Instrumentos financieros para la internacionalización

Instrumentos
financieros para la
internacionalización
MANUALES PRÁCTICOS DE GESTIÓN
ÍNDICE
1. Introducción
1.1.Objetivos del cadern-
1.2.Los instrumentos financieros en la internacionalización
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2. Instrumentos financieros para la internacionalización
2.1.Financiación de exportaciones
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2.1.1 Forfaiting
2.1.2 Factoring
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2.2.Financiación das importaciones
2.2.1 Confirming
2.3.Crédito documentari-
2.4.Instrumentos financieros públicos de apoio a la internacionalización
2.4.1 Préstamos ICO-Internacionalización
2.4.2 Préstamos ICO-ICEX
2.4.3 Financiación de la Compañía Española de Financiación del Desarrollo - Cofides
2.4.4 Seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado ICEX-CESCE
2.4.5 Póliza de Seguro de Inversiones en el Exterior de CESCE
2.5.Otros instrumentos financieros vinculados con la internacionalización
2.5.1 SWAP
2.5.2 FORWARD
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1. Introducción
1.Introducción
1.1. Objetivos del cuaderno
En todo proceso de internacionalización, entendido como la realización de importaciones,
exportaciones o de inversiones en el exterior, surgen modalidades de financiación especialmente
diseñadas para cubrir los riesgos y requerimientos propios de este tipo de operaciones.
El objetivo que persigue este cuaderno es explicar, de una manera sencilla y estructurada,
aquellos instrumentos financieros más utilizados en operaciones internacionales, de manera que
se facilite su comprensión, explicando su operativa, ventajas, desventajas, e indicando en que tipo
de operaciones procede su utilización.
Se presentan además otros instrumentos afines a la internacionalización de las empresas,
desarrollados con la intención de limitar los efectos de la volatilidad de los tipos de interés y de
los tipos de cambio de las divisas.
Este cuaderno se complementa con otras publicaciones editadas por BIC GALICIA, dentro de
su colección de Manuales Prácticos de Gestión, disponibles en la web http://www.bicgalicia.es.
Concretamente:
- Guía Básica de Financiación: información sobre otros instrumentos financieros.
- Cuaderno de Ayudas y Subvenciones para empresas: recoge, entre otras, las principales líneas
de ayudas públicas para la internacionalización.
- Como convertir mi empresa en exportadora: informa sobre las pautas a seguir para iniciarse
en la exportación.
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1.2. Los instrumentos financieros en la internacionalización
En las últimas décadas hemos asistido, y estamos asistiendo, a un proceso intenso de sofisticación
del mercado financiero, en un intento por parte de los bancos de ofrecer a sus clientes productos
cada vez más ajustados a sus necesidades. Esta situación es todavía más evidente en el mercado de
productos financieros orientados a la financiación de exportaciones, importaciones o inversiones en
países extranjeros, dada la cada vez mayor vocación internacional que presentan las empresas.
En relación con las operaciones internacionales, las empresas buscan instrumentos financieros
que, presentando una relación razonable entre su coste y el riesgo que cubren, les sirvan para lograr
objetivos de doble naturaleza:
- Los vinculados al ciclo productivo: es decir, que permitan cubrir desfases entre cobros y
pagos.
- Los vinculados a la estrategia comercial: orientados a ofrecer facilidades de pago a los
clientes, acceder a nuevos mercados o a aumentar márgenes comerciales.
La utilización de unos u otros instrumentos va a depender de factores específicos de la operación
en cuestión, como el grado de confianza entre las partes, países de origen, solvencia profesional
y económica de la otra parte, mercancías a intercambiar, sector de actividad, costes del medio de
pago, agilidad en el cobro, etc.
Pero también dependerá de factores económicos y políticos globales. En relación con estos
últimos, la incertidumbre generada por la crisis financiera internacional en la que estamos inmersos,
conlleva un incremento en la demanda de medios de pago más seguros, aunque sean más caros, a la
vez que incrementa las primas de riesgo y los costes operativos.
Los pagos de las operaciones comerciales internacionales suelen instrumentalizarse en los medios
de pago que se indican a continuación:
- Transferencias.
- Cheques personales o bancarios.
- Remesas simples o documentarias.
- Créditos al comprador.
- Créditos documentarios.
En base a estos medios de pago, se desarrollan una serie de productos financieros, que pueden
diferir en sus características de una entidad financiera a otra. En este documento tratamos
de desarrollar los más comúnmente utilizados, clasificados en función de su utilización para
importaciones o exportaciones. Se incluyen además los principales instrumentos públicos de apoyo
a la internacionalización de las empresas gallegas y españolas.
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2.Instrumentos
financieros para la
internacionalización
2.Instrumentos financieros para la
internacionalización
2.1. Financiación de exportaciones
Una empresa que se decida a exportar, observará como la complejidad de su gestión aumenta.
Esto se debe a cuestiones tales como: los plazos de pago son más dilatados, las reglamentaciones
son variables de un país a otro, los trámites administrativos son complejos, aumentan los riesgos
financieros, puede existir un insuficiente conocimiento del mercado, etc.
Los productos financieros destinados a favorecer las exportaciones de una empresa, deben
responder a un doble objetivo:
•Evitar tensiones de tesorería, derivadas de amplios plazos de pago que los exportadores
suelen ofrecer a sus clientes para ser más competitivos.
•Limitan su riesgo de impago, derivados de la mayor incertidumbre en la que suelen
desarrollarse estas operaciones.
El mercado financiero ofrece soluciones a ambas situaciones, que se concretan en los siguientes
instrumentos:
•Créditos al exportador: que pueden ser a su vez de prefinanciación y postfinanciación.
- Créditos de prefinanciación: destinados al aprovisionamiento de materias primas,
fabricación, y proceso de envase, embalaje y preparación para el envío. Pueden ser
créditos singulares, para una única operación, o abiertos para la actividad normal de la
empresa.
- Créditos de postfinanciación: tienen lugar una vez hecha la exportación, y su finalidad es
adelantar el cobro de la operación.
•Descuento de remesas: es un instrumento de pago por el que el exportador remite a su
banco (remitente), determinados documentos comerciales acompañados o no, de documentos
financieros, para que los entregue al importador contra pago o aceptación, según sea el caso
concreto, a través del banco del importador (banco cobrador).
Se trata de uno de los medios de pago más utilizados por las empresas españolas en sus
operaciones de comercio exterior. Hay dos modalidades:
- Contra pago: el pago se produce a la vista, contra entrega de los documentos.
- Contra aceptación: la entrega de los documentos está condicionada a la aceptación
del efecto adjunto, por lo que el importador sólo puede retirar la documentación, y en
consecuencia realizar el despacho de la mercancía, si acepta el efecto.
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•Forfaiting.
•Factoring.
•Créditos documentarios.
Las recomendaciones de los expertos se inclinan en al actualidad por la utilización del Forfaiting y
el Factoring, motivo por el cual se describen a continuación en mayor detalle.
En este mismo documento se profundiza también sobre el Crédito Documentario, susceptible de
uso tanto en operaciones de exportación como de importación, y que vuelve a tomar peso como
medio de pago seguro en el arriesgado contexto actual.
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2.1.1 Forfaiting
Descripción
Se puede definir como la “compra por parte de una entidad financiera de una serie de documentos
de crédito, generalmente letras de cambio, pagarés u otro documento de promesa de pago libremente
negociable, sobre una base sin recurso”.
Se trata de un contrato de financiación de exportaciones sin recurso. Esto supone que el banco
que financia la operación (forfaiter) compra al exportador/vendedor sus derechos de cobro, y asume
cualquier incumplimiento en el pago por parte del obligado al mismo (el importador). El forfaiter
no podrá ejercer ninguna acción contra el exportador para recuperar el importe no satisfecho; a
cambio, el exportador recibe la totalidad del importe de la venta, deducidos unos intereses.
Características
Las principales características del forfaiting, son:
•Implica la existencia de un crédito contra un tercero aún no vencido.
•El plazo admitido suele ser de entre 1 y 7 años.
•Operación de circulante: financia el crédito concedido a los clientes.
•La operación no es gratuita. El servicio prestado por la entidad financiera se realiza a cambio
de una contraprestación económica consistente en comisiones e intereses.
•Al igual que en el factoring, el empresario cede sus créditos a cambio de una contraprestación
al forfaiter. Su diferencia, por el contrario, radica en que el forfaiting anticipa unos recursos
líquidos contra la cesión de un papel comercial avalado por el librado (importador) y por un
banco.
•El forfaiting trata créditos individuales a medio plazo, a diferencia del factoring, que abarca
toda una cartera de créditos generalmente a corto plazo.
•Los gastos por el descuento de los efectos derivados de la operación de forfaiting, concepto
que incluye tanto las comisiones como los intereses que suponen la operación, tienen la
consideración de gastos fiscalmente deducibles.
La operativa de una operación de forfaiting es la siguiente:
•Formalización de un contrato comercial, en el que se indica el instrumento de pago acordado
entre las partes.
•Suministro de bienes o servicios; generalmente se utiliza en la compra de bienes de
equipo.
•Recepción por el exportador de los documentos de pago derivados de las operaciones de
exportación, por el importe de la operación. Los documentos de pago más habituales son
letras de cambio, giradas por el exportador y aceptadas por el importador, o pagarés emitidos
por el importador.
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•El banco financiador (forfaiter) adquiere al contado estos medios de pago, convirtiéndose
en el tenedor legítimo de los mismos. A cambio anticipa al vendedor (exportador) el importe
reflejado en los documentos de pago, deduciendo la tasa de descuento y las comisiones
pactadas.
•Una vez el exportador ha satisfecho los trámites jurídicos oportunos, el importador debe
reembolsar el importe de la operación al forfaiter, en los plazos indicados en las letras.
Las operaciones de forfaiter se analizan caso por caso, ya que el forfaiter necesita saber quién es
el comprador y su nacionalidad, qué mercancía vende, valor y moneda del contrato, fecha y duración
del contrato, cantidad y momento de los pagos. Además necesita saber el medio de pago acordado
(pagarés, letras de cambio, etc.) y la identidad del garante del pago.
Las garantías:
•En la gran mayoría de las operaciones descontadas en el mercado de forfaiting está presente
alguna forma de afianzamiento bancario. Eso permite por un lado reducir el riesgo de crédito
y agilizar el proceso de análisis de riesgo del forfaiter y, por otro, aumentar el grado de
liquidez del activo en el mercado secundario.
•No obstante, un creciente número de empresas, grandes corporaciones, muy conocidas en los
mercados internacionales, son hoy en día nombres ampliamente aceptados que no necesitan
ningún tipo de garantía adicional.
Costes del forfaiting:
•Tasa de descuento: se fija en función del tipo de interés vigente en el mercado, más un
margen comercial a favor del forfaiter, que oscila entre el 0,5 y el 3,5%. En este margen
comercial se incluyen las primas de riesgo - que dependerán del plazo que transcurre entre el
momento del cobro y el vencimiento de la deuda, y de la divisa en que se denomina la deuda
- y los gastos derivados de la administración. Cabe destacar que en la mayoría de casos el tipo
de interés es fijo.
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•Comisiones:
- Comisión de compromiso: se liquida desde el momento en que la entidad financiera
asume la compra del documento financiero sin recurso, hasta que tiene lugar el descuento
efectivo.
- Comisión de opción: cuando el exportador solicita ofertas de forfaiting en firme
desconociendo, si va a hacer uso de ella.
- Comisión de penalización: cubre los quebrantos y gastos que pudieran producirse, con
motivo de que el librado/exportador no presente los documentos a descontar dentro del
plazo previsto.
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¿Cuando conviene?
El forfaiting se ajusta a los siguientes casos:
•Contratos que tengan que ser firmados urgentemente o estén ya en fase de ejecución.
•Exportaciones de maquinaria u otros bienes de equipo, que prevén un pago a medio plazo,
donde se pueda evidenciar el crédito con pagarés u otros instrumentos transferibles.
•Empresas que tenga limitado acceso al mercado bancario.
•Puede ser una solución sencilla y barata frente a otras alternativas, para penetrar en
mercados como los de Europa del Este, África del Norte, Asia, y en general cualquier mercado
considerado altamente arriesgado.
No interesará cuando:
•Las operaciones sean de importe reducido - menores a los 500.000 euros - y con un número
elevado de vencimientos.
•Se opere en mercado seguros.
Ventajas
•El exportador mejora su liquidez al cobrar al contado, no alterando su capacidad de
endeudamiento.
•El riesgo de la operación es asumido en su totalidad por la entidad financiera, por lo que el
exportador elimina los riesgos políticos, administrativos, comerciales y de tipos de cambio
futuros.
•Ahorra costes de administración y gestión de cobros.
•Permite financiar el 100% del importe de la operación.
•Evita el pago de primas de seguros.
•No se precisa pago inicial.
•Permite ofrecer a los clientes un plazo de pago más dilatado que, comercialmente, es una gran
ventaja.
•El exportador puede repercutir el coste del descuento al comprador de los bienes.
Inconvenientes
•Los altos tipos de interés que se aplican.
•Poca predisposición de los importadores a facilitar una garantía o aval.
•Posibles controles de cambio y administrativos que podrían aplicar ciertos países.
Puntos de información
Para realizar a operación de forfaiting, o exportador pode recorrir a la súa entidade financeira
habitual.
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2.1.2 Factoring
Descripción
El factoring es una fórmula de financiación y administración, basada en la cesión de facturas: la
empresa cede el crédito comercial de sus clientes a una Compañía de Factoring, que se encarga de
gestionar su cobro a cambio de una contraprestación, consistente en una comisión por los servicios
administrativos y unos intereses por la financiación (anticipo del vencimiento de pago de las facturas
de sus clientes).
Permite a las empresas reducir la carga de trabajo del departamento administrativo, así como
obtener anticipos sobre el vencimiento de pago de las facturas. Es por tanto una herramienta que
mejora la rentabilidad, la capacidad crediticia y la solvencia financiera de la empresa.
Suele utilizarse en operaciones de exportación en su modalidad sin recurso.
Características
En el contrato de factoring intervienen tres partes, el cedente (exportador), el factor y el
deudor:
•Cedente (exportador): es el que contrata los servicios de una entidad de factoring, cediéndole
las cuentas derivadas de su actividad comercial. Se compromete a:
- Ceder toda su facturación a la empresa de factoring (si hay pacto de exclusividad).
- Comunicar a sus clientes que el pago se hará al factor.
- Informar al factor sobre sus clientes.
•Deudores: son los que responden a la obligación del pago.
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•Factor: es la entidad que adquiere las cuentas del cedente. Asume:
- La investigación de la solvencia del deudor, atribuyéndole un grado de riesgo.
- La gestión del cobro.
- La gestión de un posible impago.
- La contabilización del cobro del cedente.
- La cobertura del riesgo de insolvencia.
El contrato de factoring se caracteriza por que debe comprender toda la facturación del cedente.
Esto se justifica para evitar comportamientos oportunistas del cedente, que podría ceder únicamente
aquellos créditos con riesgo de insolvencia, reservándose para sí aquellos en que no exista riesgo.
Pero, en la práctica es el factor quien impone limitaciones en el ámbito del contrato, limitaciones
que serán:
- Temporales: excluyendo, por ejemplo, operaciones excepcionales.
- Sectoriales: limitaciones según el tipo de deudor (sólo sector mayorista, sólo
distribuidores,...).
- Territoriales: según el riesgo.
- Cuantitativas: limitaciones referentes a las operaciones con un importe mínimo, períodos
de vencimientos máximo, etc.,
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El contrato de factoring puede contemplar la oferta de distintos servicios, a contratar por
separado:
•Servicios administrativos:
- Investigación de la clientela: el factor dispone de personal y medios muy especializados,
accediendo a una información rápida y veraz sobre la solvencia de los compradores.
- Administración de cuentas: la sociedad de factoring facilitará al cliente toda la
información relativa a la situación de los créditos y facturas cedidos.
- Gestión de cobro de clientes: el factor gestionará el cobro de las facturas; en casos de
morosidad o impago, se compromete a agotar la vía amistosa antes de acudir a la vía
judicial.
•Servicios financieros:
- Garantía de cobro: en caso de morosidad o insolvencia, el factor asumirá el pago de los
créditos a la empresa. Únicamente, cuando los impagos sean por motivos comerciales
(retrasos en la entrega, mercancía no de acuerdo con pedido, errores, etc... ) será la
empresa cedente quien los asuma.
- Concesión de financiación: que se realiza mediante anticipos sobre el importe de las
facturas cedidas por el cliente, por lo que el factor percibe un interés. En la práctica
el importe de esta financiación suele abarcar el 80-90% de los créditos, quedando la
diferencia como margen de garantía por posibles impagos.
Se pueden clasificar los tipos de factoring según diferentes criterios:
•Por la residencia de las partes: podemos distinguir entre:
- Nacional: cuando ambas partes (cedente y deudor) se encuentren en un mismo país
- Internacional: en el caso de que el cedente (exportador) y el deudor (importador) se
encuentren en diferentes países. En este caso, caben a su vez:
•Factoring internacional directo: cuando es el factor del vendedor quien asume la
realización de los servicios.
•Factoring internacional dos factores: el factor del vendedor subcontrata los
servicios a una empresa de factoring del país del comprador.
•Por la cesión del riesgo: según quien asuma el riesgo de impago, se habla de:
- Con recurso: el riesgo del impagado lo mantiene el cedente, por lo que es muy similar al
descuento comercial.
- Sin recurso: el factor asume el riesgo de insolvencia, adquiriendo la obligación de
pagar al cedente el importe de los créditos cedidos. Es el tipo de factoring más común,
principalmente en exportaciones, pues ofrece al cedente la garantía de cobro.
•Por los servicios contratados:
- Convencional: solo se solicita financiación.
- Al vencimiento: incluye gestión de cobro y de impagado.
•Por el momento del cobro:
- Por pago al cobro: la empresa de factoring paga al cedente cuando cobra del deudor.
- Con pago al vencimiento: la empresa de factoring paga al vencimiento, independientemente
de que haya cobrado o no.
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- Con pago a fecha límite: la empresa de factoring paga a una fecha fija posterior al
vencimiento, independientemente de que haya cobrado o no.
El procedimiento de una operación de factoring es el siguiente:
•Contratar al factoring: el cedente (exportador) ha de escoger aquella compañía de factoring
que más se adecue a sus necesidades, teniendo en cuenta empresas con las que comercia, tipo
de cliente y cuantía de las facturas.
•Comunicación de la operación: el cedente comunica cada una de las operaciones que realiza,
indicando la cuantía de la deuda, el vencimiento y la empresa.
•Estudio del deudor: el factor averigua si el comprador aparece en algún registro de
aceptaciones impagadas.
•Aprobación: después de haber analizado la información sobre el deudor, la empresa de
factoring decidirá si aprueba o no la operación. En caso de aceptarla, decidirá el límite de
crédito que otorga a la operación, y si acepta o no un factoring sin recurso. Normalmente en
aquellas operaciones en las que pueda existir un riesgo de insolvencia, la entidad de factoring
aceptará únicamente ceder la deuda si se trata de un factoring con recurso.
•Comprador y vendedor firman un contrato de compra-venta.
•Envío de la mercancía o prestación del servicio.
•Comunicación de la cesión del crédito.
•Cesión del crédito: el cedente (exportador) cede al factor el crédito a cobrar.
•Abono del crédito: si así se lo requiere el cedente, el factor descontará la cuantía de la deuda
y la abonará.
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•Pago: el deudor hace efectiva la deuda del factor. De lo contrario, si el factoring es sin
recurso, el factor iniciará la reclamación del cobro. Si el factoring es con recurso, el cedente
es quien ha de hacerse cargo del cobro.
El coste del factoring dependerá de los servicios contratados, y viene determinado por:
•La comisión por prestación de servicios o gastos de estudio.
•La comisión por cobertura de riesgos.
•El tipo de interés sobre los anticipos.
•La tarifa de factoring, que es un porcentaje sobre las facturas cedidas, y que dependerá de:
el volumen de negocio del cedente, el número e importe de las facturas cedidas, el sector en
el que se opera, el nivel de riesgo de los deudores, la asunción o no de la cobertura del riesgo
de insolvencia por parte de la compañía de factoring, etc.
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¿Cuando conviene?
Es una de las soluciones más rentables, ágiles y eficaces a los problemas derivados de las ventas
a crédito. Cuenta con gran aceptación en los mercados internacionales. El 80% de las empresas
usuarias del factoring son Pymes.
Es útil para aquellas personas físicas o jurídicas que presentan el siguiente perfil:
•Que trabajen habitualmente para la Administración Pública, ya que demoran sus pagos.
•Que los productos que suministren sean de venta repetitiva.
•Que exporten a mercados consolidados.
•Que pretendan reducir los costes de estructura relativos a la gestión y administración del
cobro a los clientes.
•Que tienen dificultades para soportar una línea de crédito.
•Que, por encontrarse en un proceso de expansión con rápido desarrollo, necesitan liberar
recursos de su circulante para mantener sus niveles de crecimiento.
•Que, por su dimensión, no tienen un departamento de gestión de créditos.
Ventajas
•Administrativas:
- Se simplifica la tarea de cobro, ya que la sociedad de factoring se encarga su gestión,
incluidas las reclamaciones por impagados.
- Se simplifica la contabilidad.
•Financieras: los beneficios financieros del factoring son consecuencia de la cobertura del
riesgo y la financiación:
- Respecto a la cobertura del riesgo, el factoring permite:
-En el factoring sin recurso, permite sanear la cuenta de resultados, al eliminar los
riesgos de insolvencia.
-Elimina los costes originados por la reclamación del cobro al deudor (reclamación por
vía ejecutiva, servicios jurídicos,...).
-Permite elaborar presupuestos de tesorería más ajustados.
- La financiación de los créditos cedidos permite a la empresa:
-Mejorar su flujo de caja, al pasar cuentas de realizable a disponible.
-Mejorar la liquidez de la empresa, lo que permite conceder mejores condiciones de
pago de sus clientes.
-Evitar el riesgo de déficit, que debería cubrir con deuda a corto; el factoring reduce
las necesidades de financiación ajena.
-Aumentar su capacidad de endeudamiento, dado que las líneas de crédito del
factoring se basan en las garantías del deudor.
-Aumentar la capacidad de obtener financiación bancaria, puesto que, en el factoring
sin recurso, el factor no informa al CIRBE de la existencia de esta deuda.
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Desvantaxes
•Falta de confidencialidad de quienes son los clientes de una empresa, pues la lista se entrega
al factor.
•El coste es inicialmente alto, en comparación con otros instrumentos financieros o de gestión
de cobro.
•La empresa cedente (exportador) depende de las clasificaciones de riesgo del factor.
•El factor puede impugnar la cobertura de riesgo si existen reclamaciones de tipo comercial.
Puntos de información
Asociación Española de Factoring
R/ Velázquez, 64-66 – 2.ª planta, 28001 Madrid
Teléfono: 91 781 45 50
www.factoringasociacion.com
Las operaciones de factoring pueden ser realizadas por entidades de financiación o por entidades
de crédito: bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito.
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2.2. Financiación de las importaciones
Los instrumentos financieros desarrollados en torno a la importación, buscan además de financiar
compras, principalmente de bienes de equipo, facilitar la gestión del pago de las operaciones de compra
al extranjero.
Actualmente los instrumentos más utilizados en este ámbito son:
•Confirming internacional.
•Forfaiting para importación.
•Leasing.
Se desarrolla a continuación en detalle el confirming. Para obtener información sobre el forfaiting, se
podrá consultar el apartado 2.1.1. de este documento, y el leasing es ampliamente abordado en la Guía
Básica de Financiación, perteneciente a esta misma colección, y disponible en http://www.bicgalicia.es.
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2.2.1 Confirming
Descripción
Mediante este sistema se subcontrata la gestión de pago a proveedores. El servicio es ofrecido por
entidades financieras y consiste en gestionar los pagos de una empresa a sus proveedores, ofreciéndole
a éstos la posibilidad de cobrar las facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento.
Pueden llevar acompañados garantías o avales.
Características
Las figuras que aparecen en un contrato de confirming son:
•Pagador u ordenante: empresa que ha de atender el pago de facturas de sus proveedores en
los plazos previamente acordados. Es el cliente de la entidad financiera.
•La entidad financiera: entidad que intermedia en la operación de pago. Recibe del clientepagador la información de las facturas a pagar - ya conformadas - y realiza las gestiones
oportunas para saldar las mismas en las fechas acordadas.
•Cobrador o beneficiario: empresa que tiene el derecho de cobro como consecuencia de la
prestación de un servicio o el suministro de un bien.
El procedimiento de contratación de un servicio de confirming es el siguiente:
•Elección de la entidad que se quiere para la prestación del servicio.
•Firma del contrato, donde se hará constar el volumen de pagos cedidos a dicho servicio.
•A la recepción de las facturas de los proveedores la empresa confirmadora procede a su
verificación y confirmación.
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•Una vez confirmadas las facturas, se comunica a la entidad financiera los datos de dicha
factura así como la fecha e importe de los pagos que se liquidarán.
•La entidad financiera se pone en contacto con el proveedor, informándole de que su factura
está confirmada y que, si lo desea, puede anticipar su cobro.
•El proveedor decide si acepta o no las condiciones del anticipo ofertado por la entidad
financiera. En caso de aceptarlas, el proveedor dispone de dos opciones: cobrar mediante
transferencia bancaria a una cuenta de su elección, o bien abrir una cuenta en el banco
pagador. En caso de que el proveedor no esté interesado en anticipar dicho cobro, recibirá un
pagaré con el vencimiento establecido en la factura.
Los costes que pueden surgir en una operación de confirming son los siguientes:
•Importador: soportará el coste del afianzamiento de los pagos cedidos a la entidad, así
como los intereses que se devenguen, derivados de la financiación de los pagos realizados al
vencimiento.
•Proveedor: asume los costes financieros por el anticipo del cobro, que suelen ser inferiores
al coste de un anticipo o descuento tradicional.
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¿Cuando conviene?
El confirming es atractivo para empresas que reúnan una o más de las siguientes características:
•Empresas que tengan diversificados a sus proveedores.
•Empresas que tengan un sistema de pagos complejo.
•Empresas que deseen alargar el plazo de pago a proveedores, o mejorar sus condiciones de
compra.
Ventajas para el comprador
•Reducción de costes, por la reducción de la gestión en administración interna de pagos.
•Evita costes de emisión de pagarés y cheques o manipulación de letras de cambio.
•Evita las incidencias que se producen en las domiciliaciones de recibos.
•Prestigio ante los proveedores, ya que les garantiza el cobro de sus facturas.
•Mayor poder de negociación con la entidad financiera al generar más volumen de negocio.
•Concentra la gestión de la tesorería.
•Puede solicitar la financiación de estos pagos.
•Remuneración de excedentes de tesorería (opcional): sistema flexible y fácil para
invertir temporalmente excedentes de tesorería, obteniendo una remuneración a tipos
preferenciales.
Inconvenientes para el comprador
•Dependencia a las propias directrices señaladas por la entidad financiera en materia de
soportes documentales predeterminados, sistemas operativos en uso, etc.
Ventajas para el proveedor
•Se asegura el cobro, ya que una vez confirmada la factura es prácticamente imposible que no
se produzca el cobro.
•Obtiene una línea de financiación que le permite adelantar el cobro de las facturas sin
consumir su capacidad de crédito bancario.
•Evitan el pago de timbres, al gestionar los cobros a través de traspasos o transferencias.
Inconvenientes para el proveedor
•Pierde la iniciativa en el cobro, cediéndosela a sus clientes.
Puntos de información
Las operaciones de confirming pueden ser realizadas por entidades de financiación o por entidades
de crédito: bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito.
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2.3. Crédito documentario
El aumento de incertidumbre asociado a la situación económica internacional, ha provocado una
vuelta al uso de medios de pago más seguros. En este contexto toma de nuevo fuerza el uso del
crédito documentario, considerado el medio de pago más seguro en el ámbito internacional.
Es un instrumento que puede ser utilizado tanto en importación como en la exportación:
•El importador se garantiza que no pagará al exportador hasta tener la certeza documental que
éste ha cumplido, en fecha y forma, con sus obligaciones, explícitas en el condicionado del
crédito.
•El exportador se garantiza el cobro de la venta, siempre que los documentos enviados al
importador estén conformes.
Descripción
Se puede definir como un “medio de pago de importaciones por el cual un banco, a petición del
importador, se obliga, directamente o a través de su corresponsal en el país exportador, a pagarle
a éste, o bien a aceptar y pagar letras de cambio que libre el exportador, o a autorizar su pago
por otro banco contra entrega de los documentos comerciales que el importador le haya indicado,
documentos que deben poner de manifiesto que la operación comercial ha tenido lugar (prueba de
embarque, de prestación de servicios ...).”
Características
La financiación de las importaciones, generalmente, se acomoda a alguna de las siguientes
fórmulas:
24
•Financiación concedida por el propio vendedor extranjero: se instrumenta a través de un
aplazamiento de pago concedido por el proveedor extranjero al importador mediante una
remesa documentaria a plazo con letra avalada por un banco, un crédito documentario de
pago diferido con aceptación, etc.
•Financiación concedida por una entidad financiera del país importador: se instrumenta a
través de líneas de crédito o créditos documentarios que permitan al importador atender a
sus obligaciones de pago en el corto plazo sin tensionar su tesorería.
•Financiación mixta, concedida por el exportador extranjero y una entidad financiera nacional:
En algunos casos los aplazamientos concedidos por el exportador son parciales y pueden
resultar insuficientes para el importador, por lo que en casos en que la operación deba ser
pagada total o parcialmente al contado se precisa tomar un crédito con una entidad financiera
por la parte no financiada.
Los sujetos que intervienen en un crédito documentario son:
•El ordenante o importador: es quien solicita la apertura del crédito a favor del exportador
o beneficiario. Debe proporcionar a su banco la información relativa a las condiciones del
crédito, respecto a divisa, plazos de entrega, de pago, documentos requeridos, etc.
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•El Banco emisor: es el banco que abre el crédito siguiendo las instrucciones del ordenante,
y que añade su propia garantía al medio de pago, ya que se compromete frente al banco
avisador o confirmador al pago contra la presentación de los documentos conformes.
•El Banco intermediario, que a su vez, puede actuar como:
- Banco avisador: cuando el banco emisor utiliza a este otro banco para avisar de la apertura
del crédito.
- Banco confirmador: cuando añade su confirmación al crédito, asumiendo así las mismas
obligaciones que el emisor.
- Banco pagador: cuando adquiere el compromiso de efectuar el pago.
- Banco aceptante: cuando existe un efecto sobre el que tiene el compromiso de realizar su
aceptación.
- Banco negociador: cuando se le permite descontar o comprar los efectos librados bajo el
crédito.
•Beneficiario, normalmente el exportador, que es a favor de quien se apertura el crédito
documentario.
Según el grado de seguridad que proporciona un crédito documentario, es posible hablar de:
•Crédito revocable: puede ser modificado o anulado en cualquier momento por el banco
emisor, por lo que se aconseja únicamente cuando existe plena confianza entre las partes. Su
principal ventaja es la rapidez y comodidad con la que permiten hacer los pagos, además de
ser más baratos.
•Crédito irrevocable no confirmado: incorpora la figura del banco avisador, quien únicamente
asume la tarea de avisar o notificar el crédito al beneficiario previa autenticación del mismo.
El compromiso de pago recae únicamente en el banco emisor.
•Crédito irrevocable y confirmado: el beneficiario dispone del reconocimiento explícito tanto
por parte del banco emisor como del banco confirmador. Para que el banco confirmador asuma
el compromiso de pago, se darán las siguientes circunstancias:
•El crédito debe ser emitido de forma irrevocable.
•El crédito debe mostrar las instrucciones o autorización al banco corresponsal para que
confirme el crédito de forma clara que no admita equívocos
•El crédito debe ser utilizable y pagadero en las cajas del banco confirmador
•El contenido del crédito debe ser concreto y claro
Clases de créditos según el sistema de pago en que han sido emitidos:
•Créditos a la vista: el beneficiario recibe el importe correspondiente tras la presentación y
examen por la entidad financiera, durante un periodo que no excederá a los 7 días, de los
documentos contra los que se va a efectuar el pago.
•Créditos con pagos anticipados: el beneficiario recibe pagos parciales de forma previa a la
recepción total de la mercancía.
•Créditos rotativos: se renueva automáticamente en los mismos términos por el plazo que se
determine.
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25
Existen además otras modalidades de créditos documentarios:
•Con cláusula roja: son créditos que facultan al beneficiario a percibir un anticipo parcial, en
incluso total, sobre el valor del crédito previo a la presentación de los documentos y al envío
de la mercancía. Exigen un recibo o declaración de los importes percibidos, con el compromiso
de dar cumplimiento al condicionado del crédito, así como de su devolución en caso de
incumplimiento. Dado que supone una financiación del ordenante al beneficiario, requiere
que la confianza en éste sea máxima.
•Con cláusula verde: son una modalidad de los anteriores, pero revisten mayores garantías
para el banco, ya que en este supuesto, para que se conceda el anticipo parcial o total, se
exige una garantía real, cual es la del almacenamiento de las mercancías a nombre del banco,
a medida que estén preparadas para su envío al ordenante.
•Transferibles: se trata de un crédito por el que el beneficiario tiene derecho a exigir al
banco encargado de efectuar el pago o aceptación, o a cualquier otro banco habilitado para
efectuar la negociación, que haga el crédito disponible total o parcialmente a una o varias
partes (segundos beneficiarios). Suelen ser utilizados cuando el beneficiario es un agente
intermediario del ordenante.
•Respaldados o back to back: supone en realidad la existencia de dos créditos, considerándose
como tal, a aquel que se apertura a instancia de un ordenante, siendo a su vez, beneficiario
de otro crédito documentario. Ambas operaciones son realizadas sobre la misma mercancía.
Suele utilizarse de forma subsidiaria al crédito transferible, en aquellos supuestos, en que por
alguna circunstancia no es posible su aplicación.
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•Rotativos o revolving: es utilizable por su importe, durante un determinado período de tiempo,
de modo que, una vez utilizado, se renueva automáticamente, o en cuanto se reciba aviso de
haber recibido los documentos conformes del anterior. Si el crédito revolving es renovable por
importe, sólo cabe su utilización por esa cuantía de una sola vez, y posteriormente, el crédito
volverá a estar disponible, aunque suelo predeterminarse un número máximo de utilizaciones.
Si el crédito revolving es renovable por tiempo, la nueva disponibilidad estará condicionada al
transcurso de ese plazo, independientemente de que se haya utilizado en su totalidad o no.
Dentro de estos créditos, se pueden distinguir a su vez, los acumulativos (si las cantidades no
utilizadas se añaden al importe total) o no acumulativos (en caso contrario).
•Stand By: no es propiamente un medio de pago, sino más bien una garantía que el Banco
emisor ofrece al exportador, para cubrir un posible riesgo de impago por parte del importador,
siempre contra la presentación de los documentos acreditativos del impago. La gran ventaja y
diferencia con un aval, es que el crédito stand by, está totalmente desvinculado del contrato
de la operación, por lo que basta el mero incumplimiento de pago, para poder hacer efectiva
la garantía que éste supone.
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¿Cuando conviene?
Es uno de los medios de pago más seguros, por lo que su utilización cree en épocas de incertidumbre
y ante mercados inestables o arriesgados.
Es el medio de pago que ofrece mayores garantías a las partes exportadora e importadora.
Ventajas
•Para el importador:
- El banco hará efectivo el pago únicamente contra la presentación de los documentos.
- La posibilidad de condicionar los plazos de embarque de la mercancía o los de la
presentación de los documentos.
•Para el exportador:
- No enviará la mercancía hasta que no tenga constancia de la garantía del pago.
- Garantía de cobro en la fecha acordada.
- Posibilidad de obtener financiación, por descuento o anticipo.
Inconvenientes
•Para el importador:
- Es el medio de pago de más alto coste.
- El banco emisor sólo se lo concederá si la operación no supone riesgo alguno.
•Para el exportador:
- Su elevado coste.
- El riesgo que asume, caso de utilizar un crédito documentario no confirmado.
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Puntos de información
Las operaciones de confirming pueden ser realizadas por entidades de financiación o por entidades
de crédito: bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito.
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2.4. Instrumentos financieros públicos de apoyo a la
internacionalización
Se recogen a continuación las principales líneas de financiación directa a empresas, bien destinadas
facilitar la realización de exportaciones, o bien para la realización de inversiones en el exterior:
- Línea ICO- Internacionalización
- Línea ICO-ICEX
- Líneas COFIDES
Dada la mayor incertidumbre asociada a las operaciones con el extranjero, la Administración
ha articulado diversas modalidades de seguros, destinados a cubrir los riesgos de impago en las
operaciones de internacionalización. Son pólizas instrumentadas a través de la Compañía Española
de Seguros y Créditos a la Exportación – CESCE. Se presentan en este documento dos modalidades
de póliza:
- Seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado.
- Póliza de Seguro de Inversiones en el exterior.
Existen más ayudas públicas para la internacionalización no recogidas en esta publicación, ya que
no tienen por objeto facilitar la financiación directa, centrándose en subvencionar determinados
conceptos o en ofrecer otros apoyos. En todo caso, se podrá ampliar información en este sentido en
el Cuaderno de Ayudas y Subvenciones para empresas, editado también por BIC GALICIA y disponible
en http://www.bicgalicia.es
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2.4.1 Préstamos ICO-Internacionalización
Descripción
Son préstamos en condiciones preferentes destinados a financiar inversiones en el exterior de
empresas españolas. Los ofrecen la mayoría de las entidades financieras, y están financiados por el
Instituto de Crédito Oficial-ICO, con el objetivo de impulsar la presencia de las empresas españolas
en el exterior.
Características
La línea ICO-internacionalización se dirige a empresas españolas bajo la denominación jurídica
de sociedad mercantil o sociedad cooperativa. Se incluyen tanto las domiciliadas en España, como
aquéllas domiciliadas en el extranjero, pero que cuenten con mayoría de capital español. Las
condiciones de la operación dependerán del tramo al que pertenezca la empresa solicitante, según
se indica a continuación:
•TRAMO I:
- Menos de 250 trabajadores.
- Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros, y/o cifra de balance anual
no superior a 43 millones de euros.
- No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan
los requisitos anteriores, salvo que éstas sean sociedades de participación pública,
sociedades de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que éstos no ejerzan,
directa o indirectamente, control sobre la empresa.
•TRAMO II: el resto de las empresas.
Podrán ser financiadas por estos préstamos las siguientes inversiones:
•Proyectos de inversión en activos nuevos productivos, siempre que cumplan los requisitos
siguientes:
- Las partidas de inmovilizaciones intangibles no “tecnológicas”, no podrán superar el 50%
de la inversión total.
- Las inversiones en inmovilizaciones materiales consistentes en terrenos y bienes naturales
o construcciones, no podrán superar el 80% de la inversión total.
- Los activos circulantes deberán estar ligados al proyecto de inversión y, en ningún caso,
podrán superar el 20% del importe total de aquél.
- Son financiables los gastos de Primer Establecimiento, hasta un límite del 10% de la
inversión total a financiar.
- No están sujetas a limitación:
•Las partidas de inmovilizaciones intangibles “tecnológicas”, destinadas a la
innovación o modernización tecnológica de las empresas.
•Las partidas de inmovilizado material diferentes a construcciones y terrenos y
bienes naturales.
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•También es financiable la adquisición de empresas, así como la toma de participaciones
significativas, al menos del 20%, que conduzcan a la toma del control o la participación en la
gestión de la empresa en el exterior.
No se financian: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, inversiones cuya finalidad sea la
deslocalización de la empresa española, IVA y otros impuestos ligados a la inversión.
Las restantes características de la operación son las siguientes:
•Importe máximo de financiación: 80% del proyecto de inversión neto, con los siguientes
límites:
- TRAMO I: hasta 1,5 millones de euros por cliente y año, en una o varias operaciones.
- TRAMO II: hasta 6 millones de euros por cliente y año, en una o varias operaciones.
•Tipo de interés: se optará entre:
- TRAMO I:
- Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,54 %.
- Variable. Referencia ICO, más hasta 1,54 %.
- TRAMO II:
- Fijo. Referencia ICO, más hasta 1,89 %.
- Variable. Referencia, más hasta 1,89 %.
Los tipos de Referencia ICO están permanente actualizados en su web.
•Plazos de amortización: el cliente puede elegir entre:
- 5 años, sin carencia, o con carencia del principal de 1 año.
- 7 años sin carencia, o con carencia del principal de 2 años.
- 10 años, sin carencia, o con carencia del principal de 3 años.
•Modalidad del contrato: préstamo o leasing.
30
•Comisiones: no existen.
•Cancelación anticipada voluntaria: son posibles bajo las condiciones siguientes:
•Tipo variable: no se imputará penalización.
•Tipo fijo: el cliente deberá pagar.
- Para operaciones con garantía hipotecaria:
- 0,50% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación se produce durante los 5
primeros años.
- 0,25% flat sobre el importe cancelado, si la cancelación se produce a partir del
quinto año.
- Resto operaciones a tipo fijo:
- 1% flat sobre el importe cancelado.
En todos los casos, si la amortización anticipada se produce durante los dos primeros años de
la financiación, se aplicará una comisión en función del momento de la cancelación.
•Garantías: en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de
inversión.
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¿Cuando conviene?
Empresas que quieran realizar inversiones en el extranjero y que precisen de financiación para
ello.
Puntos de información
Instituto de Crédito Oficial – ICO
Paseo del Prado, 4 - 28014 Madrid
Teléfono.- 900 121 121
http://www.ico.es
La tramitación se realiza en las oficinas en España de Bancos y Cajas de Ahorros adheridas a la
Línea, listado que se actualiza cada semana en la página web del ICO.
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2.4.2 Préstamos ICO-ICEX
Descripción
Enmarcado dentro da Liña de Apoio a la Implantación Comercial, Produtiva e das Marcas no Exterior
– 2009, os préstamos ICO-ICEX teñen como finalidade facilitar o apoio financiero para a iniciación da
exportación das empresas españolas.
Características
Poderán ser beneficiarios desta liña:
•As pequenas e medianas empresas pertencentes ao Club PIPE, ou que participen no programa
ICEX “Aprendendo a Exportar”.
•As empresas españolas que teñan aprobada por parte del ICEX unha axuda para algún dos
seguintes programas:
- Programas de Implantación Comercial e da Marca no Exterior (actualmente integrados no Plan
xeral de promoción exterior e marcas e nas Liñas de Apoio a la Internacionalización).
- Programas de Implantación Produtiva no Exterior.
Os inversiones financiables por este programa serán:
•Para as empresas del Club PIPE ou que participen no programa “Aprendendo a Exportar”:
inversiones e gastos necesarios para acometer a saída das empresas, conforme a Guía de
investidores e otros gastos elixibles elaborada polo ICEX.
•Para restantes beneficiarios: gastos aceptados polo ICEX que supuxeron a concesión dunha
axuda por algún dos programas mencionados, e que lles dan dereito a optar por esta liña.
32
O importe máximo del financiación será de:
•Para as empresas del Club PIPE ou que participen no programa “Aprendendo a Exportar”: 100
% dos gastos e investimento neto que se vai realizar, co límite máximo de 100.000 euros por
cliente/ano.
•Para beneficiarios de programas de implantación comercial e da marca no exterior: 100 % dos
gastos presentados ao programa. O importe máximo financiable por programa será de 500.000
euros.
•Para beneficiarios de programas de implantación produtiva no exterior: 50 % dos gastos
aceptados neste programa; poderase conceder financiación ata por dous proxectos diferentes
de implantación produtiva. O importe máximo financiable por proxecto será de 250.000 euros,
polo que o importe máximo que se vai financiar por programa será de 500.000 euros.
As principais características da operación son:
•Prazo de amortización:
- Tres anos sen carencia del principal.
- Cinco anos sen carencia del principal.
•Tipo de xuro: 1,50 % fixo TAE
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•Comisiones: non poderán aplicarse comisiones.
•Amortización anticipada: está permitida e debe coincidir cunha data de liquidación de xuros.
Tanto no caso de amortización anticipada facultativa como obrigatoria, implicará penalización,
un 1 % ou 2 % respectivamente.
¿Cuando conviene?
É interesante para empresas que inicien os seus primeiros pasos na exportación.
Puntos de información
Instituto de Crédito Oficial – ICO
Paseo del Prado, 4 - 28014 Madrid
Teléfono.- 900 121 121
http://www.ico.es
A tramitación realízase nas oficinas de bancos e caixas de aforros adheridas a la liña, listaxe que
se actualiza cada semana na páxina web del ICO.
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2.4.3 Financiación de la Compañía Española de Financiación del
Desarrollo-Cofides
Descripción
La Compañía Española de Financiación del Desarrollo - COFIDES, S.A. - es una sociedad pública
estatal, cuyo objeto es facilitar financiación, a medio y largo plazo, a proyectos privados de inversión
en el exterior.
Tiene una doble finalidad:
•Contribuir al desarrollo de los países receptores de las inversiones.
•Contribuir a la internacionalización de las empresas españolas.
En el año 2006 se formalizó un convenio con el Instituto Galego de Promoción Económica –IGAPE–
que contempla el apoyo conjunto, a través de la sociedad de capital riesgo Xesgalicia, a proyectos
de inversión y cooperación internacional, promovidos por sociedades gallegas.
Características
Las actuaciones de COFIDES se caracterizan por:
•El volumen de recursos que invierte en un proyecto, bien sea en capital o a través de
financiación externa, no superará la aportación que realice el promotor a los fondos propios
de la empresa.
•Apoya todo tipo proyectos que precisen recursos financieros a medio o largo plazo, bien sea
industrial o de servicios. No financia proyectos inmobiliarios, de defensa o los excluidos por
su política medioambiental.
34
•Sus fondos pueden aplicarse a empresas nuevas o a la adquisición de empresas existentes, con
ampliación o no de sus instalaciones. Estas empresas
•Pueden obtener financiación tanto las empresas mixtas como las filiales de empresas
españolas.
•COFIDES puede apoyar proyectos de exportación de plantas industriales y bienes de equipo.
•Son elegibles COFIDES proyectos a realizar en cualquier país emergente o en desarrollo,
con independencia de que sea o no elegible para otros instrumentos públicos de apoyo a la
internacionalización. Además, como entidad gestora de los fondos estatales FIEX y FONPYME,
COFIDES puede financiar proyectos de inversión en cualquier país del mundo.
•COFIDES no concede subvenciones.
•El importe mínimo del apoyo por proyecto no suele ser inferior a los 250.000 Euros, y el
máximo se establece en torno a los 25.000.000 Euros.
•Los préstamos se instrumentan en Euros o Dólares de EEUU, y no pueden utilizarse para la
refinanciación en mejores condiciones de deudas preexistentes.
•No son proyectos elegibles para COFIDES, entre otros:
- Los que impliquen deslocalización de una instalación existente en España.
- Los que supongan un impacto ambiental o social desfavorable para el país receptor.
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Los productos financieros que ofrece son los siguientes:
•Participaciones en capital. Son siempre minoritarias, transitorias y con pacto de recompra.
No participa en la gestión.
•Instrumentos de cuasi-capital. Pueden ser: préstamos de coinversión (con remuneración
ligada a los resultados del proyecto) subordinados, participativos o convertibles en acciones.
Estos préstamos pueden denominarse en Euros o en otras monedas convertibles.
•Préstamos a medio y largo plazo. Destinados tanto a la empresa que se crea en el país de
destino, como al inversor español. En estas operaciones se fijan los plazos de amortización en
función con el período de retorno previsto para el proyecto, normalmente entre 3 y 10 años.
Se suelen establecer períodos de carencia amplios.
•Préstamos multiproyecto. Destinados a la puesta en marcha de proyectos de inversión en
países diferentes.
Los instrumentos que actualmente ofrecen COFIDES son los siguientes:
•Fondo para inversiones en el exterior (FIEX): destinado a inversiones temporales en los
fondos propios de las empresas situadas fuera de nuestro país.
•Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa
(FONPYME): destinado a realizar inversiones en los fondos propios de las pequeñas y medianas
empresas situadas fuera de nuestro país.
•Línea de financiación de inversiones en el sector servicios (FINSER): ofrece financiación en
condiciones especiales para los proyectos del sector servicios.
•Línea de financiación de inversiones en el sector turístico (FINTUR): ofrece financiación en
condiciones especiales para los proyectos del sector turístico en los que exista algún tipo de
interés español.
•Línea de financiación de inversiones en el sector medioambiental (FINAM): ofrece
financiación en condiciones especiales para los proyectos de inversión en el sector
medioambiental en los que exista algún tipo de interés español.
•Línea de financiación de inversiones generadoras de derechos de emisión de CO2
(FINCARBONO): ofrece financiación en condiciones especiales para los proyectos que se
puedan considerar Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) o Mecanismo de Acción Conjunta
(MAC), tal y como los define el Protocolo de Kyoto, para los que sea necesario acometer
inversiones a medio y largo plazo.
•Línea de financiación de inversiones de empresas españolas con marca (FINBRAND): ofrece
financiación en condiciones especiales para proyectos de internacionalización de empresas
españolas con marca, en los casos en los que el sistema financiero no ofrezca los mecanismos
necesarios para ello.
•Línea de financiación de inversiones de empresas españolas franquiciadoras (FINFRANQUICIA):
ofrece financiación en condiciones especiales para los proyectos de internacionalización de
empresas españolas
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¿Cuando conviene?
Será una opción interesante para aquellas empresas que pretendan introducirse en países en vías
de desarrollo, vía inversión o exportación, y que precisen financiación para activos a medio y largo
plazo.
Las ventajas que ofrece son:
•Apoyo institucional.
•Posibilidad de dotar al proyecto de mayor solidez financiera.
•Plazos amplios.
•Remuneración consistente con la capacidad de generación de retornos del proyecto.
•Posibilidad de aceptación del riesgo-país del proyecto.
Puntos de información
Compañía Española de Financiación del Desarrollo - Cofides
R/ Príncipe de Vergara, 132
28002 Madrid
Teléfono.- 91 562 60 08
91 745 44 80
Web.- http://www.cofides.es
Instituto Galego de Promoción Económica – Igape
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Complexo Administrativo de San Lázaro s/n
15703 Santiago de Compostela
Teléfono.- 902 300 903
Web.- http://www.igape.es
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2.4.4 Seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado
ICEX-CESCE
Descripción
Es un seguro que cubre los riesgos de impago en una operación de crédito a la exportación. En España
está gestionado por la Compañía Española de Seguros y Créditos a la Exportación – CESCE – empresa
coparticipada por el estado, que ostenta la mayoría, entidades financieras y aseguradoras.
Se ha formalizado un convenio entre Cesce y el IGAPE, que permite a empresas exportadoras
gallegas acogerse a la Póliza Master Galicia.
Características
A la hora de solicitar un seguro crédito a la exportación CESCE, habrá que tener en cuenta:
•País destino de la exportación: las coberturas de las pólizas CESCE no están abiertas a todos
los países, y las condiciones difieren de unos a otros. Más información sobre la política de
cobertura con cada país en www.cesce.es.
•Condiciones financieras de los créditos a más de dos años: para que una financiación a más
de dos años pueda recibir apoyo oficial en términos comerciales a través del seguro de crédito
a la exportación, es preciso que cumpla determinadas condiciones, entre las que destacan:
- Se debe pagar anticipadamente al menos un 15% del importe de la operación.
- El plazo de amortización del crédito se establecerá en función de los países de destino,
según clasificación establecida para la OCDE, y se establece en 5 años para países de
categoría I y 10 años para países de categoría II.
•El pago de principal del crédito: se realizará en plazos iguales y regulares, normalmente al
menos de 6 meses. El primer pago se realizará 6 meses después del punto de arranque del
crédito.
•Financiación a tipo de interés fijo: el tipo de interés debe ser el fijado por el Consenso
(conocido como tipo CIRR). Si no hay apoyo a tipos de interés, se puede usar un tipo de interés
variable, siempre que sea en términos de mercado.
Tipos de riesgos cubiertos: se establece en la Orden ECO 180/2003, de 22 de enero, sobre
cobertura por cuenta del Estado de riesgos derivados del comercio exterior de las inversiones
exteriores y de las transacciones económicas con el exterior. Son los siguientes:
•Riesgos comerciales a un plazo superior a 24 meses: aquellos que surgen en el ámbito de
la actuación mercantil privada y su plazo exceda los 24 meses. Incluye además los riesgos
correspondientes al seguro de prospección de mercados, asistencia a ferias, diferencias de
tipo de cambio, garantías bancarias, fianzas a exportadores y a fiadores, obras y trabajos en
el extranjero así como los estudios de viabilidad de proyectos y programas.
•Riesgos debidos a circunstancias extraordinarias: aquellos motivados por:
- Guerra civil, internacional, revolución, revuelta, terrorismo, alteraciones sustanciales del
orden público o cualquier acontecimiento análogo.
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- Circunstancias o sucesos catastróficos, tales como ciclones, inundaciones, terremotos,
erupciones volcánicas, accidentes nucleares o los ocasionados por sustancias químicas o
similares.
•Riesgos políticos para determinados países y operaciones: aquellos que tienen su origen en
una actuación soberana de un Estado:
- Crisis de balanzas de pagos o alteraciones significativas de la paridad monetaria.
- Medidas expresas o tácitas adoptadas por un Gobierno extranjero, tales como expropiación,
nacionalización, confiscación o incautación, que recaigan sobre el comprador extranjero o
sobre la inversión española en el exterior.
- Medidas expresas o tácitas adoptadas por las autoridades españolas.
- El incumplimiento contractual imputable a una entidad pública extranjera respecto
a acuerdos, contratos, concesiones o compromisos suscritos con los financiadores e
inversores que den lugar a pérdida, daño o imposibilidad de desarrollar el contrato.
No se podrán cubrir los riesgos políticos en operaciones de plazo inferior a dos años dirigidas a
los siguientes países: los 15 estados Miembros de la Unión Europea más Australia, Canadá, Islandia,
Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza y Estados Unidos de América
¿Cuando conviene?
Para empresas que operan en ámbitos internacionales, que desarrollen su actividad en sectores y
zonas políticamente sensibles.
Puntos de información
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Compañía Española de Seguros y Créditos a la Exportación – CESCE
Velázquez, 74
28001 Madrid
Teléfono.- 902 111 010
http://www.cesce.es
Instituto Galego de Promoción Económica – Igape
Complexo Administrativo de San Lázaro s/n
15703 Santiago de Compostela
Teléfono.- 902 300 903
Web.- http://www.igape.es
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2.4.5 Póliza de Seguro de Inversiones en el exterior de CESCE
Descripción
Gestionada por CESCE, la Póliza de Seguro de Inversiones en el exterior, tiene como finalidad cubrir
los riesgos de carácter político asociados a las inversiones españolas en el exterior.
CESCE puede asegurar, a través de esta póliza, aquellas inversiones de empresas españolas que se
materialicen en creación de empresa nueva, adquisición parcial o total de empresas ya existentes,
participación en ampliaciones de capital o en dotaciones patrimoniales de empresas, préstamos a 5
años o más vinculados a una inversión española en el exterior, reinversión, en la inversión asegurada,
de sus rendimientos y créditos a favor del asegurado resultantes de la venta de la empresa extranjera
o de su disolución o liquidación.
Características
Dependiendo del tipo de inversión que se desee asegurar hay dos modalidades:
•Seguro para el inversor en la dotación patrimonial de la empresa extranjera (fondos propios,
aportaciones permanentes)
•Seguro dirigido a las entidades financieras que realicen un préstamo a la filial extranjera
de una empresa española para financiar un proyecto de inversión nuevo. Los avales sobre
préstamos también se cubrirían a través de esta modalidad para financiadores.
Las principales características de esta póliza son:
•No existen limitaciones en los importes a asegurar.
•Es necesario un reconocimiento como inversión extranjera, por parte de las autoridades del
país receptor.
•La cobertura de la póliza tiene será de entre 5 y 20 años, aunque excepcionalmente se
admiten plazos de 3 años.
•La aportación al patrimonio de la empresa extranjera se realizará una vez aprobada la
póliza.
•Cubre hasta el 99%, salvo en el caso del riesgo regulatorio, cuya cobertura máxima es del
80%.
•Se podrá formalizar únicamente con aquellos países para los que CESCE tenga abierta
cobertura en el momento de formalizar la solicitud de la póliza.
CESCE puede cubrir las pérdidas derivadas de las siguientes situaciones de riesgo político:
•Limitaciones al derecho de la propiedad en el país receptor (riesgo regulatorio).
•La falta de convertibilidad o de transferencia de importes relacionados con la inversión,
dividendos, amortización de créditos a largo plazo.
•La violencia política.
•El incumplimiento de acuerdos o la ruptura de compromisos por parte de las autoridades o
empresas públicas del país receptor.
•La pérdida de beneficios motivada por la paralización de actividades por causa de guerra o
violencia política.
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¿Cuando conviene?
Para empresas que operan en ámbitos internacionales, que desarrollen su actividad en sectores y
zonas políticamente sensibles.
Puntos de información
Compañía Española de Seguros y Créditos a la Exportación – CESCE
Velázquez, 74
28001 Madrid
Teléfono.- 902 111 010
http://www.cesce.es
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2.5. Otros instrumentos financieros vinculados con la
internacionalización
Además de los riesgos comerciales y políticos que caracterizan las operaciones internacionales,
existe otro elemento de incertidumbre asociado a la realización de los pagos en divisas. Una vez
más, el mercado financiero ofrece sofisticados instrumentos para tratar de limitar estos riesgos:
- Opciones financieras
- Forward
- Swap
- Futuros financieros
- Mercado de productos derivados
En este documento se presentan los swaps y los forwards.
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2.5.1 SWAP
Descripción
Los swaps u operaciones de permuta financiera son “acuerdos entre dos partes para el intercambio
de flujos monetarios futuros (pagos o ingresos) en la misma o diferente moneda, correspondiente a
operaciones de endeudamiento o inversión, sobre el mismo nominal y vencimiento.”
El objetivo que se persigue con este instrumento es aliviar el efecto de las oscilaciones de las
monedas y de los tipos de interés.
Características
Existen las siguientes modalidades de Swap:
•Swap de tipos de interés: es la forma más común. Se tratan de operaciones de endeudamiento
que buscan asegurar un tipo de interés ante posibles variaciones al alza. Existe un acuerdo
entre las partes para intercambiar su riesgo de tipos de interés de tipo fijo a un interés
variable o viceversa.
Implica que ambas partes tienen una deuda de idéntico principal pero con un coste financiero
distinto (una parte lo tiene referenciado a un índice y la otra parte a un tipo fijo); una parte se
compromete a pagar a la otra parte un tipo de interés fijado por adelantado sobre un nominal
también fijado por adelantado, y la segunda parte se compromete a pagar a la primera un
tipo de interés variable sobre el mismo nominal. El único intercambio que se realiza son los
pagos de interés del capital, ya que los pagos correspondientes a los capitales no participan
en la transacción.
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•Swap de divisas: es un contrato financiero entre dos partes que desean intercambiar su
principal en diferentes monedas por un tiempo acordado. No deja de ser una variante del swap
de tipo de interés, en que el nominal sobre el que se paga el tipo de interés fijo y el nominal
sobre el que se paga el tipo de interés variable son de dos monedas distintas.
Durante el tiempo del acuerdo, las partes pagan sus intereses recíprocos y al vencimiento los
principales son intercambiados al tipo de cambio original de contado. Una parte paga a la otra
intereses en una moneda y recibe los intereses en una segunda divisa.
Hay otras modalidades menos utilizadas:
•Swaps sobre materias primas: permite separar el riesgo de precio de mercado del riesgo de
crédito, limitando el riesgo del productor de materias primas.
•Swaps de índices bursátiles: permite intercambiar el rendimiento del mercado de dinero por
el rendimiento de un mercado bursátil.
Una operación de swap tiene las siguientes características:
•En el momento de contratar una operación no se realiza ningún intercambio, sino que se
efectúa una promesa de permuta financiera futura, estableciéndose el importe teórico, el
calendario de pagos, la duración, etc.
•En estas operaciones aparece una entidad financiera como intermediaria para garantizar el
buen funcionamiento de la operación y por cuya actuación es muy posible que las partes
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contratantes no lleguen a conocerse, siendo por tanto una relación anónima entre el
comprador y el vendedor de un contrato de swap.
•Operaciones generalmente de medio y largo plazo (3 a 10 años): se tratan de plazos superiores
al de los mercados alternativos de futuros y opciones.
¿Cuando conviene?
Swap de intereses
Se recurre al swap de intereses cuando una empresa que tiene una deuda a interés fijo quiere
convertirla en deuda a interés variable y al revés ante su expectativa de cambio de los tipos
Ventaja del swap de intereses:
•Permiten cubrir posiciones que presentan riesgo de tipo de interés, de forma más económica
y por un mayor plazo que otros contratos de cobertura (por ej. Futuros).
Inconveniente del swap de intereses:
•Si cambian las condiciones del mercado, aunque es posible cancelar la operación de swap,
puede resultar caro finalizar la misma.
Swap de divisas
El swap de divisas permite endeudarse en una moneda, euros por ejemplo, y tener, mediante una
permuta a dólares, el equivalente a una deuda en dólares.
Vantaxe del swap de divisas
•Cada una de las partes obtiene fondos con un coste menor que si los hubiera adquirido
directamente.
Inconveniente del swap de divisas:
•Puede ser muy caro finalizar el contrato si las condiciones del mercado cambian.
Puntos de información
Se tramitan con intermediarios del mercado cambiario, corredores de bolsa de futuros y opciones,
además de en entidades financieras.
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2.5.2 FORWARD
Descripción
Son contratos de compraventa en los que el titular se compromete a comprar un activo (tipos de
interés, divisas, etc.) por un precio determinado en una fecha predeterminada.
Las transacciones forward son uno de los instrumentos derivados más habituales en todo tipo de
actividades financieras.
Características
Existen distintas modalidades de contrato de forward. Las principales son:
•Forward de tipos de interés: Tratan de asegurar un tipo de interés ante posibles variaciones
futuras.
•Forward de divisas: Tratan de asegurar un tipo de cambio ante posibles variaciones futuras
Se caracterizan por:
•Son contratos no estandarizados: no se materializan en títulos normalizados, no hay un
mercado que actúe como contrapartida, y no son transmisibles a terceros.
•No exige ningún desembolso inicial.
•Únicamente al vencimiento del contrato hay un solo flujo de dinero a favor del “ganador”. El
valor del contrato se descubre a posteriori.
¿Cuando conviene?
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Ventajas
•Un inversor puede garantizar el tipo de interés de la colocación de una punta de tesorería en
el futuro, prestando un depósito forward – forward al plazo e importe deseado.
•Permiten cubrir riesgos motivados por fluctuaciones en el tipo de cambio, asegurando un tipo
de cambio fijo en el futuro, sea cual sea el tipo de cambio vigente en el momento de liquidar
la operación.
Inconvenientes
•El contrato es vinculante, es decir, no permite ninguna elección en el futuro, como ocurre en
las opciones, debiendo ejecutarlo obligatoriamente.
•El perdedor puede ser cualquiera de las dos partes.
Puntos de información
Se tramitan con intermediarios del mercado cambiario, corredores de bolsa de futuros y opciones,
además de en entidades financieras.
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