tensión (2015-2029)
Esta nueva estructura será el vehículo
a través del cual se potenciará el
desarrollo de nuevas obras en la red de
transmisión (~24,600 km de líneas
para el periodo 2015-2029),
fomentando la convergencia de los
precios nodales.
De igual manera, para el caso de la Distribución, este esquema fomentará una mayor
participación privada en alianza con la CFE para alcanzar el objetivo de reducir las
pérdidas de energía en distribución en cerca del 30% en el corto plazo.
¿Cómo será la separación en las actividades
de suministro y comercialización?
Las actividades de Suministro Básico serán llevadas a cabo a través de una subsidiaria
creada para su efecto. Los bienes que se requieran para: facturar, cobrar y dar atención a
los Usuarios de Suministro Básico (y en su caso a los Usuarios Calificados cuando deba
prestar el Suministro de Último Recurso), formarán parte de dicha empresa.
Adicionalmente, la CFE podrá realizar actividades de Comercialización distintas al
Suministro Básico (i.e. Suministro a Usuarios Calificados) por conducto del número de
empresas que esta decida.
Separación legal de la CFE
Suministro Usuarios Calificados
Vertical
Suministro Básico
Serán llevadas a cabo a través de EPS
La CFE actuará a través de EF o de cualquier
modelo de asociación permitido por la Ley
de la CFE.
Horizontal
El Suministro Básico (i.e. a
hogares) será llevado a
cabo por subsidiarias de la
CFE. La Comisión podrá
crear nuevas empresas
para competir con el sector
privado en el mercado de
usuarios calificados, el cual
podría representar hasta
2/3 partes del consumo
total en el mediano plazo.
La CFE contará con al menos una empresa
encargada de prestar el Suministro a los
Usuarios
La CFE podrá realizar estas actividades a
través de las empresas que esta decida crear
La olas subsidiarias de Suministro Básico darán servicio a los cerca de 35 millones de
clientes residenciales, que suponen ~25% del consumo eléctrico nacional. Por su parte,
las empresas que la CFE cree para el Suministro de Usuarios Calificados, competirán
frente a empresas privadas por dar servicios a clientes industriales y comerciales (~4.5
millones de clientes), a medida que estos ingresen al mercado liberalizado (actualmente
limitado a aquellos con puntos de carga ≥2MW de demanda).
Las empresas de la CFE que realicen actividades de Suministro Básico y Suministro a
Usuarios Calificados no podrán realizar actividades de Generación, Transmisión,
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Distribución o Proveeduría de Insumos Primarios, así como las empresas que realicen
actividades de Suministro Básico no podrá realizar actividades de Suministro a Usuarios
Calificados y viceversa.
¿Cuál será la estructura administrativa
de las nuevas empresas?
Miembros del
Consejo de
Administración
La división legal de la CFE
deberá asegurar el
funcionamiento eficiente del
mercado. Esto será vigilado
por los consejos
administrativos y directores
generales de las nuevas
empresas. Los activos y
pasivos actuales de CFE
serán divididos entre las
empresas que resulten de la
división.
Las nuevas empresas de la CFE contarán con un Consejo de Administración. En el caso
de las subsidiarias, el consejo estará conformado por al menos cinco consejeros mientras
que las filiales tendrán la opción de tener un Consejo Administrativo con cinco
consejeros o un Administrador Único3. Los consejos estarán encargados de vigilar y
evaluar la operación de manera que no se incurra en actividades anticompetitivas,
aprobar estados financieros de la Empresa, entre otros.
Empresas Productivas
Subsidiarias
Director General de CFE
Empresas Filiales
Director General de CFE
Consejero del Gobierno Federal
Consejero del Gobierno Federal
Consejero Independiente
Consejero del Gobierno Federal
Consejero designado por el titular
de la SHCP
Consejero Independiente
Consejero designado por el titular
de la Sener
Consejero designado por el titular de la
Sener
Los consejeros independientes y del Gobierno Federal serán designados por el Consejo
Administrativo de la CFE. Adicionalmente, estas empresas contarán con un director
general, el cual será nombrado por la CFE y tendrá a su cargo la gestión y operación de la
empresa.
Estas empresas no estarán obligadas a contratar necesariamente los servicios que
prestan otras empresas o áreas de la CFE. Por esta razón, todas sus estrategias deberán
planearse sin tomar en cuenta el impacto en sus empresas “hermanas” tanto en
inversiones, contrataciones u otros actos4, lo que fomentará la competitividad.
Los recursos humanos de estas empresas no podrán ser compartidos y deberán contar
con espacios de trabajo separados. Los empleados actuales deberán dividirse según su
unidad de negocio y posteriormente por cada empresa. En el caso de jubilados y
pensionados, la CFE asignará este costo de manera proporcional a las subsidiarias,
filiales o la propia CFE, según la capacidad de producción de efectivo de cada una.
Los pasivos financieros deberán asignarse a las distintas empresas, según corresponda.
En el caso de que no puedan ser asignados, la CFE deberá dividirlos entre las
subsidiarias, filiales o la propia CFE para que estos se integren a sus finanzas. De forma
similar, los activos deberán dividirse con base en el tipo de negocio y en el caso de que
sean utilizados por más de una empresa, la CFE se encargará de los convenios para
garantizar una regulación eficiente.
3.
4.
PwC
Si se trata de filiales de Generación.
En materia de inversiones, préstamos o cualquier otro mecanismo financiero, cada Empresas de la CFE será
evaluada independientemente de igual manera que si estuviera por su cuenta en el mercado.
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¿Cuál es la hoja de ruta?
A partir de la publicación de estos términos, la CFE cuenta con plazos para dividirse
pensando en que la transición sea lo más eficiente posible.
2016 Ene
CFE Podrá realizar
Actividades
Independientes(5)
Feb
Por seis meses, la CFE podrá
incluso participar en el MEM,
firmar contratos y participar
en las subastas.
Trámites
Instalación de Consejos
Fecha límite para la
instalación formal de los
consejos de las empresas de la
CFE.
Periodo en que la CFE
podrá tramitar y
obtener permisos para
realizar Actividades
Independientes
Red Nacional de
Transmisión
Fecha límite para la
redistribución de los activos de
transmisión.
Hacer un inventario de los
contratos y demás actos
jurídicos que hayan celebrado
con terceros.
Se publica en el DOF los términos para
la separación legal de la CFE.
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Identificar Contratos
Términos de Separación
Nov
Dic
2017 Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Distribución de activos de T&D
Activos de Distribución que estén en
alguna división de Transmición,
deberá pasar a la EPS de
Transmisión y viceversa.
Creación Empresas de la
CFE
Fecha límite para crear las
empresas encargadas de las
Actividades Independientes.
Participación
Coordinada de la
CFE y sus empresas
Transcurridos seis meses
de la operación del MEM,
las empresas de la CFE
deberán operar con
personal propio e
independiente.
Participación Coordinada
de la CFE y sus empresas
Transcurridos 12 meses de la
operación del MEM, las empresas
de la CFE deberán operar sin
compartir espacio físico ni sistemas.
Identificación de
Derechos
Dentro de este periodo la
CFE deberá asignar todos sus
derechos intelectuales,
garantías, licencias, etc. que
deba distribuir.
5 Actividades
Independientes: Generación, Transmisión, Distribución, Suministro Básico, Comercialización distinta al
PwC
jjjSuministro Básico y la Proveeduría de Insumos Primarios a cargo de la CFE;
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Experiencia de PwC en el sector eléctrico
PwC México es la firma líder de asesoría en el sector eléctrico, que conjuga
experiencia probada en el desarrollo de estrategias, regulación, financiamiento e
impuestos.
Elaboración de estrategias de inversión en el sector eléctrico en las
diferentes cadenas de valor de la industria, desde la generación hasta la
comercialización.
Apoyo al sector público y a asociaciones sectoriales en planes de impulso
a las energías renovables.
Definición de estrategias de participación en las subastas
de largo plazo.
Análisis regulatorios sobre las implicaciones de las Reglas de Mercado,
Manuales y otros documentos sobre activos en operación y en desarrollo.
Proyección de precios de la energía eléctrica en los diferentes mercados
(mercado diario, tarifas reguladas…).
Estructuración de asociaciones para el desarrollo de proyectos en
generación, transmisión y distribución.
Elaboración y revisión de modelos financieros de proyectos de
generación.
Asesoramiento en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de
optimización tributaria.
Asesoramiento en los proceso de suministro eléctrico para clientes
industriales y comerciales.
PwC
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Contactos
Francisco Ibáñez
Socio Líder consultoría Infraestructura & Energía
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+52 (55) 5263 6085
Germán Ganado
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Irene Hernández
Socia, Proyectos de Capital e Infraestructura & Energía
de Impuestos Corporativos
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Rossana Reynoso
Director Sector Gobierno
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Eduardo Reyes
Director Estrategia Infraestructura & Energía
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MPC: 20160118-ms-transformacion-legal-CFE
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