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BOCM
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015
B.O.C.M. Núm. 11
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
18
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Servicio Público de Empleo Estatal
BOCM-20150114-18
Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes administrativos para el reintegro de la protección por desempleo indebidamente percibida, anteriormente indicada, y la extinción/exclusión del derecho a la misma, contra los interesados que
a continuación se citan, y los motivos que, asimismo, se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles de que, de conformidad con lo establecido en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985, de 2 de
abril, disponen de treinta días para reintegrar dicha cantidad, que podrán efectuar en IBAN
ES51 0049 5103 7125 1655 0943 del “Banco Santander”, a nombre del Servicio Público de
Empleo Estatal.
También podrá solicitar el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya
concesión conllevará el correspondiente devengo del interés de demora establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que se encuentre vigente en cada
momento durante la duración del aplazamiento y que será exigible desde su concesión hasta la fecha de pago.
En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario
de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el artículo 34 del Real Decreto 625/1985.
Transcurridos los treinta días sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se
iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985.
Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se
realizase con posterioridad a la finalización del plazo de treinta días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará, a partir del primer mes posterior al período del pago reglamentario, con un recargo según lo establecido en el número 2 del artículo 27 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Contra la presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 36/2011,
de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, podrá interponer ante esta Dirección
Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de treinta días
desde la notificación de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, los expedientes reseñados estarán de manifiesto por el mencionado plazo de treinta días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.
http://www.bocm.es
X9302230H 28201300010615
X8522211K 28201300010606
X5068273Q 28201300010588
X3928371V 28201300010583
X6810232R 28201300010557
49150783J
03185278P 28201300010529
51496568M 28201300010508
X4894512C 28201300010507
X2956670C 28201300010470
X1676428G 28201300010464
51463878K 28201300010378
45079842A 28201300010310
FERNANDEZ JORGE WILMANIS
CARLOS
GARCIA CUYA GLORIA FLOR
EL HAMDIOUI MHAMMAD
MATOS REYES YAIDY MANUELA
SOLIZ VACA CLAUDIA
VARGAS ANGAMARCA WILSON
FERNANDO
DEL LEON DEL LEON YESSICA
CARMEN
MEYZEN BOLIVAR ROSA MARIA
CARRASCO CHUE JONATHAN JANES
EL MAARIF LOUBNA
VARGAS JIMENEZ JOSE DOLORES
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
ROSA PRADOS MARIA ANGELES
PASCUAL GALLEGO FERNANDO
6.773,40
5.146,32
3.802,18
1.291,60
11.348,63
8.284,29
8.593,90
12.153,28
3.580,78
6.688,20
2.300,40
2.435,27
2.505,37
908,80
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
20%
Tipo
recargo
8.128,08
6.175,58
4.562,62
1.549,92
13.618,36
9.941,15
10.312,68
14.583,94
4.296,94
8.025,84
2.760,48
2.922,32
3.006,44
1.090,56
1.124,64
5.180,16
Importe
con recargo
Motivo
04/10/2011 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/01/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
02/11/2009 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
05/11/2010 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
19/09/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
09/03/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
06/01/2013 EXCLUSION DEL PROGRAMA RENTA
30/05/2013 ACTIVA DE INSERCION POR OBTENER
INDEBIDAMENTE LA PERCEPCION DE LA
RENTA ACTIVA DE INSERCION
13/02/2010 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/04/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
05/03/2010 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/07/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
09/02/2010 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/05/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
05/02/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
22/05/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
18/10/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/03/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
01/12/2011 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
28/04/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
01/04/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
12/09/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
03/04/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
15/12/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
19/05/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
09/10/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
27/08/2012 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/10/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
16/01/2013 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
30/03/2013 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
24/10/2011 DEJAR DE REUNIR REQUISITOS HABIENDO
27/08/2012 GENERADO COBRO INDEBIDO. EXTINCION
Período
MIÉRCOLES 14 DE ENERO DE 2015
Madrid, a 17 de septiembre de 2014.—La directora provincial, Piedad Martín Álvarez.
(02/6.564/14)
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20150114-18
X8912056Q 28201300010619
CHAVES CARDENAS JOE EDISON
937,20
4.316,80
Importe
B.O.C.M. Núm. 11
28201300010538
01479321F 28201300010639
CANTARERO SANCHEZ JOSE JAVIER
Expediente
X8189418S 28201300010645
N.I.F.
GHEORGHITA IANACHE
Interesado
RELACIÓN DE RESOLUCIÓN DE PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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