propuestas para un pacto social por la educación - Asociación de

PROPUESTAS PARA UN PACTO
SOCIAL POR LA EDUCACIÓN
XX CONGRESO NACIONAL DE CONCAPA
RESOLUCIÓN GENERAL
ALICANTE, 16 A 19 DE OCTUBRE DE 2014
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR
LA EDUCACIÓN
INTRODUCCIÓN
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN |
Con la promulgación de la Constitución de 1978 la educación se constituyó
como un derecho fundamental de los españoles. Su artículo 27 reconoce el derecho
de todos los españoles a la educación, garantizando que será obligatoria y gratuita
en sus niveles básicos, entre otras cosas. Sin embargo, el pacto constitucional que
permitió cerrar el texto del artículo 27 de la Constitución Española, fue el primero y el
último que ha visto nuestra sociedad en esta materia. Desde entonces, el sistema
educativo español ha sido objeto de continuas reformas que han impedido no solo la
estabilidad estructural, también la concreción de un modelo permanente que diera
respuesta adecuada a las necesidades de nuestros alumnos.
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Los cambios de gobierno producidos en España desde aquel año 1978 han
traído consigo –prácticamente todos ellos- una modificación del sistema educativo,
viera ésta la luz o no, como la impulsada por el Ministro Otero Novas en los
gobiernos de la UCD. Esta continua alteración del modelo educativo de nuestro país
no ha sido siempre consecuencia del cambio de color del gobierno, de la alternancia
política consustancial al sistema democrático. En no pocas ocasiones se ha
producido por el simple cambio de responsable político, por una modificación en la
composición de un gobierno. Se ha transmitido a la sociedad, pues, el mensaje de
que la educación es el ámbito principal de la lucha política, el terreno de juego de la
confrontación partidista, lo que nos ha llevado a perder su concepción de derecho
fundamental de las personas y de elemento esencial para la construcción de un
futuro como sociedad y como Estado.
De tal forma ha ido calando esta situación que, como señalamos al principio,
nunca más ha sido posible un mínimo consenso en materia educativa entre las
fuerzas políticas españolas. Como los arrieros del refrán, unos y otros han venido
esperándose, por turno, para impedir cualquier impulso que hiciera vislumbrar
siquiera la remota posibilidad de algún acuerdo educativo. Y a la par, la propia
sociedad, comenzando por las organizaciones que representamos a sectores
sociales comprometidos con la educación y la enseñanza, nos hemos dejado
contagiar y hemos permitido que algo esencial para el desarrollo personal y social,
como es el sistema educativo, haya quedado en manos de los políticos. Alineados o
no con las tesis de los distintos partidos políticos, más o menos comprometidos con
las propuestas de uno u otros, no hemos sido capaces tampoco de establecer un
proceso de colaboración que nos llevara a fijar, al menos, unos requisitos mínimos
comunes para configurar el sistema educativo y poder exigirles a los responsables
políticos su implantación. No que lo lideren, sino que lo ejecuten.
En el proceso que tanto hemos echado en falta, hemos de considerar también
que las organizaciones que representamos a los padres de alumnos no hemos sido
los menos activos. De hecho, en la última ocasión que se planteó tal posibilidad, las
principales organizaciones de este sector social fuimos las últimas en renunciar a su
consecución. Tal vez, porque a diferencia de otras organizaciones no tenemos más
intereses que la mejor educación posible para nuestros hijos, sin pretender otros
logros de carácter empresarial, laboral o político, que parecen encontrarse en el
núcleo existencial mismo de otros colectivos que habrían de participar del proceso.
Ciertamente, el momento social, económico y político no parece el mejor. La
crisis económica que vivimos está condicionando de forma exagerada la acción
política de todas las Administraciones, no solo en nuestro país. El déficit económico
y presupuestario probablemente no permitirá contar con los recursos mínimos
necesarios para impulsar estas acciones. Las propias organizaciones que nos
representan están sufriendo una situación muy difícil, resistiendo de manera casi
heroica la falta de apoyo –a pesar de imponerlo tanto las leyes educativas como las
que regulan el derecho de asociación- y sobreviviendo a duras penas, como para
afrontar un reto de tal magnitud, al que deben dedicarse esfuerzos que no están al
alcance de quienes desempeñan esta actividad de forma verdaderamente altruista,
pues no existen beneficios inmediatos, directos y personales como los que sí animan
a otras entidades representantes de otros sectores sociales. En esta línea no es
menos cierto que tampoco la situación política ayuda. Perdidos en confrontaciones
partidistas o localistas, nuestros representantes políticos olvidan su deber de servir a
la sociedad con demasiada facilidad. Ello está provocando, por otra parte, la
aparición de nuevas formaciones políticas que bajo una bien estudiada apariencia de
regeneración están sirviendo de cauce de entrada de planteamientos colectivistas,
que constituyen un verdadero peligro para la integridad y la consideración de la
persona y que, consecuentemente, antes pronto que tarde atacarán con ahínco el
sistema educativo para forzar un cambio destinado a impulsar un modelo nuevo que
contribuya a construir la sociedad a la que aspiran, absolutamente alejada de los
valores que hasta hoy nos son comunes y, sobre todo, de los que inspiran a una
organización de marcado carácter católico como la nuestra. Lo que hace más
urgente, si cabe, la construcción de un pacto social por la educación, más allá de las
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En todo caso, está por explorar la vía que se abre a partir de la consideración
que se desprende del párrafo precedente. Que cualquier intento de acuerdo, pacto o
consenso nazca entre aquellos que no presentan más interés colectivo que la
mejora del sistema educativo y, con él, del proceso de enseñanza y aprendizaje que
han de seguir nuestros hijos. A partir de aquí no existe razón alguna para limitar las
incorporaciones al acuerdo. Pero habrá unas condiciones mínimas innegociables
para aquellos que no sean los impulsores y a las que habrán de adherirse, lo cual no
significa que no puedan incorporarse al consenso pretensiones que resulten de sus
propios intereses sectoriales.
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dificultades que nos encontramos y aún nos encontraremos, pues ha de servir
también de barrera frente a una concepción de la sociedad que únicamente trae la
destrucción de la persona, material y espiritual.
ELEMENTOS BÁSICOS PARA EL PACTO
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN |
La necesidad de un pacto social y político por la educación es un elemento
común a todos cuantos participamos del sistema educativo, a cuantas entidades y
organizaciones representan los derechos e intereses de los diversos sectores
sociales implicados. Al menos, en la expresión pública de sus objetivos y de sus
reivindicaciones. Porque en el momento en que surge con mayor fuerza esta
demanda, en el instante en que se manifiesta su oportunidad con mayor presencia,
no faltan quienes se posicionan en contra del mismo si no se procede a suprimir
alguno de los factores esenciales que conforman nuestro actual sistema educativo.
A nadie medianamente avisado se le escapa como al plantearse cualquier intento de
acuerdo social, determinadas organizaciones expresan su oposición –antes incluso
de cualquier intento de discusión o negociación- si no se garantiza alguna de sus
demandas, por ejemplo, la eliminación de los conciertos educativos. Algo que,
evidentemente, imposibilita la consecución de cualquier pacto, pues existen
cuestiones que son indiscutibles.
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En este mismo sentido, debemos considerar que habrá algún elemento de
relevancia para otras organizaciones de nuestro mismo sector social, para otras
organizaciones de sectores sociales distintos de los padres de alumnos, que
nosotros habremos de respetar incluso cuando sean opuestos a determinados
valores o principios que asumimos. Tendremos que realizar una tarea previa para
discernir cuáles serán las verdaderas líneas rojas infranqueables y en qué
cuestiones, por más que inicialmente nos opongamos a ellas, podremos adoptar una
mayor flexibilidad y ceder en bien del acuerdo.
Consecuentemente debería fijarse, como punto de partida y como marco
general de cualquier posible pacto o acuerdo, el artículo 27 de la Constitución. El
consenso alcanzado en el periodo constitucional ha de conformar, pues, el territorio
de construcción de un amplio acuerdo. No se trata de dinamitar lo que fue aceptado
por el conjunto de los españoles como marco general del sistema educativo, sino de
establecer un desarrollo al margen de la imposición de las mayorías políticas, como
hasta ahora hemos vivido, de construir una estructura para el sistema educativo con
vocación de permanencia más allá del voluntarismo partidista de cada una de las
reformas que hemos venido soportando. A este fin, por tanto, el marco en que debe
desenvolverse un posible pacto deberá estar delimitado por los preceptos
contenidos en el mencionado artículo de la Carta Magna que se citan a continuación
y entendidos en la forma que asimismo se expresa, lo que guía ya nuestras
prioridades:
1. Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce la libertad de
enseñanza: Nadie puede quedar al margen del sistema educativo,
cualquiera que sea su edad o el resto de circunstancias personales o
sociales. El sistema educativo tiene que estar abierto para el acceso de
todos los españoles en cualquier momento de su vida, por razones de
índole personal, social, laboral, económica o de cualquier otra causa,
incluyendo el simple deseo de ampliar su formación y de adquirir
conocimientos. Y que lo haga en el centro docente de su elección, toda vez
que la libertad, como se contempla en el resto de apartados citados, debe
ser la piedra angular de todo el sistema.
3, Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para
que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo
con sus propias convicciones: No se puede imponer a nadie una formación
moral o religiosa contraria a sus creencias, o a las de sus padres en el caso
de los menores sujetos a la patria potestad de sus mayores. Pero tampoco
resulta admisible que se impida al resto adquirir la formación religiosa y
moral que desean. Es más, quienes no deseen tener ninguna están en su
derecho, y no deben ser obligados a ello, por más que estén poniendo
límites a su desarrollo personal y vayan a sufrir una carencia importante.
En este sentido, resulta esencial encontrar una fórmula que, sin imponer
nada a nadie, garantice que esta formación es posible y lo es en
condiciones de igualdad con el resto de la formación que se adquiere en el
sistema educativo.
4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita: Indudablemente, ha de
haber una formación, una enseñanza mínima que todos deben adquirir. Lo
que no significa que todos lo hayan de hacer por el mismo camino, en
iguales periodos y con idénticos conocimientos. El sistema debe contar con
la necesaria flexibilidad para permitir que cada uno alcance los
aprendizajes que estén de acuerdo con sus necesidades y con sus
intereses de la forma más adecuada para sí mismo. Por tanto, deberá
incorporarse a este concepto la educación infantil y el bachillerato o una
formación profesional específica de un nivel equivalente.
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2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad
humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los
derechos y libertades fundamentales: Si el objetivo general de cualquier
sistema educativo, y por supuesto del nuestro, ha de ser el desarrollo de
las personas, no pueden ser los responsables políticos quienes decidan
qué se necesita y qué no se necesita para su configuración. Para lograr un
auténtico desarrollo personal, la sociedad demanda una formación integral,
que contemple todos los aspectos de la vida humana, a cada uno conforme
a sus propias convicciones, incluso a la falta de ellas, siempre que se actúe
bajo los principios que permiten la convivencia en el seno de una sociedad
democrática.
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5, Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación
mediante una programación general de la enseñanza, con participación
efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
La programación general no puede estar en manos exclusivamente de los
poderes públicos, ni ser instrumento para coartar la libertad; al contrario,
debe servir para garantizar que todos puedan acceder a la formación que
desean y en el centro escolar de su elección. A este fin, los poderes
públicos no podrán establecer elementos que distorsionen el sistema, sea a
través de la creación de centros en base a criterios políticos o mediante
mapas escolares forzados y de tinte claramente dirigista, por poner algunos
ejemplos que son ya sobradamente conocidos. Debe ser la sociedad, a
través de sus organizaciones representativas la que fije los criterios de
actuación, por otra parte ya definidos por estos mismos preceptos
constitucionales, limitándose los gestores a llevar a cabo estos planes.
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6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de
centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales: Para
que este precepto adquiera toda su capacidad, deberían crearse
mecanismos que permitieran apoyar económicamente la construcción y
puesta en funcionamiento de todo centro docente que se instale, al menos
en zonas geográficas de baja oferta educativa, bien con medidas
financieras bien con medidas urbanísticas, no solo limitándose a una
autorización administrativa que, por sí misma, no garantiza la supervivencia
del centro en cuestión. En cualquier caso, como no puede ser de otra
forma, estos centros deberán respetar los principios que rigen nuestra
convivencia social, siendo éste el único requisito exigible para su apertura y
puesta en funcionamiento.
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7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el
control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con
fondos públicos, en los términos que la ley establezca: Es evidente que el
profesorado es el personal al que se ha otorgado una capacitación para
desarrollar los procesos de enseñanza y aprendizaje, los técnicos sin cuyo
concurso difícilmente se podría desplegar el sistema educativo hasta los
niveles que actualmente ha alcanzado y, por ello, han de participar de
pleno en el sistema. Por su parte, los padres, como primeros responsables
de la educación de sus hijos, como máximos interesados en que ésta se
lleve a cabo de la mejor forma y con la mayor calidad posible, atendiendo a
su obligación de conocer qué se enseña, quién lo enseña y cómo lo
enseña, aunque solo sea por vigilar el trato que reciben sus hijos, han de
tener un peso importante en todas las decisiones importantes en la gestión
de los centros docentes. No se trata de que se conviertan en directores
pedagógicos de las escuelas, ni siquiera administradores ejecutivos, ni en
que rehagan los programas escolares que se desarrollan en el aula, pero sí
de que su participación sea algo más que testimonial y cuente con la
influencia necesaria en la adopción final de las decisiones más relevantes.
Entre la simple presencia figurativa y el poder de decisión hay un amplio
abanico de posibilidades para establecer un régimen de participación que
garantice los derechos de todos.
9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los
requisitos que la ley establezca: Este precepto precisa de una
interpretación amplia. Tanto en lo que se pretende integrar en él como en el
concepto de “ayuda”. Una ayuda que no ha de ser exclusivamente
financiera, que no deberá distinguir los centros en función de su titularidad,
sino de acuerdo con el servicio que prestan a la sociedad, con sus
necesidades materiales o demográficas, con circunstancias excepcionales
que inciden puntualmente en los procesos educativos, etc. Este apartado
no podemos entenderlo referido exclusivamente a la concesión de
subvenciones, a la firma de convenios o conciertos para financiar la
enseñanza obligatoria y gratuita, sino como un mandato para garantizar
que todos los centros contarán con los recursos necesarios para desarrollar
convenientemente su labor, sean de quien sean, estén donde estén. Sin
olvidar que estas ayudas no están encaminadas a la supervivencia del
centro, sino a garantizar el derecho a la educación de los ciudadanos.
Además de estas cuestiones contempladas en el artículo 27 de la Constitución,
hay otro aspecto que también debería incorporarse a un posible acuerdo general.
Deberá contemplarse algún mecanismo que permita velar por la contención en la
producción legislativa, limitando el continuo y cambiante torrente de normas legales
que tanto influye en que no se dote de la necesaria y tantas veces reclamada
estabilidad. No solo en el sentido del cambio permanente de estructura, materias o
aspectos generales, sino incluso y muy especialmente en el contenido del currículum
específico de cada asignatura. Los cambios tienen que ser escasos, pues deberán
obedecer únicamente a cambios habidos previamente en el conocimiento técnico o
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8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo
para garantizar el cumplimiento de las leyes: Pero no solo para garantizar
el cumplimiento de las leyes. La homologación supone que la enseñanza
cuente con unos contenidos básicos comunes para todos los españoles,
por lo que cualquier intento de desarrollar un modelo al margen del
generalmente establecido, debe tener una respuesta inmediata de los
poderes públicos, incluso frente a otros poderes públicos. A diferencia de lo
que ocurre hoy, la Alta Inspección del Estado debe ser un órgano con
capacidad para efectuar el control y la vigilancia de cómo las demás
administraciones llevan a cabo sus tareas, para actuar en caso de que
haya una desviación flagrante con respecto al modelo general, y no
mantenerse como hasta ahora lejos de cualquier clase de conflicto por el
único motivo –no pocas veces reconocido- de que los partidos políticos son
como los arrieros y habrán de encontrarse en el camino, es decir, un hoy
por ti mañana por mí.
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científico, a nuevos modelos teóricos o a planteamientos intelectuales nacientes que,
en todo caso, habrán de contar con una amplia aceptación de la comunidad
científica internacional dentro del correspondiente campo del saber humano.
RECONSIDERACIÓN DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA
a) Organización del sistema.
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Habida cuenta de la afectación que para la organización y la estructura del
sistema educativo conlleva la permanente confrontación política y los cambios
legislativos siempre interesados, de carácter partidista y, en no pocas ocasiones,
sectarios, sería conveniente considerar la posibilidad de acordar una estructura
básica que no sea objeto de modificaciones. Una estructura que debería contemplar
la amplísima demanda social –eso sí, mayormente inclinada a un tercer curso del
bachillerato- de incorporar un año más, extendiendo la educación obligatoria entre
los 3 y los 18 años.
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No obstante, dada la diversidad de enfoques, el año adicional se podría
incrustar entre la finalización de la actual educación secundaria obligatoria y el
bachillerato –lo que satisface la demanda de más de una perspectiva-, con un
carácter flexible que permita fijar sus contenidos en función de la orientación futura
de los estudiantes. Es decir, que este curso adicional debería servir tanto para
preparar el acceso al bachillerato como a la formación profesional. Incluso, cabría la
posibilidad de considerar la configuración de dos bachilleratos. Un bachillerato
universitario o académico, enfocado a la continuidad de los estudios superiores, y un
bachillerato profesional, con vistas al acceso a una renovada y prestigiada formación
profesional. En este sentido, cabe señalar que la estructura propuesta ya avanza en
este sentido de prestigiar la formación profesional, al dotar de una denominación
compartida a la titulación que se obtiene a la finalización de esta etapa.
No sería tampoco un perjuicio para el acuerdo la posibilidad de reconsiderar la
denominación de las distintas etapas educativa. No obstante, se puede apostar por
mantener las actuales, con la única diferencia de eliminar el término “obligatoria” en
la denominación de la educación secundaria.
b) Contenidos.
Teniendo en cuenta que demasiadas veces se producen confrontaciones por la
mera denominación de las materias que se estudian, y no digamos ya por sus
contenidos, no resulta descabellado crear unos bloques de formación –Lingüístico,
Científico, Ético-Moral, Artístico, Tecnológico, Deportivo…, dicho sea a modo de
simple sugerencia-, cada uno de ellos dividió en materias específicas (a título de
ejemplo: el bloque Científico contendría materias como Matemáticas, Física,
Química,, Biología, Geología…). En todo caso, se impone fortalecer los contenidos
básicos de la educación primaria, reforzar las conocidas como asignaturas troncales
y eliminar del currículo los contenidos innecesarios o accesorios que se han venido
acumulando a lo largo de las últimas décadas. La educación vial, la educación para
la salud, etc. son claramente contenido propio de actividades extraescolares, que
contribuyen a formar a las personas y evitan la picaresca de reforzar los contenidos
escolares fuera del tiempo dedicado a ello.
Respecto de las competencias de las distintas administraciones que
intervienen, conviene precisar un factor esencial, que además compartimos con la
otra gran organización nacional representativa de los padres. Esto es, el sistema
debe estructurarse de forma que la Administración del Estado asuma un papel
vertebrador y de cohesión social en el marco del sistema educativo, siempre que su
desarrollo suponga la igualdad de derechos en todo el territorio nacional. Pues
resulta requisito imprescindible que el resto de las administraciones, y
principalmente las de las Comunidades Autónomas asuman ese marco legal
diseñado por el Estado.
Específicamente, en la formación de carácter profesional, hay que establecer
mecanismos que permitan desarrollar y potenciar desde ahora mismo un sistema de
formación profesional planificado de conformidad con las previsiones en la evolución
del mercado de trabajo, facilitado el acceso a grados superiores y a la misma
universidad. O sea, deberá acabarse con la extendida práctica de implantar ciclos en
función de intereses sociales, particulares o coyunturales, individuales o colectivos, y
especialmente electorales, decidiendo su puesta en marcha por una auténtica
necesidad, urgente o futura, de satisfacer las demandas del mercado laboral,
contribuyendo a ofrecer una salida digna a los estudiantes. Esta actuación tiene que
contribuir igualmente a que, por fin, nuestro país cuente con una formación de
carácter profesional valorada por la sociedad.
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En la distribución competencial –asunto primordial en un Estado
descentralizado- correspondería a la Administración General del Estado la fijación de
los contenidos de cada bloque por materias específicas en cada una de las etapas,
así como el montante horario total de la etapa para cada bloque. Las Comunidades
Autónomas decidirían sobre la distribución a lo largo de los diferentes cursos
escolares de las materias específicas, siempre sobre la base de que haya al menos
dos materias (o el número de ellas que se estime apropiado) de cada uno de los
bloques en cada curso escolar, y sobre el horario semanal de las mismas, teniendo
en cuenta que deberá dejar un mínimo de dos horas semanales libres, a fin de que
los centros, en uso de su autonomía –que deberá garantizarse-, complementen la
formación de sus alumnos. Un complemento que podría ir encaminado en alguna de
estas direcciones: a la incorporación de materias no previstas o no agregadas por la
autoridad autonómica o hacia la ampliación de contenidos de las que hubieran sido
fijadas por los poderes públicos competentes, lo que facilita la fijación de un tipo de
actividades extraescolares como las anteriormente señaladas, pues hace
innecesario recurrir a este espacio para reforzar determinadas materias.
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c) Financiación del sistema.
La educación debería contar con un modelo de financiación regulado y
permanente, a ser posible mediante la elaboración y promulgación de una ley de
financiación, que contemple incluso la posibilidad de establecer un mínimo de gasto
público en porcentaje sobre el Producto Interior Bruto (PIB). Ello permitiría dar
estabilidad, pero sobre todo establecer una fórmula de cálculo y, en caso de
proceder de la traslación de un pacto o acuerdo de amplia base social, consagrar
unos principios de distribución presupuestaria equitativa, eficaz, eficiente y que
atienda a las necesidades de los alumnos y de los centros educativos, no a los
intereses de los grupos políticos con responsabilidades de gobierno ni a sus
planteamientos electorales.
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Este modelo de financiación debe incluir una fórmula adecuada para atender el
derecho de las familias a decidir sobre la educación de sus hijos, comenzando por la
elección del centro en que hayan de escolarizarse. Porque no hay que olvidar –como
ya apuntamos con anterioridad en este mismo documento- que no se trata de
aportar fondos públicos a los centros educativos para su sostenimiento, que no está
en juego su financiación o su supervivencia, por más que sea una circunstancia
colateral que se ve afectada por el modelo elegido. Lo que procede y lo que el
modelo de financiación ha de buscar no es otra cosa que garantizar esos derechos
de los ciudadanos que, como antes decíamos, están recogidos en la Constitución y
han de ser la base de cualquier acuerdo.
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Asimismo, en la financiación del sistema deberán incluirse las becas y ayudas
al estudio, así como los denominados servicios escolares, servicios que
indefectiblemente van unidos a la prestación del servicio educativo, a la
escolarización misma, pero que no atienden a las necesidades de los alumnos, a las
circunstancias socio-económicas de sus familias, a las carencias que puedan
presentar para acceder a unas mínimas condiciones o al derecho de elegir el centro
para sus hijos. Responden únicamente a la titularidad del centro en que se
escolarizan, siendo claramente insolidarias y no satisfaciendo de verdad las
necesidades que supuestamente se pretende solventar. Es irrenunciable ya el
reconocimiento del derecho que asiste a todos los alumnos de acceder a estas
prestaciones en condiciones de igualdad, sin más limitaciones que su capacidad
económica para hacer frente al coste de los servicios, sin tener que renunciar para
ello a su derecho de elegir libremente el tipo de educación que desea y el centro
escolar en que recibirla.
Y aparejado al modelo de financiación del sistema educativo, un régimen de
rendición de cuentas, que permita comprobar la forma en que se gasta el dinero
público –no sólo en los centros públicos- y facilitar elementos de análisis para
posteriores repartos presupuestarios.
Pero ha de tratarse de un sistema de rendición de cuentas –digámoslo aquí yaque no se circunscriba exclusivamente a las aportaciones presupuestarias y al gasto
económico, sino que deberá poner éste en relación con los resultados académicos
logrados con respecto a la configuración inicial de la población escolarizada en cada
centro docente. Es decir, que debe considerar no sólo las aportaciones financieras y
los recursos obtenidos con ella para alcanzar los resultados logrados, sino que
también deberá tener en cuenta el tipo de población escolarizada, la situación
geográfica del centro y cuantas características puedan suponer un obstáculo o una
ayuda para desarrollar los programas escolares, en definitiva un sistema de
bonus/malus que corrija los resultados finales para hacerlos más equitativos.
LA ATENCIÓN DE NECESIDADES ESPECÍFICAS
a) Atención a alumnos con necesidades educativas específicas.
Para que sea posible cualquier pacto educativo deben articularse programas
especiales con las oportunas dotaciones de personal especializado y medios
materiales en todos los centros en función de sus necesidades concretas. La mera
dispersión entre los centros escolares de estos alumnos, mediante la imposición de
cuotas o porcentajes de alumnos con necesidades educativas especiales
escolarizados se ha demostrado totalmente ineficiente e ineficaz y, además,
absolutamente conculcadora del derecho de libre elección de centro que asiste
también a las familias de estos alumnos. Constituye en sí misma una discriminación
absoluta por razón de circunstancias personales, al decidir los poderes públicos
sobre su escolarización basándose en unas concretas características que les llevan
a limitar el derecho que les asiste.
Aunque en esta materia ha habido importantísimos avances que no es posible
negar, existen lagunas que están aflorando con una frecuencia que se incrementa
año a año de manera elevada, lagunas a las que no se les está prestando la debida
atención. En particular, se viene detectando una presencia cada vez mayor –véanse
los estudios al respecto del Instituto de Salud Carlos III- de alumnos que presentan
problemáticas relacionadas con los Trastornos de Espectro Autista (TEA), algunos
de los cuales exteriorizan grandes dificultades de detección que están induciendo
unas deficiencias muy importantes en la actuación de los Equipos de Atención
Psicopedagógica, principalmente por falta de formación de sus miembros con
respecto a estos trastornos y también de medios materiales. Consecuentemente, la
tardanza en la detección –que además suele deberse a la actuación de las familias
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En la actualidad, la atención de los alumnos que presentan necesidades
educativas específicas está guiada por criterios economicistas que están
contribuyendo a conculcar los derechos de estos alumnos y los de sus familias. Con
demasiada frecuencia, se está obligando al alumnado a deambular por el sistema
tras los recursos disponibles para su atención, cuando deberían ser los recursos,
tanto materiales como humanos, los que se fueran situando allá donde se encuentre
el alumno que precisa de atención específica.
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en servicios ajenos al sistema educativo e, incluso, a la sanidad oficial- está
provocando desde la ausencia total de tratamiento hasta la utilización de recursos
inadecuados, suponiendo un retraso, a veces irrecuperable, en el proceso de
enseñanza y aprendizaje a que están sometidos estos alumnos.
No obstante, hemos de señalar que la detección precoz de las necesidades
educativas de los alumnos es una urgencia general del modelo, y no sólo de
determinadas problemáticas. Es indispensable definir un sistema que permita su
detección temprana –a ser posible, ya en la educación infantil- para afrontar su
tratamiento con la debida celeridad.
b) Departamentos de Orientación.
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Los Departamentos de Orientación Escolar han de jugar un papel decisivo en
todos los centros educativos –sin distinción por titularidad- y en todas las etapas del
sistema. No pueden constreñir su actuación a la educación secundaria obligatoria,
por lo que resulta irrenunciable su generalización en las etapas precedentes, muy
especialmente en la educación primaria, sin por ello renunciar a la atención de las
necesidades que puedan presentarse con anterioridad.
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En su composición deben incorporarse nuevas figuras para la mejor atención
de los alumnos, al menos en todos los centros sostenidos con fondos públicos, que
contribuyan a que su labor tenga una mayor presencia en el sistema educativo y
permita una atención multidisciplinar de los alumnos. En este sentido, debe
instaurarse sin más demora la figura del Psicólogo Escolar, amplia y públicamente
demandada por las organizaciones nacionales que representan a las familias dentro
del ámbito de la educación. Definiendo para su introducción, si fuera preciso, un
modelo formativo propio en la enseñanza superior con la creación de un grado o un
máster universitario específico, según se considere más adecuado para los fines
perseguidos.
Como complemento a la orientación escolar, las tutorías deben verse
fortalecidas y asumir sus funciones no sólo en relación con los alumnos, sino
también con las familias –el entorno es fundamental en la formación-, por lo que
demandamos que, en la formación para el ejercicio de la tutoría, se atienda también
a la capacitación para el mantenimiento de unas adecuadas relaciones entre la
familia y la escuela. En este sentido, habrá que introducir una prevención para que la
atención a los padres de los alumnos permita conciliar la vida personal y laboral con
el seguimiento del proceso educativo de los hijos. Que deberá complementarse por
las administraciones con un compromiso para el establecimiento de un permiso
laboral por el tiempo indispensable para tal seguimiento.
La tutoría escolar exige, asimismo, que los centros docentes se doten de
sistemas de contacto permanente, fundamentalmente a través de gestores escolares
en internet. Los nuevos tiempos y el elevado desarrollo de las tecnologías de la
información y de la comunicación, en el que, como se ha dicho ya, se pretende que
los centros escolares sean centros de referencia, aconsejan, e incluso exigen la
implantación de nuevos métodos y sistemas de contacto y de comunicación
permanente entre la familia y la escuela.
MEDIDAS SOBRE EL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE
a) Personal docente.
El primer aspecto relacionado con el personal docente sobre el que debe
actuarse no es otro que el de la formación. Tanto la formación inicial como la
formación continua. La formación inicial debe garantizar que quienes accedan al
ejercicio profesional cuenten con herramientas pedagógicas suficientes, no solo con
conocimientos específicos de la materia o especialidad correspondiente. Éstos, sin
aquéllas no pueden ser valor suficiente para permitir el ejercicio de la docencia. En
estos tiempos es mucho más importante el “saber enseñar” que conocer el “qué
enseñar”, pues la información y los conocimientos son hoy accesibles de muchas
formas. Por tanto, consideramos muy apropiado y estamos totalmente a favor del
desarrollo de eso que se ha venido en llamar el MIR docente en el proceso de
formación inicial para los profesionales docentes. Todo ello complementado con una
buena formación continua, que permita una constante actualización y que debe ser
no solo fomentada, sino también valorada a la hora de establecer incentivos
económicos. Unos incentivos que también deberían estar vinculados a la
participación en actividades de innovación pedagógica.
Hay un aspecto que resulta imprescindible solucionar para que cualquier pacto
educativo pueda ser impulsado. La eliminación de las diferencias retributivas de los
profesionales de la escuela pública y de la escuela privada, cuya supresión está
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A nadie se le escapa que el papel del personal docente, del profesorado, es
fundamental en el buen funcionamiento del sistema. Su formación como
profesionales, como personal técnico encargado de impartir la educación, de llevar a
cabo el proceso de enseñanza y aprendizaje, es uno de los aspectos que deben
abordarse, partiendo de la idea de que, a diferencia de lo que ocurría antaño, en la
actualidad la dedicación a la enseñanza no siempre responde a un sentimiento
vocacional, sino que obedece, en no pocas ocasiones, al deseo de acceder a unas
condiciones profesionales de altísima estabilidad, sobre todo en el caso de la
escuela pública. Tanta que ejerce un tirón importante sobre los profesionales del
resto de centros educativos que suelen buscar, al menos durante los primeros años
de su ejercicio profesional, la forma de acceder a la función pública docente como
manera de asegurar la estabilidad que en las condiciones actuales –precisamente
por la ausencia de un modelo que garantice los derechos constitucionales y con
ellos la permanencia de los profesionales- no se encuentra, y no se puede encontrar,
en el resto de centros educativos.
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amparada por las leyes pero que nadie ha afrontado con decisión. Sin este requisito
resulta prácticamente imposible incorporar al acuerdo a casi todas las
organizaciones representativas del personal de los centros educativos de titularidad
privada y a algunas con presencia solo en la escuela pública.
En cualquier caso, el personal docente debería someterse a unos procesos de
evaluación estandarizados para todo el sistema educativo español, que deberán
permitir precisamente la detección de necesidades de formación, entre otras cosas.
a) Personal no docente.
La enorme variedad del resto de personal que ejerce labores de carácter
profesional en los centros educativos aconseja no entrar aquí en demasiadas
concreciones. A cada categoría profesional se le podrían aportar cuestiones propias
que podrían hacer interminable este documento. No obstante, entendemos que
existe una característica común a todos ellos que debe ser recordada y que no
podría olvidarse en caso de alcanzar el tan deseado pacto social. Y que no es otra
que la consideración de que su función, sea la que sea, tiene lugar en el ámbito de
un centro educativo, por lo que debería contar con formación suficiente para
desenvolverse en este ámbito. En definitiva, que sería exigible que todos ellos
tuvieran una formación mínima para relacionarse con menores.
En todo caso, al igual que dijimos para el personal docente, sería algo más que
conveniente la equiparación retributiva de los profesionales que trabajan en los
centros escolares.
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN |
PLANES ESPECIALES COMPLEMENTARIOS
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La situación de partida del sistema educativo, considerada en general y no
respecto de zonas geográficas o centros docentes concretos, aconseja considerar la
implantación de determinados planes de mejora que hagan hincapié en la
incorporación de herramientas y enseñanzas hasta ahora no suficientemente
consideradas o, cuando menos, no suficientemente incorporadas a los procesos de
enseñanza y aprendizaje.
En primer lugar, un Plan de Implantación de Nuevas Tecnologías. El sistema
educativo, y los centros escolares en concreto, deben estar a la vanguardia en la
incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. La
función correctora de las desigualdades sociales que se atribuye al sistema
educativo debe actuar también sobre la llamada “brecha digital” que afecta a los
alumnos tanto por sus circunstancias familiares como socio-económicas. Dentro de
este plan es necesario considerar tanto la dotación de equipos e instalaciones de los
propios centros como la utilización de herramientas tecnológicas por el profesorado
y los alumnos.
Una segunda cuestión que debería incluirse es un Plan de Formación en
Idiomas. Existe un amplio acuerdo sobre la necesidad de mejorar la formación de los
alumnos españoles en los idiomas extranjeros; las administraciones públicas vienen
actuando de manera especial en la creación de centros bilingües o trilingües, según
se cuente o no con idioma propio en el territorio en cuestión. Pero no se ha
contrastado aún el resultado de todas estas actuaciones, que desde muchos
sectores se valora como escaso. El amplio acuerdo que existe debe facilitar que se
incorpore este plan, que se desarrolle convenientemente y que se extienda a todos
los centros educativos del país. Y que permita lograr un auténtico bilingüismo, a la
par que certifique los conocimientos y destrezas adquiridos por los alumnos, toda
vez que en la actualidad no pueden acreditar sus conocimientos de manera oficial.
EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO
Más allá de la denominación que queramos darle, somos conscientes de que
existen puntos en los que debemos ceder a planteamientos ajenos, sobre todo
cuando no se trata de cuestiones fundamentales que inciden en los principios
esenciales e irrenunciables que aspiramos a que se recojan. Por tanto, sabiendo que
bastantes organizaciones y, muy particularmente, determinadas fuerzas políticas y
administraciones no pueden prescindir del concepto de servicio público educativo,
en el que engloban a los centros sostenidos con fondos públicos, pretendemos que,
al menos, se incluya en él una cuestión como la que a continuación se plantea
Una cuestión que no es otra que la escolarización, los baremos que están
destinaos a decidir sobre qué alumnos van a terminar dónde, siempre de acuerdo
con planteamientos políticos y con una gestión encaminada a limitar el ejercicio de
los derechos, en particular el de la libertad de elección. Con una trampa añadida
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN |
Y por último en este documento, no necesariamente para finiquitar la lista de
las actuaciones concretas, un Plan de Acción sobre el Abandono Escolar Temprano.
El abandono escolar, que conlleva el fracaso escolar, constituye posiblemente la
mayor lacra social de nuestro país. Es inaceptable que un tercio de la población no
alcance unos niveles de formación mínimos. En lo individual, limita las posibilidades
de desarrollo personal y supone un lastre en el acceso al mercado de trabajo. En lo
colectivo, merma considerablemente el valor de la sociedad a la que pertenecen los
individuos y reduce el peso y la consideración internacional del propio país. Por
tanto, debe actuarse muy especialmente sobre esta cuestión con planes específicos,
tanto a medio y largo como a corto plazo. El asunto es de tal relevancia que deben
conformarse actuaciones inmediatas y, al mismo tiempo, han de establecerse otras
acciones con mayor vista en el futuro.
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para los centros: si esta cuestión se la presentan –y casi siempre la aceptan- como
menor, pues al final probablemente contarán con un número de alumnos similar,
sino idéntico, en realidad condiciona el origen de esos alumnos, en el sentido de
igualar a quienes aceptan, asumen y defienden el ideario del centro, su carácter
propio y con él su proyecto educativo, con quienes simplemente se limitan a cumplir
la ley y respetar ese ideario. Esta situación lleva en su interior el germen de la
discordia y aun del conflicto, en el mismo momento en que un centro pretenda que el
ideario caracterice sus actividades y el proceso de enseñanza y aprendizaje. Por
eso, nos resulta incomprensible la aceptación –casi sumisión- de muchos centros a
los poderes públicos y su autolimitación a la hora de plasmar su ideario.
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN |
La escolarización resulta fundamental para las familias. No puede solventarse,
como pretendía el intento de pacto impulsado por el último gobierno socialista, con
tres propuestas mínimas. Una sobre la distribución equitativa del alumnado con
especiales dificultades de aprendizaje, inmigrante o procedente de minorías étnicas
o culturales; la segunda, un principio declarativo de favorecer la libertad de elección,
limitado por su supeditación a la programación general de la enseñanza por las
autoridades y administraciones; y tercero, que todos los centros sostenidos con
fondos públicos dispondrán de los programas específicos para atender a los
alumnos con necesidades educativas específicas. Y no puede ser, porque la libertad
de elección, para ser real, no puede estar limitada por decisiones políticas, porque
todos tienen derecho a esa libertad y no a que los escolaricen como cuota
obligatoria, y porque no se trata de facilitar programas, sino recursos y medios para
desarrollar esos programas en condiciones de igualdad.
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Desde nuestro punto de vista, es preciso abandonar un modelo de
escolarización que está condicionado por la zonificación, lo que convierte a los
centros en viva imagen de su entorno social y vecinal. La movilidad social que exige
el sistema educativo, en el sentido de propiciar la interrelación entre ciudadanos, de
cualquier condición social, económica o cultural, no puede alcanzarse por el
establecimiento de porcentajes de escolarización. Tampoco puede ser determinante
la renta familiar. A mayor renta, se supone que hay una mayor contribución, vía
impuestos, al sostenimiento de los servicios públicos, entre ellos el educativo. Si a
nadie se le exige su declaración de renta para decidir si se le permite acceder a la
sanidad pública o circular por una autopista, no es comprensible que sí se haga para
escolarizar a sus hijos.
El modelo de escolarización tiene que estar caracterizado por el ejercicio de la
libertad de elección que corresponde a los ciudadanos, en su caso a la capacidad
física del centro –sin olvidar que en Europa existen sistemas que amplían la gestión
de determinados centros sobre otros en función de resultados y de demanda socialsi éste no desea acceder a nuevos espacios de escolarización, y, por supuesto, a la
vinculación con el ideario, el carácter propio y el proyecto educativo del centro.
Evidentemente, como se ha dicho, y teniendo como han de tener los mismos
derechos todos los alumnos y todas las familias, cualquier centro debe poder
escolarizar a cualquier alumno, y cualquier alumnos debe poder escolarizarse en
cualquier centro, sin que les sea impuesto uno u otro. Esto conlleva que, de ser
necesario, por sus necesidades educativas, por su origen, por su incorporación
tardía al sistema o por la razón que fuere, disponga de los recursos que sean
necesarios para una adecuada atención y para garantizar su progresión educativa,
permitiendo así que se desarrollen los programas –también iguales- en cualquier
centro, y no que por muchos programas que se les hayan concedido estén
imposibilitados de desarrollarlos ante la ausencia de recursos para ello.
LA PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA EN LA EDUCACIÓN
Nadie tiene duda ya de que los padres son los primeros responsables de la
educación de sus hijos, algo que venimos reivindicando constantemente y que debe
mantenerse como un principio y un objetivo para nuestra organización. Esa
responsabilidad es un derecho natural que no puede ser sustituido por los poderes
públicos ni tampoco por las entidades escolares o sus profesionales. A estas alturas,
es más que evidente el fracaso de los regímenes totalitarios a la hora de conformar
la conciencia de los ciudadanos a través de la educación, gracias sobre todo a la
educación que proporcionan las familias. Es decir, únicamente si se cuenta con la
familia la labor educativa puede ser desarrollada adecuadamente.
La responsabilidad educativa de las familias no hunde sus raíces en su
imprescindible aportación para un resultado adecuado. Emana directamente de la
propia transmisión de la vida, lo que convierte a este derecho-deber en original y
primario respecto al deber educativo de los demás y, por lo tanto, como insustituible
e inalienable, no pudiendo ser totalmente delegado ni usurpado por otros. Lo cual
supone tanto como aseverar tres conclusiones fundamentales:
1. Nada más que en aquellos aspectos de la formación en los que la familia
no tiene posibilidad de desarrollar con plenitud su labor educativa resulta
legítima la intervención de terceros, y siempre por delegación de la familia.
2. Solo en cuanto la educación de los individuos contribuyen al bien común y
actúa como garante de los derechos de los ciudadanos, tiene el Estado el
deber de articular el sistema educativo, pero siempre en el respeto a los
derechos de los primeros y principales responsables de la educación, los
padres.
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN |
Para una organización que representa a las familias y que defiende sus
intereses y sus derechos en el ámbito educativo, la cuestión de la participación
social dentro del sistema educativo no es una cuestión menor. Bien al contrario, se
trata de un elemento nuclear, pues está en la razón de ser misma de nuestra propia
organización. En consecuencia, es necesario dedicar un apartado a ello y no como
una simple reflexión de escasa entidad.
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3. La verdadera eficacia del sistema educativo requiere como condición
necesaria –aunque no suficiente- la efectiva participación de las familias
que, en su ámbito, ni pueden ni deben ser suplidas por otros.
Por tanto, desde los principios que se desprenden de las tres conclusiones
anteriores, deberá abordarse el diseño de la participación social de las familias en el
ámbito educativo. Que debe, en primer lugar, ser un freno a la cada vez mayor y
más extensa injerencia de terceros, especialmente de los poderes públicos, y
segundo, configurar un modelo respetuoso con los valores esenciales que se
transmiten desde la familia, pues han de ser el bagaje que permita a nuestros hijos
armarse contra el relativismo moral.
La participación social de los representantes de las familias tiene que hacerse
bajo un modelo que tenga en cuenta las necesidades de quienes no reciben ninguna
compensación por el ejercicio de sus funciones y promueva su reconocimiento
social, asegurando la creación de un foro de consulta y debate propio entre las
organizaciones de padres y las administraciones educativas, al estilo de las que
vienen funcionando para el profesorado y su representación sindical. Este foro de
encuentro, que ya viene funcionando en algunas Comunidades Autónomas bajo la
denominación de Mesa de Padres, debe regularse en todos los ámbitos territoriales
por las respectivas administraciones.
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN |
En otro orden de cosas, la contribución que las familias prestan al mejor
funcionamiento de los centros sostenidos con fondos públicos reclama una especial
potenciación de la formación y de la financiación del movimiento asociativo de
padres. Y a estos efectos resulta imprescindible la creación de planes de formación,
a distancia y on-line.
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Reconocer el papel esencial que ejercen los padres en los órganos colegiados
de los centros sostenidos con fondos públicos y, en este sentido, dotarlos de mayor
capacidad de influencia en aquellos aspectos que resulten esenciales para la mejora
de la calidad educativa. Antes que nada, es preciso reformar la regulación legal de
los Consejos Escolares de centro, dotándolos de competencias que realmente
tengan una repercusión efectiva en la vida de los centros escolares. En los Consejos
Escolares territoriales es preciso revisar la representación de las familias haciendo
que sea adecuada a su condición de primeros responsables de la educación de sus
hijos y, por tanto, no situándola por debajo de la representación de ningún otro
sector social presente en ellos.
Finalmente, hay un aspecto en el que las organizaciones de padres pueden y
deben cooperar con las administraciones públicas coadyuvando a la integración
social de las familias inmigrantes. En este ámbito, es posible desarrollar planes de
integración familiar, complementarios a los que en las escuelas se destinan al
alumnado, y que permitan informar y formar a quienes se incorporan a nuestra
sociedad de las posibilidades que les ofrece el sistema y de sus derechos. Estos
programas o planes de integración familiar, elaborados con la colaboración de las
organizaciones de padres, serían implementados por éstas con el apoyo material de
las administraciones, tanto educativas como sociales. En todo caso, estas acciones
formativas no deberían desligarse de un planteamiento general en el que las
organizaciones, con el fomento y la colaboración de las administraciones educativas,
asuman un papel de entidades con vocación formativa, actuación que implicaría con
total seguridad una mayor participación de los padres y una mayor implicación no
solo en lo que afecte a sus propios hijos, también en la configuración del propio
sistema educativo.
ACLARACIÓN FINAL
Comisión de Consejeros Escolares del Estado
José Manuel Martínez Vega
Carmen Castells Miró
Miguel Ángel García Vera
PROPUESTAS PARA UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN |
Este documento responde a la necesidad de que nuestra organización tenga
definidos unos planteamientos generales y unos principios básicos ante una
eventual negociación para un pacto social por la educación. No trata tanto de
enumerar propuestas o condiciones para ese pacto, como recopilar cuestiones que
son más o menos esenciales en nuestro ideario y que debemos tener presentes a la
hora de concretar cualquier propuesta. Por esto como por el hecho de estar
destinado a su presentación y debate en un foro amplio como el Congreso Nacional
de CONCAPA, es un documento abierto y discutible, con vocación de ser moldeado
entre todos cuantos conformamos la organización e, inmediatamente después, ser
sometido a consideración –aunque no sea ya en un proceso de debate directo- de
las bases sociales de la organización e incluso de todos aquellos que quieran
colaborar en la definición de propuestas o planteamientos, en su sintetización para el
deseado y casi utópico pacto por la educación española.
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