Instrucciones técnicas para la tramitación electrónica

INSTRUCCIÓN TÉCNICA
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS
Referencia: IT-EIA-02
Versión: 01
Fecha: 25.03.2015
Solicitud para determinar el alcance del
Estudio de Impacto Ambiental
IT-EIA-02 Solicitud para determinar el alcance del Estudio de
Impacto Ambiental
1. Introducción ....................................................................... 2
2. Ámbito de aplicación .......................................................... 2
3. Quién debe realizar la solicitud .......................................... 2
4. Contenido de la solicitud .................................................... 3
5. Presentación de la solicitud ................................................ 4
Control de revisiones
Revisión
Fecha
Motivo de revisión
00
21.05.2014
Elaboración del documento
01
25.03.15
Adaptación Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental
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INSTRUCCIÓN TÉCNICA
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS
Referencia: IT-EIA-02
Versión: 01
Fecha: 25.03.2015
Solicitud para determinar el alcance del
Estudio de Impacto Ambiental
1.
Introducción
La presente instrucción técnica se refiere a las actuaciones previas a la elaboración
del estudio de impacto ambiental por parte del promotor.
El objeto de esta instrucción técnica es definir una guía para solicitar que el órgano
ambiental determine el alcance del estudio de impacto ambiental en aquellos
supuestos en los que el órgano competente para la evaluación de impacto
ambiental es el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma.
2.
Ámbito de aplicación
Este trámite resulta de aplicación a los proyectos recogidos en alguno de los
siguientes supuestos:
3.

Proyectos comprendidos en el anexo I B de la Ley 3/1998, de 27 de
febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.

Proyectos comprendidos en el anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental.

Proyectos que la normativa de Planes de Ordenación de Recursos
Naturales y Planes Rectores de Uso y Gestión de Espacios Protegidos de la
CAPV determine que están sometidos a evaluación de impacto ambiental.

Cualquier modificación de un proyecto recogido en la normativa de
evaluación ambiental que supere los umbrales establecidos para la
evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Los proyectos objeto de evaluación de impacto ambiental simplificada
cuando así lo solicite el promotor.
Quién debe realizar la solicitud
El órgano sustantivo.1
El órgano sustantivo, una vez comprobada la adecuación de la documentación
presentada y mostrada la conformidad con la solicitud del promotor, las enviará al
órgano ambiental al objeto de iniciar el trámite.
1
De acuerdo al artículo 33.2 a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental tiene carácter potestativo para el
promotor la solicitud de la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental ante el órgano sustantivo.
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PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS
Referencia: IT-EIA-02
Versión: 01
Fecha: 25.03.2015
Solicitud para determinar el alcance del
Estudio de Impacto Ambiental
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Igualmente, el órgano sustantivo podrá acompañar la solicitud de cualquier
observación que estime oportuna para su consideración por parte del órgano
ambiental en la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.
4.
Contenido de la solicitud
La solicitud contendrá los siguientes documentos:
1) Solicitud propiamente dicha formulada de acuerdo al
referencia 203-000.
formulario de
2) En su caso, la relación de personas interesadas que figuren en el
expediente. Se indicará el nombre, DNI y la dirección a efectos de
notificaciones. Si se trata de una persona jurídica se indicará la razón social,
CIF y dirección a efectos de notificaciones del representante legal.
3) Documento inicial del proyecto al menos con el contenido que se indica a
continuación. En el caso de que sea una modificación o ampliación de un
proyecto autorizado, aprobado o comunicado, el contenido del documento
inicial deberá diferenciar claramente las actuaciones existentes de las
nuevas actuaciones que se proponen.
a) La definición, características y ubicación del proyecto. Este apartado
incluirá la siguiente información:






Descripción general del proyecto.
Descripción general de la fase de obras y una estimación de su
duración (en su caso).
Descripción general de los principales procesos del proyecto o/y
actuaciones.
Indicación de los residuos previstos: generados, vertidos y
emitidos (tanto de materia como de energía). Estimación de
tipos y cantidades.
Localización del proyecto. Planos generales y de detalle.
Término/s municipal/es en el/los que se localiza el proyecto.
b) Las principales alternativas que se consideran y análisis de los
potenciales impactos de cada una de ellas. En particular la evolución
probable del estado del medio ambiente sin ejecución del proyecto
(hipótesis de referencia). Este apartado incluirá información acerca
de las alternativas, ya sean de localización, tamaño, tipo, proceso de
ejecución o tecnológico, o de otro tipo, que se consideran y un
análisis genérico de los impactos ambientales principales que
pudieran derivarse de cada una de ellas.
En caso de que el marco del proyecto se haya establecido en un plan
sujeto a evaluación ambiental estratégica, se indicará la adecuación
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PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS
Referencia: IT-EIA-02
Versión: 01
Fecha: 25.03.2015
Solicitud para determinar el alcance del
Estudio de Impacto Ambiental
de las distintas alternativas a las directrices establecidas en el
informe correspondiente2 del citado procedimiento de evaluación.
c) Un diagnóstico territorial y del medio ambiente afectado por el
proyecto. En este apartado deberán describirse en especial aquellos
aspectos ambientales del medio afectado por el proyecto que
resulten relevantes por su valor para la conservación, así como
aquellos sobre los que se prevean impactos ambientales
significativos.
4) Identificación del autor o autores del documento inicial mediante nombre,
apellidos, titulación, o en su caso, profesión regulada y documento nacional
de identidad, fecha de conclusión y firma del autor/es.
El órgano sustantivo deberá hacer constar su conformidad expresa con la
documentación presentada por el promotor.
5.
Presentación de la solicitud
Ver la Guía para la entrega de la documentación.
2
Declaración ambiental estratégica, o en su caso memoria ambiental o informe definitivo de la evaluación conjunta de impacto
ambiental, emitida en el marco de la evaluación ambiental estratégica.
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