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PLAN DE RECUPERACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE BASE
Objeto (Art. 1)
Entidades
Beneficiarias (Art.2)
Entidades Excluidas
(Art.2)

Fomentar el equilibrio y la cohesión del Territorio histórico de Bizkaia.

Mantener y recuperar la infraestructura empresarial de base.

Frenar la deslocalización empresarial en municipios pequeños mediante el apoyo a la inversión local.
Empresarios y empresarias individuales y Empresas con personalidad jurídica propia que cumplan los siguientes requisitos:

Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.

Contar con un centro de trabajo en alguna de los ayuntamientos de Bizkaia referidos en el anexo 1 del DF
regulador.

Tener una plantilla entre 1 y 5.

No superar, al menos, uno de los dos límites siguientes:

1.000.000 euros de volumen anual de negocio.

1.000.000 euros de balance general.

Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de
subvenciones.

No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, según lo
previsto en la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral de
Subvenciones, cuya acreditación se realizará mediante declaración contenida en la solicitud.

Que la actividad desarrollada se encuadre en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas
recogidos en el anexo 2 del DF regulador y el alta sea anterior al 1/10/2013.
Quedan excluidas las Sociedades Públicas forales y autonómicas, y Entidades de Derecho Público, las empresas que no se
encuentren al corriente respecto de sus obligaciones económicas contraídas con empresas participadas por la Diputación
Foral de Bizkaia a través de Azpiegiturak S.A.U. y las comunidades de bienes y las sociedades civiles cualquiera que sea la
forma jurídica que revistan
Tendrá la consideración de hecho subvencionable:

Hecho
subvencionable
(Art. 3)

Obras e inversiones de rehabilitación o reforma en centros de trabajo en los que se desarrolle la actividad o nuevos
locales por ampliación o reubicación de la actividad.
La contratación del cónyuge o pareja de hecho y familiares por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado inclusive
del titular del negocio, por un período mínimo de 1 año y siempre que figuren inscritas como paradas con una
antigüedad mínima de 6 meses.
Los proyectos objeto de subvención deberán ser de aplicación e implementación en alguna de las localidades situadas en
alguno de los ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia señalados en el anexo 1 del DF regulador.
Gastos
subvencionables
(Art. 4)
En lo relativo a las inversiones serán subvencionables únicamente aquellas integradas en las siguientes categorías de
acuerdo con el Plan General Contable 2007.

206. Aplicaciones informáticas

211. Construcciones

212. Instalaciones técnicas

213. Maquinaria

215. Otras instalaciones

216. Mobiliario

217. Equipos para procesos de información
En relación con la contratación de personal, el coste salarial.
Se considerarán subvencionables los gastos realizados entre el 1 de octubre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015.
Cuantía de las ayudas
(Art. 5)

Hasta 1.000 en equipos para procesos de información y aplicaciones informáticas.

Hasta 4.000€ en el resto de epígrafes subvencionables

Hasta 3.000€ en contratación de personal
Se establece un porcentaje máximo de subvención del 80%. Asimismo, el importe de la ayuda a conceder en ningún caso
excederá en total la cantidad de 5.000 euros por entidad beneficiaria.
Normativa y régimen
de concesión
(Art. 14)
Decreto Foral nº 136/2014, de 18 de noviembre ( BOB. nº 229 de 28 de noviembre de 2014 ).
El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de libre concurrencia.
Plazo y presentación
de solicitudes
(Art. 17)
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 2 de enero de 2015 y finalizará el día 30 de septiembre de 2015 a las
13:30.
La solicitud se presentará por Internet, en el apartado “Oficina virtual de Promoción Económica” (www.bizkaia.net/sustapenaOficinaVirtual). Para ello deberá disponer de firma electrónica o estar dada de alta en el servicio de Bizkaibai cuya tarjeta
podrá ser solicitada en nuestras oficinas de Obispo Orueta, 6.
Departamento de Promoción Económica
Servicio de Infraestructuras
Obispo Orueta, 6. 48009 Bilbao
Información:
Tfno.: 94 406 8008
[email protected]
Hartzekodunaren agiria
Ficha de parte acreedora
Hartzekodunak bete beharreko datuak / Datos a cumplimentar por la parte acreedora
Izena eta deitura bi edo Sozietatearen izena / Nombre y dos apellidos o Razón Social
Helbidea / Domicilio
Probintzia / Provincia
Herria / Población
Telefonoa / Teléfono
NAN - IFK / DNI - CIF
PK / CP
Faxa / Fax
e-mail
(lugar)
(año)
n, 20
(mes)
(e)ko
(día)
k
Hartzekodun edo ahaldunaren sinadura, / Firma de la parte acreedora o apoderada
Banka helbideratzeak / Domiciliaciones bancarias
1
Jarraian aipatuko den kontua badagoela ziurtatzen dugu, eta titularra goian adierazitakoa dela.
Certificamos la existencia de la cuenta a continuación referenciada, cuya persona titular es la arriba indicada.
Zergaren sarrera edo itzulketa helbideratu nahi duzun finantza erakundea: /
Entidad financiera en la que desea domiciliar el ingreso o devolución del impuesto:
IBAN kodea / Código IBAN
E
S
Probintzia / Provincia
Herria / Población
(lugar)
(año)
n, 20
(mes)
(e)ko
PK / CP
(día)
k
Sinadura eta banketxearen zigilua / Firma y sello de la entidad bancaria
2
Jarraian aipatuko den kontua badagoela ziurtatzen dugu, eta titularra goian adierazitakoa dela.
Certificamos la existencia de la cuenta a continuación referenciada, cuya persona titular es la arriba indicada.
Zergaren sarrera edo itzulketa helbideratu nahi duzun finantza erakundea: /
Entidad financiera en la que desea domiciliar el ingreso o devolución del impuesto:
IBAN kodea / Código IBAN
E
S
Probintzia / Provincia
Herria / Población
(lugar)
(año)
n, 20
(e)ko
(mes)
PK / CP
(día)
k
Sinadura eta banketxearen zigilua / Firma y sello de la entidad bancaria
Agiri hau alta edo aldarazpenik dagoenetan bakarrik erabiliko da. / Este documento se utilizará únicamente en los casos de alta o modificación.
NANren edo IFKaren fotokopia erantsi behar da. / Debe adjuntarse fotocopia del DNI o en su caso del CIF.
Bi kontu baino gehiago duen hatzekoduna izatekotan, erantsi beste inprimaki bat. / Caso de parte acreedora con más de dos cuentas añadir otro impreso.
Abenduaren 13ko 15/1999 Lege Organikoa, Datu Pertsonaletarako Jabetza Publikoko
Fitxategiei eta Datuak Babesteko Euskal Bulegoa sortzeari buruzko otsailaren 25eko 2/2004
Legea eta haiek garatzen dituzten gainerako arauak betetzeko, honako hau jakinarazten
dizugu:
- Jasotako datuak Bizkaiko Foru Aldundiko Ogasun eta Finantza Saileko zuzendaritza eskudunaren ardurapeko fitxategi batean sartuko dira, tributuen kudeaketan, ikuskapenean eta
bilketan erabiltzeko.
- Zure datuetan sartzeko, datuak zuzentzeko, datuak ezerezteko edo datuen aurka egiteko
eskubideak erabiltzeko, idazki bat bidali behar duzu Ogasun eta Finantza Sailaren jendaurreko bulegoetara (Basurtuko Kaputxinoen Bidea 2-4, 48013. Bilbo).
En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de la Ley 2/2004, de 25
de febrero, de Ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública y de creación
de la AVPD (Agencia Vasca de protección de datos), y demás normativa de desarrollo, le
informamos que:
- Los datos recabados van a ser incluidos en un Fichero de responsabilidad de la Dirección
competente del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia,
para su utilización en la gestión, inspección y recaudación de los diferentes tributos.
- Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante
comunicación escrita a las oficinas de atención al público del Departamento de Hacienda
y Finanzas (C/ Camino Capuchinos 2-4, 48013, Bilbao).
Administrazioarentzako alea / Ejemplar para la Administración
2014