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Asociación Mexicana de Empresarios Gasolineros A.C.
Penúltimo Aumento Mensual
PREMIUM A $14.00 litro
Magna a $ 13.22, Diesel a $ 13.83
Aplica desde 01 Noviembre
NUEVOS PRECIOS
Incluyen las Cuotas IEPS
PRODUCTO
APLICA 01 NOV 2014
Federal
Carbono
$
13.22
0.3600 $ 0.1038
$
14.00
0.4392 $ 0.1038
$
13.83
0.2988 $ 0.1259
Las Cuotas IEPS, Federal y Carbono o Combustibles Fósiles, están incluidas en el
Precio que factura Pemex Refinación a la Estación de Servicio.
Sube Magna 9 ctvs, Premium y Diesel 11 ctvs
Magna supera 78 centavos a la Premium: 5.9%
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PRODUCTO
Magna
Premium
Diesel
ANTES
13.13
13.89
13.72
SUBE
$ 0.09
$ 0.11
$ 0.11
HOY
13.22
14.00
13.83
ANÁLISIS DE PRECIOS AL PÚBLICO
MAGNA, PREMIUM Y DIESEL 2014
El 11 de Agosto de 2014 fue publicada en el Diario Oficial de la
Federación la Ley de Hidrocarburos, que regula la comercialización de
petrolíferos, gasolinas y diesel, entre otros. En el artículo transitorio
décimo cuarto, fracción I, inciso a), de la citada Ley, se establece que:
“A partir de la entrada en vigor de la presente Ley y en lo que
reste del año 2014, la determinación de los precios al público
se realizará conforme a las disposiciones vigentes”.
Es decir, que se aplican los incrementos de 9 centavos por litro de
Magna, y 11 centavos por litro de Diesel y de Premium.
PROXIMAMENTE EN MÉXICO
NOVIEMBRE 2014
FORO TRANSICIÓN DE LAS GASOLINERAS
ANTE LA REFORMA ENERGÉTICA
– HACIA DÓNDE VAMOS –
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HOY, NUEVO REGLAMENTO
EL REGLAMENTO DE LA LEY DE HIDROCARBUROS SE ANUNCIA
QUE SE PUBLICARÁ HOY VIERNES 01 DE NOVIEMBRE DE 2014
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
El pasado 17 de septiembre de 2014, la Secretaría de Energía presentó a la Comisión
Federal de Mejora Regulatoria COFEMER, el anteproyecto de Reglamento de la Ley
de Hidrocarburos, para que cumpla con el proceso de mejora regulatoria, estando en
consulta pública al menos 20 días hábiles.
Oportunamente te enviamos el Anteproyecto de Reglamento de la Ley de
Hidrocarburos y las consideraciones plasmadas para justificar los contenidos del
mismo en el Manifiesto de Impacto Regulatorio, que es competencia solo para el
Ejecutivo Federal su promulgación y que está programado para ser publicado en el
Diario Oficial de la Federación antes del 31 de octubre de 2014.
En tema de Petrolíferos, Gasolinas y Diesel, no se incluyero la regulación en el
contenido del Anteproyecto de Reglamento de la Ley de HIdrocarburos, pero se
deduce del contenido del artículo Tercero Transitorio del mismo, lo siguiente:
A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS CIENTO OCHENTA DÍAS SIGUIENTES A LA
ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE REGLAMENTO, LA SECRETARIA
(ENERGÍA) Y LA COMISIÓN (REGULADORA DE ENERGÍA), EMITIRÁN LOS
LINEAMIENTOS Y LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER
GENERAL EN LAS MATERIAS REFERIDAS EN EL PRESENTE ORDENAMIENTO,
EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS.
En nuestro concepto, habrá que esperar las Disposiciones Administrativas de
Carácter General, como ocurrió en el año 2010 y 2011 con la emisión de:
1) DISPOSICIONES administrativas de carácter general a las que deberán
sujetarse Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios para la
realización de las ventas de primera mano destinadas al mercado nacional
de los petrolíferos distintos del combustóleo, de los petroquímicos
básicos y del gas. Publicadas en el DOF el 12 de Abril de 2010.
Impugnadas por AMEGAS ante la Cámara de Diputados, se promovió por
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la propia Cámara de Diputados, una Controversia Constitucional ante la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, por las violaciones flagrantes de
estas disposiciones.
2) Disposiciones para llevar a cabo la distribución y comercialización de
petrolíferos y las disposiciones. Publicadas en el DOF el 30 de marzo de
2012. AMEGAS al igual que las disposiciones anteriores, promovió ante la
Cámara de Diputados, con diversas propuestas, la ilegalidad de estas
disposiciones, mismas que fueron asumidas en la Cámara de Diputados y
presentada otra Demanda de Controversia Constitucional ante la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, lo que impidió que se violaran conceptos
constitucionales en la materia.
En la Ley de Hidrocarburos en vigor desde el 12 de agosto de 2014, se establece
que las disposiciones administrativas de carácter general, que emitan las
nuevas autoridades competentes en materia energética, a raíz de la reforma
constitucional del 20 de diciembre de 2013, regularán la venta de petrolíferos,
gasolinas y diesel.
EVOLUCIÓN DE LOS COMBUSTIBLES EN 2014:
El Diesel inició 2014 con un precio de $12.49 por litro, se ha
incrementado hasta hoy, en $1.34 por cada litro, para quedar en $
13.83, su impacto representa aumento de 10.7% en este año, muy
superior al índice inflacionario proyectado para este 2014.
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El Diesel representa el 34% del total de los combustibles que se
comercializan en nuestro País. Combustible que no cumple en su
totalidad, con la NORMA Oficial Mexicana NOM-086-SEMARNATSENER-SCFI-2005, relativa a las “ESPECIFICACIONES DE LOS
COMBUSTIBLES FÓSILES PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL”,
sobre todo en los contenidos de azufre total en este hidrocarburo,
agente altamente nocivo a la salud, cuya tolerancia debe ser de 15
QUINCE PARTES POR MILLÓN y el Sistema Nacional de Refinación
en México, produce este combustible con mucho mayores
contenidos.
La determinación de azufre total en hidrocarburos ligeros. (ASTM D
5453-05) está contenida en la Norma publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 30 de enero de 2006, hace ocho años.
Rezago que debe proyectarse resolver en los procesos del Sistema
Nacional de Refinación, que con motivo de la Reforma Energética es
una urgente necesidad y esto demuestra claramente que A CORTO Y
MEDIANO PLAZO NO EXISTEN CONDICIONES DE COMPETENCIA
EFECTIVA hasta en tanto se elaboren combustibles limpios y se
compita en calidad con las gasolinas y diesel que ofertan las
gasolineras trasnacionales, cuya apertura ya está programada en
breve para el PRIMERO DE ENERO DE 2016.
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La Gasolina Magna que representa el 55% de los combustibles que
se expenden en México, inició el año 2014 con precio de $ 12.13, se
ha incrementado hasta hoy en $1.09 por litro, para quedar en $ 13.22
que representa un impacto del 9.0% en lo que va del año 2014.
La gasolina Magna no cumple con la NORMA Oficial Mexicana NOM086-SEMARNAT-SENER-SCFI-2005,
relativa
a
las
“ESPECIFICACIONES DE LOS COMBUSTIBLES FÓSILES PARA LA
PROTECCIÓN AMBIENTAL” fundamentalmente por el agente
cancerígeno del contenido de azufre total en este hidrocarburo, cuya
tolerancia máxima permitida, debe ser de 30 TREINTA PARTES POR
MILLÓN. (ASTM D 5453-05), de acuerdo con la Norma publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2006, hace ocho
años y cuyo reto en reforma energética, es transformar el proceso de
refinación para que las gasolinas mexicanas puedan estar en
condiciones de competencia
Rezago que debe proyectarse resolver en los procesos del Sistema
Nacional de Refinación, que con motivo de la Reforma Energética es
una urgente necesidad y esto demuestra claramente que A CORTO Y
MEDIANO PLAZO NO EXISTEN CONDICIONES DE COMPETENCIA
EFECTIVA hasta en tanto se elaboren combustibles limpios y se
compita en calidad con las gasolinas y diesel que ofertan las
gasolineras trasnacionales, cuya apertura ya está programada en
breve para el PRIMERO DE ENERO DE 2016.
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La Gasolina Premium que es de importación y si cumple con la
NORMA Oficial Mexicana NOM-086-SEMARNAT-SENER-SCFI-2005,
ESPECIFICACIONES DE LOS COMBUSTIBLES FÓSILES PARA LA
PROTECCIÓN AMBIENTAL, sobre todo en los contenidos de azufre
total en este hidrocarburo, cuya tolerancia debe ser de 30 TREINTA
PARTES POR MILLÓN. (ASTM D 5453-05).
Lo relativo de su consumo, representa el 11% de los combustibles
comercializados en México. Inició en 2014, con precio al público de
$ 12.69, se incrementó hasta hoy en $1.31 por litro, para llegar a $
14.00 por litro., que representa un impacto del 10.3% en el presente
año. Triplicando prácticamente el índice inflacionario esperado para el
año 2014.
Estos Precios de Gasolinas y Diesel Incluyen el
Impuesto a los Combustibles Fósiles, Ley del IEPS
IEPS COMBUSTIBLES FÓSILES
10.38
Centavos por Litro
10.38
Centavos por Litro
12.59
Centavos por Litro
En vigor desde 1° Enero 2014
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Asociación Mexicana de Empresarios Gasolineros A.C.
Incrementos en Precios de Gasolinas y Diesel en 2014
Precios al 31 Dic 2013
12.13
12.69
12.49
PRECIOS AL PÚBLICO
Fecha de incremento
01-ene-14
01-feb-14
01-mar-14
05-abr-14
03-may-14
07-jun-14
05-jul-14
02-ago-14
06-sep-14
04-oct-14
01-nov-14
Aumento en 2014
Porcentaje Aumento
INCREMENTOS
PRECIOS PUBLICO
12.32
12.41
12.50
12.59
12.68
12.77
12.86
12.95
13.04
13.13
13.22
$ 1.09
9.0%
12.90
13.01
13.12
13.23
13.34
13.45
13.56
13.67
13.78
13.89
14.00
$ 1.31
10.3%
2014
12.73
12.84
12.95
13.06
13.17
13.28
13.39
13.50
13.61
13.72
13.83
$ 1.34
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
0.19
0.09
0.09
0.09
0.09
0.09
0.09
0.09
0.09
0.09
0.09
$ 1.09
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
0.21
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
0.24
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
$ 1.31
$ 1.34
$
$
10.7%
Proyección Precios en 2014
Al 31 de Diciembre 2014
13.31
14.11
13.94
$
Aumento Anual 2014
$ 1.18
$ 1.42
$ 1.45
$ 1.18
Porcentaje Aumento
9.7%
11.2%
0.09
0.11
$ 1.42
0.11
$ 1.45
11.6%
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Estos Precios de Gasolinas y Diesel Incluyen
la cuota del IEPS, distribuida a los Estados
CUOTA IEPS
36.00
Centavos por Litro
43.92
Centavos por Litro
29.88
Centavos por Litro
Aplica desde 2008 y a partir de 1° de Enero 2014
Pemex retiene esta cuota y la incluye en el costo
de la Factura. La Estación de Servicio ya no tiene
la obligación de enterarla al Gobierno Estatal
Como facturar las Gasolinas y el
diesel, excluyendo cuota IEPS
COMO FACTURAR LAS GASOLINAS Y EL DIESEL.- EL JUEVES 13
DE MARZO DE 2014 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
difundió en el Diario Oficial de la Federación la PRIMERA Resolución de
modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 en la que se
establece la regla relativa a:
Exclusión de las cuotas del IEPS aplicables a las gasolinas y diesel
de la base para efectos del IVA en cualquier enajenación.
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I.5.2.11. Para los efectos del artículo 2-A, fracción II, tercer párrafo
de la Ley del IEPS, las cuotas aplicables a las gasolinas y diesel
trasladadas en el precio no computan para el cálculo del IVA,
en consecuencia los distribuidores y quienes realicen la venta al
público en general de dichos combustibles no deberán considerar
como valor para efectos del IVA correspondiente a dichas
enajenaciones, la cantidad que resulte de aplicar a los litros
enajenados las cuotas que correspondan conforme al tipo de
combustible de que se trate. LIEPS 2-A
Con ello se confirman los criterios recomendados por la Asociación
Mexicana de Empresarios Gasolineros, A.C. AMEGAS para todos los
Empresarios Gasolineros del País, quienes al realizar la facturación al
público en general de la la venta de gasolinas Magna, Premium y Diesel,
se excluyan las cuotas del IEPS arriba referidas y que han sido
publicadas por AMEGAS una vez publicada la reforma fiscal que entró en
vigor el 1° de enero de 2014 y se informan mensualmente en los reportes
de aumentos de precios. La forma de facturar sin las cuotas de IEPS,
puede consultarse en tu portal: http://www.amegas.net/
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Cada litro de Gasolina Magna, Premium y
Diesel, se integra con los siguientes conceptos:
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POLÍTICA DE PRECIOS DE LAS GASOLINAS
Y EL DIESEL PARA 2014
Como fue aprobado en la Ley de Ingresos de la Federación para
2014, se aplicará un incremento mensual de 9 centavos para la
gasolina Magna, ajuste menor al aumento de 11 centavos mensuales
que se observó en 2013. En el caso de la gasolina Premium y el
diesel, el incremento mensual se mantiene en 11 centavos. El primer
aumento se observará el 1 de enero de 2014 y en meses
subsecuentes se dará el primer sábado de cada mes.
La Federación a partir del primero de enero de 2014, recibirá los
ingresos provenientes del Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios IEPS, aplicables a la venta de Gasolinas y diesel para
combustión automotriz, señalados en las fracciones I y II del artículo
2A, relativos a la cuota Federal para distribuirse a los Estados y el
impuesto al Carbono o Combustibles Fósiles. Ambos incluidos en
el precio que Pemex factura a las Gasolineras y se reflejan en el
Precio al Público por litro.
Durante el año 2014, la Ley de Ingresos de la Federación, contempla:
Por razones de interés público y cuando se considere necesario evitar
aumentos desproporcionados en el precio al usuario final, el Ejecutivo
Federal fijará los precios máximos al usuario final y de venta de primera
mano del gas licuado de petróleo, sin que se requiera trámite o requisito
adicional alguno.
El Ejecutivo Federal deberá enviar a las comisiones de Hacienda y Crédito
Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados,
un informe detallado del mecanismo para fijar los precios de las
gasolinas, gas y energía eléctrica.
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POLITICA DE PRECIOS GASOLINAS
Y DIESEL EN 2015 – 2016 y 2017
La Ley de Hidrocarburos que regula la comercialización de gasolinas
y diesel desde el 11 de Agosto de 2014, cuando fue publicada en el
Diario Oficial de la Federación y establece en el artículo transitorio
décimo cuarto, fracción I, inciso b): “En relación con los mercados
de gasolinas y diése, se observará lo siguiente, en materia de
Precios:
A partir del 1o. de enero de 2015 y, como máximo, hasta el 31
de diciembre de 2017 la regulación sobre precios máximos al
público de gasolinas y diésel será establecida por el Ejecutivo
Federal mediante acuerdo. Dicho acuerdo deberá considerar
las diferencias relativas por costos de transporte entre
regiones y las diversas modalidades de distribución y expendio
al público, en su caso.
Asimismo, la política de precios máximos al público que se
emita deberá prever ajustes de forma congruente con la
inflación esperada de la economía y, en caso de que los
precios internacionales de estos combustibles experimenten
alta volatilidad, el Ejecutivo Federal preverá mecanismos de
ajuste que permitan revisar al alza los incrementos de
los citados precios, de manera consistente con la evolución del
mercado internacional.
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14
SOBREPRECIOS A LOS PRECIOS DE LAS
GASOLINAS O DEL DIESEL
La Ley de Ingresos 2014 contempla la posibilidad de que en
poblaciones o regiones se establezcan sobreprecios las gasolinas y
diesel, así lo señala el artículo 7°: …Cuando en un lugar o región del
país se establezcan sobreprecios a los precios de la gasolina o del
diesel, no se estará obligado al pago del impuesto especial sobre
producción y servicios por dichos sobreprecios en la enajenación de
estos combustibles. Los recursos obtenidos por los citados
sobreprecios no se considerarán para el cálculo del impuesto a los
rendimientos petroleros.
LA LEY CONTEMPLA ESTÍMULOS FISCALES
EN DIESEL EN EL AÑO 2014
 En Actividades Agropecuarias o Silvícolas.
 En actividades empresariales.
 En Transporte Público y Privado, de personas o de carga.
ANTECEDENTES PRECIOS 2013
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Asociación Mexicana de Empresarios Gasolineros A.C.
Incrementos en Precios de Gasolinas y Diesel en 2013
Precios al 31 Dic 2012
10.81
11.37
11.17
Incrementos en 2013
Fecha de incremento
05-ene-13
09-feb-13
02-mar-13
06-abr-13
04-may-13
01-jun-13
06-jul-13
03-ago-13
07-sep-13
05-oct-13
02-nov-13
07-dic-13
Aumento Anual 2013
Incremento 2013
PRECIOS PUBLICO
10.92
11.03
11.14
11.25
11.36
11.47
11.58
11.69
11.80
11.91
12.02
12.13
$ 1.32
12.2%
11.48
11.59
11.70
11.81
11.92
12.03
12.14
12.25
12.36
12.47
12.58
12.69
$ 1.32
11.6%
INCREMENTOS
11.28
11.39
11.50
11.61
11.72
11.83
11.94
12.05
12.16
12.27
12.38
12.49
$ 1.32
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
$ 1.32
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
$ 1.32
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
$
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
0.11
$ 1.32
11.8%
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16
En el año 2013, los incrementos a los precios de las gasolinas
Magna, Premium y el Diesel, los determinó la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público y son regulados por la Administración Pública
Federal, porque forman parte del conjunto de bienes y servicios
administrados por el Gobierno Federal, y están regulados en el
artículo 31, Fracción X, con relación al artículo 34, Fracción V de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Con
fundamento en estos dos artículos se determinan los deslizamientos
y subsidos aplicables a los precios de los Petrolíferos, Gasolinas
Magna, Premium y el Diesel.
Durante el año 2013, es el 07 de diciembre, la fecha del último
incremento programado por la SHCP para este año, que reflejó
aumentos de 11 once centavos mensuales un total de $ 1.32 por
cada litro, lo que representa en cada producto: Pemex Magna
incremento del 12.2%, Pemex Premium el 11.6% y Pemex Diesel el
11.8%.
Es importante resaltar el impacto que tiene entre los 25 millones de
propietarios de automotores, camiones, automóviles, y otros
vehículos de combustión interna, muchos de ellos que acuden a la
carga de su combustible en una media nacional de 100 pesos o de
50 pesos en zonas más deprimidas, siendo muy raro el consumo de
tanque lleno.
Por ello comparamos a diciembre de 2012, cuando la Gasolina
Magna tenía un valor de $10.81 por litro, 10 litros le costaban al
cliente $ 108.10 y con ese dinero, hoy diciembre de 2013, solo
compraría 8.91 litros, es decir, con el mismo dinero de hace un año,
compra 1.09 litros menos de combustible.
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17
LAS CUOTAS DE IEPS SEGUIRÁN FIJAS HASTA EL AÑO 2015, COMO LO
APROBÓ EL CONGRESO DE LA UNIÓN EN OCTUBRE DEL 2011
FACTURACIÓN A CLIENTES 2014:
FACTOR directo para determinar el IVA
Factor para determinar IVA AL 16%
APLICA 01 NOV 2014
Aplicado directo al Precio de Venta
0.13417497
0.13360394
0.13495101
Así se integra el Precio con IVA y cuota IEPS exenta
EL PRECIO AL PÚBLICO - ASÍ SE INTEGRA
Concepto
Precio
IVA AL 16%
Cuota Gasolina y Diesel
PRECIO AL PUBLICO
MAGNA
APLICA 01 NOV 2014
PREMIUM
DIESEL
11.086207
1.773793
0.360000
11.690345
1.870455
0.439200
11.664828
1.866372
0.298800
13.220000
14.000000
13.830000
LA FACTURACIÓN AL CLIENTE ES:
Concepto
Precio
IVA AL 16%
PRECIO AL PÚBLICO
MAGNA
PREMIUM
DIESEL
11.446207
1.773793
12.129545
1.870455
11.963628
1.866372
13.220000
14.000000
13.830000
Las cuotas del IEPS de la Fracción II del Artículo 2°A, seguirán
aplicándose de manera fija, en la venta de gasolinas y diesel,
durante todo el año 2014 de acuerdo a la última modificación a la Ley
del IEPS aprobada por el Congreso de la Unión en 2011. Las retiene
Pemex Refinación en la inclusión del costo de los productos Magna,
Premium y Diesel.
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Teléfonos: 0133-3121-9183, 3121-9258, 3121-9281 Portal: www.amegas.net,
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De conformidad con la Ley del Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios contempla que…”Las cuotas a que se refiere
este artículo no computarán para el cálculo del impuesto al valor
agregado”.
Además establece que las Estaciones de Servicio…”trasladarán un
monto equivalente al impuesto establecido en esta fracción, pero en
ningún caso lo harán en forma expresa y por separado. El traslado
del impuesto a quien adquiera gasolina y diesel se deberá incluir en
el precio correspondiente”
EJEMPLO de FACTURA 2014
APLICA 01 NOV 2014
EJEMPLO FACTURA
Concepto
Venta en Bomba Gasolina
Precio al Público por Litro
Litros Vendidos
Magna
$
$
400.00
13.22
30.2572
Premium
$
$
500.00
14.00
35.7143
Diesel
$
$
600.00
13.83
43.3839
LA FACTURA ASÍ SE PRESENTARÁ:
Concepto
Magna
Premium
Diesel
Litros
30.2572
35.7143
43.3839
P Unitario
$
$
$
11.446207
12.129545
11.963628
Suma
TASA DEL 16% DEL IVA
TOTAL
Son Un Mil Quinientos Pesos 00/100 M.N.
Importe
346.3300
433.1980
519.0294
1,298.5574
201.4426
1,500.0000
Comprobación del IVA determinado:
Magna
Litros Vendidos
IVA TASA 16% POR LITRO
Suma el IVA
30.2572
1.773793
53.6700
Premium
35.7143
1.870455
66.8020
Diesel
43.3839
1.866372
80.9706
201.4426
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¿QUIERES ESTAR INFORMADO?… AFÍLIATE A AMEGAS
La responsabilidad del Empresario Gasolinero, ante la aprobación de
las Leyes Secundarias en Materia Energética publicadas en el Diario
Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, sobre todo la Ley de
Hidrocarburos, que entraron en vigor al día siguiente, obliga a
contemplar el impacto en los diversos escenarios que afronará tu
Estación de Servicio:
 DESPIDO MASIVO DE DESPACHADORES Y OFICIALES GASOLINEROS,
POR AUTOMATIZACIÓN EN EL DESPACHO DE LOS COMBUSTIBLES
PARA ABARATAR COSTOS. APROXIMADAMENTE 400 MIL OFICIALES
GASOLINEROS NO TENDRÁN TRABAJO ANTE LA APERTURA A
GASOLINERAS TRASNACIONALES, AUTORIZADA EN LA LEY DE
HIDROCARBUROS.
 BATALLA COMERCIAL EN LOS PRECIOS DE LA MAGNA, PREMIUM Y
DIESEL, ENTRE MEXICANOS A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DE
2015, DONDE SE TRANSFORMÓ EL PRECIO AL PÚBLICO DE
COMBUSTIBLES EN PRECIO MÁXIMO AL PÚBLICO, CON EL FÍN DE QUE
BAJES EL PRECIO Y TENGAS PÉRDIDAS EN TU GASOLINERA.
 PRECIOS DE GASOLINAS CON LIBRE MERCADO, CON LIBERACIÓN DE
PRECIOS DE MAGNA, PREMIUM Y DIESEL EN BREVE, COMPITIENDO
CONTRA LAS GRANDES EMPRESAS TRASNACIONALES PETROLERAS.
 INEQUIDAD EN LA CALIDAD DE LAS GASOLINAS Y DIESEL
PRODUCIDAS EN MÉXICO, QUE SON DE MENOR CALIDAD QUE LAS
OFERTADAS
POR
LAS
GASOLINERAS
DE
PETROLERAS
TRASNACIONALES. VENDEMOS GASOLINA DE 87 OCTANOS,
MIENTRAS QUE EL RESTO DEL MUNDO, VENDE GASOLINAS DE 91, 95
Y 97 OCTANOS.
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 TU PRINCIPAL COMPETIDOR ES AHORA EL MERCADO NEGRO DE
LAS GASOLINAS, EN BREVE SERÁN LAS DIEZ PETROLERAS MÁS
PODEROSAS EN EL MUNDO. SHELL, CHEVRÓN, BRITISH PETROLEUM,
EXXONMOBIL, AGYP Y OTRAS.
En AMEGAS estamos preparando un conjunto de programas y
estrategias, con la colaboración de especialistas en el tema
energético, que comprendan los siguientes escenarios:
1) Nuevo Marco Jurídico
2) Impacto comercial y nuevo desarrollo
3) Esquemas administrativos
4) Nuevos Planes de Negocios
5) Capacitación y Profesionalización
6) Financiamiento
7) Oportunidades en el Sector
8) Conservación de la propiedad de nuestras Estaciones
de Servicio
9) Estrategias para competir en los mercados a escala
10)
Analisis
y
Evaluación
de
experiencias
internacionales de éxito y fracaso en la Apertura
Energética.
En breve AMEGAS convocará al “FORO ESTRATEGIAS EN LA
TRANSICIÓN DE LA FRANQUICIA PEMEX”. Que abarcará todos los
temas relativos a la apertura energética, las prioridades que tendrá el
empresario gasolinero para sobrevivir al cambio energético, como
prepararnos para el 2015 en LA GUERRA DE PRECIOS A LA BAJA
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que pretende realizar la Secretaría de Energía, con la política de
precios plasmada en la Ley de Hidrocarburos, así como las
estrategias que se deberán implementar ante la competencia con
gasolineras trasnacionales y otros temas más.
El 11 de agosto fueron publicadas las leyes secundarias en materia
energética, que regularán un nuevo marco jurídico para la
construcción, operación y mantenimiento de las Estaciones de
Servicio.
Cambian radicalmente el marco normativo de las
actividades en materia petrolera de nuestro País, en todas las
cadenas de valor del petróleo:
1) Exploración
2) Extracción
3) Refinación
4) Transporte
5) Almacenamiento
6) Distribución
7) Comercialización (Estaciones de Servicio)
Los Boletines AMEGAS sólo serán enviados a las Estaciones de
Servicio Asociadas.
AMEGAS - OAXACA
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El Lic. Juan Vera Carrizal, Presidente de Unión de Gasolineros de
Oaxaca Surestes, A.C., organizó el FORO LEYES ENERGÉTICAS
AMEGAS OAXACA, evento al que asistió el Lic. Javier Villacaña,
Presidente Municipal de Oaxaca para tomar la protesta al Comité
Directivo de la Unión de Gasolineros Oaxaca Sureste, el pasado 24
de mayo de 2014.
Con el respaldo de todos los sectores empresariales y grupos
sociales, es posible construir el Oaxaca al que todos aspiramos,
limpio, seguro, ordenado y funcional, afirmó el Presidente Municipal
de Oaxaca de Juárez, Javier Villacaña, en la ceremonia de toma de
protesta de Juan Vera Carrizal como nuevo presidente de la Unión
de Gasolineros de Oaxaca – Sureste, adherida a la Asociación
Mexicana de Empresarios Gasolineros (AMEGAS).
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En presencia del Presidente de AMEGAS, Juan Pablo González
Córdova, legisladores locales, empresarios gasolineros y
autoridades del gobierno estatal, el edil de la ciudad de Oaxaca
reiteró su firme voluntad por ser un aliado permanente de todos los
sectores que conforman el municipio, es tiempo –dijo- de sumar por
Oaxaca, por México y nuestra gente.
Villacaña Jiménez refrendó su adhesión a la convergencia de
voluntades y objetivos comunes con la Asociación Mexicana de
Empresarios Gasolineros y la Unión de Gasolineros de Oaxaca,
quienes al igual que las autoridades municipales procuran
modernizar y eficientar el servicio.
En su intervención, el nuevo presidente de la Unión de Gasolineros
del Estado de Oaxaca-Sureste (UGOS), Juan Vera Carrizal garantizó
la puesta en marcha de acciones en beneficio de la comunidad,
llevando un diálogo e interlocución permanente con las autoridades
de los tres niveles de gobierno para su realización.
"Basaremos todas nuestras decisiones en el respeto y la igualdad,
para lograr un desarrollo armónico de la sociedad y cada uno de los
sectores que la componen", afirmó el nuevo presidente de la UGOS.
A la toma de protesta de Juan Vera Carrizal asistieron 70 integrantes
de la Asociación Mexicana y de la Unión de Gasolineros del Estado
de Oaxaca además de la diputada federal Aida Ramírez Torres, los
diputados locales Manuel Andrés García Díaz y Yolanda López
Velasco, el Lic. Manuel Tostado, Luis Caballero, Gonzalo Abundez
Oportunamente hicimos entrega de las propuestas del Sector
Gasolinero a través de AMEGAS, a integrarse en las leyes
secundarias en materia energética de transporte, almacenamiento,
distribución y comercialización de petrolíferos, gasolinas y diesel.
Se hizo entrega personal al Senador David Penchyna Grub, quien
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abrió las puertas para participar en las mesas de trabajo que se
desarrollen en el Senado de la República. De igual forma se hizo
con el Diputado Luis Espinoza Cházaro, Secretario de la Comisión
de Energía de la Cámara de Diputados, además con Jesus Zambrano
Grijalba, presidente del PRD, con Jorge Lavalle Maury del PAN y
demás partidos políticos. Se analizó a detalle lo siguiente:
PROPUESTA AMEGAS EN REFORMA ENERGÉTICA
1) RECOMENDACIONES ANTICORRUPCIÓN
2) CANTIDAD O VOLUMEN DE PETROLÍFEROS
3) CALIDAD DE GASOLINAS Y DIESEL
4) TERRITORIALIDAD O ZONA GEOGRÁFICA
5) TRANSPORTE EN PIPAS O AUTOTANQUES
6) PRECIOS Y COMPETITIVIDAD
7) TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO
8) MERMA EN COMBUSTIBLES
9) IMPACTO AL EMPLEO EN GASOLINERAS
10)
FUTURO DE LA FRANQUICIA PEMEX
Pablo González Córdova, como Presidente de AMEGAS y en
representación del Sector Gasolinero del País, participó en los
Debates sobre Reformas en Materia Energética, desarrollados en el
Senado de la República, organizados por el PRI y el PAN, así como el
debate público de la reforma energética organizado por el PRD en el
edificio de Xicotencatl, antiguo Senado, con ponencias y
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pronunciamientos en favor de las estaciones de servicio de todo el
país.
AMEGAS realizó el 17 de enero de 2014, un Foro Energético con las
propuestas del sector gasolinero a las Leyes Secundarias y
Reglamentarias que regularán las actividades del Transporte por
poliducto y rueda, Almacenamiento, Distribución y Comercialización
de Petrolíferos, Gasolinas y Diesel, en la ciudad de Mérida Yucatán,
siendo anfitrión del evento, nuestro Vicepresidente Ing. Pedro Angel
Castillo Castellanos, Presidente de la Organización Peninsular de
Gasolineros, A.C. OPEGA.
Consumada la reforma energética que modifica los artículos 25, 27 y
28 Constitucionales, no existe restricción alguna para que empiecen
a operar las gasolineras de las empresas petroleras trasnacionales,
como lo son EXXONMOBIL, CHEVRÓN TEXACO, TOTAL, AGIP,
SHELL, BRITISH PETROLEUM BP y otras más.
La competencia estará frente a tu gasolinera a partir del 1 uno de
Enero de 2016.
¿QUE HARÁS CUANDO LA GASOLINERA EXTRANJERA VENDA
GASOLINAS DE MEJOR CALIDAD Y MÁS BARATAS QUE LAS QUE
TU OFRECES AL PÚBLICO?
Ante la apertura en comercialización de combustibles, en este Foro
se acordó formalizar una Sociedad Mercantil que agrupe a la mayor
parte de empresarios gasolineros mexicanos, integrando un NUEVO
GRUPO ENERGÉTICO AMEGAS, que represente los intereses de
nuestras estaciones de servicio y que nos permitan la
sustentabilidad y adaptación al cambio, ante los nuevos escenarios,
que no están definidos y por ello, AMEGAS te invita a integrarte,
Av. Chapalita No. 1075 Colonia Chapalita, CP 45050, Guadalajara Jalisco
Teléfonos: 0133-3121-9183, 3121-9258, 3121-9281 Portal: www.amegas.net,
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estar informado y saber el futuro de tu gasolinera con mayor
certidumbre jurídica, comercial y operativa.
En breve, el Senado de la República enviará las leyes aprobadas, al
Ejecutivo Federal, para su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Te invitaremos en breve a defender institucionalmente los derechos
patrimoniales de tu gasolinera, por ello necesitamos estar
integrados en esta propuesta. te invitamos a incorporarte de
inmediato a AMEGAS. encontrarás solicitud de admisión anexa.
AMEGAS es la unica asociacion independiente, que no recibe
apoyo, pago o prebenda de pemex, ni de ninguna otra entidad, y
enarbola con la libertad que marca la constitución, la defensa
institucional de nuestras empresas familiares.
Aquellas
organizaciones que tanto lloraron por apoyar la apertura a
extranjeros, ahora lo lamentan, pero tú tienes la decisión, es ahora o
nunca.
En AMEGAS queremos servirte, orientarte y proponerte las mejores
opciones para fortalecer nuestras gasolineras.
infórmate, consulta el portal de:
www.amegas.net
AFILIATE A AMEGAS: Llama a nuestras secretarias:
Elizabeth Ortega y de Alba
Asociación Mexicana de Empresarios Gasolineros, A.C.
Lourdes Hildelisa Velasco Mora
Union de Gasolineros de Jalisco y Nayarit,
A.C.
Av. Chapalita No. 1075 Colonia Chapalita, CP 45050, Guadalajara Jalisco
Teléfonos: 0133-3121-9183, 3121-9258, 3121-9281 Portal: www.amegas.net,
[email protected]
27
Unión de Gasolineros de Jalisco y Nayarit, A.C.
Tel: 01 (33) 3121 9183 - 3121 9258 - 3121 9232
Nextel: 01 (33) 3077 1474 Id 62*275338*11
Guadalajara, Jal.
[email protected]
[email protected]
[email protected]
Asociacion Mexicana de Empresarios
Gasolineros AC
Tel. (33) 3121-9258/ 9281/ 9183/ 9232
(33) 3647-5076
Nextel. (33) 3077-1471 ID: 62*275338*6
[email protected]
[email protected]
[email protected]
Atentamente
Guadalajara Jalisco a 31 de octubre de 2014
CONSEJO DIRECTIVO
CP PABLO GONZÁLEZ CÓRDOVA
PRESIDENTE
Vicepresidente:
Vicepresidente:
Secretario:
Pro Secretario:
Tesorero:
Pro Tesorero:
Vocal:
Vocal:
Vocal:
Vocal:
Vocal:
Vocal:
Vocal:
Director General
Director Jurídico
Ing. Pedro Ángel Castillo Castellanos
Lic. Pedro Aureliano Mier y Concha Baltazar
Lic. Pedro Ariel Mendivil García - Mexicali
Sr. Luis Caballero Navarro - México
Juan Manuel Arellano Lara – Baja California
Arq. José Arturo Flores Muñoz - Jalisco
Lic. Alejandro Borja Robles - Tijuana
Ing. Juan Limberg Hernández Bonifaz - Chiapas
C. P. Aída Ramírez Torres - Puebla
Lic. Pedro Castillo Lago - Yucatán
Lic. Héctor Manuel Tostado Hernández - México
Lic. Juan Vera Carrizal - Oaxaca
José Orozco Torres Presidente de la Asociación
de Gasolineros de Colima, A.C.
Arq. Honorio Abundes Orihuela
Lic. Mario Alberto González Alcántara
Av. Chapalita No. 1075 Colonia Chapalita, CP 45050, Guadalajara Jalisco
Teléfonos: 0133-3121-9183, 3121-9258, 3121-9281 Portal: www.amegas.net,
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28
Director de Metrología
Dir Energías Renovables
Dir Fiscal-Contable
Dir Innovación Tecnológica
Dir Protección Civil
y Ecología
Ing. Hilarión Jiménez Arena
Biólogo Luis A. Flores León
CP J.G.Alejandro Vazquez Pantoja
Ing. Juan Pablo González Rivera
Ing. Ramón González Nuñez
CONSEJEROS:
Pablo Martín
Lic. Carlos Grijalba
Lic. Gabriela Ledezma de Arellano
Lic. Rodrigo Abundes Ruíz Velasco
Lic. Ruth Martín Pérez
Dr. Ramiro Nicolás Palma Martínez
Lic. Gonzalo Abundes Ruiz Velasco
Lic. Adrián Cuauhtemoc Estrada S.
Alberto Ramírez Torres
Juan Carlos Castillo Corominas
Jose María Bautista Arias
Lic. Antonio Martínez Moreno
Lic. Jorge Andrés Bello Navarro
Flavio de la Luz Sotelo
Janet Ramírez Ramírez
Raquel Jaramillo Hernández
Luciano Ramírez
Ricardo Loza Parra
Mario Lizardi
Chihuahua Vocal
Mexicali
Vocal
Ensenada Vocal
Edo Mex Vocal
Jalisco
Vocal
Oaxaca
Vocal
Guerrero Vocal
Nayarit
Vocal
Tlaxcala
Vocal
Nayarit
Vocal
Nayarit
Vocal
Tamaulipas Vocal
Veracruz Vocal
Veracruz Vocal
Guanajuato Vocal
Jalisco
Vocal
Jalisco
Vocal
Jalisco
Vocal
Jalisco
Vocal
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