inspección del trabajo - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad

MATERIALES DE FORMACIÓN SINDICAL
INSPECCIÓN DEL TRABAJO
La colaboración
Estado/Sindicatos
en la promoción
del trabajo registrado
Staff
Publica
Programa de Apoyo a la Formación Sindical
Colaboró: Agustín Rojo
Contenidos
Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo y la Seguridad Social
Colaboraron: María Fernanda Rosales Vázquez
y Susana Griselda Saucedo
Edita: Dirección de Prensa y Comunicaciones
Director
Gustavo Villafañe
Coordinación: Ezequiel Salas. Área Comunicaciones: Silvina Bruno,
Ezequiel Asquinasi. Área Estilo Editorial: Rodolfo Loiacono,
Enrique Salvino, Ana María Taibo. Área Diseño: Coordinadoras:
María Laura Bukvic, María Cecilia Sabic. Equipo: Melina Bevilacqua,
Ximena García, Nicolás Stilman.
noviembre de 2013
Autoridades
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Carlos Tomada
Secretaria de Trabajo
Noemí Rial
Subsecretario de Fiscalización del Trabajo y la Seguridad Social
Guillermo E. J. Alonso Navone
Coordinador de Apoyo a la Formación Sindical
Ricardo Gringras
Materiales de Formación Sindical
Inspección
del trabajo
La inspección del trabajo es una herramienta
fundamental para el logro del trabajo digno
en su significado más amplio. Para la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el objetivo del “Trabajo Decente” se inscribe en el de
la inclusión social. En septiembre de 2003 se
puso en marcha el Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT) como respuesta
a una situación sociolaboral preocupante,
que se expresaba en un 49,9% de trabajo no
registrado y sus consecuencias: la inestabilidad
laboral y la fragmentación social.
En el ámbito laboral, la inspección es uno de los
instrumentos más importantes con que cuenta
el Estado para estimular y contribuir al trabajo
decente en sus distintos aspectos: relaciones laborales, salarios, condiciones generales de trabajo,
seguridad y salud en el trabajo, y cuestiones relacionadas con el empleo y la seguridad social.
Materiales de Formación Sindical
Competencias
Cuando decimos competencias nos refe­
rimos al espacio legal en el que una auto­
ridad pública tiene poder para intervenir o
resolver determinados asuntos. El Ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación (MTEySS), por una parte, y los esta­
dos provinciales, por otra, realizan tareas de
inspección que son guiadas de acuerdo a
un criterio de federalismo cooperativo. En
este marco federal, sus competencias o atri­
buciones son diferentes.
Distintas normas1 establecen la división
de competencias entre la Nación y las
jurisdicciones autónomas que conviven
en el sistema federal: las veintitrés pro­
vincias y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Estas normas también definen sus
Trabajo infantil detectado
durante una fiscalización
del Ministerio de Trabajo
de Entre Ríos.
1. Se trata del Pacto Federal de Trabajo, ratificado por la Ley Nº25.212 en el año 1999, y de los distintos convenios celebrados con los gobiernos provinciales en el marco de dicho Pacto.
6 Inspección del trabajo
facultades en materia de inspección y
aplicación de sanciones.
Las provincias poseen estructuras admi­
nistrativas encargadas de las actividades
de inspección. Estos organismos tienen
competencia para fiscalizar:
a) Condiciones generales del trabajo.
b)
Cumplimiento de las normas de higiene
y seguridad en el trabajo.
c)
Normas de los convenios colectivos de
trabajo.
El Ministerio de Trabajo de la Nación, por
su parte, posee las siguientes competencias:
a)
Federal en materia de ubicación
territorial y actividad: para inspeccio­
nar aquellas actividades que por su
ubicación terri­torial corresponden a la
esfera federal (puertos y aeropuertos),
o que por el tipo de actividad impli­can
tareas en distintas jurisdicciones, por
ejemplo, el transporte interpro­vincial
de cargas y pasajeros; transporte marí­
timo, fluvial y lacustre.
b)
En el terreno de la Seguridad Social:
para verificar y fiscalizar en todo el te­
rritorio nacional que los empleadores
cumplan con su obligación de declarar
e ingresar los aportes y contribuciones
sobre la nómina salarial.2 Estos aportes
y contribuciones integran el Sistema
Único de la Seguridad Social, gestiona­
do por la Administración Nacional de la
Seguridad Social (ANSES), y, junto con
los impuestos generales, son su fuente
de financiamiento.
Debemos recordar que en 2003 el
índice de trabajo no registrado en el
empleo asalariado alcanzó su máximo
histórico3 afectando significativamente
a los trabajadores y desfinanciando al
conjunto del sistema de la seguridad
social. En respuesta a esta problemá­
tica se creó el Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT).
2. Atribuciones establecidas en la Ley Nº25.877, artículo 36, sin perjuicio de las facultades concurrentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
3. La problemática del empleo no registrado y la informalidad laboral comienza a incrementarse en la década del 80 y
se agrava durante los años 90 con la profundización de políticas neoliberales.
Inspección del trabajo 7
Materiales de Formación Sindical
Transporte interprovincial:
su inspección corresponde
al Ministerio de Trabajo
de la Nación.
c)
Federal en materia de riesgos del
trabajo: para controlar las condicio­
nes de higiene y seguridad en el tra­
bajo de establecimientos ubicados
en jurisdicción federal, tarea a cargo
de la Superintendencia de Riesgos
del Trabajo (SRT), dependiente del
MTEySS.4
4. Creada por Ley Nº24.557, esta Superintendencia también controla el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las
Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
8 Inspección del trabajo
PROVINCIAS
Fiscalizan
Condiciones
Normas de
higiene y seguridad
Convenios
MTEySS
Fiscaliza
Actividades
en territorio federal
o interjurisdiccional
Seguridad Social
en todo el país
Riesgos del trabajo
en territorio federal
Inspección del trabajo 9
Materiales de Formación Sindical
¿Qué beneficios tiene estar registrado para las trabajadoras,
los trabajadores y sus organizaciones sindicales?
Las trabajadoras y trabajadores registrados
acceden plenamente a los derechos establecidos
en la legislación laboral*. Esto significa mejores
condiciones de vida y de empleo.
derecho a un ambiente de trabajo protegido y seguro.
n
Acceso al sistema previsional, lo que
implica –a futuro­– una jubilación para el
trabajador/a y, en caso de su fallecimiento,
1) R especto de las relaciones laborales, signipensión para sus derechohabientes.
fica tener un Convenio Colectivo, que fija: nCobertura de salud a través de las obras
n
Encuadramiento en categorías laborales
sociales para el trabajador/trabajadora y su
determinadas.
familia.
n
Condiciones de trabajo particulares de la nPensión por invalidez.
actividad.
nAsignaciones familiares (por hijo/a, escolarinDerechos y licencias especiales.
dad, nacimiento, etc.).
nVacaciones pagas.
nSeguro de desempleo.
2) E n cuanto a la Seguridad Social, implica de 3) E n términos gremiales, habilita el ejercicio
manera automática:
de derechos sindicales:
nReconocimiento de enfermedades inculpables. nSer delegado o delegada contando con la
nAcceso al subsistema de riesgos del tratutela para hacerlo.
bajo: cobertura ante eventuales accidentes nParticipar más activamente en la vida del
laborales y enfermedades profesionales y
sindicato.
El trabajo registrado es el marco óptimo para En el terreno económico financiero las activique las organizaciones sindicales desarrollen dades registradas permiten a las organizaciones
plenamente su actividad política y gremial**.
aumentar sus recursos para:
nSostener la acción gremial.
En términos políticos, el sindicato es más pode- nBrindar mejores prestaciones de salud en
roso cuando más trabajadores/as registrados
sus obras sociales.
hay en su rama de actividad:
n
Incorporar otros servicios a sus afiliados
n
Tiene más personas bajo convenio y
(vivienda, actividades culturales, etc.).
aumenta su representatividad.
nPuede incrementar su número de afiliados/as. Por el contrario, cuanto más trabajo no regisnTiene mayor independencia de los ciclos eco- trado haya en la rama donde actúa el sindicato,
nómicos para defender los puestos de trabajo mayor será la presión a la baja sobre las condiciones
y lograr la estabilidad de sus representados/as. laborales de quienes se encuentran en regla.
* Ley de Contrato de Trabajo N°20.744 y la ley del Empleo Público N°25.164.
** De acuerdo a la Ley de Asociaciones Sindicales Nº23.551.
Inspección del trabajo 11
Materiales de Formación Sindical
Importancia de la relación Ministerio / Sindicatos
para la inspección del trabajo
Es de vital importancia la información
que puedan aportar los sindicatos acerca
de actividades y empleadores con altos
índices de irregularidad. También la que
puedan acercar las Cámaras empresarias.
Nadie mejor que ellos para conocer las
formas en que se organiza la actividad,
En muchas ocasiones, tanto sindicatos
como cámaras se presentan de manera
espontánea en el MTEySS para solicitar
inspecciones (ver más adelante el recua­
dro “Denuncias” para conocer las vías de
comunicación). Otras veces, se celebran
convenios específicos de cooperación en
materia de inspección. Ambas modalida­
des de cooperación están abiertas a las
organizaciones gremiales.
Además, debe subrayarse que, desde 1988,
entre las funciones que la ley5 otorga a los
representantes sindicales en la empresa,
está la de “verificar la aplicación de las nor­
mas legales o convencionales, pudiendo
participar en las inspecciones que disponga
la autoridad administrativa del trabajo”.
Neuquén: el MTEySS
inspecciona obras
en construcción.
5. Ley Nº23.551 (DT, 1988-A, 802), art. 43, inc. a).
12 Inspección del trabajo
las condiciones de trabajo imperantes, las
estacionalidades y la localización de los
establecimientos.
¿Cómo se registra un trabajador?
Es importante que los delegados sindica­
les cuenten con información básica sobre
estos procedimientos para estar en con­
diciones de asesorar a sus compañeros y
hacer el seguimiento de la gestión corres­
pondiente por parte de la empresa o el
empleador.
Una cuestión central es que el trámite es
rápido y sencillo. No es aceptable ya como
argumento que registrar a los trabajado­
res lleve largo tiempo o sea complicado.
Los empleadores están obligados a infor­
mar por internet todas las Altas y Bajas de
personal, así como las modificaciones de
los datos informados, a través del servicio
“MI SIMPLIFICACIÓN–ON LINE”. Para ello
el empleador accede con su clave fiscal
al portal:
Mediante este servicio el empleador
puede, por ejemplo:
n
Informar las altas de las nuevas relacio­
nes laborales.
n
Confirmar las altas anticipadas por
teléfono.
n
Modificar los datos ingresados oportu­
namente.
n
Informar las bajas de las relaciones
laborales.
n
Anular las altas y bajas comunicadas.
n
Informar las altas, modificaciones y
bajas de las relaciones familiares de sus
trabajadores.
n
Consultar:
todas las relaciones laborales acti­
vas existentes.
todas las gestiones de claves reali­
zadas en un día, etc.
http://www.afip.gov.ar/genericos/
miSimplificacion.asp
Inspección del trabajo 13
Materiales de Formación Sindical
Metodología y planificación de inspecciones
En el marco del Plan Nacional de Regularización del Trabajo, las fiscalizaciones
siguen un procedimiento predetermi­
nado. Las y los inspectores relevan traba­
jadoras/es y posteriormente se realiza un
cruce de datos que permite saber si existe
una relación laboral registrada ante el Sis­
tema de la Seguridad Social.
Las nuevas tecnologías
agilizan los procesos
de fiscalización
14 Inspección del trabajo
Al presentarse en el establecimiento, la o
el inspector toma nota de lo siguiente:
a)
Datos del empleador (CUIT, razón
social, rama de actividad, domicilio de
explotación).
b)Momento de la inspección (fecha y hora).
c)Datos de los trabajadores/as (nombre y
apellido, número de documento, sexo,
fecha de nacimiento, nacionalidad,
fecha de inicio de la relación laboral,
remuneración neta a percibir por el
trabajo realizado, tarea desarrollada,
días y horario de trabajo, domicilio
particular, tenencia de hijos menores
o discapacitados a cargo, cobro de la
remuneración por banco y máximo
nivel educativo adquirido).
Las inspecciones del trabajo se plani­
fican para lograr la mayor eficacia en
cuanto a:
a)Detectar trabajadores no registrados.
b)Avanzar en su regularización.
c)Lograr la presencia de la inspección en
todas las actividades.
d)Alcanzar la cobertura de todas las áreas
geográficas del territorio nacional.
Cobertura territorial y planificación de las inspecciones
Dada la magnitud del PNRT, fue impres­
cindible ejecutarlo por medio de las
Delegaciones Regionales que el MTEySS
posee en todas las provincias y que se
agrupan en siete Direc­cio­nes Regionales.
A éstas se suma la Dirección de Inspec­
ción Federal, con jurisdic­ción en materia
Se detectó
trabajo infantil
y trabajo no registrado
en quintas de cítricos.
de inspección en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (ver Anexo).
Después de diez años de implementación
del Programa, el MTEySS cuenta con gran
experiencia en la programación anual de
las fiscalizaciones. Las delegaciones cono­
cen las actividades propias de las econo­
mías regionales de su jurisdicción y los
períodos del año en que se realizan (por
ejemplo, en qué meses se cosecha, en qué
meses se transplanta, se poda, se desflora,
etc.). Se sabe, además, el volumen de tra­
bajadores que involucra cada una de estas
economías regionales.
Inspección del trabajo 15
Materiales de Formación Sindical
Trabajo infantil y trabajo adolescente
Dentro de la tarea de fiscalización
merecen un párrafo aparte las accio­
nes dirigidas a la protección del trabajo
adolescente –permitido si se cumplen
ciertos requisitos– y la erradicación del
trabajo infantil, que está totalmente pro­
hibido por la ley.
La Ley Nº26.3906 establece que para con­
tratar adolescentes de entre 16 y 17 años
éstos deberán tener autorización de sus
padres o tutores –salvo que vivan inde­
pendientemente de ellos–; no podrán
realizar trabajos nocturnos (entre las 20
y las 6 del día siguiente en el caso de tra­
bajo urbano y entre las 20 y las 5 para
el trabajo agrario) y la jornada laboral
no podrá superar las 6 horas diarias y 36
horas semanales en el trabajo urbano, ni
las 32 horas para el trabajo agrario.
En cuanto al trabajo infantil, no sólo está
prohibido por esta misma ley, sino que
recientemente se incorporó un artículo en
el Código Penal7 que castiga con prisión
de uno a cuatro años a quien se aproveche
“económicamente del trabajo de un niño
o niña en violación de las normas naciona­
les que prohíben el trabajo infantil, siem­
pre que el hecho no importare un delito
más grave”.
La Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo
y la Seguridad Social cuenta con la asisten­
cia técnica de la Coordinación de Prevención
del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo
Adolescente, para fortalecer los sistemas de
inspección en esta problemática específica
y, al mismo tiempo, promover la figura del
inspector de trabajo como actor clave para
la protección de la infancia y la adolescencia.
6. Ley Nº26.390 sobre la Prohibición de Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente.
7. La Ley Nº26.847 incorporó el artículo 148 bis al Código Penal.
16 Inspección del trabajo
La actividad ladrillera
tiene un altísimo
porcentaje de trabajo
no registrado.
Denuncias
El MTEySS cuenta con un Departamento de
Denuncias Laborales. Cualquier persona puede
realizar una denuncia ya sea en forma escrita
ante la Mesa de Entradas de cualquiera de nuestras Delegaciones Regionales o llamando de
manera gratuita y anónima al número
0800-666-4100
Otras formas de realizar denuncias es vía correo
electrónico ([email protected]), o
personalmente.
En el caso de ser urgentes, las denuncias generan una inspección en un lapso de 24 horas. Se
clasifican como urgentes aquellas denuncias en las que se interpreta que existe un
riesgo inminente para el trabajador o se
denuncia trabajo infantil.
Inspección del trabajo 17
Materiales de Formación Sindical
DIRECCIÓN REGIONAL PAMPEANA
Dirección: Calle 9 de Julio 860
(7000) Tandil, prov. de Bs. As.
Tel.: (0249)442-3955/3329
[email protected]
|SAN NICOLÁS:
Dirección: De la Nación 433
(2900) San Nicolás, prov. de Bs. As.
Tel.: (0336) 4423171/61
[email protected]
|MAR DEL PLATA:
Dirección: Santiago del Estero 1656
(7600) Mar del Plata, prov. de Bs. As.
Tel.: (0223) 4918398 / 4920140
[email protected]
|ZÁRATE - CAMPANA:
Dirección: Lavalle 124/128 (2800)
Zárate, prov. de Bs. As.
Tel.: (03487) 449744 / 447542/433
DIRECCIÓN REGIONAL CONURBANO
|LA MATANZA:
Dirección: Comisionado Indart 2676
(1754) San Justo, Prov. de Bs. As.
Tel.: 4484-0661 / 1161 / 1311 int. 102
|SAN MARTÍN:
Dirección: Agustín R. Vidal (ex Ramón Falcón) 3740
(1650) San Martín, prov. de Bs. As.
Tel.: (011) 4755-1621/6636 / 4753-9924 / 4724-0851
[email protected]
|CALETA OLIVIA:
Dirección: Eva Perón 400
(9011) Caleta Olivia, prov. de Santa Cruz
Tel.: (0297) 4851251
[email protected]
|TRELEW:
Dirección: Italia 60
(9100) Trelew, prov. del Chubut
Tel.: (02965) 426425
Fax: (02965) 425762
[email protected]
|COMODORO RIVADAVIA:
Dirección: Sáenz Peña 796, 2º Piso, (9000)
Comodoro Rivadavia, prov. del Chubut
Tel.: (0297) 4472338
Fax: (0297) 4471198
[email protected]
|BAHÍA BLANCA:
Dirección: Alsina 19, piso 3
(8000) Bahía Blanca, prov. de Bs. As.
Tel.: (0291) 4521219 / 4550350 / 4512005
[email protected]
|LOMAS DE ZAMORA:
Dirección: Av. Meeks 1393
(1834) Temperley, prov. de Bs. As.
Tel.: (011) 4244-2461
Fax: (011) 4244-9214/0640
[email protected]
|JUNÍN:
Dirección: Bartolomé Mitre 225
(6000) Junín, prov. de Bs. As.
Tel./Fax: (0236) 4423167
[email protected]
|LA PLATA:
Dirección:Calle 51 Nº 476 y ½ (ex 484), PB of.2, e/calles 4 y 5
(1900) La Plata, prov. de Bs. As.
Tel.: (0221) 4821861 / 4836519
[email protected]
|TANDIL:
Dirección: Calle 9 de Julio 860
(7000) Tandil, prov. de Bs. As.
Tel.: (0249) 4423329
Fax: (0249) 4423955
[email protected]
DIRECCIÓN REGIONAL AUSTRAL
|NEUQUÉN:
Dirección: Sargento Cabral 60
(8300) Neuquén, prov. del Neuquén
Tel.: (0299) 4435985
Fax: (0299) 4436494
[email protected]
|GRAL. ROCA:
Dirección: Av. Roca y Tucumán
(8332) Gral. Roca, prov. de Río Negro
Tel.: (02941) 423105/511
[email protected]
|VIEDMA:
Dirección: 25 de Mayo 724/26 planta baja y alta (8500)
Viedma, prov. de Río Negro
Tel.: (02920) 422188/229
[email protected]
|SANTA ROSA:
Dirección: Avenida San Martín Oeste 602
(6300) Santa Rosa, prov. de La Pampa
Tel.: (02954) 433048 / 434519
[email protected]
|RÍO GALLEGOS:
Dirección: Urquiza 45
(9400) Río Gallegos, prov. de Santa Cruz
Tel.: (02966) 422210 / 420082
[email protected]
|BARILOCHE:
Dirección: Mitre 630 PB
(8400) San Carlos de Bariloche, prov. de Río Negro
Tel.: (02944) 432399/154/082
[email protected]
18 Inspección del trabajo
|RÍO GRANDE:
Dirección: 9 de Julio 766
(9420) Río Grande, prov. de Tierra del Fuego
Tel.: (0296) 4430044 / 4422079
[email protected]
ANEXO
DIRECCIÓN REGIONAL CUYO
|MENDOZA:
Dirección: Eusebio Blanco 450, piso 2
(5500) Mendoza, prov. de Mendoza
Tel.: (0261) 4203420 / 4258571 / 4258249 /
4291450/1946/1835 / 4297273
Fax: (0261) 4203420
[email protected]
|SAN LUIS:
Dirección: Colón 580
(5700) San Luis, prov. de San Luis
Tel.: (02652) 421236 / 437636 / 453822
[email protected]
|SAN JUAN:
Dirección: Santa Fe Este 454
(5400) San Juan, prov. de San Juan
Tel.: (0264) 4223853 / 4222189 / 422197
[email protected]
|LA RIOJA:
Dirección: 25 de Mayo 74, piso 1
(5300) La Rioja, prov. de La Rioja
Tel.: (03822) 460321/2 / 423214 | Fax: (03822) 460323
[email protected]
|SAN RAFAEL:
Dirección: Mitre 277
(5600) San Rafael, prov. de Mendoza
Tel.: (0260) 4429211 / 4437106/ 4437130 / 4422572
[email protected]
DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO
|ROSARIO:
Dirección: Rioja 1120, piso 4
(2000) Rosario, prov. de Santa Fe
Tel.: (0341) 4402172 | Fax: (0341) 4402176/49
|SANTA FE:
Dirección: San Martín 2533, piso 1
(3000) Santa Fe, prov. de Santa Fe
Tel.: (0342) 4528046 | Fax: (0342) 4537929
[email protected]
|CÓRDOBA:
Dirección: 27 de Abril 359
(5000) Córdoba, prov. de Córdoba
Tel.: (0351) 4237566 | Fax: (0351) 4220049
[email protected]
|FORMOSA:
Dirección: Av. 9 de Julio 608
(3600) Formosa, prov. de Formosa
Tel.: (03717) 424585 / 430359
[email protected]
|PARANÁ:
Dirección: España 321, piso 1
(3100) Paraná, prov. de Entre Ríos
Tel.: (0343) 4422704
Fax: (0343) 4218794
[email protected]
DIRECCIÓN REGIONAL NOA
|CONCORDIA:
Dirección: Hipólito Yrigoyen 487, piso 2
(3200) Concordia, prov. de Entre Ríos
Tel.: (0345) 4217047/3071
[email protected]
|JUJUY:
Dirección: Otero 82
(4600) San Salvador de Jujuy,
prov. de Jujuy
Tel.: (0388) 4237808
Fax: (0388) 4237903
[email protected]
DIRECCIÓN REGIONAL NEA
Dirección: Santa Fe 867
(3400) Corrientes, prov. de Corrientes
Tel.: (03783) 468548
|RESISTENCIA:
Dirección: Arturo Illia 560, planta alta
(3500) Resistencia, prov. del Chaco
Tel.: (03722) 425160 | Fax: (03722) 426499
[email protected]
|SALTA:
Dirección: Gral. Güemes 431/5
(4400) Salta, prov. de Salta
Tel.: (0387) 4313428/771 / 4314327
[email protected]
|TUCUMÁN:
Dirección: San Martín 1012
(4000) San Miguel de Tucumán,
prov. de Tucumán
Tel.: (0381) 4229603
Fax: (0381) 4300829
[email protected]
|CORRIENTES:
Dirección: Santa Fe 867
(3400) Corrientes, prov. de Corrientes
Tel.: (03783) 422032 | Fax: (03783) 422009
[email protected]
|SANTIAGO DEL ESTERO:
Dirección: Independencia 56, piso 4
(4200) Santiago del Estero,
prov. de Santiago del Estero
Tel.: (0385) 4211252 / 4222736
[email protected]
|POSADAS:
Dirección: 3 de Febrero 1940, piso 1
(3300) Posadas, prov. de Misiones
Tel.: (0376) 4425093 / 4434195/7675
[email protected]
|CATAMARCA:
Dirección: Salta 499
(4700) San Fernando del Valle de Catamarca,
prov. de Catamarca
Tel.: (03833) 458946/52
Inspección del trabajo 19
Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo
y la Seguridad Social
Av. Leandro Alem 650, piso 12 (C1001AAO)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel.(011) 4310-6464
E-mail: inspecció[email protected]
Programa de Apoyo a la Formación Sindical
Av. Leandro N. Alem 638, piso 12 (C1001AAO)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel. (011) 4310-5885
E-mail: [email protected]
www.trabajo.gob.ar