Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA PROYECTO DE TÉRMINO DE CONDICIONES CONVOCATORIA PÚBLICA No 2 DE 2015 JUSTIFICACIÓN LEGAL La Ley 100 de 1993, articulo 195: “Régimen jurídico. Las Empresas Sociales de Salud se someterán al siguiente régimen jurídico de contratación: En materia contractual se regirá por el derecho privado, pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto general de contratación de la administración pública. El Numeral 6 del precitado artículo contempla que el régimen presupuestal será el que se prevea, en función de su especialidad, en la ley orgánica de presupuesto, de forma que se adopte un régimen presupuestal con base en el sistema de reembolso contra prestación de servicios, en los términos previstos en la presente ley. Las normas que rigen la presente convocatoria son de derecho privado, en concordancia, con lo establecido en el artículo 195 de la ley 100 de 1993 en concordancia con el Acuerdo No. 019 de 2014, por medio del cual se aprueba el Estatuto Interno Contractual de la ESE HOSPITAL SAN RAFAEL TUNJA. La ley 489 de 1998, en su artículo 83 establece: Las empresas sociales del Estado, creadas por la Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud se sujetan al régimen previsto en la Ley 100 de 1993, la Ley 344 de 1996 y en la presente ley en los aspectos no regulados por dichas leyes y a las normas que las complementen, sustituyan o adicionen. Aunado a lo anterior, el Consejo de Estado, “por otra parte y conforme lo establece el la Constitución política es innegable que la prestación de los servicios públicos, no está reservada de manera exclusiva a los entes públicos, al respecto, el articulo 365 superior establece: “ los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado directa o indirectamente por comunidades organizadas o por particulares”. En concordancia con la normatividad vigente la presente convocatoria se rige por el derecho privado, de acuerdo con el Artículo 365 de la Constitución Política de Colombia, ley 100 de 1993 y el decreto 1876 de 1994, por medio del cual se reglamenta parcialmente los artículos 192 y 195 de la ley 100 de 1993, en los cuales se establece que las empresas sociales del estado de las entidades territoriales podrán desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros o convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores. El Decreto 1876 del 3 de enero de 1994, dispone: La Empresa Social del Estado, constituye una categoría especial de entidad pública descentralizada, del orden municipal, con personería jurídica, patrimonio propio e independencia, autonomía administrativa y financiera, y presta servicios de salud de baja complejidad a la población afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud El Hospital San Rafael de Tunja Empresa Social del Estado requiere garantizar el cumplimiento de contratos de prestación de servicios de salud de baja complejidad con las diferentes EPS del Régimen Subsidiado, la Gobernación de Boyacá otras entidades que propenden por la prestación del servicio de 1 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia salud en forma integral, por tanto requiere garantizar el funcionamiento, buscando la aplicación de los principios universales de economía, celeridad y oportunidad. Para brindar condiciones de empleo público a los trabajadores que actualmente prestan sus servicios como empleados en misión en la de la entidad, la E.S.E. se encuentra en proceso de creación de una planta temporal de empleos, según los términos contenidos en la ley 909 de 2004, el decreto 1227 de 2005, el decreto 1376 de 2014, y acogiendo las directrices al respecto brindadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, El Ministerio de Trabajo, El Departamento Administrativo de la Función Pública; para dicho fin elaboró los estudios técnicos y financieros bajo los lineamientos de la guía de la función pública expedida para el efecto, para a su vez integrar a dicha planta en cargos públicos a la mayoría de aquellos de aquellos que actualmente se encuentran vinculados a la entidad por diversas formas de vinculación. Que fue presentado dicho estudio para su aprobación a la Junta Directiva de la entidad, y que se requiere además el seguimiento de las etapas para su implementación final establecidas en el decreto 1376 de 2014, y en la guía de la función pública, entre los cuales se encuentran el visto bueno del ente territorial, la aprobación de las nuevas escalas salariales, la Aprobación del ministerio de Salud con quien el departamento celebro el convenio de desempeño No. 386 al que se encuentre vinculada la entidad y finalmente la celebración del acuerdo de formalización laboral con el Ministerio del Trabajo. En tanto se adelanta el proceso de implementación de la planta de empleos de carácter temporal por parte de la ESE, se requiere seguir contratando al personal que presta los servicios en la entidad, mediante un tipo de contratación que permita brindar garantías laborales a los trabajadores tal como se ha venido garantizando mediante la contratación realizada con empresas de servicios temporales; hecho que fue planteado dentro de la mesa de formalización laboral en la que se encuentra actualmente la entidad con el Ministerio de Trabajo, y las organizaciones sindicales ANTHOC Y SINTRASALUD, en la cual se considero pertinente por dichos actores que la E.S.E. realizara la invitación pública correspondiente, para contratar la prestación de los servicios mediante empresas de servicios temporales que garantizará el reconocimiento y pago de las condiciones labores a los trabajadores. En virtud a lo anterior se procede a realizar la presente invitación pública cuyo objeto corresponde a suministro personal en misión con empresas de servicios temporales para el desarrollo de las actividades administrativas. CAPITULO I 1.1 OBJETO: suministro de personal en misión con empresas de servicios temporales para el desarrollo de las actividades administrativas. 1.2 PRESUPUESTO OFICIAL Presupuesto estimado para la presente invitación es de MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO Y TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.838.000.000) Rubro presupuestal Remuneración Servicios Técnicos, código 21010209 de la vigencia 2015. El presupuesto anteriormente señalado está conformado de la siguiente manera MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.653.862.344), valor a cancelar por el suministro del personal establecido en el anexo técnico por los seis meses, valor a cancelar por el 2 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia suministro del personal establecido en el anexo No Especificaciones técnicas No 1 por los seis meses, es decir cada mes el hospital cancelara la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO PESOS M/CTE ($275.643.724). Y la suma de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($184.137.565), valor que se destinara para el pago de las novedades tales como recargos, dominicales, festivos, horas extras de acuerdo a las necesidades de los servicios, desplazamientos autorizados y dotaciones para las personas que son beneficiarias. El valor anteriormente mencionado se deberá concertar con el supervisor del contrato para su autorización y posterior pago. 1.3 REFERENCIAS GENERALES DE LA INVITACIÓN ACTIVIDAD Publicación del proyecto de pliegos de condiciones DESDE HASTA LUGAR Y HORA OBSERVACIONES Y ACLARACIONES 16 de Enero de 2015 www.hospitalsanrafaeltunja. gov.co Observaciones al proyecto de pliegos de condiciones 16 de Enero de 2015 E- Mail: contratacion@hospitalpitalsa nrafaeltunja.gov.co hasta las 3:00 pm y/o oficina subgerencia administrativa y financiera del HSRT. Respuesta a la observaciones 21 de Enero de 2015 21 de Enero de 2015 Apertura de la Invitación 22 de Enero de 2015 22 de Enero de 2015 22 de Enero de 2015 22 de Enero de 2015 26 de Enero de 2015 26 de Enero de 2015 Subgerencias Administrativa y Financiera hasta las 3:00 pm hora Superintendencia de Industria y Comercio Se procederá a levantar el acta de cierre correspondiente en presencia de los oferentes que deseen participar. Evaluación de las propuestas 26 de Enero de 2015 28 de Enero de 2015 Subgerencias Administrativa y Financiera Será realizada por el comité de contratación Publicación de la evaluación 28 de Enero de 2015 28 de Enero de 2015 Pagina web www.hospitalsanrafaeltunja. gov.co Observaciones a la evaluación 29 de Enero de 2015 29 de Enero de 2015 Desde las 8:00 am hasta las12 :00 m Respuesta a las observaciones de la evaluación 29 de Enero de 2015 29 de Enero de 2015 Publicación pliegos de condiciones definitivos Radicación de propuestas y acta de cierre 19 de Enero de 2015 Únicamente se recibirán al E- Mail: contratacion@hospitalsanrafaeltunja .gov.co o radicadas en la Subgerencia Administrativa y F. hasta las 3:00 p.m. www.hospitalsanrafaeltunja. Serán publicadas en la página de la gov.co institución. Gerencia Se hará mediante acto administrativo Pagina web www.hospitalsanrafaeltunja. gov.co Únicamente se recibirán al E- Mail: contratacion@hospitalsanrafaeltunja .gov.co o radicadas en la Subgerencia Administrativa y F. Será realizada por el comité de www.hospitalsanrafaeltunja. contratación y serán publicadas en gov.co la página de la institución. 3 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Adjudicación Firma del contrato (*) 30 de Enero de 2015 30 de Enero de 2015 30 de Enero de 2015 Por acto administrativo y será notificada en los términos de dicho acto. Gerencia Se requiere de presencia en el Hospital de la persona natural o representante legal o de la persona facultada mediante poder especial para suscribir el contrato, acta de inicio y presentación de garantías. 01 de Febrero de 2015 1.4 ALCANCE DEL OBJETO DEL CONTRATO Suministro de personal en misión de acuerdo con el anexo técnico 01 Los proponentes deberán presentar en forma detallada cada uno de los conceptos que cubre la propuesta: Porcentaje de administración, las prestaciones sociales, aportes a seguridad social, y aportes parafiscales así: FACTOR PRESTACIONES SALARIO Factor no salarial CONCEPTO AFP ARL CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR CESANTÍAS INTERESES CESANTÍAS PRIMA DE SERVICIOS VACACIONES PARAFISCALIDAD SOBRE VACACIONES PORCENTAJE Máximo 40% del total del Ingreso PORCENTAJE 12% 2.436% 4.00% 8.34% 1.00% 8.34% 4.17% 0.17% Nota. Conductores riesgo 4 (4.350%). 1.5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. Suministrar el personal en misión según Anexo técnico adjunto de acuerdo con los cargos relacionados para los cuales se deberán generar los contratos laborales en concordancia con lo establecido en la ley 50 de 1990. Suministrar el personal en misión en caso de ausencia justificada (vacaciones, licencias por maternidad, incapacidades, entre otras.), que ejecutará el contrato garantizando el reemplazo del (los) mismo (s) de manera inmediata. Destinar un (1) coordinador de área que pondrá a disposición de la E.S.E., para el manejo y supervisión. En caso de que el proponente requiera un espacio físico para su ubicación al interior de la entidad, el contratista celebrara contrato de arrendamiento con la entidad para tal fin. Esta información no será subsanable en ningún caso, generando el rechazo de la propuesta. También destinará un equipo interdisciplinario que estará a cargo de las vicisitudes que se presenten durante la ejecución del contrato. Durante la vigencia del contrato se podrán variar los puntos de ubicación del personal, de acuerdo con las prioridades y conveniencias del servicio y siempre y cuando no se afecte el componente económico de la propuesta. 4 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Llevar una carpeta con los documentos de ingreso y la historia laboral de cada empleado, las cuales deben estar disponibles para consulta de las entidades competentes que lo requieran. Efectuar cumplidamente la retención en la fuente a los empleados sujetos a ella, así como el pago de los valores recaudados. Carnetizar a todos los trabajadores. Cumplir estrictamente lo dispuesto por la ley para efectos del pago de salarios, prestaciones sociales, horas extras, recargos diurnos y nocturnos, dominicales y festivos y en general con las disposiciones laborales vigentes como empleador le corresponde reconocer al personal con el que va a desarrollar del objeto del presente contrato. Realizar la inscripción, traslado, cambio de patronos o afiliaciones a EPS, Fondo de Pensiones, Caja de Compensación y ARL. Garantizar que el personal con el cual desarrollará el contrato cuente con la idoneidad y capacitación para la ejecución del contrato. Las hojas de vida deben contener los requisitos de habilitación. (Resolución 1043 de 2006 y aquellas que la modifiquen o sustituyan). Garantizar contratos laborales con cada uno de los trabajadores en misión de acuerdo con lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo. Pagar oportunamente al personal los salarios y prestaciones sociales a que tenga derecho según la Ley; a cumplir con los aportes a las Empresas Promotoras de Salud, a la Administradora de Riesgos laborales, a los Fondos de Pensiones y la respectiva Caja de Compensación Familiar, en los porcentajes de ley que exige el contrato laboral. Llevar una carpeta de los documentos de ingreso y la historia laboral de cada trabajador. Responder por la relación laboral del personal en misión. Toda responsabilidad derivada de los contratos de trabajo correrá a cargo exclusivo de la empresa temporal Mantener vigente la póliza de salarios exigida por el Ministerio de Trabajo expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia. Se compromete a Entregar desprendibles físicos de pago a todas las personas reportadas en el proceso de nómina. La E.S.T. podrá enviar el desprendible de pago vía e-mail. Se obliga a efectuar conciliación y cierre mensual de cada proceso de nómina en el mes siguiente a la fecha de pago, facturar y entregar soportes definitivos al supervisor del contrato tales como copia de novedades reportadas y aplicadas en el proceso, relación detallada de los pagos realizados por salarios, dominicales, recargos nocturnos, horas extras, descuentos, aportes a seguridad y pensión, parafiscales, etc.). Se obliga a realizar el proceso de liquidaciones definitivas cada vez que se presente un retiro efectuando el pago dentro de los términos establecidos por la ley. Debe presentar respuesta escrita a toda solicitud de servicio que realicen los trabajadores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, frente a temas de contratación, pagos y/o aclaraciones de situaciones laborales, indicando la fecha de proceso o del día en que se va a dar la solución. La entidad usuaria solo reconocerá el pago de horas extras, recargos diurnos, nocturnos, dominicales y festivos, cuando se haya autorizado previamente, a través del supervisor del Contrato. Deberá manifestar expresamente en los contratos que celebre con el personal requerido, que su trabajo se realizará exclusivamente dentro de los turnos y horas asignadas. Cumplir estrictamente lo dispuesto por la ley para efectos del pago de salarios, así como el pago de los valores recaudados. Dentro de esto se define que desde el inicio el dinero correspondiente a los salarios debe estar disponible para el pago dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes. En general a cumplir estrictamente con las disposiciones laborales vigentes, como empleador que es del personal en misión dedicado a prestar servicios al HOSPITAL Coordinar su gestión con los supervisores del contrato por parte del HOSPITAL y atender los requerimientos solicitados por los trabajadores en misión en el HOSPITAL; con el objeto de que controle la ejecución del presupuesto dispuesto para la contratación y advierta las inconsistencias que se presenten en cada área. 5 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Mantener una relación continua de información y comunicación con los trabajadores en misión que se encuentran vinculados a la empresa contratista, con el fin de que le sean entregados y justificados oportunamente tanto los comprobantes de pago como las liquidaciones a que haya lugar y de acuerdo a las fechas de inicio y terminación de dichas actividades. En el momento en que el Supervisor del contrato evidencie que los pagos y liquidaciones correspondientes a los trabajadores, no se estén realizando en debida forma en concordancia con lo establecido en el cuadro de sueldos y demás prestaciones laborales presentados en la propuesta y que harán parte integral del contrato, el HOSPITAL, impondrá las sanciones respectivas y declarara incumplimiento del mismo. El contratista deberá presentar su programa de salud ocupacional para ser articulado con el programa de salud ocupacional del HOSPITAL. Entregar los informes que le solicite el Supervisor del desarrollo de la ejecución del objeto contractual. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos. Las facturas se deben radicar en el Hospital acompañadas de la totalidad de las autoliquidaciones y pagos de EPS, Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos Laborales y parafiscales del personal vinculado. La Empresa proponente deberá facturar al Hospital los gastos en que adicionalmente incurra por concepto de desplazamiento y estadía del personal cuando el Hospital así lo solicite y una vez se causen. Los costos de estadía serán los equivalentes a la tabla de viáticos fijada por la empresa proponente, de acuerdo a la escala salarial de sus trabajadores. El contratista deberá mantener una relación continua de información y comunicación con los trabajadores que se encuentran vinculados a la empresa contratista, con el fin de que le sean entregados y justificados oportunamente tanto los comprobantes de pago como las liquidaciones a que haya lugar y de acuerdo a las fechas de inicio y terminación de dichas actividades. El contratista deberá atender los requerimientos del supervisor en el momento se evidencie que los pagos y liquidaciones correspondientes a los trabajadores, no se estén realizando en debida forma en concordancia con lo establecido en el cuadro de salarios y demás prestaciones sociales presentados en la propuesta y que harán parte integral del contrato, la E.S.E., impondrá las sanciones respectivas y será causal ipso-facto de declarar el incumplimiento del mismo. Las hojas de vida deben permanecer en el área de recurso humano de la E.S.E. debe contener como mínimo Curriculum, registro departamental de Salud y fotocopia del diploma o acta de grado y constancia de los cursos de reanimación básica y todos aquellos requeridos por la normatividad vigente en cuanto a requisitos de habilitación. (Resolución 1441 de 2013 y aquellas que la modifiquen o sustituyan). Estas deberán ser entregadas una vez se formalice el contrato para el inicio de la ejecución del mismo. El proponente se compromete adelantar los procesos de su competencia, por las faltas disciplinarias de conformidad con lo establecido en sus estatutos y reglamentos internos, por tanto en el evento de faltas o fallas de atención, incumplimientos o cualquier situación que altere el cumplimento oportuno e idóneo del contrato será comunicada al representante legal del proponente, quien adoptará las medidas y correctivos que considere. Sin excluir la posibilidad de ser llamado en garantía a fin de que responda por las actividades derivadas del hecho, que resulte de la prestación del servicio y que se presenten en reclamación civil, penal o administrativa de tipo jurisdiccional, ante la ESE. El CONTRATISTA, deberá velar porque sus trabajadores observen en todo lugar, un trato respetuoso, cordial y amable para con las personas vinculadas de cualquier forma con la E.S.E. y en especial para con los usuarios del proceso de salud, observando los derechos fundamentales y los principios constitucionales, tales como la igualdad y dignidad de los seres humanos, el reconocimiento de la diversidad personal y cultural, el rechazo a todo tipo de discriminación, la 6 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia libertad de ideas y creencias y demás contenidas en la Carta Política. Así mismo deberá cuidar su presentación personal. El contratista deberá velar porque los trabajadores, respecto de los usuarios, pacientes o acompañantes, no puedan inducir, recibir, solicitar, sugerir, constreñir o aceptar, directa o indirectamente, para sí o para un tercero y por el proceso aquí contratado, remuneración, dinero, utilidad, promesa de pago, dádiva o cualquier otro beneficio, distinto al pactado en el contrato a celebrarse. El contratista deberá velar que el personal en misión cumpla, sin perjuicio de la observancia del suyo propio, el reglamento de higiene y seguridad, el programa de salud ocupacional de la E.S.E., dar cumplimiento a las políticas de Seguridad, Salud Ocupacional y Seguridad Ambiental y a los procedimientos seguros de trabajo según actividad a realizar en la Institución. Los trabajadores en misión deberán acogerse a los planes de emergencia y evacuación de la E.S.E. y de contingencia del área de mantenimiento. Si la actividad lo amerita, usar elementos de protección personal. El proponente deberá anexar al listado donde se establezcan cargos, escala salarial, valores de los pagos a seguridad social y provisiones de prestaciones sociales de cada uno de los cargos requeridos por el Hospital. Deberá facturar al Hospital las incapacidades médicas, las calamidades y licencias que surjan del personal vinculado, una vez sean verificadas por el Supervisor del Contrato. Si hay lugar a la dotación la empresa contratista las podrá suministrar y facturar al costo mas AIU al Hospital o el Hospital podrá suministrarlas directamente a los trabajadores en misión lo anterior se concertara previamente entre las partes. El Contratista deberá garantizar el examen médico de ingreso y egreso a los trabajadores contratados, el cual no será facturable. El contratista deberá anexar la metodología o mecanismos de selección del personal que tenga desarrollado para validar y cumplir con los requerimientos y perfiles del personal del Hospital. El contratista se compromete adelantar los procesos de su competencia, por las faltas disciplinarias de conformidad con lo establecido en su reglamento interno, sin embargo la ESE frente a la obligación de satisfacer sus expectativas técnicas y administrativas de su servicio, forzosamente debe imponer órdenes al trabajador suministrado, y si es del caso, impondrá las disposiciones disciplinarias a lugar, en consecuencia, el contratista delega en la ESE el poder subordinante. Cumplir con las demás que correspondan a la naturaleza del contrato y las actividades que deba cumplir cada trabajador que desarrolle los procesos, de acuerdo con los perfiles y requerimientos de la E.S.E. así como con las demás obligaciones que surjan con ocasión de la ejecución del contrato y le sean señaladas por escrito por el Supervisor del mismo, y de conformidad con la propuesta presentada por el contratista y aceptada por Hospital. 1.6 CIERRE DE LA INVITACIÓN Los interesados (as) deben revisar la pagina web www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co en el link de contratación, a fin de observar las condiciones objeto del presente proceso de selección, cronograma, fecha límite de presentación de las ofertas en la fecha y hora señaladas en el cronograma. 1.7 REQUISITOS Podrán participar en esta Invitación todas las personas jurídicas, empresas de servicios temporales, consorcios y/o uniones empresa, que cumplan con la capacidad jurídica y con las referencias de experiencia, capacidad administrativa y operacional, solicitadas. El régimen jurídico aplicable a la presente Invitación es el previsto en el Estatuto Interno de Contratación de la Empresa Acuerdo 019 de 2014, ley 100 de 1993, en lo que se encuentre 7 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia particularmente regulado en ellos, por las normas comerciales, civiles y laborales vigentes (Ley 50 de 1.990) que sean aplicables al caso. 1.8 DOCUMENTOS JURÍDICOS: Los proponentes deberán cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico: Carta de presentación de la propuesta debidamente diligenciada de conformidad con el formato establecido en el anexo No. 2 del Pliego de Condiciones. Fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería del Representante Legal. Antecedentes de la Procuraduría General de la Nación del Representante legal y de la empresa Antecedentes de la Contraloría General de la República del Representante legal y de la empresa Antecedentes Judiciales, emitido por la Policía Nacional del representante legal. Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la cámara de comercio de la ciudad de su domicilio, con fecha de expedición máxima de treinta (30) días calendarios anteriores, con relación a la fecha del cierre de la presente invitación. En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no será inferior a cinco (5) años contados a partir de la fecha de finalización del plazo de duración establecido para la presente invitación. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano competente, en el cual conste que está facultado para presentar la propuesta, contraer obligaciones y para notificarse de la resolución de adjudicación, cuando ello hubiere lugar. Parágrafo: La omisión de anexar el certificado de existencia y representación legal y/o la autorización no son subsanables y genera por lo tanto el rechazo de la propuesta. Cuando dos o más personas presenten propuestas conjuntas, ya sea a través de la figura del consorcio o de la unión temporal, deberán ajustarse a lo establecido en el artículo 7 de la ley 80 de 1993 y se deberá anexar, además el certificado de existencia y representación legal de cada uno de los integrantes, un acta que debe contener la siguiente información: Objeto del consorcio y/o unión temporal el proponente, que será el mismo del contrato, tiempo de duración del consorcio y/o unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y 1(un) año más. Nombre del representante legal del consorcio o unión temporal, indicando sus facultades y limitaciones. Manifestación clara y expresa sobre responsabilidad solidaria e ilimitada de los miembros del consorcio, y limitadas para las uniones temporales, de acuerdo con la participación de sus miembros durante la ejecución del contrato. Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal. Manifestación expresa de que las partes integrantes no podrán revocar el consorcio o unión temporal, durante el tiempo de ejecución del contrato, y un año más, como también que ninguna de ellas podrá ceder su participación en el consorcio o unión temporal a los demás integrantes. Certificación emitida por el representante legal donde se indique bajo la gravedad de juramento de no haber sido sancionada con multa ni caducidad administrativa dentro de los cinco (5) años anteriores a la apertura de la presente invitación pública, emitida por el representante legal. Póliza que respalde la seriedad de la oferta, constituida sobre el 10%, del valor total de la oferta. Certificación emitida por el representante legal donde se señala que los representantes legales, gerentes o Administradores de Agencia o Sucursal, no se encuentren incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, consagradas en la Constitución o la ley, al igual que no estar reportado en el Boletín de Responsables fiscales. Registro Único Tributario: De acuerdo a lo contemplado en la Ley 863 de 2003, el contratista deberá aportar copia legible del Registro Único tributario (RUT), el cual deberá estar actualizado de acuerdo con las instrucciones impartidas por la DIAN. 8 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Información sobre procesos judiciales: cada proponente deberá presentar una certificación, expedida por su Revisor Fiscal, indicando cuántos procesos laborales tiene a la fecha, el estado actual del proceso y la autoridad judicial donde se desata la controversia Certificado de inscripción en el Kardex de proveedores del Hospital, emitida por el Líder de Almacén de la E.S.E. Registro Único de Proponentes vigente para la fecha de radicación de la propuesta, el cual no debe ser mayor a 30 días de expedición a la fecha de cierre de la presente invitación, de acuerdo con el decreto 1510 de 2013. En caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, este requisito deberá ser cumplido por todos y cada uno de los integrantes, quienes individualmente deben acreditar estar inscritos y calificados de acuerdo a lo requerido, en el presente proceso de selección. De la información financiera del registro único de proponentes RUP se verificara los correspondientes estados financieros a corte a DICIEMBRE 31 de 2014. En caso de presentar información con corte anterior a la fecha establecida, sus estados financieros no serán evaluados. Solamente se evaluaran los estados financieros contenidos en el RUP, por tal razón no se exigen ni aceptan balances financieros. En caso de propuestas de consorcios o personas jurídicas constituidas como empresa, empresas temporales de servicios, consorcios, uniones temporales, cada Uno de sus miembros deberá anexar dicho certificado y acreditar su inscripción clasificación y calificación en la actividad especialidad y grupo señalado en el presente pliego de condiciones. Acto administrativo de Autorización de funcionamiento proferido por el Ministerio de Trabajo y/o Ministerio competente, certificación de funcionamiento expedida por el ministerio de trabajo actualizada en el presente año y copia vigente de la póliza de garantía con una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia a favor de los trabajadores en misión para asegurar el pago de sus salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones en cuantía no inferior a 2000 SMLMV. La no presentación de estos documentos en el término establecido no será subsanable y generará el rechazo de la propuesta. Manifestación escrita del proponente de no presentar mora con el Estado Colombiano o con alguno de sus entes. Oferta Económica: El concursante deberá presentar la propuesta económica incluyendo los valores correspondientes a todos los factores prestacionales a reconocer, lo mismo que el porcentaje y valor a cobrar por administración del contrato, determinando expresamente el ingreso base de cotización, el valor correspondiente al factor no salarial máximo 40% del total del ingreso del trabajador y el valor total a recibir por cada trabajador en forma neta y bruta mensual y por el período a contratar. La omisión de este requisito no será subsanable en ningún caso generando el rechazo de la propuesta. El proponente deberá allegar los formatos de los contratos de trabajo de conformidad con lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo que celebran con sus trabajadores y usuarios del servicio. Certificado del pago de aportes y contribuciones al Sistema General de Seguridad Social suscrito por el revisor fiscal o representante legal según el caso. Dentro de la propuesta se tendrá que incluir el conjunto de recursos, distintos al humano, que el concursante ofrece tener al servicio de la E.S.E., en función directa de sus necesidades, incluyendo lo siguiente: Organigrama de la sociedad, acompañado de una breve descripción de su estructura organizacional, operativa y técnica. Si la propuesta se presenta en consorcio o en unión temporal, se debe incluir la información de cada uno de sus integrantes y si es de sucursal la estructura administrativa de la sucursal. Descripción de los mecanismos de control, asesoría y gestión que se utilizarán para garantizar un óptimo resultado en las labores desempeñadas por el personal. 9 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Descripción de su infraestructura en materia informática y las aplicaciones en sistemas que pondrá a disposición del desarrollo contractual. Acto administrativo de Autorización de funcionamiento proferido por el Ministerio de Trabajo y/o Ministerio competente. Certificación de funcionamiento expedida por el ministerio de trabajo actualizado en el presente año, Acto administrativo de Autorización de funcionamiento proferido por el Ministerio de Trabajo y/o Ministerio competente. Certificación de funcionamiento expedida por el ministerio de trabajo actualizado en el presente año Hoja de vida firmada que debe contener este documento deben aparecer los datos personales del proponente y la experiencia del mismo, debe contener como mínimo datos como dirección identificación, teléfono, fax, correo electrónico y la fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal 1.9 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE El proponente deberá acreditar experiencia en el suministro de personal en iguales o similares condiciones al objeto requerido en el presentes Pliego de Condiciones, tan solo se tendrá en cuenta la experiencia que se acredite en suministro de personal en Entidades prestadores de servicios de salud, para lo cual anexará la siguiente información: Dichas certificaciones deberán contener la siguiente información: Descripción del objeto desarrollado. Cumplimiento del contrato Duración del contrato Cuantía del contrato Certificación de satisfacción por parte del usuario. Para los Contratos que se encuentren en EJECUCIÓN, los oferentes deberán adjuntar Fotocopia del Contrato o certificación de cumplimiento debidamente suscrita por el Representante Legal y por quien tenga las facultades delegadas, con la siguiente información: Objeto del Contrato, valor, plazo, fecha de iniciación, cumplimiento, valor ejecutado a la fecha y mes de la última facturación, nombre del contratante y nombre del contratista. El valor ejecutado a la fecha será el valor que se tomará para la respectiva evaluación. El proponente deberá anexar como mínimo tres (3) certificaciones de experiencia o copia de contratos ejecutados con Entidades prestadores de servicios de salud, celebrados o vigentes a quienes se haya brindado los servicios en los últimos tres años, con entidades públicas o privadas. El RUP deberá contener información que acredite experiencia y que sea concordante con la relación suministrada por el proponente 1.10 CAPACIDAD ADMINISTRATIVA: Los proponentes acreditaran su capacidad administrativa mediante la presentación de la siguiente información: 1. Certificado de matrícula mercantil correspondiente al domicilio donde se encuentre la jurisdicción del proponente. 2. Certificación de estar al día en todas las obligaciones parafiscales y afiliaciones a salud, pensiones y riesgos profesionales, expedida por el Revisor Fiscal o por el representante legal, según el caso, o mediante paz y salvo si es persona natural. 10 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia 1.11 CAPACIDAD FINANCIERA El proponente deberá cumplir con los indicadores, los cuales serán verificados en el registro único de proponentes debidamente actualizado y en firme. Índice de liquidez (IL), el cual deberá ser superior a 1.35 IL: 1.44 ACTIVO CORRIENTE/ PASIVO CORRIENTE Nivel de endeudamiento (NE) el cual deberá ser menor que el setenta y cinco por ciento (0.75%) NE: 0.75% TOTAL PASIVO /TOTAL ACTIVO. Capital de Trabajo (CT), debe ser positivo y con un monto superior al 20% del valor del presupuesto estimado para la presente invitación. CT: ACTIVO CORRIENTE- PASIVO CORRIENTE. 1.12 DOCUMENTACIÓN EXIGIDA Toda propuesta que se presente, deberá estar acompañada de la siguiente documentación: 1.13 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Los proponentes se obligan a constituir a favor de EL HOSPITAL, una Póliza de seriedad de oferta, que respalde la propuesta, en los siguientes términos: Objeto: Amparar la seriedad y validez de la propuesta presentada cuyo objeto es el SUMINISTRO DE PERSONAL EN MISIÓN CON EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS, Asegurado y beneficiario: E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA NIT: 891.800.231-0. Valor Asegurado: En cuantía equivalente al diez (10%) por ciento del presupuesto oficial estimado para el presente proceso. Vigencia de la Garantía: Por el término de ciento veinte (120) días, contados a partir del Cierre del presente proceso. En todo caso, la garantía de seriedad de la propuesta debe estar vigente hasta el perfeccionamiento y legalización del contrato resultante del presente proceso de selección NOTA: El proponente que salga favorecido deberá suministrar el personal solicitado en la presente invitación con las calidades exigidas en el anexo técnico el día 01 de Febrero de la presenta anualidad, so pena de hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta. 1.14 COTIZACIÓN DE PRECIOS Los precios de las propuestas deberán darse en pesos colombianos, discriminando el IVA y el porcentaje % de administración, deberá indicar el régimen tributario al que pertenece el proponente, y se debe tener en cuenta en el precio todos los demás impuestos de ley y costos para la legalización del contrato. 1.15 FORMA DE PAGO El HOSPITAL pagará al CONTRATISTA la totalidad del valor de la presente invitación mediante pagos mensuales, previa presentación de las facturas correspondiente a las entregas con los respectivos soportes de pago a salud, pensión, ARL y aportes parafiscales, previa certificación y/o constancia del 11 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia cumplimiento del objeto del contrato y del recibo a satisfacción de los supervisores asignados para el efecto. 1.16 VIGENCIA Y DURACIÓN El presente contrato tiene una duración de 6 meses, contados a partir del 01 de Febrero hasta el 31 de Julio de 2015. 1.17 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La propuesta debe entregarse en la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, Hospital San Rafael de la ciudad de Tunja. Se tendrá por fecha y hora de recibo, la fecha y hora de llegada a la Oficina designada. La propuesta con toda la información necesaria debe presentarse con índice foliada, en original, impresa a doble cara y en sobre sellado. (OBLIGATORIO). La propuesta deberá presentarse firmada, encuadernada, índice paginado y foliado a los cuales se presente. Las fotocopias que se incluyan en las propuestas deberán ser legibles. Así mismo, la propuesta debe presentarse sin borrones, tachaduras ni enmendaduras que puedan afectar sus características, cantidades, valores unitarios o valores totales; so pena de ser in admitida. La ESE Hospital San Rafael de Tunja, no asumirá ninguna responsabilidad respecto a cualquier propuesta que haya sido entregada en lugar distinto al señalado, habida cuenta que debe diligenciarse por parte del proponente la planilla de radicación de propuestas. De igual manera en la propuesta se debe indicar el valor que se debe liquidar por recargos nocturnos y festivos, so pena de rechazo. Con la propuesta se deberá anexar el listado de los trabajadores que van a ocupar los cargos con las calidades y cualidades exigidas en el anexo técnico, ya que por tratarse de cargos en misión el Hospital se reserva la facultad de la vinculación de dicho personal suministrado. En el caso que el personal presentado haya tenido requerimientos por incumplimiento por parte de la ESE, y este sea en un porcentaje igual o superior al 10% de los cargos a proveer, será causal de rechazo. 1.18 VALIDEZ DE LA OFERTA Las ofertas deberán tener validez de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección. Esta vigencia debe indicarse expresamente en la propuesta. Se aclara que la validez de la oferta se aplica hasta la formalización del contrato, los precios propuestos serán vigentes durante todo el plazo de ejecución del contrato. NOTA: El proponente que salga favorecido deberá suministrar el personal solicitado en la presente invitación con las calidades exigidas en el anexo tecnico el día 01 de Febrero de la presenta anualidad, so pena de hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta. 1.19 APERTURA DE LAS PROPUESTAS 12 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia La diligencia de apertura de las propuestas se realizará en la fecha y hora señalada para el cierre de la presente convocatoria Publica, en el Despacho de la Oficina de subgerencia administrativa y financiera. De esta diligencia se levantará un acta con la relación sucinta de las propuestas y de sus valores, las cuales serán rubricadas por el funcionario competente para el efecto. DECLARATORIA DE DESIERTA: La declaratoria de desierta de la presente Invitación procederá cuando no sea posible garantizar la selección objetiva, cuando ninguna de las ofertas se ajuste al pliego de condiciones, cuando no se presente propuesta alguna o en general cuando falte voluntad de participación. Para este caso, se procederá, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Interno de Contratación. 1.20 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO EL HOSPITAL, adjudicará la presente Invitación a la persona jurídica o consorcios y uniones temporales, empresa de servicios temporal que cumpliendo con las especificaciones técnicas y económicas presente la propuesta más favorable. 1.21 GARANTÍAS DEL CONTRATO. COBERTURA EXIGIBLE SI Cumplimiento general del contrato X Responsabilidad Civil extracontractual X Salarios y prestaciones X NO CUANTÍA treinta (30%) por ciento del valor total del contrato 400 SMMLV. Diez (10%) por ciento del valor total del contrato VIGENCIA Duración del contrato y cuatro (4) meses más Duración del contrato. Duración del contrato y tres (3) años más Las garantías deberán ser expedidas dentro del plazo que fije el Hospital. 1.22 CESIÓN DE DERECHOS, LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Y REGULACIÓN JURIDICA El proponente favorecido no podrá ceder sus derechos u obligaciones, sin autorización expresa y por escrito de EL HOSPITAL. El contrato objeto de la presente Invitación se regirá por el acuerdo 019 de 2014 Estatuto de Contratación de la ESE y las normas pertinentes. 1.22 MONEDA DE LA OFERTA El proponente presentará su oferta en pesos colombianos. 1.24 IDIOMA DE LA OFERTA La oferta que prepare el proponente, la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el oferente y la entidad licitante deberán redactarse en idioma español. 1.25 CONDICIONES DEL CONTRATO 13 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia El proponente seleccionado se obliga a suscribir con trabajadores en misión contratos laborales de conformidad con el Código Sustantivo del Trabajo. 1.26 CESIONES Y SUBCONTRATOS El Contratista no podrá ceder ni subcontratar el contrato sin previa autorización de la entidad. El Contratista es el único responsable por la celebración de los contratos con el personal que requiera la entidad. 1.27 IMPUESTOS Previo a la legalización del contrato, el contratista deberá cancelar en la CAJA DEL HOSPITAL, por concepto de pago de estampilla pro adulto mayor del 2% del valor de la administración (en virtud al artículo 46 de la ley 1607 de 2012), la cual fue aprobada por la ordenanza No 22 de de 2012 y reglamentada en la resolución No 0017 de 2013 emitida por la Gobernación de Boyacá. Para el pago del objeto contratado el Hospital realizará los siguientes descuentos: Retención en la fuente: 1 % Contribución al deporte: 3% Retención en la fuente de ICA: 10 x 1.000 Estos descuentos se efectuaran sobre el valor facturado antes de IVA. Retención en la fuente de IVA (para en caso de productos gravados): 15% del valor del IVA (Aplica exclusivamente a aquellas empresas que pertenezcan al Régimen Común, de conformidad con lo establecido en el Estatuto T ributario). Estampilla 3x1000 Estampilla pro Adulto Mayor: 2% de la administración. CAPITULO II 2.1 CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN Y METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN EL HOSPITAL, previa verificación de la capacidad jurídica y las referencias de experiencia, capacidad administrativa, operacional de los oferentes, adjudicara la invitación y/o licitación pública en forma total a la persona jurídica, al proponentes, consorcios y/o uniones el proponentes que cumpliendo con las especificaciones técnicas obtenga el mayor puntaje. Dentro del análisis de las ofertas se tendrán en cuenta los siguientes factores y puntajes cuya sumatoria será de mil (1000) puntos: FACTORES 1. EVALUACIÓN JURIDICA, CAPACIDAD FINANCIERA 2. EVALUACIÓN ECONÓMICA 3. EVALUACIÓN TÉCNICA 4. EXPERIENCIA TOTAL 2.1.1 FACTORES DE EVALUACIÓN: PUNTAJE ADMISIBLE / NO ADMISIBLE 500 PUNTOS 300 PUNTOS 200 PUNTOS 1000 PUNTOS 14 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia JURIDICA admisible / no admisible Las personas jurídicas deberán acreditar todos los documentos señalados en el capitulo primero de la presente invitación para cumplir con todos los requisitos de admisibilidad, FINANCIERA admisible / no admisible Las propuestas admitidas, serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios de selección: 2.1.2 Evaluación Económica: 500 puntos PUNTAJE= Menor Porcentaje de administración ofertado se le otorgará 500 puntos, de ahí en forma descendente se le otorgará menos 50 puntos Porcentaje de AIU ofertado en la propuesta no puede desconocer lo estipulado por la ley. 2.1.3 ASPECTOS TÉCNICOS. INFRAESTRUCTURA OPERATIVA = Máximo Puntaje 300 PUNTOS Conjunto de recursos físicos, que el concursante ofrece poner al servicio de la E.S.E., Organigrama con breve descripción de la estructura organizacional, operativa y técnica. y el De acuerdo con el organigrama presentado por la firma proponente se concederán la puntuación que se señala con posterioridad para Ejecutar el contrato así: Infraestructura operacional, Equipos de cómputo, oficina de atención al trabajador en la ciudad de Tunja, software de pago de nómina y contable. (El hospital podrá hacer visita técnica a las instalaciones del proponente, en el caso de considerarlo pertinente) = 100 PUNTOS Equipo humano interdisciplinario de trabajo (Coordinador con disponibilidad permanente en la entidad, Sicólogo, Contador y Abogado). = 100 PUNTOS Cede en la ciudad de Tunja, debidamente registrada TOTAL = 100 PUNTOS 300 PUNTOS 2.1.4 EXPERIENCIA: 200 PUNTOS El proponente que acredite la mayor experiencia en suministro de personal a Entidades prestadores de servicios de salud durante los últimos tres años se le otorgará 200 puntos de ahí en forma descendente menos 50 puntos al siguiente. Para acreditar la experiencia se debe anexar la certificación expedida por el funcionario competente y se medirá de acuerdo al valor de los contratos. El Comité evaluador podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones o explicaciones que considere convenientes, actuación que no contraviene a las demás disposiciones señaladas en este pliego de condiciones. 2.2 DESEMPATE 15 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Si existe empate entre dos o más propuestas, el Hospital utilizará los siguientes criterios de desempate: En caso de empates entre varias propuestas, se preferirá al concursante que presente el mayor puntaje en la evaluación económica. Si aún persiste el empate se procederá mediante un sorteo que se efectuará en audiencia a través de balotas. 2.3 RECHAZO DE LA PROPUESTA. 1. Cuando no presente la totalidad de los documentos exigidos en las condiciones previstas por los términos de referencia. 2. Cuando el proponente, no tenga capacidad jurídica para desarrollar el objeto del contrato. 3. Cuando se encuentre que el proponente, esté incurso en alguna de las incompatibilidades previstas en la Constitución o en la ley. 4. Cuando se presente inexactitud o falsedad en la información suministrada por el proponente o en la contenida en los documentos ANEXOS. 5. Cuando las condiciones ofrecidas por el proponente no cumplan con lo mínimo establecido en los Presentes Pliegos de Condiciones. 6. Las propuestas cuyos documentos presenten, tachaduras, raspaduras o enmendaduras, a menos que tengan la aclaración correspondiente, con nota al margen o en documento aparte incluido. 7. Cuando los documentos técnicos requeridos sean ilegibles que no permitan establecer su vigencia y demás información relevante que se emanen de los mismos. 8. Cuando la propuesta sea extemporánea. 9. Cuando no cumpla con las especificaciones técnicas establecidas en los anexos. 10. Cuando se demuestre la injerencia del proponente en las etapas de evaluación, ponderación y selección de las ofertas. 11. Cuando la garantía de seriedad de la oferta presente errores respecto al valor y/o el plazo establecido y no se subsanen dentro del plazo señalado por la ESE Hospital San Rafael de Tunja. 12. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax o cualquier otro medio telemático. 13. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que hayan contratado con el estado siéndolo en alguna oportunidad o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de estos términos de referencia. 14. Cuando para esta misma invitación se presenten varias propuestas por el mismo proponente por sí o por interpuesta persona, en Consorcio, empresas de servicios temporales, Uniones temporales, o individualmente. 15. Cuando no se suscriba la carta de presentación de la propuesta por la persona natural proponente o por el Representante Legal de la Sociedad, Consorcio o Unión El proponente o cuando éste no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales o con el documento de integración del Consorcio o Unión temporal. 16. Cuando la propuesta no cumpla con la integridad del objeto de la presente convocatoria. 17. Nota: La E.S.E. Hospital San Rafael de Tunja se reserva el derecho de calificar o rechazar las propuestas presentadas por firmas que hayan suscrito contratos del suministro de personal en mención con la E.S.E. Hospital San Rafael de Tunja y hubiese presentado el incumplimiento parcial o total de las obligaciones derivadas en cualquiera de las etapas contractuales o inobservancia de los requerimientos realizados por la ESE, como resultado de la celebración del contrato. 18. Que en la propuesta de los cargos a proveer, se presenten personas que han tenido requerimientos por incumplimiento y que este supere el 10% de los cargos a proveer. 19. Cuando en la propuesta no se indique el valor que se debe liquidar por recargos nocturnos y festivos. 16 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia 20. Cuando la propuesta económica desconozca lo estipulado en el estatuto tributario, es decir, la propuesta de la administración supere los rangos autorizados. 21. Cuando el proponente no este inscrito en el Kardex de proveedores, inscripción que podrá realizarse hasta el momento del cierre de la convocatoria. 2.4 DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS La E.S.E., Previa solicitud escrita del concursante, devolverá las garantías de seriedad de todas las propuestas, una vez la notificación de adjudicación haya quedado en firme. 2.5 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA El contratista se obliga a estar bajo la supervisión del Supervisor, quien velará por el cumplimiento de las obligaciones aquí establecidas. Cumplir con el objeto contractual dentro de las especificaciones técnicas y condiciones contractuales requeridas. Entregar los informes que le solicite el interventor del desarrollo de la ejecución del objeto contractual. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de hacer u omitir algún hecho. El contratista será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la Administración o a terceros. Al momento de celebrar el contrato el proponente deberá contar con un equipo de trabajo, el cual será debidamente aprobado por la supervisión del contrato. Cumplir con las condiciones jurídicas, financieras y técnicas presentadas en la PROPUESTA. Pagar por su cuenta los salarios, subsidios, prestaciones sociales, afiliación y aportes a los sistemas de salud, pensión, ARL, y demás conceptos, a todo el personal destinado para la prestación del servicio objeto del presente proceso de selección de acuerdo con las disposiciones del Régimen Laboral Colombiano. Mantener durante la ejecución del contrato, mínimo el personal exigido y ofrecido en su propuesta. El personal ofrecido deberá prestar los servicios en la forma propuesta y señalada en estos Pliegos de Condiciones y la oferta durante todo el plazo de ejecución del contrato. La sustitución de este personal por parte del contratista, dentro del plazo de ejecución del contrato, podrá ser considerada por la E.S.E como causal de incumplimiento, si estima que la razón aducida no es de fuerza mayor o caso fortuito. Lo anterior sin perjuicio de que la entidad apruebe la sustitución del personal propuesto ante los argumentos de imposibilidad del contratista de continuar con el mismo, en cuyo caso el personal sustituto propuesto que se presente a consideración y aprobación de la E.S.E , deberá acreditar calidades iguales o superiores a las de quienes fueron presentados en la propuesta. Las demás que se deriven de la naturaleza del contrato. 2.6 SANCIONES PECUNIARIAS 2.6.1. MULTAS: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del CONTRATISTA, facultará a la E.S.E para imponerle directamente, mediante acto administrativo motivado, multas sucesivas diarias del uno por 17 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia ciento (1%) sobre el valor estimado del contrato, sin que ellas excedan el 30% del valor estimado del contrato. 2.6.2. PENAL PECUNIARIA Si el CONTRATISTA incumpliere el contrato, la E.S.E. queda facultada para imponerle una sanción pecuniaria del treinta por ciento (30%) del valor del contrato. En los términos del artículo 1594 del Código Civil, el hospital se reserva la posibilidad de demandar los perjuicios no cubiertos por esta tasación anticipada de perjuicios. 2.6.3. APLICACIÓN DEL VALOR DE LAS SANCIONES PECUNIARIAS El valor de las multas y de la Cláusula Penal Pecuniaria se tomará directamente de cualquier pago o saldo a favor del Contratista si lo hubiere, o de la garantía constituida. Si esto último no fuere posible, se cobrará directamente previo incumplimiento del contrato. Atentamente, COMITÉ DE CONTRATACION ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA 18 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia ANEXO TÉCNICO No. 01. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS No. CARGOS DESCRIPCIÓN DEL CARGO PERFIL FUNCIONES 1 TECOLOGO LIDER Título de Técnico o Tecnólogo en Areas Administrativas. Tres (3) Años de Experiencia en el Sector Salud. 81 TÉCNICOS DE APOYO ADMINISTRAT IVO Titulo de formación tecnológica en áreas administrativas, económicas, contables, jurídicas, ciencias de la salud, con conocimientos y manejo de sistemas ofimáticos, manipulación, custodia, y archivo de documentos. Experiencia de un (1) año en áreas afines. Dirigir y Coordinar el trabajo del área de Facturación, mediante mecanismos de planeación y control que garanticen el cabal cumplimiento de las metas institucionales. Desarrollar estudios administrativos, económicos, y/o técnicos requeridos para la entidad. Proponer e implementar procedimientos e instrumentos requeridos para mejorar las actividades propias en la dependencia asignada. Proponer y desarrollar las acciones que deban adaptarse para el logro de los objetivos y de las metas propuestas. Conceptuar sobre las materias de competencia de la entidad acorde con las políticas institucionales. Realizar los informes de acuerdo a las solicitudes de la Gerencia, subgerencias y entes de control. Fomentar el trabajo multidisciplinario y la coordinación intra e intersectorial. Elaborar los planes, programas proyectos e informes necesarios con base en las políticas y objetivos generales del Hospital y presentarlo a consideración de la Gerencia. Establecer mecanismos de coordinación y control de las áreas a cargo para la oportuna atención al cliente. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y sean VALOR MENSUAL $ 3.175.942.00 afines con la naturaleza del cargo. ADMISIONES: Ingresar al software de la Institución los datos de forma completa y correcta de los Usuarios que requieren los servicios de la ESE HSRT. Verificación e Impresión de las bases de datos de Usuarios que ingresan a la ESE HSRT Validación de derechos vía telefónica Identificación de Pagador de acuerdo a documentos presentados y verificaciones realizadas. Realizar e informar cambios de acuerdo a verificaciones Traslados de Usuarios entre los diferentes servicios del Hospital (Hospitalización de Usuarios en los servicios) Realización de Informes de Ingresos de Usuarios Seguimiento y Control de Censo Diario Reporte de Inconsistencias tanto en Hoja de Admisión como al personal Administrativo para el seguimiento y Control de Casos Especiales. Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato. FACTURACIÓN DE URGENCIAS Ejecutar labores relacionadas con los diferentes procesos administrativos de la E.S.E. en cuanto a, facturación, siempre en busca de la mejora continua de estos procesos, así como de la aplicación de las tecnologías, ejecución de los planes, programas y proyectos de la entidad, procurando la oportuna y debida prestación del servicio. Verificación de datos de Ingreso, pagador, documentos del Usuario Recepción y cargue de ordenes medicas y hojas de cargo Realización de Traslados de Usuarios entre el servicio de Urgencias y otros servicios. 19 $158.895.432.00 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Revisión de Historia Clínica y liquidación de cargues realizados en la cuenta del Usuario. Liquidación de valores a cancelar por el Usuario COPAGOSCUOTAS DE RECUPERACION - PAGOS PARTICULARES. Recaudo de dinero que corresponde a COPAGOS- CUOTAS DE RECUPERACION- PAGOS PARTICULARES en horas no hábiles y en permisos o ausencia de caja general. Egreso del usuario en el sistema, generar factura y elaboración y entrega de paz y salvo. Elaborar Informes de acuerdo a solicitudes realizadas por el Hospital. Facturación de servicios de consulta externa en horas no hábiles o fines de semana. Elaboración de pagares en horas no hábiles o fines de semana. Armar y entregar cuentas soportadas. Fotocopiar Historia Clínica y soportes de cuenta en horas no hábiles. Fotocopiar Soportes de Atención para anexar a la facturación de acuerdo a Normatividad Vigente. Entregar a diario a través de relaciones detalladas al área de Estadística las Historias Clínicas del servicio de Urgencias. Mantener archivado en el fuelle de Usuarios de Urgencias la documentación de cada uno de los Pacientes que se encuentran en el servicio. Mantener la reserva de la Información especialmente la concerniente a las Historias Clínicas tal como lo establece la Normatividad Vigente. Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato. FACTURACIÓN DE HOSPITALIZACION: Ejecutar labores relacionadas con los diferentes procesos administrativos de la E.S.E. en cuanto a, facturación, siempre en busca de la mejora continua de estos procesos, así como de la aplicación de las tecnologías, ejecución de los planes, programas y proyectos de la entidad, procurando la oportuna y debida prestación del servicio. Recepción del formato de admisiones: Diariamente se recogen en la oficina de admisiones la ficha y documentos del usuario con el respectivo reporte ante la EPS, se archivan en fuelle del servicio de acuerdo a la habitación asignada. Verificación de datos de Ingreso, pagador, documentos del Usuario. Recepción y cargue de ordenes medicas y hojas de cargo, verificación de devoluciones. Realización de Traslados de Usuarios entre servicios, entrega de Hoja de Cargos y verificación de Usuarios hospitalizados en su servicio. Revisión y liquidación de cargues realizados en la cuenta del Usuario. Liquidación de valores a cancelar por el Usuario COPAGOSCUOTAS DE RECUPERACION - PAGOS PARTICULARES. Egreso del usuario en el sistema, generar factura y elaboración y entrega de paz y salvo. Armar y entregar cuentas soportadas Informar Egresos y solicitar autorizaciones de acuerdo a Usuarios hospitalizados Seguimiento, Control de Usuarios Accidentes de Tránsito emitiendo documentación necesaria Elaborar Informes de acuerdo a solicitudes realizadas por el Hospital. Entregar y realizar listado de certificados de nacidos vivos y de defunción. 20 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato. PRERADICACION – REFACTURACION – RIPS. Revisar bases de datos de afiliados, revisión del cargue de procedimientos, valores, tarifas y revisión de soportes de la cuenta. Realizar devolución a cada facturador discriminando observaciones a corregir a través de relación por escrito entregada a cada facturador. Realizar cuadro control de refacturación para Entregar a la persona encargada y realizar el proceso. Realizar ajustes a las facturas por errores de subfacturación o sobrefacturación a través de Notas Contables. Realizar Informe Trimestral del proceso de Auditoria Administrativa. Realizar oficios remisorios de radicación de cuentas a cada EPS, basados en Normatividad Vigente. Recibir del Área de Auditoria Medica los soportes para realizar re facturación de acuerdo a correcciones sugeridas. Realizar proceso de refacturación de cuentas q se han detectado con inconsistencias en el Proceso de preradicación. Duplicar cargos en el sistema para realizar proceso de refacturación y generar factura. Realizar proceso de Armado y Entrega de la cuenta para Radicación de la misma Recolección de Planillas de Consulta Externa - Historias Clínicas, Digitar Códigos de Diagnostico y verificación de datos ingresados al Modulo de RIPS Validación de Datos Ingresados de acuerdo a Normatividad Vigente Pasar por las Mallas Validadoras del Ministerio de la Protección Social, Secretaria de Salud y de las diferentes Entidades los RIPS y realizar correcciones referentes a valores, datos de identificación y errores detectados en la validación. Radicar en cada EPS los RIPS de acuerdo a la Normatividad Vigente Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato. PRERADICACION Y REFACTURACION. Revisar bases de datos de afiliados, revisión del cargue de procedimientos, valores, tarifas y revisión de soportes de la cuenta. Realizar devolución a cada facturador discriminando observaciones a corregir a través de relación por escrito entregada a cada facturador. Realizar cuadro control de Refacturacion para Entregar a la persona encargada y realizar el proceso. Realizar ajustes a las facturas por errores de subfacturación o sobrefacturación a través de Notas Contables. Realizar Informe Trimestral del proceso de Auditoria Administrativa. Realizar oficios remisorios de radicación de cuentas a cada EPS, basados en Normatividad Vigente. Realizar proceso de refacturación de cuentas q se han detectado con inconsistencias en el Proceso de Preradicación. Duplicar cargos en el sistema para realizar proceso de refacturación y generar factura. Realizar proceso de Armado y Entrega de la cuenta para Radicación de la misma Validación de Datos Ingresados de acuerdo a Normatividad 21 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Vigente Revisión, Depuración y Radicación de cuentas que se encuentren pendientes de meses anteriores del servicio de urgencias. Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato. CITAS MEDICAS. Verificación de Orden Medica, autorización, y documentación necesaria para la asignación de la Cita. Verificación por sistema de base de datos correspondiente a la afiliación del paciente. Verificación de pago por parte del usuario para informar sobre su cancelación en el momento de la facturación. Ingresar al software de la Institución los datos de forma completa y correcta de los Usuarios que requieren los servicios de la E.S.E. HSRT. Revisión de Agendas por Especialidad Asignación de Citas de acuerdo a requerimiento del Usuario. Registro de datos correspondientes a la cita en el sistema y entrega de los mismos al Usuario CONSULTA EXTERNA Verificación de Orden Medica, autorización y documentación necesaria para facturar. Ingresar al software de la Institución los datos de forma completa y correcta de los Usuarios que requieren los servicios de la E.S.E. HSRT. Liquidación de valores a cancelar por el Usuario y emisión de factura. Indicar el lugar correspondiente de toma de procedimiento o consulta al paciente. Recaudo de copagos, cuotas moderadoras, pagos particulares de servicios ambulatorios prestados en la E.S.E. HSRT. Entrega diaria a oficina de tesorería de arqueo con dineros recaudados. Tomar fotocopias de soportes para envío de cuentas. Entrega diaria de facturas a la oficina de radicación de cuentas. Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato RADICACION DE CUENTAS Recepción de cuentas de los diferentes servicios generando el control de recibido. Distribución de cuentas por EPS - Servicio – Mes. Foliación y organización de copias para recibido una a una en las diferentes Entidades. Realización de relaciones de Envío - Organización de cuentas de acuerdo a requerimientos de las EPS. Generación de RIPS Radicación de Cuentas Radicación de Envíos en el Sistema Archivo de soportes por Entidad y mes guardando documentación que justifique respuesta de glosas o requerimientos de Cartera Consecución de soportes solicitados por Auditoria para respuesta de glosas Consecución de soportes solicitados por Cartera para depuración de Información. Armado - Impresión FURIPS de Cuentas SOAT y seguimiento a Informes presentados por Empresa que maneja FOSYGA Radicación de la facturación mensual de la ESE en las 22 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia diferentes EPS. Ejecutar labores relacionadas con los diferentes procesos administrativos de la E.S.E. en cuanto a, facturación, siempre en busca de la mejora continua de estos procesos, así como de la aplicación de las tecnologías, ejecución de los planes, programas y proyectos de la entidad, procurando la oportuna y debida prestación del servicio. Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato AUTORIZACIONES: Revisión constante en el sistema para la clasificación de la urgencia. Realizar el reporte inicial de urgencias a la entidad correspondiente vía web o telefónica, luego de previa confirmación de su estado de afiliación por el área de admisiones. Reportar los anexos de las sabanas traídos por los diferentes servicios(procedimientos, estancia,) Realizar corte de turno verificando todo el consolidado del censo correspondiente a las urgencias y hospitalizaciones registradas para verificar su oportuno reporte del anexo. Realizar el censo completo del turno (madrugada) para verificar la totalidad del reporte a cada entidad y luego llevarlo a la oficina de consulta externa donde posteriormente es recogido por cada autorizador de piso para su seguimiento en caso de alguna prorroga. Realizar los egresos de las entidades. Consolidar el censo diario en el sistema para verificación y seguimiento de pacientes hospitalizados. Recoger los reportes de urgencias y sabanas en la oficina de consulta externa para seguimiento. Realizar reporte de anexo posterior a la atención inicial de urgencia y prorrogas hospitalarias de los pacientes a su ERP según corresponda. Recibir sabanas correspondientes a la entidad asignada para cada autorizador y realizar el reporte del anexo 3 para la solicitud de la autorización. Recibir y verificar las facturas entregadas por cada facturador para su seguimiento en caso que falte algún procedimiento o día de estancia solicitarlo inmediatamente. Entregar a cada facturador las autorizaciones solicitadas. Verificar a diario los correos para revisar los egresos que reportan en los pisos los facturadores, para el reporte del egreso ante la ERP. Reportar los censos hospitalarios semanales y mensuales a las entidades que lo soliciten. Archivar soportes de anexo en físico y en sistema a diario. Recepción, trámite y entrega de las autorizaciones ante la secretaría de salud para los pacientes ambulatorios y hospitalizados. Recepción, trámite y entrega de las autorizaciones a otras entidades de procedimientos que no realiza la institución. Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato. AREAS ADMINISTRATIVAS. Atender al público de manera personal y/o telefónicamente y a los funcionarios de la dependencia, suministro de la información requerida y orienta al usuario en lo correspondiente. Elabora periódica y oportunamente los pedidos de útiles de oficina, tramita y procura su remisión y disponibilidad Prepara y organiza la información que debe presentar el jefe 23 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia inmediato y/o a las demás dependencias administrativas. Recepción de las llamadas telefónicas, opera los medios técnicos disponibles y entregar los mensajes respectivos Apoyar al personal de la dependencia en la elaboración y seguimiento de los proyectos. Realiza la medición de los indicadores del proceso, según lo establecido en cada indicador y establece o propone las acciones respectivas para lograr mayor eficiencia y efectividad en el procesos Velar por el buen funcionamiento de los elementos bajo su cargo. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y sean afines con la naturaleza del cargo. URGENCIAS. Ejecutar labores relacionadas con los diferentes procesos administrativos de la E.S.E. en cuanto a, facturación, siempre en busca de la mejora continua de estos procesos, así como de la aplicación de las tecnologías, ejecución de los planes, programas y proyectos de la entidad, procurando la oportuna y debida prestación del servicio. Verificación de datos de Ingreso, pagador, documentos del Usuario. Recepción y cargue de ordenes medicas y hojas de cargo. Realización de Traslados de Usuarios entre el servicio de Urgencias y otros servicios. Revisión de Historia Clínica y liquidación de cargues realizados en la cuenta del Usuario. Liquidación de valores a cancelar por el Usuario COPAGOSCUOTAS DE RECUPERACION - PAGOS PARTICULARES. Recaudo de dinero que corresponde a COPAGOS- CUOTAS DE RECUPERACION- PAGOS PARTICULARES en horas no hábiles y en permisos o ausencia de caja general. Egreso del usuario en el sistema, generar factura y elaboración y entrega de paz y salvo. Elaborar Informes de acuerdo a solicitudes realizadas por el Hospital. Facturación de servicios de consulta externa en horas no hábiles o fines de semana. Elaboración de pagares en horas no hábiles o fines de semana. Armar y entregar cuentas soportadas. Fotocopiar Historia Clínica y soportes de cuenta en horas no hábiles. Fotocopiar Soportes de Atención para anexar a la facturación de acuerdo a Normatividad Vigente. Entregar a diario a través de relaciones detalladas al área de Estadística las Historias Clínicas del servicio de Urgencias. Mantener archivado en el fuelle de Usuarios de Urgencias la documentación de cada uno de los Pacientes que se encuentran en el servicio. Mantener la reserva de la Información especialmente la concerniente a las Historias Clínicas tal como lo establece la Normatividad Vigente. Las demás que le sean asignadas, propias de la naturaleza del objeto del contrato. 17 AUXILIARES DE APOYO ADMINISTRAT IVO Diploma de Bachiller en cualquier modalidad, con conocimientos en el manejo de archivo y documentos, manejo de conmutador, medios ofimáticos. Atención al cliente Experiencia relacionada de tres (3) años en instituciones afines. AREAS ADMINISTRATIVAS. Trabajar en la organización y coordinación de las entrevistas y reuniones que se lleven a cabo en cada una de las dependencias, preparando la documentación y demás elementos que sean necesarios para cumplir a cabalidad con el propósito de las reuniones programadas. Realiza los documentos, analiza los informes, interpreta las estadísticas y datos sobre las diferentes actividades de la $24.553.236.00 24 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia 1 SERETARIA EJECUTIVA Titulo de formación tecnológica o de formación técnica. Co n conocimientos en secretariado general, manejo de archivo, custodia de información física y electrónica. Experiencia profesional de tres años (3) años preferiblemente en instituciones de salud. institución. Atiende al público y a los funcionarios de la institución con calidez y cordialidad Suministrar la información requerida y orientar al usuario en lo correspondiente. Elaborar periódica y oportunamente los pedidos de útiles de oficina, tramitarlos y procurar su remisión y disponibilidad Preparar y organizar la información que debe presentar el jefe inmediato y/o a las demás dependencias administrativas. Recepción de las llamadas telefónicas, opera los medios técnicos disponibles y entregar los mensajes respectivos Apoyar al personal de la dependencia en la elaboración y seguimiento de los procesos y proyectos que adelanta la institución. Apoyar al personal de la dependencia en la trascripción y presentación de informes. Apoyar los trámites administrativos que requiera la dependencia para el cumplimiento de su finalidad. Brindar atención y orientación a los funcionarios sobre aspectos relacionados con su dependencia y de la institución en general. Realizar la medición de los indicadores de proceso, según lo establecido en cada indicador y establecer o proponer las acciones respectivas para lograr mayor eficiencia y efectividad en los procesos. Realizar las gestiones necesarias para asegurar la ejecución de los planes, programas y proyectos en los que participa la institución. Realizar las demás funciones que le sean encomendadas. Contestar de manera eficiente los requerimientos que lleguen a la Gerencia a través de los diferentes medios de comunicación (fax, teléfono, correo electrónico). Atender las solicitudes de las diferentes dependencias de la institución de manera eficiente y oportuna. Atender a los usuarios que acudan a la dependencia suministrando de manera precisa y oportuna la información y orientación requerida. -Elaborar las resoluciones y/o actos administrativos según lo solicitado por la Junta Directiva, la Gerencia, las Subgerencias y demás dependencias administrativas y asistenciales. Elaborar y concertar la agenda del Gerente (reuniones, juntas, citas). Consolidar la información necesaria para elaborar los informes ejecutivos que requiera la Gerencia y las demás dependencias administrativas y asistenciales. Redactar y tramitar los oficios y la correspondencia emitidos por las diferentes dependencias institucionales, órganos de control y las diferentes instituciones del nivel local, departamental, nacional e internacional. Responder por el manejo de la correspondencia interna y externa que tramite la dependencia y mantener los archivos debidamente organizados según las normas de archivística establecidas. Velar por el buen funcionamiento de los elementos bajo su cargo. Diligenciar de manera clara, oportuna, completa y eficaz los documentos e informes que se requieran en el desarrollo de las actividades y de conformidad con los procedimientos establecidos. Elaborar en coordinación con el superior inmediato los informes solicitados por las diferentes dependencias que hacen parte de la institución, por las entidades administrativas y los órganos de control de manera oportuna 25 $ 3.247.992.00 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia 3 SECRETARIAS TÉCNICAS Diploma de Bachiller en cualquier modalidad. Manejo de Archivo, Sistemas Ofimáticos, Custodia de Información Física y Electrónica, Aplicación Normativa de Sistemas de Gestión Documental, Atención al Público. Experiencia de Tres (3) años preferiblemente en instituciones de salud. y eficiente. Recibir, radicar distribuir, archivar, todos los documentos y la correspondencia en general para su respectivo control atendiendo a las disposiciones que sobre archivística se expidan por el Gobierno Nacional. Redactar, transcribir, y/o digitar todo tipo de documentos según las necesidades de la Gerencia. Asistir al superior inmediato en todas las labores secretariales propias e inherentes para el desarrollo de las actividades propias de su cargo. Diligenciar todo tipo de formatos y demás documentos cuando haya lugar a ello y que sean inherentes y necesarios para el buen funcionamiento de la Gerencia y de las diferentes dependencias administrativas y asistenciales. Informar oportunamente los mensajes y demás solicitudes al superior inmediato. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y sean afines con la naturaleza del cargo. Contestar de manera eficiente los requerimientos que lleguen a la dependencia a través de los diferentes medios de comunicación.(correo electrónico, teléfono, fax). Atender las solicitudes de las diferentes dependencias de la institución de manera respetuosa, eficiente y oportuna. Atender a los usuarios que acudan a la dependencia suministrando de manera precisa y oportuna la información y orientación requerida. Asistir al superior inmediato en todas las labores secretariales que se requieran con responsabilidad, diligencia y oportunidad. Diligenciar todo tipo de formatos y demás documentos de acuerdo a las disposiciones normativas en aras del buen funcionamiento de las dependencias administrativas y asistenciales. Consolidar la información necesaria para elaborar los informes ejecutivos que requiera las subgerencias y las demás dependencias administrativas y asistenciales. Redactar y tramitar los oficios y la correspondencia emitidos por las diferentes dependencias institucionales, órganos de control e instituciones. Responder por el manejo de la correspondencia interna y externa que tramite la dependencia y mantener los archivos debidamente organizados según las normas de archivística establecidos. Velar por el buen funcionamiento de los elementos bajo su cargo. Asistir al superior inmediato en todas las labores su cargo. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y sean afines con la naturaleza del cargo. $ 6.505.455.00 26 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia 1 CONDUCTOR Bachiller con Licencia de Conducción Vigente, para el transporte de personal, suministros o material a los sitios encomendados, conocimientos en mecánica básica, curso de primeros auxilios. Experiencia de dos (2) años en el cargo. 1 MENSAJERO Bachiller con Licencia de Conducción Vigente, para el transporte de documentos a los sitios encomendados, conocimientos en mecánica básica. Experiencia de dos (2) años en el cargo. Asistir a la administración de la institución en la prestación correcta y oportuna del servicio de transporte manteniendo el vehículo asignado en perfecto estado de orden, presentación y funcionamiento, Transporte de documentos, correspondientes a las órdenes impartidas por su superior, puntualmente y en los sitios que le sean indicados, Transportar al superior inmediato a los lugares donde le indiquen, en cumplimiento de sus funciones o a disposición del titular de la oficina, Atender solicitudes de transporte que le sean indicadas por su superior inmediato o quién éste delegue. Informar oportunamente a la oficina encargada del mantenimiento y reparación del vehículo, todo tipo de fallas o daños presentados en el mismo y en caso de ser necesario realizar algún trámite ante compañías aseguradoras, adjuntando la documentación necesaria, Llevar un registro mensual de la historia del vehículo. Informar oportunamente a su superior colisión o accidente de tránsito que se presente en cumplimiento de sus funciones. Solicitar oportunamente los combustibles y lubricantes necesarios para su mantenimiento. Cumplir estrictamente con las normas sobre seguridad industrial y prevención de accidentes, así como normas de tránsito. Mantener en regla todos los requisitos y documentos requeridos para el tránsito del vehículo como licencia de conducción, seguros entre otros; cuidar el vehículo mientras permanezca estacionado. Guardar absoluta reserva sobre los temas comentados dentro del vehículo. Cumplir disposiciones impartidas de tipo administrativo o en relación a su cargo, que propendan por el bienestar de la administración. Guardar el vehículo tan pronto le haya sido indicado el lugar y cumplir con las funciones señaladas. Tramitar, gestionar y revisar la correspondencia emitida por parte de la Institución, entregándola de manera oportuna Revisión de los documentos atendiendo a la dinámica de la institución, manejo del Internet; redacción y manejo de técnicas para la elaboración, digitación y revisión de documentos; uso eficaz de medios de comunicación como teléfono y coreo electrónico y servicio al cliente. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas. $2.267.343.00 27 $1.978.672.00 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia 1 1 COORDINADR AREA FINANCIERA PROFESIONAL ALMACEN Título de Formación Profesional en Ciencias Económicas, Administrativas o Contables. Especialización en Areas Administrativas. Cuatro (4) Años de Experiencia Profesional. Con conocimientos en sistemas ofimáticos, Contabilidad Pública. Ley de Presupuesto, Procesos de Gestión de Cartera, Manejo de Tesoreria, Sistema General de Seguridad Social. Ley 1438 de 2011, Decreto 4747, y Resolución 304. Profesional en Ciencias Administrativas, Económicas, Contables, con conocimientos en sistemas ofimáticos, Experiencia profesional de tres (3) años. 1 PROFESIONAL CARTERA Profesional en Ciencias Administrativas, Económicas, Contables, con conocimientos en sistemas ofimáticos. Coordinar y dirigir el trabajo de las áreas de Costos; Presupuesto, Cartera, Tesoreria y Contabilidad. Coordinar las actividades financieras de la entidad de acuerdo con las directrices de la Gerencia y subgerencia Administrativa. Efectuar la consolidación, análisis y seguimiento de las ejecuciones Presupuestales de Ingresos y Gastos de la Institución. Elaboración y consolidación de informes estadísticos necesarios para el desarrollo de actividades de planeación y control, toma de decisiones. Apoyar a la subgerencia administrativa en el proceso de contabilidad presupuestal de la entidad a fin de garantizar que los registros presupuestales y contables se efectúen de acuerdo con las normas que regulan la materia. Elaborar los planes, programas y proyectos e informes necesarios con base en las políticas y objetivos generales del Hospital y presentarlos a consideración de la gerencia. Demás actividades que para el desarrollo del cargo le sean asignadas. Coordinar todo lo referente a los activos fijos de la institución, Almacén y Suministros. Realizar todos los requerimientos de insumos o elementos para la institución. Conciliar y llevar el control y registro tanto de activos como de bienes muebles e inmuebles de la institución. Demás actividades que para el desarrollo del cargo le sean asignadas. Rendir los diferentes informes acorde a las normas establecidas para tal fin. Coordinar todo lo referente a los saldos y valores adeudados de las diferentes empresas administradoras de planes de beneficios. Llevar el control de los estados financieros y /o contables que el hospital tiene con las diferentes administradoras de planes de beneficios. Demás actividades que para el desarrollo del cargo le sean asignadas. Rendir los diferentes informes acorde a las normas establecidas para tal fin. $ 5.291.520.00 $ 4.378.661.00 $ 4.378.661.00 28 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia 16 PROFESIONALES UNIVERSITARIOS Profesional en Ciencias Administrativas, Económicas, Contables, Jurídicas, Ciencias de la Salud, Psicología, Sistemas, Comunicación Social, Publicidad, Periodismo, Diseño Gráfico, Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Sanitaria y Ambiental. Experiencia relacionada de dos (2) años. Título Profesional en Ciencias de la Salud. 2 AUDITORES SALUD EN Experiencia profesional Mínima de tres (3) años en el sector salud. Orientar el desarrollo de las políticas, planes y programas de la Gerencia en las áreas de Servicios Hospitalarios, Historias Clínicas, Control Interno, Comunicación Social, Interventoría de Contratos, Publicidad, Farmacia, Estadísticas Vitales, Sistemas, Nómina, Gestión Ambiental, Autorizaciones, Psicología Organizacional, Costos y Contabilidad, Auditoría Médica y Calidad. $53.149.056.00 Apoyar los procesos que se adelantan en cada una de las dependencias Propiciar el desarrollo de una cultura de auto cuidado por el paciente y su familia Definir los indicadores de calidad, eficiencia y productividad para cada una de las dependencias, hacer la medición y el seguimiento respectivo tomando las medidas y correctivos necesarios. Presentar en forma oportuna los informes que se requieran oportunamente. Presentar el plan de necesidades de recurso físico, tecnológico y humano del área de acuerdo a las actividades o procedimientos programados. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y sean afines con la naturaleza del cargo. Rendir los diferentes informes acorde a las normas establecidas para tal fin. Realizar seguimiento de las respuestas a las objeciones de las cuentas médicas presentadas por las diferentes aseguradoras con el fin de dar cumplimiento a los términos normativos y contractuales estipulados con las entidades responsables del pago. Realizar la auditoria de la atención a los casos que la institución requiera. Apoyar la generación de una cultura de gestión de la utilización adecuada de los recursos institucionales que lo lleve a identificar estancias no justificadas, utilización inadecuada de medicamentos, utilización no adecuada de los recursos diagnósticos, utilización inadecuada de los servicios de consulta externa (consultor crónico). Retroalimentar a todas las áreas pertinentes los hallazgos con el fin de establecer correctivos y mejoras. Capacitar al personal asistencial en metodología de autocontrol y autoevaluación. Informar oportunamente las causas reales de glosa identificadas para la toma inmediata de acciones correctivas apropiadas para el área. Elaborar y diseñar los instrumentos que contengan criterios de auditoría, en donde se registren datos que permitan análisis de información y generación de acciones. Responder inicialmente a las objeciones que presentan las entidades responsables del pago a las facturas radicadas que se generen de la prestación del servicio en el hospital. Revisión y preparación de glosas para la conciliación de las no aceptaciones generadas a las cuentas radicadas en las entidades aseguradoras. 29 $ 7.821.754.00 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia Conciliación de las no aceptaciones a las cuentas por las entidades responsables para permitir su pago de acuerdo a prestación del servicio de salud y a la programación previamente establecida para ello. Retroalimentar a personal del área sobre resultados de conciliación. 16) Realizar la auditoria de la atención a los casos que la institución requiera. Desempeñar las demás actividades que le sean propias, asignadas o delegadas de acuerdo con la naturaleza de la actividad. Nota: El valor ofertado debe incluir IVA. 30 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia ANEXO No. 2 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Señores E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA Ciudad Yo, ________________________ identificado con C.C. Nº ______________ de _____________, actuando en nombre propio y en representación de __________________, debidamente registrada en la Cámara de Comercio de ___________ con numero mercantil ___________(o en nombre propio, o en representación de una persona natural, según el caso) domiciliada en ___________ por medio de la presente me permito presentar propuesta para la convocatoria pública No 02 de 2015, cuyo objeto es _______________________________________________ de la E.S.E. Hospital San Rafael de Tunja, de acuerdo con las condiciones establecidas en los términos de referencia y declaro: 1. Que la persona jurídica por mi representada no se halla incursa en ninguna de las caudales de inhabilidad y o incompatibilidad establecidas en la Constitución y Ley sobre la materia y que tampoco se encuentra incursa en ninguno de los eventos previstos como prohibiciones especiales para contratar. 2. Que ninguna persona o entidad distinta de la aquí nombrada tiene intereses en estas propuesta, ni en el contrato que como consecuencia de ella se llegare a celebrar y que por consiguiente sólo compromete a la persona jurídica o natural por mi representada. 3. Que conozco los términos de referencia, los ANEXOS, especificaciones y demás documentos de la invitación y que acepto todos los requisitos en el contenido. 4. Que en caso de que sea aceptada nuestra propuesta, nos comprometemos a suscribir el contrato correspondiente, en el lapso de tiempo señalado en los términos de referencia 5. Que conozco la información general y específica y demás documentos de la convocatoria pública Nº 2 de 2015, y acepto los requisitos en ellos contenidos. 6. Que tengo en mi poder los documentos que integran los términos de referencia y sus ANEXOS. 7. Que realizaré los trámites necesarios para el perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato en el término señalado en los términos de referencia 8. A continuación relaciono la documentación exigida por la E.S.E. Hospital San Rafael de Tunja y que incluyó en la convocatoria pública No 2 de 2015. 9. Igualmente señaló como dirección donde se pueden remitir por correo documentos, notificaciones o comunicaciones relacionadas con la presente invitación, la siguiente: DIRECCION: ________________________ TELEFONO E-MAIL: ____________________________ CIUDAD: ___________________________ Atentamente, Representante Legal (Nombre y firma) 31 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia ANEXO 3 MINUTA CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS No. __ DE 2015 SUSCRITO ENTRE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA Y ______” Entre los suscritos LYDA MARCELA PEREZ RAMÍREZ, mayor de edad, vecina y residente en ésta ciudad, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 46.670.758 de Duitama, nombrada mediante Decreto 747 de Julio 26 de 2012, expedido por la Gobernación de Boyacá y posesionada mediante Acta, el día 30 de julio de 2012, como GERENTE y Representante Legal de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA, NIT 891800231-0, facultada como Ordenadora del Gasto, según el Articulo 29 numeral “4” del Acuerdo 002 de 1997 (Estatuto Interno de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA, Entidad de categoría Especial, Publica, Descentralizada del Orden Departamental, dotada de Personería Jurídica, Patrimonio Propio y Autonomía Administrativa, regida en materia contractual por normas del derecho Privado, en adelante denominado el HOSPITAL O CONTRATANTE, por una parte y por otra ____, persona Jurídica legalmente constituida, identificada con NIT No _______, representada para el presente acto por la señor(a) ________, identificado(a) con Cédula de Ciudadanía No. _________ expedida en _______, quien declara bajo la gravedad del juramento con la firma de este contrato, que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar consagradas en la Constitución Política y la Ley, y quien en adelante se denominara el CONTRATISTA; hemos convenido celebrar el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas, previas las siguientes consideraciones: 1). Que con la promulgación de la Constitución Política de 1.991, la Seguridad Social en Colombia se convirtió en un servicio público de carácter obligatorio, formalizado mediante la Ley 100 de 1993 y sus respectivos Decretos Reglamentarios. 2). Que en la mencionada Ley, se tomaron en cuenta una serie de principios como Eficiencia, Universalidad, Solidaridad, Integralidad, Unidad y participación, además de Eficacia y Calidad, que pretenden garantizar la mejor prestación de los servicios de salud a los usuarios, así como la autosostenibilidad económica y financiera de las instituciones que participan en el sector. 3). Que la Ley 715 de 2001, forja un nuevo marco operativo, financiero e institucional para el sector salud, en concordancia con los criterios contenidos en la Ley 100 de 1993, adicionando elementos para su organización descentralizada, buscando el real equilibrio para las entidades que intervienen en el sector, implicando la conjugación tanto del sector público y privado, considerando las dificultades que en los últimos años se han venido presentando, especialmente en las instituciones prestadoras de servicios de salud. 4). Que el HOSPITAL se encuentra ubicado en el municipio de Tunja, Departamento de Boyacá, con un alto grado de vulnerabilidad social y dada su condición de institución prestadora de servicios de salud y su naturaleza jurídica de Empresa Social del Estado de III nivel de atención, debe prestar servicios de salud con cobertura, eficientes, oportunos y con calidad. 5). Que la disponibilidad de recursos financieros del HOSPITAL ha sido insuficiente, siendo necesario la reestructuración del mismo, suprimiendo personal de planta. 6). Que uno de los objetivos de la Empresa, es desarrollar su estructura y capacidad operativa mediante la aplicación de principios y técnicas gerenciales que aseguren su supervivencia, crecimiento, recursos, capacidad de competir en el mercado, obteniendo rentabilidad social y financiera, todo dentro del marco de la Ley de Seguridad Social en Salud. 7). Que en ese orden de ideas y buscando la estimulación de la demanda, se hace necesario vincular al contratista en la ejecución de procesos, de manera más directa con el fin de incentivar la producción. 8). Que el Honorable CONSEJO DE ESTADO, en sala de lo Contencioso Administrativo, sección segunda–subsección “a”, Consejera Ponente; ANA MARGARITA OLAYA FORERO, ha sostenido: “…Resulta necesario señalar que las Empresas Sociales del Estado como su nombre lo indica, desarrollan una modalidad de actividad empresarial del Estado, que para competir 32 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia con eficiencia frente a otras empresas del sector privado, requieren de agilidad y flexibilidad en el manejo de sus recursos productivos; son entidades del Sistema de Seguridad Social que ofrecen servicios relacionados con la salud de los habitantes del territorio nacional, lo que constituye un servicio público según lo estipula el artículo 49 de la C.N…. Por ello y de las normas legales que desarrollan el precepto constitucional, puede colegirse que no existe prohibición para que el servicio público de Seguridad Social en Salud, cuando sea prestado por la nación o por una entidad territorial a través de una Empresa Social del Estado, pueda ser realizado indirectamente, es decir con mediación de otras entidades. Ello autoriza la celebración y ejecución de contratos de prestación de servicios cuando su finalidad sea obtener eficiencia empresarial”. 9).Que el Consejo de Estado sala de consulta del servicio civil consejero ponente Dr. Augusto Trejos Jaramillo consulta No. 1127 de 1996, sostuvo: “las Empresas Sociales del Estado cuando celebren contratos regidos por el derechos privado puede seleccionar a sus contratistas de acuerdo con el criterio que tenga la administración claramente expuesta en su reglamento interno”. 10). Que el artículo 192 de la Ley 100 de 1993” establece que las Empresas Sociales del Estado de las entidades territoriales podrán desarrollar sus “funciones mediante contratación con terceros o convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores externos. 11).Que mediante Circular 100-003-2013, el Ministerio de Trabajo y el Departamento de la Función Pública, en la cual se insta a las Empresas Sociales del Estado a la vinculación del recurso humano a través de empleos temporales, en los casos que sea viable y ajustado al presupuesto que se creen para tal efecto. 12). Que el Hospital suscribió convenio de desempeño 0386 de 2004, con el Ministerio de Hacienda, Ministerio de Protección Social y el Departamento de Boyacá con el fin de realizar proceso de reorganización previo estudio técnico, el cual contempla: “…Desarrollar las acciones requeridas para garantizar una reducción del gasto total de LA ESE, entre el año O y el segundo año de ejecución del proyecto de un 14,10%, como mínimo, según lo definido en el Convenio de Desempeño No 00386 de 2.004, suscrito con EL MINISTERIO, para lo que desarrollará acciones de control del número de cargos de la planta de personal, horas de trabajo en horario ordinario nocturno, en días festivos y dominicales, el costo de los servicios que proveerá mediante la contratación de agentes externos…”. 13). Que teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el convenio de desempeño 0386 de 2004, se solicito autorización al Ministerio de Salud y Protección Social para poder modificar la planta de cargos, previo estudio técnico dada la normatividad que orienta la creación de plantas temporales de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004. 14). Que el Ministerio de salud y protección Social, mediante oficio 201323101678991 de fecha 11 de diciembre de 2013, indicó al respecto: “ los Hospitales que se encuentran bajo convenio de desempeño deberán considerar las circunstancias que suponen riesgo de no condonabilidad para las futuras vigencias, que por demás en la actualidad cursa en el Congreso de la Republica proyecto de iniciativa para darle facultades extraordinarias al Presidente para expedir normas con fuerza de Ley que contengan clasificación de empleos, procedimiento para su vinculación y retiro y en general para definir el régimen laboral de los servidores que prestan sus servicios en las Empresas Sociales del Estado ”. 15). Para brindar condiciones de empleo público a los trabajadores que actualmente prestan sus servicios como empleados en misión en la de la entidad, la ESE se encuentra en proceso de creación de una planta temporal de empleos, según los términos contenidos en la ley 909 de 2004, el decreto 1227 de 2005, el decreto 1376 de 2014, y acogiendo las directrices al respecto brindadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, El Ministerio de Trabajo, El Departamento Administrativo de la Función Pública; para dicho fin elaboró los estudios técnicos y financieros bajo los lineamientos de la guía de la función pública expedida para el efecto, para a su vez integrar a dicha planta en cargos públicos a la mayoría de aquellos de aquellos que actualmente se encuentran vinculados a la entidad por diversas formas de vinculación 16). Que fue presentado dicho estudio para su aprobación a la Junta Directiva de la entidad, y que se requiere además el seguimiento de las etapas para su implementación final establecidas en el decreto 1376 de 2014, y en la guía de la función pública, entre los cuales se encuentran el visto bueno del ente territorial, la aprobación de las nuevas escalas salariales, la Aprobación del Ministerio de Salud con quien el Departamento celebro el convenio de desempeño No. 33 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia 386 al que se encuentra vinculada la entidad y finalmente la celebración del acuerdo de formalización laboral con el Ministerio del Trabajo. 17). Que la Junta Directiva de la ESE, se encuentra en estudio de la planta temporal presentada por el Hospital, la cual menciona que requiere el apoyo del ministerio de Salud y de Trabajo, con la finalidad de estudiar y aprobar la planta presentada por el Hospital y hasta tanto no se de el acompañamiento y asesoría requerida no se pronunciara al respecto. 18). Que hasta la aprobación de la planta temporal, se requiere seguir contratando al personal que presta los servicios en la entidad, mediante un tipo de contratación que permita brindar garantías laborales a los trabajadores tal como se ha venido garantizando mediante la contratación realizada con empresas de servicios temporales. 19). Hecho que se ha socializado y planteado en la mesa de formalización laboral en la que se encuentra actualmente la entidad con el Ministerio de Trabajo y las organizaciones sindicales ANTHOC Y SINTRASALUD, en reuniones realizadas, tales como 19 de agosto y 17 de diciembre de 2014, en la cual se considero pertinente por dichos actores que la ESE realizara contratación correspondiente, para contratar la prestación de los servicios mediante empresas de servicios temporales que garantizará el reconocimiento y pago de las condiciones labores a los trabajadores, por el termino del resto de la presente vigencia, según fuera posible según a la disponibilidad presupuestal de la entidad. 20). Que la junta directiva con acuerdo __ del __ de enero de 2015, autoriza la contratación, en virtud del articulo 7 del acuerdo 019 de 2014. 21). Que se realizaron los estudios previos presentados por la Subgerencia Administrativa y Financiara aprobados por la Gerencia, en consecuencia, se hace necesario contratar el suministro de personal en misión para el desarrollo de las actividades Administrativas. 22). Que teniendo en cuenta lo anterior el Comité directivo de fecha de 14 de enero de 2015, se estudia y considera pertinente la contratación de la prestación del servicio. 23). Que con fecha 16 de enero de 2015 el Hospital San Rafael de Tunja publicó proyecto los términos de referencia de la convocatoria pública 02 de 2015 con el propósito de seleccionar un oferente que suministre personal en misión para el desarrollo de actividades administrativas según distribución de cargos por grupos funcionales. 24). Que con fecha 22 de enero de 2015 el Hospital San Rafael de Tunja dio apertura y publico los términos de referencia definitivos para la convocatoria pública __ de 2015, con la resolucion No _____. 25). Que el cierre de esta invitación se realizó el día 26 de enero de los corrientes, según acta correspondiente, recibiendo un total de ____________ propuesta(s). 26). Que la(s) propuesta(s) fue(ron) evaluada jurídica, técnica, financiera y económicamente, sin que se presentaran observaciones, al informe de evaluación. 27). Que de conformidad con la evaluación efectuada, el Comité de Contratación recomienda a la gerencia la suscripción del contrato con ____________, lo cual figura en el informe de evaluación. 28). Que se expidió la resolución Nº 0__ de __________, donde se adjudica el objeto de la convocatoria publica No a la empresa ___________, señalado en la clausula primera del presente acto. En consecuencia el presente documento se regirá por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO: En desarrollo de este contrato EL CONTRATISTA se obliga para con el HOSPITAL A EL SUMINISTRO DE PERSONAL EN MISIÓN PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS SEGÚN DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR GRUPOS FUNCIONALES. CLÁUSULA SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA se compromete para con el HOSPITAL a través de su recurso humano, a cumplir con las siguientes obligaciones contractuales: 1). EL CONTRATISTA se hará cargo del suministro del personal en misión según Anexo técnico adjunto de acuerdo con los cargos relacionados para los cuales se deberán generar los contratos laborales en concordancia con lo establecido en la ley 50 de 1990. 2). EL CONTRATISTA se hará cargo de suministrar el personal en misión en caso de ausencia justificada (vacaciones, licencias por maternidad, incapacidades, entre otras.), que ejecutará el contrato. EL CONTRATISTA deberá garantizar el reemplazo del (los) mismo (s) de manera inmediata. 3). EL CONTRATISTA deberá garantizar que el personal con el cual desarrollará el contrato cuente con la idoneidad y capacitación para la ejecución del contrato. Las hojas de vida deben contener los requisitos de habilitación. (Resolución 1043 de 2006 y aquellas que la modifiquen o sustituyan). 4). EL CONTRATISTA deberá garantizar contratos laborales con cada uno de los trabajadores en misión de acuerdo con lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo. 5). EL CONTRATISTA se obligará a exigir al 34 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia trabajador la presentación de los documentos que ordena el Reglamento Interno de Trabajo de LA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES. 6). EL CONTRATISTA se obliga a pagar oportunamente al personal los salarios y prestaciones sociales a que tenga derecho según la Ley; a cumplir con los aportes a las Empresas Promotoras de Salud, a la Administradora de Riesgos laborales, a los Fondos de Pensiones y la respectiva Caja de Compensación Familiar, en los porcentajes de ley que exige el contrato laboral. 7). EL CONTRATISTA se compromete a mantener contacto con el HOSPITAL para evaluar la calidad del servicio. 8). EL CONTRATISTA se obliga para con el HOSPITAL a llevar una carpeta de los documentos de ingreso y la historia laboral de cada trabajador. 9). EL CONTRATISTA se obliga a responder por la relación laboral del personal en misión. Toda responsabilidad derivada de los contratos de trabajo correrá a cargo exclusivo del CONTRATISTA. 10). EL CONTRATISTA se obliga a efectuar cumplidamente la retención de la fuente a los empleados sujetos a ella, así como el pago de los valores recaudados. 11). EL CONTRATISTA EL CONTRATISTA se obliga a mantener una póliza de garantía vigente con una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, a favor de los Trabajadores en Misión para asegurar el pago de sus salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones en cuantía no inferior a 2000 SMLV. 12). EL CONTRATISTA, se compromete a constituir a favor de LA ENTIDAD una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato. 13). EL CONTRATISTA se compromete a Entregar desprendibles físicos de pago a todas las personas reportadas en el proceso de nómina. La E.S.T. podrá enviar el desprendible de pago vía e-mail. 14). EL CONTRATISTA se obliga a efectuar conciliación y cierre mensual de cada proceso de nómina en el mes siguiente a la fecha de pago, facturar y entregar soportes definitivos al supervisor del contrato tales como copia de novedades reportadas y aplicadas en el proceso, relación detallada de los pagos realizados por salarios, dominicales, recargos nocturnos, horas extras, descuentos, aportes a seguridad y pensión, parafiscales, etc.). 15). EL CONTRATISTA se obliga a realizar el proceso de liquidaciones definitivas cada vez que se presente un retiro efectuando el pago dentro de los términos establecidos por la ley. 16). EL CONTRATISTA debe presentar respuesta escrita a toda solicitud de servicio que realicen los trabajadores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, frente a temas de contratación, pagos y/o aclaraciones de situaciones laborales, indicando la fecha de proceso o del día en que se va a dar la solución. 17). La entidad usuaria solo reconocerá el pago de horas extras, recargos diurnos, nocturnos, dominicales y festivos, cuando se haya autorizado previamente, a través del supervisor del Contrato. 18). Por lo tanto, EL CONTRATISTA deberá manifestar expresamente en los contratos que celebre con el personal requerido, que su trabajo se realizará exclusivamente dentro de los turnos y horas asignadas. 19). EL CONTRATISTA deberá garantizar que el Recurso Humano necesario para el desarrollo de las actividades sea personal idóneo y que el mismo se preste de manera permanente. 20). En general a cumplir estrictamente con las disposiciones laborales vigentes, como empleador que es del personal en misión dedicado a prestar servicios al HOSPITAL. 21). Cumplir estrictamente lo dispuesto por la ley para efectos del pago de salarios, así como el pago de los valores recaudados. Dentro de esto se define que desde el inicio el dinero correspondiente a los salarios debe estar disponible para el pago dentro de los cinco primeros días hábiles de cada mes. 22). Coordinar su gestión con los supervisores del contrato por parte del HOSPITAL y atender los requerimientos solicitados por los trabajadores en misión en el HOSPITAL; con el objeto de que controle la ejecución del presupuesto dispuesto para la contratación y advierta las inconsistencias que se presenten en cada área. 23) EL CONTRATISTA deberá mantener una relación continua de información y comunicación con los trabajadores en misión que se encuentran vinculados a la empresa contratista, con el fin de que le sean entregados y justificados oportunamente tanto los comprobantes de pago como las liquidaciones a que haya lugar y de acuerdo a las fechas de inicio y terminación de dichas actividades. En el momento en que el Supervisor del contrato evidencie que los pagos y liquidaciones correspondientes a los trabajadores, no se estén realizando en debida forma en concordancia con lo establecido en el cuadro de sueldos y demás prestaciones laborales presentados en la propuesta y que harán parte integral del contrato, el HOSPITAL, impondrá las sanciones respectivas y declarara incumplimiento del mismo. 24). EL CONTRATISTA, junto con sus 35 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia trabajadores, observará siempre y en todo lugar, un trato respetuoso, cordial y amable para con las personas vinculadas de cualquier forma con la E.S.E., observando los derechos fundamentales y los principios constitucionales. 25). EL CONTRATISTA deberá presentar al HOSPITAL su programa de salud ocupacional para ser articulado con el programa de salud ocupacional del HOSPITAL. 26) Entregar los informes que le solicite el Supervisor del desarrollo de la ejecución del objeto contractual. 27) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos. 28). Al momento de celebrar el contrato EL CONTRATISTA deberá contar con un equipo de trabajo, el cual será debidamente aprobado por el del contrato. 29). Cumplir con las condiciones jurídicas, financieras y técnicas presentadas en la PROPUESTA. 30). Las demás que correspondan a la naturaleza del contrato y las actividades que deba cumplir cada trabajador que desarrolle los procesos, de acuerdo con los perfiles y requerimientos de la E.S.E. CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL HOSPITAL: EL HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA deberá facilitar el acceso a la información que sea necesaria, de manera oportuna, para la debida ejecución del objeto del contrato, y, estará obligado a cumplir con lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento, así: 1). Ejercer el control sobre el cumplimento del servicio. 2). Pagar oportunamente los valores pactados. CLÁUSULA CUARTA. DE LAS RESPONSABILIDADES DEL HOSPITAL: 1) Informar a LA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES, el tiempo laborado por los trabajadores asignados a su servicio y demás novedades que se presenten, en los formatos adoptados por la Empresa de Servicios Temporales. 2) Cancelar los valores que se facturen dentro de los plazos fijados en el presente Contrato; previa certificación expedida por el supervisor del contrato 3). A no ordenar ni permitir que el Trabajador en Misión labore horas extras que se excedan los límites señalados por la LEY. 4) A incluir a los Trabajadores en Misión en programas culturales, recreativos, deportivos y de capacitación de que trata el Artículo 21 de la Ley 50 de 1990; 5). Informar inmediatamente a la empresa temporal los accidentes de trabajo. CLÁUSULA QUINTA. VALOR Y FORMA DE PAGO: Para efectos presupuéstales el valor del presente contrato se fija en la suma de _____________ PESOS M/CTE. ($____________), para la vigencia fiscal 2015, en la cual se incluyen los impuestos, tasas y/o contribuciones del orden nacional, Departamental y demás a que haya lugar, incluido IVA. PARÁGRAFO PRIMERO. El HOSPITAL pagará a la empresa de servicios temporales, por la prestación de los servicios pactados en éste contrato, los valores especificados en las facturas, las cuales tendrán que incluir la totalidad de los salarios, auxilios de transporte, horas extras, aportes parafiscales y el valor de administración de nómina de acuerdo con la propuesta presentada que se consideran parte integral de éste contrato. Para el trámite de las facturas EL CONTRATISTA deberá acompañar las autoliquidaciones y las planillas de pago al sistema de seguridad social: EPS, PENSION, ARL y parafiscales del personal vinculado. PARÁGRAFO SEGUNDO. El HOSPITAL cancelara al contratista, el valor facturado de acuerdo con el anexo técnico No 1 previa certificación de cumplimiento expedida por el supervisor del contrato, además acompañada por la certificación mensual de pago de seguridad social integral (salud; pensión y ARL) de cada uno de los trabajadores en misión y contribuciones especiales firmada por el Representante Legal o Revisor Fiscal dirigido al Hospital. En todo caso los pagos a que se obliga EL HOSPITAL, están sujetos a las disponibilidades de Caja. PARÁGRAFO 3. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: Ampara el presente contrato el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. ___ del __ de enero de 2015, aprobado por la Junta Directiva según Acuerdo 020 del 30 de Diciembre de 2014, para la vigencia fiscal año 2015. CLÁUSULA SEXTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo para la ejecución del presente contrato será del 01 DE FEBRERO AL 31 DE JULIO DE 2015. PARÁGRAFO PRIMERO. REAJUSTES: En caso de que durante la vigencia del presente acuerdo haya necesidad de hacer ajustes del salario prestaciones sociales, aportes parafiscales, cambios en las jornadas laborales, aumento del grado de riesgo por ATEP y otros similares, LA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES, procederá a reajustar automáticamente los valores de la cotización inicial en lo que corresponda a una suma igual a lo decretado por el Gobierno Nacional, por cada Trabajador en Misión que el USUARIO tenga requerido, y que esté devengando el salario mínimo legal vigente y de conformidad con lo estipulado, lo facturará al USUARIO. PARAGRAFO SEGUNDO. 36 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados se podrá suspender temporalmente la ejecución del presente contrato y de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de un ACTA en la que conste la causa de la misma. El término de suspensión no será computable para efectos del plazo extintivo, ni dará derecho a exigir indemnización alguna, ni reclamar gastos diferentes a los honorarios causados a la fecha de su suspensión. CLÁUSULA SÉPTIMA. SUPERVISIÓN: La Supervisión del presente contrato se ejercerá por la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. PARÁGRAFO: OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR: PARÁGRAFO: Son obligaciones del supervisor: 1). Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato. 2). Informar a la Oficina de contratación cualquier fenómeno que altere el equilibrio económico o financiero del contrato a fin de que se estudie la situación y se adopten los mecanismos tendientes a actualizar o revisar los precios, en caso de ser procedentes. 3). Llevar el control sobre la ejecución y cumplimiento del objeto contratado e informar oportunamente y durante el termino de ejecución del contrato a la Oficina de contratación sobre cualquier situación o irregularidad, deficiente cumplimiento o incumplimiento con la debida fundamentación a fin de que se impongan los correctivos o sanciones a que haya lugar. 4). Emitir concepto técnico y recomendación oportuna a la Administración sobre la conveniencia de prorrogas, modificaciones o adiciones al contrato, cuando menos con ocho (8) días de anticipación al vencimiento del plazo y/o duración del contrato. 5). Rendir los informes que le sean requeridos por la Gerencia y aquellos que se hayan estipulado en el contrato. 6). Suscribir el acta de iniciación de la ejecución, cuando se estipule en el contrato. 7). Igualmente informar y exponer los motivos de que justificadamente proceda una prorroga, modificación, suspensión, adiciones, las cuales deberán estar soportadas y dirigidas al ordenador del Gasto por lo menos con ocho (8) días hábiles de anticipación. 8). Remitir a la Oficina de contratación, copia de todas las comunicaciones recibidas del y enviadas al contratista, así como de las actas, cuadros, informes y demás documentos producidos en desarrollo del contrato. 9). Realizar junto con El CONTRATISTA la TERMINACIÓN y/o LIQUIDACIÓN del contrato, conforme a la documentación soporte, esto es valor ejecutado o valor mayor ejecutado, saldo a reintegrar, cumplimiento o no a satisfacción, adiciones, prorrogas, modificaciones y demás circunstancias generadas en el desarrollo del contrato, una vez suscrita el acta de liquidación por el supervisor y El CONTRATISTA y firma del ordenador del gasto 10). Abstenerse bajo su exclusiva responsabilidad de permitir la iniciación de la ejecución del objeto contratado antes de la fecha indicada en el respectivo contrato sin que este reúna los requisitos de Ley. 11). Dar cualquier instrucción al CONTRATISTA sobre el desarrollo del contrato. 12). Abstenerse de suscribir documentos y dar órdenes verbales al contratista que modifiquen o alteren las condiciones inicialmente pactadas en el contrato, siendo de competencia de quien suscribe el contrato, para lo cual deberá informar lo pertinente al área de Contratación, a fin de que se proyecten y tramiten los actos respectivos. 13). Cualquier divergencia que se llegare a presentar entre el Supervisor y El CONTRATISTA, deberá ser puesta en conocimiento de quien suscribe el contrato en nombre y representación de la Entidad a fin de que se dirima por este. 14). Recibir el informe final y emitir su concepto sobre el mismo. 15). Certificar el cumplimiento y calidad de El CONTRATISTA una vez haya terminado el contrato, y así mismo enviarla a la Oficina de contratación para su archivo. CLÁUSULA OCTAVA. SUBORDINACIÓN. Sin perjuicio del carácter de empleador que exclusivamente recae en LA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES, respecto a los trabajadores en Misión, ésta faculta al HOSPITAL, para dar órdenes o impartir instrucciones en nombre de LA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES, a los trabajadores en misión y para exigir el cumplimiento de las mismas durante el tiempo que el trabajador en Misión desempeñe las labores acordadas, conforme a la ley. CLAUSULA NOVENA GARANTÍAS: EL CONTRATISTA constituirá a favor del HOSPITAL, (so pena de declarar el incumplimiento del mismo), una póliza expedida por Compañía Aseguradora o Banco legalmente autorizados para funcionar en Colombia, que ampare las obligaciones surgidas del presente contrato la cual se mantendrá vigente durante su vida y liquidación y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado, así: A) CUMPLIMIENTO. Por el 30% del valor del contrato por la duración del contrato y cuatro (4) meses más. B). 37 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRA CONTRACTUAL. Por el 400 SMLMV y por la duración del contrato. C) DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES. Por el 10% del valor del contrato por el término de duración del contrato y tres años más. Teniendo en cuenta que EL CONTRATISTA es una empresa de servicios temporales deberá anexar copia de la póliza vigente de cumplimiento de obligaciones legales aprobada por el Ministerio de Trabajo. CLÁUSULA DÉCIMA. DESCUENTOS POR INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento DEL CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones contenidas en las clausulas 2 y 3 dará lugar a que el HOSPITAL descuente el valor del servicio no prestado Al CONTRATISTA mas lo dejado de percibir como consecuencia del mismo. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. A). PENAL PECUNIARIA: En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA en el presente contrato, éste pagará al HOSPITAL a título de pena una suma equivalente al veinte por el treinta (30%) del valor total del contrato que se considerará como pago parcial por los perjuicios que se le causen al HOSPITAL. El pago de la pena no extingue el cumplimiento de la obligación principal. Esta suma será descontada de los saldos que por cualquier concepto el HOSPITAL le adeude al CONTRATISTA. B) MULTAS. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones DEL CONTRATISTA, facultará a la E.S.E para imponerle directamente, mediante acto administrativo motivado, multas sucesivas diarias del uno por ciento (1%) sobre el valor estimado del contrato, sin que ellas excedan el 30% del valor estimado del contrato. C).APLICACIÓN DEL VALOR DE LAS SANCIONES PECUNIARIAS. El valor de las multas y de la Cláusula Penal Pecuniaria se tomará directamente de cualquier pago o saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o de la garantía constituida. Si esto último no fuere posible, se cobrará directamente previo incumplimiento del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN: En el presente contrato se incluyen las cláusulas excepcionales al Derecho común, consagradas en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y sus derechos se limitarán, de acuerdo con la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones de la EMPRESA y el pago del valor del contrato estipulado por la prestación del servicio. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. HONORARIOS, SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: La suscripción del presente contrato no genera relación laboral alguna entre el HOSPITAL y el personal que vincule EL CONTRATISTA para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales; por lo tanto, todas las obligaciones salariales, prestacionales y las relacionadas con la afiliación al Sistema General Integral de Seguridad Social serán a cargo única y exclusivamente del CONTRATISTA, quien deberá acreditar ante el Supervisor el cumplimiento periódico de dichas obligaciones. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Tunja, Boyacá. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Las partes contratantes en caso de presentarse controversias contractuales buscarán en forma ágil, oportuna y directa solucionar las diferencias surgidas de la actividad contractual para lo cual podrán acudir a los mecanismos de solución previstos en la Ley. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos: 1) La propuesta de servicios presentada por EL CONTRATISTA, revisada y aprobada por EL HOSPITAL. 2) Certificado de disponibilidad y registro presupuestal 3) Certificado de existencia y representación legal del CONTRATISTA 4) Fotocopia de documento de identidad del representante legal 5) Comunicado de asignación del Supervisor 6) Acta de inicio de ejecución 7) Informes de Supervisión. 8) Garantías 9) Todos los demás documentos que sirvan de fundamento para su ejecución. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Son causales de terminación del contrato: 1) Incumplimiento de alguna de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA. 2) Vencimiento del plazo de ejecución. 3) El mutuo acuerdo. 4) Por terminación unilateral. 5) Por razones de fuerza mayor ajenas a la voluntad de las partes. 6) Por la imposibilidad del CONTRATISTA de cumplir su objeto social por la orden de autoridad competente. CLÁUSULA DECIMA NOVENA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Se 38 Carrera 11 No. 27 – 27 / 8-7405030 www.hospitalsanrafaeltunja.gov.co e-mail. [email protected] Tunja – Boyacá - Colombia realizará a la terminación del mismo y dentro de los cuatro (4) meses siguientes. Podrá efectuarse de común acuerdo o unilateralmente por parte del HOSPITAL. En la liquidación del contrato, además de tenerse en cuenta el cumplimiento del objeto como tal. CLÁUSULA VIGÉSIMA. CESIÓN DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones emanados de este contrato a persona natural o jurídica sean nacionales o extranjeras, sino con autorización previa y por escrito del Gerente o por el funcionario expresamente delegado para tal efecto pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con el acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución del mismo es requisito el registro presupuestal y la aprobación de la GARANTÍA pertinente por el funcionario competente. En constancia se firma en Tunja (Boyacá), ______________ día(s) del mes de ______ de 2015. EL HOSPITAL EL CONTRATISTA Gerente Representante Legal ______ Subgerente Administrativo y Financiero Supervisor Contrato 39
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