Providencia Nro. SENAE-DDH-2015-0525-PV Huaquillas, 23 de marzo de 2015 DIRIGIDO A LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO E INSTITUCIONES PRIVADAS DE ASISTENCIA SOCIAL, BENEFICENCIA, EDUCACION, E INVESTIGACIÓN SIN FINES DE LUCRO, SE LES HACE CONOCER: El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, una vez que se han cumplido los procedimientos de ley, cuenta con mercancías que están en condiciones de ser adjudicadas, por haberse declarado respecto de ellas el: Abandono Expreso, Decomiso Judicial o Administrativo. Que habiendo transcurrido los plazos, para que los interesados ejerzan los recursos que la ley le asiste, la situación legal de las mercancías se encuentra en firme, y una vez que esta Dirección Distrital dispuso que se aplique el Procedimiento Previo establecido en el Art. 251 del CAPÍTULO XII SUBASTA PÚBLICA, ADJUDICACIÓN GRATUITA, del Reglamento al Título de Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, cumplido el período de reconocimiento de mercancías al que hace referencia el primer inciso del Art. 14 la Resolución SENAE-DGN-2012-0238, que expide el Procedimiento General de Adjudicación, Subasta Pública y Destrucción, el SENAE publicará las mercancías aptas para ser adjudicadas por 5 días hábiles a través de la página web oficial del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, a fin de que las entidades registradas puedan realizar los requerimientos respectivos según sus fines institucionales. Los requerimientos podrán ser por la totalidad de los bienes enunciados o únicamente por una parte de ellos. Siendo el listado de las mercancías, el que consta como ANEXO 1, del presente Acto Administrativo. Finalmente se comunica que para la adjudicación se dará prioridad a las instituciones del sector público, se analizará la adecuación de las solicitudes a los fines institucionales del respectivo requirente y dentro de éstas a su vez, se respetará el orden de presentación de la solicitud. De no haber observaciones el proceso se resolverá en cuatro días hábiles. De no existir instituciones interesadas respecto de los bienes publicados, o las requirentes no hayan retirado las mercancías adjudicadas, se procederá con la subasta pública. Se dispone a la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información, la publicación del presente documento por cinco días hábiles en el portal electrónico oficial del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, desde el día hábil siguiente a su notificación.- Notifíquese y Cúmplase.- Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección Distrital de Huaquillas – Av. República y Portobleo - Vía Panamericana Sur Arenillas - Huaquillas a la altura de la Y de Chacras. (070502) PBX: (07) 2964504 / 2964505 * Documento generado por Quipux www.aduana.gob.ec 1/2 Providencia Nro. SENAE-DDH-2015-0525-PV Huaquillas, 23 de marzo de 2015 Documento firmado electrónicamente Ing. Carlos Alfredo Veintimilla Burgos DIRECTOR DISTRITAL DE HUAQUILLAS (E) Anexos: - LISTA DE MERCANCIAS PARA ADJUDICAR 2015-1.pdf - MERCANCIAS EN BODEGAS TEMPORALES.pdf Copia: Señor Giovanny Marcelo Cordova Morales Analista Informático 2 Señora Abogada Bella Dennise Rendon Vergara Director Nacional Juridico Aduanero Señorita Economista Maria Pia Williams Cascante Delegada del Director General (E) Ingeniera Grace Ivonne Rodríguez Barcos Directora Nacional de Capitales y Servicios Administrativos Señor Ingeniero Jose Francisco Rodriguez Pesantes Subdirector General De Normativa Aduanera Señor Jenner Gustavo Cordova Granda Asistente de Abogacia Señora Abogada Ariana Elizabeth Gonzalez Cabrera Asistente de Abogacia María Guillermina Noblecilla Calderón Jefe de Documentacion y Archivo Señor Yasmani Rafael PeÑa Davila Oficinista Señorita Abogada Katiuska Beatriz Sanchez Alvaro Abogado Aduanero 3 KS Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Dirección Distrital de Huaquillas – Av. República y Portobleo - Vía Panamericana Sur Arenillas - Huaquillas a la altura de la Y de Chacras. (070502) PBX: (07) 2964504 / 2964505 * Documento generado por Quipux www.aduana.gob.ec 2/2
© Copyright 2024