1 FALLO CORRESPONDIENTE A LA INVITACIÓN NACIONAL A

FALLO CORRESPONDIENTE A LA INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NO. FECEB-INV3P-ADQ001-2015, PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN LA CONTRATACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y SUSTITUCIÓN
DE PERSONAL SEGÚN CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES DEL FECEB, DE CONFORMIDAD CON LAS INVITACIONES Y
BASES DE FECHA 7 DE ENERO DE 2015.
A LOS PARTICIPANTES EN EL PROCEDIMIENTO
DE INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS
TRES PERSONAS NO. FECEB-INV3P-ADQ-001-2015
P r e s e n t e.
Con esta fecha se da a conocer el fallo de la referida invitación nacional a cuando menos tres personas N°. FECEB-INV3PADQ-001-2015 de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de las Normas del Banco de México en Materia de
Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles, así como de Servicios, en relación directa con el numeral 8 de la carta
invitación, el Fideicomiso del Espacio Cultural y Educativo Betlemitas (FECEB) emite el siguiente:
FALLO
I. RELACIÓN DE LICITANTES QUE PRESENTARON PROPOSICIONES.
FACTOR INTEGRAL PROMEDIO. EXPRESADO EN NÚMERO DE
VECES EL INGRESO BRUTO MENSUAL, CON CUATRO DECIMALES,
SIN CONSIDERAR EL IVA DE LOS RANGOS DE $3,000.00 HASTA
DELANTE DE $99,000.00
EMPRESA
BEST RECURSOS HUMANOS S.A. DE C.V.
COTIZÓ
ADMINISTRACIÓN PROFESIONAL DE PERSONAL MSG S.C.
COTIZÓ
II. RELACIÓN DE LICITANTES CUYAS PROPOSICIONES SE DESECHARON, ASÍ COMO LAS RAZONES QUE SUSTENTAN LA
DETERMINACIÓN.
BEST RECURSOS HUMANOS S.A. DE C.V. Las proposiciones presentadas por la empresa referida fueron desechadas toda vez
que si bien es cierto que presentó copia simple del acuse de recibo del Servicio de Administración Tributaria y la hoja que
contiene los datos de identificación, no dio cumplimiento con lo dispuesto en el inciso g) de las bases en donde se estipulo
expresamente que se tenían que presentar copia simple de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta con sus
correspondientes anexos relativa al ejercicio fiscal 2013 a efecto de acreditar la CAPACIDAD ECONOMICA; la copia de los
estados financieros no pueden ser considerados para subsanar la omisión; por lo que no fue posible determinar si la
empresa obtuvo ingresos por ventas de cuando menos el 20% del monto total de su propuesta económica.
Por lo anterior no dio cumplimiento con el requerimiento señalado en las bases de invitación, con fundamento en lo
dispuesto en los numerales 15, 15.1 primer párrafo, 18 y 18.1 de las bases de invitación en relación directa con el segundo
párrafo del artículo 23 de las Normas del Banco de México en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes
Muebles, así como de Servicios; por lo que se concluye que tales condiciones afectan la solvencia de las propuestas
presentadas.
III. RELACIÓN DE LAS PROPOSICIONES QUE RESULTARON SOLVENTES Y SU DESCRIPCIÓN GENERAL.
Licitante
Capacidad
Legal
Capacidad
Administrativa
Capacidad
Económica
Anexo “C”
Declaratoria
Análisis
Técnico
Experiencia
ADMINISTRACIÓN PROFESIONAL
DE PERSONAL MSG S.C.
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
IV. PROPUESTAS ECONÓMICAS PRESENTADAS POR LOS LICITANTES.
Con fundamento en lo dispuesto en el Anexo “A.3” denominado Criterios de Adjudicación del Contrato de las bases de
invitación, el FECEB para la evaluación de las propuestas económicas, simulará conforme al referido anexo la contratación
de una persona por cada rango de ingreso bruto mensual, multiplicando el factor integral promedio por cada uno de los
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ingresos simulados que le corresponda con el fin de obtener el Costo para el FECEB exluyendo el IVA de cada uno
sacandola sumatoria de éste último concepto.
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
De
ADMINISTRACIÓN PROFESIONAL DE PERSONAL MSG S.C.
Factor integral promedio
Ingreso de
Expresado en número de
Simulación de
Rango de ingreso bruto
los
veces el ingreso bruto
candidatos
mensual en moneda nacional
candidatos
mensual, con cuatro
contratados
simulados
decimales
APLICABLE A PERSONAL QUE REALIZARÁ ACTIVIDADES EN EL ÁREA METROPOLITANA
Límite Inferior
Límite Superior
$3,000.00
$5,999.99
a
1.4963
1
$5,000
1.4499
$6,000.00
$8,999.99
a
1
$8,000
1.4347
$9,000.00
$11,999.99
a
1
$11,000
1.4266
$12,000.00
$14,999.99
a
1
$14,000
1.4215
$15,000.00
$17,999.99
a
1
$17,000
1.4180
$18,000.00
$20,999.99
a
1
$20,000
1.4155
$21,000.00
$23,999.99
a
1
$23,000
1.4136
$24,000.00
$26,999.99
a
1
$26,000
1.4120
$27,000.00
$29,999.99
a
1
$29,000
1.4108
$30,000.00
$32,999.99
a
1
$32,000
1.4098
$33,000.00
$35,999.99
a
1
$35,000
1.4089
$36,000.00
$38,999.99
a
1
$38,000
1.4082
$39,000.00
$41,999.99
a
1
$41,000
1.4076
$42,000.00
$44,999.99
a
1
$44,000
1.4071
$45,000.00
$47,999.99
a
1
$47,000
1.4052
$48,000.00
$50,999.99
a
1
$50,000
1.3982
$51,000.00
$53,999.99
a
1
$53,000
1.3877
$54,000.00
$56,999.99
a
1
$56,000
1.3783
$57,000.00
$59,999.99
a
1
$59,000
1.3698
$60,000.00
$62,999.99
a
1
$62,000
1.3621
$63,000.00
$65,999.99
a
1
$65,000
1.3551
$66,000.00
$68,999.99
a
1
$68,000
1.3487
$69,000.00
$71,999.99
a
1
$71,000
1.3428
$72,000.00
$74,999.99
a
1
$74,000
1.3374
$75,000.00
$77,999.99
a
1
$77,000
1.3324
$78,000.00
$80,999.99
a
1
$80,000
1.3278
$81,000.00
$83,999.99
a
1
$83,000
1.3235
$84,000.00
$86,999.99
a
1
$86,000
1.3194
$87,000.00
$89,999.99
a
1
$89,000
1.3157
$90,000.00
$92,999.99
a
1
$92,000
1.3121
$93,000.00
$95,999.99
a
1
$95,000
1.3088
$96,000.00
$98,999.99
a
1
$98,000
1.3072
$99,000.00
Adelante
en
1
$101,000
Costo Total para el FECEB antes de I.V.A.
Costo para el FECEB
antes de I.V.A.
7,481.50
11,599.20
15,781.70
19,972.40
24,165.50
28,360.00
32,556.50
36,753.60
40,948.00
45,145.60
49,343.00
53,538.20
57,736.20
61,934.40
66,133.70
70,260.00
74,104.60
77,711.20
81,319.70
84,927.60
88,536.50
92,146.80
95,757.70
99,367.20
102,979.80
106,592.00
110,207.40
113,821.00
117,426.60
121,044.40
124,649.50
128,262.40
132,027.20
$2,372,591.10
V.- PRECIOS QUE RESULTARON CONVENIENTES
La determinación del precio conveniente se realizó de conformidad con lo establecido en la fracción XV párrafo segundo
inciso b del artículo 2 de las Normas del Banco de México en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes
muebles, así como de servicios, en relación directa con lo dispuesto en el Anexo A.3 que a la letra indica:
“Precio conveniente”: Aquel que determina el “Banco” a partir de la obtención del promedio de los precios
preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación o en la invitación a
cuando menos tres personas, y a éste se le disminuya el porcentaje que determine el propio “Banco”, en la
propia convocatoria o en la carta invitación correspondiente.
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También se considerará precio conveniente aquel que obtenga el “Banco” a partir de comparar el precio
ofertado, incluyendo, en su caso, los gastos asociados a la contratación, con:
a) El último precio contratado y, en su caso, actualizado, conforme a los indicadores económicos que resulten
aplicables;
b) El precio de otros bienes o servicios similares que el “Banco” haya obtenido a través de cualquier medio;
c) La lista de precios del “Proveedor” o fabricante, o
d) Precios de mercado.
Tratándose de “Proveedor” único, cuando no sea posible utilizar cualquiera de los mecanismos a que se
refieren los incisos anteriores, el precio conveniente será el que determine el “Banco”, atendiendo a la
información que justifique la adquisición del bien o contratación del servicio correspondiente;
VI. LICITANTE A QUIEN SE LE ADJUDICARÁ EL CONTRATO
De conformidad con el numeral 15.2 de la carta invitación de referencia, y una vez hecha la evaluación de las
proposiciones, se adjudica el contrato al licitante cuya oferta resultó solvente, al cumplir con los requisitos
administrativos, legales, técnicos y económicos, así como de experiencia, establecidos en la invitación y, que por tanto,
garantizan el cumplimiento de las obligaciones respectivas; por lo tanto:
Se adjudica al licitante ADMINISTRACIÓN PROFESIONAL DE PERSONAL MSG S.C., como resultado de la Invitación nacional
a cuando menos tres personas NO. FECEB-INV3P-ADQ-001-2015, el contrato por el personal que sea requerido por el
FECEB para lo cual pagará el importe que resulte de aplicar a los ingresos brutos mensuales correspondientes al personal
requerido, el Factor Integral Promedio respectivo mas el impuesto al valor agregado. La duración del contrato será del 1°
de febrero de 2015 al 31 de enero de 2016.
Adjunto al presente fallo se enviará un anexo por el cual se indica al licitante ganador, realice la contratación del
personal – candidatos a efecto de que el 1º de febrero de 2015 comiencen con el desarrollo de sus servicios en el
inmueble del FECEB.
VII.- TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
La formalización del contrato se realizará el 28 de enero de 2015 a las 13:00 hrs. en la OFICINA DEL JURÍDICO DEL FECEB
UBICADA EN LA CALLE DE TACUBA Nº 17 COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, C.P. 06000 EN MÉXICO,
DISTRITO FEDERAL, conforme al modelo de contrato adjunto a la carta invitación y a lo expresado en los numerales 3.5, 8
y 9 de la misma.
VIII. NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LAS PERSONAS QUE EMITEN ESTE FALLO.
El presente fallo se emite por la Lic. Silvia Cristina Singer Sochet y la Lic. Marcela del Sagrado Corazón González Iñarritu, en
su carácter de Apoderada General de Nacional Financiera S.N.C. Fiduciaria en el Fideicomiso del Espacio Cultural y
Educativo Betlemitas y Directora de Administración respectivamente, y cuya firma se encuentra al calce.
Atentamente,
México, D.F., a 26 de enero de 2015.
NACIONAL FINANCIERA S.N.C. INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO
FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DEL ESPACIO CULTURAL Y EDUCATIVO BETLEMITAS.
LIC. SILVIA CRISTINA SINGER SOCHET.
APODERADA GENERAL.
LIC. MARCELA DEL SAGRADO CORAZÓN
GONZÁLEZ IÑARRITU
DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN
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