Actualización del Manual de Clasificadores Presupuestarios para el

Actualización del Manual de
Clasificadores Presupuestarios
para el Sector Público
Departamento de Estudios Económicos y Tributarios
CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO PARA EL SECTOR PÚBLICO
Esta Dirección General da a conocer el nuevo Clasificador Presupuestario para el Sector Público
en virtud a lo establecido en los Artículos 2 y 3 de la Resolución No. 063-2014 del Ministerio de
Hacienda que autoriza la implementación del mismo a partir del 1ro de enero del ejercicio fiscal
2015. Para mayor información, referirse al Manual de Clasificadores Presupuestarios para el
Sector Público, publicado en:
http://www.dgii.gov.do/informacionTributaria/publicaciones/estudios/Documents/ManualdeCl
asificadoresPresupuestarios2014.pdf
PRINCIPALES CAMBIOS DEL NUEVO CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO
A continuación se presentan las principales modificaciones realizadas por el nuevo Clasificador
Presupuestario que afectan las partidas de los ingresos recaudados por la DGII:
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Se crean las cuentas auxiliares de Accesorios que comprende todos los recargos, multas,
sanciones e intereses indemnizatorios de cada categoría de impuestos.
El Impuesto Emisiones CO2 que antes se encontraba bajo la partida de Impuesto a la
Propiedad, se reubica en la partida de Impuesto Ecológico.
El Impuesto a la Inscripción Vehículos (Primera Placa) que antes se encontraba bajo
Impuestos Sobre la Propiedad, se reubica en la partida Impuesto S/ Uso de Bienes y
Licencias.
El Impuesto Sobre Cheques y Transferencias Bancarias se reubica en Impuesto Sobre la
Propiedad, antes contemplado en el concepto Impuesto sobre los Servicios.
Se crea la partida de Ingresos por Contraprestación que comprende los ingresos por
ventas de bienes y servicios realizadas por instituciones públicas no empresariales y
empresas públicas empresariales.
Para más detalles de todos los cambios, ver el Anexo del presente documento.
ANEXO
CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO 2015
IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS
Impuestos Sobre la Renta de las Personas Físicas
- Retención Intereses Personas Físicas
Impuestos de las Empresas y Otras Corporaciones
- Impuesto Sobre Ventas Zonas Francas Ley 139-11
- Impuesto Sobre Ventas Zonas Francas Comerciales
- Impuesto por Juegos Telefónicos
- Retención de 1% S/ Ganancias de Capital (Ley 139-11)
- Retención Intereses Personas Jurídicas
Impuestos S/ los Ingresos Aplicados Sin Distinción de
Persona
- Intereses Pagados o Acreditados en el Exterior
- Impuesto sobre Maq Tragamonedas
Accesorios Sobre los Impuestos a los Ingresos
IMPUESTOS SOBRE LA PROPIEDAD
- Imp. S/Prop. Inmobiliaria (Persona Física)
- Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones
- Impuestos sobre los Activos (Empresas)
COMENTARIOS/CAMBIOS
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
Se reubica en el Impuesto S/Renta de las Personas Físicas,
antes contemplado en Otros Impuestos sobre los Ingresos.
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
Se crea la cuenta auxiliar excluyéndola del concepto
Impuesto S/Renta de las Empresas Ley 11-92.
Se crea la cuenta auxiliar excluyéndola del concepto
Impuesto S/Renta de las Empresas Ley 11-92.
Se crea la cuenta auxiliar excluyéndola del concepto
Impuesto S/Renta de las Empresas Ley 11-92.
Se reubica en el Impuestos de las Empresas y Otras
Corporaciones, antes contemplado en Otros Impuestos
sobre los Ingresos.
Se reubica en el Impuestos de las Empresas y Otras
Corporaciones, antes contemplado en Otros Impuestos
sobre los Ingresos.
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
Se reubica en Impuestos Sobre los Ingresos Aplicados Sin
Distinción de Persona, antes contemplado en Impuestos
Sobre el Uso de Bienes y Licencias.
Se crea la subcuenta que comprende todas las multas,
recargos, interés indemnizatorio y sanciones que ocasionan
los tributos a los ingresos percibidos por personas físicas,
empresas y otras corporaciones.
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
- Impuestos S/Cheques y Transf. Bancarias
Se reubica en Impuesto Sobre la Propiedad, antes
contemplado en el concepto Impuesto sobre los Servicios.
- Accesorios sobre la Propiedad
Se crea la cuenta auxiliar que comprende todos los recargos,
multas, sanciones e intereses indemnizatorios a los
impuestos que gravan regularmente el patrimonio neto.
Hace referencia a los conceptos presupuestarios reclasificados en otras partidas.
Se refiere a las modificaciones en los nombres de los conceptos presupuestarios así
como a la desagregación de los mismos.
Hace referencia a la creación de nuevas partidas que no estaban contempladas en el
clasificador anterior.
CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO 2015
COMENTARIOS/CAMBIOS
IMPUESTOS INTERNOS SOBRE MERCANCÍAS Y SERVICIOS
Impuestos Adicionales y Selectivos Sobre Bienes y
Servicios
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
- Impuesto S/Ss. De Telecomunicaciones
Se reubica en la partida Impuestos Adicionales y Selectivos
Sobre Bienes y Servicios, antes contemplada en la partida
Impuesto S/ los Servicios.
- Impuesto S/ los Seguros
Se reubica en la partida Impuestos Adicionales y Selectivos
Sobre Bienes y Servicios, antes contemplada en la partida
Impuesto S/ los Servicios.
Impuestos Sobre el Uso de Bienes y Licencias
- Imp. Inscripción Vehículos (Primera Placa)
Se reubica en la partida Impuesto S/ Uso de Bienes y
Licencias, antes contemplada en el Impuestos S/ la
Propiedad.
Accesorios Sobre Impuestos Internos a Mercancías y
Servicios
Se crea la subcuenta que comprende todos los recargos,
multas, sanciones e intereses indemnizatorios que recaen
sobre los bienes y servicios recaudados en etapas por las
empresas que normalmente proveen un producto ya sea
nacional o importado a los ciudadanos de un país.
IMPUESTOS S/EL COMERCIO Y LAS TRANSACCIONES
COMERCIO EXTERIOR
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
- Accesorios de Impuestos Sobre el Comercio Exterior
IMPUESTOS ECOLÓGICOS
- Impuesto Emisiones CO2
INGRESOS POR CONTRAPRESTACIÓN
Se crea la cuenta auxiliar que comprende todos los recargos,
multas y sanciones que son aplicados a todas las
transacciones que engloban el comercio con el exterior.
Se crea la nueva partida en la que se agrupan los impuestos
exigidos por el vertido o la emisión al medio ambiente de
gases nocivos, líquidos u otras sustancias peligrosas.
Se reubica en la partida Impuesto Ecológico, antes
contemplado en la partida Impuesto a la Propiedad.
Se crea la partida que comprende los ingresos por ventas de
bienes y servicios realizadas por instituciones públicas no
empresariales y empresas públicas empresariales.
- Ventas de Bienes y Servicios
Se crea la partida que comprende las ventas de bienes y
servicios por parte de los establecimientos no de mercado de
las unidades del gobierno general.
- Tasas Tarjetas de Turismo
Se reubica en la partida Ingresos por Contraprestaciones,
antes contemplada en la partida Otros Ingresos No
Tributarios.
- Derechos Administrativos
Se crea esta partida que comprende los derechos que se
pagan por licencias obligatorias y otros derechos
administrativos que constituyen ventas de servicios.
- Accesorios de Derechos Administrativos
Se crea la cuenta auxiliar que comprende todos los cargos
por concepto de multas, sanciones y recargos que abarquen
derechos administrativos.
Hace referencia a los conceptos presupuestarios reclasificados en otras partidas.
Se refiere a las modificaciones en los nombres de los conceptos presupuestarios así
como a la desagregación de los mismos.
Hace referencia a la creación de nuevas partidas que no estaban contempladas en el
clasificador anterior.
CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO 2015
OTROS INGRESOS
COMENTARIOS/CAMBIOS
Se modifica el nombre del concepto presupuestario.
- Multas y Sanciones
Se crea la cuenta auxiliar que comprende las transferencias
corrientes obligatorias impuestas a las personas físicas y
jurídicas por los tribunales o los órganos cuasijudiciales por
incumplimiento de las leyes o normas administrativas.
- Ingresos Diversos
Se crea la cuenta auxiliar que comprende los ingresos
originados en aportes de la comunidad para la ejecución de
obras de mejoramiento público no contemplado en las
partidas anteriores.
Hace referencia a los conceptos presupuestarios reclasificados en otras partidas.
Se refiere a las modificaciones en los nombres de los conceptos presupuestarios así
como a la desagregación de los mismos.
Hace referencia a la creación de nuevas partidas que no estaban contempladas en el
clasificador anterior.