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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ENERO DE 2015
B.O.C.M. Núm. 17
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Empleo, Turismo y Cultura
RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2014, de la Directora General de Formación de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid,
por la que se acuerda la publicación de las Órdenes de la declaración de la pérdida de derecho al cobro de las subvenciones concedidas a la entidad “Ceo.
Consultoría y Formación, Sociedad Anónima”, para la realización de las acciones formativas números 2731/10, 2734/10, 2740/10, 2745/10, 2750/11, 2766/11,
2769/11, 2770/11 y 2775/11, destinadas prioritariamente a desempleados en el
marco del subsistema de formación profesional para el empleo.
Intentada por dos veces la notificación en el domicilio del destinatario, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, de las Órdenes de la declaración de la pérdida de derecho al cobro de las subvenciones para la realización de acciones formativas números 2731/10, 2734/10, 2740/10, 2745/10, 2750/11, 2766/11, 2769/11, 2770/11 y 2775/11
a la entidad “Ceo. Consultoría y Formación, Sociedad Anónima”, con CIF A-78343464, en
el centro de formación y en las acciones formativas que se relacionan, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no
ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.
Titular jurídico: “Ceo. Consultoría y Formación, Sociedad Anónima”.
CIF: A-78343464.
Denominación del centro: “C. Enseñanzas Ocupacionales”. Número de centro: 2088.
Domicilio del centro: Calle San Diego, número 15, primera planta, 28801 Alcalá de
Henares.
Orden de reintegro:
— Orden 20304/2014, de 24 de octubre: 2731/10 “Técnico auxiliar en diseño gráfico”.
— Orden 20303/2014, de 24 de octubre: 2734/10 “Técnico en comercio exterior”.
— Orden 20302/2014, de 24 de octubre: 2740/10 “Agente de desarrollo turístico”.
— Orden 20301/2014, de 24 de octubre: 2745/10 “Iniciación a la red Internet”.
— Orden 20300/2014, de 24 de octubre: 2750/11 “Iniciación a la red Internet”.
— Orden 20299/2014, de 24 de octubre: 2766/11 “Inglés atención al público”.
— Orden 20298/2014, de 24 de octubre: 2769/11 “Técnico de comercio exterior”.
— Orden 20297/2014, de 24 de octubre 2770/11: “Técnico en información turística”.
— Orden 20260/2014, de 24 de octubre: 2775/11: “Agente de desarrollo turístico”
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.
De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de las citadas Órdenes pudieran derivarse para los
derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que los textos íntegros de los
actos que se notifican se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o
de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en las dependencias del Área de Formación e Inserción Profesional, sito en la calle Vía Lusitana, número 21, cuarta planta, en
horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.
Las Órdenes objeto de la presente notificación ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso de reposición ante el propio Órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo
de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su comparecencia, o en
su caso, una vez finalizado el plazo señalado sin que se haya producido la misma, a tenor
de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-
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men Jurídico de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Madrid, a 16 de diciembre de 2014.—La Directora General de Formación, Patricia Herrero García-Ramal.
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791