Hacia un nuevo currículo de Ed. Primaria en Andalucía

Servicio de Inspección de Cádiz
Hacia un nuevo
currículo de
Educación Primaria
en Andalucía
Hacia un nuevo currículo de Ed. Primaria en Andalucía
Antes de entender el destino final (cuando estén
publicados el Decreto, Orden de currículo y Orden
de evaluación, todos ellos sobre Educación Primaria)
hay que remontarse a los orígenes del currículo
incluyendo las Competencias Básicas…
LOE
Nuevo
currículo
andaluz
En España, la incorporación de las CC. BB. al sistema
educativo se realizó por primera vez en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, LOE, que ya define
el currículo como «el conjunto de objetivos, competencias
básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de
evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas».
Hacia un nuevo currículo de Ed. Primaria en Andalucía
Incorporar las CC.BB. era
sembrar buenas semillas, de
las que se esperaban que
fructificaran en mejoras de la
calidad educativa…
Pero la falta de otros requisitos, ante un
elemento nuevo para la actividad docente,
que venía sin manual de instrucciones, y que
no se sabía dónde colocarlo ni con qué
relacionarlo, derivó en…
Hacia un nuevo currículo de Ed. Primaria en Andalucía
Tristes tallos que apenas crecían en un desierto
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La evidencia es que tras varios años de publicación de la
LOE y de su normativa de desarrollo, las CC.BB. no cuajaban
en el quehacer docente, ni se sabía cómo incluirlas en la
programación, ni cómo evaluar su desarrollo.
¿Por qué las CC.BB. no se integraron en el currículo
de forma natural?
Principalmente, porque se dictaminó su pertenencia al
currículo de forma YUXTAPUESTA a los otros elementos, los
cuales entre sí también tenían poca relación.
Es decir, semillas, agua, abono, pero de forma yuxtapuesta,
sin relación entre ellos, no producen frutos adecuados
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La raíz del problema:
La normativa establece que
para evaluar los objetivos y
las CC.BB. los referentes son
los criterios de evaluación
¿Cómo se logra evaluar las competencias a partir de los
criterios de evaluación establecidos para las distintas áreas?
La verdad es que los criterios de evaluación no aparecen
asociados a ningún objetivo de área, o de etapa, y menos
a ninguna Competencia Básica.
¿Cómo se determina el grado de dominio de las competencias
básicas para cada uno de los niveles y/o ciclos de la etapa?
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Aunque la ausencia de pautas para el desarrollo
curricular pudiera haber sido consciente:
• Las Administraciones educativas quizás pensaban que
los centros estaban capacitados para elaborar sus propios
modelos curriculares (concreción curricular)
• Pensaban que hay que dejar a la autonomía de los centros
la elaboración de sus propios modelos curriculares.
Lo cierto es que ante el desolador panorama de confusión
y falta de conocimiento sobre cómo integrar las CC.BB. al
currículo, las Administraciones educativas comenzaron a
elaborar modelos y sugerir vías de desarrollo curricular:
COMBAS, PICBA,..., para facilitar la tarea de los centros.
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Las elaboraciones de COMBAS, PICBA, centros docentes,
otros grupos de trabajos de muchas Administraciones
educativas, de facultades universitarias de educación,
etc., iban en una misma dirección:
Desglosar los criterios de evaluación en
indicadores, o subcriterios, o elementos,
o descriptores,.. es decir, aspectos más
concretos que el propio criterio, para
que fueran más fácilmente evaluables.
Con eso se lograban listas de indicadores referidos
a un área (PERFIL DEL ÁREA); y si se relacionaban los
indicadores de área con las CC.BB. a cuyo desarrollo
contribuían, se obtenían los PERFILES DE LAS CC.BB.
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Este es, por ejemplo, el Perfil del área de Matemáticas para
primer ciclo de Primaria, elaborado por el grupo COMBAS
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Muy parecido fue
el trabajo del
grupo PICBA, del
que mostramos
aquí el perfil de la
Competencia
Matemática para
el primer ciclo de
Ed. Primaria,
observando, por
los colores, que
forman este perfil
indicadores de 3
áreas:
Matemáticas,
Conoc. del Medio
y Ed. Artística.
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En Andalucía, en paralelo al Programa PICBA y en parte
como producto suyo, se elabora, asimismo, un programa
informático que incorpora todos los perfiles de áreas y de
competencias, con el objetivo de facilitar al profesorado
la programación, la elaboración de UDIs y la evaluación
tanto en términos de objetivos generales de área como en
grados de desarrollo de las competencias básicas.
Dicho programa se ha alojado en
Séneca y ha sido objeto de pilotaje
por unos 120 centros andaluces.
La finalidad es que sirva como una
de las posibles alternativas, de uso
voluntario, para los centros que
cumplan ciertos requisitos.
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Y en esto llega la LOMCE…
La LOMCE es una reforma de la LOE, de muchos aspectos,
aunque aquí vamos a considerar los que afectan al currículo
y a la organización de la etapa de Educación Primaria.
Distinguiremos a estos efectos dos tipos de modificaciones:
las que afectan a las competencias, (que de básicas pasan a
denominarse competencias clave) y los cambios que afectan
a la organización de la etapa.
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La misma selección de las competencias sufre cambios:
Competencias Básicas (LOE)
Competencias Clave (LOMCE)
1. Comunicación Lingüística
1. Comunicación Lingüística
2. Matemática
2. Matemática y Competencias
Básicas en Ciencia y Tecnología
3. Conocimiento e Interacción en el
Mundo Físico
3. Digital
4. Tratamiento de la Información y
Competencia Digital
4. Aprender a aprender
5. Competencia Social y Ciudadana
6. Sentido de Iniciativa y espíritu
Emprendedor
6. Competencia Cultural y Artística
7. Para aprender a aprender
8. Autonomía e Iniciativa personal
5. Sociales y Cívicas
7. Conciencia y Expresiones
Culturales
Como vemos, se ha pasado de 8 Competencias Básicas a 7
Competencias Clave.
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Los cambios organizativos son fáciles de retener:
 La etapa comprenderá ahora seis cursos, al final de cada
uno de los cuales se evaluarán los aprendizajes de los
alumnos y se decidirá sobre su promoción al curso siguiente.
 Las áreas se organizan en bloques de asignaturas, de tres
tipos: troncales, específicas y de libre configuración. Las
troncales son básicas, en las específicas pueden decidir en
parte las Administraciones educativas, y en las de libre
configuración las Administraciones y los centros deciden.
 Se introduce como principio pedagógico que la lengua
castellana sólo se utilizará como apoyo en el proceso de
aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la
comprensión y la expresión oral.
 Se establecen evaluaciones individualizadas al final del
tercer curso y al final de la etapa.
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Como el tiempo transcurrido desde la LOE ya ha dejado
ver la “sequía” de las CC.BB. en la práctica, la propia LOMCE
se hace cargo de que hay que facilitar el trabajo de las
“relaciones” entre los elementos curriculares, para lo cual
añade a la LOE una nueva:
Disposición adicional trigésima quinta: integración
de las competencias en el currículo.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte promoverá, en
cooperación con las CC.AA., la adecuada descripción de las
relaciones entre las competencias y los contenidos y criterios
de evaluación de las diferentes enseñanzas a partir de la
entrada en vigor de esta Ley Orgánica..
(Hay un borrador de Orden del MECD sobre Competencias Clave)
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Sobre el currículo, la LOMCE modifica el artículo 6 de la
LOE, en el que se define el currículo, que pasa de ser el
conjunto de elementos curriculares a la regulación de los
elementos que determinan los procesos de enseñanza y
aprendizaje para cada una de las enseñanzas.
Y en la enumeración de esos elementos aparece uno nuevo:
los estándares de aprendizaje evaluables.
Los estándares de aprendizaje evaluables son especificaciones
de los criterios de evaluación que permiten definir los
resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el alumno
debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura
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Con esas normas básicas de la LOMCE parte el desarrollo
reglamentario, para lo cual el Ministerio publica el Real
Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Primaria.
Con el cual los detalles toman forma…
Este R. D. se dicta en aplicación del artículo 6 bis de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que señala que corresponde al
Gobierno el diseño del currículo básico, en relación con los
objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación,
estándares y resultados de aprendizaje evaluables
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El R. D. 126/2014 reproduce las líneas generales de la
etapa establecidas en la LOMCE:
Bloque de asignaturas troncales que se cursarán en todos los
cursos de la etapa: Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales,
Lengua, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera.
Bloque de asignaturas específicas que se cursarán en todos los
cursos de la etapa: a) Ed. Física, b) Religión / Valores Sociales y
Cívicos, y c) Al menos una de las siguientes (Ed. Artística, 2ª
lengua extranjera, Valores Sociales y Cívicos / Religión)
Además, los alumnos podrán cursar una o varias áreas más en el
bloque de asignaturas de libre configuración autonómica.
Y establece el horario mínimo para las áreas troncales: no
inferior al 50% del total horario general de la etapa.
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El currículo básico que corresponde establecer al Gobierno,
y que se contiene en el Real Decreto 126/2014, recoge:
 Objetivos para la etapa de Ed. Primaria
 En las áreas troncales: bloques de contenidos, criterios
de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables,
todos ellos para la generalidad de la etapa de Ed. Primaria
 En las áreas específicas: criterios de evaluación y
estándares de aprendizaje evaluables, ambos para la
generalidad de la etapa de Ed. Primaria.
Llamamos la atención sobre el hecho de que todos
los elementos curriculares regulados en el currículo
básico lo son para el final de la etapa, así como que
no se recogen objetivos para cada una de las áreas,
¡ni aparecen las competencias clave relacionadas!.
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Efectivamente, en el Anexo I del RD 126/2014, aparecen contenidos,
criterios de eval. y estándares de las áreas troncales. ¿Y las C. Clave?
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Y de las áreas específicas, en el Anexo II se recogen y relacionan
criterios de eval. y estándares. ¿Dónde quedan las C. Clave?
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En consonancia con lo anterior:
Entiéndase que tanto para el profesor que evalúa en 6º curso
por evaluación continua a sus alumnos, como para la evaluación
final de etapa que se realizará al final de 6º, se medirá el grado de
adquisición de las competencias y el logro de objetivos de la etapa,
por los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables
que figuran en el currículo básico como anexos I y II del Real Decreto
126/2014.
Lo que no proporciona el currículo básico es el nivel apropiado, PARA
CADA CURSO, del logro de objetivos y de desarrollo de las CC.BB. Ni la
relación de los estándares de aprendizaje con las Competencias Clave.
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Y aquí entran las Administraciones educativas… Que han de
establecer el currículo de la etapa para su correspondiente
ámbito de gestión.
El MECD ha fijado los contenidos, criterios de evaluación y estándares
de aprendizaje evaluables para toda la etapa. Son, sin embargo, las
administraciones educativas y los centros docentes los que tienen la
competencia y la responsabilidad de secuenciar estos elementos del
currículo para cada uno de los cursos de la etapa.
La Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de
Andalucía ha elaborado un Decreto y una Orden de currículo,
actualmente en Borradores, en los cuales establece el currículo
de la Educación Primaria, currículo que será de aplicación en
todos los centros docentes andaluces que impartan esta etapa.
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En el Decreto se establece la ordenación y las enseñanzas
correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía, de
conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 126/2014,
integrando las normas de competencia autonómica con las de
competencia estatal, a fin de proporcionar una visión conjunta
sobre el régimen jurídico aplicable.
El currículo andaluz de Educación Primaria toma como eje
estratégico y vertebrador del proceso de enseñanza y
aprendizaje, el desarrollo de las capacidades del alumnado
y la integración de las competencias clave en el currículo
educativo y en las prácticas docentes.
En el apartado de objetivos para la etapa se añaden, a los
fijados en el RD 126/2014, seis objetivos más, propios de
la Comunidad Autónoma andaluza
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Una novedad esencial en el currículo andaluz es que se integran
además de los objetivos de etapa, objetivos de cada una de las
áreas (que determinan las capacidades a alcanzar en la etapa)
El currículo básico no contempla objetivos de áreas
El currículo andaluz sí contempla objetivos de áreas
Del bloque de áreas específicas se incluyen en el currículo andaluz,
junto a la Educación Física y Religión / Valores Sociales y Cívicos,
las de Educación Artística y la Segunda Lengua Extranjera.
En el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica,
se cursarán en 5º el área de Educación para la Ciudadanía, y en
6º curso el área de Cultura y Práctica Digital.
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El Decreto establece también las líneas generales sobre horarios,
evaluación, promoción, atención a la diversidad…, si bien remite
a posteriores órdenes de desarrollo sobre esas cuestiones.
Respecto a los resultados de las pruebas individualizadas de
final de tercer curso 3º y de final de etapa, se dispone:
Los resultados serán conocidos únicamente por cada centro y,
en su caso, por los padres, madres o tutores legales de cada
alumno o alumna, así como por la Comisión de Resultados
Escolares, con el objeto de analizar periódicamente los
resultados del sistema educativo en la Zona, realizando en su
caso, propuestas de mejora a los centros docentes para que se
incorporen en sus planes de centro. En ningún caso, los
resultados de estas evaluaciones podrán ser utilizados para el
establecimiento de clasificaciones de los centros.
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Es en la Orden (Borrador de momento)
sobre currículo donde se entra más en
detalles.
Aprendizajes
contenidos
en las áreas
Objetivos
de las áreas
A través de los aprendizajes se alcanzan los
objetivos de área, expresados en capacidades,
que permitirán conseguir los de etapa, cuyo
sumatorio integrado define el modelo de
persona que se pretende educar.
Objetivos
de etapa
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El currículo andaluz establece una estructura relacional entre
las competencias y el resto de los componentes del currículo,
y determina cómo contribuye cada área al desarrollo de las
capacidades contempladas en los objetivos de la etapa.
Construye de esta manera un currículo integrado de carácter
interdisciplinar.
Y esto es singular respecto a la propuesta del currículo básico
del MECD, que, aunque afirmaba: la LOMCE va más allá al
poner el énfasis en un modelo de currículo basado en
competencias, ni en el articulado, ni en los Anexos del Real
Decreto 126/2014 se recoge relación alguna de los elementos
curriculares allí detallados con las Competencias Clave.
De hecho, ni siquiera recoge la contribución de cada área a las
Competencias Clave, algo que, como vimos al principio, sí
recoge la normativa actual, Real Decreto 1513/2006 .
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Los principios para el desarrollo del currículo, recogidos en el
artículo 3 de la Orden, son:
1. Aprendizaje por competencias, determinado por la transversalidad,
dinamismo, aprendizaje funcional, trabajo por tareas motivadoras,
participación y colaboración.
2. Contextualización de los aprendizajes a través la consideración de
la vida cotidiana y de los recursos del medio cercano como un
instrumento para relacionar la experiencia del alumnado con los
aprendizajes escolares.
3. Potenciación del uso de las diversas fuentes de información y
estudio presentes en la sociedad del conocimiento.
4. Concienciación sobre temas y problemas que afectan a todas las
personas en un mundo globalizado
Son las respuestas a las demandas actuales del conocimiento
pedagógico y de la sociedad del conocimiento.
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La Orden de currículo se acompaña de dos Anexos:
Anexo I: desarrollo y relaciones de los elementos curriculares.
Anexo II: horario lectivo semanal de cada uno de los cursos.
En el Anexo I es donde se justifica que el currículo andaluz
establece una estructura relacional entre las competencias
y el resto de los componentes del currículo . Su estructura,
para cada una de las áreas es la siguiente:
a) Aspectos generales, incluyendo la contribución a las C. Clave.
b) Objetivos del área, expresados en términos de capacidades.
c) Mapa de desempeño: Presenta los objetivos de cada una de las
áreas que se desarrollan mediante una progresión de los
criterios de evaluación por ciclos y su relación directa con los
criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables.
d) Desarrollo curricular del área: despliegue del modelo curricular.
e) Contenidos: bloques de contenido , desglosados en aspectos
numerados, para cada uno de los ciclos.
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Los detalles de los apartados del currículo de cada una de las
áreas (Anexo I de la Orden) son los siguientes:
a) Aspectos generales:
Es un apartado muy completo, explicativo y que da sentido al
trabajo en cada área, orientando en la metodología y precisando
cómo contribuye esa área a cada una de las Competencias Clave.
Sus capítulos son:
 Introducción
 Bloques de contenido
 Orientaciones metodológicas
 Contribución del área al desarrollo de las Competencias Clave
b) Objetivos del área:
Se establecen los objetivos generales de esa área, para la
etapa de la Educación Primaria, para dejar patente el logro de
cada área en la consecución de los objetivos de etapa.
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c) Mapa de desempeño:
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El cuadro anterior, llamado Mapa de Desempeño, necesita cierta
explicación. Veamos los titulares de cada columna:
Lo que hace la Consejería es listar los Criterios de evaluación y los
Estándares de aprendizaje (las dos columnas de la derecha) tal y
como vienen en el currículo básico (Anexo I o II del Real Decreto
126/2014, dependiendo de que el área sea troncal o específica).
Por su parte, añade una primera columna de “Objetivos del Área”,
para la etapa, donde se recogen los objetivos que se vieron en el
apartado b), pero ahora relacionados con los criterios de
evaluación de la etapa, a los cuales secuencia para establecer la
progresión por ciclos, de forma que el mismo criterio de
evaluación “terminal” o de etapa, tiene un reflejo de su
consecución en el primer, segundo y tercer ciclo de la etapa.
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d) Desarrollo curricular:
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Ese anterior cuadro d) Desarrollo curricular, es el verdaderamente
singular y el que explica que hablemos de un currículo basado en
competencias:
Este apartado d) de Desarrollo curricular, muestra un cuadro PARA
CADA UNO DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE CADA UNO DE LOS
CICLOS. En la parte superior del mismo, como vemos, presenta el
Criterio y ofrece orientaciones y ejemplificaciones para su utilización.
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En la siguiente fila se recogen, para ese Criterio de evaluación,
los objetivos del área con él relacionados y los contenidos que a su
vez se relacionan con esos objetivos. Hay por tanto, una doble
relación: del criterio de evaluación al que pertenece el cuadro con
los objetivos de área y con contenidos, y a su vez de éstos entre sí.
(Hay una secuenciación paralela de los Criterios de evaluación y de los
Bloques de contenidos, de forma que el primer criterio se asocia al bloque
nº 1, y siguientes criterios se asocian al mismo o posterior bloque)
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En las dos últimas filas del cuadro de Desarrollo curricular
aparece un nuevo elemento: los indicadores, y están asociados
a las Competencias Clave
Los indicadores son muy parecidos a los estándares de aprendizaje
evaluables, aunque hay matices: en los estándares se recogen,
simplemente, resultados de aprendizaje, mientras que en los
indicadores aparecen además como procesos, es decir, resultados
de aprendizaje puestos en contexto. Como además se señala a qué
competencia corresponde cada indicador, el perfil competencial
para cada ciclo viene dado (solo con recoger todos los indicadores
donde aparezcan, en paréntesis, las siglas de esa competencia)
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¿Por qué la Consejería, a diferencia del Ministerio,
apuesta por los indicadores en vez de por los Estándares
de aprendizaje evaluables?
En principio responden al mismo concepto: son especificaciones de
los criterios de evaluación que los hacen más medibles o valorables.
Pero la Consejería entiende que los estándares se quedan en meros
“Resultados de aprendizaje”, por lo cual los enriquece mediante
procesos y/o contextos, para que midan “aplicación” de
conocimientos, es decir, desarrollo de Competencias Clave.
Un ejemplo puede ayudar a ver la diferencia: El Ministerio tiene
como estándar de aprendizaje, en Ciencias de la Naturaleza:
STD.1.2. Utiliza medios propios de la observación.
La Consejería propone en el segundo ciclo este indicador:
CN.2.1.2. Utiliza medios de observación adecuados y realiza
experimentos aplicando los resultados a las experiencias de la
vida cotidiana. (CMCT, CD y CAA).
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Por tanto, con el inmenso trabajo realizado por la Consejería
(791 páginas el Anexo I de la Orden de currículo) se tiene el
desarrollo curricular de todas las áreas para cada uno de los
tres ciclos, lo cual facilita la concreción curricular: perfiles de
las áreas y perfiles de las competencias:
Perfil de cada una de las áreas para cada ciclo:
Viene dado solo con ver la lista de indicadores para esa área, indicadores
que vienen ordenados por los criterios de evaluación del ciclo al que
pertenecen: 1.1.1, 1.1.2, 1.1.3, 1.2.1, 1.2.2, 1.3.1,… donde el primer
nº indica el ciclo, el 2º indica el nº del criterio de evaluación y el 3º
indica el nº de indicador del criterio de evaluación. Así, el indicador 2.5.4
es el indicador 4, del criterio de evaluación nº 5, del segundo ciclo.
Perfil para cada competencia clave para cada ciclo:
Para cada competencia hay que recoger los indicadores que de cada
área tengan, al final, entre paréntesis, las siglas de esa competencia.
(Recuerda: Perfil = a lista de indicadores)
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En el Anexo II de la Orden se recoge el horario para cada área,
por niveles. Éste sería el que corresponde a las áreas troncales.
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De las cuatro áreas específicas que ha decidido Andalucía (las
dos primeras establecidas como currículo básico, las dos últimas
son decisión propia de la Consejería), este será el horario:
La decisión de la Consejería implica que no se podrá cursar al
mismo tiempo Religión y Valores Sociales y Cívicos, salvo que el
Centro lo solicite como un área más, dentro de su autonomía en
el horario de libre configuración, y la Consejería lo autorice.
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El resto del horario será para dos áreas, una en 5º y otra en 6º, más el que
se deja a la autonomía de los centros, para incrementar las troncales,
proponer la impartición de alguna otra área de libre configuración, etc.
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Terminando…
La Consejería ha establecido el currículo andaluz para la
Educación Primaria, relacionando todos los elementos
curriculares y dando hecha la programación didáctica para cada
ciclo (los cuadros de desarrollo curricular). Además, cada
desarrollo curricular de un criterio de evaluación valdría como
programación de Unidad Didáctica (añadiendo las actividades,
recursos y demás)
Pero…
Artículo 5.3 de la Orden de currículo:
Los centros docentes en el ejercicio de su autonomía establecerán
la secuenciación adecuada del currículo para cada nivel.
O sea, la Consejería proporciona (en el Anexo de la Orden de currículo)
el currículo por ciclos, los centros tienen que desglosar los elementos
curriculares para cada uno de los seis niveles de la etapa.
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Para facilitar esa tarea la Consejería ofrece un programa informático
que sí dispondrá de los perfiles de áreas y de competencias PARA
CADA UNO DE LOS NIVELES, con lo cual se facilita la programación
didáctica de cada uno de los cursos a partir de la de los ciclos.
En ese programa, alojado en Séneca, se facilita la
programación, la elaboración de Unidades Didácticas
Integradas, con sus tareas y actividades, y la
correspondiente evaluación atendiendo tanto a los
objetivos como al desarrollo de las Competencias Clave.
Como entender y manejar adecuadamente dicho programa
informático requiere un buen conocimiento de sus bases,
la Consejería liga su utilización al seguimiento de la
formación que facilita si se cumplen ciertos requisitos.
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Algunas peculiaridades del currículo andaluz de Primaria:
I.
II.
Integra las competencias básicas: en los cuadros de desarrollo
curricular de cada criterio de evaluación aparecen las competencias
clave asociadas a cada indicador, con los objetivos, y contenidos
relacionados entre sí.
Mantiene la organización en ciclos: para la coordinación del
profesorado y para valoraciones más globales de los aprendizajes.
III. Indicadores como referentes de la evaluación: además de los
criterios de evaluación se toman como referentes, en lugar de los
estándares de aprendizaje evaluables, los indicadores de evaluación
(que son concreción y secuenciación de los estándares,
complementados con los procesos y contextos de aplicación).
IV. Se establecen objetivos de las áreas para la etapa: que
expresan capacidades que se secuencian por ciclos mediante
criterios de evaluación, los cuales muestran progresión en la
consecución de esas capacidades
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Todos los cambios de currículo, de enfoque educativo
y de nuevas tendencias pedagógicas, no incidirán en
mejores resultados de aprendizaje si no logran
cambiar el trabajo en el aula.
Muchas gracias
por la atención