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BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ZAMORA
N.º 6 - MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015
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III. Administración Local
ayuntamiento
ZAMORA
Anuncio
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92, de Régimen de las
administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común, se hace
pública notificación de incoación de expediente de baja de oficio, por inscripción
indebida, en el padrón municipal de habitantes de Zamora, por el hecho de no residir en el mismo, de los interesados a continuación indicados, ya que habiendo intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en el negociado de estadística Padrón de Habitantes de este ayuntamiento; contra esta presunción, los interesados podrán alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, en un
plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del
presente en el Boletín oficial de la Provincia.
transcurrido dicho plazo, podrán interponer recurso de reposición ante esta
alcaldía, dentro del plazo de un mes, contado a partir de la terminación del plazo
anterior y posteriormente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso administrativo con sede en Zamora, dentro del término de dos meses,
a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución del recurso de
reposición o dentro del año a contar de la fecha de interposición del mismo si no
fuera adoptado dicho acuerdo.
este edicto estará expuesto durante quince días hábiles, a partir del siguiente
a su publicación en el tablón de anuncios de este ayuntamiento.
NOMBRE Y APELLIDOS
1.- aDnan eLanSSaRi yaDaSSi
2.- BouCHRa yaDaSSi yaDaSSi
3.- nouR eLanSSaRi yaDaSSi
DNI/NIE/PASAP
71054948J
71054358K
Lo que se hace público para general conocimiento.
Zamora, 7 de enero de 2015.-La alcaldesa.
R-201500108
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III. Administración Local
ayuntamiento
BENAVENTE
Edicto
“Vemare, S.L.u.”, (expte. 9189452) tiene en trámite expediente para la obtención de licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de “Venta de recambios
del automóvil”, en C/ Calvario, n.° 12 bajo, de esta ciudad. Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de
Prevención ambiental de Castilla y León y demás disposiciones concordantes y
complementarlas, se somete a información pública el expediente, para que los que
pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar puedan examinarlo y deducir, en su caso, las alegaciones u observaciones pertinentes, en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la
inserción de este edicto en el Boletín oficial de la Provincia y tablón de anuncios
del ayuntamiento.
el expediente se halla a disposición del público en el negociado de obras de
este ayuntamiento.
Benavente, 2 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500105
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III. Administración Local
ayuntamiento
VIDEMALA
Edicto
el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 18 de diciembre de
2014, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2015.
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al
público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazo
de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170
de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por
los motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Pleno
de esta Corporación.
en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el
día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,
no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del
predicho R.D.L., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
Videmala, 7 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500110
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III. Administración Local
ayuntamiento
CERECINOS DE CAMPOS
Edicto
el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 30 de diciembre de
2014, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2015.
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo
2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al
público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazo
de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170
de dicho RDL, puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por
los motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Pleno
de esta Corporación.
en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el
día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,
no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del
predicho RDL, el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.
Cerecinos de Campos, 30 de diciembre de 2014 .-el alcalde.
R-201500111
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III. Administración Local
ayuntamiento
VADILLO DE LA GUAREÑA
Anuncio de aprobación inicial
aprobado inicialmente en sesión ordinaria del Pleno de este ayuntamiento, de
fecha 12 de enero de 2015, el Presupuesto General, Bases de ejecución, y la plantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2015, con arreglo
a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la ley Reguladora de
Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el
expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
De conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
Vadillo de la Guareña, 12 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500112
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III. Administración Local
ayuntamiento
FUENTESAÚCO
Anuncio
en cumplimiento de lo establecido en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003, de 8
de abril, de Prevención ambiental de Castilla y León, se somete a información
pública el expediente que se tramita a instancia de doña noelia Romero Rodríguez,
a efectos de solicitud de licencia ambiental para la actividad de “Panadería”, en
calle Humilladero, 10, de Fuentesaúco.
Por lo que a tenor de lo establecido en dichos artículos, se hace público por término de veinte días hábiles, contados desde el siguiente a la inserción de este
anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, a fin de que quienes se consideren
afectados por la actividad, puedan examinarlo en el Departamento de actividad
ambiental del ayuntamiento y formular las alegaciones u observaciones que consideren oportunas.
Fuentesaúco, 18 de diciembre de 2014.-el alcalde.
R-201500089
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III. Administración Local
ayuntamiento
HERMISENDE
Anuncio
Con fecha 22 de noviembre de 2014, el Pleno de este ayuntamiento, acordó
aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de la gestión y tasa por la prestación
del servicio en los cementerios municipales de Hermisende. no habiéndose presentado alegaciones durante el periodo de exposición pública, se eleva a definitivo el acuerdo procediéndose a la publicación del texto íntegro en cumplimiento del
artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
oRDenanZa ReGuLaDoRa DeL FunCionamiento
y taSa DeL SeRViCio De CementeRio muniCiPaL
Artículo 1.º- en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de
la Constitución española, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27, y 57 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esta ordenanza regula la tasa por la utilización del servicio de los cementerios municipales de Castrelos, Hermisende, La
tejera, San Ciprián y Castromil.
Artículo 2.º- Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación de los servicios de cementerio municipal y principalmente los siguientes:
-
Derechos
Derechos
Derechos
Derechos
de
de
de
de
concesiones.
construcción de elementos funerarios.
inhumaciones y exhumaciones.
traspasos y permutas.
Artículo 3.º- Son sujetos pasivos contribuyentes los solicitantes de la concesión
de la autorización o de la prestación del servicio y, en su caso, los titulares de la
autorización concedida.
Artículo 4.º- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del
sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refieren los artículos 38.1 y
39 de la Ley General tributaria.
Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los
síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general en los supuestos y con el alcance que señala el artículo 40 de la
Ley General tributaria.
Artículo 5.º- estarán exentos los servicios que se presten con ocasión de:
a) Los enterramientos de los asilados procedentes de la Beneficencia, siempre
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que la conducción se verifique por cuenta de los establecimientos mencionados, sin ninguna pompa fúnebre.
b) Los enterramientos de cadáveres de pobres de solemnidad.
c) Las inhumaciones que ordene la autoridad Judicial
artículo 6.º- Las ConCeSioneS suponen la adquisición de derechos sobre el
terreno para efectuar enterramientos, por un período de 99 años. Se distinguen
tres tipos de concesiones, cuyas dimensiones son las siguientes:
a) Para sepulturas, que tienen unas dimensiones de 1,25 metros de frente por
2,5 metros de fondo. tendrán una capacidad de hasta tres cuerpos bajo
rasante.
b) Para nichos, que tienen una distancia aproximada entre ejes centrales de 1
metro, tendrán una capacidad de 1 cuerpo.
c) Para columbarios, que tienen una distancia aproximada entre ejes centrales
de 0,6 metros.
Artículo 7.º- Los precios de las concesiones son:
a) Para sepulturas: 50 euros.
b) Para nichos: 50 euros.
c) Para columbarios: 50 euros.
Artículo 8.º- La construcción de sepulturas y nichos es competencia exclusivamente municipal, y se efectuará por el servicio municipal o empresa designada por
el ayuntamiento al efecto. Los precios de las sepulturas y nichos dependerán de
los costes reales de construcción, sin que puedan tener un precio superior a su
coste.
Previa autorización, se permitirá la construcción por particulares. en este caso
se tramitará como obra, debiendo obtener la preceptiva licencia municipal y abonando los derechos que corresponda.
Artículo 9.º- no se permitirá ninguna obra, aunque sea menor o de simple reparación, tanto en el interior como en el exterior de sepulturas, sin que se haya obtenido previamente la correspondiente licencia. en los nichos no se permitirá obra
alguna, excepto la colocación de cristales que serán siempre transparentes e incoloros. Los titulares están obligados a la limpieza, mantenimiento y conservación de
los nichos, fosas y columbarios.
Artículo 10.º- Sobre las construcciones funerarias podrán disponerse cruces,
lápidas o cualquier otro símbolo o inscripción fúnebre. Queda prohibida la incorporación a las sepulturas de elementos tales como capillas, castilletes, zócalos con
materiales esmaltados, cadenas, y elementos análogos.
Artículo 11.º- el derecho de construcción deberá ejercerse en el plazo de dos
años a partir de la concesión. en caso de no haberse construido la totalidad de la
obra en dicho plazo, se entenderá prescrito el derecho de la concesión, sin que
corresponda devolución de ninguna clase, quedando en propiedad del
ayuntamiento la obra realizada, en caso de haberse realizado parte de la misma.
Artículo 12.º- Las inhumaciones y las exhumaciones que se realicen deberán
comunicarse con antelación al empleado municipal o persona encargada del
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cementerio, y se realizarán en su presencia por cuenta del solicitante. Se llevará
un libro registro de todas las inhumaciones y exhumaciones practicadas.
Artículo 13.º- Los derechos de inhumaciones y exhumaciones no están sujetos
a tributación, y se adquieren con los derechos de concesión y construcción descritos anteriormente.
Artículo 14.º- Por la inscripción en los Registros municipales de transmisiones
de concesiones o permutas de toda clase de sepulturas, nichos, etc., a título de
herencia entre parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado,
pagarán el 10 % de la concesión vigente en el momento de su transmisión.
Cuando la transmisión e inscripción en los registros tenga lugar entre interesados distintos de los indicados anteriormente, se abonará el 50 % del importe de la
concesión vigente en el momento de su transmisión.
Artículo 15.º- el cementerio municipal tiene la consideración de bien de dominio público adscrito a un servicio público. así, como consecuencia de su calificación como bienes de dominio público, la totalidad de las instalaciones, incluidos los
lugares de enterramiento gozan de inalienabilidad, inembargabilidad e impresciptibilidad. Será nula de pleno derecho toda transmisión o aprovechamiento pactado
o efectuado entre particulares de cualquier instalación o lugar del Cementerio
municipal.
Los derechos funerarios serán otorgados por el ayuntamiento, por medio de
una concesión administrativa. Se le asignará al solicitante una sepultura, otorgándose únicamente la ocupación temporal de la misma.
La concesión administrativa tendrá una duración máxima de noventa y nueve
años. Según establece el artículo 93 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del
Patrimonio de las administraciones Públicas no se podrá otorgar por tiempo indefinido. una vez transcurrido ese plazo, si no se ejerce la opción de renovar la concesión, se procederá a extinguir el derecho.
todo ciudadano tiene derecho a utilizar las instalaciones municipales para
aquel uso para el que fue destinado. en todo momento deberá observar las normas de conducta previstas en esta ordenanza, así como la normativa de todo tipo
que en cada caso sea aplicable. asimismo, deberá observar las instrucciones del
servicio que señale el personal para el buen funcionamiento del mismo.
Queda prohibida la entrada al cementerio de animales; cualquier falta de respeto que perturbe el recogimiento del lugar, guardando siempre el orden debido;
fumar y comer en las instalaciones del cementerio, y caminar por fuera de los caminos, pisando las tumbas o las flores. Cualquier persona que perturbe gravemente
el funcionamiento del Cementerio podrá ser expulsada con carácter inmediato de
las instalaciones.
Artículo 16.º- Las infracciones a la presente ordenanza serán sancionadas, de
conformidad con lo dispuesto en la legislación básica de régimen local, previa instrucción del oportuno expediente tramitado de conformidad con lo dispuesto en el
al título Vi de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las administraciones
Públicas y del Procedimiento administrativo Común y en la normativa reglamentaria del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, sin perjuicio de
las competencias que en la materia ejerzan los organismos competentes de la
Comunidad autónoma o, en su caso, de la administración General del estado.
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Disposición adicional primera.
en todo aquello no previsto expresamente en el articulado de esta ordenanza,
será de aplicación supletoria el Reglamento de Policía mortuoria de 20 de julio de
1974, la ley 49 de 3 de noviembre de 1978, la Ley 7/85 Reguladora de las Bases
de Régimen Local, el R.D. 781/86 Reglamento de Bienes y Servicios de las
Corporaciones Locales, así como toda disposición higiénico-sanitaria aplicable a la
prestación de los servicios de cementerios.
Disposición transitoria.
Se reconocen a todos los efectos las situaciones jurídicas y concesiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ordenanza.
Disposición final.
La precedente ordenanza fiscal, fue aprobada provisionalmente por el Pleno de
la Corporación en sesión de fecha 22 de noviembre de 2014, se entenderá aprobada definitivamente si, durante el plazo de exposición pública a que deberá someterse no se presentaran reclamaciones u observaciones a la misma, y entrará en
vigor el día de su publicación en el Boletín oficial de la Provincia, permaneciendo
en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Hermisende, 30 de diciembre de 2014.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
BERMILLO DE SAYAGO
Anuncio
Por el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el pasado día 2 de
enero de 2015, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastos por suplemento de crédito.
en virtud de lo dispuesto en los artículos 20 y 38 del R.D. 500/1990, de 20 de
abril, dicho expediente se expone al público en la Secretaría de este ayuntamiento
durante el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, a efectos de que los interesados puedan presentar las
reclamaciones que consideren oportunas a sus derechos.
en el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado, el expediente se entenderá aprobado definitivamente, produciendo efectos desde la fecha
de la aprobación provisional una vez que se haya publicado íntegramente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Bermillo de Sayago, 5 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500093
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III. Administración Local
ayuntamiento
ARGUJILLO
Anuncio de aprobación inicial
el Pleno del ayuntamiento de argujillo, en sesión celebrada el día 7 de enero
de 2015, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de la
factura electrónica en el ayuntamiento de argujillo.
y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar
desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la
Provincia, para que pueda ser examinado y se presentan las reclamaciones que
estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
argujillo, 7 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500091
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III. Administración Local
ayuntamiento
ARGUJILLO
Anuncio
el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 7 de enero de 2015,
ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2015.
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al
público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazo
de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170
de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por
los motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Pleno
de este ayuntamiento.
en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el
día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,
no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del
predicho R.D.L., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
argujillo, 7 de enero de 2015.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
QUINTANILLA DEL MONTE
Anuncio de aprobación inicial e información pública
del Presupuesto General correspondiente al ejercicio de 2015
Por el Pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada el día 7 de enero de
2015, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2015.
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al
público en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina, por plazo de
quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 de
dicho Real Decreto puedan presentar reclamaciones que estimen, por motivos que
se indican en el punto 2.° del citado último artículo ante el Pleno de este
ayuntamiento.
en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el
día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia
no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 del
predicho RDL, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
Quintanilla del monte, 7 de enero 2015.-el alcalde.
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ayuntamiento
VALDEFINJAS
Edicto
aprobado inicialmente por el ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 17 de
diciembre de 2014, el Presupuesto General para 2014 y en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 169.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se expone al público durante 15
días para su examen y reclamación; las reclamaciones si las hubiere, serán presentadas ante el Pleno del ayuntamiento.
Si en dicho período no fuera presentada ninguna reclamación, se entenderá
aprobado definitivamente sin necesidad de nuevo acuerdo.
el resumen por capítulos es el siguiente:
estado de ingresos
Capítulo
1
2
3
4
5
7
Capítulo
1
2
3
4
6
A) Operaciones corrientes
impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total presupuesto ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Estado de gastos
A) Operaciones corrientes
Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . .
Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total presupuesto gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Euros
26.993,02
563,79
11.709,12
17.568,48
1,00
30.164,59
87.000,00
Euros
8.150,81
40.062,85
450,00
3.438,03
34.898,31
87.000,00
R-201500094
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De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, de
18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de este ayuntamiento.
I. Personal funcionario:
escala de Habilitación estatal.
- Denominación: Secretaria-interventora.
- número de puestos: 1.
- Subescala: Secretaría-intervención. Grupo: a1/B. nivel: 26.
observaciones: Plaza en propiedad agrupada con los ayuntamientos de
Vezdemarbán y Peleagonzalo.
II. Otro personal:
(Subvención Plan empleo Diputación Provincial de Zamora).
- Denominación: Peón construcción. 44 días trabajados.
- número de puestos: 1.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la Comunidad
autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.
Valdefinjas, 24 de diciembre de 2014.-el alcalde.
R-201500094
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Pág. 18
III. Administración Local
ayuntamiento
SAN MIGUEL DEL VALLE
Anuncio
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del texto refundido de la
Ley de Haciendas Locales aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo, se hace
público el Presupuesto General definitivo de este ayuntamiento para el ejercicio
2015, conforme al siguiente:
ReSumen PoR CaPÍtuLoS
Capítulo
1
3
4
5
6
7
8
Capítulo
1
2
4
5
6
7
8
Ingresos
A) Operaciones corrientes
impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total de ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos
A) Operaciones corrientes
Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total de gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Euros
37.535,97
23.642,00
41.061,44
6.126,59
---12.500,00
---120.866,00
Euros
25.557,00
64.109,00
13.700,00
5.000,00
12.500,00
0,00
---120.866,00
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del RD Legislativo
781/1986, de 18 de abril, asimismo se publica seguidamente la plantilla de personal de este ayuntamiento:
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Personal funcionario:
- número de plazas: una.
- Denominación: Secretaría-intervención.
- Clase: 3.ª.
- Grupo: a.
- nivel 22.
- agrupada con Valdescorriel.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la Comunidad
autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.
San miguel del Valle, 23 de diciembre de 2014.-el alcalde.
R-201500114
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III. Administración Local
ayuntamiento
ALMEIDA DE SAYAGO
Anuncio de aprobación inicial
mediante Decreto de alcaldía de fecha 30 de diciembre de 2014, se ha resuelto la adhesión del ayuntamiento de almeida de Sayago (Zamora), al punto general
de entrada de facturas electrónicas de la administración del estado, FaCe, cuya
recepción de las facturas tendrá los mismos efectos que los que se deriven de la
presentación de las mismas en el registro administrativo. Lo que se expone al
público a los efectos oportunos, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional 6.ª de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el sector público.
almeida de Sayago, 8 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500115
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III. Administración Local
ayuntamiento
VILLANÁZAR
Anuncio
el Pleno municipal de Villanázar, en sesión celebrada el día 18 de diciembre de
2014, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2015.
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente queda expuesto al público en
la Secretaría de esta entidad local, durante horas de oficina, por plazo de quince
días hábiles, a fin de que los interesados que señala el art. 170 de dicha Ley, puedan presentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que se indican en el
punto 2.º del citado último artículo, ante el Pleno del ayuntamiento.
en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el
día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,
no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169.1 de
la predicha Ley, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de ulterior acuerdo expreso.
Villanázar, 8 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500098
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Pág. 22
III. Administración Local
ayuntamiento
CASTRILLO DE LA GUAREÑA
Anuncio de aprobación inicial
aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de este ayuntamiento, de
fecha 9 de enero de 2015, el Presupuesto General, Bases de ejecución, y la plantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2015, con arreglo
a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el
expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
De conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
Castrillo de la Guareña, 9 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500099
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Pág. 23
III. Administración Local
ayuntamiento
FRESNO DE LA POLVOROSA
Anuncio
Siendo definitivo, al no haberse presentado reclamaciones durante la exposición pública, el acuerdo de aprobación provisional adoptado por el Pleno del
ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2014,
de aprobación del reglamento para la exclusión de facturación electrónica, se hace
público el texto íntegro del mismo.
ReGLamento PoR eL Que Se exCLuye De La oBLiGaCión
De FaCtuRaCión eLeCtRóniCa a LaS FaCtuRaS
De HaSta 5.000 euRoS
Preámbulo.
La potestad reglamentaria viene atribuida a los ayuntamientos por el artículo 4.1
a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que
se manifiesta en la capacidad para desarrollar, en el marco de sus competencias, lo
dispuesto en las leyes estatales o autonómicas. en consecuencia, en el ejercicio de
esta potestad, el ayuntamiento puede dictar disposiciones de carácter general, de
rango inferior a la Ley, no pudiendo contener preceptos opuestos a ésta. La presente disposición de carácter general tiene su fundamento en el artículo 4 de la Ley
25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la Factura electrónica y Creación del
Registro Contable de Facturas en el Sector Público, cuando establece: “no obstante, las administraciones Públicas podrán excluir reglamentariamente de esta obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000
euros...”. Por otra parte, la exclusión no impide que los proveedores hagan uso
voluntario de la facturación electrónica para las facturas de hasta el citado importe.
Artículo único.- el ayuntamiento de Fresno de la Polvorosa (Zamora) excluye
de la obligación de facturación electrónica a las facturas de hasta 5.000 euros.
Disposición final.- el presente reglamento entrará en vigor, una vez publicado
en el Boletín oficial de la Provincia, cuando haya transcurrido el plazo de quince
días previsto en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.”
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en
el Boletín oficial de la Provincia, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del
tribunal Superior de Justicia de Zamora, en la forma señalada en la Ley
Reguladora de dicha jurisdicción.
Fresno de la Polvorosa, 9 de enero de 2015.-el alcalde.
R-201500097
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Pág. 24
III. Administración Local
ayuntamiento
JAMBRINA
Anuncio de licitación de arrendamiento de vivienda de propiedad municial
De conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno municipal, en sesión
ordinaria celebrada el día 10 de diciembre de 2014, al haberse declarado desierta
la primera licitación aprobada en sesión plenaria del 8 de octubre, se efectúa nueva
convocatoria de procedimiento abierto , oferta económica mas ventajosa como criterio de adjudicación, con una rebaja en el tipo de licitación, para el arrendamiento de la vivienda de propiedad municipal sita en la C/ Larga, n.º 29, de este municipio de Jambrina.
1.- Entidad adjudicadora: ayuntamiento de Jambrina.
2.- objeto del contrato: arrendamiento de vivienda sita en la C/ Larga, n.º 29,
de esta localidad.
- Duración del contrato: un año prorrogable hasta cinco de acuerdo con la legislación vigente.
3.- Presupuesto base de licitación: 200,00 euros mensuales.
4.- Obtención de información: en la Secretaría municipal en horas de oficina.
Lunes, de 9:00 a 12:00 horas; y miércoles, de 18:00 a 20:00 horas, durante los
quince días siguientes a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín
oficial de la Provincia.
5.- Presentación de ofertas: en el plazo de quince días siguientes a la publicación del presente anuncio en el Boletín oficial de la Provincia.
6.- Apertura de ofertas: en la Casa Consistorial el primer miércoles siguiente a
aquél en que finalice el plazo de presentación de ofertas, a las 19:00 horas.
moDeLo De PRoPoSiCión
D. ................................................................, con domicilio a efectos de notificaciones en .........................., con Dni n.º ......................, enterado del expediente
para el arrendamiento de vivienda de propiedad municipal sita en la C/ Larga, n.º
29, de Jambrina, anunciado en el Boletín oficial de la Provincia n. º ........... de
fecha .................., hago constar que conozco el pliego de condiciones que sirve de
base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte en la licitación, y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ........................
(en número y letra) mensuales.
Jambrina, a ............................... (firma del licitador)
Jambrina, 15 de diciembre de 2014.-el alcalde.
R-201404198
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III. Administración Local
ayuntamiento
VALDESCORRIEL
Anuncio
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del texto refundido de la
Ley de Haciendas Locales aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo, se hace
público el Presupuesto General definitivo de este ayuntamiento para el ejercicio
2015, conforme al siguiente:
ReSumen PoR CaPÍtuLoS
Capítulo
1
2
3
4
5
6
7
8
9
Capítulo
1
2
3
4
5
6
7
8
9
Ingresos
A) Operaciones corrientes
impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total de ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos
A) Operaciones corrientes
Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . .
Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fondo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total de gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Euros
38.102,00
50,00
29.290,07
38.485,07
2.064,00
0,00
12.500,00
------120.492,00
Euros
24.458,89
49.430,00
2.000,00
13.000,00
12.103,11
12.500,00
0,00
---7.000,00
120.492,00
R-201500100
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Pág. 26
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del RD Legislativo
781/1986, de 18 de abril, se publica seguidamente la plantilla de personal de este
ayuntamiento:
Personal funcionario:
- número de plazas: una.
- Denominación: Secretaría-intervención.
- Clase: 3.ª.
- Grupo: a/B. agrupada con San miguel del Valle.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la Comunidad
autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.
Valdescorriel, 26 de diciembre de 2014.-La alcaldesa.
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Pág. 27
III. Administración Local
ayuntamiento
PERERUELA
en cumplimiento de lo establecido en el art. 169 del RDL 2/2004, de 5 de
marzo, se hace público el presupuesto definitivo de este ayuntamiento para el ejercicio 2015, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:
Gastos
Capítulo
1
2
3
4
5
6
7
8
9
Operaciones no financieras
A.1) Operaciones corrientes
Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . .
Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
A.2) Operaciones de capital
inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Operaciones financieras
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Euros
70.608,60
165.200,00
1.000,00
3.800,00
0,00
165.200,00
0,00
0,00
0,00
406.458,60
Ingresos
Capítulo
1
2
3
4
5
6
7
Operaciones no financieras
A.1) Operaciones corrientes
impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
A.2) Operaciones de capital
enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Euros
182.260,00
7.000,00
30.202,00
115.080,60
2.400,00
0,00
69.516,00
R-201500101
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Capítulo
8
9
Operaciones no financieras
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pág. 28
Euros
0,00
0,00
406.458,60
asimismo, se publica la relación de puestos de trabajo de esta Corporación,
aprobada junto con el presupuesto indicado:
Personal funcionario:
- F. Habilitación nacional.
- Grupo: a1.
- nivel C.D.: 26.
- número de plazas: 1.
- Denominación: Secretaria-inter.
- Situación: titular en situación de nombramiento definitivo.
- total funcionarios: 1.
Personal laboral:
1. Jornada completa. Fijo. operario de servicios múltiples.
También procede a publicarse resumen de la plantilla presupuestaria de personal:
1.º Funcionarios: 1.
1.1. Secretario-interventor: 1.
2.º Personal laboral: 1.
2.1 operario Serv. múltiples: 1.
esta aprobación definitiva podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso
administrativa, conforme a lo establecido en los artículos 170 y 171 del Real Decreto
Legislativo 02/2004 de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, y 22 y 23 del Real Decreto 500/90 de 20 de abril; en la forma y
plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Pereruela, 8 de enero de 2015.-el alcalde.
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Pág. 29
III. Administración Local
ayuntamiento
PELEAGONZALO
Edicto
aprobado inicialmente por el ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 16 de
diciembre de 2014, el Presupuesto General para 2014, y en cumplimiento de lo
preceptuado en el art. 169.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, se expone al público
durante quince días para su examen y reclamación. Las reclamaciones, si las
hubiere, serán presentadas ante el Pleno del ayuntamiento.
Si en dicho período no fuera presentada ninguna reclamación, se entenderá
aprobado definitivamente sin necesidad de nuevo acuerdo.
el resumen por capítulos es el siguiente:
ReSumen PoR CaPÍtuLoS
Ingresos
Capítulo
1
2
3
4
5
7
Capítulo
1
2
3
4
6
A) Operaciones corrientes
impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total presupuesto de ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos
A) Operaciones corrientes
Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . .
Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total presupuesto de gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Euros
39.679,17
2.000,00
26.547,35
57.279,11
9.528,02
69.966,35
205.000,00
Euros
77.636,94
69.840,00
2.280,00
12.170,00
43.073,06
205.000,00
De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del Real Decreto Legislativo
R-201500113
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N.º 6 - MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015
Pág. 30
781/1986, de 18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de este
ayuntamiento.
i. Personal funcionario.
escala de Habilitación estatal.
Denominación: Secretaria-interventora.
número de puestos: 1.
Subescala: Secretaría-intervención, Grupo a1/B, nivel 26.
observaciones: Plaza en propiedad agrupada con los ayuntamientos de
Vezdemarbán y Valdefinjas.
ii. Personal laboral fijo.
Denominación: Servicios múltiples.
número de puestos: 1.
iii. Personal laboral fijo.
Denominación: Limpiadora dependencias municipales. número de puestos: 1.
iV. Otro personal (Subvención Plan empleo Diputación Zamora).
90 días.
Denominación: Peones construcción. número de puestos: 3.
V. Otro personal (Subv. Servicio Público empleo Junte Castilla y León).
180 días. 50% de la jomada.
Denominación: Peón construcción. número de puestos: 1.
Vi. Otro personal (Subvención Servicio Público empleo estatal).
90 días.
Denominación: 1 oficial y 3 peones construcción.
número de puestos: 4.
Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la Comunidad
autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.
Peleagonzalo, 30 de diciembre de 2014.-el alcalde.
R-201500113
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III. Administración Local
ayuntamiento
ALCAÑICES
Edicto
notificación colectiva del padrón de la tasa por abastecimiento de agua y del
padrón de la tasa de recogida de basuras correspondientes al cuarto trimestre del
ejercicio de 2014.
mediante Decreto de la alcaldía número 5/2015, de fecha 12 de enero de 2015,
se aprobaron el padrón de la tasa por abastecimiento de agua y el padrón de la
tasa de recogida de basuras correspondientes al cuarto trimestre del ejercicio de
2014, los cuales se exponen al público para su notificación colectiva de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley General tributaria, durante el plazo de
un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en
el Boletín oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del ayuntamiento. Durante
este plazo los antedichos padrones estarán a disposición de los interesados en el
ayuntamiento.
Contra los actos de aprobación de los padrones y de las liquidaciones incorporadas a éstos, los contribuyentes y, en general, los interesados, podrán interponer
los siguientes recursos:
1.- Reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la alcaldía de este
ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización de la exposición pública de los padrones, que se entenderá rechazado si
al transcurrir un mes desde su presentación no se resuelve de manera expresa.
2.- Contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo,
con sede en Zamora, en el plazo de dos meses si la resolución del recurso de reposición es expresa, y en el plazo de seis meses desde su interposición, si no lo fuese.
3.- Podrá interponerse cualquier otro recurso que a los interesados les convenga.
Anuncio
Cumpliendo lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se expone al
público el siguiente anuncio de cobranza:
tributos que se ponen al cobro: el padrón de la tasa por abastecimiento de
agua y el padrón de la tasa de recogida de basuras correspondientes al cuarto trimestre del ejercicio de 2014.
- Plazo de ingreso en periodo voluntario: Del 1 de enero de 2015 al 1 de febrero de 2015, ambos inclusive.
- Modalidad de ingreso: a través del servicio de recaudación de este
R-201500109
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ayuntamiento. Con carácter general se podrá usar como forma de pago la
domiciliación bancaria.
- Lugar de ingreso: Servicio de recaudación del ayuntamiento, Plaza mayor,
s/n, alcañices.
- Días de ingreso: Días hábiles, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
transcurrido dicho plazo sin efectuar el ingreso, se procederá a su cobro por
vía administrativa de apremio, con un recargo del 5%, del 10% o del 20% según
los casos y de conformidad con dispuesto en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General tributaria y demás gastos de ejecución.
alcañices, 12 de enero de 2015.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
LUELMO
Anuncio
al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al
público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de
fecha 28 de julio de 2014, aprobatorio de la modificación de la ordenanza fiscal de
la tasa por aprovechamientos especiales, sobre terrenos propiedad municipal destinados a tierras de labor y siembra, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril. Reguladora de las Bases del Régimen Local, y art. 17.4
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
artículo 3.º - Cada dos años según costumbre, se distribuirán los terrenos objeto del aprovechamiento, entre los vecinos ganaderos que se encuentren dados de
alta en el Régimen especial agrario, con la debida antelación para que los interesados puedan realizar en ellas las labores necesarias para la preparación de las
siembras.
Contra el citado acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo a que hace referencia el art. 19 del RD Legislativo 2/2004
de 5 de marzo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del tribunal Superior
de Justicia de la Comunidad autónoma de Castilla y León, con sede en Valladolid,
en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de
este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.
todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se
estime pertinente.
Luelmo, 29 de diciembre de 2014.-La alcaldesa.
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III. Administración Local
otRaS entiDaDeS LoCaLeS
MANCOMUNIDAD ETAP BENAVENTE Y LOS VALLES
Aprobación definitiva del presupuesto del ejercicio 2015
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el presupuesto general definitivo de esta mancomunidad para el ejercicio de 2015, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:
Ingresos
Capítulo
1
2
3
4
5
6
7
8
9
A) Operaciones corrientes
impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
tasas, precios públicos y otros ingresos . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Euros
0,00
0,00
0,00
638.155,18
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
638.155,18
Gastos
Capítulo
1
2
3
4
6
7
8
9
A) Operaciones corrientes
Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gastos corrientes en bienes y servicios . . . . . . . . . . . .
Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) Operaciones de capital
inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Euros
13.000,00
624.855,18
300,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
638.155,18
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del RD Legislativo
781/1986, de 18 de abril, asimismo se publica seguidamente la plantilla de personal de este ayuntamiento:
Personal funcionario:
- Secretaría-intervención. Plazas: 1. eximida. Desempeñada en régimen de
acumulación de funciones
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de
este edicto, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso.
Benavente, 8 de enero de 2015.-el Presidente.
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III. Administración Local
otRaS entiDaDeS LoCaLeS
JUNTA ADMINISTRATIVA DE VECILLA DE TRASMONTE
Anuncio
La Junta Vecinal de Vecilla de trasmonte, en sesión celebrada el día 18 de
noviembre de 2014 , ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2015.
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente queda expuesto al público en
la Secretaría de esta entidad local, durante horas de oficina, por plazo de quince
días hábiles, a fin de que los interesados que señala el art. 170 de dicha Ley, puedan presentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que se indican en el
punto 2.º del citado último artículo, ante la Junta Vecinal.
en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el
día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la Provincia,
no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169.1 de
la predicha Ley, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de ulterior acuerdo expreso.
Vecilla de trasmonte, 8 de enero de 2015.-el alcalde-Pedáneo.
R-201500102
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IV. Administración de Justicia
JuZGaDo De Lo SoCiaL n.º 2
ZAMORA
niG: 49275 44 4 2014 0000705. PRoCeDimiento oRDinaRio 0000344/2014. Sobre oRDinaRio.
Demandante: FRemaP. Demandados: teSoReRÍa GeneRaL De La SeGuRiDaD SoCiaL, teSoReRÍa
GeneRaL De La SeGuRi, inStituto naCionaL De La SeGuRiDaD SoCiaL, CaLVo ZuRRo tomÁS,
GaL LiViu GHeoRGHe.
Edicto
D. José ignacio martín García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.°
002 de Zamora, hago saber:
Que en el procedimiento ordinario 0000344/2014 de este Juzgado de lo Social,
seguido a instancia de FRemaP, contra tesorería General de la Seguridad Social,
instituto nacional de la Seguridad Social, Calvo Zurro tomás, Gal Liviu Gheorghe
sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
SentenCia n.° 341/2014
y para que sirva de notificación en legal forma al demandado Liviu Gheorghe
Gal, en ignorado paradero, haciéndole saber que en la sede de dicho Juzgado
podrá tener conocimiento íntegro del acto; y que contra la misma cabe recurso de
suplicación para ante la Sala de lo Social del tribunal Superior de Justicia de
Castilla y León, con sede en Valladolid, pudiendo anunciarse el mismo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado, dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, o por mera manifestación de la parte, de su abogado o representante, al efectuarse ésta, de su propósito de entablarlo. Se advierte
a las partes que, en caso de interposición del mencionado recurso, y al tiempo de
formalizarlo, deberán acreditar el haber satisfecho las tasas correspondientes, de
conformidad con la Ley 10/2012 de 20 de noviembre y orden HaP/2662/2012, de
13 de diciembre; expido la presente para su inserción en el Boletín oficial de la
Provincia de Zamora.
La notificación surte efectos desde la fecha de la publicación en el Boletín.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial,
salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
en Zamora, a veintinueve de diciembre de dos mil catorce.-el Secretario
Judicial.
R-201500103
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IV. Administración de Justicia
JuZGaDo De Lo SoCiaL n.º 2
LEÓN
niG: 24089 44 4 2012 0003351. PRoCeDimiento oRDinaRio 0001120/2012. Sobre oRDinaRio.
Demandante: D. DominGo BRuÑa anta. abogado: D. FRanCiSCo CaÑón CaÑón. Demandado/s:
maÑaneS i.P.S. Sa, axa axa, FoGaSa. abogado: D. FeLiPe Juan CaRReÑo. Procurador: D.ª maRÍa
iSaBeL GaRCÍa LanZa .
Edicto
Doña yolanda infante ortiz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.° 002
de León, hago saber:
Que en el procedimiento ordinario 0001120/2012 de este Juzgado de lo Social,
seguidos a instancia de don Domingo Bruña anta, contra la empresa “mañanes
i.P.S. Sa”, “axa axa”, “FoGaSa”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente
decreto de 12 de noviembre de 2014, cuya parte dispositiva se adjunta:
PaRte DiSPoSitiVa
acuerdo: Se aprueba la conciliación alcanzada entre las partes, en los términos
expresados en la comparecencia previa a esta resolución.
archívense las actuaciones.
notifíquese la presente resolución.
el/La Secretario/a Judicial.
y para que sirva de notificación en legal forma a “mañanes i.P.S. Sa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín oficial de la
Provincia de Zamora.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judical,
salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
en León, a veinticuatro de noviembre de dos mil catorce.-el/La Secretario/a
Judicial.
R-201403893
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IV. Administración de Justicia
JuZGaDo De Lo SoCiaL n.º 2
FERROL
niG: 15036 44 4 2014 0001374. imPuGnaCión De aCtoS De La aDminiStRaCión 0000666/2014-y.
Sobre oRDinaRio. Demandante: D. iGnaCio CaSCón SaLGaDo. Demandado/s: D/ña. miGueL ÁnGeL
FeRnÁnDeZ FeRnÁnDeZ, aDminiStRaDoR De inFRaeStRuCtuRaS FeRRoViaRiaS (aDiF),
PaBLo BaRBaDo aLonSo, antonio CaGiGaS maDRaZo, Juan Ramón aPaRiCio maRtÍneZ, aLeJanDRo GonZÁLeZ CuetoS, Juan CaRLoS RoDRÍGueZ eStRaDa, JoSÉ LuiS aLonSo CaRBaJaL, JoSÉ Ramón moReno mateo, JoSÉ miGueL maRtÍneZ ConDe, SantiaGo mayo PRieto,
GonZaLo SÁnCHeZ ÁLVaReZ, DaViD BLanCo DieZ, JoSÉ LuiS uRÍa menÉnDeZ, aLBeRto CeLiS
GutiÉRReZ, DominGo aLBeRto PaRÍS ÁLVaReZ, SuSana aBaD FeRnÁnDeZ, omaR CaBo
SuÁReZ, iRÍa DÍaZ DÍeZ, RuBÉn PRieto SanZ, Juan Ramón SuÁReZ BuZneGo, maRtÍn
GutiÉRReZ-SoLana BaRanDa, Jaime antonio GómeZ DeVeSa, JaVieR SiLVeStRe CueSta
SÁnCHeZ, LuiS BoDeRo FiCa, amaLia GaRCÍa PeLÁeZ, LauRa LóPeZ eSPaÑa, JoRGe
CaStRiLLón CamPoS, FRanCiSCo moRÁn SuÁReZ, antonio maRtÍn SÁnCHeZ, GonZaLo
CÉSPeDeS meLo, JaVieR DuaRte SuÁReZ, aGuStÍn GuiRao SoLanaS, JaVieR menDiViL JuSte,
maRÍa JoSÉ ÁLVaReZ FeRnÁnDeZ.
Edicto
D.ª marta de Vicente Gutiérrez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.°
002 de Ferrol, hago saber:
Que en el procedimiento impugnación de actos de la administración
0000666/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. ignacio
Cascón Salgado, contra la empresa administrador de infraestructuras Ferroviarias
(aDiF), miguel Ángel Fernández Fernández, Pablo Barbado alonso, antonio
Cagigas madrazo, Juan Ramón aparicio martínez, alejandro González Cuetos,
Juan Carlos Rodríguez estrada, José Luis alonso Carbajal, José Ramón moreno
mateo, José miguel martínez Conde, Santiago mayo Prieto, Gonzalo Sánchez
Álvarez, David Blanco Diez, José Luis uría menéndez, alberto Celis Gutiérrez,
Domingo alberto París Álvarez, Susana abad Fernández, omar Cabo Suarez, iría
Díaz Díez, Rubén Prieto Sanz, Juan Ramón Suárez Buznego, martín GutiérrezSolana Baranda, Jaime antonio Gómez Devesa, Javier Silvestre Cuesta Sánchez,
Luis Bodero Fica, amalia García Peláez, Laura López españa, Jorge Castrillón
Campos, Francisco morán Suárez, antonio martín Sánchez, Gonzalo Céspedes
melo, Javier Duarte Suárez, agustín Guirao Solanas, Javier mendivil Juste, maría
José Álvarez Fernández, sobre impugnación actos administrativos, se ha dictado
el auto, cuya parte dispositiva dice:
PaRte DiSPoSitiVa
Interrogatorio:
no ha lugar a la prueba de interrogatorio solicitada al no desprenderse de la
práctica solicitada la necesidad de acreditar los hechos expuestos en la demanda.
Documental:
Ha lugar, estándose a las previsiones del art. 94 LJS.
Requierase a la empresa aDiF a fin de que aporte al acto del juicio la documental solicitada en el mencionado escrito apartado de Documental B):
R-201500104
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- Comunicación de alta como "Fijo de plantilla" en FeVe del actor, con la categoría profesional de "Factor de Circulación de entrada" de fecha 4/08/1999.
- Circular 20/2008, de la Dirección Gerencia de Recursos Humanos (FeVe), de
fecha 12 de marzo de 2008, mediante la que se publica el "escalafón del personal
fijo incluido en convenio" a fecha 1 de enero de 2008 en la que aparece el actor.
- Circular 8/2005 (anexo 3 y 9), de la Dirección Gerencia de Recursos Humanos
(FeVe), de fechas 17 de octubre de 2005 y 28 de febrero de 2006 respectivamente, por la que se convoca provisión de plazas de "Jefe de estación", en la que participa el actor, siendo requisito ser fijo.
- normativa laboral de FeVe.
notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este
órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación con
expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que
la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución
recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del
régimen público de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en
concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de Consignaciones de este
Juzgado de lo Social n.º 2 abierta en el Banco Santander, cuenta n.° 1501 debiendo indicar en el campo concepto, "recurso" seguida del código "30 social-reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la
cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 social-reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada
concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando
el formato dd/mra/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio
Fiscal, el estado, las Comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
así lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
el/La magistrado/a Juez, el/La Secretario/a Judicial.
y para que sirva de notificación en legal forma a Santiago mayo Prieto en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín oficial de Zamora.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial,
salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma
de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
en Ferrol, a dos de enero de dos mil quince.-el/La Secretario/a Judicial.
R-201500104
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JuZGaDo De PRimeRa inStanCia e inStRuCCión n.º 1
ZAMORA
n.i.G.: 49275 41 1 2014 0010211. exPeDiente De Dominio. ReanuDaCión DeL tRaCto 0000548/2014.
Sobre otRaS mateRiaS. Demandante: CLauDio PaLaCioS ViLLaR. Procurador: D.ª maRÍa teReSa meSoneRo HeRReRo.
Edicto
Don antonio Jaramillo Hernández, Secretario del Juzgado de Primera instancia
n.º 1 de Zamora.
Hago saber: Que en este órgano Judicial se sigue el procedimiento expediente
de dominio. Reanudación del tracto 548/2014 a instancia de D. Claudio Palacios
Villar expediente de dominio de las siguientes fincas:
“Rustica, era sita en Santa Lucía, en el municipio de Venialbo (Zamora) , con
una superficie de tres áreas y ochenta y nueve centiáreas.
Finca registral 4911 en el Registro de toro, y que catastralmente se describe como parcela 5343, polígono 1 (anteriormente polígono 37), terreno dedicado a la labor de secano y con Referencia Catastral 49263a001053430000Jo.
Linda al norte con camino; sur, con parcelas n.º 5344, de Ramón Ramos
Carrillo y n.º 5342, de alfonso Sánchez; este, con parcelas n.º 5342 y n.º 5341 de
alberto Hernando Rodríguez; y oeste, con camino”.
Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a los ignorados herederos de D.ª maría Curz Villar Piedra, a los ignorados de
D. Gregorio Villar Piedra, así como a las personas ignoradas a quienes pudiera
perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando
lo que a su derecho convenga.
en Zamora, a veinticinco de septiembre de dos mil catorce.-el/La Secretario/a
Judicial.
R-201404200
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V. Otros anuncios oficiales
inStituto FeRiaL De ZamoRa (iFeZa)
INTERVENCIÓN
Aprobación definitiva del Presupuesto General de IFEZA
correspondiente al ejercicio 2015
en virtud de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, una vez aprobado definitivamente, se publica resumido por
capítulos, el Presupuesto General del ejercicio 2015, de esta entidad, con arreglo
al siguiente detalle.
el resumen del presupuesto de la institución Ferial de la provincia de Zamora,
es el siguiente:
PReSuPueSto De GaStoS
CaPÍtuLo PRimeRo
CaPÍtuLo SeGunDo
CaPÍtuLo Sexto
Gastos de personal
Gastos en bienes corrientes y servicios
Gastos en mobiliario de oficina
totaL GaStoS
43.710,00
241.050,00
5.500,00
290.260,00
€
€
€
€
PReSuPueSto De inGReSoS
CaPÍtuLo teRCeRo
CaPÍtuLo CuaRto
tasas y otros ingresos
transferencias corrientes
totaL inGReSoS
40.000,00 €
250.260,00 €
290.260,00 €
La plantilla de personal funcionario, laboral y eventual de esta entidad aprobada junto con el Presupuesto General para 2015, es la que se adjunta como anexo
a este anuncio.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto, de conformidad con lo establecido en el art. 171 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrá interponerse
directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de la Jurisdicción del
tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de éste anuncio en
el Boletín oficial de la Provincia de Zamora.
el importe total del crédito necesario para hacer frente al gasto derivado de las
retribuciones de devengo periódico relativas a la plantilla del personal funcionario,
laboral y eventual de esta institución para el ejercicio presupuestario 2015 que
seguidamente se especifica, así como a las correspondientes cuotas de la
Seguridad Social, asciende a 43.710,00 €.:
NOMBRE
DiReCtoR GeneRaL
total Personal en Plantilla
NUM.
1
1
RELACIÓN DE SERVICIOS
LaBoRaL
OBSERVACIONES
oCuPaDa
Zamora, 13 de enero de 2015.-el Presidente de iFeZa, José Luis Prieto Calderón.
R-201500118
www.diputaciondezamora.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA
D.L. ZA/1-1958