edictos, avisos judiciales, notariales, dictámenes y convocatorias

DIARIOIMAGEN
Martes 24 de marzo de 2015
Edictos
21
EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DE LA JUSTICIA ORAL”
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DE LA JUSTICIA ORAL”
JUZGADO 59º CIVIL
SECRETARIA “A”
Exp. 983/1996
JUZGADO TRIGÉSIMO SEXTO DE LO CIVIL
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES
(REMATE EN PRIMERA ALMONEDA)
“Año de la Consolidación de la Justicia Oral”
JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL
EDICTO
EMPLAZAMIENTO: BARBARA ZAVALETA
REYES, SERGIO ZERMEÑO GARCÍA GRANADOS, AMPARO MARTINEZ ARROYO,
ERNESTO RUIZ GUTIERREZ, ROSAURA
GUTIERREZ DE MARTINEZ.
En cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha
diecinueve de febrero del año dos mil quince dictado
en los autos del juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por MARTINEZ RUIZ ROSAURA en
contra de DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, BARBARA ZAVALETA REYES, SERGIO ZERMEÑO
GARCÍA GRANADOS, AMPARO MARTINEZ
ARROYO, ERNESTO RUIZ GUTIERREZ, ROSAURA GUTIERREZ DE MARTINEZ, Expediente 718/2014, el C. Juez Trigésimo de lo Civil en el
Distrito Federal, ordeno lo siguiente: ————
“…emplácese por edictos a los codemandados
BARBARA ZAVALETA REYES, SERGIO ZERMEÑO GARCIA GRANADOS, AMPARO MARTINEZ, ARROYO, ERNESTO RUIZ GUTIERREZ, Y ROSAURA RUIZ GUTIERREZ DE
MARTINEZ, los cuales se publicarán POR TRES
VECES, DE TRES EN TRES DÍAS, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN
DOS DÍAS HÁBILES, en el BOLETÍN JUDICIAL y en el periódico “DIARIO IMAGEN”,
para que en el término de CUARENTA DÍAS posteriores a la última publicación, produzca su contestación a la demanda, apercibida que en caso de
no hacerlo, se tendrá por precluído su derecho para
hacerlo, y por negados los hechos de la demanda,
como lo dispone el artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles; quedando las copias de traslado
en la Secretaría de Acuerdos, a disposición de dicha
demandada…”——
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR SÓLIDA
ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE
OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE CONTRA JAIME GIL DE RUÍZ CLAUDIA DINORA Y JORGE RUIZ SOTO, EXPEDIENTE
983/1996, LA C. JUEZ QUINCUAGÉSIMO NOVENO CIVIL, LICENCIADA MITZI AQUINO
CRUZ, DICTÓ UN (OS) AUTO (S), QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE (N):———
——En la Ciudad de México, Distrito Federal siendo las once horas del día veinte de febrero del año
dos mil quince, día y hora señalado en autos, para que tenga verificativo el REMATE EN SEGUNDA
ALMONEDA, (…) como lo solicita para que tenga verificativo el remate en tercera almoneda
sirviendo como base para el remate solicitado la cantidad de CUATROCIENTOS DOCE MIL
PESOS MONEDA NACIONAL, sin sujeción a tipo del bien hipotecado en autos consistente
en el bien inmueble marcado como LA CASA EN CONDOMINIO VARIANTE “A”, MARCADA CON EL NÚMERO TREINTA Y NUEVE (ANTES NÚMERO CUARENTA Y CINCO), DE LA CALLE CAPRICORNIO Y TERRENO QUE OCUPA Y LE CORRESPONDE
QUE ES EL LOTE VEINTE, DE LA MANZANA CINCO, DEL FRACCIONAMIENTO
“IZCALLI SANTA CLARA I”, SEGUNDA ETAPA, EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC
DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, se señalan las ONCE HORAS DEL DÍA DIEZ DE
ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE debiendo de anunciarse el mismo por medio de EDICTOS
que se publicarán DOS VECES en los Tableros del Juzgado, en los de la Secretaría de Finanzas,
así como en él periódico EL DIARIO IMAGEN, debiendo mediar entre una y otra publicación
SIETE DÍAS HÁBILES y ENTRE LA ÚLTIMA y LA FECHA DE REMATE IGUAL PLAZO,
en la inteligencia de que será postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad,
debiendo de exhibir los postores BILLETE DE DEPÓSITO expedido por BANSEFI, por el equivalente al diez por ciento de la cantidad antes señalada y sin cuyo requisito no serán admitidos.
(…) firmando los que en ella intervinieron en unión de la C. JUEZ MITZI AQUINO CRUZ Y
DEL C. SECRETARIO DE ACUERDOS MIGUEL AUGUSTO TIBURCIO TORAL, QUIEN
AUTORIZA Y DA FE.———RUBRICAS———
México, Distrito Federal a veintitrés de febrero del año dos mil quince
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”
C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”
LIC. JUANITA TOVAR URIBE
EDICTO.
Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice:
Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado
Vigésimo Tercero de lo Civil,
Expediente 656/2013, Secretaria “B”.
SE CONVOCAN POSTORES
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR THE BANK OF NEW YORK
MELLON S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE
EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE F/360 CONTRA DE JAIME
FLORES MEDINA Y GUADALUPE CASTAÑEDA
SOLIS; EXPEDIENTE 656/2013 EL C. JUEZ VIGÉSIMO TERCERO CIVIL, HA DICTADO UN AUTO QUE
A LA LETRA DICE:—. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A DIECINUEVE DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL QUINCE.. Agréguese a sus autos el escrito presentado
por EL APODERADO LEGAL DE LA PARTE ACTORA
y como lo solicita y con fundamento en lo dispuesto por
los artículos 570, 572 y 573 del Código de Procedimientos
Civiles, se señalan las ONCE HORAS CON TREINTA
MINUTOS DEL DÍA DIEZ DE ABRIL DEL AÑO EN
CURSO, para que tenga lugar la diligencia de remate en
PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble hipotecado
ubicado en DEPARTAMENTO 103 TIPO A DEL EDIFICIO 3, CODOMINIO D, PERTENECIENTE AL CONJUNTO HABITACIONAL ESTRELLA DEL SUR, UBICADO EN LA CALLE SIRACUSA NUMERO 240, COLONIA SAN NICÓLAS TOLENTINO EN LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, EN MÉXICO DISTRITO FEDERAL con la superficie, medidas y colindancias que se
contienen en las constancias de autos, debiéndose convocar
postores por medio de edictos que se publicarán por DOS
VECES en los tableros de avisos del juzgado y en los de
La Tesorería del Gobierno del Distrito Federal, debiendo
mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y
entre la última y la fecha de remate igual plazo, debiéndose
girar atento oficio a esta última para tales efectos y en el
periódico “DIARIO IMAGEN”. Sirve de base para el remate la cantidad de QUINIENTOS SEIS MIL PESOS
M.N., siendo postura legal las dos terceras partes de dicha
suma. Debiendo exhibir los postores que deseen participar
en el remate billete de deposito que cubra el 10% del valor
del avalúo. NOTIFÍQUESE.- LO PROVEYÓ Y FIRMA
EL C. JUEZ VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL
DOCTOR JÓSE LUÍS CASTILLO SANDOVAL,
QUIEN ACTÚA ANTE EL C. SECRETARIO DE
ACUERDOS LICENCIADO JAVIER MENDOZA
MALDONADO.- DOY FE.
ATENTAMENTE:
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
MÉXICO D.F. FEBRERO 24 DE 2015
RUBRICA
LIC. JAVIER MENDOZA MALDONADO
LIC. MIGUEL AUGUSTO TIBURCIO TORAL.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN
DE LA JUSTICIA ORAL”
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL
QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN
DE LA JUSTICIA ORAL”
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE LO FAMILIAR
JUZGADO 35º DE LO FAMILIAR DEL D.F.
SECRETARIA “B”
EXP. 2248/2013
A LOS QUE SE CREAN CON IGUAL O
MEJOR DERECHO A HEREDAR.
QUE EN LOS AUTOS DEL JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE
CARDENAS PORTILLO JAVIER NUMERO
DE EXPEDIENTE 2248/2013 OBRAN ENTRE
UNAS CONSTANCIAS UN AUTO QUE A LA
LETRA DICE LO SIGUIENTE: - - - - - - - - México, Distrito Federal a nueve de febrero de dos
mil quince.-- Dada nueva cuenta con lo actuado y
atento el análisis exhaustivo de las constancias judiciales, donde se advierte que la sucesión se denuncia por colaterales, en cumplimiento a lo previsto
por el artículo 807 del Código Procesal Civil, fíjense
avisos en la Tesorería de esta ciudad y estrados del
juzgado, anunciando la muerte sin testar del autor
de la sucesión JAVIER CARDENAS PORTILLO, y que los CC. IRMA, LETICIA Y RUBISELA de apellidos CARDENAS PORTILLO reclama
la herencia en calidad de hermanos, llamando a los
que se crean con igual o mejor derecho para que
comparezcan al local de este H. juzgado a reclamarla
dentro de CUARENTA DÍAS asimismo publíquense
edictos por dos veces de diez en diez días en el
diario IMAGEN. En mérito de lo anterior, queda
sub iudice la citación para sentencia.- Notifíquese.Lo proveyó y firma el C. Juez Trigésimo Quinto de
lo Familiar, Licenciado FERNANDO BARCENA
VÁZQUEZ, en unión de la C. Secretaria de Acuerdos “B”, Licenciada SILVIA ROJAS OCAÑA,
quien actúa y da fe.- Doy fe.—-al calce dos firmas
rubricas ilegibles.-
MÉXICO, D.F. A 10 DE FEBRERO DEL 2015
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”
LIC. JULIA NOLASCO OCHOA.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
EDICTOS
JUZGADO 28 DE LO CIVIL
EXPEDIENTES NUMERO 1090/2009
SECRETARIA “B”
EDICTO
A QUIEN CORRESPONDA:
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha, CINCO de FEBRERO del año en curso,
dictado en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por, INSTITUTO
DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT)., en contra de ROSAS MENDOZA MARCO ANTONIO expediente 152/2012. EL C.
Juez Trigésimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal. Licenciado JULIO GABRIEL IGLESIAS
GÓMEZ.. dictó un auto que a la letra dice. México, Distrito Federal, a cinco de febrero del año
dos mil quince. Agréguese a sus autos el escrito suscrito por la Apoderada Legal de la parte
actora y visto el contenido de sus manifestaciones, toda vez que se ha dado cumplimiento a lo
ordenado por el artículo 486 y 566 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal,
como lo solicita, para que tenga verificativo LA AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA
ALMONEDA respecto del bien inmueble hipotecado en autos consistente en el DEPARTAMENTO CIENTO TRES DEL EDIFICIO SEIS, CONDOMINIO “C”, DEL CONJUNTO
HABITACIONAL “EL VERGEL”, UBICADO EN EL NÚMERO OFICIAL SETENTA Y
SIETE, (ANTES NÚMERO SETENTA Y TRES), DE LA CALLE BENITO MIRANDA,
COLONIA LAS PEÑAS, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, SE SEÑALAN LAS DIEZ HORAS DEL DIA DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE, sirviendo de base para el remate la cantidad de $422,000.00. (CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL pesos cero centavos moneda nacional), valor fijado por el perito designado por
la parte actora en términos de la fracción III del artÍculo 486 del Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del
precio fijado y para intervenir en el remate los licitadores deberán exhibir el diez por ciento del
valor del inmueble mediante certificado de depósito expedido por el Banco del Ahorro Nacional
y Servicios Financieros, sin cuyo requisito no serán admitidos, debiéndose anunciar la subasta
o remate por DOS VECES, mediando entre una y otra publicación SIETE DIAS HABILES y
entre la última publicación y la fecha del remate SIETE DIAS HABILES; asimismo, procédase
a realizar la publicación por medio de edictos que se fijarán en los Tableros del Juzgado, en los
de la Tesorería del Distrito Federal y en el periódico “DIARIO IMAGEN”, para los efectos
legales a que haya lugar.- NOTIFIQUESE. LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ TRIGÉSIMO SEXTO DE LO CIVIL, LICENCIADO JULIO GABRIEL IGLESIAS GOMEZ
QUIEN ACTÚA ANTE SU SECRETARIA DE ACUERDOS LICENCIADA JULIA NOLASCO OCHOA QUE AUTORIZA Y DA FE.————————
En el juicio DIVORCIO INCAUSADO, INCIDENTE
DE PENSIÓN ALIMENTICIA PROMOVIDO POR
NEIRA GARAVITO TAMARA EN CONTRA DE CRISTIAN MAURICIO CASTILLON LABASTIDA. Expediente 1070/2012.- La C. Juez Vigésimo Sexto de lo Familiar, MAESTRA JUANA ERIKA ORDOÑEZ SALAZAR, en Sentencia Interlocutoria de fecha veintinueve de
enero del año dos mil quince, ordeno la publicación de
EDICTOS de los puntos resolutivos de la presente resolución:
RESUELVE
PRIMERO.- Ha procedido la presente Incidencia de Pensión Alimenticia, en la que la señora TAMARA NEIRA
GARAVITO, por conducto de su Apoderado Legal HÉCTOR ADOLFO CASADOS GUTIÉRREZ, acreditó parcialmente los hechos constitutivos de su pretensión, y el
enjuiciado se constituyó contumaz.
SEGUNDO.- Se condena al señor CRISTIAN MAURICIO CASTILLON LABASTIDA al pago de una pensión
alimenticia en favor de sus menores hijos ALAIA AGAPE y OLIN ambos de apellidos CASTILLÓN NEIRA,
la cual se cuantificará en ejecución de sentencia.
TERCERO.- No se hace especial condena en gastos y costas.
CUARTO.- Publíquense los puntos resolutivos de la presente
resolución, dos veces de tres en tres días en el Periódico
“DIARIO IMAGEN”, en términos del artículo 639 del
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
QUINTO.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo
30 del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos
del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, queda copia de la presente resolución en el SISTEMA INTEGRAL DE CONSULTA DE
RESOLUCIONES JUDICIALES (SICOR) para su consulta.
SEXTO.- Notifíquese.-
PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES DE
DIEZ EN DIEZ DÍAS EN EL DIARIO IMAGEN.
A S I, Interlocutoriamente juzgando lo resolvió y firma la
MAESTRA JUANA ERIKA ORDOÑEZ SALAZAR,
JUEZA VIGÉSIMO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL
DISTRITO FEDERAL, ante el C. Secretario de Acuerdos
“B” Doctor DAVID LOPEZ MORA, quien autoriza y da fe.-
MÉXICO D.F., A 02 DE MARZO DE 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS.
LIC. SILVIA ROJAS OCAÑA.
MÉXICO, D.F. A 06 DE MARZO DEL 2015.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
DOCTOR DAVID LOPEZ MORA
Sr. RICARDO PERALTA AGUILAR
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER EN CONTRA
DE RICARDO PERALTA AGUILAR EL C. JUEZ VIGÉSIMO OCTAVO DE LO CIVIL
EN EL DISTRITO FEDERAL, DICTO UNA SENTENCIA EN LOS CUALES SON LOS
SIGUIENTES RESOLUTIVOS QUE A LA LETRA DICE.
México Distrito Federal a trece de febrero de dos mil quince.
VISTOS, para dictar Sentencia Definitiva.
Por lo expuesto y fundando, en los artículos 79 fracción VI, 80, 81 y 82 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, es de resolverse y se:
RESUELVE:
PRIMERO. Ha sido procedente la Vía ESPECIAL HIPOTECARIA, en la que la parte actora
HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, probó
parcialmente su acción y la parte demandada PERALTA AGUILAR RICARDO, no compareció
al presente Juicio.
SEGUNDO. Se declara Vencido Anticipadamente el plazo para el pago del crédito otorgado
en el Contrato de Apertura de Crédito Simple con Interés y Garantía Hipotecaria de fecha veintitrés
de junio de dos mil cinco, mediante Escritura Pública número 10,763 (Diez mil setecientos
sesenta y tres), celebrando entre las partes.
TERCERO. Se condena a la parte demandada PERALTA AGUILAR RICARDO, al pago del
importe que corresponde por Suerte Principal, asimismo al pago de los Intereses Ordinarios e
Intereses Moratorios a partir del treinta y uno de octubre de dos mil ocho, mismas que deberán
determinarse en ejecución de sentencia con la certificación contable respectiva, en la que se detalle
el desglose del crédito desde su otorgamiento y los pagos realizados por el enjuiciado.
Importes que deberá pagar a la parte actora, dentro del término de CINCO DÍAS contados a partir
del día siguiente a aquél en que sea ejecutable la presente resolución .
CUARTO. Se absuelve a la parte demandada PERALTA AGUILAR RICARDO, al pago de
las Primas de Seguro, por lo expuesto en el considerando tercero.
QUINTO. Se absuelve a la parte demandada PERALTA AGUILAR RICARDO, al pago del
Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), por lo expuesto en el considerando tercero.
SEXTO. No cumpliendo la parte demandada con los puntos resolutivos de esta sentencia, hágase
trance y remate del bien inmueble hipotecado y con su producto pago a la parte actora.
SÉPTIMO. No se hace especial condena al pago de los Gastos y costas en el presente Juicio.
OCTAVO. Notifíquese. Toda vez que la parte demandada se le emplazó por medio de edictos,
con fundamento en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal,
los puntos resolutivos de esta sentencia deberán publicarse en el periódico “Diario Imagen” y
en el Boletín Judicial por dos veces de tres en tres días.
Así, Definitivamente lo resolvió y firma el C. Juez Vigésimo Octavo de lo Civil Licenciado
Agapito Campillo Castro ante la C. Secretaria de Acuerdos “B” Licenciada Trinidad Ivonne Díaz
Esquivel, que autoriza y da fe. DOY FE.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”
LIC. TRINIDAD IVONNE DIAZ ESQUIVEL.