Tríptico ATM (en bajas) - Programa Nacional de Saneamiento Rural

¿Qué es el ATM para la gestión de los servicios
de agua y saneamiento?
Es el área encargada de promover la formación de las
organizaciones comunales prestadoras de servicios de
saneamiento (JASS, Comités u otras formas de organización), así como de supervisarlas, fiscalizarlas y brindarles
asistencia técnica para asegurar la sostenibilidad de los
servicios de agua y saneamiento.
El ATM se encuentra dentro de la estructura orgánica de la
municipalidad y sus funciones están establecidas en el
Reglamento de Organización de Funciones (ROF).
La denominación específica de esta área estará en
función del organigrama estructural de la municipalidad
que puede ser: Unidad, División, Dirección, Sub Gerencia,
Gerencia de Gestión de Servicios de Agua y Saneamiento,
entre otras denominaciones.
¿Cuáles son las principales funciones del ATM?
1 Planificar y promover el desarrollo de los servicios
de saneamiento en el distrito, de conformidad con las
leyes y reglamentos sobre la materia.
2 Programar, coordinar, ejecutar y supervisar las
acciones relacionadas con los servicios de saneamiento
del distrito.
3 Velar por la sostenibilidad de los servicios de
saneamiento existentes en el distrito.
4 Promover la formación de organizaciones comunales
para la administración de los servicios de saneamiento,
reconocerlas y registrarlas.
CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
ATM
Área
Técnica
Municipal
AGUA Y SANEAMIENTO QUE CAMBIAN VIDAS
Consultas e informes:
[email protected]
Unidad de Comunicación y Asuntos Sociales
Programa Nacional de Saneamiento Rural
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Av. Benavides 395 – Miraflores- Lima – Perú
Teléfono: (01) 4183800
Anexo: 8425
Web: http://pnsr.vivienda.gob.pe
PARA LA GESTIÓN DE LOS
SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO
EN EL MARCO DEL PLAN DE INCENTIVOS
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a
¿Qué metas deben cumplir las municipalidades?
través del Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR),
viene implementado un conjunto de políticas orientadas a
fortalecer la organización y capacitación de los actores
involucrados en asegurar la sostenibilidad y calidad de los
proyectos de agua y saneamiento en las zonas rurales.
Una herramienta para ello es el Plan de Incentivos a la Mejora
de la Gestión y Modernización Municipal, instrumento del
Presupuesto por Resultados, orientado a promover las
condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo
sostenible de la economía local, incentivando a las municipalidades a la mejora continua y sostenible de la gestión local.
El Plan de Incentivos es implementado por el Ministerio de
Economía y Finanzas (MEF) y cuenta desde este año con
metas del Sector Vivienda.
Finalidad
Contribuir en la modernización y fortalecimiento de la
gestión de las municipalidades para la mejora de los
servicios de agua y saneamiento y la sostenibilidad de los
mismos y con ello, la mejora de la calidad de vida de las
familias del ámbito rural.
Para recibir los beneficios del Plan de Incentivos 2015, las municipalidades de
ciudades no principales, con 500 o más viviendas urbanas, deben cumplir dos metas:
META 11
META 40
Creación del Área Técnica Municipal para la
gestión de los servicios de agua y saneamiento,
hasta el 31 de julio de 2015.
Funcionamiento del Área Técnica Municipal
para la gestión de los servicios de agua y
saneamiento y recolección de información,
hasta el 31 de diciembre de 2015.
CUADRO DE INDICADORES Y NIVEL DE CUMPLIMIENTO
CUADRO DE ACTIVIDADES Y NIVEL DE CUMPLIMIENTO
ACTIVIDADES
ESPECIFICACIONES
Puntaje
30
Actividad 1. Modificación
del Reglamento de
Organización y Funciones
(ROF) incorporando las
funciones del Área Técnica
Municipal (ATM).
Aprobación y remisión de la
ordenanza municipal que
incorpora funciones al ROF
hasta el 31 de julio de 2015.
Actividad 2. Elaboración del
perfil de puesto del responsable
del ATM de acuerdo a la
Resolución N° 161-2013-SERVIR/PE
La propuesta debe incorporar las
funciones del ATM, se aprueba y
remite la resolución de alcaldía
hasta el 31 de julio de 2015.
25
Actividad 3. Apertura de
libro de registro de
Organizaciones Comunales
Prestadoras de Servicios de
Saneamiento.
Apertura de Libro hasta el 31 de
julio de 2015. Debe ser
presentado conforme a lo
establecido en el artículo N° 175
del Texto Único Ordenado de la
Ley General de Servicios de
Saneamiento N° 26338.
25
PUNTAJE MÍNIMO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA META
ESPECIFICACIONES
80
5
Aprobación y remisión de la
ordenanza municipal que
incorpora funciones al ROF,
hasta el 31 de mayo de 2015.
Actividad 2. Elaboración del
perfil de puesto del responsable
del ATM de acuerdo a la
Resolución N° 161-2013-SERVIR/PE
La propuesta debe incorporar las
funciones del ATM, se aprueba y
remite la resolución de alcaldía
hasta el 30 de junio de 2015.
5
Actividad 4. Designación
de responsable del ATM.
Resolución de alcaldía de
designación del responsable del
ATM, hasta el 31 de julio de 2015.
10
100
Puntaje
Actividad 1. Capacitación
Capacitación y certificación de
de equipo del Área Técnica un participante por
Municipal (ATM) y/o personal municipalidad.
anexo a dicha área.
39
Actividad 2. Registro de
sistemas de abastecimento
de agua para consumo
humano.
31
Inventario -sistematizado y
remitido de acuerdo a las
indicaciones del PNSR- de
localidades con sistema de agua
y saneamiento en el 50% de
centros poblados o un maximo
de 30 localidades a visitar hasta
el 31 de diciembre de 2015.
PUNTAJE MÍNIMO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA META
Actividad 1. Modificación
del ROF incorporando las
funciones del Área Técnica
Municipal (ATM).
PUNTAJE MÁXIMO
ACTIVIDADES
Actividad 1. Capacitación
de equipo del Área Técnica
Municipal (ATM) y/o personal
anexo a dicha área.
Capacitación y certificación
de dos participantes por
municipalidades.
Actividad 2. Registro de
sistemas de abastecimento
de agua para consumo
humano.
Inventario - sistematizado y
remitido de acuerdo a las
indicaciones de PNSR - de
localidades con sistema de agua
y saneamiento en el 50% de
centros poblados o un máximo
de 30 localidades a visitar hasta
el 30 de setiembre de 2015.
Actividad 3. Sistemas de
abstecimiento de agua
para consumo humano
con rango admisible de
cloro residual.
Garantizar 01 sistema de
abastecimento de agua con
rango admisible de cloro
residual.
PUNTAJE MÁXIMO
70
10
5
15
100