SUMILLA 12.indd - Revista Asesor Empresarial

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Normas Legales del 12.01.2015
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION PRIVADA
EN TELECOMUNICACIONES
Aprueban Cuadro para Asignación
de Personal Provisional - CAP del
OSIPTEL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 103-2014-PD/OSIPTEL
Lima, 29 de diciembre de 2014
MATERIA
Aprobación de Cuadro para Asignación
de Personal Provisional
VISTOS:
El Informe Nº 263 - RRHH/2014 mediante el cual el Área
de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración
y Finanzas sustenta la necesidad de aprobar un Cuadro
para Asignación de Personal Provisional, y el Informe
N° 157-GPP/2014 de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 095-2011PCM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal
del Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones - OSIPTEL, modi¿cado por
Resolución de Presidencia Nº 063-2012-PD/OSIPTEL,
Resolución de Presidencia Nº 003-2013-PD/OSIPTEL y
Resolución de Presidencia Nº 062-2013-PD/OSIPTEL;
Que, mediante el informe de visto el Área de Recursos
Humanos fundamenta la necesidad de aprobar un Cuadro
para Asignación de Personal Provisional a ¿n de dar
cumplimiento a la Resolución Nro. 01 del 9º Juzgado
Constitucional de Lima, que ordena la reposición en forma
preventiva (o provisional) de un servidor a la Entidad, en
su puesto de trabajo de origen o en otro de igual nivel o
categoría;
Que, el servidor indicado desempeñaba el cargo de
Supervisor Especialista, categoría Profesional II, la misma
que a la fecha se encuentra ocupada, por lo que resulta
necesario contemplar un cargo similar en el Cuadro para
Asignación de Personal Provisional;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 152-2014-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº 0012014-SERVIR/GPGSC,“Reglas de aplicación progresiva
para la aprobación del Cuadro de Puestos de las
Entidades, modi¿cada por la Resolución de Presidencia
Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, la cual establece
las reglas para la aprobación del indicado documento de
gestión, aplicable para supuestos de excepción y sólo en
tanto las entidades comprendidas en los mismos cumplan
con las condiciones establecidas;
Que
la
Directiva
Nº
001-2014-SERVIR/
GPGSC,“Reglas de aplicación progresiva para la
aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades,
modi¿cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
234-2014-SERVIR/PE, establece en el numeral 4, acápite
4.5, que las entidades que cuenten con Cuadro para
Asignación de Personal aprobado o provisional, podrán
ajustarlo en el año ¿scal, bajo los términos expuestos
en el numeral 5 de la citada Directiva. Este ajuste no
excederá del 5% del total de cargos aprobados por la
entidad para el inicio del año ¿scal, ni habilita a la entidad
a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios
para tales efectos;
Que, mediante Carta Nº 2947-GAF/2014 la Gerencia
de Administración y Finanzas solicitó la opinión técnica de
la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR, sobre
la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal
Provisional del OSIPTEL;
Que, mediante Informe Nº 42-2014-SERVIR/
GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de
Recursos Humanos de SERVIR, emitió opinión técnica
indicando que, en cumplimiento de la sentencia judical
referida, el OSIPTEL puede tramitar la aprobación de
un Cuadro para Asignación de Personal Provisional ,
el cual contemple los cargos del personal que deba
ser reincorporado por mandato judicial, por lo que
recomienda continuar con el trámite de aprobación del
Cuadro para Asignación de Personal Provisional del
OSIPTEL;
Que, asimismo, en el Informe precedente se señala
que la entidad vinculada por una resolución judicial debe
efectuar todas las gestiones que sean necesarias para
darle estricto cumplimiento, evitando cualquier retraso en
su ejecución, y sin hacer cali¿cación alguna que pudiese
restringir sus efectos, incurriendo en responsabilidad en
caso de infringir dichas reglas;
Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el Cuadro
para Asignación de Personal Provisional del Organismo
Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones
- OSIPTEL;
Con la opinión favorable de la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia de
Administración y Finanzas, de la Gerencia de Asesoría
Legal, y de la Gerencia General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de
Personal Provisional - CAP del Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL con
los Formatos Nº 1, Nº 2 y el Anexo Nº 1, que forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La presente Resolución será publicada
en el Diario O¿cial El Peruano. El Cuadro para Asignación
de Personal Provisional -CAP (Formatos Nº 1, Nº 2 y el
Anexo Nº 1 y su resolución aprobatoria serán publicados
en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en
el Portal Institucional (www.osiptel.gob.pe) el mismo día
de la publicación de la presente Resolución en el Diario
O¿cial El Peruano.
Artículo 3º.- OSIPTEL deberá remitir a la Autoridad
Nacional de Servicio Civil - SERVIR por vía electrónica
el archivo digital del Cuadro para Asignación de Personal
Provisional -CAP dentro de los treinta (30) días calendario
siguientes a su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ
Presidente del Consejo Directivo
1186863-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
INSTITUTO GEOLOGICO
MINERO Y METALURGICO
Delegan en la Secretaría General del
INGEMMET diversas facultades en
materia presupuestal, durante el Año
Fiscal 2015
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 003-2015-INGEMMET/PCD
Lima, 9 de enero de 2015
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Normas Legales del 12.01.2015
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico
– INGEMMET es un Organismo Público Técnico
Especializado del Sector Energía y Minas, con personería
jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica,
económica y administrativa, constituyendo un Pliego
Presupuestario, conforme lo señalado en los Decretos
Supremos N° 058-2011-PCM y N° 035-2007-EM;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de
una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y puede
delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo
establezca expresamente la Ley General, las Leyes de
Presupuesto del Sector Público o la norma de creación
de la Entidad, siendo responsable solidario con el
delegado;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, prevé que las modi¿caciones
presupuestarias en el nivel funcional programático son
aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta
de la O¿cina de Planeamiento y Presupuesto o la que
haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegarse dicha
facultad mediante disposición expresa, la cual debe ser
publicada en el Diario O¿cial El Peruano;
Que, mediante Ley N° 30281, se aprobó el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
Que, el artículo 7° del Reglamento de Organización y
Funciones - ROF del INGEMMET, aprobado por Decreto
Supremo N° 035-2007-EM; señala que el Presidente del
Consejo Directivo es el Titular de la Entidad y del Pliego
Presupuestal del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico
– INGEMMET, es el responsable de dirigir y supervisar
la marcha institucional y representa al Consejo Directivo
ante las autoridades del Sector y ante otras instituciones
públicas y privadas;
Que, asimismo, el artículo 9° del ROF del INGEMMET
establece que la Secretaría General es la más alta
autoridad administrativa de la entidad;
Que, con la ¿nalidad de coadyuvar a una mejor gestión
en la administración de los recursos asignados, en materia
presupuestal, que permita al INGEMMET cumplir de forma
e¿ciente y e¿caz con las funciones de su competencia;
así como, con los objetivos y metas trazadas en los
instrumentos de gestión, resulta pertinente delegar en la
Secretaría General determinadas funciones asignadas al
Titular del Pliego durante el Año Fiscal 2015;
Con visación de la Secretaría General y de los
Directores de las O¿cinas de Administración, Asesoría
Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto
Supremo N° 304-2012-EF y en el ejercicio de las
atribuciones conferidas en el artículo 7° del Decreto
Supremo Nº 035-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba
el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría General del
Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET
durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades en
materia presupuestal:
1.1
Aprobar la formalización de Notas de
Modi¿caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo
40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411.
1.2
Suscribir la Ficha Técnica del Indicador de
Desempeño, establecida en la Directiva N° 005-2012EF/50.1 “Directiva para la Evaluación Semestral y Anual
de los Presupuestos Institucionales de las Entidades
del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el
Año Fiscal 2012” aprobado por Resolución Directoral Nº
017-2012-EF/50.01, según lo dispuesto en la Resolución
Directoral Nº 018-2014-EF/50.01 de fecha 22 de julio de
2014.
1.3
Aprobar las Directivas internas en el marco de
la Ley de Presupuesto y modi¿catorias.
Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se
re¿ere la presente Resolución, comprende las atribuciones
de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de
cumplir con los requisitos legales establecidos para cada
caso.
Artículo 3°.- La Secretaría General deberá dar cuenta
a la Presidencia del Consejo Directivo del INGEMMET,
dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada
mes, sobre los actos realizados en virtud de la delegación
dispuesta en el Artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario O¿cial El Peruano y en el
Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y
Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA G. VILCA ACHATA
Presidenta del Consejo Directivo
1186357-1
SERVICIO NACIONAL DE
CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
PARA LAS INVERSIONES
SOSTENIBLES
Delegan en el Secretario General (e)
diversas funciones asignadas al Titular
del Pliego del SENACE
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 001-2015-SENACE/J
Lima, 5 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley Nº 29968, se crea el Servicio
Nacional de Certi¿cación Ambiental para las Inversiones
Sostenibles - SENACE, como Organismo Público Técnico
Especializado, con autonomía técnica y personería
jurídica de derecho público interno, constituyéndose en
pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y
encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto
Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley Nº 27446
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto
Ambiental, y sus normas reglamentarias;
Que, el Numeral 7.3 del Artículo 7º de la mencionada
Ley establece que la Jefatura ejerce la representación
legal del SENACE, así como la titularidad del pliego
presupuestal de la entidad;
Que, el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley)
dispone que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante
Resolución sus competencias en materia de contratación
pública, con excepción de lo relacionado a la aprobación
de exoneraciones, la declaración de nulidad de o¿cio,
las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y
otros supuestos que se establecen en el Reglamento de
la citada Ley;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 063-2014SENACE del 30 de diciembre de 2014, se dispuso
delegar en el señor Erick Santiago Soriano Bernardini
(en adelante, señor Soriano) —con efectividad al 05 de
enero de 2015—, en adición a sus funciones como Asesor
de la Jefatura Institucional, las funciones de la Secretaría
General del SENACE;